Productivos Forestales” MARCO DE MANEJO AMBIENTAL (MMA) NOVIEMBRE 2017 COMISIÓN NACIONAL FORESTAL 1 Lista de abreviaturas, acrónimos y siglas. ANP Áreas Naturales Protegidas AP Áreas protegidas (federales, estatales y municipales) APF Administración Pública Federal CDI Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas CONABIO Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad CONAFOR Comisión Nacional Forestal CONAGUA Comisión Nacional del Agua CONANP Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas ETJ Estudio Técnico Justificativo para el Aprovechamiento de Recursos Forestales IBRD International Bank for Reconstruction and Development (World Bank) HNC Hábitats Naturales Críticos INAH Instituto Nacional de Antropología e Historia INECC Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático INFyS Inventario Nacional Forestal y de Suelos LGDFS Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable MMA Marco de Manejo Ambiental MOP Manual Operativo del Proyecto de Bosques y Cambio Climático NAFINSA Nacional Financiera OP Operational Policy (World Bank) PLANADE Plan Nacional de Desarrollo PMF Programa de Manejo Forestal PROFEPA Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PSA Pago por Servicios Ambientales PSMAyRN Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales REDD+ Reducción de Emisiones (de gases de efecto de invernadero) por Deterioro y Deforestación Mejorado. SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales SIL Strategic Investment Loan SNIF Sistema Nacional de Información Forestal SRA Secretaría de la Reforma Agraria TNC The Nature Conservancy UMA Unidades de Manejo y Aprovechamiento de la Vida Silvestre WWF World Wildlife Fund 2 Índice 1. Introducción _________________________________________________________________________ 4 2. Contexto del Marco de Manejo Ambiental _________________________________________________ 5 Componente 1. Consolidación de apoyos para el fortalecimiento empresarial y el aprovechamiento forestal sustentable y la conservación_____________________________________________________________________ 14 Componente 2: Desarrollo de Capacidades de la CONAFOR y coordinación intra e inter-institucional ___________ 17 Localización del proyecto ________________________________________________________________________ 18 3. Marco legal _________________________________________________________________________ 20 4. Identificación de Impactos Ambientales __________________________________________________ 27 5. Seguimiento y Reporte de Cumplimiento de las Salvaguardas ________________________________ 42 6. Arreglo institucional ambiental _________________________________________________________ 46 7. Participación, Consulta ________________________________________________________________ 48 8. Quejas _____________________________________________________________________________ 50 9. Presupuesto _________________________________________________________________________ 51 10. Anexo 1- Plan de manejo de plagas ______________________________________________________ 52 11. Anexo 2- Marco legal forestal __________________________________________________________ 56 12. Anexo 3-Procedimiento para Recursos Culturales Físicos _____________________________________ 72 13. Anexo 4. Análisis de correlación de las políticas operativas del banco mundial y las disposiciones legales nacionales para el proyecto. _______________________________________________________________ 73 3 1. Introducción La CONAFOR a lo largo de los últimos años ha adquirido gran experiencia en el desarrollo e implementación de proyectos financiados por el Banco Mundial, así como en la aplicación y desarrollo de los instrumentos de salvaguardas que se deben aplicar. Para el Proyecto de Bosques y Cambio Climático desarrollado desde 2012, el proceso participativo de la estrategia nacional de REDD+ en el 2010 y los proyectos que les precedieron, se elaboraron Evaluaciones Ambientales completas para el Sector Forestal e instrumentos de salvaguardas muy robustos que fueron instrumentados hasta nivel de Reglas de Operación de los apoyos gubernamentales de la CONAFOR, lo que les ha brindado fortaleza y permanencia en su aplicación a lo largo de las diferentes administraciones. Dentro de estos instrumentos básicos se encuentran El Marco de Manejo Ambiental (MMA), el Marco General de Pueblos Indígenas (MPPI) y el Marco de Procedimiento de Restricciones Involuntarias de Acceso al Uso de Recursos Naturales en Áreas Naturales Protegidas (MPRI), además de una serie de instrumentos específicos y manuales ya publicados que se han ido actualizando y fortaleciendo en la medida que se han implementado nuevos proyectos del BM y que soportan ambiental y socialmente las actividades de la institución. Estos instrumentos rectores cuentan con los principios y guías para dirigir y monitorear las medidas de mitigación de los impactos sociales y ambientales para prácticamente cualquier apoyo de la CONAFOR, sin embargo, cuando se incorporan nuevos proyectos financiados por el Banco, como el caso del proyecto “ Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales”, dado que las actividades incluidas en sus componentes representan un nuevo nicho de actividades y beneficiarios, es necesario actualizarlos para incluir todos los aspectos técnicos y requisitos legales que ayuden a la evaluación de impactos, y a la identificación de las buenas prácticas para su mitigación. Con el propósito de que las actividades del nuevo proyecto sean consistentes con las políticas operativas del banco, se ha realizado la presente actualización del MMA, con la cual, se cubre prácticamente todo el espectro de actividades y apoyos promovidos por la CONAFOR. Es importante mencionar que el MMA es un documento vivo, que debe irse adaptando a los cambios, ajustes y modificaciones de los instrumentos de política nacionales y operativos que se vayan dando en el tiempo. A continuación, se presenta la versión actualizada del Marco de Manejo Ambiental (MMA) que servirá para establecer las medidas que garanticen el cumplimiento de las OP del Banco y el apego a la normatividad aplicable en materia ambiental en el País. El Marco de Manejo Ambiental, contiene los siguientes elementos: a. Contexto del Marco de Manejo Ambiental b. Marco legal c. Impactos ambientales y medidas de mitigación d. Seguimiento y Reporte de Cumplimiento de las Salvaguardas e. Arreglo institucional f. Participación y Consulta g. Quejas (MAC) h. Cronograma y Presupuesto i. Anexo 1: Manejo de plagas j. Anexo 2: Marco legal forestal k. Anexo 3: Procedimiento para recursos culturales físicos. 4 2. Contexto del Marco de Manejo Ambiental La estructura legal y normativa en México que regula el sector forestal es muy robusta y consistente con el espíritu y los requisitos establecidos en las Políticas Operativas del Banco Mundial. Los Proyectos de la CONAFOR financiados por el BM en general se orientan al manejo integral y sustentable del bosque, integrando elementos de política ambiental, forestal y de cambio climático, así como la construcción de capacidades institucionales y nacionales. Es muy importante destacar que, por su propia naturaleza, los proyectos tienen inter-construido su propio Marco de Manejo Ambiental; es decir, contiene elementos diseñados para asegurar el cumplimiento de la normatividad y de los principales aspectos requeridos por ésta, asociado a la modalidad adoptada por CONAFOR de incorporarlos dentro de las Reglas de Operación para garantizar su cumplimiento en todos los niveles de implementación. Las OP/BP que se activaron para ambos proyectos son las mismas y se expresan a continuación: Título en español Título en inglés Código del IBRD Evaluación Ambiental Environmental Assessment OP/BP 4.01 Hábitats Naturales Natural Habitats OP/BP 4.04 Bosques Forests OP/BP 4.36 Manejo de Plagas Pest Management OP/BP 4.09 Recursos Culturales Físicos Physical Cultural Resources OP/BP 4.11 En particular para el proyecto “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” se aplicarán de manera transversal a todas las actividades las siguientes regulaciones: Regulaciones de aplicación transversal Prevención de Fuego Ley General de Desarrollo Forestal Reglas generales ambientales, de salud y de seguridad, BM Environmental, Health, and Safety General Guidelines WB La OP/BP 4.01 Evaluación ambiental, está considerada como la Política Operativa Integral, ya que todos los proyectos deben someterse a una evaluación ambiental (EA) con el fin de garantizar su solidez y sostenibilidad ambiental y social, y mejorar así el proceso de toma de decisiones. De esta política se deprenden las otras 4 políticas activas. OP/BP 4.04Hábitats Naturales Con la activación de esta política se busca evitar degradación o afectación de Hábitats Naturales, Hábitats críticos. OP/BP 4.36 Bosques Se activa para proyectos que puedan causar cambios en el manejo, protección o utilización de los bosques naturales o plantaciones, sean comunales o privados OP/BP 4.09 Manejo de Plagas Esta política aplica siempre que el proyecto involucre actividades programadas o potenciales directa o de manera indirecta, a través de compra de plaguicidas o equipo de aplicación, uso de plaguicidas, etc. OP/BP 4.11 Recursos Culturales Se activa cuando el proyecto incluye afectación a sitios de importancia cultural, Físicos histórica, arqueológica, natural, religiosa. 5 Para dar cumplimiento a las Políticas Operativas del Banco Mundial se hace necesario contar con un instrumento independiente que establezca de manera sintética los principios y reglas que en materia ambiental deben cumplir los proyectos, denominado Marco de Manejo Ambiental, de ahí que tomando como base el Marco desarrollado para los proyectos anteriores y las experiencias exitosas y mejoras que se han desarrollado por la institución durante su implementación, se ha considerado su actualización para ampliar sus alcances de tal manera que pueda aplicarse a diversos proyectos en curso y nuevos. La actualización consiste en integrar al MMA los objetivos, alcances y componentes del nuevo Proyecto reflejando el marco legal actualizado, los nuevos beneficiarios y subrayando la importancia de incluir el enfoque de género y la “Estrategia de Integración para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad” (ENBIAFOR) as í como aspectos de seguridad e higiene laboral, manejo de plagas y manejo de fuego a lo largo del Proyecto. Por la diversidad de los componentes y subcomponentes de los proyectos, no todas las OP o regulaciones requieren de medidas de mitigación o potenciación en todos aquéllos; es decir, no todos los elementos de los proyectos están relacionados de manera directa o relevante con la satisfacción de todas y cada una de las OP. Por lo tanto, en el MMA, aprovechará las lecciones aprendidas en el proyecto de BCC, en el cual todas las regulaciones tanto del BM como de la Legislación nacional se llevaron hasta Reglas de operación en los diversos apoyos. La CONAFOR ha iniciado el análisis con las actividades incluidas en los componentes del proyecto “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” para incluir lo procedente en reglas de operación, que como ya se mencionó ofrece la ventaja de dar permanencia a las buenas prácticas, asegura su cumplimiento y facilita su registro. En la actualidad el MMA aplica al proyecto de Bosques y Cambio Climático que incluye los siguientes tres componentes: 1) Desarrollo de políticas y fortalecimiento institucional; 2) Apoyo a programas comunitarios prioritarios a nivel nacional; 3) Innovación en las Áreas de Acción Temprana para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Forestal. Además, abarca actividades como Pago por Servicios Ambientales; Restauración Forestal en Cuencas Hidrográficas Prioritarias; Cadenas Productivas; La Inclusión de Genero; y Desarrollo de Capacidades en comunidades rurales. Este documento sirve para poner las bases para el cumplimiento de las salvaguardas del proyecto denominado “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” que tiene como objetivo fortalecer el manejo forestal sustentable y aumentar las oportunidades económicas de personas y empresas que dependen de los bosques en los paisajes forestales seleccionados a partir del año 2018 al 2023, e implementar varias líneas de innovación, como: (i) incorporar beneficiaros adicionales al PBCC para asegurar las acciones a nivel paisaje; (ii) fortalecer empresas forestales y su producción sustentable; (iii) unir actividades de aprovechamiento forestal de bosques naturales con actividades complementarias, como son: plantaciones forestales comerciales, aprovechamientos maderables y no maderables, agro-forestería, Pago por Servicios Ambientales (PSA), reconversión productiva y restauración, con el objetivo de asegurar una intervención integral en el paisaje mediante la complementariedad de recursos y generar el incremento de los activos de capital natural y la diversificación de los ingresos; y (iv) crear un modelo de atención y capacidades locales integral y culturalmente apropiado. Con el fin de plasmar claramente los cambios al PBCC y subrayar las actividades y beneficiarios que serán atendidos por el Proyecto “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” se presentan a continuación en forma sintética una lista de exclusión de actividades, los beneficiarios, actividades potenciales y componentes del proyecto, así como el comparativo entre las actividades del proyecto y las del PBCC: Lista de exclusión Las siguientes actividades que contravienen las Políticas Operativas del BM, o que son consideradas de alto riesgo ambiental no podrán obtener financiamiento mediante el proyecto: ● La conversión, deforestación, degradación o cualquier otra alteración de los bosques naturales o hábitats naturales, incluida, entre otras cosas, la conversión para usos agrícolas o plantaciones de árboles. ● La compra o uso de productos formulados (agroquímicos) incluidos en las clases IA y IB de la Organización Mundial de la Salud, o formulaciones de productos en la Clase II, si existe la posibilidad de su uso por personal sin la capacitación, equipo e instalaciones adecuadas para manejar, almacenar y aplicar estos productos (Clase II) de 6 manera adecuada. ● Actividades relacionadas con madera ilegal y productos no maderables para comercialización. ● La sustracción o la alteración de recursos culturales físicos (incluidos los sitios de valor excepcional desde el punto de vista arqueológico, paleontológico, histórico, religioso y natural). ● Actividades que pueden usar o contaminar aguas internacionales ● Actividades y cultivos implementados y / o cultivados con el propósito general de producir y / o comercializar alcohol ● La siembra de estupefacientes ● Compra de tabaco, bebidas alcohólicas y otras drogas ● El financiamiento de elecciones o campañas electorales. ● La compra de armas o municiones. ● Las obras de infraestructura que puedan promover conversión, deforestación, degradación o cualquier otra alteración de los bosques naturales o hábitats naturales en la zona de intervención o su zona de influencia, tales como apertura de nuevos caminos, vías de tren, construcción de líneas de transmisión, o que utilicen maquinaria pesada que pueda repercutir en la degradación de los bosques, suelos o hábitats naturales, ● No se financiarán proyectos que el Banco Mundial considere como categoría A de Alto Riesgo. Beneficiarios y Actividades: Tabla 1. PBCC vs Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (FEPPF) Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Comparación PBCC Productivos Forestales Beneficiarios Ejidos y Comunidades Ejidos y Comunidades Empresas forestales (Privadas, Comunitarias, Mixtas) Empresas Forestales y cadenas productivas forestales, con fines de lucro. Grupos participativos de interés común Organizaciones Sociales del Sector Forestal (Nacional, Estatal y Regional) Personas propietarias o poseedoras de terrenos forestales o preferentemente forestales (Pequeño propietario) Posesionario, Sociedades, Uniones, Usufructuario Actividades Diseño de política y fortalecimiento Diseño de política y fortalecimiento institucional institucional Apoyo a programas comunitarios prioritarios en el Apoyo a programas comunitarios prioritarios nivel nacional con un enfoque empresarial, en el nivel nacional Pago por Servicios Ambientales; Innovación en las Áreas de Acción Temprana Restauración Forestal en Cuencas Hidrográficas para la Reducción de Emisiones por Prioritarias; Deforestación y Degradación Forestal Corredores biológicos Pago por Servicios Ambientales; Plantaciones forestales comerciales, Restauración Forestal en Cuencas Hidrográficas Prioritarias; Aprovechamiento maderable y no maderable Cadenas Productivas; Agro-forestería, 7 La Inclusión de Genero; Conservación y restauración forestal Desarrollo de Capacidades en comunidades Reconversión productiva rurales. Cadenas Productivas; La Inclusión de Genero; Desarrollo de Capacidades en comunidades rurales. Componentes del proyecto: El Proyecto “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” que se adiciona al presente MMA, tiene tres Componentes: Componente 1. Consolidación de apoyos para el fortalecimiento empresarial y el aprovechamiento forestal sustentable y la conservación Componente 2. Desarrollo de capacidades de la CONAFOR y coordinación intra e inter-institucional En la siguiente tabla se establece un comparativo entre los conceptos apoyados en el PBCC y los que serán apoyados por el Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales, así mismo, en los siguientes apartados se identificarán aspectos concretos que servirán para reforzar la efectividad de los componentes del MMA inter- construidos en el Proyecto. 8 Tabla2. Comparativa de los componentes y subcomponentes entre el PBCC y el FEPPF Proyecto de Bosques y Cambio Climático Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (PBCC) (FEPPF) Componente Subcomponente Componente Temas Actividades Relación (i) Seminarios de comunidad a comunidad. Componente 1. 1.1. Monitoreo y . Fortalecimiento Los objetivos y actividades (ii) Ordenamiento territorial comunitario. Diseño de política y evaluación. de capacidades impulsadas en el componente 1 (iii)Promotor/a forestal comunitario. fortalecimiento empresariales. del FEPPF corresponde a los (iv) Proyectos de fortalecimiento de las institucional objetivos y actividades del organizaciones sociales del sector forestal 1.2. Diseño de políticas, componente 2 del PBCC, pero (v) Proyectos de alcance regional de procesos participativos y se adicionan dentro de organizaciones sociales del sector forestal difusión del conocimiento. Producción y Productividad los (vi) Evaluaciones rurales participativas. apoyos a Plantaciones (i) Programa de manejo forestal maderable. Forestales Comerciales, y se Fomento de la (ii) Estudios técnicos para el aprovechamiento de incluyen todos los apoyos de 1.3. Modernización de la silvicultura y recursos forestales no maderables Conservación y Restauración. CONAFOR y coordinación manejo forestal. (iii) Manifestación de impacto ambiental Además de considerar una intersectorial. particular gama mayor de posibles (iv) Documento Técnico Unificado de beneficiaros al incluir pequeña Aprovechamiento Forestal Maderable propiedad y propiedad privada 1.4. Mejoramiento de la (v) Cultivo forestal y manejo del hábitat calidad de prestadores de Componente 1. (vi) Certificación forestal Proporcionará asistencia a los servicios técnicos. Consolidación propietarios y comunidades (vii) Establecimiento y mantenimiento inicial de de apoyos para Plantaciones forestales comerciales forestales para aumentar sus el manejo, oportunidades comerciales y la (viii) Plantaciones forestales comerciales conservación y establecidas gestión sostenible de los uso sustentable bosques, entre otras cosas: (i) (i) Restauración integral de los recursos Fomento de la evaluando e implementando (ii) Restauración de cuencas prioritarias forestales. conservación, mejoras tecnológicas en los (iii) Sistemas agroforestales protección y procesos de producción, tales (iv) Pago por Servicios Ambientales Nacionales restauración para como abordar maquinaria (v) Pago por Servicios Ambientales Mecanismos fortalecer el obsoleta y rezagos tecnológicos Locales manejo forestal. en la industria de la madera; (ii) (i) Formación de la empresa o integración de la análisis de mercado, para Fortalecimiento cadena productiva forestal. identificar las mejores formas de los procesos de (ii) Inversión para el comercio y la industria de introducir productos en el abasto, forestal mercado; (iii) apoyar a las transformación y (iii) Apoyo a la administración, producción y personas y empresas acceso a comercialización dependientes de los bosques mercados. (iv) Proyectos productivos forestales para mujeres en el desarrollo de (v) Promoción y comercialización para empresas herramientas de gestión forestales forestal sostenible (manuales, (vi) Certificación de cadena de custodia guías, metodologías aprobadas o criterios de monitoreo, 9 Proyecto de Bosques y Cambio Climático Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (PBCC) (FEPPF) inventarios de gestión, clasificación de la madera, entre otros) para que los procedimientos operativos sean más eficientes. Además, este componente buscará abordar cuestiones de género e inclusión social y garantizar la participación de las mujeres. (i) Continuar y fortalecer la coordinación inter- Este componente 2 del proyecto Componente 2. 1. Pago por Servicios Componente 2. Fortalecimiento institucional con otros actores que inciden el FEPPF contiene actividades del Consolidación de Ambientales (PSA) Desarrollo de institucional y paisaje forestal. Componente 1 del PBCC como programas capacidades de apoyo a la (ii) Modernizar y simplificar los esquemas para la comunitarios la CONAFOR y coordinación son la difusión del conocimiento regulación del proceso productivo forestal y la prioritarios para la 2. Silvicultura coordinación inter-institucional. o la coordinación intersectorial; actualización de la normatividad para CONAFOR, a nivel Comunitaria. intra e inter- las cuales necesitan ser impulsar el Manejo Forestal Sustentable. nacional. institucional. fortalecidas en el proyecto FEPPF (iii) Diseño de instrumentos innovadores. .. (iv) Fortalecimiento del Sistema Nacional de 3. Desarrollo Forestal. Monitoreo, Reporte y Verificación (SNMRV). Se busca fortalecer la parte de Monitoreo Reporte y Verificación que se implementó 4. Desarrollo de las con el proyecto de Cadenas Productivas. fortalecimiento REDD+ y cooperación Sur-Sur y que 5. Programas Especiales resultó en el establecimiento donde se encontraban los de los Niveles de Referencia Programas de para México, además de otros Restauración de cuencas reportes para REDD+. Hidrológicas prioritarias, los cuales, posteriormente Adicionalmente se se incluyeron en Reglas de operación. tranversalizarán los esquemas (i) Generación de herramientas y materiales para de asesoría técnica y Creación y transferencia de tecnología que mejorar el manejo forestal sostenible de los desarrollo de las beneficiarios del Componente 1. se desarrollaron durante el capacidades de la (ii) Estudios y análisis sobre inteligencia de Proyecto de Bosques y Cambio población objetivo mercado. Climático del proyecto. (iii) Realización de seminarios, foros, talleres, reuniones orientados a la creación, desarrollo El apoyo de facilitación incluye: de capacidades y transferencia de tecnología. (i) el desarrollo de (iv) Estudios y análisis sobre mejoras tecnológicas en los procesos de administración, herramientas y materiales para producción y comercialización. fortalecer el manejo del paisaje 10 Proyecto de Bosques y Cambio Climático Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (PBCC) (FEPPF) (v) Gestión y seguimiento de apoyos para el forestal; (ii) fortalecer las desarrollo de capacidades y transferencia de capacidades de los tecnología bajo las reglas de operación del beneficiarios; (iii) mejoras PRONAFOR. tecnológicas en procesos de (vi) Consultorías especializadas. producción y comercialización; (vii) Implementación de un esquema de acompañamiento regional operado por la (iv) consultorías especializadas, CONAFOR, a través de la contratación de incluso sobre el uso de “especialistas regionales”. biomasa; y (v) desarrollo de un equipo de especialistas regionales y apoyo técnico a Asesores Técnicos, Comunitarios y Organizaciones Sociales del Sector Forestal (OSSF), así como asistencia técnica a los beneficiarios (i) La CONAFOR será la entidad responsable de Componente 3. Subcomponente 3.1. Gestión y la implementación del Proyecto. El proyecto Innovación en REDD+ Innovación de políticas monitoreo de se ejecutará a través de las estructuras en acciones públicas y armonización proyecto existentes de CONAFOR con el apoyo de una tempranas intersectorial task force1 a nivel central, así como Este subcomponente especialistas regionales. Preliminarmente, los arreglos para la implementación son similares buscó apoyar la labor al PBCC, en el que se establecerá en la analítica y procesos CONAFOR un Comité Directivo y un Comité participativos necesarios Operativo. para diseñar enfoques innovadores REDD+ que estarían pilotados en (ii) La CONAFOR enviará al BM los detalles del áreas de acciones diseño institucional en un esquema y un tempranas REDD+ en cuadro en el que se detallen los roles de todas subcomponentes 3.2 y las figuras responsables (tanto internas como externas) incluyendo a: los especialistas a ser 3.3. contratados en el marco del proyecto, técnicos comunitarios, grupos operativos estatales de la ENAIPROS, expertos de la task force, Subcomponente 3.2. gerencias estatales de CONAFOR, Creación de capacidades Organizaciones Sociales del Sector Forestal para la administración de (OSSF), así como los actores inter- paisajes en áreas de institucionales del Componente 2. acción temprana REDD+. 1 Por task force se entiende un equipo de especialistas dedicados a dar seguimiento al Proyecto desde las oficinas centrales de la CONAFOR. 11 Proyecto de Bosques y Cambio Climático Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (PBCC) (FEPPF) Este subcomponente buscó a crear y fortalecer las Agencias Técnicas Locales (ATL) y las Agencias de Desarrollo Local (ADL) como una nueva categoría de agentes de desarrollo de nivel regional. Se espera que dichas entidades desarrollen capacidades innovadoras y únicas para planificar, guiar y ayudar a ejidos y comunidades en la administración de paisajes y ayuden a armonizar las intervenciones del gobierno en el sector rural. Los Agentes Técnicos Locales (ATL) son entidades que obedecen a intereses públicos, trabajan a escala regional o de paisaje, ayudan a la planificación regional del desarrollo, promueven acciones de manejo sustentable de los recursos naturales, cuentan con personal técnico propio y deben tener capacidad de gestión financiera. La operatividad de las actividades derivadas del trabajo de las ATL, serán apoyadas por las ADL, cuya finalidad es dar acompañamiento a ejidos y comunidades 12 Proyecto de Bosques y Cambio Climático Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales (PBCC) (FEPPF) presentando proyectos específicos para apoyar temas que formen parte de la agenda de desarrollo rural regional, generando así las capacidades necesarias en los ejidatarios y comuneros para su ejecución. Subcomponente 3.3. Inversiones comunitarias en las áreas de acción temprana. Este subcomponente tuvo como objetivo financiar las comunidades forestales y las asociaciones legalmente establecidas entre ellas, para invertir en iniciativas innovadoras de REDD+ identificadas en estrategias a nivel paisaje sustentable para cada área de acción temprana. 13 Componente 1. Consolidación de apoyos para el fortalecimiento empresarial y el aprovechamiento forestal sustentable y la conservación Este componente se enfocará en el fortalecimiento de los incentivos de la CONAFOR orientados al manejo forestal sustentable y la creación de oportunidades económicas en paisajes forestales por prácticas empresariales. Todos los incentivos son otorgados por la CONAFOR en sujeción (cumplimiento) de las Reglas de Operación del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR), son voluntarios y basados en la demanda. Los beneficiarios serán aquellos que las reglas de operación para el otorgamiento de subsidios de la CONAFOR establezcan, mismos que se definen en la tabla 2, e incluyen entre otros los dueños y poseedores de terrenos forestales, temporalmente forestales y preferentemente forestales, las asociaciones que formen entre ellos, sus empresas y grupos participativos de interés común. En conjunto, las actividades en este Componente están diseñadas para atender todas las etapas de desarrollo de la empresa forestal, desde el fortalecimiento del capital social, la planeación, implementación y certificación de actividades de manejo forestal productivo, así como la constitución como una empresa y la generación de valor agregado, al igual que el acceso a mercados de los productos forestales y a mecanismos de pago por servicios ambientales innovadores (ver Figura 2). Además, para fortalecer el enfoque de paisaje forestal, se apoyarán actividades forestales como plantaciones forestales comerciales, así como PSA, agroforestería, y restauración. La mayor parte de los apoyos incluyen actividades de fortalecimiento de capacidades como parte del valor total del incentivo asignado al beneficiario para asegurar la correcta implementación técnica y administrativa de los apoyos. El apoyo técnico para la ejecución de los apoyos es proporcionado en su mayoría por prestadores de servicios privados certificados mediante los procesos de certificación apoyados por el PBCC. Todos los apoyos financiados con este proyecto serán otorgados de acuerdo a las Reglas de Operación vigentes de la CONAFOR (Figura 1) a nivel nacional, bajo los criterios y las áreas elegibles determinadas para el proyecto. Estas áreas incluyen, entre otras, las zonas de reactivación de la producción y la productividad, zonas prioritarias de PSA y zonas de restauración. En lo posible y de acuerdo a las Reglas de Operación vigentes, las actividades bajo este componente serán combinadas según demanda a la medida de los beneficiarios. Para ello, el proyecto cuenta ya con una base técnica sólida de los asesores técnicos certificados, que han sido certificados con apoyo del PBCC. Figura 1. Proceso de aplicación por Reglas de Operación de los incentivos del Componente 1 14 Fortalecimiento de capacidades empresariales. El objetivo de esta actividad es fortalecer las capacidades de los beneficiarios y mejorar la gobernanza para generar capital social y humano que consolide el manejo sustentable de sus recursos forestales. El FEPPF toma las lecciones aprendidas de proyectos anteriores de la CONAFOR y Banco Mundial, incluyendo el Proyecto de Silvicultura Comunitaria (PROCYMAF) y el PBCC, y enfatiza la importancia de proporcionar acompañamiento técnico para aumentar las capacidades culturalmente apropiadas usando agentes locales. Los beneficiarios son principalmente comunidades, ejidos y organizaciones sociales del sector forestal. Las actividades apoyadas en este tema incluyen el desarrollar acciones de planeación estratégica enfocadas al desarrollo y fortalecimiento de proyectos productivos, optimización de procesos, seminarios de intercambio de experiencias de comunidad a comunidad, ordenamiento territorial comunitario, capacitación de promotores/as forestales comunitarios, estudios regionales y de cuencas de abasto para mejorar la planeación territorial, y actividades de fortalecimiento de las organizaciones sociales del sector forestal que unen a diferentes agentes locales con un fin productivo. Fomento de la silvicultura y manejo forestal. El objetivo de esta actividads fortalecer la ordenación, cultivo forestal, e impulsar la certificación del manejo forestal sustentable tanto de bosques y selvas naturales como de plantaciones forestales comerciales. Las actividades apoyadas en este rubro son (i) planeación del manejo forestal de bosques naturales, incluyendo programas de manejo forestal maderable, manifestaciones de impacto ambiental, estudios técnicos para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables, documentos técnicos de aprovechamiento forestal maderable, (ii) manejo forestal para el mejoramiento y mantenimiento del potencial productivo de bosques naturales, incluyendo cultivo forestal y manejo del hábitat, y (iii) auditoría técnica preventiva y certificación forestal, así como (iv) plantaciones forestales comerciales, tanto establecimiento como el mantenimiento. Fomento de la conservación, protección y restauración para fortalecer el manejo forestal . Esta actividad impulsa los esquemas de conservación, protección y restauración con los que ya cuenta la CONAFOR para fortalecer el manejo y uso sustentable de los recursos forestales. Esto permitirá conservar y aumentar el capital natural, diversificar los ingresos de los beneficiarios y contribuir a mantener la conectividad entre los macizos forestales. Las actividades apoyadas incluyen (i) Pago por Servicios Ambientales (PSA) en sus modalidades, nacional, y fondos concurrentes, así como el desarrollo de mecanismos innovadores de PSA, continuando el esquema de los proyectos CONAFOR-Banco Mundial apoyados por PSA y PBCC, (ii) restauración integral y de cuencas prioritarias, y (iii) agroforestería, entre otros. Fortalecimiento de los procesos de abasto, transformación y acceso a mercados , diversificados. Este rubro se orienta a modernizar los sistemas de abasto, impulsar la transformación y el valor agregado de las materias primas forestales y mejorar el acceso a mercados de productos maderables y no maderables y de servicios asociados a los ecosistemas forestales . En general, a mejorar la rentabilidad de las empresas forestales. Los beneficiarios elegibles serán quienes tengan las condiciones de organización indispensables para garantizar la viabilidad de los proyectos. Las actividades apoyadas incluyen la inversión para el comercio y la industria forestal, formación de la empresa o integración de la cadena productiva forestal, apoyo a la administración, producción y comercialización, promoción y comercialización para empresas forestales y certificación de la cadena de custodia. Además, incluye una ventanilla específica para el apoyo de proyectos productivos forestales para mujeres. Tabla 3. Conceptos de apoyos en las Reglas de Operación 2017 que serán apoyados por Componente 1 del FEPPF Social Técnico Ambiental Económico Apoyos para prácticas de Apoyos complementarios al Apoyos para abasto, silvicultura y aprovechamiento aprovechamiento forestal a nivel transformación y componente Apoyos para el fortalecimiento de forestal con enfoque comercial paisaje acceso a mercados capacidades empresariales en paisajes productivos forestales Sub- 15 Aumentar el capital social de los Fortalecer la planeación, Complementar los apoyos a manejo Incrementar el valor beneficiarios por medio de implementación y certificación de forestal productivo con otras agregado y mejorar el acompañamiento técnico manejo forestal productivo con un actividades a nivel de paisaje acceso a mercados de culturalmente apropiado para enfoque comercial, tanto de forestal para incrementar los activos productos maderables Objetivo aumentar las capacidades técnicas bosques naturales como de de capital natural, y diversificar los y no maderables y empresariales plantaciones comerciales ingresos Seminarios de comunidad a Programa de manejo forestal no Restauración integral Formación de la comunidad maderable empresa o integración de la cadena productiva forestal Ordenamiento Territorial Estudios técnicos para el Restauración de cuencas Inversión para el Comunitario aprovechamiento de recursos prioritarias comercio y la industria forestales no maderables forestal Promotor/a forestal comunitario Manifestación de impacto Sistemas agroforestales Apoyo a la ambiental particular administración, producción y comercialización Proyectos de fortalecimiento de las Documento Técnico Unificado de Pago por Servicios Ambientales Proyectos productivos organizaciones sociales del sector Aprovechamiento Forestal Nacionales forestales para forestal Maderable mujeres Estudios de alcance regional de Cultivo forestal y manejo del Pago por Servicios Ambientales Promoción y organizaciones sociales del sector hábitat Mecanismos Locales (por definir) comercialización para forestal empresas forestales Certificación forestal Apoyo a la Conceptos en reglas de operación apoyados administración, producción y comercialización Certificación de cadena de custodia Promoción y comercialización para empresas forestales. Establecimiento y mantenimiento Formación de la inicial de Plantaciones forestales empresa o integración comerciales de la cadena productiva forestal Plantaciones forestales comerciales establecidas Ejidos o comunidades con recursos Aprovechamiento forestal: Personas -Restauración y agroforestería: Ejidos y comunidades forestales. Organizaciones Sociales propietarias o poseedoras de personas propietarias o poseedorasinteresados en formar del Sector Forestal terrenos forestales, Empresas una empresa forestal de terrenos forestales con procesos Forestales y cadenas productivas de deterioro comunitaria; o ejidos, forestales. comunidades, -PSA: personas propietarias o sociedades, uniones, -Plantaciones forestales: poseedoras de terrenos forestales grupos y empresas Propietarias o poseedoras de que brindan servicios ambientales Beneficiarios forestales que estén terrenos interesados en integrarse como cadena productiva forestal Se prevé que este componente tenga impactos positivos, debido a que su diseño tiene por objetivo fortalecer los incentivos de la CONAFOR orientados hacia el manejo forestal sustentable y la creación de oportunidades económicas 16 en paisajes forestales por prácticas empresariales. Todos los incentivos son otorgados por la CONAFOR en sujeción al cumplimiento de las Reglas de Operación. Inicialmente esto significa que, gracias al fortalecimiento de capacidades y el fomento del manejo forestal a nivel paisaje, así como un acompañamiento continuo de la CONAFOR y del Banco Mundial de dichas intervenciones, la preservación y uso sustentable de los bosques naturales deberán ser satisfechas en la práctica, si también se cumple con el requisito de traducir estos apoyos a un aprovechamiento forestal sustentable y una conservación a largo plazo. Componente 2: Desarrollo de Capacidades de la CONAFOR y coordinación intra e inter-institucional El objetivo de este Componente es fortalecer y desarrollar las capacidades de la CONAFOR y de las instituciones relevantes para la implementación exitosa de los apoyos bajo el Componente 1. Se solicitarán recursos de una donación del BioCarbon Fund para que este componente o parte del mismo sea financiado. Incluye Fortalecimiento institucional y apoyo a la coordinación inter-institucional. Con el propósito de fortalecer la coordinación al interior de la CONAFOR, así como con otras instituciones. Las áreas apoyadas incluyen: (i) continuar y fortalecer la coordinación inter-institucional con otros actores que inciden en el paisaje forestal, incluyendo SAGARPA, SEMARNAT, CONANP, INECC, INEGI, INMUJERES, PROFEPA, así como Gobiernos Estatales, Municipales, la Academia, Centros de Investigación y Organizaciones de la Sociedad Civil, para que en el ámbito de sus competencias coadyuven al cumplimiento de los objetivos del proyecto; (ii) modernizar y simplificar los esquemas para la regulación del proceso productivo forestal y la actualización de la normatividad para impulsar el Manejo Forestal Sustentable, incluyendo entre otras, la NOM-152-SEMARNAT-2006 que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal para el aprovechamiento de recursos forestales maderables, (iii) el diseño de instrumentos innovadores, incluyendo mecanismos financieros adecuados para los beneficiarios del Componente 1, desarrollo de mecanismos innovadores de PSA y la task force (iv) el fortalecimiento del Sistema Nacional de Monitoreo, Reporte y Verificación (SNMRV), con el objetivo de implementar el enfoque de contabilidad de Gases de Efecto Invernadero del proyecto y de apoyar la sostenibilidad a largo plazo de la Unidad Técnica Especializada en Monitoreo, Reporte y Verificación dentro de la CONAFOR. Creación y desarrollo de las capacidades de la población objetivo del proyecto. Con este tema se busca crear y desarrollar, así como fortalecer las capacidades de los beneficiarios de los apoyos bajo el Componente 1 a través de innovadores métodos y herramientas de acompañamiento técnico. Este Componente toma las lecciones aprendidas de otros proyectos implementados por la CONAFOR, incluyendo el proyecto con GEF-PNUD Biodiversidad en Bosques de Producción y Mercados Certificados, así como el FIP-Banco Mundial. Las actividades incluyen (i) generación de herramientas y materiales para mejorar el manejo forestal sostenible de los beneficiarios del Componente 1 , (ii) estudios y análisis sobre inteligencia de mercado, (iii) realización de seminarios, foros, talleres, reuniones orientados a la creación, desarrollo de capacidades y transferencia de tecnología, (iv) estudios y análisis sobre mejoras tecnológicas en los procesos de administración, producción y comercialización, (v) gestión y seguimiento de apoyos para el desarrollo de capacidades y transferencia de tecnología bajo las Reglas de Operación del PRONAFOR , (vi) consultorías especializadas, y la (vii) implementación de un esquema de acompañamiento regional operado por la CONAFOR, a través de la contratación de “especialistas regionales”, (viii). Los análisis sobre mejoras tecnológicas incluirán el uso de la biomasa forestal como generador de energía. Este componente apoyará a la CONAFOR en la coordinación, el manejo financiero, adquisiciones, gestión de salvaguardas ambientales y sociales, reporte, monitoreo y evaluación. Apoyará también a la CONAFOR en la implementación de una estrategia de comunicación para reportar el progreso y resultados del proyecto, así como diseminar las lecciones aprendidas para audiencias internas y externas. 17 Se prevé que este componente tenga impactos positivos, debido a que su diseño tiene por objetivo fortalecer las políticas y capacidades de los funcionarios de la CONAFOR orientados hacia el manejo forestal sustentable y la creación de oportunidades económicas en paisajes forestales por prácticas empresariales. Con ello se considera que la preservación y uso sustentable de los recursos naturales, así como el manejo adecuado de los bosques, el respeto a los bienes culturales en las áreas de intervención será satisfechas las salvaguardas activadas. Localización del proyecto El proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales tendrá cobertura nacional, y será impulsado por la demanda, iniciando con la focalización de algunas de las intervenciones en las Zonas de reactivación maderable, las áreas de servicios ambientales incluidas en esas zonas y además áreas de servicios ambientales que conectan los diferentes macizos forestales a los que se quiere dar prioridadLas áreas de manejo forestal han sido seleccionadas en función de su potencial para la producción de madera. Las áreas prioritarias de biodiversidad se definen anualmente y un objetivo clave del proyecto es establecer modalidades específicas de Pago por Servicios Ambientales (PSA) dentro de los paisajes forestales productivos. Si bien el proyecto respalda los programas nacionales, su objetivo clave es focalizar el apoyo dentro de las áreas prioritarias clave. 18 En general, el proyecto apunta a apoyar la alineación de políticas y programas forestales, agrícolas y ganaderos para una gestión multisectorial integrada en paisajes forestales prioritarios y promoverá el papel de los agentes de manejo del paisaje. Además, todas las actividades del proyecto tienen como objetivo proporcionar beneficios directos a los pueblos indígenas y otras comunidades locales a través de los programas existentes de CONAFOR en forma de subvenciones impulsadas por la demanda. 19 3. Marco legal Debido al alcance sectorial del Proyecto, éste tiene una vinculación con la política forestal mexicana en su conjunto, lo que implica que su marco de referencia se integra por los instrumentos legales y programáticos federales, así como por el conjunto de instituciones que de manera directa inciden sobre la ejecución del mismo. Esta sección presenta un resumen conciso de leyes, reglamentos e instrumentos programáticos del gobierno mexicano que están relacionados con el Proyecto, así como de los mecanismos de screening ambiental del Proyecto, y de las instituciones responsables de la ejecución de los diferentes componentes del mismo. Marco legal vigente relativo al proyecto Las principales leyes y reglamentos relacionados con el proyecto son aquellas que regulan y norman la operación forestal al nivel nacional en México. El eje normativo central está constituido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su Reglamento, publicados en febrero de 2003 y 2005, respectivamente. A un nivel jerárquico equivalente al de la LGDFS, se encuentran la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y la Ley General de Cambio Climático, Ley de Biodiversidad (pendiente de aprobación por el Senado) y sus reglamentos. Otra ley que también tiene relevancia, por la naturaleza de la planeación por cuencas hidrográficas del sector forestal, es la Ley de Aguas Nacionales Un conjunto normativo adicional relevante para el Proyecto lo constituyen las Normas Oficiales Mexicanas, cuyo propósito es establecer criterios y procedimientos estandarizados y específicos de actividades relacionadas con el uso de algunos recursos naturales, monitoreo y medición, procesos industriales y procedimientos de higiene y seguridad laboral. La siguiente figura muestra, de manera sintética y general, las relaciones entre la legislación forestal y las cuatro principales leyes con las que interactúa. Estas interacciones de la LGDFS con los otros cuatro instrumentos, en materia ambiental y de desarrollo rural, son básicamente: • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Procedimientos de evaluación en materia de impacto ambiental, ordenamiento territorial, protección a la biodiversidad y áreas naturales protegidas. • Ley General de Vida Silvestre (LGVS). Uso y aprovechamiento de especies de flora y fauna en relación con los ecosistemas forestales. • Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS). Interacciones entre los sistemas productivos rurales y los ecosistemas forestales, utilizando criterios de sustentabilidad. • Ley General de Cambio Climático (LGCC). Disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático y regular las acciones para la mitigación y el cambio climático, así como regulas las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero. 20 A continuación, se hace una descripción concisa de las leyes que se relacionan con el Proyecto, así como su vinculación con las OP del Banco Mundial, (ver Anexo 4 Análisis de correlación de las políticas operativas del banco mundial y las disposiciones legales nacionales para el proyecto.). Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable La LGDFS define los criterios de la política forestal y establece indicadores para el manejo forestal sustentable. Sus principales objetivos son contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y ambiental del país, mediante el manejo integral sustentable de los recursos forestales; impulsar la silvicultura y el aprovechamiento de los recursos forestales, para que contribuyan con bienes y servicios que aseguren el mejoramiento del nivel de vida de los mexicanos, especialmente el de los propietarios y pobladores forestales; y desarrollar los bienes y servicios ambientales y proteger, mantener y aumentar la biodiversidad que brindan los recursos forestales. Cabe destacar que la Ley establece claramente las competencias en la materia de los distintos niveles de gobierno en México (Federal, Estatal y Municipal / Distrito Federal) y del sector público federal en cuestiones forestales, lo cual contribuye a dar certeza en la aplicación de la normatividad. En este sentido, por ejemplo, destacan las principales atribuciones del gobierno en materia forestal que se encuentran establecidas en el artículo 12 de la LGDFS. Adicionalmente, establece criterios obligatorios de política forestal de carácter social, ambiental, silvícola, y económico, que deben ser aplicados en los instrumentos programáticos y en todas las acciones del sector público forestal federal, así como de entidades federativas y municipios. Por su parte, las entidades federativas y la CDMX tienen la obligación de formular sus propias legislaciones locales en materia forestal, en concordancia con la LGDFS y su Reglamento. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente La LGEEPA tiene como uno de sus propósitos centrales la inserción del concepto de desarrollo sustentable de manera transversal en las políticas y programas del Gobierno de México, estableciendo diversos instrumentos en materia de impacto ambiental, ordenamiento ecológico del territorio, creación de áreas naturales protegidas, prevención y control de la contaminación entre otros rubros. Mediante una 21 modificación de la distribución de competencias y coordinación del artículo 4º (DOF –25/02/2003) se establece la distribución de competencias “en materia de regulación del aprovechamiento sustentable, la protección y la preservación de los recursos forestales y el suelo, estará determinada por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable”. Específicamente, la LGEEPA tiene vínculos directos con los recursos forestales; en materia de evaluación de impacto ambiental (EIA), la Federación se reserva el derecho de realizar el proceso de EIA en el caso de Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración, y Cambios de uso de suelo en áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas. En materia de hábitats naturales críticos (HNC) y del patrimonio cultural – tangible e intangible – la LGEEPA establece la regulación para las áreas naturales protegidas (ANP). Adicionalmente, la LGEEPA se vincula al Proyecto en todas las políticas y definiciones que tienen que ver con el desarrollo forestal, a través de artículos específicos que se describirán en la sección de la evaluación de impactos, en materia de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos, establece varios criterios directamente aplicables tanto a las Políticas Operativas del Banco Mundial, OP/BP 4.01 Evaluación Ambiental, OP/BP 4.04 Habitas Naturales y OP/BP 4.36 de Bosques. Cabe destacar el artículo 100 de la LGEEPA, que señala que las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales implican la obligación de hacer un aprovechamiento sustentable de ese recurso. Cuando las actividades forestales deterioren gravemente el equilibrio ecológico, afecten la biodiversidad de la zona, así como la regeneración y capacidad productiva de los terrenos, la autoridad competente revocará, modificará o suspenderá la autorización respectiva en términos de lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. En materia de medidas de seguridad aplicables al sector forestal, la LGEEPA establece que podrá ordenar medidas de seguridad y sanciones tales como: “El aseguramiento precautorio de materiales y residuos peligrosos, así como de especímenes, productos o subproductos de especies de flora o de fauna silvestre o su material genético, recursos forestales, además de los bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de la medida de seguridad.” Ley General de Vida Silvestre Esta ley tiene como propósito establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios en cuanto a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana. La LGVS define también que el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables será regulado por la ley forestal. Ley General de Cambio Climático En esta ley se establecen las disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, sus objetos son: Garantizar el derecho a un medio ambiente sano y establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, así como regular las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático considerando en su caso, lo previsto por el artículo 2o. de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y demás disposiciones derivadas de la misma y busca regular las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático. Con el fin de reducir las emisiones, las dependencias y entidades de la administración pública federal, las Entidades Federativas y los Municipios, se encargan de elaborar políticas públicas que busquen la reducción de emisiones y captura de carbono en el sector de agricultura, bosques y otros usos del suelo y preservación de los ecosistemas y la biodiversidad, el mantenimiento de los sumideros de carbono y que frenen y reviertan la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales. 22 En este mismo orden de ideas, el Programa Especial de Cambio Climático, contiene las metas sexenales de mitigación, dando prioridad a las relacionadas con la generación y uso de energía, quema y venteo de gas, transporte, agricultura, bosques, otros usos de suelo, procesos industriales y gestión de residuos. Ley de Desarrollo Rural Sustentable El objetivo central de la LDRS concierne, naturalmente, al desarrollo rural sustentable, definido en la propia ley como “El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio”. La ley considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural. Por lo tanto, prácticamente la totalidad de las acciones que se inscriben en los subcomponentes de apoyo del Proyecto están vinculados con este ordenamiento legal. Patrimonio Cultural En relación con la vinculación con la OP/BP 4.11 Bienes Físicos y Culturales, México cuenta con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. En su artículo 18, establece que el Gobierno Federal (así como sus organismos), están obligados a “utilizar los servicios de antropólogos titulados que asesoren y dirijan los rescates de arqueología bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y que, así mismo, entreguen las piezas y estudios correspondientes al INAH. La LFMZA establece que son monumentos arqueológicos “los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas”, así como que estas zonas son propiedad de la Nación con carácter de inalienable e imprescriptible. La LFMZA también establece que el INAH suspenderá todos los trabajos que se ejecuten, sin autorización, en monumentos arqueológicos. Aplicación del marco legal al proceso de asignaciones de apoyos Los mecanismos legales que aseguran el seguimiento de estándares ambientales federales que están vinculados al Proyecto forman parte de los procedimientos para la asignación de apoyos, ya sea mediante la revisión de los requisitos para la aceptación de solicitudes y su posterior calificación o por medio de la integración a los procedimientos legales establecidos que son aplicables para las actividades apoyadas. Por ejemplo, si se requiere de una autorización por parte de la SEMARNAT para realizar una acción, los documentos probatorios de la existencia de dicha autorización deben de incorporarse a la solicitud, ya que si no se comprueba dicha autorización la solicitud del beneficiario potencial se desecha desde los primeros pasos del proceso. Todas las solicitudes para apoyar actividades que están sujetas a la autorización por parte de otra autoridad, o que requieran del cumplimiento de requisitos legales establecidos en el marco normativo, deben presentar las evidencias que se señalan tanto en las RO como en los lineamientos aplicables. La presentación de copias simples y certificadas de distintas autorizaciones y documentos probatorios se usa como mecanismo de verificación por parte de quienes evalúan las solicitudes. Un área de oportunidad para los trámites consiste en la verificación independiente por parte de la CONAFOR de la existencia de autorizaciones de trámites realizados, por ejemplo, ante la SEMARNAT. Es decir, aquellos trámites que son solicitados por la SEMARNAT y que pueden ser revisados a través del Sistema Nacional de Trámites o en el 23 Registro Nacional Forestal no deberían requerir de la presentación de copias impresas, ya que el registro de la autorización debería bastar para verificar su existencia y vigencia. Lo anterior, al menos para la acreditación de trámites ante el sector de medio ambiente y recursos naturales en el que está sectorizada la CONAFOR. Debido a la distribución de las competencias en materia forestal y de vida silvestre entre la CONAFOR, la SEMARNAT y la PROFEPA, en primera instancia, el marco legal actúa a través de la identificación de la normatividad aplicable a la gestión de apoyos; es decir, del trámite de la solicitud correspondiente. Tanto la SEMARNAT como la CONAFOR deben presentar a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) los proyectos de trámites y autorizaciones bajo su responsabilidad. De este modo, tanto las Reglas de Operación como los lineamientos (en el caso de la CONAFOR) como los trámites para obtener autorizaciones de gestión y uso de recursos forestales, deben pasar por la COFEMER. Esta instancia federal revisa la congruencia entre los procedimientos presentados y el marco normativo al que están sujetos, los cuales fueron objeto de un análisis previo por parte de las propias instituciones que postulan los trámites o requisitos. Cada una de estas dependencias está sujeta a procedimientos institucionales para mantener actualizadas y vigentes las disposiciones y trámites a su cargo, las cuales forman parte de la normateca de las dependencias. La inclusión en dicha normateca debe gestionarse ante el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), la cual debe verificar la congruencia y validez de los trámites y normas antes de autorizar su publicación en Internet: http://www.conafor.gob.mx/web/nosotros/normateca/ De este modo, la estricta vinculación entre el marco legal vigente y la operación de los apoyos de la CONAFOR queda formalmente garantizada. En materia de revisión ambiental es muy importante hacer las siguientes precisiones: 1. Ninguno de los apoyos del Proyecto contempla la conversión de hábitats naturales a otros usos de suelo. La ley establece que ante posibles proyectos productivos en selvas con especies de difícil regeneración, se debe de llevar a cabo una Manifestación de Impacto Ambiental, el trámite ante la SEMARNAT implica la cuidadosa revisión de los posibles impactos ambientales de esta transformación productiva y es uno de los procedimientos ambientales más rigurosos de la APF, de no comprobarse la existencia de autorización la solicitud se desecha en este punto. Lo anterior garantiza – dentro del marco legal existente – el cumplimiento del espíritu y la letra de la OP4.01. 2. En el caso de los aprovechamientos maderables y no maderables los apoyos corresponden precisamente a la elaboración de los programas de manejo para el aprovechamiento de estos recursos. Una vez autorizados por la SEMARNAT, estos programas de manejo son la base para sustentar la solicitud y asignación de apoyos de los conceptos relativos al manejo forestal (Silvicultura y Certificación). Estos documentos se requieren en el proceso de revisión de las solicitudes cuando así es pertinente. Es decir, antes de otorgarse un apoyo que implique acciones de manejo forestal, la CONAFOR verifica que exista un programa de manejo autorizado, y que las actividades para las que se solicita el apoyo estén incluidas en dicho programa. 3. En cuanto a la posible existencia de otros impactos significativos se identifica lo siguiente: a. Cultivo forestal en aprovechamientos maderables- Solamente se otorgan apoyos para las actividades que están en el Plan de Manejo autorizado por la SEMARNAT, por lo que no se prevé que existan impactos negativos. b. Tecnificación de la silvicultura y apoyo a la industrialización. Estos apoyos que potencialmente implican una explotación más intensiva de los recursos forestales se da en el marco del programa de manejo forestal correspondiente y del dictamen de un proyecto en el que se debe argumentar, entre otras cosas, los beneficios ambientales que tendrá el uso de la tecnología propuesta. En el caso de apoyo a la industrialización, tal como se refirió, la CONAFOR no cuenta con atribuciones en materia de Salud e Higiene Industrial para realizar verificaciones y se considera que el marco legal e institucional existente garantiza 24 adecuadamente, dentro del marco de las limitaciones existentes, el cumplimiento de las normas. Por otra parte, el apoyo que CONAFOR proporciona para las certificaciones contribuye a una verificación por un tercero de las condiciones de higiene y seguridad laborales en los proyectos que apoya. 4. Todos los apoyos que promueven la realización de planes de negocios y formaciones de empresas exigen la presentación de la autorización para el aprovechamiento por parte de la SEMARNAT a fin de garantizar que los apoyos se realizan sobre aprovechamientos legales. 5. En el caso de las Áreas Naturales Protegidas no se apoyarán actividades que no estén contempladas en su plan de manejo. 6. No existirá sustitución de la vegetación natural ni por plantaciones forestales comerciales, ni por sistemas agroforestales, ni se usarán en ellas especies exóticas que pongan en riesgo la biodiversidad. El artículo 85 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable dice a la letra: “Queda prohibido el establecimiento de plantaciones forestales comerciales en sustitución de la vegetación primaria nativa actual de los terrenos forestales, salvo en los siguientes casos: i). Cuando se compruebe mediante estudios específicos que no se pone en riesgo la biodiversidad, o ii). Cuando se demuestre mediante estudios específicos que la vegetación nativa tenga poco valor comercial o biodiversidad, y se juzgue conveniente promover plantaciones de especies provenientes de otros lugares que se adapten a la zona e inclusive favorezcan la fauna y los bienes y servicios ambientales. La Secretaría expedirá la norma oficial mexicana que establezca las especies de vegetación forestal exótica que ponga en riesgo la biodiversidad”. 7. No se otorgaran apoyos para Plantaciones Forestales Comerciales que no cuenten con el permiso para su establecimiento, otorgado por la SEMARNAT o con su correspondiente registro ante esta instancia. Ya que ese será el medio para demostrar que la actividad se lleva a cabo dentro de la legalidad y que además cuenta con un plan de manejo apropiado. 8. En las Plantaciones Forestales Comerciales se promoverá la utilización de especies nativas de acuerdo con el artículo 86 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable que dice a la letra: “En la política de plantaciones forestales comerciales en terrenos temporalmente forestales y preferentemente forestales se promoverá de manera primordial la utilización de especies nativas que tecnológica y económicamente sean viables. La autoridad tendrá en todo momento la facultad de supervisar el manejo de la plantación, cuidando especialmente los posibles impactos ambientales adversos.” 9. Es obligatorio a fin de recibir el apoyo de la CONAFOR que los Programas de Manejo Forestal Maderables incluyan prácticas de conservación de la biodiversidad. También se promoverán estas prácticas en los Estudios para el Aprovechamiento forestal no maderable y las Plantaciones Forestales Comerciales y se recomendarán buenas prácticas ambientales para los procesos de transformación especialmente los relacionadas con las guías de BM en materia salud y seguridad ambiental en tableros y productos aglomerados, operaciones de aprovechamiento forestal, molienda y producción de pulpa y papel, y aserrío y productos de madera en general. 10. Tal como se señala en el apartado de Manejo de Plagas (OP4.09), la verificación de la normativa en materia de higiene y seguridad industrial corresponde a la STPS quien es la encargada de realizar las auditorías correspondientes y sancionar los incumplimientos. Sin embargo, la CONAFOR proporciona capacitación acerca de los requisitos que debe de cumplir una instalación forestal industrial. 11. Aunque no existe un requisito previo sobre condiciones de manejo integrado de plagas, la CONAFOR efectúa visitas de revisión a algunos de los viveros para verificar su correcto funcionamiento y pone a disposición de los beneficiarios y de todos los interesados manuales de producción de planta en 25 vivero que incluyen recomendaciones específicas sobre manejo de plagas. 12. La decisión sobre los tratamientos fitosanitarios en Áreas Naturales Protegidas se toma en conjunto con la SEMARNAT. 26 4. Identificación de Impactos Ambientales Durante la preparación del PBCC se realizó una evaluación ambiental y social exhaustiva a través de la cual se identificaron los impactos ambientales potenciales de la ejecución del proyecto y se definieron las medidas preventivas y correctivas que mitigaran cualquier posible impacto ambiental negativo y potencializara los beneficios directos e indirectos del proyecto, tanto en los recursos naturales y el ambiente como en la población involucrada. Tomando como base el trabajo realizado, los resultados obtenidos en el PBCC y las lecciones aprendidas, se reunió un panel de expertos para analizar los componentes del Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales y se llevó a cabo la identificación de los impactos ambientales potenciales. En la siguiente tabla se muestran los resultados del análisis y la identificación realizada. 27 Tabla 4. Análisis de impactos positivos y posibles impactos negativos Proyecto Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales Componente Actividades Impacto Positivo Posible Impacto Medidas de Mitigación Negativo/Riesgo Seminarios de comunidad a . Fortalecimiento Difusión de esquemas exitosos Existe el riesgo de que en los Seguimiento y monitoreo a la comunidad. de capacidades que pueden afectar seminarios no participen los ejecución de los seminarios. empresariales. positivamente el desempeño actores estratégicos y entonces de otros proyectos sobre los el conocimiento no llegue a las temas ambientales relevantes. personas apropiadas Ordenamiento territorial Se identifica la vocación del uso Que en el OTC no participen los Seguimiento a la elaboración del comunitario. del territorio y su división por actores claves o estratégicos OTC acuerdos comunitarios, para la Será necesario desarrollar una conservación o el uso estrategia para la búsqueda de productivo sustentable de Que no se logren consensos. consensos. bosques naturales. Promotor(a) forestal comunitario. Difusión de información y Que existan dificultades en la Trabajar espacios de buenas prácticas asociadas al colaboración entre el promotor y coordinación entre ambos. apoyo. el órgano de representación por conflicto de intereses. Acompañamiento a los órganos Componente 1. de representación y la Consolidación asamblea general para mejorar de apoyos para la toma de decisiones sobre la el manejo, gestión de sus recursos conservación y naturales, fomentando la uso sustentable participación social. de los recursos Proyectos de fortalecimiento de forestales. A través de mecanismos de Que no se ejecuten los trabajos Involucramiento de actores que las organizaciones sociales del participación se impulsa la aprobados. puedan facilitar la realización de sector forestal. conservación, restauración y las actividades a través del provisión de servicios fortalecimiento de los procesos ambientales a nivel regional o participativos de las estatal. organizaciones. Estudios de alcance regional de Contar con información Que los estudios no se ejecuten Dar seguimiento a las actividades organizaciones sociales del actualizada sobre la situación acorde a la propuesta aprobada. e involucrar a la organización en sector forestal. de los bosques de la región con procesos de participación. fines de aprovechamiento, manejo, conservación y restauración. Evaluaciones rurales Promueve el desarrollo y Que no participen los actores Dar seguimiento a las actividades. participativas ejecución de modalidades de claves o estratégicos. desarrollo sustentables apoyadas por otros apoyos de la CONAFOR 28 Programa de manejo forestal Permite planificar el Que no se tome en cuenta los Vincular estos apoyos con cursos maderable. aprovechamiento forestal recursos asociados. de capacitación en temas de Fomento de la sustentable y la preservación a muestreo, inventario, silvicultura y largo plazo de los recursos Desconocimiento de las identificación de especies, manejo forestal. salvaguardas como los Hábitats forestales. biodiversidad entre otros para Naturales Críticos (HNC) productores y Prestadores de Que no se considere en los Servicios Técnicos Forestales. muestreos, información Difundir la información sobre complementaria a la dasómetrica HNC, especies en categoría de como es información sobre riesgo y buenas prácticas Especies de flora (diferente a la forestales (BPF), tales como el maderable) y fauna manejo integrado de plagas, repercutiendo en la conservación mejores prácticas de de la biodiversidad. conservación de biodiversidad (MIP), Higiene y seguridad laboral y prevención de incendios. Estudios técnicos para el Es una alternativa productiva Que no se lleve a cabo conforme Establecer con claridad en TdR los aprovechamiento de recursos para aprovechar productos de a las normas y especificaciones objetivos, alcances y forestales no maderables especies presentes en bosques técnicas para la especie y especificaciones técnicas de los y selvas, así como zonas áridas, producto que se pretende estudios, considerando la diferentes a los maderables. aprovechar. normatividad aplicable. Manifestación de impacto Permite identificar los impactos Que no se lleve a cabo una Vincular estos apoyos con cursos ambiental particular ambientales de las supervisión adecuada y no de capacitación específicos para intervenciones y asignar las aplique la totalidad de las los Prestadores de Servicios medidas de mitigación medidas de mitigación Técnicos Forestales. necesarias para la conservación Difundir la información sobre el y buen uso de los recursos uso y cumplimiento de las MIA’s naturales. Y de la normatividad aplicable para el aprovechamiento forestal maderable y no maderable cuando requieren un estudio de impacto ambiental y Elaboración de PMA derivado del resolutivo correspondiente para el seguimiento de condicionantes . Documento Técnico Unificado de Permite planificar el Falta de consideración de las Considerar las disposiciones Aprovechamiento Forestal aprovechamiento forestal disposiciones técnicas y legales técnicas y legales requeridas en Maderable sustentable y la preservación a requeridas. RO. Elaboración de PMA derivado largo plazo de los recursos del resolutivo correspondiente forestales Cuando este para el seguimiento de condicionantes. 29 requiere un estudio de impacto Vincular estos apoyos con cursos ambiental. de capacitación en temas de muestreo, inventario, identificación de especies, biodiversidad entre otros para productores y Prestadores de Servicios Técnicos Forestales. Difundir la información sobre HNC, especies en categoría de riesgo y buenas prácticas forestales (BPF), tales como el manejo integrado de plagas, mejores prácticas de conservación de biodiversidad Cultivo forestal y manejo del Mejora y/o mantiene el Afectación de la biodiversidad. Vincular el apoyo con hábitat potencial productivo y el capacitación en temas como aprovechamiento óptimo de su biodiversidad, normatividad Y de los recursos forestales, por potencial en los terrenos bajo aplicable y socializar manejo. una mala ejecución o realización herramientas técnicas como Contempla las prácticas de de las practicas manuales de mejores prácticas, conservación de la criterios técnicos, entre otras. biodiversidad. Verificación y seguimiento de la ejecución de las actividades apoyadas por la CONAFOR Certificación forestal La revisión periódica por No se detectan La certificación forestal, es en si tercero acreditado, garantiza el una medida de mitigación a fin de cumplimiento de la legislación lograr tanto un manejo más ambiental, laboral, RO, y sustentable del bosque como salvaguardas ambientales medidas de seguridad e higiene laboral, y permite mayor acceso a capacitación. Establecimiento y Erosión durante la preparación Tanto en su establecimiento, Abastecen madera, leña y mantenimiento inicial de del suelo si en algunos casos, se como en su administración, se productos forestales para Plantaciones forestales prepara el suelo con maquinaria. deberán cumplir las leyes. diferentes usos. comerciales Manejan el paisaje. Empobrecimiento del suelo y una Realizar la supervisión en campo probable disminución de la para revisar el avance de los Plantaciones forestales productividad. proyectos que realizan las comerciales establecidas Combaten la desertificación. Incendios forestales por mal personas beneficiarias. manejo. Las plantaciones deberán estar Utilizan insumos químicos. Fijan de dióxido de carbono. cuidadosamente planificadas y 30 cumplir los planes en la Presencia de plagas y enfermedades. ejecución. Elaboración de PMA Producción de servicios, como derivado del resolutivo regulación y calidad de aguas, Impactos por actividades no correspondiente para el secuestro de carbono, paisaje adecuadas de mantenimiento y seguimiento de condicionantes y ecoturismo. construcción de caminos. Manejo del fuego con quemas Reincorporan el suelo a un uso Plantaciones con especies controladas durante la forestal exóticas invasoras. preparación de terrenos; Favorecer corredores de la fauna Permiten un desarrollo Erosión del suelo y deterioro de silvestre, la protección de los industrial. la calidad y distribución del agua. cauces de ríos. Manejo a nivel paisaje del Efecto alelopático o inhibidor de mosaico de rodales de diferentes la plantación sobre la vegetación del sotobosque en algunas edades y rotación. especies. Monitorean los impactos de la plantación. Impactos sobre la biodiversidad. Realizar el manejo integrado de plagas, considerando la prevención y control biológico en lugar de los pesticidas y fertilizantes químicos. Seleccionar especies basadas en el sitio y en los objetivos de la plantación. Implementar medidas para el control efectivo de incendios forestales. Llevar a cabo medidas de protección para la biodiversidad, por ejemplo: dejar árboles viejos y huecos sin cortar durante la limpia y la corta final para las aves, animales e insectos Uso preferente de especies nativas cuando sea técnica y 31 económicamente viable. Considerar la normatividad y medidas sobre el uso y manejo de los fertilizantes y plaguicidas. Monitorear la fertilidad del suelo antes de la plantación. Fertilizar antes de la plantación y después de la cosecha final, según los resultados del análisis previo del suelo, para recuperar parte de los nutrimentos perdidos. Emplear cultivos con especies que permitan mejorar el contenido de materia orgánica del suelo y el nitrógeno disponible para los árboles y ayuden a mantener los nutrimentos al evitar la erosión. Aprovechar eficientemente los bienes y servicios que la plantación genera. Evaluar y regular los impactos ecológicos y sociales en el sitio y fuera de él. No sustituir por ninguna razón los bosques naturales por plantaciones forestales. Restauración integral Incendios forestales por mal Fomento de la Recuperan suelos degradados; Tanto en su establecimiento, conservación, (evitar la erosión, la escorrentía manejo. como en su administración, se protección y Restauración de cuencas y la sedimentación). deberán cumplir las Reglas de restauración para prioritarias Utilizan insumos químicos. Operación. fortalecer el Presencia de plagas y Realizar la supervisión en campo manejo forestal. Manejan el paisaje. enfermedades. para revisar el avance de los proyectos que realizan las Plantaciones con especies personas beneficiarias. Combaten la desertificación. exóticas. Las plantaciones deberán estar cuidadosamente planificadas y 32 Impactos sobre la biodiversidad. cumplir los planes en la Fijan de dióxido de carbono. ejecución. Erosión del suelo por no realizar Favorecer corredores de la fauna Producción de servicios, como las obras de restauración de silvestre, la protección de los regulación y calidad de aguas, suelo bajo los criterios técnicos cauces de ríos. secuestro de carbono, paisaje apropiados. Realizar el manejo integrado de y ecoturismo. plagas, considerando la prevención y control biológico en lugar de los pesticidas y fertilizantes químicos. Mantener medidas para mejorar la estructura, fertilidad y actividad biológica del suelo. Seleccionar especies basadas en el sitio y en los objetivos de manejo. Control la densidad de la plantación que permita aumentar la vegetación del sotobosque. Implementar medidas para el control efectivo de incendios forestales. Considerar la normatividad y medidas sobre el uso y manejo de los fertilizantes y plaguicidas. Aprovechar eficientemente los bienes y servicios que la plantación genera. Promover el registro de la plantación a fin de poder darle un mejor manejo. Evaluar y regular los impactos ecológicos y sociales en el sitio y fuera de él a través de las evaluaciones externas que se hacen al programa Verificar que las obras de suelo sean construidas de acuerdo a lo señalado en el manual de obras y prácticas de restauración de suelos. No sustituir por ninguna razón los 33 bosques naturales por plantaciones forestales. Sistemas agroforestales Empobrecimiento del suelo y una Abastecen madera, leña y Tanto en su establecimiento, productos forestales para probable disminución de la como en su administración, se diferentes usos. productividad. deberán cumplir las leyes. Incendios forestales por mal Realizar la supervisión en campo para revisar el avance de los Manejan el paisaje. manejo. proyectos que realizan las personas beneficiarias. Utilizan insumos químicos. Combaten la desertificación. Las plantaciones deberán estar Presencia de plagas y cuidadosamente planificadas y enfermedades. cumplir los planes en la Fijan de dióxido de carbono. ejecución. Plantaciones con especies Evitar la quema de residuos exóticas. durante la preparación de Producción de productos terrenos; esto se puede lograr forestales no maderables, Efecto alelopático o inhibidor de amontonándolos en fajas en como resinas, hongos, plantas la plantación sobre la vegetación curvas de nivel. medicinales del sotobosque. Favorecer corredores de la fauna silvestre, la protección de los Impactos sobre la biodiversidad. cauces de ríos. Producción simultánea de madera y productos agrícolas y Manejo a nivel paisaje del ganaderos, a través de mosaico de rodales de diferentes sistemas silvopastoriles y edades y rotación. agroforestales. Monitorean los impactos de la plantación. Producción de servicios, como Realizar el manejo integrado de regulación y calidad de aguas, plagas, considerando la secuestro de carbono, paisaje prevención y control biológico en y ecoturismo. lugar de los pesticidas y fertilizantes químicos. Seleccionar especies basadas en el sitio y en los objetivos de manejo. Implementar medidas para el control efectivo de incendios forestales. Plantar árboles de flor y de frutas para alimentación de insectos, aves y animales. Dejar árboles viejos y huecos sin cortar durante la limpia y la corta 34 final para las aves, animales e insectos. Considerar la normatividad y medidas sobre el uso y manejo de los fertilizantes y plaguicidas. Fertilizar antes de la plantación y después de la cosecha final, según los resultados del análisis previo del suelo, para recuperar parte de los nutrimentos perdidos. Emplear cultivos con especies que permitan mejorar el contenido de materia orgánica del suelo y el nitrógeno disponible para los árboles y ayuden a mantener los nutrimentos al evitar la erosión. Considerar el establecimiento de plantaciones mixtas con leguminosas como mezcla temporal o permanente, debido a los múltiples beneficios que ofrecen como por ejemplo la fijación de nitrógeno. Aprovechar eficientemente los bienes y servicios que la plantación genera. Evaluar y regular los impactos ecológicos y sociales en el sitio y fuera de él. Elaboración de PMA derivado del resolutivo correspondiente para el seguimiento de condicionantes No sustituir por ninguna razón los bosques naturales por plantaciones forestales. Verificar que el sistema agroforestal se apegue a las características específicas que se establecen en las fichas técnicas correspondientes. 35 Pago por Servicios Ambientales Favorece la captación de agua y Falta de cumplimiento en la Realizar la supervisión efectiva en Nacionales el mantenimiento de la realización de las actividades campo de manera frecuente para biodiversidad, así como la comprometidas revisar el avance de los apoyos de captura y conservación del las personas beneficiarias. carbono. Mantener medidas para mejorar la estructura, fertilidad y actividad biológica del suelo. Pago por Servicios Ambientales Fomenta la conservación activa Falta de cumplimiento en la Realizar la supervisión efectiva en Mecanismos Locales y manejo sustentable de los realización de las actividades campo de manera frecuente para ecosistemas forestales, a fin de comprometidas revisar el avance de los apoyos de mantener o mejorar la las personas beneficiarias. provisión de los servicios ambientales. Formación de la empresa o Fortalecimiento Promueve el uso de tecnología Considerar las medidas de integración de la cadena de los procesos para la reducción de las seguridad pertinentes, a fin de productiva forestal. Impactos al medio ambiente y la de abasto, emisiones de gases de efecto que realicen sus actividades en salud por mala disposición de los transformación y invernadero. forma segura. Inversión para el comercio y la residuos y agentes acceso a industria forestal contaminantes. Promover que las naves mercados. industriales cuenten con las Apoyo a la administración, Promueve tecnologías para medidas mínimas de seguridad producción y comercialización generar energía utilizando Impactos al medio ambiente y la industrial, ventilación, biomasa forestal en los salud por el inadecuado manejo, iluminación, etc. Proyectos productivos forestales procesos de aprovechamiento transporte y almacenamiento de para mujeres y transformación de los Contar con procedimientos de sustancias químicas peligrosas. productos forestales. seguridad en caso de incidentes y Promoción y comercialización llevar a cabo simulacros para los para empresas forestales casos de terremoto e incendios. Contaminación auditiva para los trabajadores de la industria por el uso de maquinaria Disponer de procedimientos de seguridad redactados en idioma español o en la lengua de los Inhalación de sustancias tóxicas trabajadores que realicen estas por los trabajadores y actividades. trabajadoras de la industria Proporcionar equipo de protección personal mínimo Problemas de salud a los necesario con base en su consumidores del producto actividad. (intoxicaciones o alergias con los . jabones, salsas y otros productos) Incluir esquemas de capacitación referente a la normatividad 36 específica sobre seguridad e higiene en el trabajo en aprovechamientos forestales, aserraderos e industria forestal en general. Vigilancia a la salud del personal Observar las normas oficiales mexicanas que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Capacitación del personal y certificación en buenas prácticas de inocuidad alimentaria. Llevar a cabo pruebas de los productos antes de lanzarlos al mercado. Plan de mantenimiento preventivo de cada uno de los equipos adquiridos. Certificación de cadena de Garantiza el aprovechamiento No se identifican impactos - custodia sustentable de recursos negativos. forestales. Mejora la gestión de los recursos forestales maderables a través de la implementación de un sistema documentado de control. Ayuda a la conservación de la diversidad biológica (agua, suelos y ecosistemas). Asegura una producción sostenida por largo tiempo. Reduce la tala clandestina gracias al resguardo de la fuente de abastecimiento de la materia primas. Manejo de plagas Conservación de la cobertura Posible riesgo de contaminación Disminuir la utilización de Otras Manejo de Plagas actividades forestal. de suelos y cuerpos de agua en productos químicos para la tratamientos que requieran el atención de plagas y Contribuye a garantizar la uso de sustancias químicas. enfermedades, mediante la obtención de servicios utilización de tratamientos ambientales para beneficio de Posible perturbación del alternativos (biológicos, 37 la sociedad. ecosistema cuando el mecánicos y físicos), al respecto, tratamiento implica la remoción se están implementando nuevas Se disminuye el riesgo de del arbolado. tecnologías amigables con el mayor pérdida de la cobertura ecosistema que evitaran el uso de forestal y contribuye a la Incremento de las cargas de sustancias químicas, como por conservación de los suelos y al combustibles, propiciando la ejemplo: equilibrio de la cuenca ocurrencia de incendios hidrográfica. forestales, si no se maneja de • Descortezadoras forma adecuada el producto mecánicas, Generación de empleo a las objeto del saneamiento. comunidades que realizan el • Utilización de saneamiento. atrayentes o semioquimicos para el Se fomenta con las manejo de insectos comunidades las acciones de descortezadores protección forestal. (feromona MCH). Se contribuya a mantener la • Uso de productos de capacidad productiva de los origen biológico bosques y selvas. (entomotapógenos para defoliadores). Implementación de técnicas de derribo y extracción de volumen adecuadas para mitigar el impacto y la menor alteración en el ecosistema. En las notificaciones para realizar acciones de saneamiento se establece el cumplimiento de condicionantes que obliga al propietario a realizar actividades de restauración a través de la reforestación y protección del área afectada. Realizar un buen manejo de los combustibles generados en el saneamiento, con el fin de disminuir sus cargas por unidad de área, mediante el apilado, organización en curvas de nivel, 38 extracción mecánica o realización de quemas prescritas con técnicas rigurosas de control. Otras Manejo del Fuego Apertura y mantenimiento de brecha Ayuda al control de los incendios Una inadecuada apertura de brecha Capacitación básica en incendios actividades cortafuego forestales evitando así que se o la falta de mantenimiento a la forestales afecten superficies forestales misma no evitará el avance del mayores y evitando se continúe incendio, facilitando se afecte mayor Una adecuada realización y emitiendo GEI a la atmosfera mantenimiento de la brecha superficie forestal y mayor cortafuego, con punto de anclaje, de emisión de GEI a la atmosfera ancho suficiente y descubierta hasta suelo mineral Ataque inicial Un ataque inicial efectivo De realizarse un inadecuado Cursos de capacitación para las ayudará a liquidar los incendios ataque inicial el incendio podría personas encargadas del combate de forestales antes que crezcan en crecer en superficie y incendio forestales complejidad y evitará una complejidad, complicando las afectación mayor a la superficie labores de combate, afectando y una mayor emisión de GEI una mayor cantidad de vegetación forestal y propiciando una mayor emisión de GEI Liquidación del incendio Evitar la reactivación de un Una inadecuada liquidación Cursos de capacitación incendio forestal podría propiciar la reactivación Realizar una adecuada liquidación del de un incendio forestal, incendio propiciando una mayor afectación en superficie y mayor Recorrer el perímetro de un incendio liquidado en busca de posibles focos emisión de GEI a la atmosfera de reactivación Ayudar al control de los incendios Una realización de una línea Capacitación teórica y práctica para la forestales para evitar se afecte una negra sin las precauciones realización de líneas negras Línea negra mayor superficie forestal adecuadas podría iniciar un incendio forestal. La realización de una línea negra deficiente no evitará el avance de un incendio forestal, permitiendo que el mismo afecte una mayor superficie y se generen más GEI Torres de vigilancia Un menor tiempo en la Una mala ubicación de las torres Capacitación para el detección y llegada al incendio de vigilancia o la falta de establecimiento y forestal , lo que se traduce en capacitación a los torreros funcionamiento de las torres de una atención más oportuna y evitará se detecten y por lo tanto vigilancia por ende una menor afectación se atiendan los incendios Una adecuada vigilancia del terreno a la superficie forestal forestales antes que crezcan en forestal a resguardar magnitud y complejidad 39 No debe perderse de vista que, en el contexto más amplio de la política forestal, varias de estas actividades, constituyen en sí instrumentos de prevención o mitigación de impactos ambientales negativos vinculados a las actividades forestales: • Los apoyos para la elaboración de los Programas de Manejo Forestal Maderables o los Estudios técnicos para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables, ya que promueven los aprovechamientos legales • Los apoyos para certificación, ya que esto promueve un mejor manejo del bosques • Los apoyos para la organización de las comunidades, ya que fortalece un mejor toma de decisiones sobre los recursos naturales. • El manejo del fuego, que coadyuva a la conservación de los ecosistemas • El pago por Servicios Ambientales que promueve una conservación productiva del bosque. Otras actividades que el proyecto desarrolla, también son benéficas, sin embargo entrañan algunos riesgos potenciales que deben de ser manejados, los dos casos prioritarios serían: • Los tratamientos fitosanitarios Las Plantaciones Forestales Comerciales Los tratamientos fitosanitarios a veces son necesarios para mantener un ecosistema sano y productivo sin embargo implica riesgos debido a que en algunas ocasiones es necesario el uso de pesticidas. En este caso la institución ha venido promoviendo otros métodos como son el físico-mecánico y el control biológico de plagas y se espera continuar en esa línea. En cuanto a las plantaciones forestales comerciales permiten reincorporar terrenos al uso forestal y hacer un buen manejo del paisaje, pero el posible mal uso de algunas especies y la necesidad de agroquímicos para su manejo las convierte en una actividad potencialmente riesgosa para el medio ambiente. Las plantaciones forestales comerciales necesitan una autorización por parte de la SEMARNAT quien revisa que el proyecto cumpla con la ley en materia ambiental. También es necesario que las plantaciones cuenten con un registro tras su establecimiento, y el cual facilita la revisión de las actividades. La CONAFOR revisa que las solicitudes cuenten con esta autorización y este registro antes de brindar los apoyos y la elaboración de un PMA para dar seguimiento a las condicionantes establecidas en los resolutivos correspondientes. En lo general se considera que son pocos los riesgos existentes ya que desde hace años se han venido incorporando diferentes criterios a las reglas de operación a fin de evitar posibles impactos, por ejemplo, para dar un apoyo para la formación de empresa se debe demostrar que el aprovechamiento es legal. De esta manera la mitigación de los riesgos se encuentra incluida en el quehacer institucional. En este nuevo proyecto se va a buscar que posibles riesgos existentes en algunos apoyos se puedan manejar a través de la inclusión de criterios en las reglas de operación y todos sus instrumentos operativos como son Reglas de Operación, Anexos Técnicos, Términos de Referencia, Convocatorias de apoyos, Fichas Técnicas, etc. Las medidas principales que deben incorporarse – y que en buena medida ya se encuentran entretejidas en los mecanismos para otorgar y dar seguimiento a apoyos (incluyendo las cartas compromiso de los beneficiarios) – son las siguientes: 1. Cumplimiento de la legislación mexicana en materia ambiental. 1.1. Mecanismos de evaluación de impacto ambiental (junto con su autorización). 1.2. Procedimientos para el cambio de uso del suelo por excepción. 1.3. Realización de aprovechamientos forestales. 1.4. Uso de recursos forestales no maderables. 1.5. Normas oficiales mexicanas (NOM) y normas mexicanas (NMX) aplicables. 2. Ejecución de Buenas Prácticas Forestales como parte de las cartas compromiso. 3. Cumplimiento de las disposiciones de los Programas de Manejo de las ANP. 4. Otorgamiento de apoyos dentro de áreas y polígonos preferenciales por su relevancia ambiental y confluencia para el logro de objetivos ambientales (especialmente en el caso de Pago por Servicios Ambientales (PSA)). 40 5. Apoyo preferencial a Proyectos con impactos ambientales positivos y/o sinérgicos con otras categorías de apoyo. Sin embargo, cada subcategoría de apoyo puede incorporar medidas adicionales para potenciar sus efectos positivos o prevenir y/o mitigar los impactos negativos potenciales. Otro aspecto importante que debe incorporarse son los relacionados con Plantaciones Forestales, aspectos de Higiene y Seguridad y exposición a pesticidas, en los apoyos donde la condición laboral ponga en riesgo la integridad de los trabajadores, la instalación o el medio ambiente, así como el manejo y control de incendios. En este sentido, la CONAFOR deberá garantizar que el personal en las empresas tenga las competencias y habilidades necesarias, en los temas vinculados con las salvaguardas detonadas. La institución cuenta con diferentes mecanismos para la capacitación, desde los apoyos tanto para habilidades técnicas y gerenciales, como los seminarios de comunidad a comunidad hasta la capacitación a los promotores forestales comunitarios. Es decir, los programas de capacitación, según sea aplicable, deberán incluir los siguientes aspectos: • Cumplimiento de la normatividad en materia de impacto ambiental relativa al sector forestal. • Aplicación de las normas oficiales mexicanas (NOM) y normas mexicanas (NMX) al sector forestal, incluyendo aquellas relativas a higiene y seguridad industrial (correspondientes a la STPS). • Cumplimiento de la normatividad en materia de patrimonio cultural y sitios arqueológicos. • Mecanismos de certificación nacional e internacionales. • Cumplimiento de normas de salud, de higiene, manejo de pesticidas/de plagas y entorno laboral. La acreditación deberá ser compatible, en contenidos y revalidación, con los avances del conocimiento y las modificaciones al marco legal e institucional. Una de las experiencias positivas que desarrollo la institución es la elaboración de manuales para el mejor desarrollo de las actividades técnicas, por lo que se continuara con el uso de los manuales existentes y se generarán nuevos manuales actualizados cuando así se requiera. . 41 5. Seguimiento y Reporte de Cumplimiento de las Salvaguardas A lo largo del proyecto Bosques y Cambio Climático se encontró como la mejor vía para el cumplimiento de las salvaguardas, que éstas fueran incluidas dentro de las Reglas de Operación (RO) y el seguimiento sobre su cumplimiento integrarlo a los procedimientos de otorgamiento de los apoyos, así como la verificación de los mismos conforme a las reglas de operación y términos de referencia. La inclusión de criterios sociales y ambientales en las RO, no solo avala que los apoyos o acciones que entran en los proyectos cumplan con los requisitos de las salvaguardas, sino garantiza que todas las acciones de RO sean sustentables ambientalmente y culturalmente apropiadas. Por otra parte, la CONAFOR dentro de su RO busca mejorar y desarrollar capacidades locales y regionales a personas propietarias, poseedoras y usuarias de los terrenos forestales, preferentemente forestales o temporalmente forestales, para incentivar la protección, conservación y restauración de los recursos forestales, así como para impulsar una estrategia para reactivar la producción, productividad y competitividad forestal que se traduzca en ingresos y oportunidades de desarrollo para la población que depende de los ecosistemas forestales, todo ello con el fin de contribuir a recuperar la funcionalidad de cuencas y paisajes a través de la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural. El cumplimiento en lo ambiental En el cumplimiento de las salvaguardas ambientales en la RO implica que su marco de referencia se integra por los instrumentos legales y programáticos federales, así como por el conjunto de instituciones que de manera directa inciden sobre la ejecución del mismo. Esta política forestal es el instrumento que regula, en primera instancia, el cumplimiento de las salvaguardas ambientales y está estrechamente relacionada con las Políticas Operacionales. Las principales leyes y reglamentos relacionados con el proyecto son aquellas que regulan y norman la operación forestal al nivel nacional en México. El eje normativo central está constituido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su Reglamento. Por otra parte, las RO, hacen referencia a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, así como sus actualizaciones posteriores Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a las Normas Oficiales Mexicanas. Dentro de las RO se fortalecen los apoyos que fomentan la planeación territorial comunitaria ayudando a identificar posibles impactos ambientales en el acceso, uso y manejo de los recursos naturales y principalmente en recursos forestales de propiedad común. Se busca que los apoyos otorgados ayuden a revertir la degradación ambiental y cumplan con lo establecido en la legislación ambiental vigente. Así mismo, que los apoyos cumplan con lo establecido en los lineamientos, términos de referencia y la normatividad ambiental y agraria vigente. Se da prioridad a los procesos certificados que se sustentan en mecanismos estrictos de control de suministro de insumos y de medidas de mitigación de impactos de los procesos industriales, cadena de custodia y madera controlada Los apoyos buscan fomentar buenas prácticas de manejo después de las intervenciones de silvicultura comunitaria y desarrollo forestal. El cumplimiento en lo social: Las RO reconocen que la propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde a los ejidos, comunidades, pueblos y comunidades indígenas, personas físicas o morales y jurídicas-colectivas (ejidos y comunidades), y garantiza que los apoyos otorgados a través de estas RO no alterarán el régimen de propiedad de dichos terrenos. Por otro lado, se garantiza que las comunidades indígenas. Las personas provenientes de pueblos y comunidades indígenas, que no pueden acreditar la legal propiedad o legítima posesión del terreno al que se destinará el apoyo, con el título legal correspondiente, la entrega de documentos y requisitos se hará con base en los usos y costumbres correspondientes a cada pueblo o comunidad indígena. Las RO, con el objeto de impulsar y establecer acciones afirmativas a favor de pueblos y comunidades indígenas, jóvenes y mujeres, facilitar su acceso a los programas de la CONAFOR y considerando la necesidad de incorporar nuevas superficies al manejo forestal sustentable, se establecen criterios generales de prelación a los que se asigna puntuación de acuerdo con sus características 42 Actualmente las RO determinan que dentro de sus componentes no promoverán restricciones involuntarias al acceso de recursos naturales en ANPs y que si en caso de existir alguna restricción involuntaria, se realizará un plan de acción específica para identificar, minimizar o mitigar los efectos potencialmente adversos derivados de dicha restricción, en tanto que los ejidos y comunidades identificarán y tomarán acuerdos sobre la mejor solución, con base en sus usos, costumbres y reglas internas. Las RO establece plataformas y mecanismos de participación y procesos de consulta continua de las personas beneficiarias en acciones de promoción, difusión, seguimiento y monitoreo de la ejecución de los apoyos (foros regionales, talleres, cursos, entre otros). Finalmente, la CONAFOR en sus RO establece el apoyo a proyectos productivos para mujeres, con este apoyo se beneficia específicamente a proyectos operados por mujeres para el aprovechamiento y comercialización de productos forestales maderables y no maderables. En ese sentido existen dos momentos en los que las salvaguardas se implementan y se verifican: 1- Previo al otorgamiento del apoyo: Tanto en las RO como en las convocatorias específicas de los diferentes apoyos, se incluyen los requisitos legales, reglamentarios y normativos necesarios para obtener los mismos, como por ejemplo, la solicitud del oficio de autorización del aprovechamiento que otorga la SEMARNAT, de tal manera que el solicitante demuestre que el aprovechamiento es legal, para recibir apoyos para la comercialización, instalación de oficinas u otros. 2- Actividades de verificación: Esta verificación ocurre durante la ejecución de los apoyos, primero la gerencia estatal de la CONAFOR verifica que las actividades de la propuesta técnica ingresada por el solicitante, cumpla con los criterios determinados en los términos de referencia. Posteriormente en los informes de actividades que presenta el beneficiario junto con el asesor técnico, la Gerencia Estatal de CONAFOR, verifica que las mismas se hayan realizado conforme a las distintas guías y manuales que la institución tiene desarrolladas para tal fin, si los informes son conformes, se procede al finiquito del apoyo, si es no conforme, no se realizan los pagos subsecuentes o el pago final. A continuación, se muestra un ejemplo de los procedimientos llevados a cabo en los apoyos para la elaboración del Programa de Manejo Forestal Maderable: En la siguiente liga: http://187.218.230.5/salvaguardas/evaluacion-ambiental se puede consultar en la Plataforma de seguimiento de Salvaguardas, desarrollada para dar seguimiento al cumplimiento de las salvaguardas dentro de los procedimientos de otorgamiento de los apoyos, así como la verificación de los mismos conforme a las reglas de operación y términos de referencia. Adicionalmente los resultados de avances y actividades referentes al cumplimiento de Salvaguardas se reportan cada seis meses en los informes obligatorios al Banco Mundial, así como en las diferentes misiones de seguimiento. Para completar la transversalización de las salvaguardas a los programas de la CONAFOR, se revisa anualmente a la luz de las reglas de operación y se realizan los ajustes pertinentes. DOCUMENTACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES LLEVADAS A CABO DESDE EL ÁREA DE SALVAGUARDAS. Con el objetivo de contar con una base de documentos de las actividades, consultorías y otros productos que se han realizado en el contexto de las Salvaguardas del Proyecto de Bosques y Cambio Climático, se construyó una Plataforma de documentación para la documentación de las mismas, la cual se mantiene actualizada ante los ajustes y cambios de los programas operativos. En dicha plataforma se incluye una Biblioteca Digital donde se publica toda la información que se va generando en apoyo a la aplicación de buenas prácticas en la ejecución de los proyectos, actualmente se cuenta con un acervo de documentos de seguimiento y reporte (Informes de avances, Ayudas de Memoria de las Misiones, Minutas del Comité Operativo), Documentos de difusión (Productos elaborados e impresos desde 2013, a la fecha); Documentos de Actividades enmarcadas dentro del PGPI (Resultados de consultorías de Planes de Pueblos Indígenas Específicos, resultados de Talleres, Informe de Foros de Validación, Cálculo del indicador de atención a pueblos indígenas, etc.); Documentos técnicos (Análisis de atención a Población Indígena en el 43 Sector Forestal Fase I, II y III, Análisis SIGA II, Informe de verificación; Informe sobre restricciones involuntarias); Guías y manuales técnicos generados en el área como la guía de atención diferenciada. Para el proyecto de Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales , así como para otros proyectos de la CONAFOR, se seguirá aplicando el mismo mecanismo de seguimiento verificación y reporte, el cual incluye, además de la biblioteca digital anteriormente mencionada, una página alojada en el Sistema Nacional de Información Forestal con información al público en general. Y que puede ser vista desde la siguiente plataforma: http://187.218.230.5/salvaguardas 44 45 6. Arreglo institucional ambiental La CONAFOR cuenta con un Área de Salvaguardas dentro de la Gerencia de Información Forestal, sin embargo, para la mejor implementación de las Salvaguardas dentro del proyecto, se propone la siguiente estructura: Quienes desempeñarían las siguientes funciones: -Subgerencia de salvaguardas: cuyas actividades serán básicamente: coordinar los trabajos que se lleven a cabo junto con las demás Unidades Administrativas para el seguimiento y reporte de las salvaguardas sociales y ambientales del proyecto, así como la coordinación de los temas de Innovación para el área. -Documentador/a que cubre las actividades de Integrar, documentar, y dar seguimiento a la sistematización de las actividades de consulta, participación, diseminación y coordinación relacionadas con salvaguardas, así como seguimiento a las actividades relacionadas con el cumplimiento y reporte de las salvaguardas ambientales y sociales. -Especialista social 1 que cubre las actividades de asegurar la implementación de salvaguardas sociales del Proyecto y otras iniciativas relevantes; así como participar en el diseño, revisión y seguimiento de las salvaguardas sociales con base en los instrumentos legales y de planeación aplicables. -Especialista social con enfoque legal apoyar y dar seguimiento a los aspectos relacionados con aspectos de participación así como cuestiones de análisis del marco legal, institucional y de cumplimiento relevante para el cumplimiento de las salvaguardas así como el seguimiento e implementación de estándares y buenas prácticas internacionales con enfoque social, ambiental y de género. -Especialista ambiental que cubre las actividades de asegurar la implementación de las salvaguardas ambientales del proyecto de paisajes productivos y otras iniciativas relevantes, así como participar en el diseño, revisión y seguimiento de las salvaguardas ambientales con base en los instrumentos legales y de planeación aplicables. -Enlace administrativo: Garantizar la correcta implementación financiera de las actividades, de acuerdo a la normatividad establecida Elaborar y analizar los diferentes instrumentos de planeación estratégica y generar informes del proyecto tanto técnico como financiero. 46 Adicionalmente cada Gerencia de Programa y cada Gerencia Estatal, deberá contar u asignar a una persona o enlace que dé seguimiento a los requerimientos de las diferentes actividades y sea punto de comunicación en el desarrollo de actividades y reportes de las salvaguardas. Cabe mencionar que los temas de de Género y pueblos Indígenas se encuentran en la Gerencia Técnica y de Participación Social, con la que existe una fuerte colaboración y coordinación. 47 7. Participación, Consulta La base del presente MMA (Proyecto de Bosque y Cambio Climático) fue consultado, retroalimentado y difundido en diferentes espacios de participación durante la vida del proyecto, los cuales se resumen a continuación. Tabla 5. Concentrado de proceso de retroalimentación, consulta y difusión del MMA del PBCC Actividad Año Plataforma de participación/consulta Presentación del Préstamo de Inversión 2011 CTC-REDD+ Específica (SIL) en plataformas El Comité Técnico Consultivo para REDD+ (CTC- Nacionales y Discusión del Plan de REDD+) representa una plataforma nacional de Inversión del PIF a Nivel Nacional. diálogo entre actores con representantes es de diversas instituciones de gobierno, ONG´s, representantes de ejidos, comunidades y asociaciones, pueblos indígenas, académicos y representantes del sector privado. Discusión a Nivel Regional del 2011 Talleres regionales componente 3 del SIL a través y Tres en el estado de Jalisco y tres talleres en la retroalimentación sobre el mecanismo Península de Yucatán para obtener REDD+ y las actividades del Plan de retroalimentación sobre las actividades del Plan de Inversión del PIF. Inversión (componente 3 del SIL). Diseminación y Retroalimentación de las 2011 Se utilizaron 3 vías: Evaluaciones ambientales y sociales y sus Página de Internet de la Comisión Nacional respectivos marcos Forestal, CTC y reuniones de retroalimentación CON retroalimentación a un grupo de expertos sociales y ambientales. Publicación de los documentos en la 2011 Página de CONAFOR página de internet de la CONAFOR https://www.gob.mx/conafor/documentos/marco- de-manejo-ambiental-del-proyecto-bosques-y- cambio-climatico Para la presente actualización, se establecieron los siguientes momentos de consulta y difusión: La primera se realizó de manera interna con la participación de las diferentes gerencias, subgerencias y personal involucrado dentro de la institución, una vez retroalimentado se llevó a consulta en el seno del CTC-REDD+, el cual es un grupo de opinión técnico consultivo multisectorial, con participación de organizaciones de la sociedad civil, como productores, asociaciones profesionales, representantes de instituciones educativas o de investigación, e instituciones gubernamentales relacionadas con los temas de manejo o conservación de los recursos forestales, constituido formalmente desde 2010. Las principales aportaciones recogidas durante la consulta interna se reflejan en el documento en la definición de impactos, la adición de los temas de sanidad vegetal y manejo de suelo, así como erosión de terrenos. En cuanto a la consulta con el CTC-REDD+, las sugerencias recibidas fueron: Fortalecer la transparencia en la asignación de apoyos; - Establecer salvaguardas de mercados con mercados justos y mercados diferenciados; - Que la institución se comprometa a adquirir productos nacionales y locales en sus licitaciones; Tras este periodo de consulta, se atendieron los comentarios en el presente documento, y una vez obtenido el VoBo del BM se publicará en la página de CONAFOR. 48 49 8. Quejas QUEJAS/ MAC La CONAFOR cuenta con mecanismos para la atención de denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes de información sustentados en los ordenamientos legales del país: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, entre otras. Este mecanismo cuenta con principios rectores que son: accesibilidad, culturalmente pertinente, eficacia, equitatividad, transparencia y retroalimentación. El MAC, considera tres formas de atención dependiendo de la naturaleza de la problemática. El procedimiento obligatorio para la resolución de la problemática presentada se encuentra publicado en la web de la CONAFOR en la siguiente liga: http://www.conafor.gob.mx:8080/documentos/docs/35/5113Mecanismos%20de%20Atenci%C3%B3n%20Ciudadana.pd f Tabla 6. Funcionamiento del MAC NATURALEZA DEL PROBLEMA INSTANCIA Obligación de la Instancia Queja o denuncia respecto a servidores Encargado de darle seguimiento a quejas o Órgano Interno de Control. públicos. denuncias. Resuelve sobre las negativas de acceso a Solicitud de información pública Instituto Federal de Acceso información que las dependencias o gubernamental: protección de datos a la Información y entidades del gobierno federal hayan personales en manos del gobierno Federal. Protección de datos. formulado. Duda, reclamo, sugerencia o información Servicio de Información y Brinda atención y respuesta oportunidad a la con relación a la CONAFOR. Atención Ciudadana. ciudadanía. 50 9. Presupuesto Cada año se presenta un Plan de Trabajo Anual (PAT) con las actividades que se llevarán a cabo, así como un Plan de Adquisiciones (PAC) en el cual se detallan los presupuestos necesarios para el cumplimiento de las mismas. Tomando en consideración los PAT’s y PAC’s ejecutados durante el PBCC, se estableció el presupuesto requerido para el desarrollo, implementación y seguimiento del cumplimiento de las salvaguardas del proyecto “Fortalecimiento Empresarial en Paisajes Productivos Forestales” que se muestra en la siguiente tabla: En lo referente a los presupuestos se considera fundamental el fortalecimiento de la estructura en cuanto a recursos humanos necesarios para dar cumplimiento a los aspectos de implementación de salvaguardas (talleres comunitarios, cursos, etc.), seguimiento y reporte de las mismas. Tabla 7. Presupuesto anual para la operación del área Salarios de personal 1,440,000.00 Gastos de traslado (viáticos) 480,000.00 Total de servicios personales 1,920,000.00 Talleres de capacitación Conafor / externos 1,500,000.00 Eventos conmemorativos temáticos (2) 200,000.00 Elaboración e impresión de la guías o manuales 700,000.00 Impresión de materiales de divulgación 500,000.00 Estudios específicos para salvaguardas sociales y ambientales 1,500,000.00 Total de gastos de operación del proyecto 4,400,000.00 Total anual 6,320,000.00 Dicho presupuesto es estimativo y deberá ser actualizado anualmente de acuerdo a las políticas institucionales. 51 10. Anexo 1- Plan de manejo de plagas En el aspecto de manejo de plagas forestales, la legislación mexicana y los arreglos institucionales ofrecen un marco normativo y operativo muy sólido, ya que se establecen las responsabilidades de todos los actores involucrados en aspectos de sanidad forestal, de los mecanismos de prevención, control y combate de plagas y enfermedades forestales, así como las sanciones en caso de incumplimientos. Las autorizaciones para los aprovechamientos forestales y para el establecimiento de plantaciones forestales comerciales obligan al solicitante a establecer y ejecutar en los programas de manejo correspondientes las medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir plagas y enfermedades. Esto está dispuesto en la NOM-152-SEMARNAT- 2006 que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal para el aprovechamiento de recursos forestales maderables en bosques, selvas y vegetación de zonas áridas. En este sentido el Plan de Manejo de Plagas (PMP) es un instrumento muy sencillo que remite a la observancia de los instrumentos y mecanismos existentes y que, además, es parte integrante de los programas de manejo forestal y de los programas de manejo de plantaciones forestales comerciales. Todos estos aspectos se definen en las secciones correspondientes, como complemento del PMP. Prácticas de manejo de plagas Los proyectos deberán garantizar un manejo adecuado de plagas y enfermedades forestales a través de la observancia estricta de la legislación aplicable y del cumplimiento de las normas que para el efecto se han establecido como parte de los instrumentos de manejo forestal. Para lograr este propósito, las reglas de operación (RDO) junto con las disposiciones legales, contienen mecanismos y disposiciones que aseguran las siguientes condiciones: 1. Todas las actividades de manejo forestal que sean apoyadas por el proyecto deberán contar con su respectivo programa de manejo forestal, dentro del cual se deberán incluir actividades de monitoreo, control y combate de plagas y enfermedades forestales debiendo ser responsabilidad del titular del aprovechamiento su ejecución. 2. Todas las acciones de control fitosanitario deberán apegarse a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, así como en las normas oficiales mexicanas aplicables en la materia. 3. Los beneficiarios del proyecto o los responsables de las Áreas Naturales Protegidas deberán dar aviso a la SEMARNAT dentro de un plazo no mayor a 5 días naturales sobre la detección de plagas o enfermedades en su predio. 4. Una vez que se da aviso sobre la posible presencia de plaga, la CONAFOR deberá realizar una visita de campo para determinar la presencia o ausencia de plagas o enfermedades, en caso de determinar presencia, contará con 15 días hábiles para entregar a la SEMARNAT, el Informe Técnico Fitosanitario para la generación de la notificación de saneamiento correspondiente 5. Todas las acciones de control de plagas deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Su Reglamento, la Ley de Sanidad Vegetal (en lo que no se contraponga con la ley forestal) así como de las normas oficiales mexicanas en materia forestal; de lo contrario, deberá solicitarse autorización a la SEMARNAT mediante el trámite 03-060-A o B “Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las normas oficiales mexicanas en materia forestal de la Dirección General Forestal y de Suelos”; ya sea en su modalidad A (cuando no exista una autorización anterior publicada para estas alternativas) o B (cuando exista una autorización anterior publicada para estas alternativas). Las NOM referentes al uso y aprovechamiento de recursos forestales maderables y no maderables contienen referencias a la prevención de plagas y enfermedades (NOM-005 a NOM-012 y NOM-026 a 028), por lo que estas deberán ser aplicadas según corresponda a las categorías de apoyo de los proyectos. Sin embargo, existen NOM que son específicas para el caso del manejo de plagas y enfermedades; éstas se enlistan en la tabla de instrumentos legales y normativos correspondientes que aparece más abajo. 52 Marco legal e institucional La Ley General de Desarrollo Forestal sustentable establece en su artículo 3, entre otros objetivos, “Regular la prevención, combate y control de incendios forestales, así como de las plagas y enfermedades forestales” (Fracción XV). Para esto, fija la obligación de los dueños y poseedores legales de terrenos forestales y preferentemente forestales de realizar las labores de prevención, control y combate de plagas y enfermedades forestales en coordinación con las autoridades competentes. La misma LGDFS establece la vinculación, cuando sea pertinente y no contravenga sus disposiciones, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, la cual tiene por objeto “Regular y promover la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria de vegetales.” Esto es aplicable para el caso de productos forestales no maderables para consumo humano que pudieran verse afectados por la aplicación de sustancias tóxicas utilizadas en predios forestales. Para la ejecución de cualquier actividad de saneamiento, SEMARNAT debe generar una notificación de saneamiento, esto de conformidad con el artículo 149 del Reglamento, por lo que la responsabilidad es compartida, ya que de acuerdo al 147 del Reglamento, CONAFOR es quien recomienda las acciones de saneamiento en el Informe Técnico Fitosanitario. Finalmente, la SAGARPA será responsable de controlar los aspectos fitosanitarios de productos trasladados en distintos vehículos, materiales, maquinaria y equipos forestales cuando impliquen un riesgo fitosanitario. Tabla 9. Instrumentos legales vinculados al manejo de plagas forestales. Instrumento Materia y alcance NOM-003-STPS-1999 Condiciones de seguridad que se deben tomar en cuenta por las personas que realizan actividades agrícolas para prevenir riesgos por la exposición a plaguicidas o fertilizantes, ya sea en su almacenamiento, manejo, transporte, o en la aplicación a los cultivos Establece los requisitos del envase, embalaje y etiquetado de plaguicidas, grado técnico y para uso NOM-232-SSA1-2009 agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico Que establece los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control de insectos NOM-019-SEMARNAT-2006 descortezadores NOM-061-SEMARNAT-1994 Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en la flora y fauna silvestres por el aprovechamiento forestal. NOM-152-SEMARNAT-2006 Que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los contenidos de los programas de manejo forestal p maderables en bosques, selvas y vegetación de zonas áridas En la siguiente tabla se presenta una relación de los principales artículos y fracciones de la LGDFS concernientes a las medidas de prevención, control y combate de plagas y enfermedades forestales. Tabla 10. Artículos y fracciones de la LGDFS relacionados con la aplicación del PMP. LGDFS Contenido Responsable Artículo y fracción 3-XV Regular la prevención, combate y control de incendios forestales, así La Federación. como de las plagas y enfermedades forestales 12-XXXV Expedir avisos y permisos según corresponda para el combate y La Federación. control de plagas y enfermedades forestales, asi como los certificados y demás documentación fitosanitaria para la exportación e importación de recursos forestales. 53 22-XXXV Formular, coordinar y evaluar los programas y acciones de La CONAFOR saneamiento forestal, así como diagnosticar, prevenir, combatir y controlar las plagas y enfermedades forestales 24-II;24-VI Programar y operar las tareas de control de plagas y La Federación, la CONAFOR y los Gobiernos enfermedades a través de convenios de colaboración. Otorgar los estatales y en su caso gobiernos municipales permisos y avisos para el combate y control de plagas y enfermedades. 62-X Dar aviso inmediato a la SEMARNAT cuando se detecte la presencia de Titulares de aprovechamientos forestales y de plagas y enfermedades en su predio y ejecutar las acciones de plantaciones forestales comerciales saneamiento forestal que determine el programa de manejo forestal (PMF) y las recomendaciones de la CONAFOR 108-XI Planear y organizar las tareas de combate de plagas y enfermedades forestales Prestadores de servicios técnicos forestales (PSTF) 112-V Organización de titulares de aprovechamientos La complementariedad de esfuerzos para prevenir, detectar y forestales dentro de las Unidades de Manejo controlar plagas y enfermedades forestales en la UMA. Forestal 119 Establecimiento y operación de un sistema permanente de evaluación La CONAFOR, SEMARNAT y en su caso, otras y alerta temprana de la condición sanitaria de los terrenos forestales, dependencias de la APF y de los gobiernos de así como la difusión de las medidas de prevención y manejo de las entidades y municipios para realizar de forma plagas y enfermedades. coordinada estas actividades. Expedición de normas oficiales mexicanas para prevenir controlar y combatir las plagas y enfermedades forestales, así como para evaluar los daños y realizar las acciones de seguimiento y las obligaciones o facilidades otorgadas a los titulares de los aprovechamientos. Realizar acciones de saneamiento forestal. 120 Correspondencia entre las medidas fitosanitarias previstas en la LGDFS Todos los involucrados y la Ley Federal de Sanidad Vegetal su Reglamento y las NOM’s específicas aplicables Los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o 121 Obligación de dar aviso a la SEMARNAT o a otras autoridades poseedores de terrenos forestales o competentes de la detección de plagas y enfermedades en sus preferentemente forestales, así como los titulares predios, así como de ejecutar las acciones de sanidad forestal de autorizaciones de aprovechamiento de recursos correspondientes. Mecanismos de pago con cargo a los dueños o forestales, quienes realicen actividades de poseedores de terrenos forestales. forestación o plantaciones forestales comerciales y de reforestación, los prestadores de servicios técnicos forestales responsables de los mismos y los responsables de la administración de las áreas naturales protegidas 125 Restauración de predios forestales después de un incendio, con Los propietarios, poseedores y usufructuarios de especial atención a la prevención, control y combate de plagas y terrenos de uso forestal enfermedades forestales. 163-XVIII; XIX Sanciones por no ejecutar acciones de prevención, combatir o Titulares de plantaciones forestales comerciales y controlar plagas o enfermedades forestales cuando exista la obligación los responsables de la administración de ANP legal de hacerlo. Sanciones por negarse, sin causa justificada, ejecutar acciones de prevención, combatir o controlar plagas o enfermedades forestales cuando exista un mandato de la autoridad. El artículo 37, inciso K del Reglamento de la LGDFS establece las condiciones necesarias en materia de prevención, control y combate de plagas y enfermedades forestales que deberá contener el programa de manejo forestal que es requisito para obtener la autorización del aprovechamiento forestal correspondiente. Compra de plaguicidas La compra, transporte, almacenamiento y uso de pesticidas por parte de los beneficiarios de los apoyos, deberán sujetarse a las condiciones de los permisos expedidos al efecto por la autoridad competente, en este caso la Comisión Nacional Forestal, y deberá cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en la NOM-003-STPS-1999 “Actividades agrícolas – Uso de insumos de nutrición vegetal o plaguicidas o fertilizantes – Condiciones de seguridad e higiene.” 54 Mejoramiento de capacidades y prácticas La CONAFOR deberá continuar con las labores de capacitación en materia de sanidad forestal mediante las siguientes acciones: a. La CONAFOR fomentará la participación de Prestadores de Servicios Técnicos Forestales interesados en el manejo de plagas y enfermedades forestales, así como de los productores de planta, plantadores forestales comerciales, y propietarios o poseedores de terrenos forestales mediante talleres o cursos de capacitación en el tema. Estos talleres incluirán las problemáticas actuales de plagas y enfermedades forestales, así como las nuevas alternativas de tratamiento encaminadas a control mecánico, físico, químico o biológico. b. Se llevará a cabo la actualización del Manual de Sanidad Forestal elaborado por la CONAFOR, mediante el cual se incluirá un apartado sobre el manejo adecuado de productos químicos y biológicos, difundiéndose a través de la página de la CONAFOR y de las Gerencias Estatales. Monitoreo y Evaluación Las acciones de monitoreo y evaluación se establecerán, en lo general, a través del Sistema de Alerta Temprana y Evaluación de Riesgos que genera la CONAFOR y de la base de datos de los avisos de detección de plagas y enfermedades que mantiene la SEMARNAT a través de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos (DGGFyS) en el Sistema Nacional de Trámites (SINAT). 55 11. Anexo 2- Marco legal forestal Debido al alcance sectorial del Proyecto, éste tiene una vinculación con la política forestal mexicana en su conjunto, lo que implica que su marco de referencia se integra por los instrumentos legales y programáticos federales, así como por el conjunto de instituciones que de manera directa inciden sobre la ejecución del mismo. Esta sección presenta un resumen conciso de leyes, reglamentos e instrumentos programáticos del gobierno mexicano que están relacionados con el Proyecto, así como de los mecanismos de screening ambiental del Proyecto, y de las instituciones responsables de la ejecución de los diferentes componentes del mismo. Marco legal vigente relativo al proyecto Las principales leyes y reglamentos relacionados con el proyecto son aquellas que regulan y norman la operación forestal al nivel nacional en México. El eje normativo central está constituido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su Reglamento, publicados en febrero de 2003 y 2005, respectivamente. A un nivel jerárquico equivalente al de la LGDFS, se encuentran la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)., la Ley General de Vida Silvestre (2000) , la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de 2001, y la Ley General de Cambio Climático de 2012 .Otra ley que también tiene relevancia, por la naturaleza de la planeación por cuencas hidrográficas del sector forestal, es la Ley de Aguas Nacionales (1992). Un conjunto normativo adicional relevante para el Proyecto lo constituyen las Normas Oficiales Mexicanas, cuyo propósito es establecer criterios y procedimientos estandarizados y específicos de actividades relacionadas con el uso de algunos recursos naturales, monitoreo y medición, procesos industriales y procedimientos de higiene y seguridad laboral. La siguiente figura muestra, de manera sintética y general, las relaciones entre la legislación forestal y las cuatro principales leyes con las que interactúa. Estas interacciones de la LGDFS con los otros cuatro instrumentos, en materia ambiental y de desarrollo rural, son básicamente: • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Procedimientos de evaluación en materia de impacto ambiental, ordenamiento territorial, protección a la biodiversidad y áreas naturales protegidas. • Ley General de Vida Silvestre (LGVS). Uso y aprovechamiento de especies de flora y fauna en relación con los ecosistemas forestales. • Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS). Interacciones entre los sistemas productivos rurales y los ecosistemas forestales, utilizando criterios de sustentabilidad. • Ley General de Cambio Climático (LGCC). Disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático y regular las acciones para la mitigación y el cambio climático, así como regulas las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero. 56 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable La LGDFS define los criterios de la política forestal y establece indicadores para el manejo forestal sustentable. Sus principales objetivos son contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y ambiental del país, mediante el manejo integral sustentable de los recursos forestales; impulsar la silvicultura y el aprovechamiento de los recursos forestales, para que contribuyan con bienes y servicios que aseguren el mejoramiento del nivel de vida de los mexicanos, especialmente el de los propietarios y pobladores forestales; y desarrollar los bienes y servicios ambientales y proteger, mantener y aumentar la biodiversidad que brindan los recursos forestales. Los objetivos generales de la LGDFS son: I. Contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y ambiental del país, mediante el manejo integral sustentable de los recursos forestales, así como de las cuencas y ecosistemas hidrológico forestales, sin perjuicio de lo previsto en otros ordenamientos; II. Impulsar la silvicultura y el aprovechamiento de los recursos forestales, para que contribuyan con bienes y servicios que aseguren el mejoramiento del nivel de vida de los mexicanos, especialmente el de los propietarios y pobladores forestales; III. Desarrollar los bienes y servicios ambientales y proteger, mantener y aumentar la biodiversidad que brindan los recursos forestales; IV. Promover la organización, capacidad operativa, integralidad y profesionalización de las instituciones públicas de la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, para el desarrollo forestal sustentable, y V. Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad aplicable. Así mismo, algunos de los objetivos específicos de la LGDFS que son relevantes para el Proyecto son: I. Definir los criterios de la política forestal, describiendo sus instrumentos de aplicación y evaluación; II. Regular la protección, conservación y restauración de los ecosistemas, recursos forestales y sus servicios ambientales; así como la ordenación y el manejo forestal; III. Desarrollar criterios e indicadores para el manejo forestal sustentable; 57 IV. Fortalecer la contribución de la actividad forestal a la conservación del medio ambiente y la preservación del equilibrio ecológico; VII. Coadyuvar en la ordenación y rehabilitación de las cuencas hidrológico-forestales; X. Regular el aprovechamiento y uso de los recursos forestales maderables y no maderables; XI. Promover y consolidar las áreas forestales permanentes, impulsando su delimitación y manejo sostenible, evitando que el cambio de uso de suelo con fines agropecuarios o de cualquier otra índole afecte su permanencia y potencialidad; XII. Compatibilizar las actividades de pastoreo y agrícolas en terrenos forestales y preferentemente forestales; XIII. Regular las auditorías técnicas preventivas forestales; XIV. Estimular las certificaciones forestales y de bienes y servicios ambientales, tomando en consideración los lineamientos internacionales correspondientes; XV. Regular la prevención, combate y control de incendios forestales, así como de las plagas y enfermedades forestales; XVIII. Promover que los productos forestales procedan de bosques manejados sustentablemente a través de la certificación forestal; XIX. Propiciar la productividad en toda la cadena forestal; XX. Apoyar la organización y desarrollo de los propietarios forestales y a mejorar sus prácticas silvícolas; XXI. Regular el fomento de actividades que protejan la biodiversidad de los bosques productivos mediante prácticas silvícolas más sustentables; XXII. Promover acciones con fines de conservación y restauración de suelos; XXIII. Contribuir al desarrollo socioeconómico de los pueblos y comunidades indígenas, así como de ejidatarios, comuneros, cooperativas, pequeños propietarios y demás poseedores de recursos forestales; XXIV. Promover la capacitación para el manejo sustentable de los recursos forestales; XXV. Desarrollar y fortalecer la capacidad institucional en un esquema de descentralización, desconcentración y participación social; XXVII. Dotar de mecanismos de coordinación, concertación y cooperación a las instituciones del sector forestal, así como con otras instancias afines; XXXI. Impulsar el desarrollo de la empresa social forestal y comunal en los pueblos y comunidades indígenas. XXXII. Fomentar la cultura, educación, capacitación, investigación y desarrollo tecnológico forestal. De la lectura tanto de los objetivos generales como específicos de la Ley, se desprende que existe un marco legal sólido que, aunque perfectible, contiene los elementos fundamentales para el uso sustentable de los recursos y la protección de los ecosistemas forestales. Cabe destacar que la Ley establece claramente las competencias en la materia de los distintos niveles de gobierno en México (Federal, Estatal y Municipal / Distrito Federal) y del sector público federal en cuestiones forestales, lo cual contribuye a dar certeza en la aplicación de la normatividad. En este sentido, por ejemplo, destacan las principales atribuciones del gobierno en materia forestal que se encuentran establecidas en el artículo 12 de la LGDFS. De entre las que destacan: I. Formular y conducir la política nacional en materia de desarrollo forestal sustentable; II. Diseñar, organizar y aplicar los instrumentos de política forestal previstos en esta Ley, garantizando una adecuada coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el marco del Servicio Nacional Forestal; III. Elaborar, coordinar y aplicar los programas a que se refiere esta Ley en materia forestal, en los ámbitos nacional y regional, tanto de proyección sexenal, así como de más largo plazo. VIII. Emitir normas para la reforestación en zonas de conservación y restauración y vigilar su cumplimiento; IX. Elaborar y expedir normas oficiales mexicanas en materia forestal y vigilar su cumplimiento; 58 X. Elaborar y adoptar metodologías, tomando en consideración, en su caso, parámetros internacionales, para la valoración de los bienes y servicios ambientales; XI. Establecer las bases e instrumentos para promover un mercado de bienes y servicios ambientales, así como para promover la compensación por los bienes y servicios ambientales que prestan los ecosistemas forestales; XII. Generar mecanismos para impulsar la participación directa de los propietarios y poseedores de los recursos forestales en la protección, vigilancia, ordenación, aprovechamiento, cultivo, transformación y comercialización de los mismos; XVIII. Establecer medidas de sanidad y ejecutar las acciones de saneamiento forestales; XIX. Promover el uso de prácticas, métodos y tecnologías que conlleven a un manejo forestal sustentable; XX. Promover el desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones de productores forestales; XXI. Promover e invertir en el mejoramiento de la infraestructura en las regiones forestales; XXII. Coadyuvar con los agentes de las cadenas productivas forestales en coordinación en la defensa del sector forestal en materia de comercio internacional, la promoción de las exportaciones y el mejoramiento del mercado interno; La LGDFS establece, además, criterios obligatorios de política forestal de carácter social, ambiental y silvícola, y económico, que deben ser aplicados en los instrumentos programáticos y en todas las acciones del sector público forestal federal, así como de entidades federativas y municipios. Por su parte, las entidades federativas y el Distrito Federal tienen la obligación de formular sus propias legislaciones locales en materia forestal, en concordancia con la LGDFS y su Reglamento. Cambios de Uso del Suelo en Terrenos Forestales El cambio de uso del suelo en terrenos forestales, que establece que este proceso se hace por excepción cuando los promotores de los cambios aporten los elementos técnicos, económicos y legales apropiados y suficientes para llevarlos a cabo. Para esto existe un procedimiento que implica la solicitud a la autoridad competente (la SEMARNAT) con el apoyo de un Estudio Técnico Justificativo (ETJ) para realizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales (CUSTF). El CUSTF está normado en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su Reglamento (RLGDFS). La LGDFS define al cambio de uso del suelo en terreno forestal como la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales. En su Artículo 16 fracción XX establece – como se mencionó anteriormente – que se trata de una facultad de la Federación a través de la de SEMARNAT, la expedición por excepción, de las autorizaciones de cambio de uso del suelo de los terrenos forestales, así como controlar y vigilar el uso del suelo forestal. La misma Ley establece, en su Artículo 117 párrafo primero, que la SEMARNAT sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los Estudios Técnicos Justificativos que demuestren que: 1. No se compromete la biodiversidad. 2. No se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y 3. Que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. La misma LGDFS establece, en el artículo 118, que los interesados en el CUSTF deberán acreditar que otorgaron depósito ante el Fondo Forestal Mexicano (FFM), por concepto de compensación ambiental para actividades de reforestación o restauración, y su mantenimiento; esto constituye de entrada la garantía de la aplicación de una medida compensatoria aprobada dentro del marco legal mexicano como indispensable para realizar un CUSTF. Más aún, en sus artículos 120 y 121, la LGDFS señala los requisitos completos para obtener la autorización de cambio de uso de terrenos forestales y preferentemente forestales, así como el contenido mínimo que deberá cumplir un Estudio Técnico Justificativo. En el contenido mínimo del ETJ se especifica el desarrollo de medidas de prevención y mitigación – adicionales al depósito al FFM – para reducir los impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestres y el cumplimiento con toda la 59 normatividad aplicable, incluyendo los ordenamientos ecológicos territoriales existentes para el sitio para el que se pretenda modificar el uso del suelo. Por su parte, el Reglamento de la LGDFS, en sus artículos 122, 123 y 124 indica el procedimiento para resolver las solicitudes de CUSTF señalando que, una vez acreditado el depósito por el monto económico de la compensación ambiental, la SEMARNAT otorgara la autorización correspondiente; en su artículo 126 señala que la autorización que se expida para el CUSTF, amparará también el aprovechamiento y la legal procedencia de los productos forestales resultantes del cambio de uso de suelo aprobado. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente La LGEEPA tiene como uno de sus propósitos centrales la inserción del concepto de desarrollo sustentable de manera transversal en las políticas y programas del Gobierno de México, estableciendo diversos instrumentos en materia de impacto ambiental, ordenamiento ecológico del territorio, creación de áreas naturales protegidas, prevención y control de la contaminación entre otros rubros. Mediante una modificación de la distribución de competencias y coordinación del artículo 4º (DOF –25/02/2003) se establece la distribución de competencias “en materia de regulación del aprovechamiento sustentable, la protección y la preservación de los recursos forestales y el suelo, estará determinada por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable”. Específicamente, la LGEEPA tiene vínculos directos con los recursos forestales; en materia de evaluación de impacto ambiental (EIA), la Federación se reserva el derecho de realizar el proceso de EIA en el caso de: • Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración, y • Cambios de uso de suelo en áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas. En materia de hábitats naturales críticos (HNC) y del patrimonio cultural – tangible e intangible – la LGEEPA establece como finalidades de las áreas naturales protegidas (ANP): I. Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos; II. Salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres de las que depende la continuidad evolutiva; así como asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional, en particular preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial; III. Asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos y sus funciones; IV. Proporcionar un campo propicio para la investigación científica y el estudio de los ecosistemas y su equilibrio; V. Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional; VI. Proteger poblados, vías de comunicación, instalaciones industriales y aprovechamientos agrícolas, mediante zonas forestales en montañas donde se originen torrentes; el ciclo hidrológico en cuencas, así como las demás que tiendan a la protección de elementos circundantes con los que se relacione ecológicamente el área; y VII. Proteger los entornos naturales de zonas, monumentos y vestigios arqueológicos, históricos y artísticos, así como zonas turísticas, y otras áreas de importancia para la recreación, la cultura e identidad nacionales y de los pueblos indígenas. Adicionalmente, la LGEEPA se vincula al Proyecto en cuanto a todas las políticas y definiciones que tienen que ver con esta materia, a través de artículos específicos que se describirán en la sección de la evaluación de impactos. En materia de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos, la LGEEPA establece varios criterios directamente aplicables tanto a la OP de Bosques como de HCN: I. El uso del suelo debe ser compatible con su vocación natural y no debe alterar el equilibrio de los ecosistemas; II. El uso de los suelos debe hacerse de manera que éstos mantengan su integridad física y su capacidad productiva; 60 III. Los usos productivos del suelo deben evitar prácticas que favorezcan la as acciones de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo, deberán considerarse las medidas necesarias para prevenir o reducir su erosión, deterioro de las propiedades físicas, químicas biológicas del suelo y la pérdida duradera de la vegetación natural; V.- En las zonas afectadas por fenómenos de degradación o desertificación, deberán llevarse a cabo las acciones de regeneración, recuperación y rehabilitación necesarias, a fin de restaurarlas, y VI.- La realización de las obras públicas o privadas que por sí mismas puedan provocar deterioro severo de los suelos, deben incluir acciones equivalentes de regeneración, recuperación y restablecimiento de su vocación natural. Cabe destacar el artículo 100 de la LGEEPA, que señala que: Las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales implican la obligación de hacer un aprovechamiento sustentable de ese recurso. Cuando las actividades forestales deterioren gravemente el equilibrio ecológico, afecten la biodiversidad de la zona, así como la regeneración y capacidad productiva de los terrenos, la autoridad competente revocará, modificará o suspenderá la autorización respectiva en términos de lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. En materia de medidas de seguridad aplicables al sector forestal, la LGEEPA establece que podrá ordenar medidas de seguridad y sanciones tales como: “El aseguramiento precautorio de materiales y residuos peligrosos, así como de especímenes, productos o subproductos de especies de flora o de fauna silvestre o su material genético, recursos forestales, además de los bienes, vehículos, utensilios e instrumentos directamente relacionados con la conducta que da lugar a la imposición de la medida de seguridad.” De lo anterior se desprende que existen diversas interrelaciones preventivas y correctivas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente que forman parte del marco legal que incide sobre la ejecución del Proyecto, cuyo carácter contribuye en sentido positivo al cumplimiento de las salvaguardas de IBRD. Reglamentos específicos de la LGEEPA con relación al Proyecto Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental (RMIA) Este reglamento contiene las disposiciones específicas aplicables en lo correspondiente al procedimiento de evaluación de impacto ambiental (PEIA), estableciendo qué actividades están sujetas a dicho procedimiento por parte de la SEMARNAT como autoridad federal competente; los tipos de proyectos y obras señalados en la LGEEPA cuyo control no requiera la autorización de la SEMARNAT estarán sujetos a los PEIA estatales. En el caso específico de los temas identificados como relevantes para el Proyecto se encuentran, directa e indirectamente, los Apartados N) a O) del artículo 5º del RMIA. De manera directa, el apartado N) corresponde a aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración, por lo que queda establecida la obligación de presentar una MIA antes de obtener la autorización. Esta obligación es la que motiva el otorgamiento de apoyos para realizar MIA como parte de los subcomponentes del Componente 2 del Proyecto. Entre los proyectos que deben presentar MIA se hayan: I. Aprovechamiento de especies sujetas a protección; II. Aprovechamiento de cualquier recurso forestal maderable y no maderable en selvas tropicales, con excepción del que realicen las comunidades asentadas en dichos ecosistemas, siempre que no se utilicen especies protegidas y tenga como propósito el autoconsumo familiar, y III. Cualquier aprovechamiento persistente de especies de difícil regeneración, y IV. Aprovechamientos forestales en áreas naturales protegidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 12, fracción IV de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. En el apartado Ñ) Plantaciones Forestales, se especifican: I. 61 Plantaciones forestales con fines comerciales en predios cuya superficie sea mayor a 20 hectáreas, las de especies exóticas a un ecosistema determinado y las que tengan como objetivo la producción de celulosa, con excepción de la forestación con fines comerciales con especies nativas del ecosistema de que se trate en terrenos preferentemente forestales, y II. Reforestación o instalación de viveros con especies exóticas, híbridos o variedades transgénicas Finalmente, el apartado O) Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas enlista los siguientes tipos de actividades como sujetas al PEIA federal: I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables; II. Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con excepción de las actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se realicen en predios con pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no impliquen la agregación ni el desmonte de más del veinte por ciento de la superficie total y ésta no rebase 2 hectáreas en zonas templadas y 5 en zonas áridas, y III. Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo forestal, con excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en forestales, agroforestales o silvopastoriles, mediante la utilización de especies nativas. De este modo, queda perfectamente establecido, qué actividades relacionadas con el sector forestal están sujetas al PEIA federal y cuáles no. Aunque las plantaciones forestales comerciales no forman parte de los subcomponentes del Proyecto, vale la pena destacar que ninguno de los apoyos de la CONAFOR puede apoyar actividades de reforestación o plantación que incluyan especies exóticas sin la previa autorización de la SEMARNAT a través del PEIA, por lo que la invasión por parte de especies exóticas provenientes de actividades forestales queda implícitamente excluida de los riesgos directos del Proyecto; es decir, como resultado de otorgamiento de apoyos de éste. Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas (RMANP) Este reglamento dispone de la creación y administración de las ANP de acuerdo con su categoría de manejo, el decreto de creación correspondiente, las normas mexicanas aplicables y su programa de manejo – cuando exista. El RMANP establece las disposiciones a las que las ANP se habrán de sujetar en materia de sus mecanismos de creación de ANP, su dirección, la creación y operación del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, los Consejos Asesores, los instrumentos de coordinación y concertación, el Sistema Nacional (y su Registro) de Áreas Naturales Protegidas (SINAP)18 y otros aspectos fundamentales de su existencia y operación. En relación con el proyecto, cabe destacar que las actividades de restauración en las ANP están sujetas a condiciones específicas establecidas en el capítulo IV del RMANP, artículos 66 a 71. Con esto, cualquier acción que sea apoyada, o que se derive de los apoyos, de alguno de los componentes y subcomponentes del Proyecto, está regulada de manera específica por este reglamento en su capítulo IV y se obliga al cumplimiento de lo dispuesto en el Programa de Manejo del ANP en el que se inscriba territorialmente el apoyo; con esto se fuerza al cumplimiento de la normatividad mexicana en materia de ANP; esto incluye disposiciones específicas que prohíben la introducción de especies exóticas o transgénicas. Reglamento de la LGEEPA en materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales Este reglamento, publicado en el DOF el 29 de abril de 2010, contiene las disposiciones reglamentarias federales, de competencia de la SEMARNAT y la PROFEPA, en materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales. En su artículo 8º, establece que las auditorías deberán llevarse a cabo conforme a términos referencia (TDR) señalados en el propio reglamento. Su fracción II señala, en los incisos h y j, que en materia 62 de recursos forestales y gestión ambiental, los requisitos y parámetros de las auditorías y diagnósticos ambientales deberán estar descritos en los TDR. El RMAAA sienta las bases para certificar el desempeño y las condiciones de operación ambiental para asegurar el cumplimiento de los principios de política ambiental contenidos en el artículo 15, fracciones I a VI de la LGEEPA, a saber: I. Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas del país; II. Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad; III. Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico; IV. Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente, promueva o realicen acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático y aproveche de manera sustentable los recursos naturales; V. La responsabilidad respecto al equilibrio ecológico comprende tanto las condiciones presentes como las que determinarán la calidad de la vida de las futuras generaciones; VI. La prevención de las causas que los generan es el medio más eficaz para evitar los desequilibrios ecológicos; Es importante señalar que, a la fecha de la realización de la evaluación, no han sido publicadas en el DOF las normas mexicanas correspondientes a los TDR descritos en el RMAAA, por lo que la norma NMX-EC-17020- IMNC-2000 denominada Criterios Generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección)” sigue vigente para la acreditación de auditores ambientales. Los TDR vigentes se encuentran disponibles en la página de la PROFEPA19. Reglamento de la LGEEPA en materia de Ordenamiento Ecológico del Territorio (RMOE) Este reglamento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la LGEEPA en la materia y establecer las bases para regir las acciones federales en la formulación del ordenamiento ecológico general del territorio mexicano, de los ordenamientos que se extiendan sobre dos o más entidades federativas, la colaboración con estados y municipios en la materia y la integración del Subsistema de Información sobre Ordenamiento Ecológico del Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales (SNIARN), entre otros puntos. En relación con el proyecto, es importante señalar que el ordenamiento del territorio permite determinar las actividades incompatibles dentro de un uso del territorio determinado, así como las condicionantes aplicables a aquellas actividades que sí sean compatibles con un uso del territorio específico. Entre las disposiciones del RMOE se halla que el Programa de Ordenamiento Ecológico General del Territorio deberá establecer los lineamientos y estrategias ecológicas necesarias para: a. Promover la preservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales; b. Promover el establecimiento de medidas de mitigación tendientes a atenuar o compensar los impactos ambientales adversos que pudieran causar las acciones, programas y proyectos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; c. Orientar la ubicación de las actividades productivas y los asentamientos humanos, en concordancia con otras leyes y normas y programas vigentes en la materia; d. Fortalecer el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la protección de los hábitats críticos para la conservación de la vida silvestre, las áreas de refugio para proteger especies acuáticas y otros instrumentos de conservación de los ecosistemas y la biodiversidad. e. Resolver los conflictos ambientales y promover el desarrollo sustentable; f. Promover la incorporación de la variable ambiental en los programas, proyectos y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en términos de lo dispuesto en la Ley de Planeación; y las demás que se consideren necesarias. 63 La CONAFOR, en su carácter de entidad de la APF está obligada a observar en sus programas anuales las previsiones contenidas en el OEGT, lo que por diseño contribuye a reforzar los esquemas de aprovechamiento sustentable y conservación de HNC y bosques naturales. Ley General de Vida Silvestre Esta ley tiene como propósito establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios en cuanto a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana. La LGVS define también que el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables será regulado por la ley forestal. La LGVS dispone también obligaciones en materia de conservación y aprovechamiento de la vida silvestre relativas a la participación de autoridades, ejidos y comunidades en estas actividades y en las de capacitación, formación, investigación y divulgación. Sin embargo, las disposiciones señaladas tienen un carácter más general que las de la LGEEPA y refieren en buena medida a la aplicación de normas oficiales mexicanas. Sin embargo, cabe destacar la creación y descripción de las características del Subsistema Nacional de Información sobre la Vida Silvestre, incluyendo la información relevante sobre los hábitats críticos y áreas de refugio para proteger especies acuáticas, que se vincula con la determinación de los hábitats naturales críticos (HNC) de este proyecto. Con este componente también se vincula el artículo 60 de la LGVS que establece la promoción e impulso de “la conservación y protección de las especies y poblaciones en riesgo, por medio del desarrollo de proyectos de conservación y recuperación, el establecimiento de medidas especiales de manejo y conservación de hábitat críticos…”. En términos de las salvaguardas de HNC, es importante destacar al artículo 60 TER de la LGVS, que señala que “Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda, o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos. Se exceptuarán de la prohibición a que se refiere el párrafo anterior las obras o actividades que tengan por objeto proteger, restaurar, investigar o conservar las áreas de manglar.” Más aún, el artículo 63 de la LGVS establece que la conservación del hábitat natural de la vida silvestre es de interés público y define estos hábitats y los mecanismos para su establecimiento, así como las medidas especiales de manejo, mitigación de impactos y conservación que se requieran para estos hábitats con los propietarios y legítimos poseedores de los predios en los que se ubiquen estos hábitats. Todas estas previsiones tienen un impacto directo con las limitaciones de los subcomponentes del Proyecto relativas al otorgamiento de estímulos al sector forestal a través del PRONAFOR. Ley de Desarrollo Rural Sustentable El objetivo central de la LDRS concierne, naturalmente, al desarrollo rural sustentable, definido en la propia ley como “El mejoramiento integral del bienestar social de la población y de las actividades económicas en el territorio comprendido fuera de los núcleos considerados urbanos de acuerdo con las disposiciones aplicables, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales, la biodiversidad y los servicios ambientales de dicho territorio”. La ley considera de interés público el desarrollo rural sustentable que incluye la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural. Por lo tanto, prácticamente la totalidad de las acciones que se inscriben en los subcomponentes de apoyo del Proyecto están vinculados con este ordenamiento legal. De manera específica, por citar algunos ejemplos, la LDRS establece que: • El Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable tendrá como propósito, entre otros, “Facilitar la reconversión productiva del sector hacia cultivos, variedades 64 forestales y especies animales que eleven los ingresos de las familias rurales, proporcionen ventajas competitivas y favorezcan la producción de alto valor agregado”; • “En las tierras dictaminadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como frágiles y preferentemente forestales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Forestal y demás ordenamientos aplicables, los apoyos para la reconversión productiva deberán inducir el uso forestal o agroforestal de las tierras o, en su caso, la aplicación de prácticas de restauración y conservación.”; • El Estado “mantendrá programas de apoyo y de capacitación para que las organizaciones de productores y comercializadores tengan acceso y desarrollen mercados de físicos y futuros para los productos agropecuarios y forestales.”; • “La política y programas de fomento a la producción atenderán prioritariamente el criterio de sustentabilidad en relación con el aprovechamiento de los recursos, ajustando las oportunidades de mercado, tomando en cuenta los planteamientos de los productores en cuanto a la aceptación de las prácticas y tecnologías para la producción. De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales establecerá los procedimientos para señalar las tierras frágiles y preferentemente forestales, donde los apoyos y acciones del Estado estarán orientadas a la selección de cultivos y técnicas sustentables de manejo de las tierras…” (artículo 172); • “El Gobierno Federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federa tivas y municipales, apoyará de manera prioritaria a los productores de las zonas de reconversión, y especialmente a las ubicadas en las partes altas de las cuencas, a fin de que lleven a cabo la transformación de sus actividades productivas con base en el óptimo uso del suelo y agua, mediante prácticas agrícolas, ganaderas y forestales, que permitan asegurar una producción sustentable, así como la reducción de los siniestros, la pérdida de vidas humanas y de bienes por desastres naturales.” (artículo 171); y • “Los ejidatarios, comuneros, pueblos indígenas, propietarios o poseedores de los predios y demás población que detente o habite las áreas naturales protegidas en cualesquiera de sus categorías, tendrán prioridad para obtener los permisos, autorizaciones y concesiones para desarrollar obras o actividades económicas en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos aplicables.” (artículo 175) Ley General de Cambio Climático En esta ley se establecen las disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, sus objetos son: Garantizar el derecho a un medio ambiente sano y establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, así como regular las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático considerando en su caso, lo previsto por el artículo 2o. de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y demás disposiciones derivadas de la misma y busca regular las acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático. Con el fin de reducir las emisiones, las dependencias y entidades de la administración pública federal, las Entidades Federativas y los Municipios, se encargan de elaborar políticas públicas que busquen la reducción de emisiones y captura de carbono en el sector de agricultura, bosques y otros usos del suelo y preservación de los ecosistemas y la biodiversidad, el mantenimiento de los sumideros de carbono y que frenen y reviertan la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales. En este mismo orden de ideas, el Programa Especial de Cambio Climático, contiene las metas sexenales de mitigación, dando prioridad a las relacionadas con la generación y uso de energía, quema y venteo de gas, transporte, agricultura, bosques, otros usos de suelo, procesos industriales y gestión de residuos. En resumen, la LDRS establece criterios de prioridad para el otorgamiento de apoyos a quienes se ajusten a los criterios de sustentabilidad de la misma ley y establecen objetivos de compatibilidad de las acciones productivas que se realicen en terrenos forestales o en hábitats naturales críticos. Normas oficiales mexicanas en materia de recursos naturales 65 Las normas oficiales mexicanas más relevantes en materia forestal directamente, o relacionadas con la gestión de los recursos naturales de modo que tengan alguna interacción posible con los objetivos del Proyecto, se presentan en la tabla siguiente. Su relación con los componentes específicos del proyecto, así como la contribución al cumplimiento de las OP del Banco, se describen en la sección correspondiente a este tema. En general, el propósito de estas normas es contribuir a la protección de los ecosistemas forestales y de la biodiversidad que albergan, regular los procesos de aprovechamiento de los recursos forestales – tanto maderables como no maderables –, establecer procedimientos sanitarios para el control de plagas que afectana los ecosistemas de bosques y selvas, y fijar salvaguardas de actividades que pudieran incidir negativamente sobre los ecosistemas forestales. Tabla 11. Normas Oficiales Mexicanas en materia forestal relevantes para el Proyecto. Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 20-MAY-1997 NOM-005-SEMARNAT- aprovechamiento, transporte y almacenamiento de corteza, tallos y plantas completas 1997 de vegetación forestal NOM-006-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 28-MAY-1997 1997 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de hojas de palma Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones realizar el 30-MAY-1997 NOM-007-SEMARNAT- aprovechamiento, transporte y almacenamiento de ramas, hojas o pencas, flores, 1997 frutos y semillas. NOM-008-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 24-JUN-1996 1996 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de cogollos. Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 26-JUN-1996 NOM-009-SEMARNAT- aprovechamiento, transporte y almacenamiento de látex y otros exudados de 1996 vegetación forestal. NOM-010-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 28-MAY-1996 1996 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de hongos. NOM-011-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 26-JUN-1996 1996 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de musgo, heno y doradilla. NOM-012-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 26-JUN-1996 1996 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de leña para uso doméstico. NOM-013-SEMARNAT- Que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las 27-OCT-04 2004 especies de los géneros Pinus y Abies y la especie Pseudotsuga menziesii. Que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los NOM-015- 16-ENE-09 terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario. SEMARNAT/SAGARPA- 2007 Que regula sanitariamente la importación de madera aserrada nueva. NOM-016-SEMARNAT- 25-JUL-2003 2003 NOM-018-SEMARNAT- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones técnicas y administrativas 27-OCT-1999 1999 para realizar el aprovechamiento sostenible de la hierba de candelilla, transporte y almacenamiento del cerote. NOM-019-SEMARNAT- Que establece los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control de 23/JUL/08 2006 insectos descortezadores. NOM-022-SEMARNAT- Que establece las especificaciones para la preservación, conservación y restauración de 10-ABR-2003 2003 los humedales costeros NOM-023-SEMARNAT- Que establece las especificaciones técnicas, que deberá contener la cartografía y 10-DIC-2001 2001 la clasificación para la elaboración de los inventarios de suelos. 66 NOM-026-SEMARNAT- Que establece los criterios y especificaciones técnicas para realizar el aprovechamiento 28-SEP-2006 2005 comercial de resina de pino. NOM-027- Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 05-JUN-1996 SEMARNAT1996- aprovechamiento, transporte y almacenamiento de tierra de monte Que establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el 24-JUN-1996 aprovechamiento, transporte y almacenamiento de raíces y rizomas de vegetación NOM-028-SEMARNAT- forestal. 1996 Protección ambiental – especies nativas de México de flora y fauna silvestres – 06-MAR-2002 categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – lista de NOM-059-SEMARNAT- especies en riesgo. 2010 NOM-060-SEMARNAT- Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en los 13-MAY-1994 1994 suelos y cuerpos de agua por el aprovechamiento forestal. NOM-061-SEMARNAT- Que establece las especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en la 13-MAY-1994 1994 flora y fauna silvestres por el aprovechamiento forestal. Que se establecen las especificaciones para la realización de actividades de colecta 20-MAR-2001 científica de material biológico de especies de flora y fauna silvestres y otros recursos NOM-126-SEMARNAT- biológicos en el territorio nacional. 2000 Que establece las medidas fitosanitarias reconocidas internacionalmente para el 18-ENE-05 embalaje de madera, que se utiliza en el comercio internacional de bienes y mercancías. NOM-144-SEMARNAT- 2004 Que establece los lineamientos, criterios y especificaciones de los contenidos de los 17-OCT-08 programas de manejo forestal para el aprovechamiento de recursos forestales NOM-152-SEMARNAT- maderables en bosques, selvas y vegetación de zonas áridas. 2006 Es importante señalar que existen otras normas oficiales mexicanas y normas mexicanas que pueden ser aplicables al Proyecto, en alguno de sus componentes específicos, como los referentes al etiquetado, manejo y disposición de pesticidas o las normas de seguridad e higiene para centros de trabajo como aserraderos y operaciones forestales. Estas serán referidas en los apartados correspondientes al Marco de Manejo Ambiental, al Plan de Manejo Ambiental o a los Impactos Previstos de cada subcomponente, según sea apropiado. Recursos forestales no maderables y recursos de especies de vida silvestre En el caso de los recursos forestales no maderables (RFNM), se requiere de autorizaciones por parte de la SEMARNAT en cumplimiento de las disposiciones de la LGDFS y la LGVS, así como de sus respectivos reglamentos. Las principales especies de recursos forestales no maderables que requieren de la presentación de un Aviso y de un programa de manejo simplificado para su aprovechamiento (trámite SEMARNAT-03-005) se indican en el artículo 55 del RLGDFS y son las siguientes: • Resina de pino (Pinus spp), • Barbasco (Dioscorea spp.), • Raíz de zacatón ( Muhlenbergia spp.), • Raíz de memela o rattan mexicano (Clusia spp.), • Raíz de pingüica (Arctostaphylos spp.), • Huizache (Acacia spp.), • Damiana (Turnera difusa),Timbre (Caesalpinea spp.), • Tepezcohuite (Mimosa tenuifolia), • Oregáno (Lippia spp.), • Cortadillo (Nolina spp.), • Gobernadora (Larrea tridentata), • Nopal (Opuntia spp.), 67 • Jojoba (Simmondsia spp.), • Lechuguilla (Agave lecheguilla), • Hule (Castilla elastica), • Chicozapote (Manilkara zapota), • Hongos (hongo blanco de pino" (Tricholoma magnivelare), las "pancitas o pambazos" (Boletus edulis), "amarillo" o "duraznillo" (Cantharellus cibarius), "chile seco" (Morchella esculenta), "elotillo" (Morchella cónica), "colmenilla" (Morchella costata) y "morilla" (Morchella elata), • Musgo (Polytrichum spp.), • Heno (Tillandsia recurvata)y doradilla (Selaginella spp.), • Candelilla (Euphorbia antisyphilitica), entre otros. Al presentarse el Aviso correspondiente, deberán proporcionarse datos específicos en un formato expedido por la SEMARNAT (publicado el 3 de marzo de 2011 en el DOF), que vincula la solicitud con la autorización en materia de impacto ambiental (en su caso) y deberán presentarse los siguientes documentos como anexos20: 1. Título de propiedad o posesión del predio o conjunto de predios, inscrito en el registro público que corresponda (Registro Público de la Propiedad o Registro Agrario Nacional). (Un original (es) para cotejo y una copia(s)). 2. Instrumento en que conste el derecho para realizar las actividades de aprovechamiento, mismo que deberá tener una vigencia igual o mayor a la establecida en el aviso de aprovechamiento, o el acta de asamblea en la que conste su consentimiento para realizar el aprovechamiento, inscrita o en trámite de inscripción en el registro que corresponda (para el caso de ejidos y comunidades), se debe presentar sólo uno u otro de los documentos. (Un original(es) para cotejo y una copia(s)). 3. Plano georeferenciado, en el que se indiquen las áreas de aprovechamiento y ubicación de la unidad de manejo forestal cuando ésta exista. (Un original(es) y una copia(s)). 4. Manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, de la situación legal del predio o conjunto de predios, y en su caso, sobre conflictos relativos a la propiedad de los mismos que se encuentren pendientes de resolución. (Un original(es) y una copia(s). 5. Estudio Técnico (Un original(es) y una copia(s)). 6. Acreditación de personalidad del solicitante. (Original(es) para cotejo y una copia(s)). 7. Cuando la información requerida para los avisos de aprovechamiento se contenga en los estudios regionales o zonales a que se refiere el artículo 112, fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, bastará que los interesados los exhiban o hagan referencia a éstos cuando ya se hayan presentado a la Secretaría. Si los estudios regionales o zonales no contienen algún documento de los solicitados en el Artículo 53 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable para la presentación este trámite, el particular deberá presentarlos (original(es) y copia(s)). En cuanto a la vinculación con la LGVS, cabe señalar que las especies enunciadas por la NOM-SEMARNAT-03- 059 se encuentran reguladas por dicha ley y están sujetas al trámite correspondiente, también a cargo de la SEMARNAT. Los requisitos de presentación del Estudio Técnico (de acuerdo con lo señalado en el artículo 53, fracción VII de RLGDFS), así como la información adicional que se requiere, se presentan en los anexos. Patrimonio Cultural En relación con la salvaguarda del patrimonio cultural, México cuenta con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. En su artículo 18, establece que el Gobierno Federal (así como sus organismos), están obligados a “utilizar los servicios de antropólogos titulados que asesoren y dirijan los rescates de arqueología bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y que, así mismo, entreguen las piezas y estudios correspondientes al INAH. La LFMZA establece que son monumentos arqueológicos “los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas”, así como que estas zonas son propiedad de la Nación con carácter de inalienable e imprescriptible. La LFMZA también establece que el INAH suspenderá 68 todos los trabajos que se ejecuten, sin autorización, en monumentos arqueológicos. (Ver procedimiento en el anexo 3) Aplicación del marco legal al proceso de asignaciones de apoyos Los mecanismos legales que aseguran el seguimiento de estándares ambientales federales que están vinculados al Proyecto forman parte de los procedimientos para la asignación de apoyos, ya sea mediante la revisión de los requisitos para la aceptación de solicitudes y su posterior calificación o por medio de la integración a los procedimientos legales establecidos que son aplicables para las actividades apoyadas. Por ejemplo, si se requiere de una autorización por parte de la SEMARNAT para realizar una acción, los documentos probatorios de la existencia de dicha autorización deben de incorporarse a la solicitud, ya que si no se comprueba dicha autorización la solicitud del beneficiario potencial se desecha desde los primeros pasos del proceso. Todas las solicitudes para apoyar actividades que están sujetas a la autorización por parte de otra autoridad, o que requieran del cumplimiento de requisitos legales establecidos en el marco normativo, deben presentar las evidencias que se señalan tanto en las RDO como en los lineamientos aplicables. La presentación de copias simples y certificadas de distintas autorizaciones y documentos probatorios se usa como mecanismo de verificación por parte de quienes evalúan las solicitudes. Un área de oportunidad para los trámites consiste en la verificación independiente por parte de la CONAFOR de la existencia de autorizaciones de trámites realizados, por ejemplo, ante la SEMARNAT. Es decir, aquellos trámites que son solicitados por la SEMARNAT y que pueden ser revisados a través del Sistema Nacional de Trámites o en el Registro Nacional Forestal no deberían requerir de la presentación de copias impresas, ya que el registro de la autorización debería bastar para verificar su existencia y vigencia. Lo anterior, al menos para la acreditación de trámites ante el sector de medio ambiente y recursos naturales en el que está sectorizada la CONAFOR. Debido a la distribución de las competencias en materia forestal y de vida silvestre entre la CONAFOR, la SEMARNAT y la PROFEPA, en primera instancia, el marco legal actúa a través de la identificación de la normatividad aplicable a la gestión de apoyos; es decir, del trámite de la solicitud correspondiente. Tanto la SEMARNAT como la CONAFOR deben presentar a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) los proyectos de trámites y autorizaciones bajo su responsabilidad. De este modo, tanto las Reglas de Operación como los lineamientos (en el caso de la CONAFOR) como los trámites para obtener autorizaciones de gestión y uso de recursos forestales, deben pasar por la COFEMER. Esta instancia federal revisa la congruencia entre los procedimientos presentados y el marco normativo al que están sujetos, los cuales fueron objeto de un análisis previo por parte de las propias instituciones que postulan los trámites o requisitos. Cada una de estas dependencias está sujeta a procedimientos institucionales para mantener actualizadas y vigentes las disposiciones y trámites a su cargo, las cuales forman parte de la normateca de las dependencias. La inclusión en dicha normateca debe gestionarse ante el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), la cual debe verificar la congruencia y validez de los trámites y normas antes de autorizar su publicación en Internet. La normateca de la CONAFOR puede consultarse en: http://www.conafor.gob.mx/web/nosotros/normateca/ De este modo, la estricta vinculación entre el marco legal vigente y la operación de los apoyos de la CONAFOR queda formalmente garantizada. En materia de revisión ambiental es muy importante hacer las siguientes precisiones: a. Ninguno de los apoyos del Proyecto contempla la conversión de hábitats naturales a otros usos de suelo. La ley establece que ante posibles proyectos productivos en selvas con especies de difícil regeneración, se debe de llevar a cabo una Manifestación de Impacto Ambiental, el trámite ante la SEMARNAT implica la cuidadosa revisión de los posibles impactos ambientales de esta transformación productiva y es uno de los 69 procedimientos ambientales más rigurosos de la APF, de no comprobarse la existencia de autorización la solicitud se desecha en este punto. Lo anterior garantiza – dentro del marco legal existente – el cumplimiento del espíritu y la letra de la OP4.01. b. En el caso de los aprovechamientos maderables, no maderables y de vida silvestre los apoyos A1.2, A1.3, y A1.4 corresponden precisamente a la elaboración de los programas de manejo para el aprovechamiento de estos recursos. Una vez autorizados por la SEMARNAT, estos programas de manejo son la base para sustentar la solicitud y asignación de apoyos de los conceptos relativos al manejo forestal (Silvicultura y Certificación). Estos documentos se requieren en el proceso de revisión de las solicitudes cuando así es pertinente. Es decir, antes de otorgarse un apoyo que implique acciones de manejo forestal, la CONAFOR verifica que exista un programa de manejo autorizado, y que las actividades para las que se solicita el apoyo estén incluidas en dicho programa. c. Aunque no existe un requisito previo sobre condiciones de manejo integrado de plagas, la CONAFOR efectúa visitas de revisión a algunos de los viveros para verificar su correcto funcionamiento y pone a disposición de los beneficiarios y de todos los interesados manuales de producción de planta en vivero que incluyen recomendaciones específicas sobre manejo de plagas. d. Tal como se señala en el apartado d.Manejo de Plagas (OP4.36), la verificación de la normativa en materia de higiene y seguridad industrial corresponde a la STPS quien es la encargada de realizar las auditorías correspondientes y sancionar los incumplimientos. La CONAFOR carece de las atribuciones legales para solicitar documentos probatorios del cumplimiento de estas obligaciones. Para solicitar estos documentos la CONAFOR requeriría de la aprobación explícita de la COFEMER lo cual entorpecería la revisión del trámite y haría innecesariamente complicado el trámite por la redundancia que implicaría. Sin embargo, la CONAFOR proporciona capacitación acerca de los requisitos que debe de cumplir una instalación forestal industrial; específicamente se refiere al cumplimiento de la NOM-008-STPS-2001. e. En cuanto a la posible existencia de otros impactos significativos se identifica lo siguiente: o Cultivo forestal en aprovechamientos maderables- Solamente se otorgan apoyos para las actividades que están en el Plan de Manejo autorizado por la SEMARNAT, por lo que no se prevé que existan impactos negativos. o Tecnificación de la silvicultura y apoyo a la industrialización. Estos apoyos que potencialmente implican una explotación más intensiva de los recursos forestales se da en el marco del programa de manejo forestal correspondiente y del dictamen de un proyecto en el que se debe argumentar, entre otras cosas, los beneficios ambientales que tendrá el uso de la tecnología propuesta. En el caso de apoyo a la industrialización, tal como se refirió, la CONAFOR no cuenta con atribuciones en materia de Salud e Higiene Industrial para realizar verificaciones y se considera que el marco legal e institucional existente garantiza adecuadamente, dentro del marco de las limitaciones existentes, el cumplimiento de las normas. Por otra parte, el apoyo que CONAFOR proporciona para las certificaciones contribuye a una verificación por un tercero de las condiciones de higiene y seguridad laborales en los proyectos que apoya. f. No se identifica en ninguna otra acción dentro de las categorías de apoyo que pudiera tener un impacto ambiental negativo significativo. En cuanto a la verificación del cumplimiento de la normatividad y de los términos de las autorizaciones, éste corre a cargo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). Sin embargo, existe un mecanismo interno de seguimiento de la aplicación de los apoyos que administra la CONAFOR; éste es un procedimiento de supervisión de la aplicación de recursos independiente de la verificación del cumplimiento de los términos de las autorizaciones otorgadas por la SEMARNAT y otras autoridades. El seguimiento de la correcta aplicación de los recursos de los apoyos se sustenta en lo dispuesto por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo (LFPA), que se basa en la realización de visitas de campo a los predios o instalaciones de los beneficiarios para verificar los avances de los trabajos apoyados; todo el procedimiento es debidamente documentado y es la base para la aplicación de pagos condicionados a cumplimientos y avances, así como para la determinación de posibles sanciones y cancelaciones de apoyos. Finalmente, es importante señalar que el marco vigente de autorizaciones para los aprovechamientos forestales, tanto de productos maderables como no maderables, así como las autorizaciones en materia de impacto ambiental, podría mejorarse significativamente a través de un incremento de las capacidades para procesar las solicitudes. El personal de las delegaciones estatales de la SEMARNAT a cargo de los trámites es insuficiente y esto se manifiesta en el atraso en la expedición o resolución negativa de las autorizaciones. Este 70 retraso es significativo en varias entidades federativas y se hace evidente en la falta de anuarios de la producción forestal (publicados por la misma SEMARNAT) ya que no se cuenta con información actualizada de los aprovechamientos en varios estados del País. La complejidad de los estudios requeridos es otro punto a considerar, puesto que implica un nivel elevado de capacidades tanto de quienes preparan los programas como de quienes los autorizan. El sistema de apoyos de la CONAFOR está diseñado para contribuir a la elaboración de estos documentos, pero la capacitación y el seguimiento son dos actividades que podrían mejorar sustancialmente a través de una más estrecha colaboración y la aplicación de mayores recursos humanos y financieros. 71 12. Anexo 3-Procedimiento para Recursos Culturales Físicos Definimos como recursos culturales físicos estructuras prehispánicas, algunas estatuas o enseres previos a la colonia construcciones o incluso tumbas de tiro, paisajes protegidos, etc. En caso de hallazgo fortuito de un posible recurso cultural físico durante la realización de las actividades se deberá seguir el siguiente protocolo. 1- Las obras en el área deberán detenerse. Si por ejemplo aparece una figura al excavar una zanja trinchera, no continuar con la excavación de esa zanja. 2- No extraer las figuras, estructuras, etc., pierden un gran valor informativo si se extraen de su contexto sin las medidas y los registros apropiados. 3- Avisar al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) de los objetos encontrados. 4- El INAH procederá a revisar si el objeto cuenta con un valor arqueológico. De no ser así se podrá continuar con las obras. 5- En caso de que la pieza cuente con un valor arqueológico o histórico, el INAH brinda la opción de que esta sea resguardada por la comunidad en donde apareció. Si el beneficiario así lo desea puede llevar a cabo dicho trámite. 72 13. Anexo 4. Análisis de correlación de las políticas operativas del banco mundial y las disposiciones legales nacionales para el proyecto. Política Operacional Alcance del marco normativo (en Elementos de la Política Marco legal nacional aplicable Análisis de Correlación del Banco RO 2018) Mundial Tiene como finalidad, Ley general de equilibrio ecológico Las leyes mexicanas La CONAFOR aborda en esta garantizar la solidez y y protección al ambiente (LGEEPA) contemplan medidas para que salvaguarda de manera integral sostenibilidad se evalúen los posibles riesgos Tiene como uno de sus propósitos aspectos ambientales y sociales, ambiental, así como y repercusiones ambientales centrales la inserción del concepto analizando los diferentes riesgos mejorar el proceso de en el diseño, implementación de desarrollo sustentable de manera existentes y evitando posibles toma de decisiones con de proyectos así como las transversal en las políticas y daños derivados de los programas tal de encontrar medidas para que se mitiguen programas del Gobierno de México, que apoya. En ese sentido, alternativas de impactos negativos y estableciendo diversos instrumentos las Reglas de Operación y Términos mitigación a los potencien beneficios. en materia de impacto ambiental, de Referencia que rigen los impactos negativos y ordenamiento ecológico del programas de la institución En ese sentido, la CONAFOR potenciar los beneficios. territorio, creación de áreas incluyen medidas para prevenir aborda de manera integral Con el fin de garantizar naturales protegidas, prevención y daños derivados de sus programas aspectos ambientales y solidez y sostenibilidad control de la contaminación entre así como criterios para verificar su sociales analizando los OP 4.01 ambiental, mejorando otros rubros. cumplimiento. diferentes riesgos existentes y Evaluación así el proceso de toma evitando posibles daños LGEEPA tiene vínculos directos con En sí, los apoyos que la CONAFOR Ambiental de decisiones, todos los derivados de los programas los recursos forestales; en materia subsidia implican la generación de proyectos deben que apoya a través de las de evaluación de impacto ambiental impactos ambientales positivos, sin someterse a una Reglas de Operación y (EIA), la Federación se reserva el embargo, existen posibles riesgos e Evaluación Ambiental Términos de Referencia que derecho de realizar el proceso de EIA impactos ambientales negativos (EA), cuyos objetivos rigen sus los programas de en el caso de Aprovechamientos que pueden ser causados por la principales son: manera que estos incluyen forestales en selvas tropicales y falta de supervisión y/o incorrecta • Evaluar los posibles especies de difícil regeneración, y aplicación de los mecanismos que medidas para prevenir daños riesgos y cambios de uso de suelo en áreas regulan su operación, es por ello derivados de sus programas repercusiones forestales, así como en selvas y que la Evaluación Ambiental, se así como criterios para ambientales de un zonas áridas. centra en verificar que verificar su cumplimiento. proyecto en su zona las disposiciones legales de influencia El Artículo 100 de la LGEEPA, señala Sin embargo, se reconoce que vigentes en México, se estén falta de supervisión o la • Examinar que: cumpliendo en ese sentido alternativas para el - Las autorizaciones para el incorrecta aplicación de las destacan los siguientes puntos: medidas de mitigación pueden aprovechamiento de los recursos proyecto forestales implican la obligación - Los mecanismos legales que causar impactos ambientales • Identificar formas de de hacer un aprovechamiento aseguran el seguimiento de negativos en los bosques y mejorar la selección, sustentable de ese recurso. estándares ambientales selvas es, en ese sentido, la ubicación, - Cuando las actividades forestales federales que están vinculados CONAFOR cuenta con un planificación, diseño deterioren gravemente el al Proyecto forman parte de los esquema de supervisión y ejecución de los equilibrio ecológico, afecten la procedimientos para selección dentro de sus reglas de proyectos mediante biodiversidad de la zona, así y la asignación de apoyos, ya operación en el que antes de la prevención, como la regeneración y sea mediante la revisión de los otorgar los apoyos se verifica reducción al mínimo, capacidad productiva de los requisitos para la aceptación de el cumplimiento de los mitigación o terrenos, la autoridad solicitudes y su posterior requisitos establecidos en las compensación de las competente revocará, modificará calificación o por medio de la mismas y posteriormente repercusiones o suspenderá la autorización integración a los revisa su aplicación en sitio ambientales respectiva en términos de lo procedimientos legales adversas y la dispuesto por la Ley General de establecidos que son aplicables potencialización de Desarrollo Forestal Sustentable. para las actividades apoyadas. los impactos positivos - Ninguno de los apoyos de la • Incluir el proceso de En materia de medidas de seguridad institución contempla la mitigación y gestión aplicables al sector forestal, la conversión de hábitats de las repercusiones LGEEPA establece que podrá ordenar naturales a otros usos de suelo. ambientales medidas de seguridad y sanciones adversas durante la tales como: “El aseguramiento ejecución del precautorio de materiales y residuos - La ley (LGEEPA) establece que proyecto peligrosos, así como de ante posibles proyectos especímenes, productos o productivos en selvas con subproductos de especies de flora o especies de difícil En la EA se consideran de fauna silvestre o su material regeneración, se debe de llevar los aspectos naturales y genético, recursos forestales, a cabo una Manifestación de sociales de forma además de los bienes, vehículos, Impacto Ambiental, el trámite integral, tomando en utensilios e instrumentos ante la SEMARNAT implica la cuenta el ambiente directamente relacionados con la cuidadosa revisión de los natural (aire, agua y conducta que da lugar a la posibles impactos ambientales tierra); la salud y imposición de la medida de de esta transformación seguridad humanas; los seguridad.” productiva y es uno de los aspectos sociales El artículo 75 de la Ley General de procedimientos ambientales (reasentamiento Desarrollo Forestal Sustentable dice más rigurosos de la involuntario, a la letra: “Queda prohibido el Administración Pública Federal, poblaciones indígenas y establecimiento de plantaciones de no comprobarse la bienes culturales); y los 74 aspectos forestales comerciales en sustitución existencia de autorización la transfronterizos y de la vegetación forestal de los solicitud de apoyo se rechaza mundiales. terrenos forestales” desde este punto. Así mismo, se toman en La Secretaría expide normas oficiales cuenta las variaciones mexicanas que establecen las - En el caso de los aprovechamientos de las condiciones del especies de vegetación forestal maderables y no maderables los proyecto y del país; los exótica que ponga en riesgo la apoyos corresponden resultados de losbiodiversidad. precisamente a la elaboración de estudios ambientales Adicionalmente el artículo 79 de la los programas de manejo para el sobre el país; los planes Ley General de Desarrollo Forestal aprovechamiento de estos nacionales de Sustentable que dice a la letra: “Se recursos. Una vez autorizados protección ambiental; el promoverá el establecimiento de por la SEMARNAT, estos marco global de las plantaciones forestales comerciales programas de manejo son la políticas nacionales, la en terrenos temporalmente base para sustentar la solicitud y legislación nacional y la forestales y preferentemente asignación de apoyos de los capacidad institucional forestales, se promoverá, de manera conceptos relativos al manejo con respecto al medio primordial, la utilización de especies forestal. ambiente y a los nativas que tecnológica y aspectos sociales, y las económicamente sean viables. La obligaciones del país autoridad tendrá en todo momento - Antes de otorgarse un apoyo que referentes a las implique acciones de manejo la facultad de supervisar el manejo actividades del proyecto forestal, la CONAFOR verifica de la plantación, cuidando en virtud de tratados y que exista un programa de especialmente los posibles impactos acuerdos o convenios manejo autorizado por la ambientales pertinentes ambientales adversos” SEMARNAT, y que las actividades en el ámbito para las que se solicita el apoyo internacional. estén incluidas en dicho Esta política operativa programa. define la siguiente categorización de proyectos según tipo, - Todos los apoyos que promueven ubicación, sensibilidad y la realización de planes de escala, así como negocios y formaciones de naturaleza y magnitud empresas exigen la presentación de sus posibles de la autorización para el impactos ambientales aprovechamiento por parte de la en SEMARNAT a fin de garantizar • Categoría A: Es que los apoyos se realizan sobre probable que tenga aprovechamientos legales. importantes impactos - Bajo ningún concepto se promueve ambientales la sustitución de la vegetación negativos que sean natural ni por plantaciones de índole delicada, forestales comerciales, ni por diversa o sin sistemas agroforestales, ni se precedentes. usarán en ellas especies exóticas • Categoría B: Sus que pongan en riesgo la posibles biodiversidad. repercusiones ambientales en las poblaciones - La Institución no otorga apoyos humanas o en zonas para Plantaciones Forestales de importancia Comerciales que no cuenten con ecológica son el permiso para su menos adversas que establecimiento, otorgado por la aquellas de los de SEMARNAT o con su categoría A, Los correspondiente registro ante impactos son esta instancia. Ya que ese será el específicos del medio para demostrar que la lugar, actividad se lleva a cabo dentro prácticamente de la legalidad y que además ninguno es cuenta con un plan de manejo irreversible y en la apropiado. mayoría de los casos pueden adoptarse medidas - En las Plantaciones Forestales de mitigación con Comerciales se promueve la mayor facilidad. utilización de especies nativas de • Categoría C: Es acuerdo con el artículo 86 de la probable que tenga Ley General de Desarrollo impactos Forestal Sustentable. ambientales adversos mínimos o nulos. - En cuanto a la categorización de • Categoría F: Solo si riesgo, el Proyecto fue implica la inversión considerado “Categoría B de 76 de fondos del Banco Riesgo”, por lo que no se a través de un apoyarán proyectos que intermediario impliquen un alto riesgo financiero en sub ambiental. proyectos que puedan tener repercusiones ambientales adversas. Dependiendo de la categoría de proyecto se establecen instrumentos y alcances diferenciales para la evaluación ambiental. En todos los proyectos categoría A y B se realizan procesos de consulta a los grupos afectados por el proyecto y organizaciones no gubernamentales del país acerca de los aspectos ambientales y tiene en cuenta sus puntos de vista. Con el propósito de En materia de hábitats naturales En el caso de las Áreas Naturales Para esta OP No se asegurar el críticos (HNC) o Áreas Naturales Protegidas la CONAFOR no apoya identificaron Brechas: mantenimiento de los Protegidas (ANP) y del patrimonio ningún tipo de actividades que no La legislación nacional hábitats naturales, el cultural – tangible e intangible – la estén contempladas en el garantiza la protección, OP 4.04 Banco respalda la LGEEPA establece la regulación para programa de manejo del área. mantenimiento, beneficios Hábitats protección, el las mismas en los Art. 60-75 bis, ecológicos, biológicos, socio- Naturales mantenimiento y la DOF, 21-08-2014. culturales y económicos, rehabilitación de los Contrariamente, La CONAFOR, a En específico, el Art. 3 del RLGEEPA garantizando que se aborden y hábitats naturales y sus través del Programa de Pago por en materia de áreas naturales minimicen los riesgos funciones, para ello Servicios Ambientales (PSA) otorga protegidas define: el Programa de asociados a los agentes de la insta a los prestatarios a apoyos a dueños o poseedores de manejo como el Instrumento rector deforestación y degradación realizar estudios de planeación y regulación que terrenos forestales dentro de Áreas forestal en Áreas Naturales económicos y establece las actividades, acciones y Naturales Protegidas, siempre y Protegidas o Hábitats Críticos. sectoriales en los cuales lineamientos básicos para el manejo cuando concuerden con las Cada una de las áreas se identifiquen los y la administración del área natural actividades establecidas dentro del naturales protegidas de problemas relativos a protegida respectiva programa de manejo específico competencia federal cuenta los hábitats naturales para estas áreas. Adicionalmente, dispone de la con un programa de manejo, identificados y las creación y administración de las ANP el cual constituye el necesidades para la La beneficiaros del PSA están de acuerdo con su categoría de "instrumento rector de conservación; y las obligados a: manejo, el decreto de creación planeación y regulación que medidas específicas de correspondiente, las normas establece las actividades, protección en el 1) Conservar el ecosistema forestal mexicanas aplicables y su programa acciones y lineamientos contexto de la y evitar el cambio de uso del suelo. de manejo – cuando exista. básicos para el manejo y la estrategia de desarrollo administración del área del país. A partir de 2) Para el caso de ejidos y natural protegida respectiva"; estos estudios se Y establece las disposiciones a las comunidades, el técnico deberá dado que incluye una formulan los proyectos que las ANP se habrán de sujetar en organizar al menos un taller por descripción detallada del sitio respectivos. materia de sus mecanismos de año para el fortalecimiento de y sus características, y El Banco promueve en creación de ANP, su dirección, la capacidades de la persona especifica las políticas y sus operaciones la creación y operación del Consejo beneficiaria en el tema. estrategias de conservación y aplicación de un criterio Nacional de Áreas Naturales usos, a través del preventivo respecto al Protegidas, los Consejos Asesores, 3) Para el caso de ejidos y establecimiento de manejo de los recursos los instrumentos de coordinación y comunidades integrar y equipar al actividades permitidas, naturales con el fin de concertación, el Sistema Nacional (y menos una brigada para acciones y lineamientos garantizar su Registro) de Áreas Naturales prevención y combate de básicos para el manejo y la oportunidades de Protegidas (SINAP)18 y otros incendios, así como para realizar el administración de las áreas. desarrollo desde el aspectos fundamentales de su monitoreo de plagas y enfermedades. En ese sentido, la CONAFOR punto de vista existencia y operación. sólo apoya o asignan recursos ambiental. 4) Elegir e implementar actividades para acciones siempre cuando En relación con el proyecto, cabe en la Guía de Mejores Prácticas de concuerden con las destacar que las actividades de Manejo (GMPM). actividades restauración en las ANP están establecidas/permitidas sujetas a condiciones específicas 5) Realizar una inversión mínima de dentro del programa de establecidas en el capítulo IV del un 30% hasta un 50%, según área manejo específico para estas RMANP, artículos 66 a 71. Con esto, de pago pago compromiso, en las áreas. cualquier acción que sea apoyada, o actividades de la GMPM. que se derive de los apoyos, de alguno de los componentes y 6) Colocar y mantener al menos 2 78 subcomponentes del Proyecto, está anuncios alusivos al programa regulada de manera específica por durante los 5 años que persista el este reglamento en su capítulo IV y apoyo. se obliga al cumplimiento de lo dispuesto en el Programa de Manejo del ANP en el que se inscriba territorialmente el apoyo; con esto se fuerza al cumplimiento de la normatividad mexicana en materia de ANP; esto incluye disposiciones específicas que prohíben la introducción de especies exóticas o transgénicas. Ley General de Desarrollo Forestal La institución fomenta el mejor Esta política aplica para No se identifican brechas, Sustentable (LGDFS) manejo de los bosques, eliminando los proyectos que toda vez que la legislación los daños potenciales causados por puedan tener impactos contempla la protección de La LGDFS define los criterios de la su aprovechamiento, a través de en la calidad o salud de los derechos y bienestar de las política forestal y establece dos líneas de trabajo los bosques; afecten los poblaciones que dependen de indicadores para el manejo forestal principalmente: derechos y bienestar de los recursos forestales, así sustentable. Sus principales las poblaciones que mismo dicha legislación objetivos son contribuir al desarrollo La organización comunitaria dependen de los garantiza que se ejecute un social, económico, ecológico y mediante apoyos que tienen la recursos forestales, y; monitoreo y evaluación del ambiental del país, mediante el finalidad de desarrollar acción cuya finalidad sea uso de los suelos y bosques manejo integral sustentable de los colectiva, buscando alcanzar generar cambios en el relevantes, cabe resaltar que recursos forestales en las cuencas objetivos comunes y mejorar el manejo, la protección o el titular del Poder Ejecutivo OP 4.36 la utilización de los hidrográficas con un enfoque manejo de los Bosques Federal implementará un Bosques sistémico; impulsar la silvicultura y el productivos. bosques naturales o las sistema nacional de aprovechamiento sustentable de los plantaciones, sean de monitoreo, reporte y recursos forestales, para que Los ejidos y comunidades, como propiedad pública, verificación, con el fin de contribuyan con bienes y servicios instituciones agrarias con territorio privada o comunal. evaluar y sistematizar la que aseguren el mejoramiento de la y autogobierno, se rigen por un reducción de emisiones La OP establece los calidad de vida de la población, con marco legal complejo, les aplica en derivadas de acciones de requisitos que debe la participación corresponsable de primer término la Ley Agraria y prevención y combate de la tener un sistema de los propietarios y legítimos sobre esa base de derechos deforestación y degradación certificación forestal, el poseedores de terrenos forestales; y agrarios, se construyen los de los ecosistemas forestales. cual debe incluir entre desarrollar los bienes y servicios acuerdos para el manejo de sus otras cosas, el ambientales y proteger, mantener y recursos naturales y el Por otro lado, la CONAFOR cumplimiento a la aumentar la biodiversidad que aprovechamiento de los recursos promueve la certificación del legislación relevante, brindan los recursos forestales. forestales. De esta manera, en buen manejo forestal, reconocimiento y cumplimiento de lo dispuesto en la apoyando a los propietarios respeto de tenencia y Cabe destacar que la Ley establece Ley Agraria, la Asamblea General es forestales a fin de que éstos uso de la tierra claramente las competencias en la el órgano máximo en la toma de puedan obtener dicho legalmente materia de los distintos niveles de decisiones, cuidando siempre que certificado, por medio del cual documentados, gobierno en México (Federal, Estatal estas decisiones no entren en se garantiza que la extracción incluyendo de y Municipal / Ciudad de México) y conflicto con la legislación aplicable de las materias primas y poblaciones indígenas, del sector público federal en vigente. productos del bosque se hace conservación de la cuestiones forestales, lo cual de manera segura y sin dañar biodiversidad biológica contribuye a dar certeza en la La lógica de la organización al medio ambiente, generando y de las funciones aplicación de la normatividad. En comunitaria es crear capacidades beneficios ambientales, ecológicas, adopción de este sentido, destacan las principales de gestión al interior de ejidos y sociales y económicos para las medidas para mantener atribuciones del gobierno en materia comunidades, para que se comunidades. o fortalecer los forestal que se encuentran apropien de las decisiones sobre la beneficios ambientales establecidas en el artículo 10 de la gestión de su bosque. que producen los LGDFS. bosques, la planificación Por otro lado, la CONAFOR impulsa del manejo forestal, Adicionalmente, establece criterios y promueve la certificación del tener una evaluación obligatorios de política forestal de buen manejo forestal, apoyando a independiente por carácter social, ambiental, silvícola, y los propietarios forestales a fin de terceros y formularse económico, que deben ser aplicados que éstos puedan obtener dicho con la participación en los instrumentos programáticos y certificado, por medio del cual se significativa de en todas las acciones del sector garantiza que la extracción de las representantes de la público forestal federal, así como de materias primas y productos del comunidades locales e entidades federativas y municipios. bosque se hace sin dañar al medio indígenas. ambiente, generando beneficios Por su parte, las entidades ambientales, sociales y económicos federativas y la CDMX tienen la para las comunidades. obligación de formular sus propias legislaciones locales en materia La certificación, es un proceso de forestal, en concordancia con la evaluación formalmente LGDFS y su Reglamento. establecido y reconocido, que De manera específica, en materia de busca garantizar el buen manejo certificación forestal la Ley tiene por del bosque en función de objetivo el estimular las estándares, principios, criterios e certificaciones forestales y de bienes indicadores predeterminados que y servicios ambientales, tomando en permiten verificar el cumplimiento. consideración los lineamientos La evaluación la lleva a cabo un internacionales correspondientes. tercero no relacionado ni con 80 quien maneja el bosque ni con el En ese sentido México cuenta con el gobierno, para garantizar la Sistema de Certificación Forestal transparencia del proceso. Mexicano (SCEFORMEX) que integra los tres instrumentos de certificación Adicionalmente, el MMA diseñado existentes en el país; Auditoria para el proyecto, establece las Técnica Preventiva, NMX-AA-143- medidas de mitigación tanto en SCFI-2015 y Certificación materia ambiental, como de Internacional FSC. Un esquema Higiene y seguridad laboral que los voluntario de certificación del diferentes apoyos deben cumplir manejo sustentable de los bosques para no afectar la estructura y que tiene como su principal funcionamiento de los bosques y instrumento a la Norma Mexicana proteger a los beneficiarios ante un NMX-AA-143-SCFI-2015. eventual accidente. Como parte del sistema, se incorpora a la Auditoría Técnica Preventiva (ATP) establecida en el artículo 7 fracción V de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable como instrumento precursor de la certificación forestal, ya que dicha auditoría, garantiza el cumplimiento de la legislación mexicana forestal y ambiental, preparando e impulsando a los productores forestales para que accedan de manera voluntaria a la certificación nacional a través de la citada norma. Por otro lado respecto a la propiedad de las tierras forestales la LDRS establece que: - “Los ejidatarios, comuneros, pueblos indígenas, propietarios o poseedores de los predios y demás población que detente o habite las áreas naturales protegidas en cualesquiera de sus categorías, tendrán prioridad para obtener los permisos, autorizaciones y concesiones para desarrollar obras o actividades económicas en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos aplicables.” (artículo 175) La Ley General de Desarrollo El Banco Mundial presta La CONAFOR cuenta con un Para esta OP No se Forestal sustentable establece en su apoyo para promover sistema permanente de evaluación identificaron Brechas En el artículo 3, entre otros objetivos, manejo biológico de las y alerta temprana de la condición aspecto de manejo de plagas “Regular y promover la prevención, plagas con la finalidad sanitaria de los terrenos forestales. forestales, la legislación la atención y el manejo integrado del de disminuir la En ese sentido, la institución realiza mexicana y los arreglos fuego, plagas y otros agentes dependencia de monitoreo aéreo y mapas de las institucionales ofrecen un disruptivos en áreas forestales; ” pesticidas sintéticos. El zonas afectadas por los diferentes marco normativo y operativo (Fracción XVI). Banco evalúa la tipos de plagas. muy sólido, ya que se capacidad de los marcos establecen las Para esto, fija la obligación de los regulatorios e Por otro lado, la institución responsabilidades de todos los dueños y poseedores legales de institucionales de los promueve como alternativa actores involucrados en OP 4.09 terrenos forestales y prestatarios con tal de preventiva para el combate de aspectos de sanidad forestal, Control de preferentemente forestales de definir su capacidad de plagas forestales la integración de de los mecanismos de Plagas realizar las labores de prevención, manejar las plagas de brigadas comunitarias, las cuales prevención, control y combate control y combate de plagas y una manera tienen como objetivo la detección, de plagas y enfermedades enfermedades forestales en ambientalmente prevención, control y monitoreo en forestales, así como las coordinación con las autoridades “amigable” y promueve zonas susceptibles o de mayor sanciones en caso de competentes. el manejo integrado de incidencia de las mismas, incumplimientos. plagas (IPM, por sus realizando las primeras acciones de Las autorizaciones para los La misma LGDFS establece la siglas en ingles). En las control con el fin de evitar que la aprovechamientos forestales y vinculación, cuando el caso lo operaciones forestales plaga se propague y afecte mayor para el establecimiento de amerite y no contravenga las financiadas por el Banco superficie. plantaciones forestales disposiciones de la Ley Federal de las poblaciones de Sanidad Vegetal, que de acuerdo a comerciales obligan al plagas se controlan En cuanto a la aplicación de solicitante a establecer y 82 normalmente por su artículo 1°, tiene por objeto tratamientos la institución apuestaejecutar en los programas de medio de manejo “Regular y promover la sanidad por el Manejo Integrado de Plagas manejo correspondientes las integrado como el vegetal, así como la aplicación, para reducir la utilización de medidas necesarias para control biológico, las verificación y certificación de los tratamientos químicos,prevenir, controlar y combatir prácticas de cultivo, la sistemas de reducción de riesgos de promoviendo los tratamientos plagas y enfermedades. Esto creación de variedades contaminación física, química y físicos o mecánicos, que consisten está dispuesto en la NOM- que resistan las plagas. microbiológica en la producción principalmente en eliminar la plaga 152-SEMARNAT-2006 que primaria de vegetales.” manualmente o mediante podas; establece los lineamientos, La OP establece los utilizar agentes biológicos, que criterios y especificaciones de criterios que aplican a la Lo anterior es aplicable para el caso consisten en usar depredadores, los contenidos de los selección y uso de de productos forestales no parásitos, microorganismos u otros programas de manejo forestal pesticidas de acuerdo a maderables para consumo humano medios naturales para controlar la para el aprovechamiento de los lineamientos de la que pudieran verse afectados por la población que causa la plaga. recursos forestales Organización Mundial aplicación de sustancias tóxicas maderables en bosques, selvas de la Salud. utilizadas en predios forestales. Es así que la CONAFOR evita en lo y vegetación de zonas áridas. posible el uso de plaguicidas, sin Por otro lado, en el marco de embargo cuando no existe otra implementación del Proyecto Para la ejecución de cualquier alternativa se deben aplicar de “Fortalecimiento a actividad de saneamiento, tratamientos químicos, por Empresas Forestales en SEMARNAT debe generar una ejemplo los tratamientos a insectos Paisajes Productivos” se ha notificación de saneamiento, esto de descortezadores. detectado la necesidad de conformidad con el artículo 148 del fortalecer las labores de Reglamento, por lo que la La aplicación de los mismos debe capacitación en materia de responsabilidad es compartida seguir los lineamientos técnicos sanidad forestal a Prestadores (SEMARNAT-CONAFOR), ya que de para el combate y control de los de Servicios Técnicos acuerdo al 147 del Reglamento, insectos descortezadores de Forestales interesados en el CONAFOR es quien recomienda las acuerdo con las Normas Mexicanas manejo de plagas y acciones de saneamiento en el correspondientes (NOM-019- enfermedades forestales, así Informe Técnico Fitosanitario. SEMARNAT-2006). como de los productores de Adicionalmente el artículo 37, inciso planta, plantadores forestales K del Reglamento de la LGDFS Los métodos de combate y control comerciales, y propietarios o establece las condiciones necesarias establecidos en la presente Norma, poseedores de terrenos en materia de prevención, control y consisten en la remoción y forestales mediante talleres o combate de plagas y enfermedades destrucción de los insectos plaga, a cursos de capacitación en el forestales que deberá contener el través de actividades manuales y tema. programa de manejo forestal que es mecánicas como el derribo del requisito para obtener la arbolado, seccionado de fustes, En el MMA del proyecto, se ha autorización del aprovechamiento descortezado de troncos y ramas; incluido un plan para el forestal correspondiente. la quema, enterrado o abandono manejo integrado de Plagas. de corteza y ramas; y el control de residuos, y en algunos casos, la aplicación de insecticidas. Cabe aclarar que todo el plaguicida utilizado se compra en establecimientos autorizados por la SAGARPA, secretaria encargada de estas autorizaciones y verificaciones por la Ley Federal de Sanidad Vegetal. Además en las notificaciones de saneamiento se regula las especificaciones sobre los recipientes y almacenaje de los pesticidas. La verificación de la normativa en materia de higiene y seguridad corresponde a la STPS quien es la encargada de realizar las auditorías correspondientes y sancionar los incumplimientos. En el caso de las Brigadas de sanidad, se detalla el equipo de protección personal que los brigadistas y técnico forestal deben portar correctamente, esto con el propósito de minimizar lesiones por accidentes. Adicionalmente, aunque no existe un requisito previo sobre condiciones de manejo integrado de plagas, la CONAFOR efectúa visitas de revisión a algunos de los viveros para verificar su correcto funcionamiento y pone a disposición de los beneficiarios y 84 de todos los interesados manuales de producción de planta en vivero que incluyen recomendaciones específicas sobre manejo de plagas. En todos los proyectos En México existe un marco jurídico La CONAFOR en sus Reglas de Para esta OP No se propuestos para que protege los derechos de los Operación y Lineamientos vigentes identificaron Brechas. La financiamiento por el pueblos indígenas, desde la de los Programas, incorpora los legislación nacional garantiza Banco Mundial que Constitución Política y su posterior siguientes criterios en relación al el respeto a los poseedores de afectan a los Pueblos desarrollo normativo hasta los respeto de los Derechos de los la tierra, a los derechos de los Indígenas, exige que el tratados internacionales de los que Pueblos Indígenas: pueblos y comunidades prestatario lleve a cabo el país es parte, el Convenio 169 de indígenas, entre ellos el de la • No promover ningún cambio de un proceso de consulta la Organización Internacional del participación, asimismo la forma de propiedad o previa, libre e Trabajo sobre Pueblos Indígenas y contempla los procedimientos reasentamiento de los propietarios informada, y el Banco Tribales en Países Independientes a seguir para los casos en los colectivos o privados de superficies otorgará el (OIT) y el Convenio sobre Diversidad que se vean inmersas sus forestales. financiamiento cuando Biológica. tierras. a partir de dicha • No imponer restricciones de El artículo segundo de la consulta el proyecto acceso a los recursos forestales Si bien, en sí diseño de este Constitución Política de los Estado obtenga un amplio unilaterales o cuenta con Proyecto no identifica Unidos Mexicanos, perteneciente al impactos negativos sobre OP.4.10 apoyo por parte de la mecanismos coercitivos para ello. Título Primero, Capítulo Primero. Pueblos Indígenas, en Pueblos comunidad indígena Titulado “De los Derechos Humanos • Proponer, sujeto a la libre cumplimiento a esta OP, se Indígenas afectada. y sus Garantías” contiene las aceptación de las comunidades, un deberán promover procesos Los proyectos disposiciones generales que trato en el que, a cambio de de gestión y atención a los financiados por el Banco establecen la caracterización de la apoyos económicos y técnicos, la pueblos indígenas para se diseñan de manera Nación Mexicana como pluricultural comunidad decide modificar su implementar acciones que que los pueblos y sustentada originalmente en sus actual relación con las superficies fomentaran un mayor acceso indígenas reciban pueblos indígenas. forestales hacia una de manejo y la amplia participación de los beneficios sociales y Así mismo define a los pueblos sustentable, de conservación, pueblos indígenas y mujeres. económicos que sean indígenas como: “aquellos que restauración, reconversión y aprovechamiento sustentable. En ese sentido se impulsarán culturalmente descienden de poblaciones que los arreglos institucionales apropiados e inclusivos. habitaban en el territorio actual del • Fortalecer las instituciones necesarios para la En los proyectos país al iniciarse la colonización y que ejidales y comunales, así como de implementación del Marco de financiados por el Banco conservan sus propias instituciones los pueblos y comunidades Planificación para Pueblos se incluyen medidas sociales, económicas, culturales y indígenas, como expresión de su Indígenas (MPPI) y para el para: a) Evitar posibles políticas, o parte de ellas”. voluntad. desarrollo y seguimiento del efectos adversos sobre En materia de Consulta Libre, Previa • Otorgar apoyos a las Plan General de Pueblos las comunidades en Informada el apartado “B” del comunidades indígenas solo Indígenas y de Género. indígenas o b) Cuando artículo segundo constitucional cuando ellas mismas los solicitan estos no pueden consigna un grupo de deberes del por decisión formal de su asamblea evitarse, reducirse o Estado respecto a los pueblos o de sus órganos de gobierno compensarlos. indígenas –expresamente con la tradicionales establecidos según finalidad de abatir sus carencias y sus usos y costumbres, y sólo si son Los proyectos que rezagos que pueden interpretarse aplicables a las superficies afecten a pueblos como derechos de los pueblos y forestales de propiedad colectiva. indígenas requieren: comunidades indígenas. Entre ellos • un estudio destacan: • Asegurarse de la legal propiedad preliminar para - Impulsar el desarrollo económico o posesión de los terrenos de los determinar la de los pueblos indígenas, interesados en solicitar apoyos. En presencia de el caso de las solicitudes pueblos indígenas en - Propiciar la incorporación de las provenientes de comunidades dicha zona, mujeres indígenas al desarrollo, indígenas, preferentemente se • una evaluación - Impulsar el respeto y conocimiento acredita por la vía de la social, para de las diversas culturas existentes en documentación igualmente determinar los la nación, requerida para ejidos o posibles efectos comunidades, y en caso de no ser negativos o positivos - Aplicar estímulos para las así o no contar con ella, la entrega del proyecto sobre inversiones públicas y privadas que de documentos y requisitos se los pueblos propicien la creación de empleos, hace en base a los usos y indígenas. incorporar tecnologías para costumbres que correspondan. • un proceso de incrementar la propia capacidad • Acreditar la posesión o uso de consulta previa, libre productiva de los pueblos indígenas los terrenos, con un documento e informada en cada y asegurar su acceso equitativo a los emitido por el comisariado ejidal o etapa del proyecto, sistemas de abasto y de bienes comunales, tratándose con el objeto de comercialización, de ejidos y comunidades, determinar si existe - Establecer políticas sociales para amplio apoyo al proteger a los migrantes de los • Otorgar apoyo solo si la solicitud proyecto por parte pueblos indígenas, tanto en el cuenta con la anuencia de su de las comunidades territorio nacional como en el asamblea, tratándose de grupos indígenas. extranjero, participativos de interés común. • la elaboración de un Los decretos de creación de los - Consultar a los pueblos indígenas Programas de la CONAFOR plan para pueblos en la elaboración del Plan Nacional establecen, en las Reglas de indígenas o un de Desarrollo y de los estatales y Operación y Lineamientos, la marco de municipales, y consultarlos cuando disposición expresa de que los planificación para algún organismo público o privado apoyos se ofrecen sin distinción de pueblos indígenas. 86 pretenda desarrollar proyectos que género, raza, etnia, credo religioso, afecten sus territorios y su vida condición socioeconómica u otra comunitaria, así como su causa que implique discriminación cosmogonía. entre las personas que sean dueñas o poseedoras de los bosques. En México, la tenencia de la tierra Además, la Reglas de operación está protegida y regulada por la contienen criterios de prelación Constitución y por la Ley Agraria. consistentes en que se otorga una Estas funcionan como el campo de puntuación mayor cuando la acción más amplio para la aplicación persona moral que solicita cuenta de otras leyes y normas regulatorias, con población mayoritariamente algunas de las que tienen indígena de acuerdo a clasificación competencia y/o son de la Comisión Nacional para el complementarias para efecto de Desarrollo de los Pueblos Indígenas este Marco de Planificación. Las (CDI) o la persona física es reglas internas deben indígena, respetando su auto fundamentarse de la propia adscripción. cosmovisión de los núcleos agrarios y respetando la forma particular de También cuando el predio está su organización social. Mediante ubicado en zonas de alta a muy Asamblea General basado en la alta marginación. De acuerdo con necesidad por revertir procesos se las Reglas de Operación, para manifiesta el interés de tomar acceder a los apoyos que otorga la decisiones sobre el uso de sus CONAFOR, las personas solicitantes recursos naturales. deberán cumplir en tiempo y forma con los requisitos y disposiciones Como resultado de la política de que establezcan las Reglas para reparto agrario, la tenencia de la solicitar apoyos, sujetándose a los tierra predominante en las regiones criterios de selección y prelación indígenas es la propiedad ejidal. El aplicables, con el fin de asegurar la artículo 106 de la Ley Agraria mejor orientación y aplicación de establece que las tierras que los subsidios, en función de las corresponden a los grupos indígenas necesidades y prioridades deberán ser protegidas por las nacionales y regionales autoridades, en los términos de la establecidas. Ley que reglamente el Artículo Cuarto y el segundo párrafo de la En este sentido, las solicitudes fracción VII del Artículo 27 dictaminadas como viables se les constitucional. aplicarán los criterios de prelación generales establecidos en el artículo 23 y después los De acuerdo con la Ley Agraria que específicos que, en su caso, regula a ejidos y comunidades, los establezcan los anexos técnicos y/o núcleos de población ejidales o los términos de referencia de cada ejidos tienen personalidad jurídica y concepto o modalidad de apoyo patrimonio propio y son propietarios que se trate. de las tierras que les han sido Los criterios generales tienen el dotadas o de las que hubieren objeto de impulsar y establecer adquirido por cualquier otro título. acciones afirmativas a favor de Estos ejidos y comunidades se pueblos y comunidades indígenas, encuentran regulados a través de su jóvenes y mujeres, facilitando su Reglamento Interno, que es acceso a los programas de la ejecutado por sus órganos, es decir: institución. la Asamblea, el Comisariado y el Consejo de vigilancia. La Asamblea es el órgano supremo, en donde participan todos los ejidatarios en reuniones de por lo menos cada seis meses, tratando asuntos como la formulación y modificación del reglamento interno, aceptación o separación de ejidatarios, aportaciones, informes, aprobación de contratos, delimitación de tierras, entre otras indispensables para una buena gobernanza del territorio. Por su parte el Comisariado es el encargado de ejecutar los acuerdos de la Asamblea y de representar y gestionar administrativamente al ejido o comunidad, entre sus obligaciones se encuentran: procurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios, convocar a la Asamblea, entre otras que se señalen en los reglamentos internos. 88 El órgano que se encarga de vigilar que los actos del comisariado se ajusten a preceptos de la ley y el reglamento interno es el Consejo de Vigilancia, otras de sus tareas son revisar las cuentas y operaciones en caso de encontrar irregularidades y convocar a la Asamblea en caso de que el Comisariado no lo haga. La finalidad es prestar En relación con la vinculación con la Por la naturaleza de los programas asistencia para la OP/BP 4.11 Bienes Físicos y de apoyo de la institución, es muy preservación de la Culturales, México cuenta con la Ley probablemente que los recursos propiedad cultural, tal Federal sobre Monumentos y Zonas culturales físicos se encuentren en Para esta OP No se como en sitios con valor Arqueológicos, Artísticos e áreas forestales, algunos de los identificaron Brechas La arqueológico, Históricos. En su artículo 18, objetos identificados pueden ser: legislación contempla los paleontológico, establece que el Gobierno Federal estructuras prehispánicas, algunas procedimientos a seguir para histórico, religioso y (así como sus organismos), están estatuas o enseres previos a la el cuidado de los recursos cultural obligados a “utilizar los servicios de colonia construcciones o incluso culturales físicos en las leyes antropólogos titulados que asesoren tumbas de tiro, sitios sagrados, • en general procura de los 32 estados del país. y dirijan los rescates de arqueología paisajes protegidos, etc. brindar asistencia para bajo la dirección del Instituto su preservación y evitar En ese sentido, la institución ha Nacional de Antropología e Historia Sin embargo, a nivel local se OP 4.11 que sean eliminados incluido en la capacitación a (INAH) y que, así mismo, entreguen deberán establecer medidas y Recursos actores clave tales como • desalienta la las piezas y estudios recomendaciones para físicos Promotores comunitarios y OSSF a financiación de correspondientes al INAH. prevenir y evitar cualquier culturales través de la sensibilización acerca proyectos que deterioro al patrimonio La LFMZA establece que son de la importancia de prevenir y supongan un daño a la cultural, arqueológico e monumentos arqueológicos “los evitar cualquier deterioro al propiedad cultural histórico a la hora de realizar bienes muebles e inmuebles, patrimonio cultural, arqueológico e La política establece producto de culturas anteriores al histórico a la hora de realizar las actividades contempladas que como parte de la establecimiento de la hispánica en el alguna actividad o implementar un en el Proyecto. Dentro del evaluación ambiental se territorio nacional, así como los proyecto en la comunidad. Así MMA se incorporó a manera determinen los riesgos e restos humanos, de la flora y de la como promover el respeto de los de Anexo un Procedimiento impactos que un fauna, relacionados con esas sitios sagrados de la población para los casos de hallazgos proyecto puede generar culturas”, así como que estas zonas indígena. fortuitos de Recursos sobre el patrimonio son propiedad de la Nación con Culturales Físicos. . cultural y estableciendo carácter de inalienable e las medidas de imprescriptible. La LFMZA también prevención, mitigación y establece que el INAH suspenderá compensación todos los trabajos que se ejecuten, correspondientes sin autorización, en monumentos arqueológicos. La Constitución Mexicana es el La CONAFOR no tiene entre sus OP 4.12 Esta política operacional No se identifican brechas, marco legal y político que establece atribuciones llevar a cabo ningún Reasentamien abarca: toda vez que la legislación la relación entre el Estado, las tipo de obra que pueda causar to garantiza el respeto a los a) desplazamiento o entidades federativas y los algún tipo de reasentamiento Involuntario poseedores de la tierra, a los pérdida de la vivienda; ciudadanos. En su artículo 2° se involuntario, solamente brinda derechos de los pueblos y b) pérdida de activos o decreta la composición pluri-étnica apoyos para la realización de comunidades indígenas, entre del acceso a los activos; de la sociedad mexicana y, se otorga acciones tanto de ellos el de participación. y reconocimiento a los derechos aprovechamiento de los fundamentales y autonomía de los ecosistemas como de restauración Asimismo contempla los c) pérdida de fuentes de pueblos indígenas, como lo son: la y conservación de estos. procedimientos a seguir para ingresos o medios de libre determinación para los casos en los que se vean Por otro lado, todos los apoyos son subsistencia organización social, económica, inmersas sus tierras y sea de carácter voluntario, por lo que (independientemente política y cultural; capacidad de necesario indemnizarles. los dueños y poseedores de de si se requiere aplicación del propio sistema terrenos forestales y Las actividades del Proyecto traslado o no). normativo para la resolución de preferentemente forestales están de Fortalecimiento a Empresas d) restricción conflictos internos; respeto a las en la posibilidad de solicitarlos si Forestales en Paisajes involuntaria de acceso a garantías individuales y de derechos así lo deciden. De acuerdo al Productivos no considera en zonas protegidas. humanos; participación equitativa de artículo 22 de la Ley Agraria el sus apoyos llevar a cabo género en cuestiones de gobierno órgano supremo del ejido es la ningún tipo de obra que interno; derecho a preservar la asamblea, en la que participan pueda causar algún tipo de Son considerados como diversidad de elementos que todos los ejidatarios. reasentamiento involuntario, desplazados: constituyen o forman parte de la por otro lado los apoyos son identidad y acceso y respeto a todas de carácter voluntario, por lo a) aquellos con En lo que se refiere al otro efecto las formas de propiedad y tenencia que los dueños y poseedores derechos legales sobre considerado en la política de la tierra establecidas en la de terrenos están en la las tierras; operacional, que es : la restricción Constitución. posibilidad de solicitarlos si así b) aquellos que no involuntaria del acceso a zonas lo deciden en asamblea En el artículo 27 constitucional tienen derechos legales calificadas por la ley como parques (órgano supremo del ejido, en oficialmente (fracción VII a XX) se reconoce la o zonas protegidas, es necesario la que participan todos los establecidos pero quepersonalidad jurídica de los núcleos especificar que no es atribución de ejidatarios de acuerdo con la reclaman de población agrarios, es decir los derechos la CONAFOR la declaración de Ley Agraria). ejidales y comunales, asimismo se (conforme a legislación Áreas Naturales protegidas, sin del país), y establece el lineamiento para embargo la institución colabora Sin embargo, de acuerdo con protección sobre la tierra, para con la CONANP, institución el Marco de Procedimientos c) los que no tienen encargada de estas áreas y que a para Restricciones asentamiento humano y derecho legal o su vez otorga apoyos en dichas Involuntarias (MPRI) existen 90 pretensión reconocible organizaciones productivas. áreas, siempre y cuando la actividades que pueden ser actividad esté considerada en su susceptibles de generar Compensaciones De igual manera, establece la plan de manejo, motivo por el que restricción de acceso a los comprendidas: protección e integridad sobre las se elabora este marco de recursos en Áreas Naturales - Aquellas personas con tierras de grupos indígenas y dota de procedimientos a fin de evitar que Protegidas por lo que se derechos sobre las a la asamblea ejidal de poder como se puedan dar restricciones deberán seguir los tierras y los sin órgano supremo de la organización involuntarias de acceso a los Procedimientos para mitigar derechos pero con ejidal. recursos naturales en los apoyos cualquier potencial riesgo en reclamos conforme a que la CONAFOR otorga en las el acceso a los recursos ley reciben: áreas naturales protegidas. naturales determinados en el La Ley Agraria es el instrumento legal compensación por tierra MPRI. que reglamenta el artículo 27 de la y otras pérdidas además Constitución Mexicana, en de asistencia. En cumplimiento de esta referencia a la tenencia de la tierra salvaguarda la CONAFOR considera - Las personas sin agrícola y/o para fines productivos dentro de sus Reglas de Operación derecho legal o en México y es el órgano rector para las siguientes acciones: pretensión reconocible, la administración de tierras ejidales y pero que ocupen o comunales, todo lo que se encuentre En el Artículo 16 de las Reglas de utilicen con anterioridad en ellas y para la organización de la Operación, se establece lo la zona del proyecto, sociedad en ejidos y comunidades. siguiente: recibirán asistencia para La Ley General de Equilibrio “La CONAFOR reconoce que la el reasentamiento y Ecológico y Protección al Ambiente, propiedad de los recursos otro tipo de asistencia las disposiciones generales forestales comprendidos dentro (empleo, dinero en referentes a las Áreas Naturales del territorio nacional corresponde efectivo, otros activos). Protegidas (ANP´s), mismas que son a los ejidos, comunidades, pueblos áreas de impacto (no potenciales) y comunidades indígenas, personas del Proyecto Bosques y Cambio físicas o morales y jurídicas- Se establece como Climático. Al respecto cabe señalar, colectivas (ejidos y comunidades), criterio para la que el establecimiento de ANP´s la Federación, los Estados, el valuación de la tiene por objeto: Distrito Federal y los Municipios compensación otorgar a • Preservar ambientes que sean propietarios de los la población desplazada naturales representativos de terrenos donde aquéllos se “una indemnización las diversas regiones ubiquen. Los apoyos otorgados a rápida y efectiva biogeográficas y ecológicas. través de estas Reglas no alterarán equivalente al costo • Salvaguardar la el régimen de propiedad de dichos total de reposición por biodiversidad genética de las terrenos”. las pérdidas de activos especies silvestres. atribuibles al proyecto. • Asegurar el Los apoyos que otorgue la aprovechamiento CONAFOR a ejidos y comunidades Se establecen como a través de los componentes I. instrumentos de gestión sustentable. Estudios y Proyectos, II. Desarrollo de • Propiciar la investigación de Capacidades, IV. Silvicultura, reasentamiento/desplaz científica. Abasto y Transformación, V. amiento la elaboración • Proteger entornos naturales Servicios Ambientales, así como del de planes de y poblados componente de apoyo RF.5 reasentamiento / Restauración de Cuencas marcos de planificación Con estos objetivos se establecen los Prioritarias, no promoverán de reasentamiento/ criterios para la tipificación de Áreas restricciones involuntarias al normas de Naturales Protegidas. acceso de recursos naturales en procedimiento para la Áreas Naturales Protegidas, que restricción involuntaria Para el establecimiento y manejo esté permitido dentro del marco en zonas protegidas. adecuado de las áreas naturales legal aplicable. Si la CONAFOR protegidas, se hace una subdivisión identifica alguna restricción En casos que se genere que permite identificar y delimitar involuntaria de acceso a recursos traslado físico, debe las porciones del territorio que la naturales permitida dentro del garantizarse que las conforman, tomando en marco legal aplicable, que derive personas desplazadas: consideración sus elementos de la implementación de algún - reciban asistencia biológicos, físicos y apoyo en éstas áreas, realizará un (subsidios) durante el socioeconómicos; los cuales plan de acción para identificar, traslado, y constituyen un esquema integral y minimizar o mitigar los efectos - reciban viviendas o dinámico, por lo tanto, todas las potencialmente adversos derivados sitios para viviendas, actividades que se pueden realizar o de dicha restricción, en tanto que sitios agrícolas, cuyo proyectos dentro de las ANP´s los ejidos y comunidades potencial productivo quedan supeditadas al identificarán y tomarán acuerdos sea como mínimo ordenamiento ecológico y sobre la mejor solución, con base equivalentemente zonificación que se les ha dado, con en sus usos, costumbres y reglas ventajosos a los del sitio sus respectivas categorías de internas empleadas en la antiguo. manejo. resolución de conflictos, representados y mediados por su Debe darse preferencia propia asamblea general, junto con a entrega de tierras las dependencias y entidades que para personas correspondan”. desplazadas cuyos medios de subsistencia En el Artículo 19 de las Reglas de dependan de la tierra. Operación, en referencia a los requisitos generales que las - Las personas personas deberán cumplir para desplazadas deben ser solicitar apoyos se establece en la informadas acerca de fracción IV que: 92 sus opciones y derechos “Adicionalmente, el ejido o - Se les debe dar a elegir comunidad deberá presentar el alternativas viables de acta mediante la cual la asamblea reasentamiento. de ejidatarios o comuneros determinó solicitar apoyos a la - Deben ser informadas CONAFOR”. Y en la fracción VII se y consultadas sobre los establece que: “Para todos los instrumentos de conceptos o modalidades de apoyo Reasentamiento. que impliquen la realización de - Para reasentamiento actividades en un terreno, la físico debe incluirse a persona solicitante deberá las comunidades de presentar el o los polígonos acogida en las georreferenciados del predio y/o consultas. de la superficie en donde se Se deberá llevar a cabo aplicarán los apoyos.” un Censo a fin de En la sección de Componentes y identificar a personas apoyos de las Reglas de Operación, desplazadas y se especifica el número de años desalentar afluencia de que dura el apoyo y por lo tanto el personas sin derechos. tiempo en el que el polígono anteriormente referido se va a encontrar bajo determinado uso. Para casos de Se entiende que el ejido o reasentamiento en comunidad que solicita un apoyo Áreas Protegidas: es porque ésta de acuerdo en que -Se elaborarán, de se intervenga su territorio, lo manera participativa anterior por acuerdo de la con desplazados, Asamblea, lo que se revisa antes de Normas de firmar el convenio de concertación Procedimientos (durante los cursos de derechos y describiendo: obligaciones) y en caso de existir inconformidades, se puede desistir a) los criterios de del apoyo. elegibilidad para identificar a las Algunos apoyos cuentan con personas desplazadas; acciones adicionales a las establecidas en Reglas de b) las medidas Operación, como es el caso de necesarias para Servicios Ambientales y ayudarlas al menos a Restauración de Cuencas restablecer sus medios Prioritarias. de subsistencia en Componente V. Pago por Servicios términos reales; Ambientales, para este caso dentro c) descripción de del se estableció un cuestionario mecanismos de para verificar las donaciones o ejecución y seguimiento ventas voluntarias de tierras en los del proceso. ejidos y comunidades beneficiarios de los apoyos de Servicios Antes de la ejecución se Ambientales. El número de elaborará un Plan de cuestionarios aplicados se detallan Acción describiendo a continuación. medidas concretas de asistencia (puede Las respuestas a los cuestionarios consistir de plan de recibidos, con respecto a las ventas gestión de recursos voluntarias de tierras han sido naturales preparado siempre negativas, por ello en 2017 para el proyecto). se implementó un cuestionario complementario al anterior en donde se pregunta sobre, no sólo al territorio, sino para identificar posibles restricciones de acceso a algún recurso natural, cuyas respuestas se sistematizaran y analizaran posteriormente. Política Operacional Alcance del marco normativo (en Elementos de la Política Marco legal nacional aplicable Análisis de Correlación del Banco RO 2018) Mundial 94 Tiene como finalidad, Ley general de equilibrio ecológico La CONAFOR aborda en esta Las leyes mexicanas garantizar la solidez y y protección al ambiente (LGEEPA) salvaguarda de manera integral contemplan medidas para que sostenibilidad aspectos ambientales y sociales, se evalúen los posibles riesgos ambiental, así como Tiene como uno de sus propósitos y repercusiones ambientales analizando los diferentes riesgos mejorar el proceso de centrales la inserción del concepto en el diseño, implementación existentes y evitando posibles toma de decisiones con de desarrollo sustentable de manera de proyectos así como las daños derivados de los programas tal de encontrar transversal en las políticas y medidas para que se mitiguen que apoya. En ese sentido, alternativas de programas del Gobierno de México, impactos negativos y las Reglas de Operación y Términos mitigación a los estableciendo diversos instrumentos potencien beneficios. de Referencia que rigen los impactos negativos y en materia de impacto ambiental, programas de la institución En ese sentido, la CONAFOR potenciar los beneficios. ordenamiento ecológico del incluyen medidas para prevenir aborda de manera integral territorio, creación de áreas Con el fin de garantizar daños derivados de sus programas aspectos ambientales y naturales protegidas, prevención y solidez y sostenibilidad así como criterios para verificar su sociales analizando los control de la contaminación entre ambiental, mejorando cumplimiento. diferentes riesgos existentes y otros rubros. así el proceso de toma En sí, los apoyos que la CONAFOR evitando posibles daños de decisiones, todos los LGEEPA tiene vínculos directos con derivados de los programas subsidia implican la generación de proyectos deben los recursos forestales; en materia que apoya a través de las impactos ambientales positivos, sin someterse a una de evaluación de impacto ambiental Reglas de Operación y OP 4.01 embargo, existen posibles riesgos e Evaluación Ambiental (EIA), la Federación se reserva el Términos de Referencia que Evaluación impactos ambientales negativos (EA), cuyos objetivos derecho de realizar el proceso de EIA rigen sus los programas de Ambiental que pueden ser causados por la principales son: en el caso de Aprovechamientos manera que estos incluyen falta de supervisión y/o incorrecta • Evaluar los posibles forestales en selvas tropicales y medidas para prevenir daños aplicación de los mecanismos que riesgos y especies de difícil regeneración, y derivados de sus programas regulan su operación, es por ello repercusiones cambios de uso de suelo en áreas así como criterios para que la Evaluación Ambiental, se ambientales de un forestales, así como en selvas y verificar su cumplimiento. centra en verificar que proyecto en su zona zonas áridas. las disposiciones legales Sin embargo, se reconoce que de influencia El Artículo 100 de la LGEEPA, señala vigentes en México, se estén falta de supervisión o la • Examinar que: cumpliendo en ese sentido incorrecta aplicación de las alternativas para el - Las autorizaciones para el destacan los siguientes puntos: medidas de mitigación pueden proyecto aprovechamiento de los recursos - Los mecanismos legales que causar impactos ambientales • Identificar formas de forestales implican la obligación aseguran el seguimiento de negativos en los bosques y mejorar la selección, de hacer un aprovechamiento estándares ambientales selvas es, en ese sentido, la ubicación, sustentable de ese recurso. federales que están vinculados CONAFOR cuenta con un planificación, diseño - Cuando las actividades forestales al Proyecto forman parte de los esquema de supervisión y ejecución de los deterioren gravemente el procedimientos para selección dentro de sus reglas de proyectos mediante equilibrio ecológico, afecten la y la asignación de apoyos, ya operación en el que antes de la prevención, biodiversidad de la zona, así sea mediante la revisión de los otorgar los apoyos se verifica reducción al mínimo, como la regeneración y requisitos para la aceptación de el cumplimiento de los mitigación o capacidad productiva de los solicitudes y su posterior requisitos establecidos en las compensación de las terrenos, la autoridad calificación o por medio de la mismas y posteriormente repercusiones competente revocará, modificará integración a los revisa su aplicación en sitio ambientales o suspenderá la autorización procedimientos legales adversas y la respectiva en términos de lo establecidos que son aplicables potencialización de dispuesto por la Ley General de para las actividades apoyadas. los impactos Desarrollo Forestal Sustentable. positivos - Ninguno de los apoyos de la • Incluir el proceso de institución contempla la mitigación y gestión En materia de medidas de seguridad conversión de hábitats de las repercusiones aplicables al sector forestal, la naturales a otros usos de suelo. ambientales LGEEPA establece que podrá ordenar adversas durante la medidas de seguridad y sanciones ejecución del tales como: “El aseguramiento - La ley (LGEEPA) establece que proyecto precautorio de materiales y residuos ante posibles proyectos peligrosos, así como de productivos en selvas con especímenes, productos o especies de difícil En la EA se consideran subproductos de especies de flora o regeneración, se debe de llevar los aspectos naturales y de fauna silvestre o su material a cabo una Manifestación de sociales de forma genético, recursos forestales, Impacto Ambiental, el trámite integral, tomando en además de los bienes, vehículos, ante la SEMARNAT implica la cuenta el ambiente utensilios e instrumentos cuidadosa revisión de los natural (aire, agua y directamente relacionados con la posibles impactos ambientales tierra); la salud y conducta que da lugar a la de esta transformación seguridad humanas; los imposición de la medida de productiva y es uno de los aspectos sociales seguridad.” procedimientos ambientales (reasentamiento El artículo 75 de la Ley General de más rigurosos de la involuntario, Desarrollo Forestal Sustentable dice Administración Pública Federal, poblaciones indígenas y a la letra: “Queda prohibido el de no comprobarse la bienes culturales); y los establecimiento de plantaciones existencia de autorización la aspectos forestales comerciales en sustitución solicitud de apoyo se rechaza transfronterizos y de la vegetación forestal de los desde este punto. mundiales. terrenos forestales” Así mismo, se toman en La Secretaría expide normas oficiales cuenta las variaciones - En el caso de los aprovechamientos mexicanas que establecen las de las condiciones del maderables y no maderables los especies de vegetación forestal proyecto y del país; los apoyos corresponden exótica que ponga en riesgo la resultados de los precisamente a la elaboración de biodiversidad. 96 estudios ambientales los programas de manejo para el Adicionalmente el artículo 79 de la sobre el país; los planes aprovechamiento de estos Ley General de Desarrollo Forestal nacionales de recursos. Una vez autorizados Sustentable que dice a la letra: “Se protección ambiental; el por la SEMARNAT, estos promoverá el establecimiento de marco global de las programas de manejo son la plantaciones forestales comerciales políticas nacionales, la base para sustentar la solicitud y en terrenos temporalmente legislación nacional y la asignación de apoyos de los forestales y preferentemente capacidad institucional conceptos relativos al manejo forestales, se promoverá, de manera con respecto al medio forestal. primordial, la utilización de especies ambiente y a los nativas que tecnológica y aspectos sociales, y las económicamente sean viables. La obligaciones del país - Antes de otorgarse un apoyo que autoridad tendrá en todo momento referentes a las implique acciones de manejo la facultad de supervisar el manejo actividades del proyecto forestal, la CONAFOR verifica de la plantación, cuidando en virtud de tratados y que exista un programa de especialmente los posibles impactos acuerdos o convenios manejo autorizado por la ambientales pertinentes ambientales adversos” SEMARNAT, y que las actividades en el ámbito para las que se solicita el apoyo internacional. estén incluidas en dicho programa. Esta política operativa define la siguiente categorización de - Todos los apoyos que promueven proyectos según tipo, la realización de planes de ubicación, sensibilidad y negocios y formaciones de escala, así como empresas exigen la presentación naturaleza y magnitud de la autorización para el de sus posibles aprovechamiento por parte de la impactos ambientales SEMARNAT a fin de garantizar en que los apoyos se realizan sobre • Categoría A: Es aprovechamientos legales. probable que tenga importantes impactos - Bajo ningún concepto se promueve ambientales la sustitución de la vegetación negativos que sean natural ni por plantaciones de índole delicada, forestales comerciales, ni por diversa o sin sistemas agroforestales, ni se precedentes. usarán en ellas especies exóticas • Categoría B: Sus que pongan en riesgo la posibles biodiversidad. repercusiones ambientales en las poblaciones - La Institución no otorga apoyos humanas o en zonas para Plantaciones Forestales de importancia Comerciales que no cuenten con ecológica son el permiso para su menos adversas que establecimiento, otorgado por la aquellas de los de SEMARNAT o con su categoría A, Los correspondiente registro ante impactos son esta instancia. Ya que ese será el específicos del medio para demostrar que la lugar, actividad se lleva a cabo dentro prácticamente de la legalidad y que además ninguno es cuenta con un plan de manejo irreversible y en la apropiado. mayoría de los casos pueden adoptarse medidas - En las Plantaciones Forestales de mitigación con Comerciales se promueve la mayor facilidad. utilización de especies nativas de • Categoría C: Es acuerdo con el artículo 86 de la probable que tenga Ley General de Desarrollo impactos Forestal Sustentable. ambientales adversos mínimos o nulos. - En cuanto a la categorización de • Categoría F: Solo si riesgo, el Proyecto fue implica la inversión considerado “Categoría B de de fondos del Banco Riesgo”, por lo que no se a través de un apoyarán proyectos que intermediario impliquen un alto riesgo financiero en sub ambiental. proyectos que puedan tener repercusiones ambientales adversas. 98 Dependiendo de la categoría de proyecto se establecen instrumentos y alcances diferenciales para la evaluación ambiental. En todos los proyectos categoría A y B se realizan procesos de consulta a los grupos afectados por el proyecto y organizaciones no gubernamentales del país acerca de los aspectos ambientales y tiene en cuenta sus puntos de vista. Con el propósito de En materia de hábitats naturales En el caso de las Áreas Naturales Para esta OP No se asegurar el críticos (HNC) o Áreas Naturales Protegidas la CONAFOR no apoya identificaron Brechas: mantenimiento de los Protegidas (ANP) y del patrimonio ningún tipo de actividades que no La legislación nacional hábitats naturales, el cultural – tangible e intangible – la estén contempladas en el garantiza la protección, Banco respalda la LGEEPA establece la regulación para programa de manejo del área. mantenimiento, beneficios protección, el las mismas en los Art. 60-75 bis, ecológicos, biológicos, socio- mantenimiento y la DOF, 21-08-2014. Contrariamente, La CONAFOR, a culturales y económicos, rehabilitación de los En específico, el Art. 3 del RLGEEPA través del Programa de Pago por garantizando que se aborden y hábitats naturales y sus OP 4.04 en materia de áreas naturales Servicios Ambientales (PSA) otorga minimicen los riesgos funciones, para ello Hábitats protegidas define: el Programa de apoyos a dueños o poseedores de asociados a los agentes de la insta a los prestatarios a Naturales manejo como el Instrumento rector terrenos forestales dentro de Áreas deforestación y degradación realizar estudios de planeación y regulación que Naturales Protegidas, siempre y forestal en Áreas Naturales económicos y establece las actividades, acciones ycuando concuerden con las Protegidas o Hábitats Críticos. sectoriales en los cuales lineamientos básicos para el manejo actividades establecidas dentro del Cada una de las áreas se identifiquen los y la administración del área natural programa de manejo específico naturales problemas relativos a protegidas de protegida respectiva para estas áreas. los hábitats naturales competencia federal cuenta identificados y las Adicionalmente, dispone de la con un programa de manejo, necesidades para la creación y administración de las ANP La beneficiaros del PSA están el cual constituye el conservación; y las de acuerdo con su categoría de "instrumento rector de medidas específicas de manejo, el decreto de creación obligados a: planeación y regulación que protección en el correspondiente, las normas establece las actividades, contexto de la mexicanas aplicables y su programa 1) Conservar el ecosistema forestal acciones y lineamientos estrategia de desarrollo de manejo – cuando exista. y evitar el cambio de uso del suelo. básicos para el manejo y la del país. A partir de administración del área estos estudios se 2) Para el caso de ejidos y natural protegida respectiva"; formulan los proyectos Y establece las disposiciones a las comunidades, el técnico deberá dado que incluye una respectivos. que las ANP se habrán de sujetar en organizar al menos un taller por descripción detallada del sitio materia de sus mecanismos de año para el fortalecimiento de y sus características, y El Banco promueve en creación de ANP, su dirección, la capacidades de la persona especifica las políticas y sus operaciones la creación y operación del Consejo beneficiaria en el tema. estrategias de conservación y aplicación de un criterio Nacional de Áreas Naturales usos, a través del preventivo respecto al Protegidas, los Consejos Asesores, 3) Para el caso de ejidos y establecimiento de manejo de los recursos los instrumentos de coordinación y comunidades integrar y equipar al actividades permitidas, naturales con el fin de concertación, el Sistema Nacional (y menos una brigada para acciones y lineamientos garantizar su Registro) de Áreas Naturales prevención y combate de básicos para el manejo y la oportunidades de Protegidas (SINAP)18 y otros incendios, así como para realizar el administración de las áreas. desarrollo desde el aspectos fundamentales de su monitoreo de plagas y En ese sentido, la CONAFOR punto de vista existencia y operación. enfermedades. ambiental. sólo apoya o asignan recursos para acciones siempre cuando 4) Elegir e implementar actividades concuerden con las En relación con el proyecto, cabe en la Guía de Mejores Prácticas de actividades destacar que las actividades de Manejo (GMPM). restauración en las ANP están establecidas/permitidas sujetas a condiciones específicas dentro del programa de 5) Realizar una inversión mínima de manejo específico para estas establecidas en el capítulo IV del un 30% hasta un 50%, según área áreas. RMANP, artículos 66 a 71. Con esto, de pago pago compromiso, en las cualquier acción que sea apoyada, o actividades de la GMPM. que se derive de los apoyos, de alguno de los componentes y 6) Colocar y mantener al menos 2 subcomponentes del Proyecto, está anuncios alusivos al programa regulada de manera específica por durante los 5 años que persista el este reglamento en su capítulo IV y apoyo. se obliga al cumplimiento de lo dispuesto en el Programa de Manejo del ANP en el que se inscriba territorialmente el apoyo; con esto se fuerza al cumplimiento de la normatividad mexicana en materia 100 de ANP; esto incluye disposiciones específicas que prohíben la introducción de especies exóticas o transgénicas. Ley General de Desarrollo Forestal La institución fomenta el mejor Esta política aplica para No se identifican brechas, Sustentable (LGDFS) manejo de los bosques, eliminando los proyectos que toda vez que la legislación los daños potenciales causados por puedan tener impactos contempla la protección de La LGDFS define los criterios de la su aprovechamiento, a través de en la calidad o salud de los derechos y bienestar de las política forestal y establece dos líneas de trabajo los bosques; afecten los poblaciones que dependen de indicadores para el manejo forestal principalmente: derechos y bienestar de los recursos forestales, así sustentable. Sus principales las poblaciones que mismo dicha legislación objetivos son contribuir al desarrollo La organización comunitaria dependen de los garantiza que se ejecute un social, económico, ecológico y mediante apoyos que tienen la recursos forestales, y; monitoreo y evaluación del ambiental del país, mediante el finalidad de desarrollar acción cuya finalidad sea uso de los suelos y bosques manejo integral sustentable de los colectiva, buscando alcanzar generar cambios en el relevantes, cabe resaltar que recursos forestales en las cuencas objetivos comunes y mejorar el manejo, la protección o el titular del Poder Ejecutivo hidrográficas con un enfoque manejo de los Bosques la utilización de los Federal implementará un sistémico; impulsar la silvicultura y el productivos. bosques naturales o las sistema nacional de aprovechamiento sustentable de los plantaciones, sean de monitoreo, reporte y recursos forestales, para que Los ejidos y comunidades, como propiedad pública, verificación, con el fin de contribuyan con bienes y servicios instituciones agrarias con territorio OP 4.36 privada o comunal. que aseguren el mejoramiento de la y autogobierno, se rigen por un evaluar y sistematizar la Bosques reducción de emisiones La OP establece los calidad de vida de la población, con marco legal complejo, les aplica en derivadas de acciones de requisitos que debe la participación corresponsable de primer término la Ley Agraria y prevención y combate de la tener un sistema de los propietarios y legítimos sobre esa base de derechos deforestación y degradación certificación forestal, el poseedores de terrenos forestales; y agrarios, se construyen los de los ecosistemas forestales. cual debe incluir entre desarrollar los bienes y servicios acuerdos para el manejo de sus otras cosas, el ambientales y proteger, mantener y recursos naturales y el Por otro lado, la CONAFOR cumplimiento a la aumentar la biodiversidad que aprovechamiento de los recursos promueve la certificación del legislación relevante, brindan los recursos forestales. forestales. De esta manera, en buen manejo forestal, reconocimiento y cumplimiento de lo dispuesto en la apoyando a los propietarios respeto de tenencia y Cabe destacar que la Ley establece Ley Agraria, la Asamblea General es forestales a fin de que éstos uso de la tierra claramente las competencias en la el órgano máximo en la toma de puedan obtener dicho legalmente materia de los distintos niveles de decisiones, cuidando siempre que certificado, por medio del cual documentados, gobierno en México (Federal, Estatal estas decisiones no entren en se garantiza que la extracción incluyendo de y Municipal / Ciudad de México) y conflicto con la legislación aplicable de las materias primas y poblaciones indígenas, del sector público federal en vigente. productos del bosque se hace conservación de la cuestiones forestales, lo cual de manera segura y sin dañar biodiversidad biológica contribuye a dar certeza en la La lógica de la organización al medio ambiente, generando y de las funciones aplicación de la normatividad. En comunitaria es crear capacidades beneficios ambientales, ecológicas, adopción de este sentido, destacan las principales de gestión al interior de ejidos y sociales y económicos para las medidas para mantener atribuciones del gobierno en materia comunidades, para que se comunidades. o fortalecer los forestal que se encuentran apropien de las decisiones sobre la beneficios ambientales establecidas en el artículo 10 de la gestión de su bosque. que producen los LGDFS. bosques, la planificación Por otro lado, la CONAFOR impulsa del manejo forestal, Adicionalmente, establece criterios y promueve la certificación del tener una evaluación obligatorios de política forestal de buen manejo forestal, apoyando a independiente por carácter social, ambiental, silvícola, y los propietarios forestales a fin de terceros y formularse económico, que deben ser aplicados que éstos puedan obtener dicho con la participación en los instrumentos programáticos y certificado, por medio del cual se significativa de en todas las acciones del sector garantiza que la extracción de las representantes de la público forestal federal, así como de materias primas y productos del comunidades locales e entidades federativas y municipios. bosque se hace sin dañar al medio indígenas. ambiente, generando beneficios ambientales, sociales y económicos Por su parte, las entidades federativas y la CDMX tienen la para las comunidades. obligación de formular sus propias legislaciones locales en materia La certificación, es un proceso de forestal, en concordancia con la evaluación formalmente LGDFS y su Reglamento. establecido y reconocido, que De manera específica, en materia de busca garantizar el buen manejo certificación forestal la Ley tiene por del bosque en función de objetivo el estimular las estándares, principios, criterios e certificaciones forestales y de bienes indicadores predeterminados que y servicios ambientales, tomando en permiten verificar el cumplimiento. consideración los lineamientos La evaluación la lleva a cabo un internacionales correspondientes. tercero no relacionado ni con quien maneja el bosque ni con el En ese sentido México cuenta con el gobierno, para garantizar la Sistema de Certificación Forestal transparencia del proceso. Mexicano (SCEFORMEX) que integra los tres instrumentos de certificación Adicionalmente, el MMA diseñado existentes en el país; Auditoria para el proyecto, establece las Técnica Preventiva, NMX-AA-143- medidas de mitigación tanto en SCFI-2015 y Certificación materia ambiental, como de Internacional FSC. Un esquema Higiene y seguridad laboral que los 102 voluntario de certificación del diferentes apoyos deben cumplir manejo sustentable de los bosques para no afectar la estructura y que tiene como su principal funcionamiento de los bosques y instrumento a la Norma Mexicana proteger a los beneficiarios ante un NMX-AA-143-SCFI-2015. eventual accidente. Como parte del sistema, se incorpora a la Auditoría Técnica Preventiva (ATP) establecida en el artículo 7 fracción V de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable como instrumento precursor de la certificación forestal, ya que dicha auditoría, garantiza el cumplimiento de la legislación mexicana forestal y ambiental, preparando e impulsando a los productores forestales para que accedan de manera voluntaria a la certificación nacional a través de la citada norma. Por otro lado respecto a la propiedad de las tierras forestales la LDRS establece que: - “Los ejidatarios, comuneros, pueblos indígenas, propietarios o poseedores de los predios y demás población que detente o habite las áreas naturales protegidas en cualesquiera de sus categorías, tendrán prioridad para obtener los permisos, autorizaciones y concesiones para desarrollar obras o actividades económicas en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Vida Silvestre, de las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos aplicables.” (artículo 175) La Ley General de Desarrollo El Banco Mundial presta La CONAFOR cuenta con un Para esta OP No se Forestal sustentable establece en su apoyo para promover sistema permanente de evaluación identificaron Brechas En el artículo 3, entre otros objetivos, manejo biológico de las y alerta temprana de la condición aspecto de manejo de plagas “Regular y promover la prevención, plagas con la finalidad sanitaria de los terrenos forestales. forestales, la legislación la atención y el manejo integrado del de disminuir la En ese sentido, la institución realiza mexicana y los arreglos fuego, plagas y otros agentes dependencia de monitoreo aéreo y mapas de las institucionales ofrecen un disruptivos en áreas forestales; ” pesticidas sintéticos. El zonas afectadas por los diferentes marco normativo y operativo (Fracción XVI). Banco evalúa la tipos de plagas. muy sólido, ya que se capacidad de los marcos establecen las Para esto, fija la obligación de los regulatorios e Por otro lado, la institución responsabilidades de todos los dueños y poseedores legales de institucionales de los promueve como alternativa actores involucrados en terrenos forestales y prestatarios con tal de preventiva para el combate de aspectos de sanidad forestal, preferentemente forestales de definir su capacidad de plagas forestales la integración de de los mecanismos de realizar las labores de prevención, manejar las plagas de brigadas comunitarias, las cuales prevención, control y combate control y combate de plagas y una manera tienen como objetivo la detección, de plagas y enfermedades enfermedades forestales en OP 4.09 ambientalmente prevención, control y monitoreo en forestales, así como las coordinación con las autoridades Control de “amigable” y promueve competentes. zonas susceptibles o de mayor sanciones en caso de Plagas el manejo integrado de incidencia de las mismas, incumplimientos. plagas (IPM, por sus realizando las primeras acciones de La misma LGDFS establece la Las autorizaciones para los siglas en ingles). En las control con el fin de evitar que la vinculación, cuando el caso lo aprovechamientos forestales y operaciones forestales plaga se propague y afecte mayor amerite y no contravenga las para el establecimiento de financiadas por el Banco superficie. disposiciones de la Ley Federal de plantaciones forestales las poblaciones de Sanidad Vegetal, que de acuerdo a comerciales obligan al plagas se controlan En cuanto a la aplicación de su artículo 1°, tiene por objeto solicitante a establecer y normalmente por tratamientos la institución apuesta “Regular y promover la sanidad ejecutar en los programas de medio de manejo por el Manejo Integrado de Plagas vegetal, así como la aplicación, manejo correspondientes las integrado como el para reducir la utilización de verificación y certificación de los medidas necesarias para control biológico, las tratamientos químicos, sistemas de reducción de riesgos de prevenir, controlar y combatir prácticas de cultivo, la promoviendo los tratamientos contaminación física, química y plagas y enfermedades. Esto creación de variedades físicos o mecánicos, que consisten microbiológica en la producción está dispuesto en la NOM- que resistan las plagas. principalmente en eliminar la plaga primaria de vegetales.” 152-SEMARNAT-2006 que La OP establece los manualmente o mediante podas; establece los lineamientos, criterios que aplican a la utilizar agentes biológicos, que criterios y especificaciones de 104 selección y uso de Lo anterior es aplicable para el caso consisten en usar depredadores, los contenidos de los pesticidas de acuerdo a de productos forestales no parásitos, microorganismos u otros programas de manejo forestal los lineamientos de la maderables para consumo humano medios naturales para controlar la para el aprovechamiento de Organización Mundial que pudieran verse afectados por la población que causa la plaga. recursos forestales de la Salud. aplicación de sustancias tóxicas maderables en bosques, selvas utilizadas en predios forestales. Es así que la CONAFOR evita en lo y vegetación de zonas áridas. posible el uso de plaguicidas, sin Por otro lado, en el marco de embargo cuando no existe otra implementación del Proyecto Para la ejecución de cualquier alternativa se deben aplicar de “Fortalecimiento a actividad de saneamiento, tratamientos químicos, por Empresas Forestales en SEMARNAT debe generar una ejemplo los tratamientos a insectos Paisajes Productivos” se ha notificación de saneamiento, esto de descortezadores. detectado la necesidad de conformidad con el artículo 148 del fortalecer las labores de Reglamento, por lo que la La aplicación de los mismos debe capacitación en materia de responsabilidad es compartida seguir los lineamientos técnicos sanidad forestal a Prestadores (SEMARNAT-CONAFOR), ya que de para el combate y control de los de Servicios Técnicos acuerdo al 147 del Reglamento, insectos descortezadores de Forestales interesados en el CONAFOR es quien recomienda las acuerdo con las Normas Mexicanas manejo de plagas y acciones de saneamiento en el correspondientes (NOM-019- enfermedades forestales, así Informe Técnico Fitosanitario. SEMARNAT-2006). como de los productores de Adicionalmente el artículo 37, inciso planta, plantadores forestales K del Reglamento de la LGDFS Los métodos de combate y control comerciales, y propietarios o establece las condiciones necesarias establecidos en la presente Norma, poseedores de terrenos en materia de prevención, control y consisten en la remoción y forestales mediante talleres o combate de plagas y enfermedades destrucción de los insectos plaga, a cursos de capacitación en el forestales que deberá contener el través de actividades manuales y tema. programa de manejo forestal que es mecánicas como el derribo del requisito para obtener la arbolado, seccionado de fustes, En el MMA del proyecto, se ha autorización del aprovechamiento descortezado de troncos y ramas; incluido un plan para el forestal correspondiente. la quema, enterrado o abandono manejo integrado de Plagas. de corteza y ramas; y el control de residuos, y en algunos casos, la aplicación de insecticidas. Cabe aclarar que todo el plaguicida utilizado se compra en establecimientos autorizados por la SAGARPA, secretaria encargada de estas autorizaciones y verificaciones por la Ley Federal de Sanidad Vegetal. Además en las notificaciones de saneamiento se regula las especificaciones sobre los recipientes y almacenaje de los pesticidas. La verificación de la normativa en materia de higiene y seguridad corresponde a la STPS quien es la encargada de realizar las auditorías correspondientes y sancionar los incumplimientos. En el caso de las Brigadas de sanidad, se detalla el equipo de protección personal que los brigadistas y técnico forestal deben portar correctamente, esto con el propósito de minimizar lesiones por accidentes. Adicionalmente, aunque no existe un requisito previo sobre condiciones de manejo integrado de plagas, la CONAFOR efectúa visitas de revisión a algunos de los viveros para verificar su correcto funcionamiento y pone a disposición de los beneficiarios y de todos los interesados manuales de producción de planta en vivero que incluyen recomendaciones específicas sobre manejo de plagas. OP.4.10 En todos los proyectos En México existe un marco jurídico La CONAFOR en sus Reglas de Para esta OP No se Pueblos propuestos para que protege los derechos de los Operación y Lineamientos vigentes identificaron Brechas. La Indígenas financiamiento por el pueblos indígenas, desde la de los Programas, incorpora los legislación nacional garantiza 106 Banco Mundial que Constitución Política y su posterior siguientes criterios en relación al el respeto a los poseedores de afectan a los Pueblos desarrollo normativo hasta los respeto de los Derechos de los la tierra, a los derechos de los Indígenas, exige que el tratados internacionales de los que Pueblos Indígenas: pueblos y comunidades prestatario lleve a cabo el país es parte, el Convenio 169 de indígenas, entre ellos el de la • No promover ningún cambio de un proceso de consulta la Organización Internacional del participación, asimismo la forma de propiedad o previa, libre e Trabajo sobre Pueblos Indígenas y contempla los procedimientos reasentamiento de los propietarios informada, y el Banco Tribales en Países Independientes a seguir para los casos en los colectivos o privados de superficies otorgará el (OIT) y el Convenio sobre Diversidad que se vean inmersas sus forestales. financiamiento cuando Biológica. tierras. a partir de dicha • No imponer restricciones de El artículo segundo de la Si bien, en sí diseño de este consulta el proyecto acceso a los recursos forestales Constitución Política de los Estado Proyecto no identifica obtenga un amplio unilaterales o cuenta con Unidos Mexicanos, perteneciente al impactos negativos sobre apoyo por parte de la mecanismos coercitivos para ello. Título Primero, Capítulo Primero. Pueblos Indígenas, en comunidad indígena • Proponer, sujeto a la libre cumplimiento a esta OP, se Titulado “De los Derechos Humanos afectada. aceptación de las comunidades, un deberán promover procesos y sus Garantías” contiene las Los proyectos disposiciones generales que trato en el que, a cambio de de gestión y atención a los financiados por el Banco establecen la caracterización de la apoyos económicos y técnicos, la pueblos indígenas para se diseñan de manera Nación Mexicana como pluricultural comunidad decide modificar su implementar acciones que que los pueblos y sustentada originalmente en sus actual relación con las superficies fomentaran un mayor acceso indígenas reciban pueblos indígenas. forestales hacia una de manejo y la amplia participación de los beneficios sociales y sustentable, de conservación, pueblos indígenas y mujeres. Así mismo define a los pueblos económicos que sean restauración, reconversión y indígenas como: “aquellos que En ese sentido se impulsarán culturalmente aprovechamiento sustentable. descienden de poblaciones que los arreglos institucionales apropiados e inclusivos. • Fortalecer las instituciones necesarios habitaban en el territorio actual del para la En los proyectos país al iniciarse la colonización y que ejidales y comunales, así como de implementación del Marco de financiados por el Banco conservan sus propias instituciones los pueblos y comunidades Planificación para Pueblos se incluyen medidas sociales, económicas, culturales y indígenas, como expresión de su Indígenas (MPPI) y para el para: a) Evitar posibles políticas, o parte de ellas”. voluntad. desarrollo y seguimiento del efectos adversos sobre En materia de Consulta Libre, Previa • Otorgar apoyos a las Plan General de Pueblos las comunidades en Informada el apartado “B” del comunidades indígenas solo Indígenas y de Género. indígenas o b) Cuando artículo segundo constitucional cuando ellas mismas los solicitan estos no pueden consigna un grupo de deberes del por decisión formal de su asamblea evitarse, reducirse o Estado respecto a los pueblos indígenas –expresamente con la o de sus órganos de gobierno compensarlos. tradicionales establecidos según finalidad de abatir sus carencias y Los proyectos que rezagos que pueden interpretarse sus usos y costumbres, y sólo si son afecten a pueblos como derechos de los pueblos y aplicables a las superficies indígenas requieren: comunidades indígenas. Entre ellos forestales de propiedad colectiva. • un estudio destacan: preliminar para - Impulsar el desarrollo económico • Asegurarse de la legal propiedad determinar la de los pueblos indígenas, o posesión de los terrenos de los presencia de interesados en solicitar apoyos. En pueblos indígenas en - Propiciar la incorporación de las el caso de las solicitudes dicha zona, mujeres indígenas al desarrollo, provenientes de comunidades • una evaluación - Impulsar el respeto y conocimiento indígenas, preferentemente se social, para de las diversas culturas existentes en acredita por la vía de la determinar los la nación, documentación igualmente posibles efectos requerida para ejidos o negativos o positivos - Aplicar estímulos para las inversiones públicas y privadas que comunidades, y en caso de no ser del proyecto sobre los pueblos propicien la creación de empleos, así o no contar con ella, la entrega indígenas. incorporar tecnologías para de documentos y requisitos se • un proceso de incrementar la propia capacidad hace en base a los usos y consulta previa, libre productiva de los pueblos indígenas costumbres que correspondan. e informada en cada y asegurar su acceso equitativo a los • Acreditar la posesión o uso de etapa del proyecto, sistemas de abasto y los terrenos, con un documento con el objeto de comercialización, emitido por el comisariado ejidal o determinar si existe - Establecer políticas sociales para de bienes comunales, tratándose amplio apoyo al proteger a los migrantes de los de ejidos y comunidades, proyecto por parte pueblos indígenas, tanto en el • Otorgar apoyo solo si la solicitud de las comunidades territorio nacional como en el cuenta con la anuencia de su indígenas. extranjero, asamblea, tratándose de grupos • la elaboración de un - Consultar a los pueblos indígenas participativos de interés común. plan para pueblos en la elaboración del Plan Nacional Los decretos de creación de los indígenas o un de Desarrollo y de los estatales y Programas de la CONAFOR marco de municipales, y consultarlos cuando establecen, en las Reglas de planificación para algún organismo público o privado Operación y Lineamientos, la pueblos indígenas. pretenda desarrollar proyectos que disposición expresa de que los afecten sus territorios y su vida apoyos se ofrecen sin distinción de comunitaria, así como su género, raza, etnia, credo religioso, cosmogonía. condición socioeconómica u otra causa que implique discriminación entre las personas que sean En México, la tenencia de la tierra dueñas o poseedoras de los está protegida y regulada por la bosques. Constitución y por la Ley Agraria. Además, la Reglas de operación Estas funcionan como el campo de contienen criterios de prelación 108 acción más amplio para la aplicación consistentes en que se otorga una de otras leyes y normas regulatorias, puntuación mayor cuando la algunas de las que tienen persona moral que solicita cuenta competencia y/o son con población mayoritariamente complementarias para efecto de indígena de acuerdo a clasificación este Marco de Planificación. Las de la Comisión Nacional para el reglas internas deben Desarrollo de los Pueblos Indígenas fundamentarse de la propia (CDI) o la persona física es cosmovisión de los núcleos agrarios indígena, respetando su auto y respetando la forma particular de adscripción. su organización social. Mediante También cuando el predio está Asamblea General basado en la ubicado en zonas de alta a muy necesidad por revertir procesos se alta marginación. De acuerdo con manifiesta el interés de tomar las Reglas de Operación, para decisiones sobre el uso de sus acceder a los apoyos que otorga la recursos naturales. CONAFOR, las personas solicitantes Como resultado de la política de deberán cumplir en tiempo y forma reparto agrario, la tenencia de la con los requisitos y disposiciones tierra predominante en las regiones que establezcan las Reglas para indígenas es la propiedad ejidal. El solicitar apoyos, sujetándose a los artículo 106 de la Ley Agraria criterios de selección y prelación establece que las tierras que aplicables, con el fin de asegurar la corresponden a los grupos indígenas mejor orientación y aplicación de deberán ser protegidas por las los subsidios, en función de las autoridades, en los términos de la necesidades y prioridades Ley que reglamente el Artículo nacionales y regionales Cuarto y el segundo párrafo de la establecidas. fracción VII del Artículo 27 En este sentido, las solicitudes constitucional. dictaminadas como viables se les aplicarán los criterios de prelación generales establecidos en el De acuerdo con la Ley Agraria que artículo 23 y después los regula a ejidos y comunidades, los específicos que, en su caso, núcleos de población ejidales o establezcan los anexos técnicos y/o ejidos tienen personalidad jurídica y los términos de referencia de cada patrimonio propio y son propietarios concepto o modalidad de apoyo de las tierras que les han sido que se trate. dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título. Los criterios generales tienen el Estos ejidos y comunidades se objeto de impulsar y establecer encuentran regulados a través de su acciones afirmativas a favor de Reglamento Interno, que es pueblos y comunidades indígenas, ejecutado por sus órganos, es decir: jóvenes y mujeres, facilitando su la Asamblea, el Comisariado y el acceso a los programas de la Consejo de vigilancia. institución. La Asamblea es el órgano supremo, en donde participan todos los ejidatarios en reuniones de por lo menos cada seis meses, tratando asuntos como la formulación y modificación del reglamento interno, aceptación o separación de ejidatarios, aportaciones, informes, aprobación de contratos, delimitación de tierras, entre otras indispensables para una buena gobernanza del territorio. Por su parte el Comisariado es el encargado de ejecutar los acuerdos de la Asamblea y de representar y gestionar administrativamente al ejido o comunidad, entre sus obligaciones se encuentran: procurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios, convocar a la Asamblea, entre otras que se señalen en los reglamentos internos. El órgano que se encarga de vigilar que los actos del comisariado se ajusten a preceptos de la ley y el reglamento interno es el Consejo de Vigilancia, otras de sus tareas son revisar las cuentas y operaciones en caso de encontrar irregularidades y convocar a la Asamblea en caso de que el Comisariado no lo haga. 110 En relación con la vinculación con la Por la naturaleza de los programas La finalidad es prestar OP/BP 4.11 Bienes Físicos y de apoyo de la institución, es muy asistencia para la Culturales, México cuenta con la Ley probablemente que los recursos preservación de la Federal sobre Monumentos y Zonas culturales físicos se encuentren en propiedad cultural, tal Arqueológicos, Artísticos e áreas forestales, algunos de los como en sitios con valor Para esta OP No se Históricos. En su artículo 18, objetos identificados pueden ser: arqueológico, identificaron Brechas La establece que el Gobierno Federal estructuras prehispánicas, algunas paleontológico, legislación contempla los (así como sus organismos), están estatuas o enseres previos a la histórico, religioso y procedimientos a seguir para obligados a “utilizar los servicios de colonia construcciones o incluso cultural el cuidado de los recursos antropólogos titulados que asesoren tumbas de tiro, sitios sagrados, • en general procura y dirijan los rescates de arqueología paisajes protegidos, etc. culturales físicos en las leyes brindar asistencia para bajo la dirección del Instituto de los 32 estados del país. En ese sentido, la institución ha su preservación y evitar Nacional de Antropología e Historia incluido en la capacitación a que sean eliminados (INAH) y que, así mismo, entreguen actores clave tales como Sin embargo, a nivel local se OP 4.11 las piezas y estudios • desalienta la Promotores comunitarios y OSSF a deberán establecer medidas y Recursos correspondientes al INAH. financiación de través de la sensibilización acerca recomendaciones para físicos proyectos que La LFMZA establece que son de la importancia de prevenir y prevenir y evitar cualquier culturales supongan un daño a la monumentos arqueológicos “los evitar cualquier deterioro al deterioro al patrimonio propiedad cultural bienes muebles e inmuebles, patrimonio cultural, arqueológico e cultural, arqueológico e producto de culturas anteriores al histórico a la hora de realizar histórico a la hora de realizar La política establece establecimiento de la hispánica en el alguna actividad o implementar un las actividades contempladas que como parte de la territorio nacional, así como los proyecto en la comunidad. Así en el Proyecto. Dentro del evaluación ambiental se restos humanos, de la flora y de la como promover el respeto de los MMA se incorporó a manera determinen los riesgos e fauna, relacionados con esas sitios sagrados de la población de Anexo un Procedimiento impactos que un culturas”, así como que estas zonas indígena. para los casos de hallazgos proyecto puede generar son propiedad de la Nación con fortuitos de Recursos sobre el patrimonio . carácter de inalienable e Culturales Físicos. cultural y estableciendo imprescriptible. La LFMZA también las medidas de establece que el INAH suspenderá prevención, mitigación y todos los trabajos que se ejecuten, compensación sin autorización, en monumentos correspondientes arqueológicos. La Constitución Mexicana es el La CONAFOR no tiene entre sus OP 4.12 Esta política operacional No se identifican brechas, marco legal y político que establece atribuciones llevar a cabo ningún Reasentamien abarca: toda vez que la legislación la relación entre el Estado, las tipo de obra que pueda causar to garantiza el respeto a los a) desplazamiento o entidades federativas y los algún tipo de reasentamiento Involuntario poseedores de la tierra, a los pérdida de la vivienda; ciudadanos. En su artículo 2° se involuntario, solamente brinda derechos de los pueblos y b) pérdida de activos o decreta la composición pluri-étnica apoyos para la realización de comunidades indígenas, entre del acceso a los activos; de la sociedad mexicana y, se otorga acciones tanto de ellos el de participación. y reconocimiento a los derechos aprovechamiento de los Asimismo contempla los fundamentales y autonomía de los ecosistemas como de restauración c) pérdida de fuentes de procedimientos a seguir para pueblos indígenas, como lo son: la y conservación de estos. ingresos o medios de los casos en los que se vean libre determinación para Por otro lado, todos los apoyos son subsistencia inmersas sus tierras y sea organización social, económica, de carácter voluntario, por lo que (independientemente necesario indemnizarles. política y cultural; capacidad de los dueños y poseedores de de si se requiere aplicación del propio sistema terrenos forestales y Las actividades del Proyecto traslado o no). normativo para la resolución de preferentemente forestales están de Fortalecimiento a Empresas d) restricción conflictos internos; respeto a las en la posibilidad de solicitarlos si Forestales en Paisajes involuntaria de acceso a garantías individuales y de derechos así lo deciden. De acuerdo al Productivos no considera en zonas protegidas. humanos; participación equitativa de artículo 22 de la Ley Agraria el sus apoyos llevar a cabo género en cuestiones de gobierno órgano supremo del ejido es la ningún tipo de obra que interno; derecho a preservar la asamblea, en la que participan pueda causar algún tipo de Son considerados como diversidad de elementos que reasentamiento involuntario, todos los ejidatarios. desplazados: constituyen o forman parte de la por otro lado los apoyos son a) aquellos con identidad y acceso y respeto a todas de carácter voluntario, por lo derechos legales sobre las formas de propiedad y tenencia En lo que se refiere al otro efecto que los dueños y poseedores las tierras; de la tierra establecidas en la considerado en la política de terrenos están en la Constitución. operacional, que es : la restricción posibilidad de solicitarlos si así b) aquellos que no involuntaria del acceso a zonas lo deciden en asamblea tienen derechos legales En el artículo 27 constitucional calificadas por la ley como parques (órgano supremo del ejido, en oficialmente (fracción VII a XX) se reconoce la o zonas protegidas, es necesario la que participan todos los establecidos pero que personalidad jurídica de los núcleos especificar que no es atribución de ejidatarios de acuerdo con la reclaman derechos de población agrarios, es decir los la CONAFOR la declaración de Ley Agraria). (conforme a legislación ejidales y comunales, asimismo se Áreas Naturales protegidas, sin del país), y Sin embargo, de acuerdo con establece el lineamiento para embargo la institución colabora el Marco de Procedimientos c) los que no tienen protección sobre la tierra, para con la CONANP, institución para Restricciones derecho legal o asentamiento humano y encargada de estas áreas y que a Involuntarias (MPRI) existen pretensión reconocible organizaciones productivas. su vez otorga apoyos en dichas actividades que pueden ser áreas, siempre y cuando la Compensaciones susceptibles de generar De igual manera, establece la actividad esté considerada en su comprendidas: restricción de acceso a los protección e integridad sobre las plan de manejo, motivo por el que recursos en Áreas Naturales - Aquellas personas con tierras de grupos indígenas y dota de se elabora este marco de Protegidas por lo que se derechos sobre las a la asamblea ejidal de poder como procedimientos a fin de evitar que deberán seguir los tierras y los sin órgano supremo de la organización se puedan dar restricciones Procedimientos para mitigar derechos pero con ejidal. involuntarias de acceso a los cualquier potencial riesgo en reclamos conforme a recursos naturales en los apoyos el acceso a los recursos ley reciben: que la CONAFOR otorga en las 112 compensación por tierra áreas naturales protegidas. naturales determinados en el La Ley Agraria es el instrumento legal y otras pérdidas además MPRI. que reglamenta el artículo 27 de la de asistencia. Constitución Mexicana, en En cumplimiento de esta - Las personas sin referencia a la tenencia de la tierra salvaguarda la CONAFOR considera derecho legal o agrícola y/o para fines productivos dentro de sus Reglas de Operación pretensión reconocible, en México y es el órgano rector para las siguientes acciones: pero que ocupen o la administración de tierras ejidales y utilicen con anterioridad comunales, todo lo que se encuentre En el Artículo 16 de las Reglas de la zona del proyecto, en ellas y para la organización de la Operación, se establece lo recibirán asistencia para sociedad en ejidos y comunidades. siguiente: el reasentamiento y La Ley General de Equilibrio “La CONAFOR reconoce que la otro tipo de asistencia Ecológico y Protección al Ambiente, propiedad de los recursos (empleo, dinero en las disposiciones generales forestales comprendidos dentro efectivo, otros activos). referentes a las Áreas Naturales del territorio nacional corresponde Protegidas (ANP´s), mismas que son a los ejidos, comunidades, pueblos áreas de impacto (no potenciales) y comunidades indígenas, personas Se establece como del Proyecto Bosques y Cambio físicas o morales y jurídicas- criterio para la Climático. Al respecto cabe señalar, colectivas (ejidos y comunidades), valuación de la que el establecimiento de ANP´s la Federación, los Estados, el compensación otorgar a tiene por objeto: Distrito Federal y los Municipios la población desplazada • Preservar ambientes que sean propietarios de los “una indemnización naturales representativos de terrenos donde aquéllos se rápida y efectiva las diversas regiones ubiquen. Los apoyos otorgados a equivalente al costo biogeográficas y ecológicas. través de estas Reglas no alterarán total de reposición por • Salvaguardar la el régimen de propiedad de dichos las pérdidas de activos biodiversidad genética de las terrenos”. atribuibles al proyecto. especies silvestres. • Asegurar el Los apoyos que otorgue la Se establecen como aprovechamiento CONAFOR a ejidos y comunidades instrumentos de gestión sustentable. a través de los componentes I. de • Propiciar la investigación Estudios y Proyectos, II. Desarrollo reasentamiento/desplaz científica. de Capacidades, IV. Silvicultura, amiento la elaboración Abasto y Transformación, V. de planes de • Proteger entornos naturales Servicios Ambientales, así como del reasentamiento / y poblados componente de apoyo RF.5 marcos de planificación Restauración de Cuencas de reasentamiento/ Con estos objetivos se establecen los Prioritarias, no promoverán normas de criterios para la tipificación de Áreas restricciones involuntarias al procedimiento para la Naturales Protegidas. acceso de recursos naturales en restricción involuntaria Áreas Naturales Protegidas, que en zonas protegidas. Para el establecimiento y manejo esté permitido dentro del marco adecuado de las áreas naturales legal aplicable. Si la CONAFOR En casos que se genere protegidas, se hace una subdivisión identifica alguna restricción traslado físico, debe que permite identificar y delimitar involuntaria de acceso a recursos garantizarse que las las porciones del territorio que la naturales permitida dentro del personas desplazadas: conforman, tomando en marco legal aplicable, que derive - reciban asistencia consideración sus elementos de la implementación de algún (subsidios) durante el biológicos, físicos y apoyo en éstas áreas, realizará un traslado, y socioeconómicos; los cuales plan de acción para identificar, - reciban viviendas o constituyen un esquema integral y minimizar o mitigar los efectos sitios para viviendas, dinámico, por lo tanto, todas las potencialmente adversos derivados sitios agrícolas, cuyo actividades que se pueden realizar o de dicha restricción, en tanto que potencial productivo proyectos dentro de las ANP´s los ejidos y comunidades sea como mínimo quedan supeditadas al identificarán y tomarán acuerdos equivalentemente ordenamiento ecológico y sobre la mejor solución, con base ventajosos a los del sitio zonificación que se les ha dado, con en sus usos, costumbres y reglas antiguo. sus respectivas categorías de internas empleadas en la manejo. resolución de conflictos, Debe darse preferencia representados y mediados por su a entrega de tierras propia asamblea general, junto con para personas las dependencias y entidades que desplazadas cuyos correspondan”. medios de subsistencia dependan de la tierra. En el Artículo 19 de las Reglas de Operación, en referencia a los - Las personas requisitos generales que las desplazadas deben ser personas deberán cumplir para informadas acerca de solicitar apoyos se establece en la sus opciones y derechos fracción IV que: - Se les debe dar a elegir “Adicionalmente, el ejido o alternativas viables de comunidad deberá presentar el reasentamiento. acta mediante la cual la asamblea - Deben ser informadas de ejidatarios o comuneros y consultadas sobre los determinó solicitar apoyos a la instrumentos de CONAFOR”. Y en la fracción VII se Reasentamiento. establece que: “Para todos los conceptos o modalidades de apoyo - Para reasentamiento que impliquen la realización de 114 físico debe incluirse a actividades en un terreno, la las comunidades de persona solicitante deberá acogida en las presentar el o los polígonos consultas. georreferenciados del predio y/o de la superficie en donde se Se deberá llevar a cabo aplicarán los apoyos.” un Censo a fin de identificar a personas En la sección de Componentes y desplazadas y apoyos de las Reglas de Operación, desalentar afluencia de se especifica el número de años personas sin derechos. que dura el apoyo y por lo tanto el tiempo en el que el polígono anteriormente referido se va a Para casos de encontrar bajo determinado uso. reasentamiento en Se entiende que el ejido o Áreas Protegidas: comunidad que solicita un apoyo -Se elaborarán, de es porque ésta de acuerdo en que manera participativa se intervenga su territorio, lo con desplazados, anterior por acuerdo de la Normas de Asamblea, lo que se revisa antes de Procedimientos firmar el convenio de concertación describiendo: (durante los cursos de derechos y obligaciones) y en caso de existir a) los criterios de inconformidades, se puede desistir elegibilidad para del apoyo. identificar a las personas desplazadas; Algunos apoyos cuentan con acciones adicionales a las b) las medidas establecidas en Reglas de necesarias para Operación, como es el caso de ayudarlas al menos a Servicios Ambientales y restablecer sus medios Restauración de Cuencas de subsistencia en Prioritarias. términos reales; Componente V. Pago por Servicios c) descripción de Ambientales, para este caso dentro mecanismos de del se estableció un cuestionario ejecución y seguimiento para verificar las donaciones o del proceso. ventas voluntarias de tierras en los Antes de la ejecución se ejidos y comunidades beneficiarios de los apoyos de Servicios elaborará un Plan de Ambientales. El número de Acción describiendo cuestionarios aplicados se detallan medidas concretas de a continuación. asistencia (puede Las respuestas a los cuestionarios consistir de plan de recibidos, con respecto a las ventas gestión de recursos voluntarias de tierras han sido naturales preparado siempre negativas, por ello en 2017 para el proyecto). se implementó un cuestionario complementario al anterior en donde se pregunta sobre, no sólo al territorio, sino para identificar posibles restricciones de acceso a algún recurso natural, cuyas respuestas se sistematizaran y analizaran posteriormente. 116