MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” PARA LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Santa Cruz de la Sierra, agosto de 2019 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CONTENIDO 1 ANTEDECENTES ............................................................................................................................... 6 1.1 DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. ............................................................................................ 6 1.2 CARACTERIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ...................................................... 7 1.3 DEL PROGRAMA CIUDADES RESILIENTES - PCR ..................................................................................... 8 2 OBJETIVO, ALCANCE Y METODOLOGÍA DEL MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL - MGA.. 8 2.1 OBJETIVO DEL MGA ................................................................................................................................ 8 2.2 ALCANCE DEL MGA ................................................................................................................................. 9 2.3 METODOLOGÍA PARA LA PREPARACIÓN DEL MGA .................................................................................. 9 3 EL PROGRAMA CIUDADES RESILIENTES - PCR ......................................................................... 9 3.1 OBJETIVO DEL PCR .................................................................................................................................. 9 3.2 COMPONENTES DEL PCR Y SUBCOMPONENTES PARA LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ........ 9 3.2.1 Subcomponente 1.1: Infraestructura y espacio público resiliente .................................................10 3.2.2 Subcomponente 1.2: Mejoramiento urbano y movilidad ................................................................11 3.2.3 Subcomponente 3.1: Gestión de Programa Santa Cruz .................................................................13 3.3 LOCALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS .......................................................................................................13 3.3.1 Localización de Proyectos - Ciudad de Santa Cruz de la Sierra ...................................................13 4 MARCO INSTITUCIONAL Y LEGAL ............................................................................................ 14 4.1 ANTECEDENTES ......................................................................................................................................14 4.2 SÍNTESIS DEL MARCO LEGAL .................................................................................................................16 4.3 MARCO INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL EN BOLIVIA ....................................................20 4.4 MARCO REFERENCIAL INTERNACIONAL .................................................................................................21 5 POLÍTICAS OPERACIONALES DEL BANCO MUNDIAL Y SU RELACIÓN CON EL PROGRAMA ........................................................................................................................................... 23 5.1 EVALUACIÓN AMBIENTAL - OP 4.01 ......................................................................................................23 5.2 HÁBITATS NATURALES - OP 4.04...........................................................................................................24 5.3 CONTROL DE PLAGAS - OP 4.09 .............................................................................................................24 5.4 RECURSOS CULTURALES FÍSICOS - OP 4.11 ...........................................................................................24 5.5 MANEJO DE BOSQUES - OP 4.36 .............................................................................................................25 5.6 REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO – OP 4.12 .......................................................................................25 5.7 AGUAS INTERNACIONALES – OP 7.50 ....................................................................................................25 6 GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROGRAMA ................................................................................... 26 6.1 CATEGORIZACIÓN DE LOS SUBPROYECTOS ............................................................................................26 6.2 EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LOS SUBPROYECTOS ...............................................................................26 6.3 LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE LOS SUBPROYECTOS ........................................................................27 6.4 RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL .....27 7 ARREGLOS INSTITUCIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROYECTOS ........ 27 7.1 DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PCR ..............................................................................28 7.1.1 Características operativas de la UEP ............................................................................................28 7.1.2 Objetivo General de la UEP...........................................................................................................28 7.1.3 Objetivos Específicos de la UEP ....................................................................................................28 7.1.4 Responsabilidades generales de la UEP ........................................................................................28 7.1.5 Estructura Organizacional de la UEP ...........................................................................................29 7.2 ROLES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL .........................................................................................................................................................30 7.3 INSTRUMENTOS DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO E INFORMES .............................................................32 2 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 7.4 CONSULTA INFORMADA .........................................................................................................................33 8 PRESUPUESTO ................................................................................................................................ 35 9 ANEXOS ........................................................................................................................................... 37 9.1 ANEXO NO. 1 : CARACTERIZACIÓN DEL MUNICIPIO ..............................................................................37 9.2 ANEXO NO. 2: NORMATIVA AMBIENTAL ...............................................................................................37 9.3 ANEXO NO. 3: DECRETO SUPREMO 3549 ...............................................................................................37 9.4 ANEXO NO. 4: DECRETO SUPREMO 3856 ...............................................................................................37 9.5 ANEXO NO. 5: CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DE SITIO ESPECÍFICO – EASE ...............37 9.6 ANEXO NO. 6: MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES ..........................................................37 9.7 ANEXO NO. 7: RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL .........................................................................................................................................................37 9.8 ANEXO NO. 8: LISTA DE EXCLUSIONES DE PROYECTOS .........................................................................37 10 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................... 38 3 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ÍNDICE DE FIGURAS Figura N° 1 Localización de las intervenciones en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra .................................................... 14 Figura N° 2 Organigrama de la Unidad Ejecutora del Programa – UEP ............................................................................. 29 ÍNDICE DE CUADROS Cuadro N° 1. Indicadores socio-económicos del Municipio de Santa Cruz de la Sierra ......................................................... 7 Cuadro N° 2. Síntesis de los proyectos del Programa ............................................................................................................ 12 Cuadro N° 3. Síntesis de la normativa nacional ..................................................................................................................... 16 Cuadro N° 4. Marco Institucional de la gestión ambiental en Bolivia ................................................................................... 20 Cuadro N° 5. Síntesis de la normativa internacional ............................................................................................................. 21 Cuadro N° 6. Políticas operacionales activadas .................................................................................................................... 23 Cuadro N° 7. Implementación de la Gestión Ambiental ......................................................................................................... 31 Cuadro N° 8. Presupuesto síntesis del PCR para la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra ....................................................... 35 4 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SIGLAS Y ACRÓNIMOS AP Área Protegida BM Banco Mundial CC Cambio Climático COP Conferencia de las Partes D.S. Decreto Supremo EASE Evaluación Ambiental de Sitio Específico FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura GAD Gobierno Autónomo Departamental GAMSCS Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra GdRD Gestión de Riesgos de Desastres GEI Gases de Efecto Invernadero IRAPs Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs) IMA Informe de Monitoreo Ambiental MGA Marco de Gestión Ambiental NB Norma Boliviana NDC Contribuciones Nacionalmente Determinadas (Por su sigla en inglés) ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible OMS Organización Mundial de la Salud ONU Organización de las Naciones Unidas OP Políticas Operacionales del BM PCR Programa de Ciudades Resilientes PDES Plan de Desarrollo Económico y Social 2020 PROMUT Programa Municipal de Transporte RM Resolución Ministerial RC Resiliencia Climática RGGA Reglamento General de Gestión Ambiental RPCA Reglamento de Prevención y Control Ambiental SAT Sistema de Alerta Temprana SERNAP Servicio Nacional de Áreas Protegidas SNAP Sistema Nacional de Áreas Protegidas SISRADE Sistema Nacional para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias SPIE Sistema de Planificación Integral del Estado UEP Unidad Ejecutora del Programa 5 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 1 ANTEDECENTES 1.1 Del Estado Plurinacional de Bolivia. La población de Bolivia asciende actualmente a más de 11 millones de habitantes, aproximadamente el 67 por ciento vive en áreas urbanas. Bolivia hizo un importante avance económico y social durante el auge de las materias primas (2006-2012). El rápido crecimiento económico fue especialmente pronunciado para el 40% inferior de la población, que vio aumentar sus ingresos más rápidamente que la población de ingresos medios. Como resultado, la tasa de pobreza nacional disminuyó del 63 por ciento en 2002 al 39 por ciento en 2014; y la extrema pobreza experimentó un declive aún más rápido, de casi el 39 por ciento en 2002 al 17 por ciento en 2014.1 Ya que más de 7 millones de personas viven en áreas urbanas en Bolivia, es así que las ciudades tienen un papel central en la contribución a la agenda nacional, en el marco de la planificación estratégica2, la reducción de la pobreza y la mitigación de riesgos en Bolivia. Debido al rápido ritmo del proceso de urbanización, existe una necesidad urgente de implementar acciones de política pública para mejorar los beneficios que ofrecen las ciudades, evitando al mismo tiempo los posibles costos negativos de una urbanización descontrolada, como tasas altas de contaminación, incremento del parque automotriz con la consiguiente congestión vehicular o el rápido crecimiento de los asentamientos informales donde muchas familias viven, por la precariedad de sus viviendas, en áreas propensas a riesgos de desastres naturales. Esto puede lograrse combinando buenas prácticas en planificación de infraestructura urbana sostenible, construcción y mantenimiento con enfoque en servicios públicos de alta calidad y resiliencia. Asimismo, se puede avanzar hacia los principios, criterios y variables a tomarse en cuenta cuando hablamos del desarrollo sustentable y, por ende, la sustentabilidad y resiliencia de los proyectos urbanos, al entender que la ciudad no es un sistema cerrado, y que tiene dinámicas endógenas y exógenas y debemos entender estos sistemas dinámicos (de ciudades-regiones) como otros ecosistemas en términos de su capacidad de adaptarse, reducir vulnerabilidad y aumentar resiliencia; en síntesis, generar homeostasis. Aunque los colchones macroeconómicos han ayudado a amortiguar el efecto de los precios más bajos de las materias primas sobre el crecimiento económico, han surgido considerables desequilibrios macroeconómicos y el nuevo contexto externo puede poner en peligro la tendencia de reducción de la pobreza. Mientras los niveles de pobreza en las zonas rurales siguieron disminuyendo desde 2014 hasta 2015, la pobreza urbana ha ido en aumento lentamente. Los pobres del área urbana en Bolivia corresponden aproximadamente a 1/3 del total de pobres, mientras que la mayoría se concentran en áreas rurales. Los efectos del cambio climático en Bolivia son diferentes según las regiones geográficas del país , están relacionados, en términos generales al incremento de temperatura y variación en los regímenes de precipitación y consecuentemente con cambios en el ciclo hidrológico. Es así que temporal y espacialmente se presentan eventos de inundaciones, heladas y sequías estacionales que influyen sobre la biodiversidad existente, pero principalmente sobre las poblaciones. El alto grado de vulnerabilidad al cambio climático y las crecientes amenazas en el país están produciendo repercusiones económicas, sociales y ambientales en las áreas rurales, que inciden sobre el desarrollo y provocan acelerados procesos de expulsión de la población económicamente activa, lo que genera, entre muchos impactos el debilitamiento de la matriz social y productiva en los ámbitos locales rurales y su inminente migración a áreas urbanas consolidadas. Aunque el proceso de urbanización de Bolivia comenzó relativamente tarde, el país se ha estado acercando rápidamente a los niveles de urbanización de otros países latinoamericanos. La población urbana en Bolivia creció 1 Informe País “Construyendo Comunidades urbanas para Vivir Bien en el Siglo XXI” – Hábitat III. https://www.oopp.gob.bo/habitat-III/ 2 Ibídem 1. 6 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra entre 1950 y 2012 a una tasa anual de 3,7%, casi cinco veces más rápido que el crecimiento de la población en las zonas rurales. Mientras que en 1990 poco más de la mitad de la población vivía en ciudades, en 2012 dos tercios de los bolivianos se había establecido en áreas urbanas. Según las estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas, casi el 75% de la población será urbana para 2025 (ONU, 2012). Esta tendencia ha creado nuevos desafíos tanto para los gobiernos nacionales como locales, así como para ciudades pequeñas, medianas y grandes. Asimismo, se puede avanzar hacia los principios, criterios y variables a tomarse en cuenta cuando hablamos del desarrollo sustentable y, por ende, la sustentabilidad y resiliencia de los proyectos urbanos, al entender que la ciudad no es un sistema cerrado, y que tiene dinámicas endógenas y exógenas y debemos entender estos sistemas dinámicos (de ciudades-regiones) como otros ecosistemas en términos de su capacidad de adaptarse, reducir vulnerabilidad y aumentar resiliencia; en síntesis, generar homeostasis. 1.2 Caracterización del Municipio de Santa Cruz de la Sierra La ciudad de Santa Cruz de la Sierra se encuentra en el oriente boliviano, en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez, es la Sección Capital, y está conformada por los siguientes Cantones: Santa Cruz de la Sierra, El Palmar del Oratorio, Paurito y Montero Hoyos, se encuentra a 417 metros de altura sobre el nivel del mar, con vientos dominantes cálidos del noroeste y vientos fríos del sur durante el invierno. La temperatura media es de 25° centígrados. Las precipitaciones pluviales están en el orden de los 1.100 milímetros, se divide en 12 Distritos Urbanos, con 1 Distrito Industrial y 3 Distritos Rurales (Palmar de Oratorio, Paurito y Montero Hoyos). De acuerdo con la Delimitación y Codificación de Unidades Hidrográficas del Departamento de Santa Cruz, este se encuentra entre los departamentos con mayor disponibilidad de recursos hídricos en Bolivia. En el Departamento se han delimitado y codificado 16 Unidades Hidrográficas de nivel mayores. El Municipio de Santa Cruz de la Sierra está comprendiendo por dos cuencas interdepartamentales: la del Río Piraí y la del Río Grande. El área verde en metros cuadrados por habitante para el municipio de Santa Cruz de la Sierra es de 16,66 m2/hab, considerando áreas protegidas, parques urbanos y áreas de interés ambiental dentro del municipio, sin tomar en cuenta las áreas verdes menores o plazas (PTDI, 2016 – 2020). El municipio de Santa Cruz de la Sierra de acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2012, tiene una población total de 1.454.539 habitantes, de los cuales el 49,61% son hombres, equivalentes a 721.661 habitantes, mientras que las mujeres son 732.878, haciendo un total de 50,39% del total poblacional. En general, se puede observar que la distribución poblacional por género es equitativa, ya que el género femenino es superior en cantidad únicamente por un 0,77% con respecto a los hombres. A continuación se presentan los indicadores socio económicos (mayor información en Anexo 1): Cuadro N° 1. Indicadores socio-económicos del Municipio de Santa Cruz de la Sierra INDICADORES DATOS • ECONÓMIA Índice del Producto Interno Representa el 28,7% del PIB del País, lo que equivale Bruto PIB a 3.442 $us (2016) Impuestos 18,53% Principales aportantes del PIB Agricultura 17,22% Industria Manufacturera 14,36% • EMPLEO 2.571.014 hab., equivalente al 96,1% de la población total (2016) Labores de educación, salud y 17,3 % de total asistencia social Comercio 12,9 % del total 7 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Construcción 10,4 % del total Manufactura y otras industrias 10,4 % del total • POBREZA 35,5% del total de la población Pobreza Moderada 31,7 % de la población Indigencia 3,7 % de la población Pobreza Marginal 0,1 % de la población • EDUCACIÓN Tasa de analfabetismo 2,4% población urbana y 6,4% población rural Acceso a Educación secundaria 47,8% de la población • SALUD 1.050.107 habitantes equivalente al 67% de la Con seguro Social población total 518,122 habitantes, equivalente al 33% de la población Sin seguro Social total Fuente: Plan Territorial de Desarrollo Integral - PTDI, 2016. 1.3 Del Programa Ciudades Resilientes - PCR El Estado Plurinacional de Bolivia para cumplir con la agenda urbana nacional está gestionando el financiamiento de US$ 70 millones de dólares con el Banco Mundial, para la implementación del Programa Ciudades Resilientes – PCR en los municipios de La Paz y Santa Cruz de la Sierra. El PCR es un Programa priorizado por el Estado Central a nivel nacional para desarrollar proyectos integrales que reducirán la vulnerabilidad que presenta cada municipio y estas intervenciones podrán ser replicadas de acuerdo a las características y necesidades en otros municipios. Los proyectos aportarán a la infraestructura resiliente y al mejoramiento urbano de las ciudades seleccionadas a través de: (i) Inversiones estratégicas en Infraestructura y Espacio Público Resiliente, (ii) Mejora y Movilidad Urbana, y (iii) Gestión de Proyecto. 2 OBJETIVO, ALCANCE Y METODOLOGÍA DEL MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL - MGA 2.1 Objetivo del MGA El presente documento denominado Marco de Gestión Ambiental – MGA tiene por objeto generar un instrumento orientador para la gestión ambiental, el tratamiento de las posibles afectaciones y el cumplimiento de medidas de mitigación ambiental, en las acciones de los proyectos del Programa Ciudades Resilientes - PCR para la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra. El MGA define y presenta los procedimientos y los instrumentos de categorización, evaluación y mitigación ambiental compatibles con la normativa ambiental del país y con las Políticas Operacionales (salvaguardas) del Banco Mundial que aplicará la Unidad Ejecutora del Programa - UEP3 dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 3 UEP, Unidad Ejecutora del Programa. 8 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.2 Alcance del MGA El PCR ha sido clasificado dentro la Categoría B de acuerdo a la OP/BP 4.01 del Banco. Esta clasificación se basa en la naturaleza temporal y no significativa de los impactos adversos previstos. El Programa financiará obras de infraestructura de mediana a pequeña escala con impactos ambientales y sociales potenciales de corto plazo, no significativos y que pueden prevenirse o mitigarse fácilmente con medidas de mitigación estándar. El Programa no financiará subproyectos que de acuerdo a sus impactos y a las políticas del Banco sean clasificados como Categoría A. El MGA se aplicará a todos los subproyectos de infraestructura (estructurales) y a las medidas complementarias (no estructurales) que será implementada en la ciudad de Santa Cruz. El MGA ha sido diseñado para el uso y aplicación de la UEP para la ejecución de los distintos subproyectos, ubicados en la ciudad de Santa Cruz, los cuales están bajo su responsabilidad en cuanto a la gestión ambiental durante la ejecución de las obras. 2.3 Metodología para la preparación del MGA El Marco de Gestión Ambiental fue desarrollado mediante reuniones y talleres programados de coordinación con funcionarios de las diferentes Reparticiones Municipales del Gobierno Autonomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra las cuales se encuentran relacionadas con los subproyectos propuestos tales como la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas, Secretaría Municipal de Parques, Jardines y Obras para Equipamiento Social, la Secretaría Municipal de Movilidad Urbana, la Secretaría Municipal de Obras Públicas y la Secretaría Municipal de Planificación, mediante las cuales se obtuvo información técnica relevamente de los subproyectos. Los subproyectos propuestos por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra en el marco del Programa Ciudades Resilientes son: 1. Canal Emisario 8vo anillo sur oeste y mejoramiento de espacio público 2. Parque Ecológico Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM) 3. Red de Ciclovía Sostenible Ecológica y Resiliente 65 km 4. Obras de Regeneración Urbana Zona Central 3 EL PROGRAMA CIUDADES RESILIENTES - PCR 3.1 Objetivo del PCR El objetivo del Programa es: “Reducir la vulnerabilidad ante los riesgos meteorológicos y mejorar las condiciones de vida en áreas de bajo ingreso en zonas seleccionadas de los municipios participando en el proyecto”. El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra - GAMSCS, conforme a una primera priorización de inversiones, ha identificado proyectos que: (i) tengan un enfoque integrado en todos los sectores, (ii) mejoren la calidad de vida y el acceso a servicios públicos e infraestructura en áreas desatendidas de bajos ingresos, y que (iii) construyan resiliencia a los riesgos de desastres. Un resultado adicional es generar experiencias concretas en planificación, diseño e implementación de inversiones que sean resilientes a los efectos del cambio climático, cuyos resultados y lecciones aprendidas sean la base para establecer o ajustar estándares de planificación pública e inversiones. 3.2 Componentes del PCR y Subcomponentes para la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra El alcance del Programa de Ciudades Resilientes apoyará los objetivos de la agenda urbana nacional actualmente en desarrollo, a través de la ejecución de dos componentes que se indican a continuación: ✓ Componente 1. Infraestructura resiliente y mejoramiento urbano en Santa Cruz • Subcomponente 1.1. Infraestructura y espacio público resiliente • Subcomponente 2.2. Mejora urbana y movilidad 9 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ✓ Componente 2. Infraestructura resiliente y mejoramiento urbano en La Paz • Subcomponente 2.1. Infraestructura y espacio público resiliente. • Subcomponente 2.2. Mejora urbana y movilidad. ✓ Componente 3. Gestión de Proyecto • Subcomponente 3.1. Gestión de Proyecto Santa Cruz de la Sierra • Subcomponente 3.2. Gestión de Proyecto La Paz Los tres (3) subcomponentes de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, consisten en: 3.2.1 Subcomponente 1.1: Infraestructura y espacio público resiliente Este subcomponente apoyará la implementación de proyectos para mejorar la resiliencia urbana en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con relación a los proyectos propuestos, siendo los proyectos los siguientes: ✓ Canal Emisario 8vo anillo sur oeste y mejoramiento de espacio público ✓ Parque Ecológico Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM) El Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste y Mejoramiento De Espacio Público, recolecta y transporta las aguas pluviales de la zona Sur - Oeste de la ciudad, más concretamente del Distrito Municipal N° 10. De acuerdo al Plan Maestro de Drenaje Pluvial de la ciudad, la cuenca hidrológica urbana de este canal de drenaje es de 438.36 ha y tiene una longitud total de 6.44 km hasta su desembocadura en el Río Piraí, se tiene previsto que este canal de drenaje beneficie a una población actual de 19.200 habitantes. Está conformado por cinco tramos, con secciones de tipo U y sección cajón y sección trapezoidal, cuenta además con 6 alcantarillas vehiculares y 13 puentes peatonales, el proyecto contempla también la implantación de un canal aportante ubicado sobre el noveno anillo, el cual tiene una longitud de 2.08 km. Este canal que va desde la Doble Vía La Guardia 9no anillo hacia el 8vo anillo en dirección al cauce natural receptor (Río Piraí), generará impactos ambientales en su construcción por la afectación a la vegetación en el trazo de emplazamiento del canal, la emisión de partículas y gases de combustión por movimiento de maquinarias y equipos y la generación de aguas residuales como resultado de las actividades de las faenas, impactos sociales a los comercios de la zona debido a los cambios de la circulación vehicular; ante este escenario se plantean las medidas de mitigación a los potenciales impactos identificados en el ámbito de intervención que harán posible la ejecución del proyecto en cumplimiento con la normativas ambientales vigentes y salvaguardas ambientales del Banco Mundial. El citado proyecto ya cuenta con su Evaluación Ambiental de Sitio Específico (EASE). El Parque Ecológico Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM), se desarrollara en dos áreas de interés (Area del Parque de Proteccion Ecologica Río Piraí (PPERP) y su área de influencia, siendo la de mayor cuidado y atención la que se desarrollara en el interior del parque, sin embargo dentro de esta zona se desarrollaran actividades que se enmarcan dentro de las permitidas en la OM N° 150/2009, siendo la principal actividad la restauracion de bosque, senderos de interpretacion y torres de observación de aves y educación ambiental de la llanura de inundación. En esta área se encuentra el segundo dique de contención del río Piraí, el mismo que en la actualidad es empleado como ruta para realizar los monitoreos de control por parte de guarda parques y policía montada, mismo que se pretende mejorar en estabilidad y paisajismo para ser empleado como bicisenda para los visitantes. En el área de influencia del PPERP se desarrollaran actividades acordes con el entorno y la necesidad de la ciudad, tales como canchas deportivas, parques infantiles, parques de calistenias, parques canino, pump tracks y ciclovia, en la cual no se afecta a ningún individuo arbóreo ni se realizan actividades de alto impacto, puesto que todo el material a ser empleado esta considerado para evitar la impermebilización del suelo, empleando materiales del entorno. La mayor concentración de impactos ambientales se estima que se generaran durante la etapa de ejecución, los cuales no se consideran significativos, ya que se pretende trabajar sobre el segundo dique defensivo, el cual tiene 10 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ciertas características y condiciones ambientales, donde la corona del mismo no se encuentra protegida de vegetación, misma que en la actualidad, es empleada como camino para realizar los controles de guarda parques y policía montada. Los impactos ambientales afectaran al factor aire, agua y suelo, para los cuales se tiene establecidas las medidas de mitigación que van a neutralizar y eliminar el impacto negativo generado sobre el área de emplazamiento del proyecto, todo esto será considerado en su correspondiente Evaluación Ambiental de Sitio Específico ( EASE). Asimismo, la recuperación de espacios afectados en el Cordon Ecológico y riberas del Río Pirai, se constituyen en una estrategia municipal, donde se busca implementar proyectos que permitan dotar el área de una infraestructura acorde a su entorno y ubicación, generando nuevos espacios turísticos y de esparcimiento para el beneficio de la población. 3.2.2 Subcomponente 1.2: Mejoramiento urbano y movilidad Para este subcomponente a traves de lo proyectos propuestos se pretende brindar vías de transporte no motorizado a la ciudadanía, para reducir las horas de viajes por estudios y por trabajos, brindando ciclovías seguras y agradables para los usuarios y recuperar espacios mediante actividades de arborización de vías peatonales, y de esta manera poder realizar una apropiación del espacio urbano, cultura ciudadana y poder fomentar las tradiciones culturales, a través de los siguientes proyectos: - Red de Ciclovía Sostenible Ecológica y Resiliente - 65 km - Obras de Regeneración Urbana Zona Central La Red de Ciclovía Sostenible Ecológica y Resiliente - 65 Km, conectan zonas con alta densidad de viajes por estudio y trabajo, de los Distritos Municipales N° 1,4,10 y 11. Según el Plan Maestro para la Mejora del Transporte del Área Metropolitana de Santa Cruz, las longitudes de los tres tramos de la ciclovía alcanzan un total de 14 km durante una primera Fase, se tiene previsto que el proyecto beneficie a una población aproximada de 790.657 habitantes. De igual manera en el proyecto indicado se generarían impactos leves debido a que las actividades contempladas en la etapa de ejecución no serán significativas, siendo que las ciclovias se construirá sobre los camellones centrales en la mayoría de los tramos, la cual cuenta con una senda de concreto la misma que será ampliada, los trabajos serán realizados de forma manual. Los impactos negativos durante la etapa de ejecución serán la generación de residuos sólidos (asimilables a domiciliarios y escombros producto de las mejoras en sectores donde se encuentren deteriorados), ruidos por el uso de herramientas de tipo manual y mínima generación de partículas por el movimiento del suelo. Estos impactos potenciales serán tomados en cuenta para la elaboración del EASE. El proyecto de igual manera contará con actividades de arborización, iluminación y señalización en intersecciones y a largo del circuito (horizontal y vertical como ser semáforos para ciclistas y peatones, demarcación de pasos peatonales, briquetas y delineadores) con la finalidad de brindar seguridad y mejoras para los usuarios. Asimismo, este proyecto contará con mobiliarios, vegetación y con una infraestructura que permita incrementar el número de usuarios de la bicicleta, lo cual conduce a descongestionar la vía de vehículos motorizados, reducir las emisiones de gases y mejorar la salud de los usuarios. Las Obras de Regeneración Urbana Zona Central, prentede la intervención de la zona central de la ciudad ubicada en el Distrito Municipal N° 11, en la cual se pretende desarrollar actividades de: homogenización, ampliación, nivelación y mejora de las aceras frontales de las calles a intervenir, cambio de losetas por pavimento flexible sonorreductor y/o fotocatalitico, soterramiento del cableado aéreo y ductaje varios, plan de arboración sobre calles a intervenir, implementación de mobiliario urbano (bolardos, bancos, luminarias, basureros, etc), entre otros. Durante la etapa de ejecución del proyecto se generarán impactos mínimos como ser la generación de residuos sólidos (asimilables a domiciliarios y escombros producto de las mejoras en sectores donde se encuentren deteriorados), ruidos por el uso de herramientas de tipo manual y mínima generación de partículas por el 11 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra movimiento del suelo. Un impacto a generar será el congestionamiento vehicular temporal producto de las obras y el cambio de rutas. Estos impactos potenciales serán ser tomados en cuenta para la elaboración del EASE. Síntesis de los proyectos a ser financiados por el Programa: Cuadro N° 2. Síntesis de los proyectos del Programa Componente Proyecto(s) Descripción Canal: La intervención está compuesta por: − Construcción de canal revestido de hormigón armado de sección rectangular, en una longitud de 6,4 km aprox. para el emisario principal, alcantarillado y un canal de drenaje de sección trapezoidal revestido de HoAo. − Puentes peatonales. − Obras de seguridad, ambientales y de salud. - Canal Emisario 8vo anillo sur oeste y mejoramiento El Parque Ecológico Metropolitano – Resiliente Rio Piraí, tiene una Infraestructura longitud aproximada de 4,2 km, la cual se encuentra compuesta por: de espacio público resiliente y espacio - Parque Ecológico urbano − Ciclovía Metropolitana Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM) − Bicí-senda Ecológica Turística − Estaciones de Descanso − Miradores Verticales − Arborización − Canchas de Futbol − Áreas de Parques y de Uso Deportivo Adicional − Áreas de Apoyo (Baños Público) − Señaletica − Plan de Iluminación. La red de ciclovías tiene una longitud aproximada de 65 km de largo compuesta por: − Adecuación vial − Paquete estructural en tramos complementarios − Señalización horizontal − Señalización vertical − Biciparqueos Mejoramiento − Red de Ciclovía Sostenible Las Obras de Regeneración Urbana Zona Central. estaría compuesto urbano y movilidad Ecológica y Resiliente - 65 por: km − Obras de Regeneración − Homogenización, ampliación, nivelación y mejora de aceras Urbana Zona Central frontales de las calles a intervenir − Cambios de losetas por pavimento flexible sonorreductor y fotocatalítico − Soterramiento del cableado aéreo y ductajes varios − Plan de Arborización sobre calles a intervenir − Implementación de moviliario urbano (bolardos, bancos, luminarias, basureros, etc.) 12 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.2.3 Subcomponente 3.1: Gestión de Programa Santa Cruz Se prevé también apoyar en la definición de la política de ciudades al incluir aspectos relacionados a la generación de resiliencia y el ordenamiento territorial en ámbitos urbanos, desarrollo de herramientas para la gestión de riesgos y poder fortalecer la capacidad operativa y administrativa de mantener la infraestructura creada por el programa en general. El subcomponente de gestión del programa proveerá también los recursos operativos y administrativos necesarios para la implementación del Programa de Ciudades Resilientes que serán gestionados a través del GAMSCS. El MGA no se aplicará en la implementación de subproyectos en este componente, por ser la gestión del Programa. 3.3 Localización de los proyectos Se ha realizado un análisis y una priorización de los proyectos del PCR, para determinar su localización, para lo cual se han tomado en cuenta los siguientes factores: a) La ubicación de la población objetivo b) Alta capacidad de reducir la pobreza y fomentar la prosperidad compartida c) Alta visibilidad e impacto social y ambiental d) Contribución verificable a la resiliencia urbana e integralidad e) Uso eficiente de recursos públicos f) Proyectos de inversión con pre-factibilidad g) Priorización por parte del municipio h) Las tendencias de desarrollo de la región i) Mejoramiento de la seguridad 3.3.1 Localización de Proyectos - Ciudad de Santa Cruz de la Sierra Departamento / Municipio: Santa Cruz / Santa Cruz de la Sierra Distritos de intervención: 1 – 4 – 10 – 11 Zona de proyectos: Cuenca del Río Piraí Proyecto 1: Canal Emisario 8vo anillo sur oeste y mejoramiento de espacio público (Distrito Municipal Nº 10) Proyecto 2: Parque Ecológico Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM) (Distrito Municipal Nº 1) Proyecto 3: Red de Ciclovía Sostenible Ecológica y Resiliente 65 km (14 km – Fase 1) (Distrito Municipal Nº 1, 4, 10 y 11) Proyecto 4: Obras de Regeneración Urbana Zona Central (Distrito Municipal Nº 11) * Estos cuatro (4) proyectos de intervención, se pueden ver en las figura 1. Cuenca y/o Los tramos pertenecen a la Cuenca del río Piraí, que tiene una superficie aproximada Subcuenca (s) de de más de 13.736 km², sus nacientes se encuentran en las primeras estribaciones de la influencia: faja subandina en Samaipata y su desembocadura en la cuenca del río Yapacaní, tiene una longitud aproximada de 420 km. 13 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Figura N° 1 Localización de las intervenciones en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra Fuente: Programa Ciudades Resilientes para la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, 2019 4 MARCO INSTITUCIONAL Y LEGAL4 4.1 Antecedentes El país ha desarrollado una amplia normativa relacionada con la Gestión Ambiental (Ley 1333), con la Gestión de Riesgos de Desastres (GdRD) y con el Cambio Climático (CC); la última reforma en el tema de GdRD se inició en 2014 a partir de la actualización de la normativa nacional. En CC, el proceso normativo e institucional viene desde 2010. Para el PCR la normativa vinculada se relaciona con importantes sistemas y regímenes como: i) la Autonomía y Descentralización y ii) el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE). Generando a su vez también sus propios sistemas, como el Sistema Nacional para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias (SISRADE) y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para el Vivir Bien. Régimen de Autonomía y Descentralización: 4 Ver Anexo No. 2 - Análisis de la normativa ambiental nacional. 14 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Constitución Política del Estado de 07 de febrero de 2009. • Ley No. 031 de Autonomía y Descentralización de 10 de julio de 2010. Régimen de Planificación del Estado (SPIE): • Ley No. 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado del 21 de enero de 2016. • RM No. 018/2016 del Ministerio de Planificación del Desarrollo (Lineamientos Metodológicos para la Formulación de Planes Sectoriales/Territoriales de Desarrollo Integral para Vivir Bien), del 11 de febrero 2016. • RM No. 115/2015 del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) (Reglamento básico de pre-inversión), del 15 de mayo de 2015. Para temas asociados al Medio Ambiente, a la Madre Tierra y al Cambio Climático: • Ley N° 1333 del Medio Ambiente. • Ley N° 1576 del 25 de julio de 1992. • Ley Nº 1700 Forestal. • Ley N° 1988 del 22 de julio de 1999. • Ley Nº 3425 del 20 de junio de 2006. • Ley Nº 071 Derechos de la Madre Tierra. • Ley N° 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien. • Ley N° 2122 sobre Cuenca del Rio Piraí del 25 de septiembre de 2000. • Ley N° 2913 del 18 de noviembre de 2004. • Ley N° 1037 del 26 de marzo de 2018. • Ley N° 755 de Gestión Integral de Residuos. • Ley Autonómica Municipal GAMSCS N° 210/2015 “Ley de Conservación, Recuperación, Protección del Árbol, Políticas de Arborización Urbana y Embellecimiento de la Ciudad”. • Ley Autonómica Municipal GAMSCS Nº431/2016 Ley de Protección y Conservación del Agua. • Decreto Ley N° 12301 de Vida Silvestre, Parques Nacionales, Caza y Pesca. • Decreto Supremo Nº 24176 del 08 de diciembre de 1995. • Decreto Supremo N° 26736 del 30 julio 2002. • Decreto Supremo Nº 27562 del 09 de junio de 2004. • Decreto Supremo Nº 28592 de 17 de enero de 2006. • Decreto Supremo Nº 24453, 21 de diciembre de 1996. • Decreto Supremo N° 24781 de 31 de julio de 1997. • Decreto Supremo N° 091 del 22 de abril de 2009. • Decreto Supremo N° 28139 del 17 de mayo de 2005. • Decreto Supremo Nº 28499 del 10 de diciembre de 2005. • Decreto Supremo N° 3549 del 02 de mayo de 2018. • Decreto Supremo Nº 3856 del 03de abril de 2019. • La Resolución Administrativa ABT N° 171/2012, de fecha 14 de junio de 2012. • Resolución Administrativa ABT N° 199/2012, de fecha 17 de julio de 2012. • Resolución Administrativa N° VMAABCC 006/09 del 23 de abril de 2009. • Resolución Administrativa VMABCC N° 031/09, del 09 de Noviembre de 2009. • Resolución Administrativa VBRFMA N° 079/08 del 05 de septiembre de 2008. • Resolución Administrativa VMA Nº 025/2011 de 20 de julio de 2011. • Resolución Administrativa SDSyMA Nº 001/2012 del 02 de marzo de 2012. • Resolución Administrativa SDSyMA/DITCAM/ADEC/002/2012. • Resolución Administrativa SDSyMA Nº 003/2012 del 02 de marzo de 2012. 15 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Resolución Administrativa SDSyMA/DITCAM/005/2012. • Resolución Administrativa N° SDSyMA/DITCAM 012/2012. • Resolución Administrativa N° 010/2015 de fecha 31 de agosto de 2015. • Ordenanza Municipal Nº 031/2001. • Ordenanza Municipal Nº 033/2001. • Ordenanza Municipal Nº 037/2001. • Ordenanza Municipal Nº 017/2006. • Ordenanza Municipal Nº 091/2006. • Ordenanza Municipal Nº 044/2007. • Ordenanza Municipal Nº 056/2007. • Ordenanza Municipal Nº 003/2008. • Ordenanza Municipal Nº 088/2009. • Ordenanza Municipal Nº 150/2009. • Otras normativas de carácter nacional, departamental y municipal vigentes aplicables en materia. Para temas de Reducción del Riesgo y Atención de Desastres y/o Emergencias (SISRADE): • Ley No. 602 de Gestión del Riesgo del 14 de noviembre de 2014. • D.S. No. 2342 Reglamentario a la Ley No. 602 del 29 de abril de 2015. • RM No.122/2016 del Viceministerio de Defensa Civil - VIDECI (Manuales y Guías denominadas “Herramientas de Gestión de Riesgos”) del 29 de febrero de 2016. 4.2 Síntesis del Marco Legal En el siguiente cuadro se muestra una síntesis de la normativa nacional vinculada al Programa Ciudades Resilientes. Cuadro N° 3. Síntesis de la normativa nacional No. Normativa Fecha Descripción 1 Constitución Política del 09.02.2009 Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de Estado Plurinacional manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente, prevé como deber de los ciudadanos proteger y defender un medio ambiente adecuado para el desarrollo de los seres vivos. 2 LEY N° 777 Sistema de 21.01.2016 Tiene por objeto establecer el Sistema de Planificación Integral del Estado Planificación Integral del (SPIE), que conducirá el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien. Estado - SPIE Arts. 1, 10, 13, 16 y 17. 3 Ley N° 786 Plan de 09.03.2016 Está formulado dentro de los trece (13) pilares establecidos en la Agenda Desarrollo Económico y Patriótica del Bicentenario 2025, y se constituye en el Plan General de Desarrollo, establecido en el numeral 9 del Artículo 316 de la Constitución Social 2016-2020 Política del Estado. Arts. 1, 3 y 4. 4 Ley Nº 071, La Ley de 21.10.2010 El objeto reconocer los derechos de la Madre Tierra, así como las Derechos de la Madre obligaciones y deberes del Estado Plurinacional y de la sociedad para garantizar el respeto de estos derechos. / Arts. 1, 7, 8 y 9. Tierra 5 Ley Nº 300, Ley Marco 15.10.2012 Establece los derechos del Vivir Bien a través de un desarrollo integral, en de la Madre Tierra y armonía y equilibrio con la Madre Tierra, compatible e interdependiente 16 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Desarrollo Integral para con los demás derechos, relacionado con la interacción entre los seres Vivir Bien humanos y la naturaleza, dentro de la Ley Marco N° 071. Arts. 1, 3, 8, 9, 12, 16, 25, 27, 32 y 46. 6 Ley Nº 1333, de Medio 15.06.1992 Protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, Ambiente regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Arts. 1, 2, 5, 25, 38 y 79. 7 Ley Nº 1700 Forestal 12.07.1996 Normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país. Incluye los principios fundamentales del régimen forestal de la nación, para el otorgamiento y control de los derechos y patentes forestales. Arts. 1, 3, 4, 5, 12 y 16. 8 Ley N°755 de Gestión 28.10.2015 Establecer la política general y régimen jurídico de la Gestión Integral de Integral de Residuos Residuos, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura. 9 Ley Nº 3425 20.06.2006 Determina la competencia de los Gobiernos Municipales en el manejo de Aprovechamiento de los áridos o agregados, motivo por el cual se modifica y complementa el Código de Minería (Ley Nº 1777, de 17 de marzo de 1997), en su Artículo áridos y agregados 14, estableciéndose la exclusión de los áridos; 10 Ley de Aguas 26.10.1906 Establece que el agua pertenece al dueño de un predio las aguas pluviales que caen o se recogen en el mismo mientras discurran por él, y son de dominio público las aguas pluviales que discurran por torrente o canillas cuyos cruces sean del mismo dominio público. 11 Ley Nº 2066 de Agua 29.10.1999 Establece normas que regulan la prestación y utilización de los Servicios Potable y Alcantarillado de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, y el procedimiento para Sanitario. otorgar Concesiones y Licencias para la prestación de los servicios. 12 Ley N°530 del 23.05.2014 La Ley tiene por objeto normar y definir políticas públicas que regulen la Patrimonio Cultural clasificación, registro, restitución, repatriación, protección, conservación, Boliviano restauración, difusión, defensa, propiedad, custodia, gestión, proceso de declaratorias y salvaguarda del Patrimonio Cultural Boliviano. 13 Decreto Supremo N° 14.08.2013 Reglamentar el funcionamiento de la Autoridad Plurinacional de la Madre 1696, Reglamento de la Tierra, sus mecanismos de operación y la modalidad de fideicomiso del Fondo Plurinacional de la Madre Tierra. Ley Marco de la Madre Tierra Arts. 1, 3, 6 y 11. 17 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 14 Decreto Supremo N° 02.05.2018 Modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al D.S. 24176 y 3549 – modifica y al D.S. 28592, específicamente al Reglamento de Prevención y Control complementa RPCA5 Ambiental (RPCA), ajustando los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs), y sus niveles de categoría ambiental para las actividades, obras y proyectos según las Resoluciones Administrativas N°023 y 024del VMABCCGDF6. 15 Decreto Supremo Nº 3856 03.04.2019 Modifica el D.S. 3549, elimina el nivel de categoría ambiental 4 y modifica – modifica en Decreto los listados de niveles de categoría ambientales establecidos en las Supremo 3549 Resoluciones Administrativas Nº 23 y 24 del VMABCCGDF. 16 Decreto Supremo N° 19.10.2016 Reglamentar la Ley Nº 755, de Gestión Integral de Residuos, para su 2954 - Gestión Integral de implementación en observancia al derecho a la salud, a vivir en un ambiente Residuos sano y equilibrado, así como los derechos de la Madre Tierra. 5 Ver Anexo No. 3 : Decreto Supremo 3549, que modifica y complementa al Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA). 6 VMABCCGDF – Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos, y de Gestión y de Desarrollo Forestal. 18 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 17 Reglamento de La prevención y control de la contaminación hídrica, es de aplicación a Contaminación Hídrica. toda persona natural o colectiva, pública o privada, cuyas actividades industriales, comerciales, agropecuarias, domésticas, recreativas y otras, puedan causar contaminación de cualquier recurso hídrico, enmarcado dentro de los artículos 1 y 2 de este reglamento. 18 Reglamento General de Prevención y control de la contaminación hídrica, en el marco del Gestión Ambiental. desarrollo sostenible, el mismo es de aplicación a toda persona natural o colectiva, pública o privada, cuyas actividades industriales, comerciales, agropecuarias, domésticas, recreativas y otras, puedan causar contaminación de cualquier recurso hídrico 19 Decreto Supremo No. 12.07.1996 La conservación y el uso sostenible de los recursos naturales renovables, en 24453, Reglamento beneficio de las presentes y las futuras generaciones de bolivianos es parte de la función social de la propiedad. General de la Ley Forestal Arts. 2, 3, 25, 30 y 41. 20 Decreto Supremo Nº 03.08.1991 Se amplía el marco de aplicación de la pausa ecológica histórica a todos los 22884, Reglamento de La recursos naturales renovables del país, para elaborar la reglamentación respectiva para los recursos de flora, fauna, suelos, recursos hídricos, aire y Pausa Ecológica Histórica áreas protegidas. Sector Forestal Arts. 1, 8,10, 14, 15, 72, 91, 116 y 143. 21 NB 688 Diseño de 04.06.2014 El Ministerio del Agua, a través del Viceministerio de Servicios Básicos, Sistemas de Alcantarillado “Diseño de Sistemas de Alcantarillado Sanitario y Pluvial”, actualizada en base a los nuevos requerimientos del sector y los avances tecnológicos Sanitario y Pluvial desarrollados en Bolivia en los últimos años. 22 NB 689 Reglamento 11.12.2007 Este Reglamento se aplica a proyectos nuevos de diseño, ampliación, Técnico de Diseño para renovación y mejoramiento de Plantas Potabilizadoras de Agua, en ámbitos urbano, peri urbano, y rural, tomando en consideración sistemas Plantas Potabilizadoras de convencionales y de tecnología apropiada acorde a criterios de Agua sostenibilidad. 23 Resolución Ministerial 12.07.2012 Los Proyectos de Investigación; Programas de Puesta en Valor; Planes de Nº349/2012 Reglamento Manejo; Planes de Conservación; Programas de Preservación y Rescate Arqueológico (arqueología de salvamento); Proyectos de Evaluación de de Autorizaciones para Impacto Arqueológico; Programas de Promoción y Difusión y todo tipo de Excavaciones actividades que se ejecuten en sitios arqueológicos bolivianos. Arqueológicas 19 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 4.3 Marco Institucional para la gestión ambiental en Bolivia La gestión ambiental en Bolivia, actualmente está a cargo del Ministerio de Medio Ambiente y Agua a través del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal e instancias ambientales de los gobiernos departamentales con funciones y atribuciones específicas7. En el ámbito municipal los Gobiernos Autónomo Municipales a través de sus instancias ambientales: Cuadro N° 4. Marco Institucional de la gestión ambiental en Bolivia Institución Responsabilidad principal Ministerio de Medio Ambiente y Agua Máxima autoridad normativa en materia de medio ambiente. Tiene (MMAyA) como atribución el formular las políticas de planificación estratégica para el uso sustentable de los recursos naturales, y conservación del medio ambiente articulándolas con los procesos productivos y el desarrollo social y tecnológico, en coordinación con otros actores del órgano ejecutivo. Viceministerio de Medio Ambiente, Formular políticas para el aprovechamiento de la biodiversidad, el uso Biodiversidad y Cambios Climáticos y sostenible de los recursos forestales y conservación del medio ambiente, de Gestión y Desarrollo Forestal articuladas con los procesos productivos y el desarrollo social y (VMABCCGDF). tecnológico. Cuenta con tres Direcciones Generales: Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas (DGBAP), Dirección General de Gestión y Desarrollo Forestal (DGGDF), y la Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos (DGMACC). La/el viceministra/o es la Autoridad Ambiental Competente Nacional responsable de la prevención y control ambiental del país. Gobiernos Autónomos Departamentales Encargados de la promoción y conservación del patrimonio natural (GADs) departamental, reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos aprobadas por el Nivel Central y proteger y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre. El/la gobernador/a es la autoridad ambiental competente departamental responsable de la prevención y control ambiental en su jurisdicción. Responsables de la fiscalización y seguimiento ambiental en su jurisdicción territorial. 7 Gaceta Oficial de Bolivia, Decreto Supremo N° 29894, 07 de febrero de 2009. 20 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Gobierno Autónomo Municipal de Encargados de la preservación, conservación y protección del medio Santa Cruz (GAMSCSs) ambiente y recursos naturales, de las Áreas protegidas municipales. Además de la promoción y conservación del patrimonio natural municipal y de reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos. Responsable de la aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial y Manufaturero (RASIM). Responsables de la fiscalización y seguimiento ambiental en su jurisdicción territorial. Fuente: Elaboración PCR, 2019 - en base a normativa vigente. 4.4 Marco referencial internacional En el marco referencial internacional el abordaje de estos temas está asociado a diferentes ámbitos de trabajo. • Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Específicamente al objetivo 13 - Acción por el Clima y al objetivo 11 - Ciudad y Comunidades Resilientes. • Nueva Agenda Urbana - Hábitat III. • Marco Estratégico de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, específicamente con la Campaña Mundial Desarrollando Ciudades Resilientes8. • Convención Marco de las Naciones Unidas por el Cambio Climático. A partir de estos acuerdos, se han desarrollado un sin número de iniciativas para su implementación, con el desarrollo de proyectos, indicadores y herramientas asociadas a la Resiliencia Climática (RC). Cuadro N° 5. Síntesis de la normativa internacional No. Convenio, Fecha y Ratificado en Descripción u Objeto Acuerdo o Lugar de Bolivia9 Tratado Firma 1 Tratado de 03 de julio de 19 de julio de Promover el desarrollo armónico de la región amazónica y permitir Cooperación 1978 1979, con Ley una distribución equitativa de los beneficios de dicho desarrollo N° 16811 entre las partes contratantes. Amazónica Brasilia, Brasil 2 Carta Mundial de 28 de octubre 26 de febrero de Comprometer a los firmantes a mantener la preservación del medio La Naturaleza de 1982 1970 ambiente, el respeto por los distintos ecosistemas, disminuir la contaminación proveniente de las grandes industrias, conservar los Asamblea Con D.S. N° recursos naturales y a idear estrategias auto-sostenibles que ayuden General de la 09119 a impulsar el desarrollo económico. Organización de 8 Marco Estratégico de Sendai https://www.unisdr.org/files/43291_spanishsendaiframeworkfordisasterri.pdf 9 Observatorio ONU, 2018. Tratados internacionales ratificados por Bolivia, ver en: https://observatoriop10.cepal.org/es/countries/33/treaties. 21 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra las Naciones Unidas 3 Conferencia de 16 de junio de 03 de junio de Se centra en temas relacionados con la degradación ambiental y la Estocolmo sobre 1972 2003 contaminación trasfronteriza, en ese sentido se establece que la contaminación no reconoce los límites políticos o geográficos, y Medio Ambiente Estocolmo - afecta a los países y pueblos más allá de su origen. Suecia 4 Protocolo de 16 de 21 de diciembre Protección de la capa de ozono mediante la toma de medidas para Montreal septiembre de de 1998, con controlar la producción total mundial y el consumo de sustancias que Ley N° 1933 la agotan, con el objetivo final de eliminarlas, sobre la base del 1987 progreso de los conocimientos científicos e información tecnológica. Canadá, Con vigencia Montreal internacional 5 Convención de 09 de mayo de 25 de julio de Estabilizar las concentraciones de los Gases de Efecto Invernadero - las Naciones 1992 1994, con Ley GEI en la atmósfera a niveles que no existan interferencias Nº 1576 antropogénicas significativas, en el sistema climático. Evitar que el Unidas sobre el Nueva York, nivel del Cambio Climático impida un desarrollo económico Cambio Estados Unidos Con vigencia sustentable o comprometa la producción alimenticia. Climático internacional. 6 Conferencia de 05 de junio de 03 de octubre de Hace un llamado de atención generando un estado de preocupación las Naciones 1992 1994 por el estado actual del medio ambiente y reconoce la necesidad urgente de intensificar los esfuerzos a nivel mundial, regional y Unidas sobre Nairobi, Kenia nacional para protegerlo y mejorarlo. Medio Ambiente y Desarrollo 13 de junio 7 Cumbre para la 1992 Se aprueban tres grandes acuerdos: Tierra de 1992 − Programa 21: Plan de acción para promover el desarrollo Johannesburgo - sostenible. Suráfrica − Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. − Declaración de principios relativos a los bosques. 8 Protocolo de 11 de diciembre 22 de julio de Recomienda a los países que suscribieron a la convención sobre Kioto de 1997 Kioto, 1999, con Ley Cambio Climático a cumplir con los compromisos cuantificados de N° 1988 limitación y reducción de las emisiones de gases invernaderos. Japón Aplicar programas que mitiguen el cambio climático a través del Sin vigencia desarrollo limpio. internacional. 9 Cumbre de 11 de diciembre 17 de Establece medidas para la reducción de las emisiones de GEI a Clima en París de 2015 septiembre de través de la mitigación, adaptación y resiliencia de los ecosistemas a 2016 efectos del Calentamiento Global, su aplicabilidad sería para el año París, Francia 2020, cuando finaliza la vigencia del Protocolo de Kioto. 10 Convenio de 22 de marzo de 03 de octubre de Preservar la salud humana en la cual necesitaba de la ayuda en Viena 1985 1994 conjunto de diferentes naciones comprometidas a modificar los efectos nocivos que genera la capa de ozono. Viena - Austria 22 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 5 POLÍTICAS OPERACIONALES DEL BANCO MUNDIAL Y SU RELACIÓN CON EL PROGRAMA Las políticas operacionales de salvaguardas ambientales establecen los requerimientos de carácter ambiental para todas las operaciones financia das por el Banco. Las políticas operacionales de salvaguardas que se activaron para la ejecución del Programa Ciudades Resilientes son las siguientes: • Evaluación Ambiental - OP 4.01 • Hábitats Naturales - OP 4.04 • Manejo de Plagas - OP 4.09 • Recursos Culturales Físicos - OP 4.11 • Manejo de Bosques - OP 4.36 • Reasentamiento Involuntario – OP 4.12 • Aguas Internacionales – OP 7.50 Cuadro N° 6. Políticas operacionales activadas OP Políticas Operacionales Links http://siteresources.worldbank.org/OPSMANUAL/Resources/210384- 4.01 Evaluación Ambiental 1170795590012/OP401Spanish.pdf 4.04 Hábitats Naturales http://siteresources.worldbank.org/OPSMANUAL/Resources/210384- 1170795590012/op404Spanish.pdf 4.09 Manejo de Plagas http://siteresources.worldbank.org/OPSMANUAL/Resources/210384- 1170795590012/OP409Spanish.pdf 4.11 Recursos Culturales Físicos http://documentos.bancomundial.org/curated/es/814131468163455106 /Politica-de-salvaguardia-de-los-recursos-culturales-fisicos-guia 4.36 Manejo de Bosques http://siteresources.worldbank.org/OPSMANUAL/Resources/210384- 1170795590012/Spanish_OP436.pdf 4.12 Reasentamiento Involuntario 7.50 Aguas Internacionales https://policies.worldbank.org/sites/ppf3/PPFDocuments/2660090224b 0825462f9.pdf Fuente: Elaboración Propia (2019) El componente de Santa Cruz está relacionada a cada una de las políticas operacionales activadas. 5.1 Evaluación Ambiental - OP 4.01 La política de evaluación ambiental OP/BP 4.01 del Banco Mundial exige que todos los proyectos a ser financiados por el BM se sometan a una evaluación ambiental, con el fin de garantizar su solidez y sostenibilidad ambiental, y mejorar así el proceso de toma de decisiones. - Categorización de los Proyectos según la OP 4.01 El Banco Mundial clasifica los proyectos en cuatro categorías según el tipo, sensibilidad y escala del proyecto, así como la naturaleza y magnitud de sus posibles impactos: 23 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra - Categoría A: Un proyecto propuesto se clasifica en Categoría A, si es probable que tenga importantes impactos ambientales negativos que sean de índole delicada, diversa o sin precedentes. Estas repercusiones pueden afectar una zona más amplia que la de los emplazamientos o instalaciones en los que se realizan las obras físicas. - Categoría B: Un proyecto se clasifica en Categoría B, si sus posibles repercusiones ambientales en las poblaciones humanas o en zonas de importancia ecológica, son menos adversas que aquellas de los proyectos de Categoría A. Estos impactos son específicos en función del lugar, prácticamente ninguno es irreversible, y en la mayoría de los casos pueden adoptarse medidas de mitigación con mayor facilidad que los proyectos Categoría A. - Categoría C: Un proyecto propuesto se califica en categoría C, si es probable que tenga impactos ambientales adversos mínimos o nulos. - Categoría IF: Un proyecto propuesto se clasifica en “categoría IF” si implica la inversión de fondos del Banco a través de un intermediario financiero en proyectos que pueden tener repercusiones ambientales adversas. 5.2 Hábitats Naturales - OP 4.04 La conservación de hábitats naturales es esencial para el desarrollo sostenible a largo plazo, aplicando un criterio preventivo con respecto al manejo de los recursos naturales. En este sentido, el Banco respalda la protección, mantenimiento y rehabilitación de hábitats naturales y sus funciones, especialmente de hábitats naturales degradados y críticos. El Banco Mundial propicia que los proyectos consideren los puntos de vista, las funciones y los derechos de los grupos involucrados, incluidas las organizaciones no gubernamentales y las comunidades locales, especialmente si son poblaciones indígenas. Si los grupos involucrados se ven afectados por algún proyecto y están relacionados con hábitats naturales, se debe promover su participación en la planificación, diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de dichos proyectos. El Banco alienta a las instituciones gubernamentales a facilitar la debida información y los incentivos adecuados para proteger sus hábitats naturales. Adicionalmente, la Legislación Boliviana cubre la eventualidad de que un proyecto se localice dentro de áreas naturales protegidas. En las intervenciones previstas por el Programa, se tienen proyectos que están próximos hábitats naturales: Franja de protección Río Piraí de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. 5.3 Control de Plagas - OP 4.09 El Banco apoya una estrategia que promueve el uso de métodos de manejo integrado, como el control biológico o métodos ecológicos, prácticas de cultivo y uso de variedades agrícolas que resistan o toleren las plagas y reducir la dependencia de pesticidas químicos sintéticos para controlar las plagas que afectan la agricultura o la salud pública. Esta salvaguarda entrega criterios para la selección y uso de pesticidas y exige que éstos estén en conformidad con las normas de la OMS y la FAO. La política de plagas se activó debido a que pesticidas pueden ser necesarios para el control de plagas (como los roedores) durante las obras de drenaje del octavo anillo en Santa Cruz y potencialmente en inversiones en infraestructura y actividades de mejoramiento urbano en los otros subcomponentes. 5.4 Recursos Culturales Físicos - OP 4.11 El propósito de esta política operacional es asegurar que el patrimonio cultural sea identificado y protegido a través de las leyes nacionales para su protección y que se tenga la capacidad de identificar y proteger el mismo. 24 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra En este sentido, con fines preventivos se ha determinado activar la presente salvaguarda, debido que durante la ejecución de alguno de los proyectos podrían encontrarse hallazgos con valor cultural. 5.5 Manejo de Bosques - OP 4.36 La Política de Bosques tiene mucho traslape y las mismas exigencias que la Política de Hábitats Naturales OP 4.04. La Política de Bosques tiene requisitos adicionales para proyectos forestales, específicamente con (i) aprovechamiento de la madera de bosques naturales o (ii) establecimiento y manejo de plantaciones forestales. El cumplimiento de la OP 4.04 implica también el cumplimiento con la OP 4.36, a menos que el proyecto tenga apoyo para aprovechamiento maderero de bosques naturales o plantaciones forestales, opciones que no están previstas por el Programa. En el Programa debido a que se tienen intervenciones próximas al Bosque Ecológico de Protección del Río Piraí se activó la política operacional de Bosques 4.36 por ser necesaria la prevención respecto al manejo del Bosque en la franja de seguridad del Río Piraí en Santa Cruz de la Sierra. 5.6 Reasentamiento Involuntario – OP 4.12 El objetivo de la política es minimizar alteraciones perjudiciales en el modo de vida de las personas que viven en la zona de influencia del proyecto, evitando o disminuyendo la necesidad de desplazamiento físico, y asegurando que, en caso de ser necesario el desplazamiento, las personas sean tratadas de manera equitativa y, cuando sea factible, participen de los beneficios que ofrece el proyecto que requiere su reasentamiento. 5.7 Aguas Internacionales – OP 7.50 Cuando un proyecto probablemente involucre un tema de derechos de aguas internacionales, se debe identificar y evaluar lo antes posible la situación durante la etapa de identificación del Proyecto. Se describe la situación en todos los documentos del proyecto. Tan pronto como sea posible, el Banco aconseja al Estado comunique de la situación con el mayor detalle posible al a los países que podrían estar involucrados. Si el posible prestatario indica al Banco que no desea notificar, normalmente el propio Banco lo hace. Si el estado beneficiario también se opone a que el Banco lo haga, el Banco interrumpe el proceso de preparación del proyecto y a los Directores Ejecutivos interesados de la situación y de cualquier otra medida adicional tomada. La citada política ha sido activada en el programa por involucrar a los ríos Piraí, Orkojahuira, Irpavi y Cotauma, que son tributarios a cuerpos de agua considerados aguas internacionales por la política, como es el caso del rio Mamoré, como parte de la Cuenca Amazónica. Finalmente, se ha aprobado una excepción al requisito de notificación. 25 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6 GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROGRAMA 6.1 Categorización de los Subproyectos Como se mencionó anteriormente, el Programa Ciudades Resilientes ha sido clasificado dentro la Categoría B, por lo tanto, se debe asegurar que los subproyectos a ser financiados por el presente Programa esten enmarcados en la Categoria B o Categoria C del Banco. NO se financiarán subproyectos que el Banco Mundial considere como Categoría A que son los de alto impacto ambiental (el anexo 8 contiene una lista de exclusión de proyectos que no podrán ser financiados por el presente Programa por la posibilidad de ocasionar altos impactos ambientales y poder ser considerados como Categoría A para el Banco). Es necesario aclarar que la categoria ambiental dada por el Banco, responde también a criterios sociales, por lo tanto, para llegar a una categorización final del proyecto, debe considerarse también los criterios sociales y otros establecidos en el Marco de Gestion Social para el Gobierno Autónomo de Santa Cruz del presente Programa y en las políticas del Banco. 6.2 Evaluación Ambiental de los subproyectos Como se ha mencionado anteriormente, el GAMSCS ha priorizado la ejecución de los siguientes proyectos dentro del PCR: 1) Canal Emisario 8vo anillo sur oeste y mejoramiento de espacio público; 2) Parque Ecológico Metropolitano - Resiliente Rio Piraí (4.2KM); 3) Red de Ciclovía Sostenible Ecológica y Resiliente - 65 km; 4) Obras de Regeneración Urbana Zona Central, que representan intervenciones de Obras hidráulicas, Construcciones de pasarelas, Parques lineales, Paseos, Ciclovías y Obras de mejoramiento urbano. Por los posibles impactos ambientales que podrían producir los citados proyectos, principalmente durante la etapa de ejecución, se categorizan preliminarmente como Categoría B y requerirán de una Evaluación Ambiental de Sitio Específico (EASE) que confirme la categorización e identifique los impactos negativos potenciales y se planteen las correspondientes medidas de mitigación ambiental a ser ejecutadas, definiéndose las responsabilidades para la gestión ambiental y el presupuesto de mitigación y monitoreo ambiental. La EASE es una evaluación de impacto ambiental del proyecto a ejecutar, realizada en el marco de la OP 4.01 Evaluación Ambiental que exige que todo proyecto propuesto para ser financiado por el Banco se someta a una evaluación ambiental para garantizar su solidez y sostenibilidad ambiental, y mejorar así el proceso de toma de decisiones. El EAES contendrá la descripción del subproyecto a diseño final, las alternativas, el contexto ambiental, identificación de los impactos negativos potenciales (incluido indirectos y acumulativos), la descripción de los Planes de Gestión Ambiental requeridos, así como también Planes de Seguridad y Salud Ocupacional, Planes de Contingencia y Plan de Hallazgos fortuitos de Patrimonio Cultural, de ser necesario. El contenido de la EASE se encuentra en el Anexo 5. En el caso de que el GAMSCS eventualmente priorice otros subproyectos a ser financiado por el PCR, se deberá tomar en cuenta lo establecido en el presente MGA. De presentarse subproyectos de ampliaciones y rehabilitaciones de pequeña magnitud y con impactos mínimos, se podrá aplicar el Manual de Buenas Prácticas Ambientales que se encuentra en el Anexo 6 de este MGA. Este Manual contienen medidas de mitigación ambiental que deben ser implementadas en estos proyectos a fin de evitar o disminuir el impacto ambiental de las actividades a desarrollar en la etapa de construcción. Cabe señalar que cuando un proyecto contemple la ejecución de varios tipos de obras (construcción nueva, ampliación y/o rehabilitación) se deberá tomar en cuenta la actividad susceptible de causar impactos ambientales de mayor magnitud dentro de lo que es la categoría B, para determinar si se deberá elaborar una EASE o aplicar el Manual de Buenas Prácticas Ambientales. 26 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6.3 Licenciamiento Ambiental de los Subproyectos Los subproyectos que se ejecuten con la cartera del PCR deberán a su vez contar de forma previa a su implementación con su correspondiente licencia ambiental. En el caso de proyectos que sean considerados con un nivel de categoría ambiental 4 se deberá proceder conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 3856 del 2 de abril de 2019. Se aclara que los niveles de categoría definidos en la normativa ambiental vigente para los subproyectos a ser financiado por el PCR, no guardan ninguna relación con la categorización que utiliza el Banco Mundial para los proyectos, ni con sus requerimientos específicos que están establecidos en sus políticas operacionales y en este MGA, por lo que el ejecutor de los proyectos deberá dar cumplimiento por un lado a la normativa ambiental nacional y por otro lado a los compromisos ambientales establecidos en este MGA que responden a las salvaguardas ambientales del Banco. 6.4 Responsabilidades de la Unidad Ejecutora del Programa para la gestión ambiental Para la ejecución de cada proyecto, la UEP en calidad de ejecutor tiene las siguientes responsabilidades: • Deberá verificar la existencia de un proyecto a diseño final, incluida su licencia ambiental. • No se podrá iniciar la ejecución del proyecto sin Licencia Ambiental otorgada por la AACD10. • Deberá identificar en base a lo establecido en la sección 6 del MGA, si el proyecto requiere o no de una Evaluación Ambiental de Sitio Específico – EASE. • En caso de que el proyecto a ejecutar requiera de una EASE, solicitará a la Secretaría Municipal Ejecutora del proyecto la realización de la misma a través de su Especialista Ambiental u otro personal que se requiera. • Debará revisar el documento de Evaluación Ambiental de Sitio Específico – EASE, para su posterior remisión al Banco Mundial para su no objeción y publicación. • Revisar y complementar el Manual de Buenas Prácticas Ambientales (Anexo 6) para cada proyecto a ser implementado en función a las características del diseño final. 7 ARREGLOS INSTITUCIONALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PROYECTOS11 Para la ejecución del Programa Ciudades Resilientes el Gobierno Autonomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ha considerado el establecimiento de una Unidad Ejecutora del Programa (UEP), que será la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas. La UEP ejecutará los procesos de adquisiciones y contrataciones, la gestión financiera, las salvaguardas sociales y ambientales, la contratación de empresas constructoras y la supervisión para los proyectos. Asi mismo el GAMSCS trabajará en la socialización y comunicación con los beneficiarios, de manera previa y durante la implementación de los proyectos, además de ser la responsable a través de las Secretarías Municipales de acuerdo a sus competencias, de las etapas de operación y mantenimiento de los proyectos una vez terminada la etapa de construcción. 10 AACD: Autoridad Ambiental Competente Departamental 11 Estos arreglos reflejan los acuerdos institucionales previstos a la fecha, al ser un programa en construcción, esta sección puede variar al finalizar el periodo de negociación del Programa. 27 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 7.1 Descripción de la Unidad Ejecutora del PCR La Unidad Ejecutora del Programa (UEP) tendrá la responsabilidad de la gestión del PCR, asegurando la disponibilidad oportuna de la transferencia de fondos a los contratistas, implementando los instrumentos de salvaguardas pertinentes (marcos de gestión ambiental y social, el marco de la política de reasentamiento, evaluaciones ambientales de sitio especificos, los planes de acción medioambientales y el Manual de Buenas Prácticas Ambientales). La UEP garantizará la difusión y consultas de los proyectos a la comunidad, el mantenimiento de cuentas de los proyectos y producción de reportes financieros, monitoreo y evaluación de la implementación del programa, impactos e informes de resultados a las partes interesadas claves. 7.1.1 Características operativas de la UEP La Unidad Ejecutora del Programa (UEP) tendrá las siguientes características: ✓ Será una Unidad de ejecución, seguimiento y evaluación. ✓ Estará bajo dependencia directa del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. ✓ Contará con un Coordinador de Programa. ✓ Estará conformada por un equipo técnico especializado, (hasta el cierre administrativo, financiero y auditorías del proyecto), con responsabilidad directa en la administración de recursos económicos, de tal manera que se cumplan los objetivos establecidos en el Programa y de forma específica con el Marco de Gestión Ambiental y cada EASE que se genere. 7.1.2 Objetivo General de la UEP La Unidad Ejecutora del PCR de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, tendrá el objetivo de la ejecución de las obras y la realización de los actos administrativos, financieros y legales que corresponda, y el cumplimiento de las salvaguardas ambientales y sociales. 7.1.3 Objetivos Específicos de la UEP a) Administrar los recursos financieros destinados a la ejecución de obras en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en términos de eficacia, eficiencia, economía y transparencia, orientados al logro de los resultados. b) Coordinar con las diferentes reparticiones municipales relacionadas al PCR y otras organizaciones sociales, necesarias, para el logro de los objetivos de los proyectos que se implementarán. c) Realizar la contratación de bienes y servicios necesarios para su funcionamiento y en cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades, en el marco de la normativa. d) Velar por el cumplimiento del Marco de Gestión Ambiental y EASE que se requieran en los subproyectos. 7.1.4 Responsabilidades generales de la UEP a) Gestión de los procesos de contratación de obras, bienes y servicios de acuerdo a la normativa vigente, así como del personal y de los equipos necesarios para su funcionamiento. b) Control al desempeño de las empresas encargadas de la construcción de las obras del PCR, en base a los contratos suscritos con los mismos. c) Realización de todas las actividades técnicas, administrativas, financieras, jurídicas, ambientales y sociales que permitan viabilizar la ejecución de los componentes del Programa. 28 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra d) Establecimiento de un registro ordenado, físico e informatizado de todas las operaciones técnicas, legales, administrativas, financieras, ambientales y sociales, relacionadas con los proyectos, para lo cual deberán generar mecanismos de archivo y custodia. e) Establecimiento de mecanismos de control y seguimiento continuo para la correcta administración y destino de los recursos económicos. f) Seguimiento a las garantías de ejecución de obras, (póliza, boleta de garantía de anticipo y buena ejecución de obra y otras que corresponda). g) Elaboración de estados de ejecución presupuestaria de los recursos financieros asignados anualmente y durante toda la vigencia del Programa. h) Presentación de informes de avance físico y financiero de manera mensual al Banco Mundial. i) Implementación del Marco de Gestión Ambiental (MGA) j) Presentación de informes semestrales de cumplimiento de las salvaguardas ambientales al Banco Mundial y otros que sean requeridos. k) Otras atribuciones que sean encomendadas por el inmediato superior. 7.1.5 Estructura Organizacional de la UEP Con el fin de asegurar la funcionalidad del Programa de Ciudades Resilientes, se plantea la siguiente estructura organizacional preliminar: Figura N° 2 Organigrama de la Unidad Ejecutora del Programa – UEP En la estructura organizativa de la UEP se ha previsto un especialista del área ambiental que se encargará de la gestión ambiental del Programa para coadyuvar al cumplimiento de las salvaguardas ambientales del Banco Mundial, así como al cumplimiento de la normativa ambiental nacional y los compromisos de las licencias ambientales. 29 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra A su vez las Secretarias Municipales Ejecutoras de los proyectos tendrán sus especialistas ambientales que serán responsables, en la etapa de ejecución de los proyectos, de fiscalizar a las empresas contratistas, la implementación de las medidas ambientales previstas en las EASE, Manual de Buenas Prácticas Ambientales y licencias ambientales. Así mismo serán responsables de enviar informes periódicos a la UEP sobre el desempeño ambiental de los proyectos. 7.2 Roles y responsabilidades de los actores para la implementación de la gestión ambiental12 En esta sección se describen los arreglos institucionales para la implementación de las salvaguardas ambientales en función a la estructura organizacional preliminar de la UEP. a. La Unidad Ejecutora del Programa (UEP), en calidad de ejecutor velará por el cumplimiento de todos los compromisos establecidos en el Convenio de Préstamo con el BM, incluyendo los aspectos ambientales establecidos en el presente Marco de Gestión Ambiental (MGA), además que realizará el seguimiento y control del avance físico/financiero y control de calidad de obra, garantizando el cumplimiento de los compromisos ambientales aprobados en la licencia ambiental y los requerimientos de salvaguardas del BM que se encuentran en el presente MGA y EASEs. El Especialista Ambiental de la UEP será el encargado de velar por el cumplimiento de las salvaguardas ambientales ante el Banco Mundial. El responsable de última instancia será el Coordinador de la UEP. El Especialista Ambiental de la UEP es el responsable de la inclusión de los compromisos ambientales aprobados en la licencia ambiental y de los requerimientos de las salvaguardas del BM en el Documento Base de Contratación (DBC) para las empresas constructoras y de supervisión de obras y los remitirá al Especialista en Adquisiciones de la UEP. Una vez recibido el DBC con la inclusión de los requerimientos ambientales, el Especialista en Adquisiciones de la UEP se encargará de colgar el Documento Base de Contratación en el Sistema de Contrataciones Estatales - SICOES. El Especialista Ambiental de la UEP revisarsá y aprobará los EASE elaborados por los Especialistas Ambientales de las Secretarias Municipales Ejecutoras de los proyectos y los remitará al BM para su No Objeción y publicación. El Especialista Ambiental de la UEP revisará y complementará el Manual de Buenas Prácticas Ambientales para cada proyecto a ser implementado en función a las características del diseño final. El Especialista Ambiental de la UEP realizará inspecciones de sitio en los proyecto para evaluar el desempeño ambiental de los proyectos. b. Las Secretarias Municipales del GAMSCS con competencias en las temáticas del Programa serán las ejecutoras de los proyectos propuesto para el PCR. 12 Para más detalle del responsabilidades de los Actores, ver el Anexo 7. 30 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Los Especialistas Ambientales de las Secretarias Municipales ejecutoras de los proyectos serán los encargados de la elaboración de las Evaluaciones Ambientales de Sitio Específico (EASE). Los Especialistas Ambientales de las Secretarias Municipales Ejecutoras de los proyectos realizarán la fiscalización del cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en los compromisos de las licencias ambientales, los planes de gestión ambiental de los EASE y Manual de Buenas Prácticas Ambientales cuando corresponda, y elaboraran informes de cumplimiento ambiental que los remitirán al Especialista Ambiental de la UEP. El Especialista Ambiental de la UEP en base a los informes que reciba y verificaciones de sitio que podrá realizar, elaborará los informes ambientales semestrales para el Banco Mundial. c. El Supervisor de obra: La empresa contratada por la UEP para la supervisión, velará por que el contratista realice la adecuada implementación de los ítems de obra y planes de gestión ambiental, proponiendo medidas correctivas en el caso que el proyecto así lo requiera y garantizando el cumplimiento de los compromisos ambientales aprobados en la licencia ambiental y los planes de la EASE, así como con el Manual de Buenas Prácticas Ambientales. Para efectos del Programa, se prevé que cada proyecto cuente con el supervisor ambiental respectivo. d. La Empresa Contratista, será responsable de la construcción de las obras civiles de los proyectos. Además, contará con el profesional ambiental a cargo de la implementación de los ítems ambientales aprobados según contrato que corresponden al cumplimiento de los compromisos de la licencia ambiental y con los planes ambientales de la EASE, así como con el Manual de Buenas Prácticas Ambientales. Elaborará informe ambientales mensuales e informes trimestrales consolidados que serán enviados a la supervisón y a la fiscalización ambiental. e. La Fiscalización, estará a cargo de los Especialistas Ambientales de las Secretarias Municipales Ejecutoras de los proyectos, quienes verificarán la buena ejecución de las obras y la correcta implementación de las salvaguardas ambientales del Programa y de los compromisos de las licencias ambientales. Elaboraran informes mensuales que serán enviados a la UEP. f. El Banco Mundial, dará su No Objeción al Marco de Gestión Ambiental (MGA), las Evaluaciones Ambientales de Sitio Específico (EASE) y el Manual de Buenas Prácticas Ambientales, si es que ha tenido alguna actualización por parte de la UEP de acuerdo a las necesidades de los proyectos para mitigar sus impactos ambientales. Cuadro N° 7. Implementación de la Gestión Ambiental Actividad Responsable • EN GENERAL 1. Se responsabiliza del cumplimiento del MGA, cumplimiento de las EASE y del Manual de Buenas Prácticas Ambientales, así como de su UEP actualización para cada proyecto ante el Banco Mundial. • ETAPA DE LICITACIÓN 31 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2. Verifica que se cuente con licencias ambientales, así como con los Planes y Programas Ambientales obtenidos durante el trámite ante la AACD. UEP 3. Elaboración de documentos de Evaluación Ambientales de Sitio Específico (EASE) para los proyectos en base al contenido establecido en el Anexo 5 Secretarias Muncipales de este MGA. Ejecutoras de proyectos 4. Actualización del Manual de Buenas Prácticas Ambientales (Anexo 6). 5. Aprobación de los documentos de Evaluación Ambiental de Sitio Específico (EASE). BM 6. Divulgación de los EASE tanto en la página del GAMSCS como en la página web del Banco Mundial UEP/BM 7. Incorporación en los DBC de obra y supervisión, los compromisos ambientales aprobados en la licencia ambiental y de los requerimientos de UEP las salvaguardas del BM especificados en los EASE para la obligatoriedad para la implementación y reporte. • ETAPA DE EJECUCIÓN 8. Implementación de los planes de gestión ambiental para cumplimiento con las salvaguardas del BM especificados en los EASE y de las medidas ambientales aprobadas en la licencia ambiental para cada proyecto. Empresa Contratista Elaboración de informes ambientales mensuales y consolidados trimestrales. 9. Seguimiento y control de avance y control de calidad ambiental, Elaboración de informes ambientales mensuales y consolidados Empresa Supervisora externa trimestrales. Secretarias Muncipales 10. Fiscalización ambiental Ejecutoras de proyectos 11. Socialización de las medidas contenidas en el EASE UEP - GAMSCS Secretarias Muncipales 12. Elaboración de informes de cumplimiento ambiental mensuales Ejecutoras de proyectos 13. Elaboración de Informes Ambientales Semestrales para el Banco Mundial UEP 14. Elaboración de Informe de Cierre Ambiental para el Banco Mundial UEP 7.3 Instrumentos de Seguimiento y Monitoreo e Informes La UEP deberá elaborar y presentar al Banco Mundial de forma semestral, informes ambientales, dentro de los treinta (30) días siguientes a la finalización de cada semestre. Dichos informes deberán contener al menos los siguientes aspectos: 1. Introducción y Antecedentes del período, sección donde debe describirse de forma sucinta las situaciones más importantes que ocurrieron en el periodo. 2. Datos Generales de los Proyectos, donde debe registrarse la información relativa a la operación aprobada por el Banco, el periodo que abarca el informe semestral, el responsable de su elaboración y la calificación del desempeño ambiental que el programa en su conjunto ha alcanzado. 3. Logros en el periodo, donde deben detallarse los logros técnicos, así como aquéllos alcanzados en los planes de gestión ambiental asociados a los proyectos en el periodo en cuestión. 4. Descripción del avance físico – financiero de las medidas ambientales en estado de ejecución de los proyectos. 32 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 5. Hallazgos principales, donde deberá registrarse los eventos o situaciones más importantes acaecidas durante el periodo, incluyendo impactos ambientales directos y de ser necesarios indirectos y acumulativos, tanto los previstos durante la preparación de los proyectos, o en su defecto, de los nuevos impactos que no fueron previstos y medidas ambientales aplicadas. Si durante la ejecución de los proyectos se identificase nuevos impactos ambientales que no hayan sido previstos en la EASE, se deberá informar inmediatamente a la UEP y esta al Banco para su consideración. 6. Estado de cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Licencias Ambientales, y la Evaluación Ambiental de Sitio Específico y otros permisos, donde debe resumirse la disposición pertinente, el estado de cumplimiento y detallar si en el periodo de análisis se han producido sanciones al proyecto por parte de las autoridades ambientales. 7. Estos informes deberán contemplar: a. Estado de Cumplimiento de los Planes Ambientales asociados a cada proyecto. b. Estado de cumplimiento de medidas establecidas para el manejo de pasivos ambientales, de haberse identificado. c. Estado de Cumplimiento de los Acuerdos o Compromisos asumidos durante la preparación o implementación del proyecto d. Desempeño Ambiental y de Salud y Seguridad Ocupacional, que pretende evaluar el estado del desempeño de los proyectos en lo que respecta a temas ambientales y de salud y seguridad ocupacional. 8. Problemas Encontrados en el Presente Periodo. En esta sección debe detallarse para cada proyecto cualquier problema que signifique un obstáculo para cumplir con los objetivos ambientales buscados, así como sus causas y el detalle de las acciones que han sido tomadas para corregir la situación advertida. 9. Conclusiones, Recomendaciones y próximos pasos para el siguiente período. De manera muy sucinta, deben describirse lo que se espera en términos ambientales para el siguiente período de análisis. Asimismo, se debe informar de los accidentes graves, con tiempo de trabajo perdido, accidentes leves, incidentes. La investigación de dichos accidentes y las acciones tomadas. Si durante la ejecución de los proyectos se suscitase accidentes graves, se deberá informar inmediatamente al Banco para su consideración. 7.4 Consulta Informada Considerando la Política de Acceso a la Información la Salvaguarda de “Participación de las Partes Interesadas y Divulgación de Información”, el Banco Mundial requiere que se realice por lo menos una consulta durante la preparación de los proyectos y de forma previa al inicio de obras. El propósito central del proceso de consulta es conocer las percepciones, expectativas, preocupaciones y recomendaciones ambientales de la población sobre los proyectos de manera que estas inquietudes se puedan incorporar en su diseño de las medidas de prevención y mitigación ambiental, contribuyendo a su viabilidad socio ambiental. El Programa Ciudades Resilientes responde a la Categoría B según las directivas operacionales del Banco, debido a que sus impactos son específicos en función del lugar, prácticamente ninguno es irreversible. Durante 33 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra la etapa de ejecución de los proyectos, se deberá realizar la socialización de las medidas ambientales identificadas en el documento de Evaluación Ambiental de Sitio Específico (EASE). Dicha actividad podrá estar articulada entre salvaguardas ambientales y sociales para llegar a la población beneficiada y alcanzar los siguientes resultados: ✓ Socialización de los principales impactos directos, indirectos y acumulativos ambientales y sociales, ✓ Socialización de las medidas de manejo ambiental y social propuestos. ✓ De ser aplicable, se hará una presentación de los principales impactos y medidas de mitigación contenidas en las EASE, las Evaluaciones Sociales y en los Planes de reasentamiento. 34 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 8 PRESUPUESTO El GAMSCS se encuentra en proceso de elaboración del presupuesto para el PCR a través de las Secretarias Muncipales que ejecutarán los proyectos inicialmente priorizados a través de la Secretaría de Administración y Finanzas como UEP. El presupuesto preliminar destinado a las obras de infraestructura de los tres subcomponentes, que son: 1) Infraestrutura y Espacio Público Resiliente, 2) Mejoramiento Urbano y Movilidad y 3) Gestión de Programa, asciende a 50.028.432 dólares, como se muestra en la tabla a continuación. Cuadro N° 8. Presupuesto síntesis del PCR para la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra COMPONENTES DEL Proyecto / Subcomponente Costo USD PROGRAMA 1.1 Inversión 30.854.659,01 Canal Emisario 8vo sur oeste y mejoramiento de espacio publico. 23.462.840,00 Parque Ecologico Metropolitano - Resilente Rio Piraí (4.2KM) 7.391.819,01 Infraestructura resiliente y 1. 1.2 Asistencia Técnica 3.434.522,46 Espacio Urbano Plan de Manejo Integral de Parques Urbanos en la franja de 200.000,00 protección ecológica del Rio Piraí Sistema Gestión de Riesgos y Alerta Temprana por inundaciones 3.234.522,46 2.1 Inversión 12.772.160,35 Red de Ciclovía Sostenible Ecologica y Resiliente 65 km 6.497.160,35 Mejoramiento Urbano y 2. Obras de Regeneración Urbana Zona Central 6.275.000,00 Movilidad 2.2 Asistencia Técnica 500.000,00 Plan Maestro De Transporte No Motorizado 500.000,00 3.1 Fortalecimiento Institucional 2.467.090,53 Diseño e implementación de estrategia comunicacional 850.000,00 3. Gestión de Programa Auditorías 300.000,00 Personal eventual especialista y otros 743.756,27 Gastos Operativos y de funcionamiento 573.334,26 FINANCIAMIENTO 50.028.432,35 Este presupuesto síntesis engloba tanto los costos de obra, administración y gestión ambiental, cuyo desglose esta aún en proceso de elaboración, por lo que se asume preliminarmente en base a la experiencia en otros proyectos similares que la gestión ambiental del PCR tendrá un costo del 1,5% del total de presupuesto previsto, no como presupuesto adicional, si no como parte del mismo. Este 1,5% para la gestión ambiental del programa corresponde a 750.426 dólares. El presupuesto destinado a la gestión ambiental del PCR cubrirá los costos para el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación ambiental y en el plan de seguimiento ambiental que se vayan a prever en las licencias ambientales de los proyectos a ejecutar, así como la implementación de las medidas ambientales previstas en los planes de gestión ambiental de las EASE que sean complementarias a las establecidas en las licencias ambientales y que permitan cumplir con los requerimientos de las salvaguardas ambientales activadas para el PCR que son parte del presente MGA. Así mismo el presupuesto para la gestión ambiental contempla la aplicación del Manual de Buenas Prácticas Ambientales. 35 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra En este sentido se presenta el siguiente desglose preliminar: CONCEPTO USD. 350.199 Implementación PPM – PASA de los 4 proyectos 400.227 Implementación de Planes de Gestión Ambiental EASE y Manual de Buenas Prácticas Ambientales TOTAL GESTIÓN AMBIENTAL 750.426 .- 36 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 9 ANEXOS 9.1 Anexo No. 1 : Caracterización del Municipio 9.2 Anexo No. 2: Normativa Ambiental 9.3 Anexo No. 3: Decreto Supremo 3549 9.4 Anexo No. 4: Decreto Supremo 3856 9.5 Anexo No. 5: Contenido de la Evaluación Ambiental de Sitio Específico – EASE 9.6 Anexo No. 6: Manual de Buenas Prácticas Ambientales 9.7 Anexo No. 7: Responsabilidades de los actores para la implementación de la gestión ambiental 9.8 Anexo No. 8: Lista de exclusiones de Proyectos 37 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 10 BIBLIOGRAFÍA Martija Martinez, M. 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Plan Integral de Desarrollo Integral para el Municipio de Santa Cruz de la Sierra 2016 - 2020. 38 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 1: CARACTERIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Caracterización del Municipio de Santa Cruz de la Sierra y riesgos por el cambio climático 1.1 Ubicación geográfica La ciudad de Santa Cruz de la Sierra se encuentra en el oriente boliviano, en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez, es la Sección Capital, y está conformada por los siguientes Cantones: Santa Cruz de la Sierra, El Palmar del Oratorio, Paurito y Montero Hoyos La ciudad está a 417 metros de altura sobre el nivel del mar, con vientos dominantes cálidos del noroeste y vientos fríos del sur durante el invierno. La temperatura media es de 25° centígrados. Las precipitaciones pluviales están en el orden de los 1.100 milímetros. 1.2 División Política Administrativa En el marco del Plan Director (PLOT 2005) Plan de Ordenamiento Territorial aprobado mediante Ordenanza Municipal N°78/2005, la ciudad de Santa Cruz de la Sierra se divide en 12 Distritos Urbanos, con 1 Distrito Industrial y 3 Distritos Rurales (Palmar de Oratorio, Paurito y Montero Hoyos), con una proyección de 4 Futuros Distritos Urbanos (D.M. 13, 14, 15 y 16), los cuales no llegaron a consolidarse. En este sentido en la actualidad se cuenta con 12 Distritos Urbanos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12; 3 Distritos Rurales: 13 (Palmar del Oratorio), 14 (Paurito) y 15 (Montero Hoyos), cabe resaltar que el Distrito Municipal 13 cuenta con una parte dentro del área urbana y otra en el área rural, y finalmente con 1 Distrito Industrial dentro del área urbana. A su vez, los Distritos Urbanos se dividen en Unidades Vecinales (UV) conformadas por Juntas Vecinales y Barrios. Urbanísticamente está formada por 12 anillos concéntricos distanciados entre uno y tres kilómetros entre sí. 1.3 Población y características Datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística en el Censo de Población y Vivienda del año 2012, señalan un total de 1.454.539 habitantes dentro del Municipio de Santa Cruz de la Sierra; de los cuales: • 721.661 habitantes de sexo masculino. • 732.878 habitantes de sexo femenino. Habitantes de nacionalidad Boliviana del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, pertenecientes a una nación o pueblo indígena: • 1067,225 Hab. dicen no pertenecer a una nación o pueblo indígena. • 291,716 Hab. dicen si pertenecer a una nación o pueblo indígena. • Habitantes del Municipio de Santa Cruz, en el rango de edad de 20 a 39 años, con un total de 524.059 habitantes; donde: • 265.529 Hab. de sexo femenino de edad entre 20 a 39 años. • 258.530 Hab. de sexo masculino de edad entre 20 a 39 años. Es importante señalar que el rango de edad comprendido entre los 6 a 19 años ocupa el segundo lugar en cuanto al grueso de habitantes, con un total de 415.406; de los cuales: • 207.152 Hab. de sexo femenino de edad entre 6 a 19 años. Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • 208.254 Hab. de sexo masculino de edad entre 6 a 19 años. 1.4 Áreas Protegidas y Unidades de Conservación del Patrimonio El departamento de Santa Cruz cuenta con la presencia de Unidades de Conservación del Patrimonio Natural, Áreas Protegidas de carácter nacional y municipal, además de áreas protegidas privadas y otras unidades de importancia para la conservación, como son los sitios Ramsar y las Áreas de Importancia Biológica para la Conservación de Aves (denominadas IBAs), conjunto de sitios que resaltan la importancia del departamento en términos de su valor ecológico. El año 2015 a través de la Ley Departamental Nº 98 de Conservación del Patrimonio Natural, se crea el Sistema Departamental de Conservación del Patrimonio Natural SISDEPAN (Art. 21 de la Ley Nº 98) con la finalidad de conservar muestras representativas del patrimonio natural y lograr una gestión integral y ecosistémica del mismo, constituido por las especies nativas de origen animal y vegetal, así como los recursos genéticos y microorganismos que se encuentren en los diferentes ecosistemas y aquellos espacios territoriales de conservación del departamento de Santa Cruz existentes y priorizados. El Municipio de Santa Cruz de la Sierra cuenta con tres Áreas Protegidas: 1) Parque Regional Lomas de Arena (408,831 hectáreas), 2) Parque de Protección Ecológica del Rio Piraí (1.534 hectáreas y 23 km. de ribera), 3) Área Protegida Municipal Parque de Preservación Ecológico Curichi La Madre (49 hectáreas y 443 especies protegidas de flora y fauna). (Cuadro N° 35). Cuadro N° 1. Municipio de Santa Cruz de la Sierra: Áreas Protegidas Nombre Superficie (Ha) Categoría Parque Regional Lomas De Arena 14.075,90 Parque Departamental y Área Natural de Manejo Integral Parque de Protección Ecológica del 1.534 Área Protegida Municipal Rio Piraí Área Protegida Municipal Del 49,87 Área Protegida Municipal Parque Urbano De Preservación Ecológica Curichi La Madre Fuente: PTDI, Datos de la Secretaría Municipal de Medio Ambiente 1.5 Normativa Jurídica Sobre Rio Piraí – Santa Cruz Ley Nº 416 de 30 de septiembre de 2013, señala en el artículo 1º Se declara Patrimonio Nacional, Cultural y Turístico del Estado Plurinacional de Bolivia, a las “Cabañas del Río Pirai” del Departamento de Santa Cruz, asimismo en el artículo 2º establece que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, queda encargado de la difusión de las costumbres tradicionales y control del expendio de comidas típicas en el área de las “Cabañas del Río Pirai”, en el marco de sus competencias 1. Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000 2, el cual el artículo primero dispone que se Declara “Patrimonio Histórico y Natural”, la Cuenca del Río Piraí en toda su extensión en el Departamento de Santa Cruz, en consideración a que constituye un referente importante de su historia, fuente de su acervo cultural y recreación de las sucesivas generaciones; así como de prioridad nacional la valorización, protección y restauración del ecosistema, conformado por sus aguas, riberas, bosques, suelo, subsuelo, biodiversidad, paisajes que conforman los márgenes del río Piraí y sus restos arqueológicos, paleontológicos, así como la utilización 1 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 416 de 30 de septiembre de 2013. 2 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000. Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra sostenible, racional y óptima de sus recursos naturales, el control de la contaminación y el restablecimiento de su equilibrio ecológico. Ley Nº 2913, 18 de noviembre de 2004 3, en el artículo 3°, establece como objetivo de la Ley la necesidad de Declarar como “Parque Ecológico Metropolitano Piraí” a todas las riberas del río Piraí ubicadas en los municipios de la metrópoli del Departamento de Santa Cruz: Santa Cruz de la Sierra, Montero, Warnes, Porongo, La Guardia y El Torno; entendiendo por ribera el área de protección cuyo aprovechamiento se debe limitar a fines de recreación, educación e investigación. Ley Nº 1037, 28 de marzo de 2018 4, en el artículo 1°.- Se modifica el Artículo Segundo de la Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000, con la siguiente redacción: "ARTÍCULO SEGUNDO.- I. Declárase de prioridad nacional la valorización, protección y restauración del ecosistema, conformado por sus aguas, riberas, bosques, suelo, subsuelo, biodiversidad, paisajes que conforman los márgenes del Río Pirai y sus restos arqueológicos, paleontológicos, así como la utilización sostenible, racional y óptima de sus recursos naturales, el control de la contaminación y el restablecimiento de su equilibrio ecológico. ARTÍCULO 3° (Objetivo). Declárase "Parque Ecológico Metropolitano Piraí", a todas las riberas del Río Piraí, ubicadas en los Municipios de la Metrópoli del Departamento de Santa Cruz: Santa Cruz de la Sierra, Montero, Warnes, Porongo, La Guardia, Colpa Bélgica y El Torno; entendiendo por ribera el área de protección cuyo aprovechamiento se debe limitar a fines de recreación, educación, investigación y construcción de puentes con sus accesos de interconexión municipal, siempre y cuando se respeten las prioridades señaladas en el Artículo Segundo de la Ley Nº 2122 y su estudio de impacto ambiental, en el marco de la normativa legal vigente." Artículo 3.- Se derogan los Artículos 7°, 8° y 9° de la Ley Nº 2913, así como otras disposiciones contrarias a la presente Ley. 1.6 Caracterización de las Zonas de Vida El propósito de zonificar consiste en separar áreas con diferentes o similares potencialidades y limitaciones para el desarrollo, la zonificación agroecológica (ZAE) define zonas con base en combinaciones de suelo, fisiografía y características climáticas. Para realizar el análisis de uso del suelo en la zona de vida se tomó como base el Plan de Uso de Suelo Departamental de Santa Cruz (PLUS) aprobado por Decreto Supremo Nº 24124 en el año 1995, el cuál en el año 2003 fue elevado a rango de Ley Nacional Nº 2553 lo cual define como utilizar los recursos naturales disponible para las diferente actividades productivas. En este sentido se han identificado 5 Categorías y 8 Subcategorías de Uso de la Tierra. Cuadro N° 2. Municipio de Santa Cruz de la Sierra: Zonificación de Suelos 3 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 2913, 18 de noviembre de 2004. 4 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 1037, 28 de marzo de 2018. Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CATEGORÍA SUBCATEGORÍAS ÁREA (HA) % USO AGROPECUARIO LIMITADO 22.559,67 16 TIERRAS DE USO RESTRINGIDO USO SILVOPASTORIL LIMITITADO 565,64 0 BOSQUE DE PROTECCIÓN 5.233,38 4 TIERRAS DE USO AGROPECUARIO INTENSIVO USO AGROPECUARIO INTENSIVO 66.962,23 48 ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS PARQUE DEPARTAMENTAL (LOMAS DE 712,57 1 ARENA) CUERPOS DE AGUA RÍOS, QUEBRADAS, ARROYOS, LAGUNAS 2.632,40 2 ÁREA URBANA 38.596,00 27 TIERRAS DE USO URBANO ÁREA RURAL 3.209,11 2 TOTAL 140.471,00 100 FUENTE: PTDI, SEMPLA 1.7 Cuencas Mayores De acuerdo con la Delimitación y Codificación de Unidades Hidrográficas del Departamento de Santa Cruz, este se encuentra entre los departamentos con mayor disponibilidad de recursos hídricos en Bolivia. En el Departamento se han delimitado y codificado 16 Unidades Hidrográficas de nivel mayores. El Municipio de Santa Cruz de la Sierra está comprendiendo por dos cuencas interdepartamentales: la del Río Piraí y la del Río Grande ( Cuadro N° 37). Cuadro N° 3. Municipio de Santa Cruz de la Sierra: Superficie por Unidades Hidrográficas CUENCAS UNIDADES UNIDADES SUPERFICIE CUENCA INTERDEPARTAMENTA HIDROGRÁFICAS HIDROGRÁFICA (HECTÁREA INTERDEPARTAMENTA N° LES INTERMEDIAS S MENORES S) LES – NIVEL 4 1 RÍO PIRAÍ 9 58 26.313,35 2 RÍO GRANDE 11 101 112.936,27 TOTAL 20 159 139.249,62 FUENTE: PTDI, DELIMITACIÓN Y CODIFICACIÓN DE LAS UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEPTO DE SANTA CRUZ. – SEARPI, 2011 1.8 Población La ciudad de Santa Cruz de la Sierra y los municipios que la circundan debido a un proceso espontaneo de las regiones que se vienen desarrollando desde hace veinte a treinta años, se ha transformado en una gran “metrópoli”, es por ello que se plantea la urgente creación formal de una Subregión Metropolitana que esté conformada por todos los municipios de la provincia Andrés Ibáñez, El Torno, La Guardia, Porongo, Cotoca, más el Municipio de Warnes. Esta subregión concentra más del 84% de la población del departamento y más del 90% de los diferentes servicios de salud, educación, así también servicios básicos como los servicios financieros y de telecomunicaciones. Posee la mayor articulación caminera y es el principal mercado departamental. Las vías municipales principales promueven el asentamiento de grupos humanos, articulación entre las comunidades y conformación de actividades socio- económicas, que impulsan el crecimiento y desarrollo de las zonas El municipio de Santa Cruz de la Sierra tiene una población total de 1.454.539 habitantes, de los cuales el 49,61% son hombres, equivalentes a 721.661 habitantes, mientras que las mujeres son 732.878, haciendo un total de 50,39% del total poblacional. En general, se puede observar que la distribución poblacional por género es equitativa, ya que el género femenino es superior en cantidad únicamente por un 0,77% con respecto a los hombres. Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 1.9 Indicadores socio-económicos municipio de Santa Cruz INDICADORES DATOS ECONÓMICOS Indice del Producto Interno Representa el 28,7% del PIB del País, lo que equivale a Bruto PIB 3.442 $us (2017) Impuestos 18,53% Principales aportantes del PIB Agricultura 17,22% Industria Manufacturera 14,36% EMPLEO 2.571.014 hab., equivalente al 96,1% de la población total (2016) Labores de educación, salud y 17,3 % de total asistencia social Comercio 12,9 % del total Construcción 10,4 % del total Manufactura y otras industrias 10,4 % del total POBREZA 35,5% del total de la población Pobreza Moderada 31,7 % de la población Indigencia 3,7 % de la población Pobreza Marginal 0,1 % de la población EDUCACIÓN Tasa de analfabetismo 2,4% población urbana y 6,4% población rural Acceso a Educaión secundaria 47,8% de la población alteña SALUD 1.050.107 habitantes equivalente al 67% de la Con seguro Social población total 518,122 habitantes, equivalente al 33% de la Sin seguro Social población total Fuente: PTDI, Datos de la Secretaría Municipal de Medio Ambiente Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 2 : ANALISIS DE LA NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL 1. Normativa Nacional 1.1 Constitución Política del Estado Plurinacional 1 - (CPE) La Constitución Política del Estado Plurinacional fue aprobada mediante referéndum dirimidor del 25 de enero del año 2009; se llevó a cabo la aprobación del artículo 398 y del texto constitucional en su conjunto. La CPE está basada en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien; con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes de esta tierra; en convivencia colectiva con acceso al agua, trabajo, educación, salud y vivienda para todos. El artículo 9 inciso 6, establece Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, para la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras, como uno de sus deberes. En el Artículo 16 se reconoce que toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación, de acuerdo al Artículo 33, el medio ambiente saludable, protegido y equilibrado es un derecho de todas las personas. El artículo 20, parágrafo I, establece que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones, el acceso al agua y alcantarillado constituyen un derecho humano, estos no son objeto de concesión ni privatización y están sujetos a régimen de licencias y registros, conforme a ley. Asimismo, en el artículo 298 parágrafo I se establece que son competencias privativas del nivel central del Estado, y que se deben implementar dentro de la Política general, acciones para la protección y el cuidado que se debe de tener con la Biodiversidad y Medio Ambiente, consignado en el numeral 20, de la Constitución. Se establece también que es deber del Estado y de la población mantener el equilibrio del medio ambiente, señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. En el Artículo 345 se hace referencia a las bases para las políticas de gestión ambiental que incluyen la planificación y la participación efectiva de la población con control social, como la aplicación de sistemas de evaluación de impacto ambiental y el control de la calidad ambiental sin excepción y de manera transversal aplicables a toda actividad que use, transforme o afecte a los recursos naturales y medio ambiente, así como la responsabilidad por ejecución de toda actividad que produzca daños ambientales y su sanción civil, penal y administrativa por incumplimiento de las normas de protección al medio ambiente. A través del Artículo 347 se determina la necesidad de promover la mitigación de efectos nocivos al medio ambiente y establecer las medidas necesarias para neutralizar los efectos posibles de pasivos ambientales. 1 Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 09 de febrero de 2009. 1 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR Por otro lado, en el Artículo 343 indica que la población tiene derecho a la participación en la gestión ambiental, y a ser consultado e informada. En la Constitución Política del Estado Plurinacional también se establece que es deber del Estado y de la población mantener el equilibrio del medio ambiente, señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental, sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. 1.2 LEY N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado - SPIE de 21 de enero de 2016 2 El artículo 1º de la Ley 777 tiene por objeto establecer el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), que conducirá el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien. Los Planes Territoriales de Desarrollo Integral para Vivir Bien (PTDIs), están contemplados en el artículo 17, parágrafo IV, donde se indica que los PTDI tomarán en cuenta la planificación de las áreas urbanas y rurales, el desarrollo de ciudades intermedias y centros poblados, fortaleciendo el desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos, promoviendo la distribución organizada y armónica de la población en el territorio y con la naturaleza, y el acceso universal de servicios básicos. Asimismo, el mismo cuerpo legal indica que los PTDI reflejarán la territorialización de acciones en las jurisdicciones de las entidades territoriales u otras delimitaciones territoriales según corresponda, con enfoque de gestión de sistemas de vida y tomando en cuenta procesos de gestión de riesgos y cambio climático, asi como de Desarrollar los lineamientos y metodologías para el ordenamiento de zonas y sistemas de vida, y la incorporación de la gestión de sistemas de vida, gestión de riesgos y cambio climático en los procesos de planificación. 1.3 La Ley de Derechos de la Madre Tierra Nº 071 de 21 de diciembre de 2010 3 Esta Ley introduce conceptos nuevos a partir de los cuales los sectores deben ir adaptando sus políticas, programas y procesos. En su Artículo 3 define a la Madre Tierra, como un sistema viviente dinámico conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los seres vivos, interrelacionados, interdependientes y complementarios, que comparten un destino común. Entendiéndose de esta forma que no se refiere únicamente a la naturaleza, sino a la compleja superposición de los sistemas de vida, incluyendo su base natural. Estos últimos buscan reflejar la complejidad de la relación entre los sistemas culturales, económicos y políticos de las sociedades humanas y la base natural, dando lugar a diferentes sistemas de vida, que son además sistemas en permanente cambio, buscando nuevos equilibrios. Tiene por objeto reconocer los derechos de la Madre Tierra, así como las obligaciones y deberes del Estado Plurinacional y de la sociedad para garantizar el respeto de estos derechos, ya que considera a la Madre Tierra, considerada sagrada, la cual adopta el carácter de sujeto colectivo de interés público y todos sus componentes incluyendo las comunidades humanas son titulares de todos los derechos inherentes reconocidos en esta Ley, para la aplicación de estos derechos se tomará en cuenta las especificidades y particularidades de sus diversos componentes, estos derechos establecidos en la presente normativa, no limitan la existencia de otros derechos de la Madre Tierra. 2 Gaceta Oficial de Bolivia, LEY N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado - SPIE de 21 de enero de 2016, 3 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley de Derechos de la Madre Tierra Nº 071 de 21 de diciembre de 2010. 2 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR 1.4 Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien 4 La Ley Nº 300 de 15 de octubre de 2012 establece los derechos del Vivir Bien a través de un desarrollo integral, que sea en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, este debe de ser realizado de manera complementaria, compatible e interdependiente con los demás derechos consignados en esta normativa legal, el cual debe de estar relacionado con la interacción entre los seres humanos y la naturaleza, dentro del marco de la Ley N° 071 de Derechos de la Madre Tierra, dentro del marco del goce pleno de sus derechos fundamentales, consagrado en el artículo 9. Está establecido que el objetivo del vivir bien a través del desarrollo integral, consiste en estar en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, como objetivo del Estado Plurinacional de Bolivia, así poder prevenir y disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad del pueblo boliviano, contemplado en el artículo 12 de la norma legal. En el artículo 16 de la indicada Norma se establece que el Estado Plurinacional de Bolivia promoverá el manejo integral y sustentable de los componentes, zonas y sistemas de vida para garantizar el sostenimiento de las capacidades de regeneración de la Madre Tierra, mediante la Planificación y regulación de la ocupacional territorial y el uso de los componentes de la Madre Tierra de acuerdo a las vocaciones ecológicas productivas de las zonas de vida, las tendencias del cambio climático y los escenarios deseados por la población en el marco del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra. El artículo 17 establece que el Objetivo: Prevenir y disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad del pueblo boliviano) se establece que por el que Estado Plurinacional de Bolivia promoverá acciones para prevenir y disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad del pueblo boliviano ante los desastres naturales, riesgos ecológicos e impactos del cambio climático. 1.5 Decreto Supremo N° 1696 - Reglamento de la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien5 El artículo 1º del Decreto Supremo N° 1696, Reglamento de la Ley Marco de la Madre Tierra tiene por objeto reglamentar el funcionamiento de la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra, sus mecanismos de operación y la modalidad de fideicomiso del Fondo Plurinacional de la Madre Tierra. En el artículo 2º, en el inciso e) define a la Resiliencia, como la capacidad de un sistema de vida de absorber las alteraciones sin perder su estructura básica o sus modos de funcionamiento, pudiendo existir procesos de resiliencia en diferentes dimensiones: social, cultural, económica y ecológica. Los Mecanismo de Adaptación para Vivir Bien, contemplados dentro del artículo 15, numeral I., indican que se realizará en las áreas con mayor vulnerabilidad a los impactos del Cambio Climático y desastres naturales a través de programas de intervención, y los programas priorizados para la adaptación al Cambio Climático son los siguientes: a. Programa de resiliencia de sistemas de vida para la seguridad alimentaria con soberanía; b. Programa de prevención y reducción del riesgo por impactos del Cambio Climático; c. Programa de gestión integral del agua; 4 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (Ley Nº 300 15 de octubre de 2012). 5 Gaceta Oficial de Bolivia, Decreto Supremo N° 1696 / Reglamento de la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien. 3 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR d. Programas de educación y salud relacionados al Cambio Climático. 1.6 Ley N° 786 Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 (PDES) 6 La Ley N° 786 Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 (PDES), en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, de 09 de marzo de 2016, en el artículo 1, aprueba el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2016-2020, asimismo, establece la obligatoriedad de su aplicación y los mecanismos de coordinación, evaluación y seguimiento. El contenido del Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, está formulado dentro de los trece (13) pilares establecidos en la Agenda Patriótica del Bicentenario 2025, y se constituye en el Plan General de Desarrollo, establecido en el numeral 9 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado. 1.7 Ley de Medio Ambiente 7 La Ley del Medio Ambiente Ley 1333 promulgada el 27 de abril de 1992 y publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 15 de Junio 1992, en actual vigencia es de carácter general y no enfatiza en ninguna actividad específica. Tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Para los fines de la Ley, se entiende por desarrollo sostenible el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. La concepción de desarrollo sostenible implica una tarea global de carácter permanente (ARTICULO 2º). El medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio de la Nación, su protección y aprovechamiento se encuentran regidos por Ley y son de orden público. Además, la Ley de Medio Ambiente. Ley Nº 1333 de 27 de abril de 1992 entre cuyos alcances prevé que todas las actividades, obras o proyectos, deben contar necesariamente con la respectiva licencia ambiental, de acuerdo a procedimientos formales técnico - administrativos establecidos en su reglamentación. En el articulo 5º, establece que la política nacional del medio ambiente debe contribuir a mejorar la calidad de vida de la población, sobre las siguientes bases: 1.- Definición de acciones gubernamentales que garanticen la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la calidad ambiental urbana y rural, el cual estaría dentro de lo estabecido en el fin dela agenda patriótica 2025 del Vivir Bien. De acuerdo al artículo 25 de la Ley 1333 (Ley General de Medio Ambiente), todas las obras, actividades públicas o privadas, con carácter previo a su fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de evaluación de impacto ambiental que deberá ser realizada de acuerdo a los siguientes niveles: 1.- Requiere de EIA analítica integral 2.- Requiere de EIA analítica específica 3.- No requiere de EIA analítica específica pero puede ser aconsejable su revisión conceptual. 4.- No requiere de EIA 6 Gaceta Boliviana, Ley N° 786 Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, de 09 de marzo de 2016 7 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley 1333 del Medio Ambiente, promulgada el 27 de abril de 1992. 4 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR En relación al tema de Agua, se encuentra establecido dentro del artículo 37º.- que se constituye en prioridad nacional la planificación, protección y conservación de las aguas en todos sus estados y el manejo integral y control de las cuencas donde nacen o se encuentran las mismas, el artículo indica que el Estado normará y controlará el vertido de cualquier sustancia o residuo líquido, sólido y gaseoso que cause o pueda causar la contaminación de las aguas o la degradación de su entorno, así como los organismos correspondientes reglamentarán el aprovechamiento integral, uso racional, protección y conservación de las aguas. 1.8 Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, D. S. N° 24176, 08 de diciembre de 1995. 8 Este decreto supremo, engloba a los diferentes Reglamentos de la Ley del Medio Ambiente, establece la reglamentación de la Ley del Medio Ambiente y actualmente comprende los siguientes cinco reglamentos:  Reglamento General de Gestión Ambiental (RGGA)  Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA)  Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica (RMCA)  Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica (RMCH)  Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas (RASP) A través de estos reglamentos se regula aspectos inherentes a la gestión ambiental de manera general, estableciendo específicamente procedimientos formales para la revisión, aprobación y aplicación de los Instrumento de Regulación de Alcance Particular (IRAP) para toda actividad, obra o proyecto (AOP), en el marco de la evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental para la obtención de la correspondiente licencia ambiental así como definiendo atribuciones y competencias de los órganos gubernamentales que intervienen en el proceso de tramitación de los IRAPs. a) Reglamento General de Gestión Ambiental Las normas son de alcance general como particular, que deben regular la gestión ambiental. Entre los primeros están todos los Reglamentos, y entre las de alcance particular, encontramos la Ficha Ambiental, la Declaratoria de Impacto Ambiental, el Manifiesto Ambiental, la Declaratoria de Adecuación Ambiental, las Auditorías Ambientales, y las Licencias y Permisos ambientales. El Art. 59 señala que una Licencia Ambiental es el documento jurídico-administrativo otorgado por la Autoridad Ambiental Competente al Representante Legal, que avala el cumplimiento de todos los requisitos previstos en la ley y reglamentación correspondiente en lo que se refiere a los procedimientos de prevención y control ambiental. Los instrumentos preventivos son la Ficha Ambiental, el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaratoria de Impacto Ambiental, que se encuentran caracterizados en el Reglamento. Mediante DS 1641, 10 de julio de 2013 se amplia el listado de AOPs, Categoría 4 y se establece el procedimiento para la obtención del Certificado de Dispensación – Categoría 4 (licencia ambiental). Dentro del listado está: construcción de muros de contención para la estabilización de taludes orientado a la conservación de suelos. 8 Gaceta Oficial de Bolivia, Decreto Supremo N° 24176 del 08 de diciembre de 1995. 5 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR El DS 3197, de 31 de mayo de 2017 faculta a la Autoridad Ambiental Competente Nacional a otorgar de manera excepcional a lo establecido en la normativa ambiental licencia ambiental para AOPs que: a) Se enmarquen en la declaratoria de situación de desastre y/o emergencia, a nivel nacional; b) Emerjan de una declaratoria de interés social, utilidad pública o de interés del nivel central del Estado, establecida mediante Ley o Decreto Supremo; y c) Sean de responsabilidad del nivel central del Estado, o en concurrencia con las entidades territoriales autónomas, cuya ejecución podrá ser delegada a una entidad privada o pública. El procedimiento será reglamentado por Resolución Expresa y homologado por Resolución Ministerial. El DS 3549, del 02 de mayo de 2018 modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al D.S. 24176 y al D.S. 28592, específicamente al Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA), ajustando los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs), y sus niveles de categoría para actividades, obras y proyectos según las Resoluciones Administrativas N°023 y 024 de la Autoridad Ambiental Competente Nacional. El DS 3856, del 03 de abril de 2019 modifica el D.S. 3549, elimina el nivel de categoría ambiental 4 y modifica los listados de niveles de categoría ambientales establecidos en las Resoluciones Administrativas Nº 23 y 24 de la Autoridad Ambiental Nacional. 1.9 Ley 1700 Forestal La presente ley tiene por objeto normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país. Incluye los principios fundamentales del régimen forestal de la nación, clasifica los tipos de tierras y la normativa para su protección jurídica y define los lineamientos para el otorgamiento y control de los derechos y patentes forestales. Al momento de su aprobación, el Régimen Forestal de la Nación estaba a cargo del entonces Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente como organismo nacional rector, la Superintendencia Forestal como organismo regulador y el Fondo Nacional de Desarrollo Forestal como organismo financiero. El Sistema Nacional de Áreas Protegidas forma parte de las políticas de conservación in situ de los recursos de biodiversidad que el país ha decidido mantener para garantizar de alguna forma los principales ecosistemas del territorio nacional. El país cuenta con más de 66 áreas protegidas, tanto de interés nacional, como departamental o municipal, que constituyen cerca del 14% del territorio nacional, abarcando un número importante de las eco-regiones del país. De las 66 áreas protegidas, 20 se encuentran a cargo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) por ser de interés nacional y 17 están sujetas a ordenación (manejo). La Ley Forestal 1.700 establece las diferentes clases de tierras, entre las que se definen las de protección, que son las siguientes: a) Bosques de protección en tierras fiscales. b) Servidumbres ecológicas en tierras de propiedad privada. b.1 Las tierras y bolsones de origen eólico. b.2 Las tierras o bolsones extremadamente pedregosos o superficiales. b.3 Las cortinas rompe vientos. 6 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR b.4 En terrenos planos: 10 metros por lado en las riberas de quebradas y arroyos. b.5 En terrenos ondulados o colinas montañosas: 50 metros a partir del borde de los ríos. c) Reservas ecológicas en concesiones forestales. c.1 Las áreas de anidamiento u otras áreas de importancia biológica. c.2 Áreas inmediatas a humedales de tamaño significativo (50 metros). d) Reservas Privadas de Patrimonio Natural (RPPN). La Ley 1700 tiene su fundamental argumento en los Planes Generales de Manejo Forestal (PGMF) en los cuales se establece ciclos mínimos de corte en 20 años. Consiste en dividir al área concesional en 20 partes, cada área es aprovechada cada año a través de la triple A (Área de Aprovechamiento Anual) con la presentación de un Plan operativo anual Forestal (POAF). 1.10 Ley N° 755 de Gestión Integral de Residuos de 28 de octubre de 2015 La Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos tiene por objeto establecer la política general y régimen jurídico de la Gestión Integral de Residuos, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura. El Decreto Supremo N° 2954, tiene por objeto reglamentar la Ley N°755 para su implementación. En la Ley establece en el articulo 1, la política general y el régimen jurídico de la Gestión Integral de Residuos en el Estado Plurinacional de Bolivia, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura, en el marco de los derechos de la Madre Tierra, así como el derecho a la salud y a vivir en un ambiente sano y equilibrado. Las competencias establecidas en el articulo 299 de la Constitucion Politica del Esttado, la presente Ley se desarrolla en el marco de las competencias concurrentes de residuos industriales y tóxicos, y tratamiento de los residuos sólidos, establecidas en los numerales 8 y 9 del Parágrafo II de la citada norma legal, consignada en el artículo 2º. 1.11 Reglamento a la Ley Nº 3425 de 20 de junio de 2006, aprovechamiento de explotación de áridos y agregados, 22 de abril de 2009. 9 En el artículo 1º de este reglamento de la Ley Nº 3425, de 20 de junio de 2006, tiene por objeto establecer normas generales para la administración, regulación y manejo de las actividades de aprovechamiento y explotación de áridos y agregados, otorgando a los gobiernos municipales competencia sobre estas actividades, en coordinación con las organizaciones campesinas y las comunidades colindantes con los ríos. Asimismo, en el artículo 2º, establece el cumplimiento obligatorio para toda persona jurídica, natural, colectiva, pública o privada que desarrolle actividades de aprovechamiento y/o explotación de áridos y agregados de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 3425; los Gobiernos Municipales y otras entidades públicas involucradas en el tema deberán adecuar sus normas al presente reglamento. 1.12 Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066 de 29 de octubre de 1999. 10 9 Gaceta Oficial de Bolivia, Reglamento a la Ley Nº 3425 de 20 de junio de 2006. 10 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066 de 29 de octubre de 1999. 7 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR El artículo 1 establece que la presente Ley tiene por objeto establecer las normas que regulan la prestación y utilización de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y el marco institucional que los rige, el procedimiento para otorgar Concesiones y Licencias para la prestación de los servicios, los derechos y obligaciones de los prestadores y usuarios, el establecimiento de los principios para fijar los Precios, Tarifas, Tasas y Cuotas, así como la determinación de infracciones y sanciones. Asimismo, en su artículo 2º, establece que su ámbito de aplicación será en todo el territorio nacional, todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, cualquiera sea su forma de constitución, que presten, sean Usuarios o se vinculen con alguno de los Servicios de Agua Potable y Servicios de Alcantarillado Sanitario. El Saneamiento Básico comprende los Servicios de: agua potable, alcantarillado sanitario, disposición sanitaria de excretas, residuos sólidos y drenaje pluvial, de acuerdo al artículo 3º. 1.12.1 Ley de Aguas de 26 de octubre de 1906 (Reglamento de Aguas de 08 de septiembre de 1879, elevado a rango de Ley, mediante Ley de 26 de octubre de 1906). 11 En Bolivia se tiene una Ley de Dominio y Aprovechamiento de Aguas que se basa en un Decreto del 8 de Septiembre de 1879 que fue elevado a rango de Ley el 28 de Noviembre de 1906 y la cual ha sido casi derogada en varias partes por normas posteriores; de forma que actualmente si bien algunas de sus disposiciones todavía tienen vigencia, estas no son aplicadas debido principalmente al desconocimiento y a que se fueron elaborando Leyes y Reglamentaciones sectoriales que establecían normas distintas sobre el tema. Así, en cuanto al tema de las leyes vigentes sobre recursos hídricos en Bolivia se tiene una compleja variedad de normas que regulan sectores concretos y algunos principios generales en la Constitución Política del Estado. En el artículo 1º, establece que pertenecen al dueño de un predio, las aguas pluviales que caen o se recogen en el mismo mientras discurran por el, po lo cual podra en consecuencia construir dentro de su propiedad cisternas, aljibes, jagüeles o noques donde conservarlas, siempre que con ello no se cause perjuicio, al público ni a terceros. Sin embargo, en el artículo 2º, indcian que pertenecen al dominio público las aguas pluviales que discurran por torrente o canillas cuyos cruces sean del mismo dominio público. En el artículo 3º, el sector de Saneamiento Básico comprende los Servicios de: agua potable, alcantarillado sanitario, disposición sanitaria de excretas, residuos sólidos y drenaje pluvial. Cabe resaltar que esta Ley de Aguas data de 1906, y que en ese entonces, a diferencia de hoy el Estado solo era dueño de las aguas subterráneas, sin embargo actualmente de acuerdo al artículo 349, el derecho propietario de los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo, de acuerdo a la Constitución Política del Estado Plurinacional de 09 de febrero de 2009. 1.13 Decreto supremo N° 24781 reglamentos de áreas protegidas: Es deber del Estado proteger el patrimonio natural del país, conservar y regular el uso sostenible de los recursos de la diversidad biológica dentro del marco de los objetivos nacionales para su conservación. La Ley 1333 del Medio Ambiente establece que las áreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés público y social, debiendo ser administradas según sus categorías, zonificación y reglamentación en base a planes 11 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley de Aguas de 26 de octubre de 1906. 8 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR de manejo con fines de protección y conservación de sus recursos naturales, investigación científica así como la recreación, educación y promoción del turismo ecológico. Por lo que se ha elaborado el Reglamento de Áreas protegidas ene le país, para regular la gestión de éstas en función a lo establecido en la Ley del Medio Ambiente y Convenio sobre Diversidad Biológica, aprobado por Ley N° 1580 del 15 de junio de 1994. En el artículo 8, del presente reglamento establece lo siguiente: I. Las normas legales que declaran APs, las normas reglamentarias que aprueban su categorización, zonificación, planes de manejo y reglamentos de uso establecen limitaciones a los derechos de propiedad, de uso y de aprovechamiento. Estas limitaciones pueden consistir en restricciones administrativas, servidumbres públicas, obligaciones de hacer o de no hacer y otorgamiento de autorizaciones, permisos o licencias de uso. II. La autoridad competente dará estricto cumplimiento a las normas legales sobre ordenamiento territorial, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, así como a las limitaciones especiales establecidas en la declaratoria o el plan de manejo del AP. 1.13.1 Decreto Supremo Nº 22407 Pausa Ecologica El artículo 62 del Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1990, ha puesto en vigencia en todo el territorio nacional la pausa ecológica histórica encomendando al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios su respectiva reglamentación. La pausa ecológica histórica se funda en la necesidad de establecer el espacio de tiempo indispensable para permitir un reordenamiento de todos aquellos procesos que ponen en peligro la sustentabilidad de la base material de la vida humana y del patrimonio natural boliviano, por su impacto sobre la naturaleza. El actual proceso de deforestación del país, además del acelerado empobrecimiento de los bosques, constituye, con la pérdida de la cobertura vegetal, el comienzo de una serie de eventos críticos para el medio ambiente, como la erosión, el deterioro de hábitats y otros. Es necesario establecer elementos de política forestal que permitan un manejo y aprovechamiento racionales de los recursos forestales del país, en la perspectiva de un desarrollo sustentable del pueblo boliviano en su conjunto. 1.1.17. NB 688 DISEÑO DE SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL El Ministerio del Agua, a través del Viceministerio de Servicios Básicos, en el marco de sus competencias normativas, pone a disposición de profesionales del país la presente Norma: “Diseño de Sistemas de Alcantarillado Sanitario y Pluvial”, actualizada en base a los nuevos requerimientos del sector y los avances tecnológicos desarrollados en Bolivia en los últimos años. Esta Norma tiene como objetivo fundamental, regir el diseño y consecuentemente la construcción de los sistemas de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales, para mejorar las condiciones de vida del ciudadano boliviano. La presente Norma se constituye en un instrumento que debe ser conocido y aplicado de forma obligatoria por los responsables de las diferentes etapas de implementación de proyectos de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales. En la presente Norma se han incluido nuevos conceptos y criterios de diseño de acuerdo con los adelantos tecnológicos y prácticas de la ingeniería sanitaria de manera que puedan ser aplicados en proyectos tanto a nivel urbano, periurbano como rural. 9 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR Esta norma establece disposiciones para las etapas de concepción, diseño, construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento y control de todas las obras, de tal manera que se garantice su efectividad, seguridad, estabilidad, durabilidad, adecuabilidad, calidad y sostenibilidad a lo largo de su vida útil. 1.1.18. Ley Nº 416 de 30 de septiembre de 2013 Señala en el artículo 1º Se declara Patrimonio Nacional, Cultural y Turístico del Estado Plurinacional de Bolivia, a las “Cabañas del Río Pirai” del Departamento de Santa Cruz, asimismo en el artículo 2º establece que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, queda encargado de la difusión de las costumbres tradicionales y control del expendio de comidas típicas en el área de las “Cabañas del Río Pirai”, en el marco de sus competencias 12. 1.1.20. Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000 13 En el artículo primero dispone que se Declara PATRIMONIO HISTÓRICO Y NATURAL, la Cuenca del Río Piraí en toda su extensión en el Departamento de Santa Cruz, en consideración a que constituye un referente importante de su historia, fuente de su acervo cultural y recreación de las sucesivas generaciones; así como de prioridad nacional la valorización, protección y restauración del ecosistema, conformado por sus aguas, riberas, bosques, suelo, subsuelo, biodiversidad, paisajes que conforman los márgenes del río Piraí y sus restos arqueológicos, paleontológicos, así como la utilización sostenible, racional y óptima de sus recursos naturales, el control de la contaminación y el restablecimiento de su equilibrio ecológico. 1.1.21. Ley Nº 2913, 18 de noviembre de 2004 14, Artículo 3°, establece como objetivo de la Ley la necesidad de Declarar como “Parque Ecológico Metropolitano Piraí” a todas las riberas del río Piraí ubicadas en los municipios de la metrópoli del Departamento de Santa Cruz: Santa Cruz de la Sierra, Montero, Warnes, Porongo, La Guardia y El Torno; entendiendo por ribera el área de protección cuyo aprovechamiento se debe limitar a fines de recreación, educación e investigación. 1.1.22. Ley Nº 1037, 28 de marzo de 2018 15, en el artículo 1°.- Se modifica el Artículo Segundo de la Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000, con la siguiente redacción: "ARTÍCULO SEGUNDO.- Artículo 2°.- Se modifica el Artículo 3° de la Ley Nº 2913 de 18 de noviembre de 2004, con la siguiente redacción: ARTÍCULO 3° (Objetivo). Declárase "Parque Ecológico Metropolitano Piraí", a todas las riberas del Río Piraí, ubicadas en los Municipios de la Metrópoli del Departamento de Santa Cruz: Santa Cruz de la Sierra, Montero, Warnes, Porongo, La Guardia, Colpa Bélgica y El Torno; entendiendo por ribera el área de protección cuyo aprovechamiento se debe limitar a fines de recreación, educación, investigación y construcción de puentes con 12 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 416 de 30 de septiembre de 2013. 13 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 2122 de 25 de septiembre de 2000. 14 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 2913, 18 de noviembre de 2004. 15 Gaceta Jurídica del Estado Plurinacional de Bolivia - Ley Nº 1037, 28 de marzo de 2018. 10 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR sus accesos de interconexión municipal, siempre y cuando se respeten las prioridades señaladas en el Artículo Segundo de la Ley Nº 2122 y su estudio de impacto ambiental, en el marco de la normativa legal vigente." Artículo 3°.- Se derogan los Artículos 7°, 8° y 9° de la Ley Nº 2913, así como otras disposiciones contrarias a la presente Ley. 1.1.23. ORDENANZA MUNICIPAL 068/2011 de fecha 10 de junio de 2011. 16 Artículo Primero.- Se declara Bien de Dominio Público Municipal, el área de (287.318,32m2), ubicados en la Zona Oeste de la ciudad, en el denominado "Parque de Protección Ecológica Rio Pirai", además se dispone la inscripción ante Derechos Reales a nombre del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra el terreno que comprende el nombrado parque que se detalla a continuación: 1.1.24. ORDENANZA MUNICIPAL N° 062/2013 de 14 de junio de 2013. 17 Artículo Primero.- Se DECLARA COMO BIEN DE DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL, la superficie de Setecientos Noventa y Un Mil Ochocientos Siete Metros cuadrados con Quince Centímetros Cuadrados (791.807,15 M2), ubicada en la Zona Oeste de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con uso de suelo destinado para PARQUE DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA RIO PIRAÍ, de acuerdo a la ubicación y colindancias determinadas en la planimetría adjunta. 1.1.25. RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA AUTORIDAD DE BOSQUES Y TIERRA ABT No 171/2012 18 Art. 1º.-Exigir el cumplimiento de las normas legales en TIERRAS DE PROTECCION (Bosques de Protección y Servidumbre ecológicas) mediante el cual los Gobiernos Municipales en todo el territorio boliviano, deberán establecer como principio precautorio RESTRICCIÓN ABSOLUTA DE TODO TIPO DE ACTIVIDADES CONTRARIAS AL USO DENTRO DE LAS TIERRAS DE PROTECCION QUE CORRESPONDEN A SU RESPECTIVA JURISDICCIÓN. Art. 2º.- Los Gobiernos Municipales en todo el Territorio Boliviano, EN UN PLAZO DE 30 DIAS CALENDARIOS DEBERÁN PRESENTAR UN PLAN DE REFORESTACION A LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL SOCIAL DE BOSQUES Y TIERRA, estableciendo los siguientes aspectos 1)Áreas identificadas para reforestar 2) especies a utilizar y 3) plazos de implementación e incumplimiento, dará lugar a responsabilidades emanadas por ley, además de la respectiva retención de fondos por coparticipación forestal, la misma que solo podrá ser levantada precia verificación de debido cumplimiento bajo la certificación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosque y Tierra. 1.1.26. RESOLUCION ADMINISTRATIVA ABT No 199/2012 19 Art. 1º.-Se declara INMOBILIZADO EL BOSQUE DE PROTECCIÓN DENOMINADO PARQUE ECOLOGICO METROPOLITANO PIRAI, que comprenden los municipios de Santa Cruz, Montero, Warnes, la Guardia y el Torno, prohibiéndose la realización de desmontes y/o asentamientos humanos cuya contravención dará lugar de acciones legales conforme a Ley. Art. 2º.-Solicitar y exigir al Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz, Montero, Warnes, La Guardia y El Torno el cumplimiento de las normas legales, en las TIERRAS DE PROTECCION (Bosques de Protección y Servidumbres 16 Gaceta Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra – Ordenanzas Municipales. 17 Gaceta Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra – Ordenanzas Municipales. 18 Gaceta AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE BOSQUES Y TIERRAS. 19 Gaceta AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE BOSQUES Y TIERRAS. 11 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR Ecológicas), que se constituyen en limitaciones legales de condiciones limitantes a los derechos de propiedad, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables impuestas por el Estado conforme a Ley en razón de su conservación y uso sostenible estableciéndose como principio precautorio LA INMOBILIZACION Y RESTRICCION ABSOLUTA DE TODO TIPO DE ACTIVIDADES CONTRARIAS AL USO DEL SUELO DENTRO DEL BOSQUE DE PROTECCION DENOMINADO PARQUE ECOLOGICO METROPOLITANO PIRAI”. 2. NORMATIVA INTERNACIONAL 2.1. TRATADOS INTERNACIONALES DEL MEDIO AMBIENTE El medio ambiente es un tema que todos los seres humanos tenemos en común, a pesar de nuestras diferencias y las diversas costumbres y culturas que podamos tener existen grandes cosas que compartimos y que nos interesan a todas las naciones; siendo los problemas ambientales uno de ellos. Sin duda el tema del medio ambiente es importante y latente en todas las convenciones que se celebran en diferentes países a lo largo de los años. 20 Un Tratado Internacional es un acuerdo entre dos o más Estados, o entre una nación y una organización internacional, en virtud del cual los signatarios se comprometen a cumplir con determinadas obligaciones. En los últimos años el derecho internacional ha tomado conciencia acerca de la problemática que existe en torno al medio ambiente, concientizando al mundo sobre los problemas que han ido afectando nuestro planeta. Tanto así, que en las proyecciones que se realizan año tras años se da a conocer los futuros problemas que pueden llegar a acabar con el planeta en muy poco tiempo. Los problemas ambientales han despertado el interés de muchos jefes de gobiernos que se han unido bajo una sola causa, no prolongar el daño ambiental. Los principales problemas que se enfrentan son los siguientes:  La contaminación del agua dulce y potable.  La desforestación ambiental.  El calentamiento de la tierra.  Agotamiento de los recursos naturales.  El efecto invernadero.  El derretimiento de los glaseares, como principales reservas de agua dulce.  La contaminación atmosférica consecuencia de la emisión de gases y de basura. 2.2. Carta Mundial de La Naturaleza 21 En 1982 se estableció una carta que comprometía a los países firmantes a mantener la preservación del medio ambiente, el respeto por los distintos ecosistemas, disminuir la contaminación proveniente de las grandes 20 MOSCOSO, Acuerdos Internacionales Ambientales Suscritos por Bolivia. Material didáctico del módulo Medios de Comunicación y Medio Ambiente de la Maestría en Comunicación Periodística de la Universidad Evangélica Boliviana. 21 http://www.pnuma.org. http://www.carta-mundial-de-la-naturaleza-1982 12 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR industrias, conservar los recursos naturales y a idear estrategias auto sostenibles que ayuden a impulsar el desarrollo económico. En su sesión del 28 de octubre de 1982, la Asamblea, General de las Naciones Unidas aprobó la Carta Mundial de la Naturaleza, dando así un paso importante para la adopción de principios de respeto a la naturaleza por parte de los Estados, el documento, aunque no tiene la fuerza vinculante, de un tratado internacional o de una convención, expresa, sin embargo, la obligación moral asumida por los 118 Estados que votaron a su favor. Aunque su carácter es programático, no vinculante, tiene indudables principios de validez moral de modo que, si bien no existe ningún comité de seguimiento de su aplicación, en el supuesto de que un Gobierno haya votado la carta, sus infracciones pueden ser objeto de crítica por la UICN o por cualquier organización. La carta contiene un preámbulo en el que la Asamblea General asume una serie de convicciones generales acerca del valor intrínseco de todos los seres vivos, cualquiera que sea la utilidad de los mismos para el hombre, asimismo se muestra conciencia del deterioro de los sistemas naturales a casusa del consumo excesivo y del abuso de los recursos naturales y la falta de un orden económico adecuado. 2.3. La Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Ambiente 22 Se celebró en Estocolmo el 1972 y fue convocada por las naciones unidas; siendo uno de los primeros programas que incluían iniciativas medioambientales a las cuales se sumaron muchos países de Europa. Aquí se trataron temas como el desplazamiento de residuos tóxicos y químicos, la contaminación de los mares y lagos, la energía nuclear y muchos otros. La Conferencia de Estocolmo de 1972 centraba la atención internacional en temas medio ambientales, especialmente los relacionados con la degradación ambiental y la contaminación transfronteriza, en ese sentido se establece que la contaminación no reconoce los límites políticos o geográficos y afecta a los países, regiones y pueblos más allá de su punto de origen. Durante las décadas que siguieron a la Conferencia de Estocolmo, este concepto se amplió para abarcar temas medio ambientales que son de verdadero alcance transnacional y que requieren una acción conjunta de todos los países y regiones del mundo para enfrentarse a ellos de un modo efectivo. Estos problemas medio ambientales mundiales tan importantes incluyen, por ejemplo, todo tipo de contaminación, el cambio climático, la reducción de la capa de ozono, el uso y administración de los océanos y los recursos de agua dulce, la deforestación excesiva, la desertificación y la degradación de la tierra, los vertidos peligrosos y la disminución de la diversidad biológica. 2.4. Protocolo de Montreal 23: Este protocolo enfatiza acerca de la destrucción de la capa de ozono, y el compromiso adquirido de disminuir las sustancias químicas que afectan la fertilidad de las tierras, se cree que si todos los países cumplen con los objetivos propuestos dentro del tratado, la capa de ozono podría haberse recuperado para el año 2050. Debido al alto grado de aceptación e implementación que se ha logrado, el tratado ha sido considerado como un ejemplo excepcional de cooperación internacional, con el objetivo de la recuperación de la capa de ozono. El tratado se enfoca en la eliminación de las emisiones mundiales de sustancias agotadoras de la capa de ozono (SACO), el tratado propone la reducción en su producción y consumo hasta llegar a la eliminación parcial. 22 www.melillamedioambiente.com - La Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano 23 Protocolo de Montreal, convenciones internacionales de acuerdos, edición tercera. 13 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR Reconociendo que hay que tomar disposiciones especiales para satisfacer las necesidades de los países en desarrollo, incluso la aportación de recursos financieros adicionales y el acceso a las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta que la magnitud de los fondos necesarios es previsible y que cabe esperar que los fondos produzcan un aumento sustancial de la capacidad del mundo para abordar el problema, científicamente comprobado, del agotamiento del ozono y sus nocivos efectos. El objetivo principal del Protocolo de Montreal es la protección de la capa de ozono mediante la toma de medidas para controlar la producción total mundial y el consumo de sustancias que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas, sobre la base del progreso de los conocimientos científicos e información tecnológica. Hay algunas excepciones para usos esenciales cuando no se encuentren sustitutos aceptables, por ejemplo, en los inhaladores de dosis medidas (IDM) comúnmente utilizados para tratar el asma y otros problemas respiratorios o sistemas de supresión de incendios de halón utilizados en los submarinos y aviones. 2.5. Convenio De Basilea 24 El Convenio de Basilea es el acuerdo global sobre el control transfronterizo y la eliminación de los desechos peligrosos y el traslado de los mismos de manera inadecuada, dañinos para la salud y el medio ambiente, realizado el año 1989 para controlar los desechos peligrosos. Desde su entrada en vigor, en 1992, habilitando además a que los países firmantes añadan a esa lista otros residuos considerados peligrosos por la legislación nacional. La Convención tiene 175 Partes y su objetivo es proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos derivados de la generación, gestión, los movimientos transfronterizos y la eliminación de los desechos peligrosos y otros. El PNUMA comenta que en primer lugar, la Convención de Basilea regula los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos aplicando el procedimiento del “consentimiento fundamentado previo” (los envíos efectuados sin consentimiento son ilícitos). Los envíos efectuados a un Estado que no sea Parte o desde un Estado que no sea Parte son ilícitos, salvo que exista un acuerdo especial. Se exige a toda Parte en el Convenio que promulgue las disposiciones legislativas nacionales adecuadas para prevenir y castigar el tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos. El tráfico ilícito es delictivo. En segundo lugar, el Convenio obliga a las Partes en él a asegurar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen y eliminen de manera ambientalmente racional. A ese fin, se espera de las Partes que minimicen las cantidades que atraviesan las fronteras, que traten y eliminen los desechos lo más cerca posible del lugar donde se generen y que impidan o minimicen la generación de desechos en origen. Se han de aplicar controles estrictos desde el momento de la generación de un desecho peligroso hasta su almacenamiento, transporte, tratamiento, reutilización, reciclado, recuperación y eliminación final. 2.6. La Convención de Las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 25 En esta convención se revelaron varios objetivos que se pretendían alcanzar con la colaboración de todos los países que integran la ONU y que estaban enfocadas en las emisiones de gases contaminantes que 24 https://ambiente.mercosur.int/ Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. Texto. 13 25 https://www.iucn.org/es/cambio-climático/cmnucc, La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 14 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR incrementaban el problema del efecto invernadero, de la contaminación de los diferentes ecosistemas marinos y terrestres, y del cambio climático. Las partes promoverán y facilitarán, en el plano nacional, y según proceda, en los planos subregional y regional, el acceso del público a la información sobre el cambio climático y sus efectos. Con sujeción de párrafo 9, y sin perjuicio de la facultad de cualquiera de las Partes de hacer pública su comunicación en cualquier momento, la secretaria hará públicas las comunicaciones de las Partes relacionadas con la aplicación de la convención con arreglo al artículo 12, en el momento en que sean presentadas a la conferencia de las Partes. Todas las Partes, teniendo en cuenta sus responsabilidades comunes pero diferenciadas, deberán elaborar, actualizar periódicamente, publicar y facilitar a la Conferencia de las Partes, inventarios nacionales de las emisiones antropógenas; y formular, aplicar, publicar y actualizar programas nacionales y, según proceda, regionales que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático. Deberán asimismo, promover y apoyar con su cooperación el intercambio pleno, abierto y oportuno de la información pertinente de orden científico, tecnológico, técnico, socioeconómico y jurídico sobre el sistema climático, y sobre las consecuencias económicas y sociales de las distintas estrategias de respuesta. 2.7. Conferencia de Las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo26 La comunidad mundial de los Estados, reunida en Nairobi del 10 al 18 de mayo de 1982, para conmemorar el décimo aniversario de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente celebrada en Estocolmo, habiendo examinado las medidas adoptadas para poner en práctica la Declaración y el Plan de Acción aprobados en dicha Conferencia, pide solemnemente a los gobiernos y a los pueblos que consoliden los progresos hasta ahora realizados, aunque expresa su profunda preocupación por el estado actual del medio ambiente mundial y reconoce la necesidad urgente de intensificar los esfuerzos a nivel mundial, regional y nacional para protegerlo y mejorarlo. 1.- La Conferencia de Estocolmo ejerció una poderosa influencia sobre la opinión pública, reforzando la conciencia y la comprensión de la fragilidad del medio ambiente humano y sus problemas. Los años transcurridos desde entonces han presenciado progresos importantes en las ciencias ambientales; ha aumentado en medida considerable la educación, la difusión de informaciones y la capacitación; en casi todos los países se ha promulgado legislación ambiental y muchos de ellos han incorporado en sus constituciones disposiciones encaminadas a proteger el medio ambiente. Se han creado el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y nuevas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales a todos los niveles y se han concluido varios acuerdos internacionales importantes relativos a la cooperación en la esfera del medio ambiente. 2.- Con todo el Plan de Acción sólo se ha cumplido parcialmente y sus resultados no pueden considerarse satisfactorios a causa, de la inadecuada previsión y comprensión de los beneficios a largo plazo de la protección ambiental, a la inadecuada coordinación de enfoques y esfuerzos, a la falta de disponibilidad de recursos y a la inequitativa distribución de éstos. Por estas razones, el Plan de acción no ha tenido suficiente repercusión en la comunidad internacional en general. Las actividades anárquicas del hombre han provocado un deterioro ambiental creciente. La 26www.un.org/spanish/conferences/wssd/unced.html, La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), 15 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR desforestación, la degradación de los suelos y el agua y la desertificación alcanzan proporciones alarmantes, y ponen gravemente en peligro las condiciones de vida de grandes zonas del mundo. Las enfermedades relacionadas con condiciones ambientales adversas causan sufrimientos humanos. 27 3.- Durante el último decenio han surgido nuevos planteamientos: se han reconocido ampliamente la necesidad de gestión y la evaluación del medio ambiente y la interacción íntima y compleja entre medio ambiente, desarrollo, población y recursos, así como la presión que ejerce la concentración creciente de la población. 4.- Con la pobreza y el consumo derrochador se agravan los peligros para el medio ambiente, puesto que ambos pueden llevar a la población a una explotación abusiva de su medio ambiente. La Estrategia Internacional del Desarrollo para el Tercer Decenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el establecimiento de un nuevo orden económico internacional, figuran entre los principales instrumentos en el esfuerzo mundial por invertir el proceso de la degradación ambiental. (La combinación de los mecanismos del mercado y de la planificación pueden también favorecer un desarrollo aceptable y una gestión racional del medio ambiente y los recursos). 5.- El medio ambiente se beneficiaría grandemente con una atmósfera de paz y seguridad libre del peligro de toda guerra, sobre todo la nuclear, y del derroche de recursos intelectuales y naturales que implica la producción de armamentos, así como el apartheid, la segregación racial y todas las formas de discriminación o colonialismo y otras formas de opresión y dominación extranjera. 6.- Muchos problemas ambientales trascienden las fronteras nacionales y deberían resolverse de la forma más apropiada y en beneficio de todos mediante consultas entre los Estados y una acción internacional mancomunada. 2.8. Cumbre para La Tierra de 1992 28 En la Cumbre para la Tierra de 1992 se reconoció internacionalmente el hecho de que la protección del medio ambiente y la administración de los recursos naturales deben integrarse en las cuestiones socio-económicas de pobreza y subdesarrollo. En Río, 172 gobiernos, incluidos 108 Jefes de Estado y de Gobierno, aprobaron tres grandes acuerdos que habrían de regir la labor futura: el Programa 21, un plan de acción mundial para promover el desarrollo sostenible; la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, un conjunto de principios en los que se definían los derechos civiles y obligaciones de los Estados, y una Declaración de principios relativos a los bosques, serie de directrices para la ordenación más sostenible de los bosques en el mundo. 29 Se abrieron a la firma además dos instrumentos con fuerza jurídica obligatoria: la Convención Marco sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica. Al mismo tiempo se iniciaron negociaciones con miras a una Convención de lucha contra la desertificación, que quedó abierta a la firma en octubre de 1994 y entró en vigor en diciembre de 1996. Al aprobar el Programa 21, la Conferencia exhortó a los participantes a adoptar varias iniciativas importantes en esferas fundamentales del desarrollo sostenible. Entre esas iniciativas cabe señalar la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, de la cual surgió un Programa de Acción 27 www.fao.org/CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO 28 www.un.org/spanish/conferences/ La Conferencia, conocida como Cumbre para la Tierra, 29 Compendio de tratados ratificado por el Estado Plurinacional de Bolivia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 16 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR para esos Estados, una Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, de fuerza jurídica obligatoria, y la celebración de conversaciones sobre la prevención del agotamiento de las poblaciones de peces altamente migratorios y de las poblaciones de peces cuyos territorios se encuentran dentro y fuera de las zonas económicas exclusivas (poblaciones de peces transzonales). 2.9. Cumbre de Clima en Paris 30 En el año 2015 se ratificaron en Francia acuerdos anteriormente establecidos y en el cual los países que asistieron se comprometían a conservar el medio ambiente, a través de un trabajo en conjunto y con proyecciones a futuro. Conforme al propio texto del instrumento internacional, tal como se enumera en su Artículo 2, el acuerdo tiene como objetivo "reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza" para lo cual determina tres acciones concretas: a) Mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 °C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 °C con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático; b) Aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de un modo que no comprometa la producción de alimentos; 2.10. Convenio de Viena 31 Esta convención estuvo destinada para intentar preservar la salud humana en la cual necesitaba de la ayuda en conjunto de diferentes naciones comprometidas a modificar los efectos nocivos que genera la capa de ozono. La denominada Convención de Viena entró en vigor a principios de 1980 y es un acuerdo con carácter internacional en relación con el mercado de compra-venta de mercadería. Se trata de un pacto enmarcado dentro del derecho internacional y que regula los contratos del tráfico mercantil en el conjunto del planeta. Objetivo y características. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales no tiene carácter retroactivo, es decir, no afecta a los tratados suscritos con anterioridad a ella. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados fue aprobada en 1969, y entró en vigor once años después. Ella define como tratado al "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular". Es claro por tanto que regula los acuerdos entre Estados. 2.11. Convenio Marco de La Diversidad Biológica32 Se celebró en 1992 y estaba enfocada en convencer a los países a utilizar adecuadamente los recursos naturales, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) es un tratado internacional jurídicamente vinculante con tres 30 Compendio de tratados ratificado por el Estado Plurinacional de Bolivia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 31 Compendio de tratados ratificado por el Estado Plurinacional de Bolivia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 32 Compendio de tratados ratificado por el Estado Plurinacional de Bolivia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 17 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR objetivos principales: la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Su objetivo general es promover medidas que conduzcan a un futuro sostenible. La conservación de la diversidad biológica es interés común de toda la humanidad. El Convenio sobre la Diversidad Biológica cubre la diversidad biológica a todos los niveles: ecosistemas, especies y recursos genéticos. También cubre la biotecnología, entre otras cosas, a través del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. 2.12. Protocolo Ambiental De Cartagena 33 Se firmó en el 2000 con la intención de establecer controles, seguridad y utilización de los seres vivos, el Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología es un acuerdo internacional centrado específicamente en el movimiento transfronterizo de Organismos Vivos Modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. Fue adoptado el 29 de enero de 2000 como un acuerdo suplementario del Convenio sobre la Diversidad Biológica y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003. El Protocolo de Cartagena se articula por medio de las decisiones que se adoptan en las Reuniones de las Partes (COP-MOP). En la COP-MOP 5 celebrada en Japón en octubre de 2010, las Partes adoptaron el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena, abriendo un proceso para su ratificación como instrumento legalmente vinculante. Además, se adoptó el Plan Estratégico del Protocolo de Cartagena que marca los objetivos estratégicos y programa plurianual para la próxima década 2010-2020 y establece las áreas focales y sus objetivos operacionales. En la COP-MOP 6 celebrada en la India en octubre de 2012, se avanzó en el desarrollo de las consideraciones socioeconómicas de los organismos vivos modificados con el objetivo de desarrollar claridad conceptual y adquirir más experiencia. Además, se adoptaron los pasos a seguir para poner en práctica la hoja de ruta y el manual sobre evaluación y gestión del riesgo de los organismos vivos modificados. 2.13. Tratados Internacionales para el Desarrollo Sostenible 34 El desarrollo sostenible significa una mejor calidad de vida ahora, así como para las generaciones venideras. Una definición ampliamente utilizada de "desarrollo sostenible" es: "desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades". Esto significa no usar recursos más rápido de los que el planeta puede reponer, o re-existencias de las mismas así como su conexión con las metas económicas, sociales y ambientales. También influye la toma de decisiones en las organizaciones, y por lo tanto puede ir hacia la formación de principios y "valores" de negocios - por ejemplo, proporcionar información al público de una manera abierta y accesible, y promover la participación de las personas y comunidades que se ven afectados por esas decisiones. 33 Compendio de tratados ratificado por el Estado Plurinacional de Bolivia, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 34 www.disost.com/2009/desarrollo-sostenible.- Tratados de desarrollo sostenible. 18 MARCO DE GESTIÓN AMBIENTAL PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” – PCR También en la presentación de informes en donde se muestre abiertamente como se manejan los negocios incluyendo la relación con el medio ambiente local. Estos principios también pueden aplicarse a las políticas de gobierno - por ejemplo, en la normatividad para la planificación para edificios y tecnologías verdes. 19 GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Artículo Primero de la Ley del 17 de diciembre de 1956 "Encomiéndase a la Secretaria General de la Presidencia de la República la publicación" e la GACETA OFICIAL, destinada a registrar las leyes, decretos y resoluciones supremas que promulgue el Poder Ejecutivo de la cióti. Artículo Segundo del Decreto Supremo N° 05642 de 21 de noviembre de 1960. "Los materiales publicados en Gaceta, tendrán validez de cita oficial, para todos los efectos le .als specralmOrle para el cómputo de términos judiciales y administrativos." Gaceta N° 1061 La Paz - Bolivia 02 de mayo de 2018 Contenido: INDICE CRONOLÓGICO DEPÓSITO LEGAL LP. 4-3-605-89-G DECRETOS DECRETOS 3547 3547 02 DE MAYO DE 2018 .— Autoriza la exención del pago total de los tributos de 3548 importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de la Presiden- 3549 cia; Ministerio de Medio Ambiente y Agua; Instituto Boliviano de Ciencia y Tecnología Nuclear— IBTEN y a la Policía Boliviana. 3548 02 DE MAYO DE 2018 .— Realiza modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. 3549 02 DE MAYO DE 2018 .— Modifica, complementa e incorpora nuevas disposi- ciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995 y el Decreto Su- premo N° 28592, de 17 de enero de 2006, para optimizar la gestión ambiental, RESOLUCIONES ajustando los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular— IRAPs y los SUPREMAS Procedimientos Técnico-Administrativos, priorizando las funciones de Fiscali- Del 22558 al 22731 zación y Control Ambiental, en el marco de la normativa ambiental vigente. CiACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA nl,tz I 3; DECRETO SUPREMO N° 3549 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Artículo 33 de la Constitución Política del Estado, establece en su que las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente. Que el numeral 2 del Artículo 345 del Texto Constitucional, dispone que las políticas de gestión ambiental se basarán en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y el control de calidad ambiental, sin excepción y de manera transversal a• toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. Que la Ley N° 1333, de 27 de abril de 1992, tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales; la misma que dispone en su Artículo 17 corno deber del Estado y la sociedad. garantizar el derecho que tiene toda persona y ser viviente a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y ejercicio de sus actividades. Que el Artículo 18 de la Ley N° 1333, señala que el control de la calidad ambiental es de necesidad y. utilidad pública e interés social, el Artículo 19, establece como los objetivos del control de la calidad ambiental: 1. Preservar, conservar, mejorar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales a fin de elevar la calidad de vida de la población. 2. Normar y regular la utilización del medio ambiente y los recursos naturales en beneficio de la sociedad. en su conjunto. 3; Prevenir, controlar, restringir y evitar actividades que conlleven efectos nocivos o peligrosos para la salud y/o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales. 4. Normar y orientar las actividades del Estado y la Sociedad en lo referente a la protección del medio ambiente y al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a objeto de garantizar la satisfacción de las necesidades de la presente y futuras generaciones. Que el Artículo 24 de la Ley N° 1333, define la Evaluación de Impacto Ambiental, como el conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos, que permiten la estimación de los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto pueda causar al medio ambiente. Que el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, complementado por el Decreto Supremo N° 0429, de 10 de febrero de 2010, establece que el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal, ejerce las funciones de Autoridad Ambiental Competente Nacional — AACN. teniendo como atribuciones formular normas para el uso 17 GACEI A O ESTADO PI,URINACIONAI. DE BOLIVIA sostenible de los recursos naturales, protección y conservación del medio ambiente, monitoreo y prevención. Que el proceso de licenciamiento ambiental entra en vigencia desde el año 1995 a través del ,Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, que aprueba la reglamentación de la Ley del Medio Ambiente integrada entre otros: Reglamento General de la Gestión Ambiental y Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Que al presente, es imprescindible optimizar la Gestión Ambiental ajustando los instrumentos de Regulación de Alcance Particular — IRAP y los Procedimientos Técnico- Administrativos, que permitan desburocratizar la Gestión Ambiental, priorizando las actividades de monitoreo y fiscalización ambiental como instrumentos para la operatividad de las AOP's. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: CAPÍTULO COMPLEMENTACIONES Y MODIFICACIONES ARTÍCULO I.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar, complementar e incorporar nuevas disposiciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995 y el Decreto Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006, para optimizar la gestión ambiental, ajustando los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular — IRAPs y los Procedimientos Técnico-Administrativos, priorizando las funciones de Fiscalización y Control Ambiental, en el marco de la normativa ambiental vigente. ARTÍCULO 2.- (COMPLEMENTACIONES). I. Se complementan las siguientes siglas y definiciones en el Artículo 7 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental -- RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, de la siguiente manera: a) SIGLAS "AOP: Actividad Obra o Proyecto CEDOCA: Centro de Docuthentación de Calidad Ambiental IRAP: Instrumento de Regulación de Alcance Particular RENCA: Registro Nacional de Consultoría Ambiental SNIA: Sistema Nacional de Información Ambiental 18 01,1(7,1A. D E 1, ESTADO l' 1. 1.1 RINACIONA 1, D E RO I. 1 V 1 A IMA: Informe de Monitoreo Ambiental DEFINICIONES ACTUALIZACIÓN: Acto administrativo mediante el cual se modifica uno o más de los elementos integrales que hacen a la Actividad, Obra o Proyecto. AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE NACIONAL: La (el) Viceministra(o) de Medio Ambiente Biodiversidad Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal a nivel nacional. AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE DEPARTAMENTAL: La (el) Gobernadora (dor) del Gobierno Autónomo Departamental a través de las instancias ambientales de su dependencia. AUTORIZACIÓN AMBIENTAL TRANSITORIA: Es un instrumento . de gestión ambiental temporal que será emitido por la Autoridad Ambiental Competente — AAC de manera excepcional y en casos especiales, para evitar reducir y/o controlar la contaminación en . su conjunto, mediante acciones ambientales inmediatas que eviten su transmisión de un medio a otro, mismo que no será considerado como Instrumento de Regulación de Alcance Particular — IRAP. INTEGRACIÓN: La integración . de licencias ambientales es. un procedimiento administrativo potestativo, mediante él cual determinadas licencias ambientales o permisos .ambientales, emitidos a nombre de un mismo representante legal y/o actividad obra o proyecto, se consolidan en una sola licencia ambiental integrada; todo ello en atención a los impactos sinérgicos, acumulativos o a la interacción 'de las acciones que las actividades licenciadas poseen. INFORME DE MONITOREO AMBIENTAL: Son los IRAP's que permiten la verificación del cumplimiento de las medidas ambientales aprobadas en el marco de una Licencia Ambiental." 11. Se complementa el inciso d) al Artículo 4 del RPCA de la siguiente manera: "d) Cuando se trate de AOPs promovidas por la Presidencia del Estado Plurinacional con diferentes beneficiarios en el ámbito municipal, regional, departamental, social y otras que así lo requieran." 19 GACE11 DEI ',STA DO PLORIN A(,IONA DI'. BOLIVIA III. Se complementa el inciso e) del Artículo 12 del RPCA de la siguiente manera: Revisar de manera simultánea con el SERNAP cuando corresponda, los instrumentos de. Regulación de Alcance Particular 1RAP's, remitiendo el criterio técnico a la AAC, los informes respectivos y recomendando la emisión de la Licencia Ambiental o en su caso el rechazo de las mismas debidamente justificado. Para tal efecto el Representante Legal de la AOP deberá presentar el IRAP correspondiente, el mismo día tanto al OSC y al SERNAP. En caso- de discrepancia se aplicará lo establecido en el Parágrafo III del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006." ARTÍCULO 3.- (FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE AREAS PROTEGIDAS). Además de las atribuciones .y funciones establecidas en el Decreto Supremo N° 24781, de 31 de julio 1997, en lo relativo a la prevención y control ambiental, el Servicio Nacional de Áreas Protegidas — SERNAP, efectuará las siguientes tareas cuando las AOPs se encuentren en Áreas Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas — SNAP: a) Revisar de manera simultánea con el OSC, los instrumentos de Regulación de Alcance Particular 1RAP's, remitiendo el criterio técnico al Organismo Sectorial Competente y recomendando la emisión de la Licencia Ambiental o en su caso, el rechazo de la misma debidamente justificado, cuando corresponda; Participar en los procesos de seguimiento y control ambiental en el marco de su competencia; e) Llevar a cabo otras acciones, en coordinación o según lo dispuesto por la Autoridad Ambiental Competente Nacional. ARTÍCULO 4. (SUSTITUCIONES). 1. Se sustituye el Artículo 17 del RPCA referido a las categorías de la siguiente manera: "I. La identificación del nivel de Categorización de Evaluación de Impactb Ambiental debe ser realizada de acuerdo con los niveles señalados en el Artículo 25 de la Ley N° 1333, 27 de abril de 1992, Ley de Medio Ambiente: NIVEL DE CATEGORÍA 1: ESTUDIO DE EVALUACIÓN DÉ IMPACTO AMBIENTAL ANALÍTICO INTEGRAL, nivel que por el grado de incidencia de efectos en el ecosistema, deberá incluir en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de todoS los factores del sistema ambiental: fisico, biológico, socioeconómico, cultural, jurídico-institucional, para cada 20 T A I) O P I. II INAC ONA I. 113 F.- BOLIVIA uno de sus respectivos componentes ambientales, otorgándose una Declaratoria de Impacto Ambiental — DIA, previa presentación y aprobación del Estudio' de Evaluación de Impacto Ambiental — EEIA. Conforme al Anexo "B" y "E'', adjuntos al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 2: ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ANALÍTICO ESPECÍFICO, nivel que por el grado de incidencia de efectos en algunos de los atributos del ecosistema considera en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de uno o más de los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socio-económico cultural, jurídico - institucional; así como el análisis general del resto de los factores del sistema, otorgándose una DIA, previa presentación y. aprobación del. EEIA. Conforme al Anexo "B" y "E", adjuntos al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 3: PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN — PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO. AMBIENTAL. Nivel que por las características ya estudiadas y conocidas de AOPs, permita definir acciones precisas para evitar o mitigar efectos adversos. Se le otorgará un Certificado de Dispensación, previa presentación y aprobación del PPM — PASA. Conforme al Anexo "C - 1", adjunto al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 4: NO REQUIEREN DE EEIA NI PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN — PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL, aquellas AOP's que no están consideradas dentro de las tres categorías anteriores, debiendo llenar el respectivo Formulario del ANEXO "A" para fines de registro de la AAC. II. Para establecer los Niveles de las Categorías 1, 2 y 3 de Evaluación de Impacto Ambiental — ElA se utilizará el Formulario y el listado de AOPs del ANEXO A, adjunto al presente Decreto Supremo, conforme lo siguiente:. 1. El Representante Legal — RL en base al listado del ANEXO "A" identificará el nivel de EIA de su AOP: 2. Una vez identificado el nivel, deberá llenar el formulario del ANEXO A que tendrá carácter de Declaración Jurada, mismas que. deberán ser firmadas por el RL y el Consultor RENCA responsable del llenado; 3. El formulario será presentado a la AAC para fines de aprobación y registro. 21 r • O.HG t) I. I: S ) O Pi. tflt NACIONAL HL Para establecer el Nivel de Categoría 4 de EIA se realizará lo siguiente: 1. El RL en caso de verificar que su AOP, no se encuentre en las listas del ANEXO "A", se considera Categoría 4 y está exento de presentar IRAPs, debiendo presentar el Formulario del Anexo "A", con ,fines de registro de la AAC; 2. Las AOPs de este nivel, que estén. ubicadas en áreas protegidas, deberán cumplir las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Áreas Protegidas, determinado por el SERNAP. IV. En caso, que el RL tenga dificultad para identificar el nivel de categoría según el ANEXO "A" podrá realizar la consulta ante la AAC, remitiendo la información correspondiente de la AOP." II. Se sustituyen los Artículos 23 al 35, 69 al 84, 86 al 88 y 91 del RPCA, relativos al Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, su aprobación para la emisión de la DIA por el siguiente contenido: " El procedimiento técnico administrativo de aprobación y otorgación de la licencia ambiental, para las AOPs de Categorías 1 y 2, se realizará mediante la elaboración del EEIA considerando lo siguiente: a) Contar con el Formulario del ANEXO "A", aprobado por la AAC; b) El RL conjuntamente el equipo rnultidisciplinario de profesionales con RENCA, elaborará el IRA P según el nivel de Categorización correspondiente, declarando la información necesaria y cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo "B" (EEIA). Los datos reportados por el RL tendrán calidad de Declaración Jurada. 1. Cuando la AOP se encuentre en Áreas Protegidas y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el EEIA de manera simultánea al SERNAP o Instancia Municipal cuando corresponda y al OSC; b) El SERNAP, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles emitirá el Dictamen Técnico al OSC para que éste hasta el día hábil dieciocho (18), emita a la AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental. De existir observaciones el OSC otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas, solicitando que sean 22 C1Á 1, DEL ESTA E. PLURINACIONAL DE IR) presentadas de manera simultánea al OSC y SERNAP, cuando corresponda. Una vez subsanado el EEIA, el SERNAP en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles, remitirá el criterio técnico al OSC, para que éste hasta el día diez (10) días hábiles emita ala AAC el Dictamen Técnico Legal Final de ambas instancias, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental. d). En caso de que el RL no haya subsanado las observaciones al IRAP en el plazo establecido, el OSC deberá devolver la documentación correspondiente y comunicar el reinicio del trámite. e) La AAC, recepcionado el Dictamen Técnico Legal Final, en un plazo de cinco (5) días hábiles emitirá- la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas. Una vez subsanado el EEIA por el RL, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. 2. _ Citando la AOP no se encuentre en Área Protegida y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el EEIA al OSC; b) El OSC, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles remitirá a la AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental — L.A. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles - por única vez, • para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanado el EEIA, el OSC en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles, emitirá el Dictamen Técnico Legal ala AAC, que será el funda-Mento para la emisión de la Licencia Ambiental; d) La AAC, recepcionado el Dictamen Técnico Legal en un plazo de veinte (20) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) • días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; 23 (1/\.(11:ETA OH( I D E 1, I:, A 17 O P U (NACIONAL. tl O 1.1 V; A e) Una vez subsanado el EEIA por el RL, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la- Licencia Ambiental. 3. Cuando no se encuentre en Área Protegida ni exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el EEIA a la AAC.: b) La AAC, en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles emitirá Licencia Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; c) Una vez subsanado el EEIA, la AAC en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, emitirá la Licencia Ambiental. 4. Cuando la AOP sea de competencia Departamental y no exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el EEIA a la Autoridad Ambiental Competente Departamental - AACD; AACD, recepcionado el IRAP, en un plazo de veinte (20) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones se 'otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanado el EEIA por el RL, la AACD en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental." 111. Se sustituyen los Artículos 59 al 68 del RPCA relativos a las Medidas de Mitigación y al Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental, por el siguiente contenido: "1. Cuando la AOP se encuentre en Áreas Protegidas y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el PPM-PASA de manera simultánea al SERNAP o Instancia Municipal cuando corresponda y al OSC; b) En un plazo no mayor a diez (10) días hábiles el SERNAP emitirá el Dictamen Técnico-al OSC para que éste hasta el día hábil doce (12), emita a la AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental. De existir observaciones el OSC otorgará al RL un plazo de quince (15) días hábiles por única vez, para aclaraciones, compkmentaciones o .enmiendas, solicitando que 24 GACE A O 'ICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA íy sean presentadas de manera simultánea al OSC y SERNAP cuandc corresponda; Una vez subsanado el PPM-PASA, el SERNAP en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, remitirá el criterio técnico al OSC, para que éste hasta el día hábil ocho (8) emita a la AAC el Dictamen.Técnico Legal Final de ambas instancias. que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental; d) En caso de que el RL no haya subsanado las observaciones al 1RAP en el plazo establecido, el OSC deberá devolver la documentación correspondiente y comunicar el reinicio del trámite; e) Una vez recibido el Dictamen Técnico Legal Final de la OSC, la AAC en un plazo de cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones la AAC otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas: l) Una vez subsanadas, las observaciones, la AAC en un plazo. no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. 2. Cuando la AOP no se encuentre en Área Protegida y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el PPM-PASA al OSC; b) El OSC, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles emitirá ala AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental. De existir observaciones el- OSC otorgará al RL un plazo de diez (10) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; c) Una vez subsanado el PPM-PASA, el OSC en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles, emitirá el Dictamen Técnico Legal a la AAC, que será el fimdamento para la emisión de la Licencia Ambiental; d) La AAC, recepcionado el Dictamen Técnico Legal en un plazo de diez (10) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanadas las observaciones, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. 25 GA(.: FA 01.7 IC DE ESTADO Pl. U 11 IN ACIONA F BO I. I V A 3. Cuando la AOP no se encuentre en Área Protegida ni exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el PPM-PASA a la AAC; b) La AAC, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles emitirá Licencia Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de quince (15) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanadas las observaciones, la AAC en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. 4. Cuando la AOP sea de competencia Departamental y no exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: a) El RL, remitirá el PPM-PASA a la Autoridad Ambiental Competente Departamental; b) La Autoridad Ambiental Competente Departamental en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de quince (15) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas,. c) Una vez subsanadas las observaciones, la AAC en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental." IV. Se sustituye el Artículo 162 del RPCA de la siguiente manera: " En la fase de identificación de impactos, para considerar en un EE1A el RL deberá efectuar la Consulta Pública para tomar en cuenta las observaciones sugerencias y recomendaciones de la población beneficiada y/o afectada, en el área de intervención de la AOP, para ello deberá aplicar el formato .del ANEXO "E" se establecerá el procedimiento." V. Se sustituye el Artículo 65 del RGGA aprobado por el Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, de la siguiente manera: "I. Los permisos ambientales se otorgarán por periodos ,fijos de tiempo. II. Los permisos ambientales procederán para las actividades vinculadas a la: generación, eliminación, tratamiento, descarga, transporte o disposición 26 ACE FA D E I, ESTADO t, I, URINACIONA I, DE HO IVIA final de sustancias peligrosas, contaminantes, residuos sólidos, desechos peligrosos y pasivos ambientales de diferentes sectores. III. El procedimiento de los permisos ambientales serán reglamentados mediante Resolución Administrativa por la Autoridad Ambiental Competente Nacional" VI. Se sustituyen los Artículos 100, 103 al 107, 134 al 148 del RPCA, relativos al Manifiesto Ambiental, por el siguiente contenido: 14L Para la adecuación ambiental se deberá cumplir con lo siguiente: El RL de la AOP, realizará el llenado del Manifiesto Ambiental - M4 con el apoyo de un equipo multidisciplinario con' registro RENCA, declarando la información necesaria que tendrán calidad de Declaración Jurada, cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo II. El procedimiento para la adecuación será de la siguiente manera: A. Cuando la AOP se encuentre en Áreas Protegidas y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: 1) El RL, remitirá el MA de manera simultánea al SERNAP o Instancia Municipal cuando corresponda y al OSC: 2) El SERNAP, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles emitirá el Dictamen Técnico al OSC para que éste hasta el día hábil dieciocho (18), remita a la AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Licencia Ambiental. De existir observaciones el OSC otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas, solicitando que sean presentadas de manera simultánea al OSC y SERNAP cuando corresponda; 3) Una vez subsanado el MA, el SERNAP en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles, remitirá el criterio técnico al OSC, para que éste hasta el día hábil diez (10) emita a la AAC el Dictamen Técnico Legal Final de ambas instancias, que será el fundamento para la emisión de la Declaratoria de Adecuación Ambiental; 4) En caso de que el RL n.o haya subsanado las observaciones al IRAP en el plazo establecido, el OSC deberá devolver la 27 GACETA OFICIA'. DEI, ESTADO PE.[fl DE BOLIVIA documentación correspondiente y comunicar el reinicio del trámite; 5) La AAC, recepcionado el Dictamen Técnico Legal Final, en un plazo de cinco (5) días hábiles emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental. En caso de existir observaciones de fondo subsanables, se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; 6) Una vez subsanado el MA por el RL, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental. B. Cuando la AOP no se encuentre en Área Protegida y exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: 1) El RL, remitirá el MA al OSC; 2) El OSC, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles emitirá a la AAC el Dictamen Técnico Legal, que será el fundamento para la emisión de la Declaratoria de Adecuación Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanado el MA, el OSC en un plazo no , mayor a ocho (8) días hábiles, emitirá el Dictamen Técnico Legal a la AAC, que será el fundamento para la emisión de la Declaratoria de Adecuación Ambiental; La AAC, recepcionado el Dictamen Técnico Legal en un plazo de cinco (5) días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. En caso de existir observaciones se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; 5) Una vez subsanado el MA por el RL, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental. 28 CJACEI A OPTC:IAI, DEL ESTADO ELURINACIONAL DE BOLIVIA Cuando no se encuentre en Área Protegida ni exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: 1) El RL, remitirá el MA a la AAC; 2) La AAC, en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles emitirá Declaratoria de Adecuación Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de veinte (20) días hábiles por única vez, para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; 3). Una vez subsanado el MA, la AAC en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental — DAA. D. Cuando la AOP sea de competencia Departamental y no exista OSC deberá seguir el siguiente procedimiento: 1) El RL, remitirá el MA a la Autoridad Ambiental Competente Departamental; La AACD en un plazo de diez (10) días hábiles emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental: En caso de existir - observaciones se otorgará al RL un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles para aclaraciones, complementaciones o enmiendas; Una vez subsanado el MA por el RL, la AACD en un plazo no mayor- a cincb (5) días hábiles emitirá la Declaratoria de Adecuación Ambiental. III. El RL deberá realizar la adecuación ambiental sobre el estado actual de la AOP en el momento de su presentación, debiendo iniciar un nuevo proceso dé EIA si corresponde de acuerdo a una reglamentación específica que emitirá la AACN. No corresponde la adecuación ambiental al lisiado de AOPs contenido en el Artículo N° 101 del RPCA a cuyo efecto se reglamentará la emisión de una certificación." VII. Se sustituyen los Artículos 86, 172 al 176 del RPCA referidos al Recurso de Apelación, por el siguiente contenido: "I. Toda persona natural o jurídica, que se considere afectada por la categorización, o el rechazo del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental o del Manifiesto Ambiental, por parte de la AAC, podrá plantear la impugnación a través del Recurso de Revocatoria, de acuerdo a los 29 GACETA OFICIAL , ESTADO PLURINACfONAL BOLIVIA procedimientos establecidos en la Ley N° 2341, 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, y su Reglamento. II. Las decisiones asumidas por la AAC podrán ser impugnadas en última instancia ante la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Medio Ambiente y Agua." ARTÍCULO 5.- (HOMOLOGACIÓN). Se sustituye el Artículo 14 del Decretó Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006, referido a la homologación, de la siguiente manera: La AACD una vez aprobada la DIA en un plazo de cinco (5) días hábiles, .remitirá de forma oficial una copia original, para conocimiento de la AACN, ' acto administrativo que será homologado por la AACN en un plazo de hasta -veinte (20) días hábiles. II. La AACN podrá realizar inspecciones en caso necesario y emitirá recomendaciones a la AACD, asumiendo ésta última la responsabilidad de la emisión de la DIA." CAPÍTULO II MONITOREO, SEGUIMIENTO Y CONTROL AMBIENTAL ARTÍCULO 6.- (MONITOREO AMBIENTAL). El RL de una AOP en cumplimiento a las medidas comprometidas en la Licencia Ambiental y aprobadas por la AAC, deberá realizar el Monitoreo Ambiental de manera permanente durante las etapas de ejecución, operación, mantenimiento, cierre, rehabilitación, abandono y post-cierre. ARTÍCULO 7.- (MONITOREO AMBIENTAL EN CASO DE ACCIDENTES Y/0 INCIDENTES). I. En caso de accidentes, incidentes, eventos fortuitos que puedan causar impacto al Medio Ambiente y/o a la salud pública, el RL deberá informar a la AAC, OSC, SERN'AP cuando corresponda, en un plazo máximo de 48 horas de ocurrido el suceso, para el respectivo Monitoreo Ambiental. II. Conocido el suceso, establecido en el Parágrafo anterior, la AAC instruirá la aplicación de medidas ambientales inmediatas y el Plan de Contingencia, estableciendo la frecuencia, el periodo de Monitoreo y la presentación de los Informes de Monitoreo Ambiental IMAs. 30 ARTÍCULO 8.- (PRESENTACIÓN DEL INFORME DE MONITOI AMBIENTAL — IMA). Se sustituye el Artículo 151 del RPCA, referido a la presentació IMA, por el siguiente contenido: " El RL deberá presentar a la AAC, OSC y SERNAP, cuando correspondc IMAs, en los que reportará el avance y situación ambiental, con referencia establecido en su respectiva LA, según el Formato del Anexo "G" - IMAs." ARTICULO 9.- (PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE INFORI DE MONITOREO AMBIENTAL). Para la presentación de los Informes de Monitl Ambiental de las AOP's, se deberá cumplir con lo siguiente: I. Para las AOP's con CD y DIA: a) El RL deberá comunicar el inicio o la imposibilidad de ejecución de la A en un plazo no mayor a doce meses a partir de la emisión de la LA; b) La frecuencia de presentación de IMAS serán establecidas por la AAC acuerdo a las características de impacto de la AOP, que correrá a partir d fecha de comunicación de inicio de actividades. El plazo de presentaciór los informes de monitoreo ambiental, no deberá exceder a treinta (30) hábiles cumplido el periodo de reporte; El RL deberá presentar el IMA en formato digital acompañando declaración jurada en formato físico, que corroborará la veracidad de información indicando el contenido de los cds, uno foliado en formato PD otro en formato editable, de acuerdo al formato establecido en el Anexo "C La AAC podrá solicitar los respaldos en original en cualquier momento 1 considere necesario para su verificación, considerando que toda informac reportada tiene carácter de declaración jurada. II. Para las AOP's con DAA: El plazo de presentación de los informes de monitoreo ambiental, se computa partir de la fecha de emisión de la DAA, el mismo deberá ser presentado a la A, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles cumplido el periodo de reporte. III. Para los casos considerados en los Parágrafos I y II, previo al plazo cumplimiento de la presentación de IMA 's el RL podrá solicitar la ampliación p. la presentación por única vez por un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles. 31 GACETA OFICIAL EsTADo PLURINACIONAL DE BOLIVIA CAPÍTULO III ACTUALIZACIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL ARTÍCULO 10.- (ACTUALIZACIÓN). Se sustituye el Artículo 90 del RPCA de la siguiente manera: ARTÍCULO 90.- La actualización de la Licencia Ambiental procederá en los siguientes casos: a) Para todas las AOPs, cuyas medidas del Programa de PrevenCión Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ainbiental hayan sido aprobados por la DIA o CD, no iniciadas o paralizadas por razones económicas, técnicas, legales o sociales de doce (12) hasta veinticuatro (24) meses en etapa de ejecución y operación debidamente fundamentada; b) Si durante las etapas de ejecución, operación, mantenimiento o abandono de actividades, obras o proyectos, la AAC, OSC Y SERNAP, cuando corresponda, o RL determinare que las medidas de mitigación y adecuación previstas en las Licencias Ambientales resultan insuficientes ó ineficaces; Si durante la ejecución, operación o mantenimiento de AOPS, se determinare el requerimiento de modificaciones por replanteo de obra, cambio de tecnología u otro y que el mismo no afecte al ecosistema con impactos sustanciales, que representen una modificación de este, previa valoración especializada." ARTÍCULO 11.- (PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN). Para la actualización se debe cumplir lo siguiente: a) El RL conjuntamente el equipo multidisciplinario de profesionales con RENCA, realizará el llenado del IRAP, declarando la información necesaria y cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo - C 1 (PPM-PASA). Los datos reportados por el RL tendrán calidad de Declaración Jurada; b) Completado el IRAP por el RL, remitirá de manera simultánea a las instancias involucradas, conociendo el resultado de la evaluación en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles; c) De acuerdo al plazo establecido en el inciso precedente, el SERNAP si corresponde, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles emitirá el Dictamen Técnico al OSC para que éste hasta el día hábil-diez (10) reporte a la AAC el Dictamen Técnico Legal, recomendando la emisión de la Licencia 32 Cfr; OF 'I A 4) O E' I, U 1/. E N A (..; O A EI IiOI,IVEA Ambiental actualizada dentro los cinco (5) días restantes, en caso de existir controversias la AAC resolverá dentro de este plazo; d) En caso de existir observaciones el RL deberá subsanar las mismas en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente de la notificación; e) El documento subsanado deberá ser presentado por el RL dentro de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación con el Dictamen. Técnico de manera simultánea a las instancias involucradas un ejemplar en físico debidamente foliado y 3 copias en formato digital; f) La AAC en un plazo no mayor a 5 días hábiles, verificará la información, emitirá la Licencia Ambiental Actualizada con la respectiva firma digital y código de control; g) En caso que no existiese modificaciones a las condiciones ambientales, el RL de la AOP presentará un informe técnico sobre dichas condiciones, solicitando la Licencia Ambiental actualizada. ARTÍCULO 12.- (INCORPORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ABANDONO, CIERRE Y REHABILITACIÓN). I. El RL de una AOP con LA vigente, que pretenda realizar Abandono, Cierre y Rehabilitación de las áreas intervenidas en las etapas de ejecución, operación y que no cuenten con un Plan de Abandono, Cierre y Rehabilitación en su LA, deberá presentar ante la AAC, OSC y SERNAP cuando corresponda, la solicitud de aprobación del Plan de Abandono, Cierre y Rehabilitación, según las características de la AOP, previa a su implementación. II. Para la implementación del Plan de Abandono, Cierre y Rehabilitación de una AOP con LA vigente, que resulten insuficientes sus medidas propuestas en la LA original de acuerdo a la evaluación de la AAC o el RL, deberán actualizar el Plan, previa a su implementación. ARTÍCULO 13.- (PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE ABANDONO CIERRE Y REHABILITACIÓN). I. Para los casos previstos en los Parágrafos I y II del Artículo precedente, el RL de la AOP deberá presentar el Plan de Abandono, Cierre y Rehabilitación, a la AAC o OSC y/o SERNAP, cuando corresponda. II. El OSC en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, remitirá a la AAC, el criterio técnico consolidado con el criterio del SERNAP cuando corresponda, 33 (TTA.C'i ' rI A O A DEL ES A D O PLURINACIONAL DB BOL recomendando la aprobación de la Actualización del Plan de Abandono, Cierre y Rehabilitación. Hl. La AAC en el plazo de diez días hábiles, considerando el criterio técnico del OSC aprobará el Plan de Abandono Cierre y Rehabilitación, que formará parte integral de la Licencia Ambiental de la AOP. CAPÍTULO IV INTEGRACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES ARTÍCULO 14.- (INTEGRACIÓN DE LICENCIAS AMBIENTALES). I. La AAC podrá realizar la integración de LAs, mediante el cual determinadas LAs o Permisos Ambientales que sean parte de una misma AOP, se consolidan en una sola LA integrada. II. LA integrada tiene los mismos efectos y validez legal de la LA obtenida con el procedimiento corriente. III. La integración puede realizarse antes del plazo para el inicio de renovación. ARTÍCULO 15.- (CONDICIONANTES). Las licencias ambientales sometidas a este procedimiento de integración, se realizarán bajo las siguientes condiciones: a) Las Licencias Ambientales vigentes; b) Las licencias ambientales serán integradas a la licencia de la actividad principal; ARTÍCULO 16.- (LIMITACIONES). Las condicionantes ambientales, establecidas en los instrumentos de regulación de alcance particular aprobadas en cada Licencia Integrada, no se pueden suprimir o modificar producto de este proceso. II. En ningún caso, la rigurosidad de lo autorizado, podrá ser aminorada ni relativizada, permaneciendo en caso de controversia como referente principal de las obligaciones ambientales de la AOPs los instrumentos de regulación de alcance particular inicialmente aprobados. ARTÍCULO 17.- (PROCEDIMIENTO). I. Una vez instruida la integración de oficio por la AAC o aceptada la solicitud del Representante Legal. El trámite de integración instruido de oficio o solicitado y 34 F.) E I, Fti TAD() E 11 autorizado por la Autoridad Ambiental Competente, contendrá necesariamente siguientes documentos: a) PASA integrado; b) .PPM integrado; c) PAA integrado, si corresponde; d) Otros documentos solicitados por la Autoridad Ambiental Competente. II. Los instrumentos de regulación de alcance particular sometidos a ( procedimiento serán integrados por un consultor ambiental con registro vigente el Registro Nacional de Consultoría Ambiental (RENCA) y/o equ multidisciplinario, si corresponde. III. La AAC revisará los citados documentos en un plazo de veinte (20) días hábi que correrán a partir del día hábil siguiente a la fecha de recepción de los misa Si los documentos presentados requieren aclaraciones, complementacione5 enmiendas, la AAC requerirá al Representante Legal en una sola oportunidac presentación de aquellas. El RL tendrá un plazo de hasta quince (15) días háb para subsanar las observaciones. El nuevo plazo de revisión será de quince (15) c hábiles, que correrá a partir del día hábil siguiente a la fecha de recepción de requerido, en caso de que las citadas aclaraciones complementaciones o enmien estén a conformidad de la AAC esta procederá a emitir. Licencia Ambiei Integrada, caso contrario, determinará el rechazo o reinicio del trámite. IV. En caso de vencimiento de plazos señalados, operará el silencio administrat positivo, quedando aprobados los documentos presentados y dándose por otorga la licencia ambiental integrada. ARTÍCULO 18.- (RESPONSABILIDAD AMBIENTAL). En caso que una A haya iniciado actividades sin licencia ambiental y haya generado impactos ambientales o ocurriera un incidente, accidente producido por actividades temporales antropogénicas, causen daños o impactos ambientales, los costos de reparación, restauración, remediació resarcimiento de los daños ambientales previa valoración realizada instruida por la A/ serán cubiertos por el RL de la AOP, sin perjuicio de las responsabilidades penal, civil :1 aplicación de la normativa ambiental vigente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.- La Autoridad Ambiei Competente Nacional, en un plazo de noventa (90) días hábiles a partir de la publicación 35 CrA(..:ETA OH 'AA s T A 1.i0 1, U 1. N A C.10 N 1. ROI. V 1 A presente Decreto Supremo, aprobará el Manual de Inspecciones Ambientales, Metodología de identificación de Impactos Ambientales y el Procedimiento de los Permisos Especiales. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.- Los actuados administrativos adicionales de licenciamiento ambiental reférentes al cambio de RL, transferencia de licencia. ambiental, actualización de datos de una licencia ambiental u otros, serán reglamentados mediante Resolución Administrativa emitida' por la AACN en el plazo señalado en la Disposición Transitoria Primera. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.- Las AOPs que por razones justificadas no presentaron los IMAs, por única vez podrán regularizar los mismos en el lapso de veinticuatro (24) meses, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.- LA AACN en un plazo de seis (6) meses otorgará una Certificación de exención del MA a las AOPs identificadas en el Artículo 101 del RPCA. DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIÓN ADICIONALE ÚNICA.- En caso de pérdida de Licencia Ambiental u otro documento de gestión ambiental por parte del RL, éste podrá solicitar a la AAC la emisión de la respectiva Licendia Ambiental fotostática Legalizada. II. El costo de la emisión de la fotostática Legalizada de la Licencia Ambiental u otro documento de gestión ambiental, estará establecido por la AACN. DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Para la obtención de la Licencia Ambiental, seguimiento y control, toda la documentación deberá ser presentada en formato digital, una editable y otra en formato PDF debidamente foliada; la única documentación que se deberá presentar en fisico será la carta de solicitud y declaración jurada con las firmas del RL y consultores RENCA, esto aplica para toda la documentación ambiental presentada a la AAC, OSC, SERNAP e Instancias Municipales, cuando corresponda. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- La AAC, OSC, SERNAP e Instancias Competentes, aplicarán los nuevos plazos y contenidos de los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular, establecidos en la presente disposición legal, de acuerdo a la legislación nacional ambiental vigente. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.- El RL de las AOP's públicas denominadas o con características "llave en mano" que requieran Licencia Ambiental como requisito 36 (.,; A( : I A (.) ( 7, A I DEL ESTADO PLURINACIONAL DE 1101.1V IA exigido por la entidad financiera externa para su financiamiento, podrán solicitar a la AAC, Ja emisión de una Certificación Ambiental, que para fines de financiamiento será considerada corno una Licencia Ambiental, cumpliendo él requisito del ANEXO "A", indicando las características mínimas de la AOP. Esta certificación no autoriza al Representante Legal a realizar ningún tipo de actividad más allá de la financiera. DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.- El Listado de las AOP 's contenidas en el Anexo "A" podrá ser modificado y complementado en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, por los sectores del Estado y será aprobado por Resolución Administrativa a cargo de la AACN. DISPOSICIÓN FINAL QUINTA.- La AAC en el marco de la normativa ambiental vigente en todos aquellos casos en que el RL realizase una AOP vinculado con Contaminantes Orgánicos Persistentes — COPs, deberá realizar la evaluación del respectivo IRAP estableciendo las medidas ambientales, considerando las Directrices Técnicas Ambientales establecidas mediante Reglamento Específico.. DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS DISPOSICIONES DEROGATORIAS.- I. Se derogan los Artículos 53 y 65 del Reglamento General de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995. II. Se deroga el Artículo 14 del Decreto Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Mbdio Ambiente y Agua, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montario Rivera. 37 GACETA C)FI(._lI A 1) E 1, ESTADO Pl,U11 N A C. JONA DE BO 1.1 V I A ANEXOS D.S. N° 3549 ANEXO A: LISTADO - FORMULARIO DE AOPS PARA LA IDENTIFICACION DE LA CATEGORIA ANEXO B: ESTUDIO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (EEIA) ANEXO Cl: PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PPM-PASA) ANEXO C2: PLAN DE ADECUACION AMBIENTAL - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PAA-PASA) ANEXO D: MANIFIESTO AMBIENTAL (MA) ANEXO E: CONSULTA PÚBLICA ANEXO F: FORMATO DEL ACTA DE INSPECCIONES ANEXO G: FORMATO DE IMA's 38 (IJACEI.TA O F1(.:IAL DEI. ESTADO 1'LURINAk:10NAL DE 1101.1'V A ANEXO A LISTAS DE CATEGORIZACIÓN DE LOS SECTORES DEL ÁREA MULTISECTOR Para Categoría 1.- Para esta categoría se establece las siguientes listas por sectores: Sector Agropecuario: • Construcción de Sistemas de riego con represas. Sector Energía: • Construcción de hidroeléctricas multipropósito, con una potencia > o = igual a MWatts. • Construcción de centrales hidroeléctricas • Construcción de subestaciones y sistema transmisión • Construcción de líneas de transmisión de alta tensión con subestaciones • Construcción de plantas geotérmicas con una potencia > o = a 50 MWatts. Sector Transporte: • Apertura de caminos • Construcción de túneles • Construcción de vías férreas • Construcción de puertos internacionales • Construcción de puertos y plataformas logísticas multimodales • Construcción de aeropuertos intercontinentales (HUB) • Construcción de aeropuertos Sector Saneamiento Básico: • Construcción de plantas de tratamiento de aguas residuales. Construcción de Sistem de alcantarillado sanitario con planta depuradora de aguas residuales • Construcción de Rellenos Sanitarios Sector Urbanismo y Vivienda: • Construcción de parques industriales • Construcción de puertoá y plataformas logísticas multimodales Sector Recursos Hídricos: • Construcción de represas y presas. • Construcción de obras de trasvase de aguas Para Categoría 2.- Para esta categoría se establece las siguientes listas por sectores: 39 ( 1 A CF:!' A O 1)E1- ESTAD() PLURINAC11.' 1101,1y1A Sector Agropecuario: • Construcción de Sistemas de riego (con presas). • Construcción de presas para sistema de riego. Sector Industria y Turismo: • Construcción de parques industriales • Construcción de infraestructura de turismo (hoteles en Áreas Protegidas en zonas no intervenidas) Sector Energía: • Líneas de transmisión (cruzando Áreas Protegidas) • Construcción de centrales hidroeléctricas • Construcción de subestaciones y sistema eléctrico en (Área protegida y fuera de centros poblados). • Construcción de líneas de transmisión de alta tensión • Constrúcción de plantas geotérmicas Sector Transporte: • Apertura de caminos • Mejoramiento de caminos cuando se encuentra en Áreas Protegidas • Construcción de túneles • Construcción de vías férreas • Construcción de caminos o carreteras pavimentadas • Rehabilitación de caminos y carreteras • Rehabilitación de líneas férreas • Construcción de túneles • Construcción de terminales portuarias • Construcción de distribuidores viales • Construcción de aeropuertos cuando se encuentra en Áreas Protegidas • Construcción y ampliación de plataforma de caminos • Construcción con accesos dentro de Áreas Protegidas • Construcción de Dobles Vías • Construcción de circunvalaciones cuando se encuentra en Áreas Protegidas Sector Saneamiento Básico: • Construcción de plantas de tratamiento de aguas residuales • Construcción de Sistemas de alcantarillado sanitario con planta depuradora de aguas residuales • Construcción de Rellenos Sanitarios 40 FA 12 I. CSTADo PLURINACIONAL DE .IVIA • Construcción de sistema de alcantarillado sanitario (Dentro de áreas protegidas. Cercanos a recursos hídricos importantes. Que tengan importancia turística y/o arqueológica) Sector Urbanismo y Vivienda: • Construcción de puertos y plataformas logísticas multimodales Sector Recursos Hídricos: • Construcción de represas y presas. • Construcción de obras de trasvase de aguas Para Categoría 3.- Para esta categoría se establece las siguientes listas por sectores: Sector Agropecuario: • Mejoramiento y ampliación de sistemas de riego. • Sistemas de microriego y riego • Fortalecimiento de la producción de ganado, camélidos • Mejoramiento de cultivos • Micropresas • Producción agrícola con sistemas de riego. • Construcción y Ampliación de Infraestructura (Piscícola y ganadera) Sector Industria y Turismo: • Construcción de puente, refugio y miradores en senda de turismo • Manejo y conservación de flora y fauna. • Ecoturismo comunitario • Centros de interpretación • Turismo ecológico deportivo con/sin devolución obligatoria. • Operadoras de turismo receptivo • Implementación de áreas turísticas Sector Energía: • Instalación de infraestructura eléctrica de conexión al sistema de interconectado nacional • Ampliación planta generadora • Instalación de unidades de motores en plantas termoeléctricas • Ampliación de subestaciones • Centrales termoeléctricas • Instalaciones de reactores de neutro en líneas eléctricas • Construcciones de redes trífásicas • Construcción de mini centrales hidroeléctricas 41 GAcET. A orIc fi,STADO PLURINACIONAL DB, BoLivIA Sector Transporte: • Construcción de puentes vehiculares o peatonales • Construcción de obras de arte mayor • Ampliación de carriles • Mejoramiento de caminos • Mantenimiento de carreteras (bacheo, limpieza, desbroce) • Recapamiento • Ripiados • Distribuidor Vial • Construcción de viaductos • Transporte por Cable • Rehabilitación de puentes • Construcción de campamentos • Construcción de terminales terrestres • Equipamiento de puertos • Equipamiento de tracción y material rodante • Construcción de aeropuertos nacional • Mejoramiento y ampliación de aeropuerto • Rehabilitación de aeropuerto • Construcción de terminales aéreas • Construcción pistas • Transporte de mercancías peligrosas (cargas) en Áreas Protegidas • Transporte de mercancías no peligrosas en Áreas Protegidas Sector Telecomunicaciones: 1. Instalación y operación de infraestructura de acceso inalámbrico para servicios de telecomunicaciones con soportes de antenas instalados en azoteas y terrazas de edificios y sobre el suelo: a) La actividad, obra o proyecto debe contar como fuente principal de energía generadores de electricidad que utilicen motores de combustión interna; b) ara vías de acceso a la actividad, obra o proyecto, abrir camino hasta seiscientos metros (600m) desde la vía pública; c) La actividad, obra o proyecto podrá implementarse en áreas urbana, rural y áreas protegidas nacionales. En el caso de áreas protegidas nacionales debe cumplir lo establecido en el Reglamento General de Áreas Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 24781. 2. Instalación y operación de infraestructura de acceso alámbrico fijo para servicios de telecomunicaciones por cable o línea física aéreo o subterráneo: a) La actividad, obra o proyecto debe contar como fuente principal de energía generadores de electricidad que utilicen motores de combustión interna; b) Instalación de postes para el tendido aéreo de cable; c) Tendido subterráneo por ductos nuevos; 42 (3ACET t F1C IAI.., I ISTADO PLURTN HuNAL D1 BOLIVIA d) La actividad, obra o proyecto podrá implementarse en área urbana, rural y áreas protc nacionales. En el caso de áreas protegidas nacionales debe cumplir lo establecido Reglamento General de Áreas Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 24781. Sector Salud Pública y Seguridad Social: • Refacción y ampliación de los servicios de emergencias • Construcción y equipamiento de los centros de salud de segundo y tercer nivel. Sector Saneamiento Básico: • Mejoramiento y ampliación planta de tratamiento de agua potable • Construcción alcantarillado sanitario y fluvial • Perforación pozo de agua • Mejoramiento y ampliación de sistema de agua potable. • Construcción de sistema de agua potable (Dentro de áreas protegidas. Cercanos a recur hídricos importantes. Que tengan importancia turística y/o arqueológica) Sector Recursos Hídricos: • Construcción y mejoramiento de Sistema de Riego con presas y micropresas • Manejo de Gestión Ambiental en Cuencas • Obras de protección y conservación de cuencas • Construcción de medidas estructurales en ríos • Construcción de obras de protección y regulación de ríos • Construcción de atajados y sistema de riego con micropresas. • Obras de protección contra inundaciones Sector Educación y Cultura: • Construcción de infraestructura (Institutos, Normales y Unidades Educativas) Urbanismo y Vivienda: • Construcción de infraestructura (Centro de rehabilitación, acogida, estaciones policiales) • Construcción Viviendas Multifamiliares LISTADO DE AOPs DEL SECTOR DE MINERÍA Y METALURGIA NIVELES DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL A).- AOPs CATEGORÍAS 1 Y 2 • Criterios y restricciones: 1. Las AOPs, pueden estar ubicadas en áreas protegidas de carácter nacional ó fuera. 2. Las características del proyecto minero, definirá el nivel de categoría 1 ó 2. GACETA OFICIAL DEI. ST )0 PLURINACIONAL. DE BOLIVIA 3. Los impactos ambientales a generarse son considerados altos a moderados, necesitan un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental para establecer la viabilidad del proyecto minero. Tipos de Proyectos: a) Explotación.- La preparación y desarrollo de un yacimiento o mina, la extracción del mineral, su transporte a bocamina o plantas de tratamiento o concentración. b) Beneficio o Concentración.- Procesos físicos, químicos y tecnológicos destinados a elevar el contenido útil o ley del mineral. c) Fundición y Refinación.- Procesos de conversión de productos minerales y metales, en metales de alta pureza. d) Industrialización.- Se entiende como el proceso de transformación de minerales y metales en bienes de capital, bienes de consumo intermedio y bienes de consumo final, cuando la materia prima es resultado de la actividad minera. e) Exploración.- La determinación de la dimensión y características del yacimiento, de la cantidad y calidad del mineral, y su evaluación para fines de desarrollo minero, a ubicarse en Áreas Protegidas. LISTAS DE CATEGORIZACIÓN DE LOS SECTORES DEL ÁREA HIDROCARBUROS CATEGORIA 1 • Perforación de Pozos exploratorios ubicados en Áreas Protegidas y Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. • Perforación de Pozos Exploratorios ubicados en Áreas Protegidas. • Facilidades de Producción ubicados en Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. • Facilidades de Producción ubicados en Áreas Protegidas. • Plantas de procesamiento Líquidos y Gaseosos. • Transporte por Ductos ubicados en Áreas Protegidas. • Transporte por Ductos ubicados en Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. • Adquisición Sísmica 2D y 3D, que se sobrepongan en Áreas Protegidas y Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. • Plantas de Refinación. CATEGORIA 2 • Perforación de Pozos de Desarrollo ubicados en Tierras Fiscales, que cuenten con intervención previa y que no se encuentren en Área Protegidas • Facilidades de producción ubicadas en Tierras fiscales (Líneas de recolección), que cuenten con intervención previa y que no se encuentren en Área Protegidas • Transporte por Ductos, que no se sobrepongan con Áreas Protegidas y Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. 44 (3AC_;ETA OF KS"IAI)t) 1)E RO 'Itt • Planta de Almacenaje ubicadas en Áreas Protegidas y Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs. CATEGORIA 3 • Proyectos de Redes de Gas ubicados en Áreas Protegidas • Todo el Sistema de Redes de Gas • Proyectos de Redes de Gas • Con redes en áreas sin intervención previa • Proyectos Exploratorias Hidrocarburíferas menos invasivas y con impactos ambientales no significativos ubicadas en Áreas Protegidas a) Prospecciones Geofísicas b) Gravimetría c) Magnetometría d) Geoeléctrica e) Magnetotelúrico f) Radar de Penetración de Superficie - GPR g) Radiometría h) Aerogravimetría, i) aeromagnetotelúrico, j) aeromagnetometría, k) aerofotogrametría I) Análisis de Emisiones Electromagnéticas Espontáneas Terrestres - AEEET y Detección de Campos de Stress — SF • Prospecciones Geoquímicas de Superficie a) Geoquímica Superficial por métodos Bacteriológicos b) Geoquímica Superficial por Gasometría y otros métodos; c) Otras a través de muestreos. • Transporte de Hidrocarburos (líquidos y gaseosos) por cisternas a) Estaciones de Servicio Líquidos y Gaseosos b) Estaciones Satelitales de Regasificación, pudiendo ser de competencia departamental c) Plantas de Almacenaje ubicados en Tierra Fiscal o Privada d) Pozos Inyectores de agua de formación 45 Cia .:.ET A O VIC I AL DEL ESTADO PLURINACIONAL 1)E BOI FORMULARIO DE NIVEL DE CATEGORIZACION AMBIENTAL 1) DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL(RL) Nombres y Apellidos: Tipo de Documento: Expedido: Domicilio Legal: No Teléfono fijo: No Celular: Correo Electrónico: Testimonio Publico que avala ser RL: 2) DATOS DEL CONSULTOR AMBIENTAL Nombres y Apellidos: Tipo de Documento: Expedido: Domicilio Legal: No Teléfono fijo: No Celular: Correo Electrónico: Registro RENCA: Fecha de emisión: 3) DATOS DE LA EMPRESA Razón Social: Sector: Domicilio Legal: No de registro de FUNDEMPRESA: Fecha de Reg.: No de NIT: Departamento/Ciudad: 'Dirección: No Teléfono fijo: Correo Electrónico: 4) IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DEL PROYECTO Nombre del proyecto: Ubicación Política del Proyecto: Departamento: Provincia: Municipio: Comunidad: Ubicación geográfica en UTM: Código catastral del predio: No de registro catastral: Superficie Ocupada por el Proyecto: Uso de Suelo: Actual: Potencial: 46 1 A OFICIAL, I) I, E S A DO P U It I 1\I A IONAL DI BOLIVIA No de Certificado : Expedido por: Fecha: NOTA: Anexar plano de ubicación del predio, certificado de uso de suelo, derecho propietario del inmueble y fotografías panorámicas del lugar 5) IDENTIFICACION DEL PROYECTO Sector: Sub Sector: Ámbito del proyecto: Urbano: Rural: Pertenece a un área: PROTEGIDA T.I.O.C. Otro (describir) Actividad Especifica: Objetivo General del Proyecto: Vida Útil Estimada Del Proyecto: ETAPA(S) DEL PROYECTO Exploración ( ) Ejecución ( ) Operación ( ) Mantenimiento ( ) Futuro inducido ( ) Abandono ( ) NIVEL DE CATEGORIA DE ACUERDO A LA LISTA Inversión del Proyecto: Fuentes de Financiamiento: 11. DECLARACIÓN JURADA Y FIRMA Yo con C.I. N° en calidad de Representante Legal de juro la exactitud y veracidad de la información detallada en el presente documento, y me comprometo a no realizar actividades diferentes a las señaladas en el presente formulario, a cumplir con las normas consignadas en la Ley N° 1333 de Medio Ambiente, sus reglamentos, disposiciones conexas y normas técnicas aplicables a mi actividad y reparar los daños que pudieran producirse como resultado de mi actividad. Firmas: REPRESENTANTE LEGAL RESPONSABLE TÉCNICO Lugar y fecha: 47 GACETA OFICIAL • DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 11.4i1.4T ANEXO B ESTUDIO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (EEIA) 1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD 2. DIAGNOSTICO DEL ESTADO INICIAL DEL AMBIENTE EXISTENTE 3. IDENTIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS 4. PREDICCIÓN DE IMPACTOS 5. ANALISIS DE RIESGO Y PLAN DE CONTINGENCIAS 6. EVALUACIÓN DE IMPACTOS 7. PROPUESTA DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS NEGATIVOS 8. PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN Y ESTIMACIÓN DE COSTOS DE LAS MEDIDAS 9. ANÁLISIS DE LOS IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS DEL PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD 10. ANALISIS COSTO-BENEFICIO DEL PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD 11.PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Y ESTIMACIÓN DE COSTOS DE IMPLEMENTACIÓN 12.PROGRAMA DE CIERRE DE OPERACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL ÁREA Y COSTOS DE IMPLEMENTACIÓN 13.INDICACIÓN DE VACIOS DE INFORMACIÓN 14.BIBLIOGRAFIA, REFERENCIAS CIENTÍFICAS, TECNICAS Y DE LOS METODOS UTILIZADOS Y FUENTES DE INFORMACIÓN 15.INFORME COMPLETO DEL EEIA Y DOCUMENTO RESUMEN 16.DECLARACION JURDA 48 A( jA i 1) F. t. ESTADO P (1 1{(NACIC.)NAL Di: 1S I,tVIA ANEXO C - 1 PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PPM-PASA) RESUMEN: 1. DATOS GENERALES NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA O NATURAL: REPRESENTANTE LEGAL: DOMICILIO PRINCIPAL Departamento: Provincia: Municipio: Ciudad o Localidad: Calle: N°: Zona: Teléfono Fijo: Teléfono Celular: Correo electrónico: 2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2.1. Nombre del proyecto: 2.2. Ubicación política del proyecto Departamento: Provincia: Municipio: Ciudad y/o Localidad: Calle N° Zona 2.3. Ubicación geográfica del proyecto Coordenadas geográficas (UTM) Identificación del área protegida: 49 GACETAO I)E E S A D O I) UR1NA 1NAI. D ROk V A SI/NO Nombre Área Protegida Nacional SI NO Ninguno 2.4. Alcance y descripción del Proyecto: 2.5. Cronograma de actividades Indicar las actividades previstas en cada etapa del proyecto. N° ETAPA DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES DURACIÓN 1 Ejecución 2 Operación 3 Mantenimiento 4 Cierre y Abandono 3. SITUACIÓN AMBIENTAL DEL SITIO DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO Indicar aspectos más relevantes de los componentes bióticos, abióticos y socioculturales. 4. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES EN BASE A LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO Y SITUACIÓN AMBIENTAL ACTUAL Identificación de impactos ambientales IMPACTO AMBIENTAL NORMAS ETAPA ACTIVIDAD EFECTO OBSERVACIONES • COCIÓ° FACTOR ATRIBUTO PERMISIBLES Ejecución Operación • Mantenimiento Abandono 5. PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN (PPM) Medidas de prevención y mitigación ambiental IMPACTO AMBIENTAL MEDIDAS DE FECHA DE PLAZO DE FECHA FECHA DE N° CÓDIGO PREVENCIÓN Y PRIORIDAD - REVISIÓN O FACTOR ATRIBUTO IMPLEMENTACIÓN DE INICIO CONCLUSIÓN MITIGACIÓN INSPECCIÓN 50 GACETA ()FILIAL DEL ESTAI)0 PLURINA .C10NAI. DE BOLIVIA 6. PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PASA) Plan de aplicación y seguimiento ambiental iZ o Impacto Ámbiental Medidas Ubicació Paráme Límite Frecuenci Material Costo de Resp Observad Código Factor Atribut de n tro de permisi a de requerido seguimie onsa s o mitigad punto de verifica ble muestreo nto ble ón muestre ción o 7. PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS SI CORRESPONDE 8. ANALISIS DE RIESGO Y PLAN DECONTINGENCIAS, SI CORRESPONDE 9. PLAN DE CIERRE Y ABANDONO 10. ANEXOS Documentación relacionada al proyecto. 11.- DECLARACIÓN.JURADA Los suscritos: en calidad de responsable técnico de la elaboración dela FICHA MANIFIESTO AMBIENTAL y el calidad deRepresentante Legal, damos fe de la verdad de la información detallada en el presente documento y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de este MANIFIESTO AMBIENTAL. Por otra parte asumimos la responsabilidad sobre el cumplimiento de las medidas propuestas en el MANIFIESTO AMBIENTAL. Firmas: 51 ( TACETA OFIC A l)i I. i'1•1 AUO i'I.0 INACIONA 1. D1.1 111) 1.1 ' 1 A ANEXO C - 2 PLAN DE ADECUACION AMBIENTAL - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PAA-PASA) RESUMEN: 1.DATOS GENERALES NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA O NATURAL: REPRESENTANTE LEGAL: DOMICILIO PRINCIPAL Departamento: Provincia: Municipio: Ciudad o Localidad: Calle: N°: Zona: Teléfono Fijo: Teléfono Celular: Correo electrónico: 2.DESCRIPCIÓN DE LA AOP 2.1. Nombre de la AOP: 2.2. Ubicación política de la AOP Departamento: Provincia: Municipio: Ciudad y/o Localidad: Calle N° Zona 2.3. Ubicación geográfica de la AOP Coordenadas geográficas (UTM) Identificación del área protegida: SI/NO Nombre Área Protegida Nacional SI NO Ninguno 52 2.4. Alcance y descripción de la AOP: 3.SITUACIÓN AMBIENTAL DEL SITIO DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO Indicar aspectos más relevantes de los componentes bióticos, abióticos y socioculturales. 4. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE DEFICIENCIAS AMBIENTALES EN BASE A LAS ACTIVIDADES DE LA AOP. Identificación de deficiencias ambientales DEFICIENCIA AMBIENTAL NORMAS PROCESOS ACTIVIDAD EFECTO OBSERVACIONES CODIGO FACTOR ATRIBUTO PERMISIBLES Ejecución Operación Mantenimiento Abandono 5.PLANTEAMIENTO DE MEDIDAS DE ADECUACION Medidas de adecuación y mitigación ambiental IMPACTO AMBIENTAL MEDIDAS DE FECHA DE PLAZO DE FECHA FECHA DE N' CÓDIGO ADECUACION Y PRIORIDAD REVISIÓN O FACTOR ATRIBUTO IMPLEMENTACIÓN DE INICIO CONCLUSIÓN MITIGACIÓN INSPECCIÓN 6.PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (PASA) Plan de aplicación y seguimiento ambiental Deficiencia Ambiental Medidas Ubicado Código Facto Atribut de Parámetr Mate n Límite Frecuenc Costo de r o adecuad o de rial Respo Observac N° punto de permisi la de seguimient ón y verificació requ nsable iones muestre ble muestreo o mitigado n erido o n 7.PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS SI CORRESPONDE 8. ANALISIS DE RIESGO Y PLAN DECONTINGENCIAS, SI CORRESPONDE 9. PLAN DE CIERRE Y ABANDONO 53 CLAC:ETA O FI ..10 PLURINACIONAL DF BOLlyiA 10. ANEXOS Documentación relacionada al proyecto. 11.- DECLARACIÓN JURADA Los suscritos: en calidad de responsable técnico de la elaboración de la FICHA MANIFIESTO AMBIENTAL y el calidad de Representante Legal, damos fe de la verdad de la información detallada en el presente documento y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de este MANIFIESTO AMBIENTAL. Por otra parte asumimos la responsabilidad sobre el cumplimiento de las medidas propuestas en el MANIFIESTO AMBIENTAL. Firmas: 54 GA 17,E1 A OrICIAL I) E 1. ESTADO P I URINA l Z O N A I. D F. 1101..1 V 1 A ANEXO D Manifiesto Ambiental (MA) SECTOR: 1. DATOS DE LA ACTIVIDAD OBRA O PROYECTO (AOP) 1.1 Datos generales de la AOP Nombre de la empresa o institución solicitante: Nombre del representante legal: No. de NIT: Actividad principal: Otras actividades: Ubicación de la AOP: Comunidad/localidad: Municipio: Provincia: Departamento: Ubicación Geográfica en UTM: Organizaciones a las que pertenece: Org.: No. de reg.: Fecha de ingreso: Vida útil de la A.O.P.: Monto de inversión: Zona: Urbana: Suburbana: Rural: Altitud (metros sobre el nivel del mar): Total de superficie ocupada por la A.O.P.: Área construida para administración: Área construida para producción y servicios: Área de terreno no utilizada: Área verde: Número de edificios y pisos: Vías de comunicación terrestre: Vías de comunicación fluvial: Vías de comunicación aérea: Transitabilidad: Unidades productivas colindantes a la AOP e identificar que actividades desarrollan: Norte: Sur: Este: Oeste: 1.2 Domicilio Legal Zona: Calle: No.: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Casilla: Municipio: Ciudad: Departamento: 1.3 Datos Administrativos de la A.O.P. No. de Personal Técnico: No. de Personal Administrativo: No. de Obreros: 55 • GACETA OFICIAL: DEL ESTADO PLU R I N ACIONA L DE BOLIVIA No. de Personal Eventual: Total: Permanente No Permanente Permanente No Permanente CALIFICADA NO CALIFICADA Periodo de trabajo: H / día: turnos/día: días/semana: Meses / año {enero O febrero () marzo () abril () mayo () junio () julio () agosto () septiembre () octubre () noviembre () diciembre ()} 2.- DESCRIPCIÓN FISICO NATURAL DEL AREA CIRCUNDANTE DE LA A.O.P. 2.1 Aspecto abiótico 2.1.1 Clima Tipo de clima: Precipitación pluvial promedio anual: Humedad relativa: Temperatura promedio anual: Temperatura Máxima: Temperatura Mínima: Dirección viento predominante: Velocidad promedio del viento: 2.1.2 Geológicos y mineralógicos Geología Geomorfología y Suelos Geomorfología: Montañosa: Ondulada: --- Plana: Susceptibilidad de la zona a sismicidad, deslizamientos, derrumbes, actividad volcánica, otros movimientos, etc.: 2.1.3 Suelos Clasificación de suelos presentes en el área de la A.O.P.: Composición: Uso del suelo: Actual: Potencial: 56 GACETA OFICi AL 1)111, ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 2.1.4 Recursos hídricos (rango hasta 5 km) Principales ríos o arroyos cercanos: Caudal estimado Permanente o Actividad para la Nombre en Época de Observaciones Intermitente que se Aprovechan Estiaje Lagos, pantanos y embalses artificiales: Localización y Volumen Nombre Observaciones distancia a la AOP Estimado Aguas Subterráneas: Profundidad y Dirección Uso Principal Distancia al AOP Observaciones 2.2 Aspectos bióticos 2.2.1 Flora Vegetación predominante: Vegetación endémica: Vegetación de interés comercial: Área protegida y/o reserva forestal: 2.2,2 Fauna Fauna preponderante: Fauna endémica de la región: Especies en peligro de extinción: Especies de interés comercial: 2.3 Aspectos socioeconómico-culturales No. de habitantes población civil: Superficie Densidad de población Distrito Población Principales zonas Hectáreas Hab. / Hectárea Fuente: Poblaciones colindantes: Distancia No de Nombre Colindante [Km] Habitantes Norte Sur Este Oeste Fuente: 57 Grupos étnicos: Cercanía a áreas arqueológicas e históricas: Actividad económica principal: 3. DESCRIPCIÓN DE LAS OPERACIONES DE LA A.O.P. 3.1 Datos Generales de las Operaciones de la A.O.P. Fecha de inicio de operaciones: Tipo de actividad: Num. de procesos: Tipo de procesos: Nota: Adjuntar flujograma de procesos y operaciones unitarias, balances general de materia y en c/u de los procesos 3.2 Actividad Productiva Productos Principales: Productos principales Cantidad/Mes Tipo de almacenamiento Observaciones Productos secundarios: Productos secundarios Cantidad/Mes Tipo de almacenamiento Observaciones Subproductos: Sub Productos Cantidad/Mes Tipo de almacenamiento Observaciones 3.3 Insumos y Materiales Utilizados: Insumos y Unidad Cantidad Tipo de almacenamiento Observaciones materiales 3.3.1 Utilización de recursos naturales de la región v materia rima: Materia Tipo de Cantidad/Mes Observaciones prima almacenamiento 3.4 Combustibles y lubricantes utilizados en el proceso: Combustibles Cantidad/Mes Tipo de almacenamiento Observaciones y lubricantes 3.5 Consumo de energía: - Energía eléctrica generada por planta: - Energía eléctrica consumida en planta: - Otras formas de energía generada o consumida por planta: 3.6 Aprovisionamiento y consumo de agua 58 GACETA 01"1:GIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 3.6.1 Aprovisionamiento - Sistema particular o municipal (red): - Agua superficial (ríos, lagos, etc.): - Agua subterránea (pozos): - Otra fuente: TOTAL: 3.6.2 Consumos de agua Industrial: Doméstico: Otros usos: TOTAL: 3.7 Transporte interno v externo Descripción Medio de transporte Cantidad Producto principal Productos secundarios Sub productos Insumos y materiales Combustibles y lubricantes Recursos naturales 3.8 Almacenamiento de materia prima, productos finales y otros productos 3.8.1 Cuenta con almacén para el producto principal, secundario y subproduáos? SI NO Descripción y Capacidad del almacén: 3.8.2 Cuenta con almacén para insumos y materiales? SI NO Descripción y capacidad del almacén: 3.8.3 Cuenta con almacén para recursos naturales utilizados? SI NO Descripción y capacidad del almacén: 3.8.4 Especificar señalización y medidas de protección contra incendios. 4. GENERACION Y EMISIÓN DE CONTAMINANTES 4.1 Aguas residuales 4.1.1 Identificación 1 59 GACE A 1:JEC, ESTADO P1.1312.1NA(.:1(}NAI. DE C1OLEVIA Identificación de Punto de Cuerpo Caudal Código la descarga descarga receptor mensual Con tratamiento Sin tratamiento Nota: Anexar el análisis correspondiente de las descargas de aguas de acuerdo al reglamento en materia de contaminación hídrica 4.1.2 Sistemas de tratamiento Descripción y flujograma del sistema de tratamiento de aguas y capacidad instalada: Calidad de agua que pasa por tratamiento: m3/día Nota: Anexar planos e informe de diseño de la planta en operación 4.2 Aire 4.2.1 Fuentes de emisión de contaminantes Enumerar las fuentes generadoras de contaminación atmosférica: Tipo de Emisión Cantidad de Código Fuente Caract. FIS-QMC Contaminante Emisión (KWh) Ruidos y vibraciones a partir de (db): IIntensidad Duración Y Código Fuente Capacidad (dB) Horario Max Min 60 GACETA OFICIAL DPI. ESTAD) PLURINACIONAL DF, BOLIVIA 4.2.2 Equipos y sistemas de control de contaminación atmosférica Descripción de los equipos y sistemas de control considerando sus características técnicas: 4.3 Residuos sólidos 4.3.1 Identificación Fuentes generadoras de residuos sólidos: Cant. Cant. Código Material Fuente Composición Disp. Final Maximes Minlmes 4.3.2 Tratamiento Descripción de los sistemas de tratamiento de residuos sólidos y sus características: Nota: Indicar si la disposición se realiza: - En el área de generación o fuera de ella - En confinamiento, apropiado y con licencia de operación - En caso de almacenamiento indicar tiempo antes de tratamiento y confinación final. 4.3.3 Almacenamiento de los Residuos Sólidos Indique si dentro de las instalaciones de la AOP se cuenta con un almacén o área para el almacenamiento de residuos sólidos. En caso de ser así descríbalos indicando sus características: 61 (7i ACVT, C ' I (7,1: A I)r.I, ca T A 1)0 I> lJ 111 N A (",1 N A I. 1I: 11() tIVIA 4.4 Sustancias, residuos y desechos peligrosos 4.4.1 Identificación CI asif. Cantidad Código Fuente Sustancia Y Cretib Almacén Mes e) * Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Toxico, Inflamable, Bio-infeccioso 4.4.2 Tratamiento y disposición Tratamiento de sustancias, residuos y desechos peligrosos: Sustancia Sistema de Características FIS- Código ' Capacidad Disp. Final del resultante peligrosa tratamiento QMC finales 4.4.3 Almacenamiento de sustancias peligrosas Tanques de almacenamiento de residuos: Dimensiones o vol. Presión de Código Cantidad/mes Observaciones Del contendor operación Describir las medidas de seguridad del almacén y las áreas de almacenamiento: 4.4.4 Transporte de sustancias peligrosas Describir los medios de transporte de sustancias peligrosas, características, medidas de seguridad y otros: 62 E,STADO 1.0 RINACIONAL DE BO 1.1 V A 4.4.5 Análisis de riesgos respecto a sustancias peligrosas Describir si se cuenta con procesos de administración de riesgos: Nota: Anexar registros autorizados o licencias de operaciones para actividades con sustancias peligrosas, según el Reglamento para actividades con sustancias peligrosas 5. INFORMACIÓN ADICIONAL 5.1 Seguridad e higiene industrial Equipo de protección personal: Número de accidentes/año: Promedio 5 últimos años: Causas: Número de enfermos/año: Promedio 5 últimos años: Causas: 5.2 Descripción de otras actividades potencialmente contaminantes: 6.PLAN DE CONTINGENCIAS 7.LEGISLACIÓN APLICABLE 8.IDENTIFICACIÓN DE DEFICIENCIAS Y EFECTOS 9.PLAN DE ADECUACION AMBIENTAL 10.PROGRAMA DE MONITOREO 11. PLAN DE CIERRE Y ABANDONO 63 OFICJ DEL ESTADO PLURINACIONAL. DE BOLIVIA 12.DATOS DEL CONSULTOR Fecha de entrega del Manifiesto Ambiental: Lugar: Responsable del llenado del Manifiesto Ambiental: Nombres y apellidos: Profesión: N° Reg. Consultor: No de NIT: Departamento: Ciudad: Domicilio: Zona: Teléfono: 13. DECLARACIÓN JURADA DECLARACION JURADA Los suscritos: en calidad de responsable técnico de la elaboración del MANIFIESTO AMBIENTAL y el calidad deRepresentante Legal, damos fe de la verdad de la información detallada en el presente documento y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de este MANIFIESTO AMBIENTAL. Por otra parte asumimos la responsabilidad sobre el cumplimiento de las medidas propuestas en el MANIFIESTO AMBIENTAL. Firmas: 13. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 64 DEL I DO. PLURINA(:' ,IONAL DE iSOLIVIA ANEXO E CONSULTA PÚBLICA LEY 1333, LEY DE MEDIO AMBIENTE. ARTICULO 93. Toda persona tiene derecho a ser informada veraz, oportuna y suficientemente sobre cuestiones vinculadas con la protección del medio ambiente, así como a formular peticiones y promove iniciativas de carácter individual o colectivo, ante las autoridades competentes que se relacionen con dichE protección. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL (RPCA). ARTICULO 162°.- En la fase de identificación de impactos para considerar en un EEIA, el REPRESENTANTE LEGAL deberá efectuar la Consulta Pública para tomar en cuenta observaciones, sugerencias y recomendaciones del público que pueda ser aféctado por la implementación del proyecto, obra o actividad. Si en el EEIA no estuviese prevista la misma, la Autoridad Ambiental Competente procederá a someter el EEIA a un periodo de consulta pública y a recabar los informes que en cada caso considere oportunos, antes de emitir la DIA. METODOLOGÍA DE LA CONSULTA PÚBLICA. De manera genérica se sugiere que la consulta pública debe contar con la siguiente documentación mínima: • Mapa del área de influencia directa/indirecta e identificación de actores. • Documento de divulgación, en el que se debe incorporar un Resumen del Proyecto en el marco del Articulo 35 del RPCA. • Convocatorias y/o notificaciones a las autoridades y/o representantes locales de las organizaciones, respetando su estructura orgánica. • Cronograma del proceso de consulta pública. • Acta de observaciones, sugerencias y/o recomendaciones para la implementación del proyecto. • Un documento final que contenga, dossier fotográfico, lista de participantes, documentación que certifique la convocatoria a consulta pública por medios de difusión televisivos o radiales y cuanta información o documentación que sea necesaria, sin que este requerimiento sea limitativo. 65 GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ANEXO F FORMATO DEL ACTA DE INSPECCIONES 1. DATOS GENERALES: Departamento: Provincia: Municipio: Comunidad: TIOC's: Área protegida: Fecha de inicio de inspección: Hora de inicio de inspección: Actividad, Obra o Proyecto: Empresa/Institución/Cooperativa/Otro: Sector: Etapa en la que se encuentra la AOP: Representante Legal: La AOP cuenta con: DIA DAA CD Ninguno Fecha de emisión de la Licencia Ambiental: Emitida por: Informes de Monitoreo Ambiental (IMA) presentados, No: Fecha del último IMA: Carácter de la inspección: Sin previo aviso: Con aviso previo: De oficio: A solicitud: Por denuncia: Por contingencia: Por emergencia: Inspección de control y seguimiento: PPM — PASA PAA - PASA Otro' Inspección de seguimiento al cumplimiento de la Resolución Administrativa emitida por la AAC: Inspección de en el marco de la evaluación del IRAP revia a la obtención de la Licencia Ambiental: Inspección en el marco de una Auditoria Ambiental: Otra: Fecha de la última inspección o visita realizada: 2. ALCANCE DE LA INSPECCIÓN: 3. Observaciones por parte del inspector: 4. Observaciones por parte de OSC, la AACD ylo GM: 66 A OH AL D E 1, ESTADO I'I.1.111 N A C 1 O NAL DI 1.1 V I A 5. Los vecinos del sector colindante a la empresa inspeccionada, realizan las siguientes observaciones y aclaraciones: 6. Observaciones y aclaraciones del representante legal de la AOP: 7. Conclusiones y recomendaciones del inspector: La inspección a la AOP finalizó a horas: del día: Como representante de la AOP inspeccionada confirmo que: SI NO a) El servidor público ha presentado su credencial b) He participado en todos los actos de la inspección consignados en el acta c) He expresado y consignado en el acta, mis criterios, planteamientos u observaciones de forma amplia 67 G.A.CET,A. O 1, ICIAJ.., DEL ES14DO PLURINACIOÑAl. DE BOLIVIA .... • -„. Como señal de conformidad de lo actuado y referido en el acto, se firma en la nómina siguiente: PARTICIPANTES DE LA INSPECCIÓN No. NOMBRE INSTITUCIÓN TELÉFONO CORREO FIRMA ELECTRÓNICO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 En caso de que el representante de la AOP en la Inspección, exprese desacuerdo en firma al Acta y no haga, se hará constar en esa acción en este punto, sin que esto afecte el valor probatorio de la Inspección: 68 (;;.ALETA oF1(7,1A1, 1) E t. EsTA DO U IN ACIONA 1. 1)11 1-1 (,) I. I IA PARTICIPANTES DE LA INSPECCIÓN En fecha a horas en (lugar) se realizó entrega de una copia del Acta de Inspección a la AOP: al representante de la misma, señor: firmado en constancia al pie: (Firma) (Aclaración de firma) Asimismo, se hizo entrega de una copia del Acta de Inspección a las siguientes instancias: (Firma) (Firma) (Aclaración de firma) (Aclaración de firma) (Institución u organización) (Institución u organización) (Firma) (Firma) (Aclaración de firma) (Aclaración de firma) (Institución u organización) (Institución u organización) 69 GACETA OFICIAL 7 1A 1)F.t. PISTADO PLURINACIONAL DR 11-01.15. ANEXO G FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE MONITOREO AMBIENTAL . Declaración Jurada. DECLARACIÓN JURADA Los suscritos: en calidad de responsable técnico de la elaboración del INFORME DE MONITOREO DE AMBIENTAL y el en calidad de damos fe de la veracidad de la información detallada en el presente documento, y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de este INFORME DE MONITOREO DE AMBIENTAL. Por otra parte asumimos la responsabilidad sobre el cumplimiento de las propuestas en el INFORME DE MONITOREO DE AMBIENTAL. Firmas: Responsable Técnico Responsable de la Empresa o Institución Nombres y apellidos: Cedula de identidad: Si se requiere mayor espacio en alguno de los puntos anexar hoja de acuerdo a formato. El presente documento no tiene validez sin nombres, apellidos y firmas. 2. Responsable de la elaboración del Informe de Monitoreo Ambiental. Nombre y Apellidos del Responsable de la elaboración del IMA. Registro de Consultoría Ambiental No • Domicilio: Teléfono/Celular: Nota: Anexar una copia del RENCA vigente, (del responsable técnico y/o empresa consultara que elaboro el documento). 3. Datos Generales de la AOP. Nombre de la AOP: N° Licencia Ambiental: Fecha de Emisión: Fecha de inicio de actividades de la AOP (según corresponda)• Etapa de la AOP: Periodo al que pertenece el IMA: Teléfono/Celular: 70 CTA(..:ErA O1:1R.:j1 DEI, ESTA 1,1 RINACIONA I, D E -I A 4. Breve descripción de la AOP. Respuesta a observaciones previas, según corresponda. Observación Respuesta 6. Detalle de actividades realizadas en el periodo al que pertenece el Informe de Monitoreo Ambiental. 7. Cumplimiento de los compromisos ambientales.- Informar el cumplimiento de las medidas aprobadas en el PPM ó PAA — PASA de acuerdo a la etapa en la que se encuentra la AOP, utilizando el formato de la siguiente tabla: Medida de Factor Prevención, Ambiental Mitigación ó (con base a Parámetro de Adecuación Punto de Frecuencia de lo aprobado Verificación Desarrollo de aprobada Monitoreo Monitoreo Respaldos en su PPM — aprobado la medida en el EEIA o PASA ó PAA MA segun - PASA) corresponda 8. Análisis de resultados por factores: aire, agua, suelo, socioeconómico y los que correspondan de acuerdo a las medidas aprobadas. (En este punto se debe realizar un análisis de resultados de laboratorio y compararlos con los límites permisibles de la norma.) Cada factor deberá reflejar. la trazabilidad completa incluyendo: la generación o abastecimiento, transporte. tratamiento y disposición final, según corresponda. La información deberá contener una síntesis de los resultados de laboratorio de las gestiones o meses anteriores generados como producto de monitoreo; asimismo. deberá adjuntar gráficas que reflejen tendencias de comportamiento ambiental. Para un mejor seguimiento se deberá incluir planos donde se presenten los puntos de muestreo así como los puntos de disposición final, cuando corresponda. 71 'GACETA OFICIAL DEL F.S'ADO PLURINACIONAL DF BOLIVIA 9. Análisis de la eficacia y eficiencia de las medidas de prevención y mitigación aplicadas (Si corresponde). Conclusiones. 10. 11. Anexos. Registro fotográfico. Planillas de registros, mantenimiento, análisis de laboratorio, certificados de calibración de equipos y/o instrumentos de medición y otra documentación que respalde las obligaciones ambientales asumidas. 72 GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Articulo Primero de la Ley de117 de diciembre de 1956 "Encomiéndese a la Secretaria General de la Presidencia de la República la publicación de la GACETA OFICIAL, destinada a registrar las leyes, decretos y resoluciones supremas que promulgue el Poder Ejecutivo de la Nación. Articulo Segundo del Decreto Supremo N° 05642 de 21 de noviembre de 1960. "Los materiales publicados en Gaceta, tendrán validez de cita oficial, para todos los efectos legales y especialmente para el cómputo de términos judiciales y administrativos." Gaceta N° 1I55 La Paz - Bolivia 03 de abril de 2019 Contenido: INDICE CRONOLÓGICO DEPÓSITO LEGAL LP. 4-3-605-89-G LEY LEY 1160 1160 01 DE ABRIL DE 2019 .— LEY MODIFICATORIA AL PARÁGRAFO I DEL ARTÍCULO 94 DE LA LEY N° 026 DE 30 DE JUNIO DE 2010, DEL RÉGIMEN ELECTORAL, MODIFICADO POR LA LEY N° 575 DE 2 DE OCTUBRE DE 2014 Y LA LEY N° 929 _DE 27 DÉ ABRIL DE 2017. DECRETOS 3848 DEcIETol 3849 3$48-V 3849 DESIGNACIÓN INTERINA DE MINISTROS. 3850 3850 03 DE ABRIL DE 2019 .— Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria 3851 ___de recursos adicionales a favor del Ministerio de Culturas y Turismo. 3852 3851 03 DE ABRIL DE 2019 Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria 3853 de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, para dar 3854 continuidad al funcionamiento y operaciones del Viceministerio de Coca y Desarrollo 3855 Integral. 3856 3852 03 DE ABRIL DE 2019 .— Autoriza, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Auditorías Externas a favor del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa — OPCE. 3853 03 DE ABRIL DE 2019 .— Aprueba el "Reglamento que Regula la Suscripción de Con- RESOLUCIONES tratos Cooperativos Mineros", nuevos y por adecuación en áreas de la Corporación MINISTERIALES Minera de Bolivia — COMIBOL. N° 042-19 3854 03 DE ABRIL DE 2019 .— Tiene por objeto: N° 031-19 a) Crear el Consejo Filatélico Boliviano; y Min. Hidrocarburos. b) Establecer las condiciones para la emisión de los sellos postales y productos filatélicos. 3855 03 DE ABRIL DE 2019 .— Autoriza la constitución de un fideicomiso en favor de Go- biernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales. 3856 03 DE ABRIL DE 2019 .— Modifica el Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA, aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, modi- ficado por el Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018 . LEY N° 1160 LEY DE 01 DE ABRIL DE 2019 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL, DECRETA: LEY MODIFICATORIA AL PARÁGRAFO I DEL ARTÍCULO 94 DE LA LEY N° 026 DE 30 DE JUNIO DE 2010, DEL RÉGIMEN ELECTORAL, MODIFICADO POR LA LEY N° 575 DE 2 DE OCTUBRE DE 2014 Y LA LEY N° 929 DE 27 DE ABRIL DE 2017 ARTÍCULO ÚNICO. La presente Ley tiene por objeto modificar el Parágrafo 1 del Artículo 94 de la Ley N° 026 de 30 de junio de 2010; del Régimen Electoral, modificado por la Ley N° 575 de 2 de octubre de 2014 y la Ley N° 929 de 27 de abril de 2017, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 94. (CONVOCATORIAS). L Los procesos electorales de mandato fijo establecidos en la Constitución Política del Estado, serán convocados por el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución de Sala Plena, con una anticipación de por lo menos ciento veinte (120) días a la fecha de la realización de la votación para elecciones de autoridades nacionales del Estado Plurinacional, de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales. Para la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, la convocatoria será emitida con una anticipación mínima de noventa (90) días. La convocatoria deberá garantizar que la elección de nuevas autoridades y representantes, se realice antes de la conclusión del mandato de las autoridades y representantes salientes." DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. El Órgano Electoral Plurinacional deberá adecuar el Calendario Electoral para las "Elecciones Generales 2019", conforme a la presente Ley. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley. 3 Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia. Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Héctor Enrique Arce Zaconeta. DECRETO PRESIDENCIAL N° 3848 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el ciudadano Rafael Alarcón Orihuela, Ministro de Energías, mediante nota CITE: MEN1243/DESP-0099, de 01 de abril de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial el 01 y 02 de abril de 2019, a la ciudad de Buenos Aires - República Argentina, a objeto de tratar temas concernientes a la política energética bilateral con el vecino país, por lo que solicita la designación de Ministra Interina, mientras dure su ausencia. Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo. DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRA INTERINA DE ENERGÍAS, a la ciudadana Mariana Prado Noya, Ministra de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga. 4 I 1)1 ∎ I '/, 'It N ,1 1 111. 111 II DECRETO PRESIDENCIAL N° 3849 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH — 01616 DESP — 0353, de 01 de abril de 2019, presentada en la misma fecha, comunica que se ausentará del país en misión oficial el 31 de marzo, 01 y 02 de abril de 2019, a la ciudad de Salta - República Argentina, a objeto de sostener una reunión en la ciudad de Salta con la Empresa XR — Geomap, la cual brinda servicios geológicos de explotación y producción de gas y petróleo en Sudamérica, por lo que solicita la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia. Que es necesario designar Ministró Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo. DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga. DECRETO SUPREMO N° 3850 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados. Que el inciso a) del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley N° 292, de 25 de septiembre de 2012, General de Turismo "Bolivia te Espera", señala que el posicionamiento estratégico del turismo implica que el Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de sus competencias del nivel central, compromete la provisión de recursos financieros destinados al desarrollo del sector turístico en sus diversos componentes, en procura de su posicionamiento como actividad estratégica, productiva y sustentable. Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación — TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales. Que con la finalidad de dar continuidad a los objetivos institucionales y cumplir con las actividades del Ministerio de Culturas y Turismo, se requiere la asignación presupuestaria de recursos adicionales para fortalecer la promoción de Destinos Turísticos de Bolivia en mercados nacionales e internacionales. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Culturas y Turismo. ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y • Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación — TGN, realizar en la gestión 2019 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto de Bs24.761.194.- (VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA - Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS), a favor del Ministerio de Culturas y Turismo para fortalecer la promoción de Destinos Turísticos de Bolivia en mercados nacionales e internacionales. La señora Ministra de Estado en. el Despacho de Culturas y Turismo, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. 6 FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Flector Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montan() Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. DECRETO SUPREMO N° 3851 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados. Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, señala que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación — TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales. Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone que las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo tienen la atribución de proponer proyectos de decretos supremos y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado. Que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras requiere contar con recursos adicionales provenientes del TGN, para dar continuidad a los gastos de funcionamiento y operaciones de las actividades propias del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral. 7 EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, para dar continuidad al funcionamiento y operaciones del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral. ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación — TGN, realizar en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto total de Bs6.723.450.- (SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras para dar continuidad a los gastos de funcionamiento y operaciones del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral. Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Flector Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. DECRETO SUPREMO N° 3852 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán 8 !E comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados. Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011, señala que el Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa — OPCE, creada por el Artículo 83 de la Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani — Elizardo Pérez", es una entidad pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Educación, con personería jurídica, con patrimonio propio y autonomía de gestión técnica, administrativa, financiera y legal en el ámbito nacional. Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación — TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales. Que el Parágrafo 1 del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 3766, de 2 de enero de 2019, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 1135, establece que en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción y/o incremento de las partidas de gasto 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 2580 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables" y 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", con recursos de financiamiento externo de crédito, donación, y su contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento dé estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo. Que el OPCE, requiere efectuar el mantenimiento y refacción de sus ambientes, y la revalorización e inventariación de activos fijos. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la gestión 2019, la asignación presupuestaria de recursos adicionales y el incremento de la subpartida de Auditorías Externas a favor del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa — OPCE. ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación — TGN, realizar en la gestión 2019 la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto de Bs96.517.- 9 GACETA OFICIAL Dul EsTAD0 PLURINACIONAL. DE itoLtvin kr 9;4_1064 11 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIECISIETE 00/100 BOLIVIANOS), a-favor del OPCE para reforzar los gastos de funcionamiento y refacción de sus ambientes. ARTÍCULO 3.- (CONSULTORÍAS). Se autoriza al OPCE, incrementar en la gestión 2019, la subpartida 25230 "Auditorías Externas" en Bs19.000.- (DIECINUEVE MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiado con fuente y organismo 10 - 111 "Tesoro General de la Nación", a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del TGN, para realizar la revalorización técnica e inventariación de activos fijos. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. DECRETO SUPREMO N° 3853 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo I del Artículo 349 de la Constitución Política del Estado, determina que los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo. Que el Parágrafo I del Artículo 370 del Texto Constitucional, establece que el Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva, suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley. Que el Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 1140, de 21 de diciembre de 2018, dispone que el Contrato Cooperativo Minero será suscrito por la Corporación Minera de Bolivia — COMIBOL con las cooperativas mineras para el desarrollo de actividades de la cadena productiva en áreas de la COMIBOL establecidas en el Parágrafo V del Artículo 61 de la Ley N° 535, de 28 de mayo de 2014, modificado por el Parágrafo I del Artículo 8 de 10 la Ley N° 845, de 24 de octubre de 2016, para nuevas solicitudes, así como la adecuación de los Contratos de Arrendamiento suscritos con anterioridad a la vigencia de la citada Ley, sobre áreas por pertenencias o cuadrículas y los parajes de explotación por niveles, bocaMinas; así como, las colas, desmontes, relaves, paliacós, sucus y escorias, respetando las áreas mineras de dichos contratos. Al efecto, la COMIBOL deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Parágrafo II del Artículo 199 de la Ley N° 535, en lo que respecta al inciso d) del Parágrafo V del Artículo 61 de la citada Ley. Que el Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley N° 1140, señala que la suscripción de los contratos cooperativos mineros por adecuación, respetará los derechos preconstituidos de las cooperativas, manteniéndose inalterable la titularidad de la COMIBOL sobre sus áreas. Que el Parágrafo. III del Artículo 4 de la Ley N° 1140, determina que el porcentaje de participación económica se establecerá respetando lo pactado en los contratos vigentes, los mismos que serán aplicados también a los contratos nuevos. Las solicitudes de Contrato Cooperativo Minero deben cumplir las previsiones establecidas en los Parágrafos III, IV, V y VIII del Artículo 153 Bis incorporado a la Ley N° 535, por el Parágrafo VIII del Artículo 8 de la Ley N° 845. Que la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1140, establece que el Ministerio de Minería y Metalurgia elaborará el Reglamento que establezca el procedimiento para la suscripción de Contratos Cooperativos Mineros y de los que se suscriban por adecuación, que será aprobado mediante Decreto Supremo. Que la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 1140, dispone que en tanto se inicie y mientras dure el proceso de adecuación a Contratos Cooperativos Mineros, se garantiza la continuidad de las actividades mineras legalmente constituidas. Que es necesario para la COMIBOL contar con los procedimientos para la suscripción de Contratos Cooperativos Mineros, nuevos y por adecuación, con el objeto de generar y continuar con el desarrollo de actividades mineras en las áreas bajo su administración. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el "Reglamento que Regula la Suscripción de Contratos Cooperativos Mineros", nuevos y por adecuación en áreas de la Corporación Minera de Bolivia — COMIBOL. ARTÍCULO 2.- (APROBACIÓN). Se aprueba el "Reglamento que Regula la Suscripción de Contratos Cooperativos Mineros", nuevos y por adecuación, en áreas nacionalizadas y no nacionalizadas de la COM1BOL, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo; de conformidad a la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1140, de 21 de diciembre de 2018. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casá Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. 12 REGLAMENTO QUE REGULA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la suscripción de nuevos Contratos Cooperativos Mineros en áreas de titularidad de la Corporación Minera de Bolivia — COMIBOL con las cooperativas mineras, así como aquellos que se suscriban por adecuación en el marco del respeto a los derechos preconstituidos. ARTÍCULO 2.- (ALCANCE). El presente Reglamento alcanza y es de aplicación obligatoria a las cooperativas mineras que: 1. Soliciten la suscripción de nuevos contratos en áreas de titularidad de la COMIBOL; 2. Soliciten la modificación de las solicitudes de suscripción de Contratos de Producción Minera a Contratos Cooperativos Mineros, en cumplimiento a lo dispuesto en el Parágrafo V del Articulo 4 de la Ley N° 1140, de 21 de diciembre de 2018; 3. Cuenten con derechos preconstituidos, en el marco de los contratos de arrendamiento que suscribieron con la COMIBOL en sus áreas con anterioridad a la vigencia de la presente norma; 4. Cuenten con derechos preconstituidos en el marco de los contratos de riesgo compartido, contratos de arrendamiento u otros suscritos por el Ex Complejo Industrial de Recursos Evaporíticos del Salar de Uyuni — Ex CIRESU; 5. Hubieren suscrito Contratos Administrativos Mineros de carácter transitorio u otros actos administrativos de reconocimiento de derechos suscritos y emitidos por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera — AJAM o la COMIBOL, en áreas nacionalizadas o áreas de titularidad de la empresa minera estatal. ARTÍCULO 3.- (RESPONSABILIDAD). El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para todo el personal de la COMIBOL que intervenga en el proceso de suscripción de los Contratos Cooperativos Mineros en el marco de la Ley N° 1140. ARTÍCULO 4.- (NORMA SUPLETORIA). En todo lo que no sea regulado por el presente Reglamento, se aplicará de manera supletoria la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo y su Reglamento. ARTÍCULO 5.- (NOTIFICACIONES). Las notificaciones serán realizadas por la COMIBOL a las cooperativas mineras en el domicilio procesal señalado por estas, o por medio de fax o correo electrónico. CAPÍTULO II FUNCIONES DE LA COMIBOL PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS ARTÍCULO 6.- (DIRECTORIO GENERAL DE LA COMIBOL). En el marco de la Ley N° 1140, el Directorio General de la COMIBOL tendrá las siguientes funciones: 13 1. Aprobar la suscripción del Contrato Cooperativo Minero, nuevo o de adecuación; 2. Autorizar al Presidente Ejecutivo la suscripción del Contrato Cooperativo Minero; 3. Aprobar la resolución del Contrato Cooperativo Minero, conforme a las- causales establecidas en los mismos; Los actos del Directorio se emitirán a través de Resolución expresa. ARTÍCULO 7.- (PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA COMIBOL). El Presidente Ejecutivo de la COMIBOL tiene las siguientes funciones: 1. Recibir las solicitudes de Contratos Cooperativos Mineros, nuevos y por adecuación; 2. Suscribir en representación de la COMIBOL, los Contratos Cooperativos Mineros, nuevos y por adecuación; 3. Emitir las resoluciones de rechazo y desistimiento de las solicitudes de Contratos Cooperativos Mineros en los casos previstos en el presente Reglamento; 4. Determinar la pérdida del derecho de adecuación, en los casos de incumplimiento al plazo establecido para la presentación de solicitudes o al incumplimiento de los requisitos dispuestos en el presente Reglamento; 5. Disponer el retorno de las áreas mineras a la administración de la COMIBOL, por efecto de la pérdida del derecho de adecuación o resolución del Contrato Cooperativo Minero. ARTÍCULO 8.- (DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE CONTRATOS). La Dirección de Supervisión y Seguimiento de Contratos, dependiente de la Gerencia Técnica y de Operaciones de la COMIBOL tiene las siguientes funciones: 1. Procesar las solicitudes de Contrato Cooperativo Minero, nuevos y por adecuación; 2. Verificar el cumplimiento de los requisitos de acuerdo a lo previsto en la Ley. N° 1140 y el presente Reglamento; 3. Evaluar el Plan de Trabajo; 4. Emitir el Informe Técnico recomendando la suscripción del Contrato; 5. Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTICULO 9.- (DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS). La Dirección de Asuntos Jurídicos de la COMIBOL, tiene las siguientes funciones: 1. Revisar los documentos legales presentados por la Cooperativa Minera solicitante; 2. Emitir los informes legales requeridos en el proceso de suscripción de Contratos Cooperativos Mineros; 14 3. Emitir el Informe Legal recomendando la autorización de la suscripción del Contrato, si corresponde; 4. Elaborar Proyectos de Contratos nuevos y por adecuación, conforme al modelo aprobado por el Ministerio de Minería y Metalurgia. CAPÍTULO III NUEVOS CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS Y SU PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 10.- (ÁREA DEL CONTRATO COOPERATIVO MINERO). Los nuevos Contratos Cooperativos Mineros podrán ser suscritos sobre áreas mineras de la COMIBOL nacionalizadas y no nacionalizadas que se encuentren bajo su titularidad. ARTÍCULO 11.- (REQUISITOS). Los requisitos exigidos para la suscripción de nuevos Contratos Cooperativos Mineros son: 1. Nota de solicitud de suscripción de Contrato dirigida al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL; 2. Resolución Administrativa de reconocimiento de Personalidad Jurídica y su correspondiente registro; o certificado de trámite de obtención de Personalidad Jurídica, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas — AFCOOP (original o fotocopia legalizada); 3. Testimonio de Poder del Representante Legal de la Cooperativa Minera, con facultades expresas para suscribir el Contrato Cooperativo Minero con la COMIBOL (original o fotocopia legalizada); 4. Nómina actualizada de asociados mediante Declaración Voluntaria ante Notario de Fe Pública; 5. Identificación y ubicación del área de interés; 6. Plan de Trabajo y Desarrollo conforme formato establecido en Resolución Ministerial N° 115/2017, de 20 de junio de 2017, aprobado por el Ministerio de Minería y Metalurgia; 7. Certificado de Constancia de presentación de solicitud de Conciliación de Deudas con la COMIBOL, si corresponde; 8. Certificación de afiliación y/o vigencia emitida por la Federación Departamental, Regional o su inmediato superior. ARTÍCULO 12.- (PARTICIPACIÓN ECONÓMICA). Para la suscripción de nuevos Contratos Cooperativos Mineros se establece el porcentaje de participación económica del uno por ciento (1%) sobre el valor neto de venta, a favor de la COMIBOL. ARTÍCULO 13.- (PLAZO DE LOS CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS). El plazo de los Contratos Cooperativos Mineros no deberá exceder los quince (15) años, pudiendo ser prorrogado por el mismo lapso de tiempo, a solicitud de la cooperativa, considerando su interés social, productivo y económico. 15 ARTÍCULO 14.- (RECHAZO DE SOLICITUD). La COMIBOL procederá al rechazo de la solicitud de suscripción de nuevos Contratos Cooperativos Mineros en los siguientes casos: 1. Cuando el área minera solicitada no sea de titularidad de la COMIBOL; 2. Por incumplimiento en el plazo o la presentación de los requisitos establecidos en el presente Reglamento; 3. Cuando el solicitante no este establecido en el marco de la Ley N° 1140; 4. Cuando el área minera sea de interés estratégico de la COMIBOL debidamente justificado. ARTÍCULO 15.- (PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN DE NUEVOS CONTRATOS). I. Las solicitudes de nuevos Contratos Cooperativos Mineros, se regirán por el siguiente procedimiento: 1. La cooperativa minera que desee suscribir un Contrato Cooperativo Minero, deberá presentar su solicitud dirigida al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL, adjuntando los requisitos exigidos en el Artículo 11 del presente Reglamento; 2. Una vez recibida la solicitud de la cooperativa minera, el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL en el plazo de cinco (5) días hábiles remitirá a la Dirección de Proyectos para que en el plazo de cinco (5) días hábiles elabore el Informe determinando si el área solicitada es de interés estratégico o no para la COMIBOL; 3. En caso de que el área solicitada no sea de interés estratégico para la COMIBOL, la Dirección de Proyectos debe remitir el trámite a la Dirección de Seguimiento y Supervisión de Contratos para la verificación del cumplimiento de requisitos, revisión del Plan de Trabajo y Desarrollo y emisión del Informe Técnico, dentro de los diez (10) días hábiles; 4. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos u observaciones al Plan de Trabajo y Desarrollo, la cooperativa minera deberá subsanar las mismas en un plazo de treinta (30) días hábiles, computables a partir de la notificación con la nota de observación emitida por la Dirección de Seguimiento y Supervisión de Contratos. Este plazo podrá ser ampliado a quince (15) días hábiles a petición del interesado; 5. De no existir observaciones o subsanadas las mismas, la Dirección de Seguimiento y Supervisión de Contratos emitirá el informe señalado en el punto 3 del presente Parágrafo y emitirá el Plano Catastral, derivándolo a la Dirección de Asuntos Jurídicos, en el plazo de cinco (5) días hábiles; 6. La Dirección de Asuntos Jurídicos, en el plazo de quince (15) días hábiles computables desde la recepción de los antecedentes, emitirá el Informe Legal recomendando al Directorio la autorización de suscripción del Contrato Cooperativo Minero. Asimismo, elaborará el proyecto de la Minuta en base al modelo de contrato aprobado por el Ministerio de Minería y Metalurgia, que será remitido al Directorio General de la COMIBOL para su autorización; 16 7. El Directorio General de la COMIBOL en el plazo de veinte (20) días hábiles emitirá una Resolución de Directorio disponiendo lo siguiente: a) Aprobar la suscripción del Contrato Cooperativo Minero; b) Autorizar al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL la suscripción de la minuta de Contrato Cooperativo Minero con la cooperativa solicitante; c) Instruir la inscripción del Contrato en el Registro Minero de la AJAM previa protocolización conforme al presente Reglamento. 8. En el plazo máximo de cinco (5) días hábiles de recibida la Resolución del Directorio General de la COMIBOL, el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL suscribirá la minuta del Contrato Cooperativo Minero nuevo; 9. Suscrito el Contrato Cooperativo Minero por el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL y previo cumplimiento a lo dispuesto en la normativa legal vigente, se remitirán los . antecedentes a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la COMIBOL para la protocolización de los contratos ante Notaria de Fe Pública, en el plazo de cinco (5) días hábiles. El costo de la protocolización será asumido por la cooperativa minera; 10. La Dirección de Asuntos Jurídicos en el plazo de cinco (5) días hábiles de protocolizado el contrato remitirá a la AJAM para su inscripción en el Registro Minero. En caso de que la cooperativa hubiese presentado el certificado de trámite de obtención de Personalidad Jurídica dentro de los requisitos de su solicitud, ésta deberá presentar su Resolución Administrativa de reconocimiento de Personalidad Jurídica antes de la suscripción de la minuta del Contrato Cooperativo Minero, caso contrario se tendrá por desistida la solicitud. ARTÍCULO 16.- (AUTORIZACIONES DE CATEO). La COMIBOL otorgará autorizaciones de cateo a las cooperativas mineras en áreas de su titularidad, quienes tendrán derecho preferente para la presentación de la solicitud de suscripción de Contrato Cooperativo Minero. CAPÍTULO IV CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS POR ADECUACIÓN Y SU PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 17.- (ÁREAS DEL CONTRATO COOPERATIVO MINERO). Los Contratos Cooperativos Mineros que se suscriban por adecuación, respetarán las características propias de las áreas establecidas en los contratos principales de arrendamiento y sus adendas suscritas con la COMIBOL, sean por pertenencias, cuadriculas, o por parajes mineros: niveles, bocaminas, colas, desmontes, relaves, pallacos, sucus y escorias. ARTÍCULO 18.- (REQUISITOS). Los requisitos exigidos para la suscripción de Contratos Cooperativos Mineros por adecuación son: 1. Nota de solicitud de adecuación dirigida al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL; 2. Resolución Administrativa de reconocimiento de Personalidad Jurídica y su correspondiente ficha de registro; 17 3. Testimonio de Poder del Representante Legal de la Cooperativa Minera, con facultades expresas para suscribir el Contrato Cooperativo Minero con la COMIBOL (original o fotocopia legalizada); Certificado de Constancia de presentación de solicitud de Conciliación de Deudas, si corresponde; 5. Testimonio de Contrato de Arrendamiento o Documento Equivalente, según.corresponda (Original o fotocopia legalizada); 6. Certificación de afiliación y/o vigencia emitida por la Federación Departamental, Regional o su inmediato superior. ARTÍCULO 19.- (PARTICIPACIÓN ECONÓMICA). I. En los Contratos Cooperativos Mineros que se suscriban por adecuación, la participación económica a favor de la COMIBOL será la dispuesta en la Ley .N° 1140. Los porcentajes de participación económica establecidos en los Contratos de Producción Minera que se hubieren suscrito en el marco del Decreto Supremo N° 2994, de 23 de noviembre de 2016, se ajustaran a lo dispuesto en el presente Artículo. ARTÍCULO 20.- (PLAZO DE LOS CONTRATOS COOPERATIVOS MINEROS POR ADECUACIÓN). El plazo de los Contratos Cooperativos Mineros por adecuación no deberá exceder los quince (15) años, pudiendo ser prorrogado por el mismo lapso de tiempo, a solicitud de la cooperativa, considerando su interés soci 'al, productivo y económico. ARTÍCULO 21.- (RECHAZO DE SOLICITUD). La COMIBOL procederá al rechazo de la solicitud de adecuación a Contrato Cooperativo Minero en los siguientes casos: 1. Cuando el área minera solicitada no sea de titularidad de la COMIBOL; 2. Por incumplimiento en el plazo o la presentación de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. ARTÍCULO 22.- (PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES). Las cooperativas mineras • deberán presentar su solicitud de adecuación a Contrato Cooperativo Minero en el plazo de dieciocho (18) meses computables a partir de la publicación del presente Reglamento. ARTÍCULO 23.- (PROCEDIMIENTO Y SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS. COOPERATIVOS MINEROS POR ADECUACIÓN). Los Contratos de Arrendamiento y aquellos alcanzados por el Artículo 2 del presente Reglamento, según corresponda, suscritos con anterioridad a la presente norma sujetos a su adecuación a Contratos Cooperativos Mineros, se regirán por el siguiente procedimiento: 1. La Cooperativa Minera que desee suscribir un Contrato Cooperativo Minero por adecuación, deberá presentar su nota de solicitud dirigida al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL, adjuntando los requisitos exigidos en el Artículo 18 del presente Reglamento; 18 2. Una vez recibida la solicitud de la cooperativa minera, el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL, en el plazo de cinco (5) días, instruirá a la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Contratos que verifique la documentación presentada por la cooperativa minera en el plazo de diez (10) días hábiles; 3. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos o evidenciarse observaciones, la cooperativa deberá subsanar las mismas en el plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, computables a partir de la notificación con la nota de observación emitida por la Dirección de Seguimiento y Supervisión de Contratos. Este plazo podrá ser ampliado a quince (15) días hábiles a petición del interesado; 4. De no subsanar lo observado en el plazo establecido, la Dirección de Seguimiento y Supervisión de Contratos recomendará al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL se desestime la solicitud de adecuación, excepto cuando se demuestre que el incumplimiento no es atribuible a la cooperativa minera y sea por causas de fuerza mayor o caso fortuito; 5. Recibida toda la documentación subsanada, la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Contratos en un plazo de quince (15) días hábiles, emitirá el Informe Técnico recomendando la suscripción del Contrato, así como la emisión del Plano Catastral, el mismo que será remitido a la . Dirección de Asuntos Jurídicos; 6. La Dirección de Asuntos Jurídicos dentro del plazo de quince (15) días hábiles computables desde la recepción de los antecedentes, emitirá el Informe Legal recomendando al Directorio la autorización de suscripción del Contrato Cooperativo Minero por adecuación. Asimismo, elaborará el proyecto de la Minuta conforme al modelo aprobado por el Ministerio de Minería y Metalurgia el cual, junto a sus antecedentes, serán remitidos al Directorio de la COMIBOL para la autorización de suscripción del contrato; 7. El Directorio General de la COMIBOL en el plazo de veinte (20) días hábiles emitirá la Resolución de Directorio disponiendo: a) Aprobar la suscripción del Contrato Cooperativo Minero por adecuación; b) Autorizar al Presidente Ejecutivo de la COMIBOL la suscripción de la minuta de Contrato Cooperativo Minero por adecuación con la cooperativa solicitante; c) Instruir la inscripción del Contrato en el Registro Minero de la AJAM previa protocolización conforme al presente Reglamento. 8. En el plazo máximo de cinco (5) días hábiles de recibida la Resolución del Directorio General de la COMIBOL, el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL suscribirá la minuta del Contrato Cooperativo Minero por adecuación; 9. Suscrito el Contrato Cooperativo Minero por el Presidente Ejecutivo de la COMIBOL, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles se remitirán los antecedentes a la Dirección de Asuntos Jurídicos para la protocolización del contrato ante Notaria de Fe Pública, cuyo costo será asumido por la Cooperativa Minera; 10. La Dirección de Asuntos Jurídicos en el plazo de cinco (5) días hábiles de protocolizado el contrato remitirá a la AJAM para su inscripción en el Registro Minero. 19 ARTÍCULO 24.- (PÉRDIDA DEL DERECHO DE ADECUACIÓN). En caso que la solicitud de adecuación sea presentada fuera del plazo establecido en el presente Reglamento, dará lugar a la pérdida del derechó de adecuación y en consecuencia las áreas retornarán a la administración de la COMIBOL. II. El incumplimiento en la presentación de los requisitos legales dará lugar al rechazo de la solicitud de adecuación. A solicitud de la cooperativa interesada, la COMIBOL le otorgará un plazo extraordinario, por única vez, de noventa (90) días calendario computable a partir de la notificación con la autorización expresa, para que subsane o complemente los requisitos. Caso contrario procederá la pérdida del derecho de adecuación y en consecuencia las áreas retornarán a la administración de la COMIBOL. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.- La COMIBOL en el plazo de noventa (90) días hábiles computables a partir de la publicación del presente Reglamento, analizará las áreas que se encuentran bajo su administración identificando las que sean de su interés para proyectos estratégicos, las que no estarán disponibles para la suscripción de nuevos Contratos Cooperativos Mineros, debiendo remitir al Ministerio de Minería y Metalurgia la información que corresponda. II. La presente disposición no se aplica a derechos preconstituidos de las cooperativas mineras. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.- La COMIBOL en el plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la publicación del presente Reglamento, deberá aprobar el procedimiento para la emisión de Autorizaciones de Cateo, previa conformidad del Ministerio de Minería y Metalurgia. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.- I. Los trámites en curso en el marco del Decreto Supremo N° 2994, deberán concluir de acuerdo al presente Reglamento, dándose continuidad en el estado en el que se encuentren sin la posibilidad de retrotraer etapas. Las cooperativas que hayan suscrito Contrato de Producción Minera, en sujeción a la Ley N° 845, de 24 de octubre de 2016, y su Reglamento, solicitaran, sin tramites adicionales, la modificación de la minuta protocolizada al modelo de Contratos Cooperativos Mineros conforme al Parágrafo V del Artículo 4 de la Ley N° 1140, y el presente Reglamento. DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Las Certificaciones de afiliación y/o vigencia a favor de las cooperativas mineras, serán emitidas por las Federaciones Departamentales de Cooperativas Mineras, Regionales o de su inmediato superior, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles computables a partir de su solicitud, sin mayor trámite o requisito. -0- 20 DECRETO SUPREMO N° 3854 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el numeral 3 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia exclusiva del nivel central del Estado el servicio postal. Que el Artículo 103 de la Ley N° 164, de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, establece que el Estado en su nivel central a través del operador público designado, prestará el servicio postal universal, garantizando a todos los habitantes en forma permanente, con frecuencia predefinida, con calidad determinada, a precios asequibles, la prestación de servicios de oferta mínima, que se establecerán en reglamento. Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 3495, de 28 de febrero de 2018, dispone la creación de la Agencia Boliviana de Correos denominada "Correos de Bolivia", como una institución pública descentralizada de derecho público con personalidad jurídica, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, y patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda. Que los incisos a) y b) del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 3495, señalan corno funciones de la Agencia Boliviana de Correos, planificar, prestar, mejorar y desarrollar en todo el territorio nacional los servicios postales básicos y no básicos, nacionales o internacionales, financieros postales, conexos y accesorios establecidos en las disposiciones legales sobre Correos, en los convenios y Acuerdos Postales Internacionales suscritos por el Estado y en sus respectivos reglamentos; y prestar y promover el desarrollo del Servicio Postal Universal. Que el Artículo 9 del Decreto Supremo N° 3495, nombra a la Agencia Boliviana de Correos como el Operador Público Designado del Estado Plurinacional de Bolivia. Que es necesario crear. el Consejo Filatélico Boliviano como instancia que coadyuve a la difusión de la cultura, flora, fauna, actividades socio-culturales del Estado Plurinacional de Bolivia; y establecer las condiciones para la emisión de los sellos postales y productos filatélicos. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto: 21 a) Crear el Consejo Filatélico Boliviano; y b) Establecer las condiciones para la emisión de los sellos postales y productos filatélicos. ARTÍCULO 2.- (CONFORMACIÓN). I. El Consejo Filatélico Boliviano estará conformado por representantes del (la): a) Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; b) Ministerio de Culturas y Turismo; c) Ministerio de Comunicación; d) Agencia Boliviana de Correos; e) Federación Filatélica Boliviana. II. El Consejo Filatélico Boliviano estará presidido por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda. IIL La Agencia Boliviana de Correos, se constituye en la Instancia Técnica del Consejo Filatélico Boliviano, que cumplirá funciones de acuerdo a reglamentación. IV. El Consejo Filatélico Boliviano sesionará en la ciudad de La Paz. ARTÍCULO 3.- (ATRIBUCIONES). El Consejo Filatélico Boliviano, desarrollará sus actividades en sesiones ordinarias y extraordinarias de acuerdo a las siguientes atribuciones: a) Analizar y aprobar las temáticas para las emisiones de sellos postales, observando la normativa nacional y Convenios Internacionales vigentes en materia postal, presentadas por la Instancia Técnica del Consejo; Recomendar emisiones con motivo de acontecimientos de relevantes características en el orden nacional o internacional; y c) Otras relacionadas a sellos postales y productos filatélicos. ARTÍCULO 4.- (AUTORIZACIÓN PARA EMISIÓN). El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Telecomunicaciones, autorizará las cantidades y valores faciales de los sellos postales a imprimir a solicitud de la Agencia Boliviana de Correos. 22 ARTÍCULO 5.- (DISEÑO, IMPRESIÓN, EMISIÓN, DISTRIBUCIÓN, CUSTODIA Y COMERCIALIZACIÓN). La Agencia Boliviana de Correos, tendrá a su cargo el diseño, impresión, emisión, distribución, custodia y comercialización de los sellos postales y productos filatélicos. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- En el plazo de hasta sesenta (60) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, elaborará y aprobará mediante Resolución Ministerial el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Filatélico Boliviano. DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La aplicación del presente Decreto Supremo no comprometerá recursos del Tesoro General de la Nación — TGN. Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. És dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montarlo Rivera. DECRETO SUPREMO N° 3855 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo III del Artículo 339 de la Constitución Política del Estado, determina que los ingresos del Estado se invertirán conforme con él Plan General de Desarrollo Económico y Social del país, el Presupuesto General del Estado y con la ley. Que el Parágrafo I del Artículo 8 de la Ley N° 1006, de 20 de diciembre de 2017, del Presupuesto General del Estado Gestión 2018, vigente por el inciso t) de la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del 23 Estado Gestión 2019, autoriza al Órgano Ejecutivo, constituir fideicomisos con instituciones financieras autorizadas, los cuales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo. Que el Artículo 22 del Decreto Supremo N° 3766, de 2 de enero de 2019, establece los aspectos generales de los fideicomisos y la recuperación de recursos de fideicomisos constituidos con fondos públicos. Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27952, de 22 de diciembre de 2004, dispone' que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional — FNDR, en el ámbito de sus atribuciones establecidas por Ley, podrá administrar patrimonios autónomos constituidos por el Gobierno Nacional, organismos financieros internacionales o agencias de cooperación, y otros, con la finalidad de financiar programas, proyectos y actividades orientadas a la promoción del desarrollo económico, la ampliación de cobertura de servicios públicos, fortalecimiento institucional y otros. Que Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales, requieren recursos para financiar proyectos de inversión pública, razón por la cual se ha visto necesario autorizar la constitución de un fideicomiso para atender dicho requerimiento. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO I.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la constitución de un fideicomiso en favor de Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales. ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo, en calidad de fideicomitente, suscribir un contrato de fideicomiso y transmitir de forma temporal y no definitiva un monto de hasta Bs2.210.000.000.- (DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) al Fondo Nacional de Desarrollo Regional — FNDR, para que éste, en calidad de fiduciario, los administre para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso. ARTÍCULO 3.- (FUENTE DE RECURSOS). Para la constitución del fideicomiso, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación — TGN al Ministerio de Planificación del Desarrollo por un monto de hasta Bs2.210.000.000.- (DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ MILLONES 00/100 BOLIVIANOS). ARTÍCULO 4.- (FINALIDAD). La finalidad del fideicomiso es otorgar créditos a los Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y 24 Gobiernos Autónomos Regionales, para: Financiar contrapartes locales de proyectos de inversión pública que cuenten con financiamiento externo y/o interno y que sean concurrentes con el nivel central del Estado; b) Financiar proyectos propios de inversión pública con avance físico acumulado mayor al cincuenta por ciento (50%) y con planillas de avance aprobadas y pendientes de pago. ARTÍCULO 5.- (BENEFICIARIOS). Los beneficiarios del fideicomiso autorizado por el presente Decreto Supremo, serán Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales. ARTÍCULO 6.- (PLAZO DEL FIDEICOMISO). El plazo del fideicomiso será de veinte (20) años, computables a partir de la fecha de suscripción del respectivo contrato de fideicomiso. ARTÍCULO 7.- (REGLAMENTACIÓN). La operativa para la otorgación de recursos a los beneficiarios, será deteiminada en un reglamento específico a ser elaborado y aprobado por el fiduciario en el marco del contrato de fideicomiso. ARTÍCULO 8.- (REEMBOLSO DE RECURSOS). I. La fuente de reembolso de los recursos fideicomitidos serán los recursos de los beneficiarios. II. La forma de restitución de los recursos será establecida en el contrato del fideicomiso. III. Una vez recuperados los recursos por parte del fiduciario, así como los ingresos que se pudieran generar, éstos serán transferidos directamente por el fiduciario al TGN, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de recuperados los recursos por parte del fiduciario. ARTÍCULO 9.- (ASPECTOS ADMINISTRATIVOS). Las condiciones y aspectos administrativos del fideicomiso se establecerán en el respectivo contrato de constitución. ARTÍCULO 10.- (CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO A LOS BENEFICIARIOS). I. Los Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y 25 Gobiernos Autónomos Regionales podrán acceder a los recursos del fideicomiso de acuerdo a sus fuentes de financiamiento. II. El fiduciario otorgará créditos a los beneficiaros del fideicomiso, en función a la priorización realizada por el Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo. III. Las condiciones financieras de los créditos a ser financiados con el fideicomiso serán establecidas en el contrato y reglamento del mismo; ARTÍCULO 11.- (DÉBITO AUTOMÁTICO). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a requerimiento del fiduciario, debitar automáticamente de las cuentas corrientes fiscales de los Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales, los recursos en los montos determinados por el fiduciario, cuando éstos no cumplan con las obligaciones contraídas en el marco del fideicomiso. ARTÍCULO 12.- (RESPONSABILIDAD). Los beneficiarios serán responsables por el uso adecuado de los recursos otorgados por el fideicomiso, en el marco de la normativa vigente que rige el manejo de los recursos públicos. ARTÍCULO 13.- (SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN). El seguimiento y evaluación del logro de la finalidad del fideicomiso estará a cargo del fideicomitente. ARTÍCULO 14.- (PROTOCOLIZACIÓN). El contrato de fideicomiso queda exento del pago de gastos de protocolización. DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Los recursos adicionales por Impuesto Directo a los Hidrocarburos — IDH que reciban las entidades territoriales autónomas, podrán ser destinados en primera instancia para contraparte de proyectos de inversión pública con el nivel central del Estado, a objeto de garantizar la conclusión de los mismos, cuando corresponda. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- A objeto de dar cumplimiento al presente Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del TGN, inicialmente podrá transferir para la presente gestión un monto de hasta Bs1.000.000.000.- (UN MIL MILLONES 00/100 BOLIVIANOS). 26 DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, al Ministerio de Planificación del Desarrollo, al FNDR, a los Gobiernos Autónomos Departamentales, Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Regionales, efectuar las modificaciones presupuestarias y registros que correspondan, para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montan() Viaña, Carlos Rene Ortuño Ya'ñez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. DECRETO SUPREMO N° 3856 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el numeral 2 del Artículo 345 de la Constitución Política del Estado, determina que las políticas de gestión ambiental se basarán en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y el control de calidad ambiental, sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. Que el Artículo 24 de la Ley N° 1333, de 27 de abril de 1992, define la Evaluación de Impacto Ambiental — CIA, como el conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente. Que el Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995 y el Decreto Supreiño N° 28592, de 17 de enero de 2006, para optimizar la gestión ambiental, ajustando 27 •GACETA OFICIAL DEI ESTADO PLURINACIONAL. DE 11(>1.1VIA los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular — IRAPs y los Procedimientos Técnico-Administrativos, priorizando las funciones de Fiscalización y Control Ambiental, en el marco de la normativa ambiental vigente. Que en la aplicación de los instrumentos de regulación de alcance particular y los procedimientos técnico-administrativos, se ha identificado restricciones y dificultades, por lo que se hace necesario realizar modificaciones en la misma. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA, aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, modificado por el Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018. ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES). L Se modifica el Artículo 17 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA, aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, modificado por el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, con el siguiente texto: fi ARTÍCULO 17.- I. La identificación del nivel de Categorización de Evaluación de Impacto Ambiental debe ser realizada de acuerdo con los niveles señalados en el Artículo 25 de la Ley N° 1333, de 27 de abril de 1992, de Medio Ambiente: NIVEL DE CATEGORÍA 1: ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ANALÍTICO INTEGRAL. Nivel que por el grado de incidencia de efectos en el ecosistema, deberá incluir en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de todos los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socioeconómico, cultural, jurídico- institucional, para cada uno de sus respectivos componentes ambientales, otorgándose una Declaratoria de Impacto Ambiental — DIA, previa presentación y aprobación del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental — EEIA. Conforme al Anexo "B" y "E", adjuntos al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 2: ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ANALÍTICO ESPECÍFICO. Nivel que por el grado de incidencia de efectos en algunos de .los atributos del ecosistema considera en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de uno o más de los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socio-económico 28 cultural, jurídico - institucional; asi como el análisis general del resto de los factores del sistema, otorgándose una DIA, previa presentación y aprobación del EEIA. Conforme al Anexo "B" y "E", adjuntos al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 3: PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL. Nivel que por las características ya estudiadas y conocidas de AOPs, permita definir acciones precisas para evitar o mitigar efectos adversos. Se le otorgará un Certificado de Dispensación, previa . presentación y aprobación del Programa de Prevención y Mitigación - Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental — PPM-PASA. Conforme al Anexo "C - I", adjunto al presente Decreto Supremo. NIVEL DE CATEGORÍA 4: NO REQUIEREN DE EEIA NI PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN - PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL. Conforme al Anexo "A". Las AOPs, identificadas en este nivel, que se encuentren dentro de un Área Protegida, deben comunicar el inicio de actividades a la AAC respectiva adjuntando el Certificado de compatibilidad de uso emitido por el SERNAP. II. Para establecer los Niveles de las Categorías 1, 2 y 3 de Evaluación de Impacto Ambiental — EIA se utilizará el Formulario y el listado de AOPs del Anexo "A", adjunto al presente Decreto Supremo, conforme lo siguiente: I. El Representante Legal — RL en base al listado del Anexo "A" identificará el nivel de EIA de su AOP; 2. Una vez identificado el nivel, deberá llenar el formulario del Anexo "A" que tendrá carácter de Declaración Jurada, mismas que deberán ser firmadas por el RL y el Consultor RENCA responsable del llenado; 3. El formulario será presentado a la AAC para fines de aprobación y registro; 4. Las AOPs de los niveles de las Categorías 1, 2 y 3, que estén ubicadas en áreas protegidas, deberán cumplir las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Áreas Protegidas, normas de creación de las áreas protegidas y demás instrumentos de gestión, para este fin se debe adjuntar al Formulario de Nivel de Categoría Ambiental - FNCA, el Certificado de compatibilidad de uso emitido por el SERNAP. 29 IIL En caso, que el RL tenga dificultad para identificar el nivel de categoría según el Anexo "A" podrá realizar la consulta ante la AAC, remitiendo la información correspondiente de la AOP." II. Se modifica el Artículo 90 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental — RPCA, aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995, modificado por el Artículo 10 del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, con el siguiente texto: " ARTÍCULO 90.- La actualización de la Licencia Ambiental procederá en los siguientes casos: a) Para todas las AOPs, cuyas medidas del Programa de Prevención y Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental hayan sido aprobados por la DIA no iniciadas o paralizadas por razones económicas, técnicas, legales o sociales por más de veinticuatro (24) meses en etapa de ejecución y operación debidaniente fundamentada; Si durante las etapas de ejecución, operación, mantenimiento o abandono de actividades, obras o proyectos, la AAC, OSC y SERNAP, cuando corresponda, o RL determinare que las medidas de mitigación y adecuación previstas en las Licencias Ambientales resultan insuficientes ó ineficaces; c) Si durante la ejecución, operación o mantenimiento de AOPs, se determinare el requerimiento de modificaciones por replanteo de obra, cambio de tecnología u otro y que el mismo no afecte al ecosistema con impactos sustanciales, que representen una modificación de este, previa valoración especializada." III. Se modifica el Artículo I I del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, con el siguiente texto: ARTICULO 11.- (PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN). a) El RL conjuntamente el equipo multidisciplinario de profesionales con RENCA, realizará el llenado del IRAP, declarando la información necesaria y cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo -C - 1" (PPM - PASA). Los datos reportados por el RL tendrán calidad de Declaración Jurada; b) En caso de que la AOP se encuentre en Área Protegida y exista OSC. El RL remitirá al OSC y al SERNAP de manera simultánea el IRAP. El SERNAP, si corresponde, en un plazo no mayor a ocho (8) días 30 hábiles emitirá el Dictamen Técnico al OSC, para que este,. hasta el día hábil diez (10) reporte a la AAC el Dictamen Técnico - Legal, recomendando la emisión. de la Licencia Ambiental Actualizada. En caso de existir observaciones, el RL deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente a la notificación, una vez presentado el documento subsanado el OSC y SERNAP de manera simultánea, en el día hábil tres (3), el SERNAP deberá emitir criterio al OSC, para que en el día hábil cinco (5), el OSC remitirá el dictamen técnico a la AAC, si corresponde. La AAC, tendrá un plazo de cinco. (5) días hábiles para la evaluación de la actualización. Si existen observaciones, el Representante Legal deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles: una vez presentado el documento subsanado la AAC verificará la información dentro de cinco (5) días hábiles, emitiendo la Licencia Ambiental Actualizada, si corresponde; c) En caso de que la AOP no se encuentre en Área Protegida y exista OSC; el OSC evaluará la actualización en plazo no mayor a diez (10) días hábiles. Si existen observaciones el RL deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles; una vez presentado el documento subsanado el OSC verificará la información dentro de los cinco (5) días hábiles, remitiendo el dictamen técnico a la Autoridad Ambiental Competente, si corresponde. La AAC tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para la evaluación de la actualización. Si existen observaciones el RL deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, una vez presentado el documento subsanado la AAC verificará la información dentro de cinco (5) días hábiles, emitiendo la Licencia Ambiental Actualizada, si corresponde; d) En caso de que la AOP se encuentre en Área Protegida y no exista OSC el SERNAP evaluará la actualización en plazo no mayor a diez (10) días hábiles. Si existen observaciones el Representante Legal deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles; una vez presentado el documento subsanado el SERNAP verificará la información dentro de los cinco (5) días hábiles, remitiendo el dictamen técnico a la AAC, si corresponde. La AAC tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para la evaluación de la actualización. Si existen observaciones el Representante Legal deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a cinco (5) días 31 hábiles; una vez presentado el documento subsanado la AAC verificará la información dentro de cinco (5) días hábiles, emitiendo la Licencia Ambiental Actualizada, si corresponde; En caso de que la AOP no se_ encuentre en Área Protegida y no exista OSC, la AAC evaluará la actualización en plazo no mayor a quince (15) días hábiles. Si existen observaciones el Representante Legal deberá subsanar las mismas en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles; una vez presentado el documento subsanado la AAC, verificará la información dentro de cinco (5) días hábiles, emitiendo la Licencia Ambiental Actualizada, si corresponde; - fi En caso que no existiese modificaciones a las condiciones ambientales, el RL de la AOP presentará un Informe Técnico a la AAC sobre dichas condiciones, solicitando la Licencia Ambiental Actualizada." IV. Se modifica el Anexo "A" del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, modificación que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. V. Se modifica el texto de la Declaración Jurada en los Anexos "B", "C-1", "C-2" y "D" del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018, con el siguiente texto: "Los suscritos: en calidad de responsable técnico de la • elaboración de ............ y el en calidad de Representante Legal, damos fe de la verdad de la información detallada en el presente documento y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de este documento. Por otra parte, asumimos la responsabilidad sobre el cumplimiento de las medidas propuestas en el presente documento." DISPOSICIONES ADICIONALES DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- En el caso que la AOP se encuentre en Área Protegida y no exista OSC, la tramitación del Manifiesto Ambiental, PPM-PASA y EEIA, deberá seguir el mismo procedimiento establecido para las AOPs que cuenten con OSC y no se encuentren en Área Protegida. DISPOSICIONES DEROGATORIAS DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Se deroga la Disposición Final Cuarta del Decreto Supremo N° 3549, de 2 de mayo de 2018. 32 DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- En caso de que la AAC en uso de sus funciones y atribuciones identifique una AOP, que haya iniciado actividades, asumiendo que se encuentra dentro del Listado de Nivel de Categoría Ambiental 4 y no corresponda al mismo, el RL asumirá su responsabilidad y será pasible a procesos sancionatorios establecidos en la normativa ambiental vigente; asimismo, deberá iniciar de manera inmediata con el proceso de adecuación ambiental correspondiente. La AAC, podrá solicitar a las AOPs del listado de Nivel de Categoría Ambiental 4, en cualquiera de sus etapas, la información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- El listado de las AOPs contenidas en el Anexo "A" del presente Decreto Supremo podrá ser modificado, actualizado y complementado en coordinación con los sectores del Estado y será aprobado por Resolución Administrativa a ser emitida por la AACN. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Medio Ambiente y Agua, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montan() Rivera. 33 ANEXO D.S. N° 3856 ANEXO A FORMULARIO DE NIVEL DE CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL 1) DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL(RL) Nombres y Apellidos: Tipo de Documento: Expedido: Domicilio Legal: N° Teléfono fijo: N° Celular: Correo Electrónico: Testimonio Público que avala ser RL: 2) DATOS DEL CONSULTOR AMBIENTAL Nombres y Apellidos: Tipo de Documento: Expedido: Domicilio Legal: N° Teléfono fijo: N° Celular: Correo Electrónico: Registro RENCA: Fecha de emisión: 3) DATOS DE LA EMPRESA Razón Social: Sector: Domicilio Legal: N° de registro de FUNDEMPRESA: Fecha de Reg.: N° de NIT: Departamento/Ciudad: No Teléfono fijo: Correo Electrónico: 4) IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DEL PROYECTO Nombre del proyecto: Ubicación Política del Proyecto: Departamento Provincia Municipio Comunidad Ubicación geográfica en UTM: Superficie Ocupada por el Proyecto: Actual: Potencial: Uso de Suelo: 34 5) IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Sector: Sub S actor Ámbito del proyecto: U banc E Rural Pertenece a un área: u Protegida u u Otro (describir) Actividad Especifica: Objetivo General del Proyecto: Vida Útil Estimada del Proyecto: Etapa(s) del Proyecto Exploración u Ejecución Operación u Mantenimiento u Abandono NIVEL DE CATEGORÍA DE ACUERDO A LA LISTA Inversión del Proyecto: Fuentes de Financiamiento: 6) DECLARACIÓN JURADA Y FIRMA Yo Con C.I • en calidad de Representante Legal para el proyecto juro la exactitud y veracidad de la información detallada en el presente documento, y me comprometo a no realizar actividades diferentes a las señaladas en el presente formulario, a cumplir con las normas consignadas en la Ley N° 1333 de Medio Ambiente, sus reglamentos, disposiciones conexas y normas técnicas aplicables a mi actividad y reparar los daños que pudieran producirse como resultado de mi actividad. Firmas: REPRESENTANTE LEGAL RESPONSABLE TÉCNICO Lugar y fecha: 35 CATEGORIA 1, 2 y 3 SECTOR AGROPECUARIO SUB SECTOR AGRÍCOLA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CENTROS DE INVESTIGACIÓN AGRÍCOLA • NINGUNO 3 ALMACENAMIENTO DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS DE USO • DEBE ADJUNTAR LA SOLICITUD PARA AGRÍCOLA OBTENCIÓN LICENCIA PARA 3 ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS PELIGROSAS (LASP) SUB SECTOR PECUARIA DESCRIPCIÓN PE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CENTROS DE INVESTIGACIÓN PECUARIA • NINGUNO 3 INFRAESTRUCTURA PARA GRANJAS COMERCIALES DE • NINGUNO 3 AVES, CERDOS Y OTROS SUB SECTOR DESARROLLO PESQUERO Y ACUÍCOLA ASPECTOS A CONSIDERAR DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO CATEGORÍA PROYECTO DE PISCICULTURA COMERCIAL (CRIANZA • NO DEBE CONTEMPLAR ESPECIES ARTIFICIAL) INTRODUCIDAS NUEVAS 3 CENTROS DE INVESTIGACIÓN EN DESARROLLO • NINGUNO 3 PESQUERO SUB SECTOR RIEGO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE RIEGO MEDIANO, SIN • MAYOR A 60 HECTÁREAS REPRESA, INCLUYE INFRAESTRUCTURA DE CONCENTRADAS 3 CAPTACIÓN, CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, OBRAS DE ARTE CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO INCLUYE • MENORES A 60 HECTÁREAS REPRESA E INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCIÓN. • VOLUMEN DE ' ALMACENAMIENTO DISTRIBUCIÓN, OBRAS DE ARTE. MENOR A 0,4 HM3. 3 CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO, INCLUYE • MAYOR A 60 HECTÁREAS REPRESA E INFRAESTRUCTURA DE CONDUCCIÓN, CONCENTRADAS DISTRIBUCIÓN, OBRAS DE ARTE • VOLUMEN DE ALMACENAMIENTO 2 MAYOR A 0,4 HM3. TRASVASE (TÚNEL, U OBRAS SUPERFICIALES) • NO DEBE IMPLEMENTARSE EN AREAS 3 PROTEGIDAS TRASVASE (TÚNEL, U OBRAS SUPERFICIALES) • DENTRO DE AREA PROTEGIDA 2 36 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO QUE • EL AGUA UTILIZADA DEBE SER APTA CONSIDEREN APROVECHAMIENTO DE AGUAS PARA RIEGO. RESIDUALES PROVENIENTES DE UNA PLANTA • SOLO PARA RIEGO HASTA 500 HAS. 3 TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PROYECTOS DE ARROZ INUNDADO, QUE INCLUYE • NO DEBE REALIZARSE EN ÁREA INFRAESTRUCTURA DE CAPTACIÓN, PROTEGIDA ALMACENAMIENTO, CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, • MENORES A 60 HECTÁREAS OBRAS DE ARTE Y DRENAJE. 3 CONCENTRADAS PROYECTOS DE ARROZ INUNDADO, QUE INCLUYE • NO DEBE REALIZARSE EN ÁREA INFRAESTRUCTURA DE CAPTACIÓN, PROTEGIDA 2 ALMACENAMIENTO, CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, • MAYORES A 60 HECTÁREAS OBRAS DE ARTE Y DRENAJE. SUB SECTOR MULTIPROGRAMA AGROPECUARIO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTOS MULTIPROPÓSITO, CON EL COMPONENTE • SIN HABILITACIÓN DE NUEVAS RIEGO Y PRODUCCIÓN AGRÍCOLA MAYOR A LAS 500 ÁREAS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA 2 HECTÁREAS, INCLUYE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DE REPRESAS PROYECTOS MULTIPROPÓSITO, CON EL COMPONENTE • NINGUNO RIEGO Y PRODUCCIÓN AGRÍCOLA MAYOR A LAS 500 1 HECTÁREAS, INCLUYE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DE REPRESAS SECTOR MINERO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD. OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO EXPLOTACIÓN A CIELO ABIERTO DE MINERALES CON CAPACIDAD MAYOR A 50.000 TONELADAS/MES. 1 METÁLICOS EN TAJO, POZA O PLATAFORMA EXPLOTACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS A CON CAPACIDAD MAYOR A 100.000 CIELO ABIERTO EN CANTERA - ROCAS BLANDAS TONELADAS/MES (ARCILLA, ARENA, CAOLINES. CONGLOMERADOS, MARGAS, TALCOS, YESOS, ETC.) QUE GENERALMENTE NO NECESITAN EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN Y ROCAS DURAS 1 (ANDESITAS, CALIZA, CUARCITAS, DIABASAS, DOLOMÍAS, ESQUISTOS, GRANITO METEORIZADO, MÁRMOL MUY FRACTURADO, PIZARRA, ETC.), QUE SALVO FUERTE METEORIZACIÓN, NECESITAN EL USO DE EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN. EXPLOTACIÓN, CONCENTRACIÓN, TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN DE MINERALES 1 RADIOACTIVOS. EXPLOTACIÓN DE MINERALES DE DEPÓSITOS ALUVIALES CON DRAGA (DRAGA DE CUCHARA, 1 DRAGA DE CUCHARA RETRO, DRAGA DE CANGILONES, DRAGA CORTADORA DE SUCCIÓN, 37 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA PROYECTO DRAGA SUCCIONADORA DE RODETES U OTRAS SIMILARES). CONCENTRACIÓN O BENEFICIO DE MINERALES CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN MAYOR A 8.000 CON UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES TONELADAS/MES. PROCESOS: TRITURACIÓN, MOLIENDA (MANUAL Y MECÁNICA), CLASIFICACIÓN, CONCENTRACIÓN GRAVI MÉTRICA, MAGNÉTICA, FLOTACIÓN, 1 LAVADO, AMALGAMACIÓN, OPERACIONES DE SECADO, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE LOS CONCENTRADOS RESULTANTES. CON ACUMULACIÓN DE RESIDUOS MINERO METALÚRGICO DE MAYOR VOLUMEN. CON CAPACIDAD MAYOR A 100 TONELADAS POR PLANTAS H I DROMETALURG ICAS. MES 1 PLANTAS DE BENEFICIO DE MINERALES DONDE CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 100 TONELADAS SE INCLUYAN PROCESOS DE LIXIVIACIÓN CON POR MES 1 CIANURO EN TANQUE. LIXIVIACIÓN DE MINERALES IN SITU, EN PILAS, EN DESMONTES O BOTADEROS, CON USO DE 1 CIANURO. INDUSTRIALIZACIÓN DE MINERALES METÁLICOS (PRODUCCIÓN DE METALES BÁSICOS) Y METALES (FABRICACIÓN DE PRODUCTOS TALES COMO PLACAS, LÁMINAS, TIRAS, BARRAS, ALAMBRE, TUBOS, CAÑERÍAS Y PERFILES HUECOS Y OTROS PRODUCTOS DE METALES BÁSICOS). PRODUCCIÓN A ESCALA INDUSTRIAL DE PRODUCCIÓN IGUAL O MAYOR A 150.000 CLORURO DE POTASIO, SULFATO DE POTASIO, TONELADAS/AÑO SALES DE SODIO, POTASIO, BORO, MAGNESIO Y . 1 OTROS PRODUCTOS DE LA CADENA EVAPORÍTICA. PRODUCCIÓN A ESCALA INDUSTRIAL DE PRODUCCIÓN IGUAL O MAYOR A 15.000 TONELADAS/AÑO 1 CARBONATO DE LITIO. ACUMULACIONES MINERO METALÚRGICAS DE CON UN VOLUMEN TOTAL PROYECTADO MAYOR MAYOR VOLUMEN DONDE SE DEPOSITEN A 50.000 M3 RESIDUOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS (SULFUROS, COLAS DE PROCESOS DE 1 CONCENTRACIÓN DONDE SE INCORPORARON REACTIVOS, RESIDUOS DE ACTIVIDADES DE CIANURACIÓN, ETC.). FUNDICIÓN Y REFINACIÓN A ESCALA INDUSTRIAL, NINGUNO DONDE SE CONSIDEREN LOS PROCESOS DE VOLATILIZACIÓN, CALCINACIÓN, . PIRRO 1 REFINACIÓN, ELECTRO REFINACIÓN, ENTRE OTROS CON MECANISMOS DE CONTROL DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS, LABORES DE RECONOCIMIENTO, DESARROLLO, CON CAPACIDAD DE EXTRACCIÓN IGUAL O PREPARACIÓN Y EXPLOTACIÓN MEDIANTE MENOR A TRESCIENTAS (300) TONELADAS/MES; 2 GALERÍAS (RECORTES Y CORRIDAS), CUADROS, CUANDO LA AOP SE ENCUENTRE EN ÁREA RAMPAS, PIQUES, CHIMENEAS Y RAJOS. PROTEGIDA NACIONAL. 38 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD. OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA PROYECTO EXPLORACIÓN DE MINERALES, CUANDO LA CUANDO LA AOP SE ENCUENTRE EN ÁREA REALIZACIÓN DE LA MISMA INVOLUCRE PROTEGIDA NACIONAL, APERTURA DE SENDAS, INSTALACIÓN DE 2 CAMPAMENTOS, PREPARACIÓN DE SITIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMAS DE PERFORACIÓN, ALMACENES Y DEPÓSITOS. EXPLOTACIÓN A CIELO ABIERTO DE MINERALES CON UNA CAPACIDAD IGUAL O MENOR A 50.000 TONELADAS/MES 2 METÁLICOS EN TAJÓ O POZA. EXPLOTACIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS A CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 10.000 CIELO ABIERTO, EN CANTERA; ROCAS BLANDAS TONELADAS/MES Y MENOR A 100.000 (ARCILLA, ARENA, CAOLINES, CONGLOMERADOS, TONELADAS/MES MARGAS, TALCOS, YESOS, ETC.) QUE GENERALMENTE NO NECESITAN EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN Y ROCAS DURAS 2 (ANDESITAS, CALIZA, CUARCITAS, DIABASAS, DOLOMÍAS, ESQUISTOS, GRANITO METEORIZADO, MÁRMOL MUY FRACTURADO, PIZARRA, ETC.), QUE SALVO FUERTE METEORIZACIÓN, NECESITAN EL USO DE EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN. PRODUCCIÓN A ESCALA INDUSTRIAL DE PRODUCCIÓN MENOR A 150.000 CLORURO DE POTASIO, SULFATO DE POTASIO, TONELADAS/AÑO SALES DE SODIO, POTASIO, BORO, MAGNESIO Y 2 OTROS PRODUCTOS DE LA CADENA EVAPORiTICA. PRODUCCIÓN A ESCALA INDUSTRIAL DE PRODUCCIÓN MENOR A 15.000 TONELADAS/AÑO 2 CARBONATO DE LITIO. EXPLORACIÓN DE SALARES EN ÁREAS NINGUNO 2 PROTEGIDAS EXPLORACIÓN DE YACIMIENTOS DE LITIO NINGUNO 2 PRIMARIO EN ÁREA PROTEGIDA EXTRACCIÓN DE SALMUERAS DE LOS SALARES NINGUNO PARA OBTENCIÓN DE SALES PARA USO 2 INDUSTRIAL. CONCENTRACIÓN O BENEFICIO DE MINERALES, CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 300 CON UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES TONELADAS/MES Y MENOR O IGUAL A 8.000 PROCESOS: TRITURACIÓN, MOLIENDA (MANUAL Y TONELADAS/MES MECÁNICA), CLASIFICACIÓN, CONCENTRACIÓN 2 GRAVIMÉTRICA, MAGNÉTICA, FLOTACIÓN, LAVADO, AMALGAMACIÓN, OPERACIONES DE SECADO, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE LOS CONCENTRADOS RESULTANTES. EXTRACCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS CON CAPACIDAD MAYOR A 300 TONELADAS/MES MINEROS, COLAS, DESMONTES, RELAVES, 2 PALLACOS U OTROS; CON FINES DE APROVECHAMIENTO. CON CAPACIDAD MENOR A 100 TONELADAS POR PLANTAS HIDROMETALURGICAS PILOTO. MES 2 39 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR • CATEGORIA PROYECTO PLANTAS DE BENEFICIO DE MINERALES DONDE CON UNA CAPACIDAD, MENOR O IGUAL A 100 SE INCLUYAN PROCESOS DE LIXIVIACIÓN CON TONELADAS POR MES. 2 CIANURO EN TANQUE. PRODUCCIÓN A ESCALA PILOTO DE CARBONATO NINGUNO DE LITIO, CLORURO DE POTASIO, SULFATO DE 2 POTASIO Y OTROS PRODUCTOS DE LA CADENA • EVAPORÍTICA. . ACTIVIDADES DE INDUSTRIALIZACIÓN DE CON UNA CAPACIDAD MAYOR O IGUAL A 10.000 MINERALES NO METÁLICOS, DENTRO DE LA TONELADAS/ MES. 2 CADENA PRODUCTIVA MINERA. . ACUMULACIONES MINERO METALÚRGICAS DE CON UN VOLUMEN TOTAL PROYECTADO MENOR MENOR VOLUMEN DONDE SE DEPOSITEN A 50.000 M3. RESIDUOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS (SULFUROS, COLAS DE PROCESOS DE 2 CONCENTRACIÓN DONDE SE INCORPORARON REACTIVOS, RESIDUOS DE ACTIVIDADES DE CIANURACIÓN, ETC.). ACUMULACIONES MINERO METALÚRGICAS DE CON UN VOLUMEN TOTAL PROYECTADO MAYOR MAYOR VOLUMEN, DÓNDE SE DEPOSITEN A 50000 M3, (RESIDUOS SEMI SECOS O SECOS). RESIDUOS SEMI SECOS O SECOS, DE PROCESOS 2 DE CONCENTRACIÓN Y ACTIVIDADES DE CIANURACIÓN. EXTRACCIÓN SUBTERRÁNEA DE MINERALES (EN CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 10.000 . TONELADAS/MES, 2 SOCAVÓN, CUADROS, GALERÍAS, ETC.). ACTIVIDADES DE LEVANTAMIENTO CUANDO SE ENCUENTREN EN ÁREA PROTEGIDA TOPOGRÁFICO, CATEO, MAPEO GEOLÓGICO Y NACIONAL. 3 PROSPECCIÓN GEOQUÍMICA. EXTRACCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS CAPACIDAD MENOR A 300 TONELADAS/MES MINEROS, COLAS, DESMONTES, RELAVES, 3 PALLACOS U OTROS; CON FINES DE APROVECHAMIENTO. CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 300 TONELADAS EXTRACCIÓN SUBTERRÁNEA DE MINERALES (EN POR MES Y MENOR O IGUAL A 10.000 3 SOCAVÓN, CUADROS, GALERÍAS, ETC.) TONELADAS/MES. EXPLOTACIÓN DE MINERALES • NO METÁLICOS A CON UNA CAPACIDAD MENOR O IGUAL A 10.000 CIELO ABIERTO, EN CANTERA - ROCAS BLANDAS TONELADAS/MES. (ARCILLA, ARENA, CAOLINES, CALCARENITAS, CONGLOMERADOS, MARGAS, TALCOS, YESOS, ETC.) QUE GENERALMENTE NO NECESITAN EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN Y ROCAS 3 , DURAS (ANDESITAS. CALIZA, CUARCITAS, DIABASAS, DOLOMÍAS, ESQUISTOS, GRANITO METEORIZADO, MÁRMOL MUY FRACTURADO, PIZARRA, ETC.), QUE SALVO FUERTE METEORIZACIÓN, NECESITAN EL USO DE EXPLOSIVOS PARA SU EXTRACCIÓN. CENTROS DE ACOPIO DE MINERALES O NO SE INCLUYEN PROCESOS DE CONCENTRACIÓN O BENEFICIO. 3 CONCENTRADOS. CON UNA CAPACIDAD IGUAL O MENOR A 1 FUNDICIÓN Y REFINACIÓN A ESCALA PILOTO. 3 TONELADA POR MES, 40 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA PROYECTO NO SE INCLUYEN PROCESOS DE COMERCIALIZADORAS DE MINERALES. 3 CONCENTRACIÓN O BENEFICIO. ACTIVIDADES DE INDUSTRIALIZACIÓN DE CAPACIDAD MENOR A 10.000 TONELADAS! MES: MINERALES NO METÁLICOS, DENTRO DE LA 3 CADENA PRODUCTIVA MINERA. EXTRACCIÓN ARTESANAL DE SALMUERAS PARA NINGUNO 3 OBTENCIÓN DE SAL GRUESA O SAL COMÚN ACUMULACIONES DE RESIDUOS MINERO CON UN VOLUMEN TOTAL PROYECTADO MENOR METALÚRGICOS DE MENOR VOLUMEN, DONDE SE A 50.000 M3. 3 DEPOSITEN RESIDUOS ESTÉRILES (MATERIAL DE DESMONTE, DESENCAPE, ESCORIAS, ETC.). SECTOR HIDROCARBUROS DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO PERFORACIÓN DE POZO CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS SITIOS 1 EXPLORATORIO RAAMSAR, AP'S Y/0 TIOCS. PERFORACIÓN DE . POZO CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 2 EXPLORATORIO TIOCS CUANDO EXISTA PLANCHADA Y FACILIDADES HABILITADAS PARA PERFORACIÓN DE POZO ADEMÁS PERFORACIÓN DE POZO DE CAMINOS Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S Y EXPLORATORIO AUXILIAR O 3 EMPLEE LA MISMA TECNOLOGÍA DE LA APROBADA EN COMPLEMENTARIO EL EEIA (DE LA PLANCHADA EXISTENTE) Y QUE NO REQUIERA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE. CUANDO SE ENCUENTRE EN APs, O EN SITIOS RAMSAR PERFORACIÓN DE POZO Y NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO 2 EXPLORATORIO (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) TAMPOCO SE IDENTIFIQUEN TIOC's, CUANDO NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO PERFORACIÓN DE POZO (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) Y NO SE 3 EXPLORATORIO IDENTIFIQUEN TIOC'S. PERFORACIÓN DE POZO DE CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN APS Y/0 1 DESARROLLO SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S PERFORACIÓN DE POZO DE CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 2 DESARROLLO SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S CUANDO EXISTA PLANCHADA Y FACILIDADES HABILITADAS PARA PERFORACIÓN DE POZO ADEMÁS PERFORACIÓN DE POZO DE DE CAMINOS Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S Y 3 DESARROLLO EMPLEE LA MISMA TECNOLOGÍA DE LA APROBADA EN EL EEIA (DE LA PLANCHADA EXISTENTE) Y QUE NO REQUIERA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE. CUANDO SE ENCUENTRE EN APs, O EN SITIOS RAMSAR PERFORACIÓN DE POZO DE Y NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO 2 DESARROLLO (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) TAMPOCO SE IDENTIFIQUEN TIOC'S, 41 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO CUANDO NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO PERFORACIÓN DE POZO DE 3 (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) Y NO SE DESARROLLO IDENTIFIQUEN TIOC'S. CUANDO CORRESPONDA DEBERÁ CONTAR CON LA AMPLIACIÓN DE PLANCHADA DEL POZO 3 SOCIALIZACIÓN Y CONFORMIDAD CON LOS ACTORES EN PROYECTOS DE PERFORACIÓN SOCIALES ., CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 PERFORACIÓN DE POZO DE INYECCIÓN 1 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S Y/0 LÍNEAS DE INYECCIÓN CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP•S Y/0 PERFORACIÓN DE POZO DE INYECCIÓN 2 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S Y/0 LÍNEAS DE INYECCIÓN CUANDO EXISTA PLANCHADA Y FACILIDADES HABILITADAS PARA PERFORACIÓN DE POZO ADEMÁS PERFORACIÓN DE POZO DE INYECCIÓN DE CAMINOS Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S Y 3 Y/0 LÍNEAS DE INYECCIÓN EMPLEE LA MISMA TECNOLOGÍA DE LA APROBADA EN EL EEIA (DE LA PLANCHADA EXISTENTE) Y QUE NO REQUIERA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE. CUANDO SE ENCUENTRE EN AP'S, O EN SITIOS PERFORACIÓN DE POZO DE INYECCIÓN RAMSAR Y NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO 2 Y/0 LÍNEAS DE INYECCIÓN (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) TAMPOCO SE IDENTIFIQUEN TIOC'S, CUANDO NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO PERFORACIÓN DE POZO DE INYECCIÓN 3 (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) Y NO SE Y10 LÍNEAS DE INYECCIÓN IDENTIFIQUEN TIOC'S. PERFORACIÓN DE POZO DE CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 INVESTIGACIÓN ESTRATIGRÁFICA Y/0• SITIOS RAAMSAR Y/O TIOC'S 1 PETROFSICA DE ROCA-FLUIDO PERFORACIÓN DE POZO DE CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN APS Y/O INVESTIGACIÓN ESTRATIGRÁFICA Y/0 2 TIOC'S PETROFÍSICA DE ROCA-FLUIDO CUANDO EXISTA PLANCHADA Y FACILIDADES . HABILITADAS PARA PERFORACIÓN DE POZO ADEMÁS PERFORACIÓN DE POZO DE 'DE CAMINOS Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S Y" INVESTIGACIÓN ESTRATIGRÁFICA Y/0 EMPLEE LA MISMA TECNOLOGÍA DE LA APROBADA EN 3 PETROFÍSICA DE ROCA-FLUIDO EL EEIA (DE LA PLANCHADA EXISTENTE) Y QUE NO REQUIERA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE. CUANDO NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO PERFORACIÓN DE POZO • DE (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) Y NO SE 2 INVESTIGACIÓN ESTRATIGRÁFICA Y/0 IDENTIFIQUEN TIOC'S, PERO QUE ESTE EN AP'S O PETROFÍSICA DE ROCA-FLUIDO SITIOS RAAMSAR. PERFORACIÓN DE POZO DE CUANDO NO SE CONSTRUYAN CAMINOS DE ACCESO INVESTIGACIÓN ESTRATIGRÁFICA Y/0 (TRANSPORTE HELITRANSPORTADO) Y NO SE 3 PETROFÍSICA DE ROCA-FLUIDO IDENTIFIQUEN TIOC'S. EN ÁREAS PREVIAMENTE INTERVENIDAS 3 PLANTAS DE DESORCIÓN TÉRMICA CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN APS Y/0 ADQUISICIÓN SÍSMICA 2D Y 3D SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S, CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN APS Y/0 ADQUISICIÓN SÍSMICA 2D Y 3D 2 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S 42 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO CUANDO EXISTA INCREMENTO DE UN PORCENTAJE MENOR AL 30% DE LA EXTENSIÓN TOTAL APROBADA ADQUISICIÓN SÍSMICA 2D Y 3D PREVIAMENTE Y .NO SE IDENTIFIQUEN NUEVAS TIOC'S 3 Y NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 SITIOS RAAMSAR CUANDO EXISTA INCREMENTO DE UN PORCENTAJE MENOR AL 30% DE LA CANTIDAD DE FACILIDADES ADQUISICIÓN SÍSMICA 2D Y 3D 3 (HELIPUERTOS Y ZONAS DE DESCARGA) APROBADAS Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S DEBERÁ TENER LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS A LAS HABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS PARA APROBADAS EN PROYECTO Y SE UBIQUE EN ÁREA 3 PROYECTOS HIDROCARBURÍFEROS PREVIAMENTE INTERVENIDA. CUANDO LA ACTIVIDAD SEA PARTE DE UN PROYECTO SUMINISTRO DE AGUA DE CUERPO YA LICENCIADO Y CUANDO CORRESPONDA DEBERÁ SUPERFICIAL PARA PROYECTOS CONTAR CON LA SOCIALIZACIÓN Y CONFORMIDAD .3 HIDROCARBURÍFEROS ' CON LOS ACTORES SOCIALES (EN CASO DE SER AGUA . EMPLEADA POR LAS COMUNIDADES ALEDAÑAS) ' LÍNEAS Y/0 INSTALACIÓN DE CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 1 FACILIDADES DE PRODUCCIÓN SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S LÍNEAS Y/0 INSTALACIÓN DE CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 2 FACILIDADES DE PRODUCCIÓN SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S CUANDO EXISTA INCREMENTO DE UN PORCENTAJE MENOR AL 30% DE LO APROBADO. NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S , 3 LÍNEAS Y/0 INSTALACIÓN DE (SIENDO ESTE PARTE DE UNA ACTIVIDAD DE UN FACILIDADES DE PRODUCCIÓN PROYECTO YA LICENCIADO) INTERVENCIÓN Y/0 RECUPERACIÓN DE SE ENCUENTREN UBICADOS EN TIOC'S Y/O APs 1 POZOS HIDROCARBURÍFEROS INTERVENCIÓN Y/0 RECUPERACIÓN DE CÓN APERTURA DE CAMINO Y/O HABILITACIÓN DE 2 POZOS HIDROCARBURÍFEROS PLANCHADA Y FACILIDADES. INTERVENCIÓN Y/0 RECUPERACIÓN DE SIN APERTURA DE CAMINO, QUE CUENTE CON 3 POZOS HIDROCARBURÍFEROS PLANCHADA Y FACILIDADES OPERABLES. INTERVENCIONES DE POZOS INCLUYE LA ADECUACIÓN DE VÍAS DE ACCESO (SIN 3 HIDROCARBURÍFEROS EQUIPO DE PERFORACIÓN) AREA DE ACOPIO DE TUBERÍAS PARA EL NINGUNO 3 SECTOR HIDROCARBUROS PLANTAS DE EXTRACCIÓN, CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/O SEPARACIÓN Y/0 PROCESAMIENTO DE 1 SITIOS RAAMSAR Y/O TIOC'S HIDROCARBUROS PLANTAS DE EXTRACCIÓN, CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 SEPARACIÓN Y/0 PROCESAMIENTO DE 2 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S HIDROCARBUROS AMPLIACION DE PLANTAS DE CUANDO EXISTA INCREMENTO DE UN PORCENTAJE EXTRACCIÓN, SEPARACIÓN Y/0 MENOR AL 30% DE LO APROBADO. NO SE ENCUENTRE 3 PROCESAMIENTO DE HIDROCARBUROS UBICADO EN NUEVAS TIOC'S CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 PLANTAS DE GAS NATURAL LICUADO - 1 SITIOS RAAMSAR Y/O TIOC'S CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/O PLANTAS DE GAS NATURAL LICUADO 2 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S 43 DESCRIPCIONDELAACTIVIDAD,OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CA1 EGORIA O PROYECTO CUANDO EXISTA INCREMENTO DE UN PORCENTAJE • AMPLIACIÓN DE PLANTAS DE GAS MENOR AL 30% DE LO APROBADO, NO SE ENCUENTRE 3 NATURAL LICUADO UBICADO EN NUEVAS TIOC'S CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 PLANTAS DE COMPRESIÓN DE GAS 1 SITIOS RAAMSAR, Y/0 TIOC'S CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 PLANTAS DE COMPRESIÓN DE GAS 2 SITIOS RAAMSAR, Y/0 TIOC'S CUANDO SE ENCUENTREN EN TIOC•S. ' PLANTAS DE REFINACIÓN 1 NO PERMITIDO EN ÁREAS PROTEGIDAS. CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN TIOC'S. PLANTAS DE REFINACIÓN 2 NO PERMITIDO EN ÁREAS PROTEGIDAS. QUE SE ENCUENTRE EN UN ÁREÁ DE PROCESOS IMPLEMENTACIÓN DE UNIDADES DE EXISTENTE, Y QUE NO CONSUMA MÁS DEL 30% DEL PROCESO Y/0 AMPLIACIÓN DE AGUA DE PROCESO DECLARADA EN LA LICENCIA 3 CAPACIDAD EN PLANTAS AMBIENTAL DE LA PLANTA DONDE SE REALIZARÁN LAS MODIFICACIONES O IMPLEMENTACIONES CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP'S Y/0 1 TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO ÁREAS PROTEGIDAS CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO 2 TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS TERRITORIOS INDÍGENAS ORIGINARIOS CAMPESINOS TIOC'S CUANDO NO SUPEREN LOS 10 KM DE LONGITUD Y NO CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS ( SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S VARIANTES ) PARA TRANSPORTE DE MAYORES A ESTA LONGITUD DEBERÁN CONSIDERAR 3 HIDROCARBUROS LAS RESTRICCIONES DE LAS CATEGORÍAS 1 0 2 DE LA CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO TIOC'S CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA 3 CUANDO SEAN CONSTRUIDAS. SIGUIENDO UN TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS DERECHO DE VÍA (DDV) PREEXISTENTE Y NO EXCEDA EL DIÁMETRO DEL DUCTO PREVIAMENTE INSTALADO CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP•S Y/0 CONSTRUCCIÓN DE LOOPS 1 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO ÁREAS PROTEGIDAS CONSTRUCCIÓN DE LOOPS CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO 2 TERRITORIOS INDÍGENAS ORIGINARIOS CAMPESINOS TIOC'S CON DIDV EXISTENTE Y NO EXCEDA EL DIÁMETRO DEL CONSTRUCCIÓN DE LOOPS 3 DUCTO PREVIAMENTE INSTALADO CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS CUANDO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP•S Y/0 ESTACIONES - DE BOMBEO O SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S 1 COMPRESIÓN CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS CUANDO EL PROYECTO NO SE ENCUENTRE DENTRO ESTACIONES DE BOMBEO O ÁREAS PROTEGIDAS Y/0 TIOC'S 2 COMPRESIÓN CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS CUANDO EL. PROYECTO SE UBIQUE DENTRO DE 3 44 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO ESTACIONES DE BOMBEO O ÁREAS DE PROCESOS COMPRESIÓN AMPLIACIÓN DE INSTALACIONES EN NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S • PLANTAS, ESTACIONES O BASES 3 OPERATIVAS (INFRAESTRUCTURA) INSTALACIÓN DE UNIDADES DE EN ESTACIONES EXISTENTES BOMBEO, DE COMPRESIÓN O GENERADORES , DE ELECTRICIDAD, PUENTES DE MEDICIÓN Y REGULACIÓN. 3 INSTALACIÓN DE TRAMPAS DE CHANCHO, INSTALACIÓN DE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS INSTALACIÓN DE DUCTO EN CRUCES PARA DUCTO' MAYOR Ó IGUAL A, 10 PULGADAS DE 2 ESPECIALES (DIRIGIDO) DIÁMETRO INSTALACIÓN . DE DUCTO EN CRUCES PARA DUCTO MENOR A 10 PULGADAS DE DIÁMETRO 3 ESPECIALES (CRUCE DIRIGIDO) INSTALACIÓN DE DUCTO EN CRUCES NINGUNO 3 ESPECIALES (AÉREO, ENTERRADO) MODIFICACIONES DE CRUCES DEBERÁ FORMAR PARTE NECESARIAMENTE DE UN ESPECIALES (CRUCE DIRIGIDO) PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS 3 DEBIENDO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN SU LICENCIA AMBIENTAL APROBADA REUBICACIÓN DEL SISTEMA DE QUEMA • DEBERÁ FORMAR PARTE NECESARIAMENTE DE O VENTEO UN PROYECTO DEBIENDO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN SU LICENCIA AMBIENTAL APROBADA. 3 • CUANDO CORRESPONDA DEBERÁ CONTAR CON LA SOCIALIZACIÓN Y CONFORMIDAD CON LOS ACTORES SOCIALES TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS NINGUNO POR CISTERNAS (LÍQUIDOS , Y 3 GASEOSOS) TRANSPORTE POR CISTERNAS DE NINGUNO MEZCLA DE HIDROCARBUROS CON 3 ETANOL ALCOHOL ANHIDRO TRANSPORTE DE GARRAFAS CON GLP NINGUNO 3 MEDIANTE CAMIONES TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS NINGUNO 3 POR VÍA FLUVIAL TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS NINGUNO 3 POR VÍA FÉRREA PLANTA DE ALMACENAJE NINGUNO 2 PLANTA DE ALMACENAJE O AMPLIACIÓN CUANDO LA CAPACIDAD DE ALMACENAJE NO SUPERE DE CAPACIDAD DE LA PLANTA DE LOS 10.000 M3 3 ALMACENAJE CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE NINGUNO 3 ESTACIONES DE SERVICIO (LÍQUIDOS Y 45 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO GASEOSOS) O PUESTOS DE VENTA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS PLANTA DE ENGARRAFADO Y/0 NINGUNO SERVICIOS AUXILIARES (RECALIFICACIÓN, REPARACIÓN DE 3 GARRAFAS) DISTRIBUIDORA DE GLP NINGUNO 3 HABILITACIÓN DE TANQUES DE NINGUNO 3 ALMACENAJE DE GLP A GRANEL CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE INSTALACIONES NUEVAS ALMACENAJE SUMINISTRO, ESTACIÓN , 3 DE TRANSFERENCIA DE COMBUSTIBLES DE AVIACIÓN CONSTRUCCIÓN DE ISLAS DE CARGA NINGUNO EN LÍNEA -DE PITS (AEROPLANTA A 3 PLATAFORMA DE AEROPUERTOS) DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR 3 REDES NINGUNO ESTACIONES SATELITALES DE NINGUNO 3 REGASIFICACIÓN REUBICACIÓN DE ESRs ACTIVIDADES APROBADAS 3 INSTALACIÓN DE FACILIDADES PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS (BATERÍAS DE BOMBAS Y/0 COMPRESORES, TANQUES DE ALMACENAMIENTO, ALMACENES, PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA, DENTRO DE INSTALACIONES EXISTENTES 3 INSTALACIONES DE GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS, PISTAS DE ATERRIZAJE, HELIPUERTOS, POZOS DE AGUA, ESTACIONES DE TRANSFERENCIA Y MEDICIÓN DE GAS Y CONDENSADOS) MEJORAMIENTO Y/0 AMPLIACIÓN DE CAMINOS DE ACCESO A --QUE SEA PARTE DE UN PROYECTO YA APROBADO 3 PLANTAS/POZOS DE HIDROCARBUROS ACTIVIDADES DE APOYO PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS (OBRADORES, BUZONES, NINGUNO 3 ESCOMBRERAS; BANCOS DE PRÉSTAMOS) IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS , MEDICIÓN, CONTROL, AUTOMATIZACIÓN, SEGURIDAD, SOBRE PROYECTOS Y/0 FACILIDADES EXISTENTES. 3 SISTEMAS DE COMUNICACIÓN, SISTEMA ELÉCTRICO PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS • NO ESTÁ PERMITIDO EL USO DE EXPLOSIVOS Y ACTIVIDADES DE EXPLORACION MATERIALES NOCIVOS TÓXICOS,- PUDIENDO 3 UTILIZARSE SOLAMENTE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, 46 DES RIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO ACEITES Y GRASAS PARA ACTIVIDADES LOGÍSTICAS. • MINIMIZAR LA INTERRELACIÓN CON LA POBLACIÓN CIRCUNDANTE A LAS ÁREAS DE REGISTROS EXPLORATORIOS • NO SE PERMITE LA CAZA, PESCA, RECOLECCIÓN DE FLORA, FAUNA O DERIVADOS, NI SU USO • LOS CAMPAMENTOS BASE PODRÁN O NO UBICARSE EN INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES, CUMPLIENDO DE MANERA OBLIGATORIA CON LAS PRÁCTICAS ESTÁNDARES DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS EN TEMAS DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS, LÍQUIDOS Y SEGURIDAD. • CUANDO LAS AOPS SE UBICASEN DENTRO DE ÁREAS PROTEGIDAS, DEBERÁN CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: CAMPAMENTOS BASE: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONAS: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE AMORTIGUACIÓN, ZONA DE USO MODERADO, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y ZONA DE INTERÉS HISTÓRICO CULTURAL; • NO DEBERÁN EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 100 PERSONAS; • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 2 HECTÁREAS. MISMA QUE NO CONTEMPLA LAS ÁREAS DE HELIPUERTOS; • NO PODRÁN REALIZAR LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (CON LA EXCEPCIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS) DENTRO DEL ÁREA PROTEGIDA; • NO PODRÁN REALIZAR LA DESCARGA DE RESIDUOS LÍQUIDOS SIN PREVIO TRATAMIENTO, CON EL OBJETIVO DE EVITAR LA AFECTACIÓN DE CUERPOS DE AGUA SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEOS; • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN ÁREAS QUE CUENTEN CON INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES; • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN CENTROS POBLADOS, BUSCANDO MINIMIZAR LA PRESIÓN SOCIAL, ECONÓMICA Y AMBIENTAL EN LA POBLACIÓN; • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN ÁREAS DESPEJADAS O CLAROS NATURALES EXISTENTES. CAMPAMENTOS VOLANTES: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONAS: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y 47 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA O PROYECTO ZONA DE AMORTIGUACIÓN; • NO DEBERÁ EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 900 METROS CUADRADOS; • NO PODRÁN REALIZAR LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (CON LA EXCEPCIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS) DENTRO DEL ÁREA PROTEGIDA; • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN ÁREAS DESPEJADAS O CLAROS NATURALES EXISTENTES. CAMPAMENTOS PORTÁTILES (CAMPING) • NO DEBERÁN EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 5 PERSONAS. • HELIPUERTOS: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONAS: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y ZONA DE AMORTIGUACIÓN; • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 900 METROS CUADRADOS, PRIORIZANDO ÁREAS DESPEJADAS Y CLAROS NATURALES; • NO SE DEBERÁ EXCEDER 2 HELIPUERTOS POR CAMPAMENTO BASE. ZONAS DE DESCARGA: • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 25 METROS CUADRADOS. NO ESTÁ PERMITIDA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS DE EXPLORACIÓN EN CATEGORÍAS DE SANTUARIO Y MONUMENTO NATURAL Y SITIOS RAMSAR SECTOR ENERGÍA SUB SECTOR ENERGÍA ELÉCTRICA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CENTRALES HIDROELÉCTRICAS CON REGULACIÓN • NINGUNO 1 ESTACIONAL CENTRALES HIDROELÉCTRICAS DE REGULACIÓN HORARIA • NINGUNO 2 DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA CENTRALES HIDROELÉCTRICAS SIN REGULACIÓN DENTRO • NINGUNO 2 DE ÁREA PROTEGIDA CENTRALES HIDROELÉCTRICAS CON REGULACIÓN HORARIA. • NO DEBE ENCONTRARSE AL EN CASO QUE SE CONSIDEREN VARIAS CENTRALES CON INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS 3 48 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA REGULACIÓN HORARIA EN CASCADA. UNA DEBERÁ CONTAR CON SU LICENCIA AMBIENTAL. CENTRALES HIDROELÉCTRICAS SIN REGULACIÓN. • POBLACIÓN MAYOR A 2.000 HABITANTES • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS 3 CENTRALES HIDROELÉCTRICAS SIN REGULACIÓN DENTRO • POBLACIÓN MENOR A 2.000 HABITANTES 3 DE ÁREA PROTEGIDA DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA • TENSIÓN MAYOR A 115 Kv NUEVAS O AMPLIACIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA • LOS ACEITES DIELECTRICOS QUE 2 TENSIÓN (ASOCIADOS A DISTRIBUCIÓN) DENTRO DE ÁREA SE UTILIZARAN EN PROTEGIDA TRANSFORMADORES DE POTENCIA NO DEBERAN CONTENER PCB's • MAYOR A 10 KM DE LONGITUD • LOS ACEITES DIELÉCTRICOS QUE NUEVAS LÍNEAS O REDES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA EN SE UTILIZARÁN EN 3 MEDIA Y BAJA TENSIÓN TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCIÓN NO DEBERÁN CONTENER PCB'S. • TENSIÓN DE 69 kV HASTA 115 Kv • LOS ACEITES DIELÉCTRICOS QUE 3 NUEVAS O AMPLIACIÓN DE LÍNEAS (ASOCIADOS A SE UTILIZARÁN EN DISTRIBUCIÓN) TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCIÓN NO DEBERÁN CONTENER PCB's. • TENSIÓN MAYOR A 115 kV • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS NUEVAS LÍNEAS O REDES DE ALTA TENSIÓN (ASOCIADOS A • LOS ACEITES DIELÉCTRICOS QUE DISTRIBUCIÓN) SE UTILIZARÁN EN 3 TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCIÓN NO DEBERÁN CONTENER PCB's. AMPLIACIÓN Y/0 'MEJORAMIENTO DE CAPACIDAD DE LA • EL PROYECTO PRINCIPAL DEBE POTENCIA INSTALADA EN LA SUBESTACIÓN CONTAR CON LICENCIA AMBIENTAL • LOS TRANSFORMADORES NO DEBEN CONTENER ACEITE DIELECTRICO CON PCB's 3 • CON OBRAS DE INFRAESTRUCTURA QUE INCLUYA MÁS DE DOS PÓRTICOS ' NUEVAS SUBESTACIONES - • NINGUNO 3 CENTRALES DE GENERACIÓN TERMOELÉCTRICA • NINGUNO ALIMENTADA CON COMBUSTIBLES FÓSILES Y/0 CICLO 1 • COMBINADO DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA CENTRALES DE GENERACIÓN TERMOELÉCTRICA • NO DEBE CONSIDERAR LA ALIMENTADA CON COMBUSTIBLES FÓSILES Y/0 CICLO APERTURA DE CAMINOS 2 COMBINADO DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • SOLO EN ÁREAS INTERVENIDAS CENTRALES DE GENERACIÓN TERMOELÉCTRICA • NO DEBE ENCONTRARSE AL ALIMENTADA CON COMBUSTIBLES FÓSILES Y/0 CICLO INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS 3 COMBINADO IMPLEMENTACIÓN DE CICLOS COMBINADOS EN CENTRALES • NINGUNO 3 TERMOELÉCTRICAS EXISTENTES 49 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA SISTEMAS AISLADOS DENTRO DE ÁREAS PROTEGIDAS , • MAYORES A 1,5 MW 2 • NINGUNO SISTEMAS AISLADOS • MAYOR A 1,5 MV • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN EN EXTRA ALTA TENSIÓN • NINGUNO 1 MAYORES 230 KV, DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA. INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN EN ALTA TENSIÓN DENTRO • NINGUNO 2 DE ÁREA PROTEGIDA. INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN EN EXTRA ALTA TENSIÓN • MAYOR A 230 kV • NO DEBE ENCONTRARSE AL 2 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS SUBESTACIONES EN ALTA Y EXTRA ALTA TENSIÓN • NINGUNO 2 INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN ALTA TENSIÓN. • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS SUBESTACIONES EN ALTA Y EXTRA ALTA TENSIÓN • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS SUB SECTOR ENERGÍAS ALTERNATIVAS DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA ENERGÍA GEOTÉRMICA CENTRAL GEOTÉRMICA DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • NINGUNO 1 CENTRAL GEOTÉRMICA DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • POTENCIA GENERADA HASTA 5 MW 2 CENTRAL GEOTÉRMICA • POTENCIA GENERADA MAYOR A 5 MW 2 • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS CENTRAL GEOTÉRMICA • POTENCIA GENERADA HASTA 5 MW • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS BIOMASA PROYECTOS DE GENERACIÓN A BIOMASA CON LA • NO DEBEN IMPLEMENTARSE EN IMPLANTACIÓN DE CULTIVOS ENERGÉTICOS* EN ÁREAS PROTEGIDAS EXTENSIONES MAYORES A 500 HAS • DISTANCIA MÍNIMA A POBLACIONES DE 1500 METROS CON DIRECCIÓN DEL VIENTO PREDOMINANTE CONTRARIA AL ÁREA POBLADA. • NO DEBE CONSIDERARSE LA 1 AMPLIACIÓN DE FRONTERA AGRÍCOLA. • SOLO EN SUELOS MARGINALES • TECNOLOGÍA PARA CONTROL DE EMISIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN Y PARTÍCULAS PROYECTOS DE GENERACIÓN A BIOMASA CON LA • EN EXTENSIONES DE 50 A 500 HAS IMPLANTACIÓN DE CULTIVOS ENERGÉTICOS" • NO DEBEN ENCONTRARSE ÉN ÁREAS PROTEGIDAS 2 • DISTANCIA MÍNIMA A POBLACIONES DE 1500 METROS CON DIRECCIÓN DEL VIENTO PREDOMINANTE 50 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONTRARIA AL ÁREA POBLADA. • NO DEBE CONSIDERARSE LA AMPLIACIÓN DE FRONTERA AGRÍCOLA. • SOLO EN SUELOS MARGINALES • TECNOLOGÍA PARA CONTROL DE EMISIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN Y PARTÍCULAS. PROYECTOS DE GENERACIÓN A BIOMASA, SI • NO AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA APROVECHAN RESIDUOS DE OTRAS ACTIVIDADES AGRÍCOLA. DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA. • DISTANCIA MÍNIMA A POBLACIONES DE 1500 METROS CON DIRECCIÓN DEL VIENTO PREDOMINANTE 2 CONTRARIA AL ÁREA POBLADA. • CON TECNOLOGÍA PARA CONTROL DE EMISIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN Y PARTÍCULAS PROYECTOS DE GENERACIÓN DE BIOMASA, SI • NO AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA APROVECHAN RESIDUOS DE OTRAS ACTIVIDADES. AGRÍCOLA. • DISTANCIA MÍNIMA A POBLACIONES DE 1500 METROS CON DIRECCIÓN DEL VIENTO PREDOMINANTE CONTRARIA AL ÁREA POBLADA. 3 • CON TECNOLOGÍA PARA CONTROL DE EMISIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN Y PARTÍCULAS • NO DEBE ENCONTRARSE AL • INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS PROYECTOS DE GENERACIÓN DE ENERGÍA A PARTIR DE • NO DEBE ENCONTRARSE AL BIOMASA, SI UTILIZA CULTIVOS ENERGÉTICOS* CON UNA INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS SUPERFICIE MENOR O IGUAL A 50 HAS, CON • NO DEBE CONSIDERAR LA APROVECHAMIENTO DE RESIDUOS DE OTRAS AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA ACTIVIDADES. AGRÍCOLA. 3 • DISTANCIA MÍNIMA A POBLACIONES DE 1500 METROS CON DIRECCIÓN DEL VIENTO PREDOMINANTE CONTRARIA AL ÁREA POBLADA. • CON TECNOLOGÍA PARA CONTROL DE EMISIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN Y PARTÍCULAS • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREA PROTEGIDAS ENERGÍA FOTOVOLTAICA PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE MAYOR A 500 HAS. 1 • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS DENTRO DE ÁREA • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE HASTA 50 HAS. 2 PROTEGIDA CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS SOLARES • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE DESDE FOTOVOLTAICAS 50 HASTA 500 HAS. 2 • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS DENTRO DE ÁREA • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE HASTA PROTEGIDA 10 HA. 3 • SIN APERTURA DE NUEVOS 5I DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA ACCESOS • SIN SUBESTACIÓN DE POTENCIA PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE DE 10 A' 50 HAS. • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS • SIN DESMONTE PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE DE 50 A 500 HAS. • NO DEBE ENCONTRARSE AL 3 INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS • SIN DESMONTE ENERGÍA EÓLICA PLANTAS EÓLICAS DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • POTENCIA MAYOR A 50 MW • DEBE ESTAR A UNA DISTANCIA IGUAL O MAYOR DE 400 METROS DE UNA POBLACIÓN. • NO DEBE SER DISEÑADO EN RUTAS 1 MIGRATORIAS DE AVES EN PELIGRO DE EXTINCIÓN. DEBE ELABORAR PLANES DE MANEJO DE AVES PLANTAS EÓLICAS DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • POTENCIA DESDE 5 MW HASTA 50 MW • DEBE ESTAR A UNA DISTANCIA IGUAL O MAYOR DE 400 METROS DE UNA POBLACIÓN. 2 • NO DEBE SER DISEÑADO EN RUTAS MIGRATORIAS DE AVES AMENAZADAS, SE DEBE ELABORAR PLANES DE MANEJO'DE AVES SISTEMA EÓLICO DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • POTENCIA DESDE 1,5 HASTA 5 MW • DEBE ESTAR A UNA DISTANCIA IGUAL O MAYOR DE 400 METROS DE UNA POBLACIÓN. 3 • NO DEBE SER DISEÑADO EN RUTAS MIGRATORIAS DE AVES AMENAZADAS SE DEBE ELABORAR PLANES DE MANEJO DE AVES. PLANTAS EÓLICAS • POTENCIA MAYOR A 15 MW • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS • DEBE ESTAR A UNA DISTANCIA IGUAL O MAYOR DE 400 METROS DE UNA POBLACIÓN. 3 • NO DEBE SER DISEÑADO EN RUTAS MIGRATORIAS DE AVES AMENAZADAS SE DEBE ELABORAR PLANES DE MANEJÓ DE AVES. ENERGÍA NUCLEAR CONSTRUCCIÓN DE PLANTA PARA REACTORES • NINGUNO 1 NUCLEOELÉCTRICOS IMPLEMENTACIÓN DE PLANTA PARA ACELERADOR DE • DE ENERGÍA MAYOR A 30 MeV PARTÍCULAS CIRCULARES —CICLOTRÓN. (MEGA ELECTRÓN VOLT) HASTA 70 2 MeV CONSTRUCCIÓN DE PLANTA PARA IRRADIADORES • DE ACTIVIDAD ENTRE 1 MCi (MEGA 2 52 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA GAMMA CURIES) HASTA 2,5 MCI CONSTRUCCIÓN DE PLANTA PARA IRRADIACIÓN A • ALTA ENERGÍA DE 5A 10 MeV - 2 BASE DE ACELERADORES CONSTRUCCIÓN DE PLANTA PARA REACTOR DE • NINGUNO 2 INVESTIGACIÓN • CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE MEDICINA NUCLEAR • CENTROS DE SALUD DE TERCEL Y 2 CUARTO NIVEL IMPLEMENTACIÓN PARA ACELERADOR DE PARTÍCULAS • DE ENERGÍA DE 7 MeV (MEGA ELECTRÓN VOLT) HASTA 30 MeV 3 CIRCULARES —CICLOTRÓN. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • HASTA UNA ACTIVIDAD DE 1 MCi (MEGA CURIES) 3 IRRADIADORES GAMMA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • MEDIA ENERGÍA DE 1 A 5 MeV (MEGA ELECTRÓN VOLT) 3 IRRADIACIÓN A BASE DE ACELERADORES CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE MEDICINA NUCLEAR • CENTROS DE SALUD HASTA 3 TERCER NIVEL CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE MEDICINA NUCLEAR • CENTROS DE SALUD DE CUARTO 2 NIVEL CONSTRUCCIÓN DE LABORATORIO DE APLICACIONES • SOLO LABORATORIOS DE EN TECNOLOGÍA NUCLEAR APLICACIÓN DE ENERGÍA 3 IONIZANTE ENERGÍA TERMOSOLAR IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA TERMOSOLAR • NINGUNO 2 • SOLO USO INDUSTRIAL SISTEMA TERMOSOLAR • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN 3 ÁREAS PROTEGIDAS. SUB SECTOR OTROS ENERGÍA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y EXPLORACIÓN PARA • NINGUNO 3 GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA LÍNEA DE SUMINISTRO A LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA • NINGUNO 3 HABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CAMPAMENTOS PARA • NINGUNO 3 PROYECTOS DEL SECTOR ELÉCTRICO MEJORAMIENTO O AMPLIACIÓN DE CAMINOS • NINGUNO 3 *Cultivos energéticos. Las especies a utilizar no deberán ser genéticamente modificadas, no se deberá modificar el uso de suelo del área de implementación de los cultivos energéticos, y se evitará atentar contra la seguridad alimentaria del estado. *Como suelos marginales, se entiende a aquellos suelos que no serán destinados a agricultura y que ya se encuentran intervenidos, como pasturas. Los cultivos energéticos, no podrán emplazarse en ningún caso en área protegida. La distancias igual o mayor a 400 metros de una población a la planta o sistema eólico, podrá reducirse por medio de la demostración justificada de un estudio técnico. 53 SECTOR COMUNICACIONES SUB SECTOR TELECOMUNICACIONES DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA INSTALACIÓN • DE INFRAESTRUCTURA DE ACCESO • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: 3 INALÁMBRICO A LOS SERVICIOS DE GENERADORES CON MOTOR DE TELECOMUNICACIONES CON SOPORTES DE ANTENAS COMBUSTON INTERNA. INSTALADOS SOBRE SUELO. • SOLO DEBE ABRIR CAMINO HASTA SEISCIENTOS METROS (600 M) DESDE LA VÍA PÚBLICA HASTA LA AOP. INSTALACIÓN DE ACCESO ALÁMBRICO FIJO A LOS • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: 3 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR CABLE O GENERÁDORES CON MOTOR DE LÍNEA FÍSICAAÉREO. COMBUSTON INTERNA. INSTALACIÓN DE ACCESO ALÁMBRICO FIJO A LOS • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: 3 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES SUBTERRÁNEO. GENERADORES CON MOTOR DE COMBUSTON INTERNA. SECTOR SALUD SUB SECTOR INFRAESTRUCTURA DE SALUD DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE • NINGUNO 3 PRIMER NIVEL CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE • NINGUNO 3 SEGUNDO NIVEL CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD • . NINGUNO 3 TERCER NIVEL CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD • NINGUNO 3 CUARTO NIVEUINSTITUTOS DE SALUD DE CUARTO NIVEL CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD • NINGUNO 3 CUARTO NIVEUINSTITUTOS DE SALUD DE CUARTO NIVEL CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PARA • NINGUNO 3 LABORATORIOS DE ANALISIS Y DIAGNOSTICOS SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO SUB SECTOR AGUA POTABLE DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE AGUA POTABLE • PARA POBLACIÓN MAYORES A 500.000 3 COMPONENTES: OBRA DE TOMA CAPTACIÓN HABITANTES ADUCCIÓN Y/0 IMPULSIÓN • SE DEBE ENCONTRAR FUERA DE ÁREA TANQUE DE ALMACENAMIENTO . PROTEGIDA RED DE DISTRIBUCIÓN Y/0 OBRAS DE ARTE 54 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE AGUA POTABLE • Ninguna 2 COMPONENTES: OBRA DE TOMA CAPTACIÓN ADUCCIÓN Y/0 IMPULSIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO RED DE DISTRIBUCIÓN Y/0 OBRAS DE ARTE SUB SECTOR ALCANTARILLADO DESCRIPCIÓN DE LA ACTMDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO • PARA POBLACIÓN MAYOR A 10.000 HASTA 3 SANITARIO 50.000 HABITANTES COMPONENTES: En área protegida TENDIDO DE COLECTORES CÁMARAS EMISARIOS CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO • PARA POBLACIÓN MAYORES A 50.000 HASTA 3 SANITARIO 500.000 HABITANTES COMPONENTES: TENDIDO DE COLECTORES CÁMARAS EMISARIOS CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO • PARA POBLACIÓN MAYOR A 500.000 2 SANITARIO COMPONENTES. HABITANTES TENDIDO DE COLECTORES CÁMARAS EMISARIOS. SISTEMAS DE DRENAJE PLUVIAL COMPONENTES. RED • NINGUNO 3 DE COLECTORES SUMIDEROS OBRAS COMPLEMENTARIAS EMBOVEDADOS CANALES SUB SECTOR TRATAMIENTO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN MAYOR A 500.000 HAB 3 AGUA POTABLE CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN MAYOR A 10.000 HASTA AGUAS RESIDUALES (NUEVO) 50.000 HABITANTES COMPONENTES. • En área protegida PRE TRATAMIENTO 3 TRATAMIENTO PRIMARIO TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO LODOS CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN MAYOR A 50.000 AGUAS RESIDUALES (NUEVO) HABITANTES COMPONENTES. • En área protegida PRE TRATAMIENTO 2 TRATAMIENTO PRIMARIO TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO LODOS CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (NUEVO) • PARA POBLACIÓN MAYOR A 50.000 3 COMPONENTES. HABITANTES HASTA 500.000 PRE TRATAMIENTO • FUERA DE ÁREA PROTEGIDA 55 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA TRATAMIENTO PRIMARIO TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO TERCIARIO (S/G CORRESPONDA) TRATAMIENTO LODOS CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN MAYOR A 500.000 AGUAS RESIDUALES (NUEVO) HABITANTES COMPONENTES. PRE TRATAMIENTO TRATAMIENTO PRIMARIO 2 TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO TERCIARIO (S/G CORRESPONDA) TRATAMIENTO LODOS SUB SECTOR MULTIPROGRAMA SANEAMIENTO BASICO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍ PROYECTO A CONSTRUCCIÓN DE RELLENO SANITARIO DE • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS 3 RESIDUOS CON QUEMA CENTRALIZADA DE BIOGAS, PROTEGIDAS O EN ZONAS QUE TENGAN CON TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS - VALORES CULTURALES O RESTOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS • PARA POBLACIÓN HASTA 300.000 HABITANTES CONSTRUCCIÓN RELLENO SANITARIO DE RESIDUOS • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS 2 MUNICIPALES MECANIZADO, CON QUEMA PROTEGIDAS O EN ZONAS QUE TENGAN CENTRALIZADA DE BIOGAS, CON TRATAMIENTO DE VALORES CULTURALES O RESTOS LIXIVIADOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS • PARA POBLACIÓN MAYOR A 300000 HABITANTES CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS NO • NINGUNO 3 PELIGROSOS QUE NO HAN SIDO SEPARADOS EN LA FUENTE DE GENERACIÓN. DISPOSICIÓN FINAL PARA RESIDUOS INERTES • NINGUNO 3 DE CONSTRUCCIÓN, DEMOLICION U OTRAS ACTIVIDADES. CIERRE TÉCNICO DE BOTADEROS CLAUSURA, Y • NINGUNO 3 SANEAMIENTO AMBIENTAL COMPLEJO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS • NINGUNO 3 MUNICIPALES (APROVECHAMIENTO, DISPOSICIÓN FINAL) ' COMPONENTES TRATAMIENTO DE RESIDUOS ORGÁNICOS SEPARACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS DISPOSICIÓN FINAL CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • NINGUNO 3 MANEJO Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS ESPECIALES (RESIDUOS VOLUMINOSOS, LLANTAS, APARATOS ELECTRICOS, ELECTRONICOS Y RESIDUOS DE LA CONSTRUCCION) IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE ASEO URBANO • NINGUNO 3 PARA EL ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS POR FUENTE MUNICIPAL O INDUSTRIAL CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE SEPARACION Y/0 • NINGUNO 3 56 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍ PROYECTO A CLASIFICACION DE RESIDUOS INORGANICOS (RESIDUOS INORGANICOS SEPARADOS EN ORIGEN) PROYECTOS DE TRATAMIENTO TÉRMICO DE • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS 2 RESIDUOS, TECNOLOGÍA DE INCINERACIÓN, PROTEGIDAS O EN ZONAS QUE TENGAN PIROLISIS, PLASMAGASIFICACIÓN O SIMILARES. VALORES CULTURALES O RESTOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS TRATAMIENTO Y/0 DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS 2 PELIGROSOS DE FUENTE INDUSTRIAL PROTEGIDAS O EN ZONAS QUE. TENGAN VALORES CULTURALES O RESTOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS SECTOR URBANISMO Y VIVIENDA SUB SECTOR URBANISMO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS. ÁREA PROTEGIDA 3 CONSTRUCCIÓN DE MERCADOS MUNICIPALES, CASAS COMUNALES Y MUNICIPALES • NINGUNO 3 CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS. • NINGUNO 2 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA REGREATIVA • NINGUNO 3 (CINES, MULTICINES, TEATROS, CENTROS COMERCIALES) SUB SECTOR VIVIENDA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • NINGUNO 3 VIVIENDAS UNIFAMILIARES. PARCELAMIENTO URBANÍSTICO INCLUYE APERTURA • NINGUNO 3 DE VIAS CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS MULTIFAMILIARES • SE ENCUENTRE EN AREAS (EDIFICIOS, URBANIZACIONES Y CONDOMINIOS) INTERVENIDAS. • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA. • INCLUYA LA IMPLEMENTACION DE 3 CUERPOS DE AGUA ARTIFICIALES (PISCINAS, LAGUNAS U OTROS) CON CAPICIDAD MENOR 2500 M3. • QUE NO IMPLIQUEN TOMAS DE AGUA DIRECTA DE CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL. • QUE CUENTEN CON UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES O CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO. 57 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS MULTIFAMILIARES • NINGUNO 2 (EDIFICIOS, URBANIZACIONES Y CONDOMINIOS) SUB SECTOR OTROS URBANISMO Y VIVIENDA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE CEMENTERIO CON AMBIENTES Y EQUIPOS DE CREMACIÓN 3 CONSTRUCCIÓN DE PARQUES INDUSTRIALES • NINGUNO 1 SECTOR RECURSOS HÍDRICOS SUB SECTOR APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HÍDRICOS DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR - CATEGORÍA APROVECHAMIENTO DE AGUAS TERMALES CON • NINGUNO 3 FINES RECREATIVOS (PISCINAS). PERFORACIÓN DE POZOS DE AGUA PARA USO • . NINGUNO 3 INDUSTRIAL. OBRAS DE CAPTACIÓN DE AGUA TIPO GALERÍA • NINGUNO FILTRANTE, AZUD DERIVADORES Y OTRAS OBRAS COMPLEMENTARIAS, COMO TANQUES DE 3 SEDIMENTACIÓN Y ALMACENAMIENTO, CONDUCTOS PRINCIPALES Y SECUNDARIOS, SIFONES Y DESARENADORES PARA USO INDUSTRIAL • CON CAPACIDAD DE RECARGA DEL RIO MENOR A 5 AÑOS. PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y • EL ÁREA DE CAMPAMENTO Y/0 SERVICIO 2 AGREGADOS NO DEBE EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 5000 M2 Y ALBERGAR A NO MAS DE 15 PERSONAS. • CON CAPACIDAD DE RECARGA DEL RIO MENOR A 3 AÑOS. • NO DEBE ENCONTRARSE EN ZONAS QUE TENGAN VALORES CULTURALES O PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y 3 RESTOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS. AGREGADOS • EL ÁREA DE CAMPAMENTO Y/0 SERVICIO NO DEBE EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 1500M2 Y ALBERGAR A NO MAS DE 10 PERSONAS. 58 SUB SECTOR OTROS RECURSOS HÍDRICOS DESCRIPCIÓN DE ,LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO DRAGADO DE VASO DE ALMACENAMIENTO DE LA • NINGUNO 3 REPRESA. CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTOS. • NINGUNO 3 SECTOR ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD CIUDADANA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O . ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE APOYO • NINGUNO 3 AL SISTEMA POLICIAL (MÓDULOS POLICIALES) SECTOR MEDIO AMBIENTE DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE CUSTODIA DE DEBE ENMARCARSE EN LO ESTABLECIDO EN 3 FAUNA SILVESTRE, DE LAS SIGUIENTES EL REGLAMENTO PARA LA CUSTODIA CATEGORÍAS: RESPONSABLE DE FAUNA SILVESTRE CENTROS DE RESCATE, BIOPARQUE, (RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA VMABCCGDF CENTROS DE INVESTIGACIÓN. N° 06/17) DEBE ENMARCARSE EN LO ESTABLECIDO EN: • LISTA OFICIAL DE ESPECIES INFRAESTRUCTURA PARA PROYECTOS QUE EXÓTICAS E INVASIVAS EN EL ESTADO CONTEMPLE EL APROVECHAMIENTO Y PLURINACIONAL DE BOLIVIA EMITIDA PRODUCCIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS E POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL 3 INVASIVAS, REGISTRADAS EN EL ESTADO COMPETENTE NACIONAL. PLURINACIONAL DE BOLIVIA. • NORMA TÉCNICA: LINEAMIENTOS PARA LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE MANEJO DE FAUNA SILVESTRE. DEBE CONSIDERAR LO SIGUIENTE: INFRAESTRUCTURA PARA PROYECTOS QUE • NORMA TÉCNICA: LINEAMIENTOS CONTEMPLE EL MANEJO DE VIDA SILVESTRE PARA LA PREPARACIÓN Y 3 NATIVA. PRESENTACIÓN DE PLANES DE MANEJO DE FAUNA SILVESTRE. • OTRAS NORMAS ESPECIFICAS. SECTOR TURISMO SUB SECTOR INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • NINGUNO 3 DE ALBERGUES) INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • ' NINGUNO 3 59 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO DE HOSTALES) INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CENTRO DE • NINGUNO 3 INTERPRETACIÓN Y DE INVESTIGACIÓN) • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA. INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE DE HOTELES) ALCANTARILLADO Y DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • NINGUNO 2 DE HOTELES) • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA. INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • NO SE REALICE DESMONTE 3 DE COMPLEJOS TURÍSTICOS) • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN • NINGUNO 2 DE COMPLEJOS TURÍSTICOS) SUB SECTOR DESARROLLO TURISMO COMUNITARIO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO ECOTURISMO COMUNITARIO • NINGUNO 3 SUB SECTOR ACTIVIDADES TURÍSTICAS DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO PESCA CON DEVOLUCIÓN CON FINES DE TURISMO • NINGUNO 3 SUB SECTOR DESARROLLO TURÍSTICO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO OPERADORAS DE TURISMO CON IMPLEMENTACIÓN DE ÁREAS TURÍSTICAS CON CONSTRUCCIÓN DE • NINGUNO 3 ALBERGUE CON CIRCUITOS TURÍSTICOS • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA. IMPLEMENTACIÓN ' O CREACIÓN DE RUTAS • QUE EXISTAN SENDEROS O CAMINOS 3 TURÍSTICAS DE HERRADURA EN EL ÁREA • NO SE REALICE APERTURA DE CAMINOS NI VÍAS DE ACCESO IMPLEMENTACIÓN p CREACIÓN DE RUTAS • NINGUNO 2' TURÍSTICAS • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN COMPETENCIAS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA 3 ÁREA PROTEGIDA, 60 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO • NO REALICE APERTURA DE CAMINOS COMPETENCIAS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA • NINGUNO 2 SECTOR SEGURIDAD SOCIAL SUB SECTOR SEGURIDAD SOCIAL DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • NINGUNO ' CENTROS DE ACOGIDA Y/0 GESTIÓN SOCIAL 3 (ORFANATOS, HOGARES, ALBERGUES, Y SIMILARES) CONSTRUCCIÓN DE RECINTOS PENITENCIARIOS . • FUERA DE AREAS PROTEGIDAS CONSTRUCCIÓN DE BOL 110. COMANDO DE • NINGUNO 3 CONTROL PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA CONSTRUCCIÓN DE RECINTOS PENITENCIARIOS • NINGUNO 2 SUB SECTOR CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y • PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE CENTROS ARTESANALES Y • NINGUNO 3 CULTURALES, CENTROS FERIALES • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE 3 CONSTRUCCIÓN DE MUSEOS EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LÍQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON ' UN SISTEMA DE CONSTRUCCIÓN DE TEATRO ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE 3 EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LÍQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS 61 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA SÓLIDOS. SUB SECTOR MEJORAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA REHABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y REFACCIÓN DE • NINGUNO INFRAESTRUCTURA DE CENTROS ARTESANALES Y 3 CULTURALES, CENTROS FERIALES AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CENTROS • NINGUNO 3 ARTESANALES Y CULTURALES, CENTROS FERIALES Y TEATRO SUB SECTOR INVESTIGACIÓN CULTURA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA EXCAVACIONES DE SITIOS ARQUEOLÓGICOS • NINGUNO 3 SECTOR EDUCACIÓN SUBSECTOR: INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INSTITUTOS TÉCNICOS • CON CAPACIDAD INSTALADA MAYOR A TECNOLÓGICOS. 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO 3 TURNO. CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS SUPERIORES DE • CON CAPACIDAD INSTALADA MAYOR A FORMACIÓN DE MAESTROS. 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO 3 TURNO. CONSTRUCCIÓN DE UNIDADES EDUCATIVAS • CON CAPACIDAD INSTALADA MAYOR A 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO 3 TURNO. CONSTRUCCIÓN DE INTERNADOS O RESIDENCIAS • CON CAPACIDAD INSTALADA MAYOR A 400 ESTUDIANTES 3 ESTUDIANTILES. CONSTRUCCIÓN DE TALLERES PARA TODOS LOS • QUE CONTEMPLE EL USO DE 3 SUB SISTEMAS EDUCATIVOS SUSTANCIAS PELIGROSAS CONSTRUCCIÓN DE UNIVERSIDADES Y/0 CAMPUS • NO DEBEN UBICARSE AL INTERIOR DE ÁREAS PROTEGIDAS 3 UNIVERSITARIOS 62 SECTOR DEPORTES SUBSECTOR: DESARROLLO DEL DEPORTE DESCRIPCIÓN ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE ESTADIOS, COLISEOS, • SE DEBE ENCONTRAR FUERA DE ÁREA POLIDEPORTIVOS, VELÓDROMO, COMPLEJO DE TIRO PROTEGIDA DEPORTIVO. 3 • CAPACIDAD MENOR A 20 000 ESPECTADORES • CAPACIDAD MAYOR A 20 000 2 ESPECTADORES CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PISCINAS • CON UNA CAPACIDAD MENOR A 2500 M3 3 CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PISCINAS • CON UNA CAPACIDAD MAYOR A 2500 M3 2 CONSTRUCCION Y FUNCIONAMIENTO DE VILLAS • NO SE ENCUENTREN EN SITIOS RAMSAR, DEPORTIVAS, CENTROS DE ALTO RENDIMIENTO HUMEDALES. ro NO REALICE DESMONTE. • NO SE UBIQUEN EN ÁREAS PROTEGIDAS DEPARTAMENTALES, MUNICIPALES Y 3 NACIONALES. • NO ALTERE LAS CONDICIONES INICIALES DE CUERPOS DE AGUAS (CAUDAL, CARACTERÍSTICAS FÍSICO QUÍMICAS, CAUCE, ENTRE OTROS) CONSTRUCCION Y FUNCIONAMIENTO DE VILLAS NO ALTERE LAS CONDICIONES INICIALES DEPORTIVAS, CENTROS DE ALTO RENDIMIENTO DE CUERPOS DE AGUA SUBTERRÁNEAS 2 O SUPERFICIALES CONSTRUCCION DE HIPÓDROMO, COMPLEJO • SE DEBE ENCONTRAR FUERA DE ÁREA ECUESTRE PROTEGIDA • CAPACIDAD MENOR A 20 000 ESPECTADORES. 3 • QUE CUENTEN CON SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE HIPÓDROMO, COMPLEJO • CAPACIDAD MAYOR A 20 000 ECUESTRE ESPECTADORES 2 CONSTRUCCIÓN DE CAMPO DE GOLF • SE DEBE ENCONTRAR FUERA DE ÁREA PROTEGIDA • MENOR A 50 HECTAREAS 3 • NO ALTERE CUERPOS DE AGUA (CAUDAL, CARACTERÍSTICAS FÍSICO QUÍMICAS, CAUCE, ENTRE OTROS) CONSTRUCCIÓN DE CAMPO DE GOLF • SE DEBE ENCONTRAR FUERA DE ÁREA PROTEGIDA 2 HASTA 70 HECTAREAS 63 CONSTRUCION DE CIRCUITOS DE CARRERA • NO SE CONSIDERAN TRAMOS A CAMPO (AUTOMOVILÍSTICOS, MOTOCICLETA, KARTING, TRAVIESA RALLY) • NO SE DEBE ENCONTRAR EN ÁREA PROTEGIDA, MUNICIPAL, DEPARTAMENTAL Y NACIONAL 3 CONSTRUCION DE CIRCUITOS DE CARRERA • SI SE CONSIDERAN TRAMOS A CAMPO (AUTOMOVILÍSTICOS, MOTOCICLETA, KARTING, TRAVIESA 2 RALLY) SECTOR MULTISECTORIAL DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • DEBE CONTAR CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE ASEO URBANO LABORATORIOS (BROMATOLOGICOS, QUIMICOS, EN EL ÁREA DEL PROYECTO. 3 FISICOS, MICROBIOLOGICOS) • EL DISEÑO DEL PROYECTO DEBE CONSIDERAR PRE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • NINGUNO ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, 3 INCLUYE PLAGUICIDAS QUÍMICOS TALLERES DE MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y • NINGUNO 3 EQUIPO PESADO • NINGUNO HABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS 3 SECTOR TRANSPORTE SUB SECTOR CAMINERO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA EMPEDRADOS, ENLOSETADOS, RIPIADO. • NINGUNO 3 RECAPAMIENTO SOBRE PAVIMENTOS • NINGUNO 3 CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES DE PESAJE Y PEAJE • NINGUNO 3 • NO INCLUYE TRANSPORTE DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS 3 HIDROCARBUROS. CONSTRUCCIÓN, APERTURA Y/0 MEJORAMIENTO DE • HASTA 10 KM DE LONGITUD CAMINOS VECINALES, NO PAVIMENTADOS • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 3 PROTEGIDAS, SITIOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS (DGMACC) APERTURA DE CAMINOS VECINALES • MAYOR A 10 KM DE LONGITUD 2 CONSTRUCCIÓN. APERTURA Y/0 MEJORAMIENTO DE • NINGUNO 2 CAMINOS VECINALES, NO PAVIMENTADOS CONSTRUCCIÓN DE VARIANTES • NINGUNO 3 CONSTRUCCIÓN DE CIRCUNVALACIONES • NINGUNO 3 REHABILITACION DE CARRETERAS (REHABILITACIÓN • INCLUYE ACTIVIDADES PLANIFICADAS 3 64 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA EN PRIMER GRADO - R1 Y REHABILITACIÓN EN COMO LA COLOCACIÓN DE CARPETAS SEGUNDO GRADO - R2) ASFÁLTICAS O RÍGIDAS, RECONSTRUCCION DE LA PLATAFORMA EN SITIOS PUNTUALES. RECICLADOS, FRESADOS, WHITETOPPING, ESTAS I LIZACION DE TALUDES, BANQUINAS, TRINCHERAS, MUROS DE CONTENCIÓN) RECONSTRUCCION DE ELEMENTOS DE DRENAJE REHABILITACION DE CARRETERAS (REHABILITACIÓN EN PRIMER GRADO -R1 Y REHABILITACIÓN EN • NINGUNO 2 SEGUNDO GRADO - R2) • NINGUNO CONSTRUCCIÓN DE VIADUCTOS 3 CONSTRUCCIÓN DE DISTRIBUIDORES VIALES • NINGUNO 3 • MENORES A 350 METROS DE LONGITUD CONSTRUCCIÓN DE PUENTES VEHICULARES CON O • QUE NO SE ENCUENTRE EN AREAS 3 SIN ACCESOS PROTEGIDAS CONSTRUCCIÓN DE PUENTES VEHICULARES CON O • NINGUNO 2 SIN ACCESOS • INCLUYE ACTIVIDADES PLANIFICADAS A MEDIANO PLAZO COMO LA COLOCACIÓN DE SELLOS ASFALTICOS, BACHEOS, RECONSTRUCCION DE ELEMENTOS DE MEJORAMIENTO DE CARRETERA (MEJORAMIENTO DE DRENAJE, SEÑALIZACIÓN, IMPRIMACIÓN CARRETERAS EN PRIMER GRADO -M1) 3 DE CARPETAS GRANULARES, REPRACIONES DE MUROS DE CONTENCIÓN, OBRAS DE DRENAJE, SEÑALIZACIÓN VERTICAL. CONSTRUCCIÓN DE ACCESOS Y/0 DESVÍOS • NINGUNO _ 3 • QUE NO SE ENCUENTRE DENTRO DE AREAS PROTEGIDAS Y/0 SITIOS CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PAVIMENTADAS 2 ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS. CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PAVIMENTADAS • NINGUNO 1 CONSTRUCCIÓN DE DOBLES VÍAS • SIN AFECTACIÓN A TERCEROS 3 CONSTRUCCIÓN DE DOBLES VÍAS • NINGUNO 2 • INCLUYE BACHEOS SUPERFICIALES, BACHEOS PRODUNDOS Y SELLOS LOCALIZADOS, REPARACIONES DE ALCANTARILLAS. MUROS DE MANTENIMIENTO PERIODICO (MEJORAMIENTO DE CONTENCIÓN, ELEMENTOS DE DRENAJE, 3 CARRETERAS EN SEGUNDO GRADO - M2) NIVELACIÓN DE CALZADAS NO PAVIMENTADAS, REPOSICIONES DE RIPIO • INCLUYE LA AMPLIACIÓN DE LOS AMPLIACIONES DE CARRETERAS CARRILES Y/0 ADICIÓN DE CARRILES DE 3 LAS CARRETERAS EN ZONAS URBANAS, CONSTRUCCIÓN DE SOBREANCHOS EN 65 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA SECTORES PUNTUALES DE CARRETERAS NO PAVIMENTADAS SUB SECTOR AÉREO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA • NINGUNO 3 AEROPORTUARIA NACIONAL (NUEVA) MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN Y/0 REHABILITACIÓN DE • NINGUNO 3 INFRAESTRUCTURAAEROPORTUARIA (LADO AIRE) MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN Y/0 REHABILITACIÓN DE • NINGUNO 3 INFRAESTRUCTURAAEROPORTUARIA (LADO TIERRA) CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA • NINGUNO 2 AEROPORTUARIA INTERNACIONAL (NUEVA) CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA • NINGUNO 1 AEROPORTUARIA INTERCONTINETAL (HUB) SUB SECTOR FERROVIARIO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE PUENTES FERROVIARIOS • NINGUNO 3 • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO. • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON UN SISTEMA DE CONSTRUCCIÓN DE TERMINALES TERRESTRES Y ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE 3 ESTACIONES FERROVIARIAS EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQU IDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. • NO DEBE ENCONTRARSE DENTRO DE CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERREA ÁREAS PROTEGIDAS Y SITIOS 2 ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERREA • NINGUNO 1 SUB SECTOR TRANSPORTE FLUVIAL Y LACUSTRE DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA MEJORAMIENTO, REHABILITACIÓN O • NINGUNO MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA FLUVIAL Y 3 LACUSTRE • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS CONSTRUCCION DE PUERTOS FLUVIALES O PROTEGIDAS. TERMINALES PORTUARIAS 2 CONSTRUCCION DE PUERTOS FLUVIALES O • NINGUNO 1 TERMINALES PORTUARIAS 66 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCION DE TERMINALES DE CARGA • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS PROTEGIDAS 3 CONSTRUCCION DE TERMINALES DE CARGA • NINGUNO 2 • QUE NO SE ENCUENTRE EN AGUAS INTERNACIONALES HABILITACIÓN Y LIMPIEZA DE VIAS NAVEGABLES • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 2 PROTEGIDAS HABILITACIÓN Y LIMPIEZA DE VIAS NAVEGABLES • NINGUNO 1 • QUE NO SE ENCUENTRE EN AGUAS DRAGADO DE VIAS NAVEGABLES INTERNACIONALES • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 2 PROTEGIDAS DRAGADO DE VIAS NAVEGABLES • NINGUNO 1 SUB SECTOR OTROS TRANSPORTE DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • NO SE PERMITE QUE ESTÉN UBICADOS EN LUGARES PRÓXIMOS A RIOS O HABILITACIÓN DE BUZONES DE DESCARGA CON O FUENTES AGUAS (MINIMO 30 METROS) SIN ACCESOS • NO SE PERMITE LA HABILITACIÓN EN 3 SITIOS SENSIBLES TALES COMO HUMEDALES. • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREA PROTEGIDA O SITIOS ARQUEOLÓGICOS TRANSPORTE POR CABLE CONOCIDOS 3 TRANSPORTE POR CABLE • NINGUNO 2 CONSTRUCCIÓN DE MUROS DE CONTENCIÓN O • QUE NO ALTERE EL CURSO NATURAL DE 3 DEFENSIVOS UN CUERPO DE AGUA • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREA CONSTRUCCIÓN DE TÚNELES , PROTEGIDA O SITIOS ARQUEOLÓGICOS 2 CONOCIDOS CONSTRUCCIÓN DE TÚNELES • NINGUNO 1 AREAS INDUSTRIALES (PLANTAS DE ASFALTO, • RO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREA 3 HORMIGON, ENTRE OTRAS) PROTEGIDA CONSTRUCCION DE PUERTOS SECOS Y • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREA PLATAFORMAS LOGISTICAS MULTIMODALES PROTEGIDA 2 CONSTRUCCION DE PUERTOS SECOS Y • NINGUNO PLATAFORMAS LOGISTICAS MULTIMODALES 1 CONSTRUCCIÓN CENTROS MULTIPROPOSITO • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREA 3 67 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROTEGIDA CONSTRUCCIÓN CENTROS MULTIPROPOSITO • NINGUNO 2 • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO. PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON UN SISTEMA DE CONSTRUCCIÓN TERMINAL DE AUTOBUSES ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE 3 EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUI DOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. CATEGORIA 4 SECTOR AGROPECUARIO SUB SECTOR AGRICOLA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA INFRAESTRUCTURA DE APOYO AGRÍCOLA FAMILIAR • EN LA ETAPA DE OPERACIÓN NO DEBE (INVERNADEROS, CARPAS SOLARES, VIVEROS Y CONSIDERAR EL USO DE PLAGUICIDAS CERCOS, CENTROS DE ACOPIO DE PRODUCTOS QUÍMICOS DE USO AGRÍCOLA DE 4 AGRÍCOLAS, SECADEROS DE PROBADOR AGRÍCOLAS, CATEGORÍA TOXICOLÓGICA IB Y II SILOS, GRANEROS Y BENEFICIADORAS FAMILIARES, TERRAZAS AGRÍCOLAS, GALPONES PARA MAQUINARIA, COMPOSTERAS, LOMBRICEROS, ABONOS ORGÁNICOS, CAMAS BAJAS, INVERNADEROS Y CULTIVOS HIDROPÓNICOS. CENTROS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS AGRÍCOLA PROTEGIDAS • NO DEBE INCLUIR A ESPECIES 4 INTRODUCIDAS • DEBE SER MENOR A 10 HECTÁREAS COMERCIALIZACIÓN DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS DE • DEBE ADJUNTAR LA SOLICITUD PARA 4 USO AGRÍCOLA OBTENCIÓN LICENCIA PARA ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS PELIGROSAS (LASP) TRATAMIENTO FITOSANITARIO DE DIFERENTES • DEBE ADJUNTAR LA SOLICITUD PARA 4 PLAGAS Y/0 ENFERMEDADES. MEDIANTE OBTENCIÓN LICENCIA PARA TRATAMIENTOS QUÍMICOS O POR USO DE ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS CONTROLADORES BIOLÓGICOS. PELIGROSAS (LASP) PARCELAS EXPERIMENTALES • MENOR A 10 HECTÁREAS 4 • NO DEBE CONSIDERAR ESPECIES TRANSGÉNICAS PRODUCCIÓN AGRÍCOLA FAMILIAR O COMUNAL • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 4 (CONVENCIONAL O MECANIZADO) PROTEGIDAS APERTURA Y MANTENIMIENTO DE DRENAJES DE • NINGUNO 4 SUELOS 68 SUB SECTOR PECUARIA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CENTROS DE INVESTIGACIÓN PECUARIA • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS PROTEGIDAS • NO DEBE INCLUIR A ESPECIES INTRODUCIDAS • NO DEBE SER MAYOR A 50 HECTÁREAS 4 INFRAESTRUCTURA DE APOYO PECUARIO FAMILIAR (CORRALES, ESTABLOS, MÓDULOS DE CRÍA, VIGIÑAS, • NINGUNO 4 QOTANAS, QUCHAS, SILOS CERCAS, POTREROS, SALAS DE ORDEÑÓ, CENTROS DE INSEMINACIÓN ARTIFICIAL) IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS DE APICULTURA • NO SE DEBEN USAR ESPECIES INTRODUCIDAS NUEVAS DE ABEJAS NI 4 DE FLORA CENTRO DE ACOPIO • NINGUNO 4 PRODUCCIÓN PECUARIA FAMILIAR O COMUNAL • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 4 (CONVENCIONAL O MECANIZADO) PROTEGIDAS • PUEDE INCLUIR MEJORAMIENTO GENÉTICO . SUB SECTOR DESARROLLO PESQUERO Y ACUICOLA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO DE PISCICULTURA COMUNAL (CRIANZA • NO DEBE CONTEMPLAR ESPECIES ARTIFICIAL) INTRODUCIDAS NUEVAS 4 • EN SUPERFICIE MENOR A 5000 M2 POR FAMILIA INFRAESTRUCTURA DE APOYO FAMILIAR — COMUNAL . • NINGUNO 4 EN PISCICULTURA (CONSTRUCCIÓN DE ESTANQUES, POZOS) CENTROS DE INVESTIGACIÓN EN DESARROLLO • NO DEBE ENCONTRARSE EN ÁREAS 4 PESQUERO PROTEGIDAS SUB SECTOR RIEGO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE RIEGO MENOR SIN • EL AREA BAJO RIEGO MENOR A 60 REPRESA INCLUYE INFRAESTRUCTURA DE HECTÁREAS 4 CAPTACIÓN, CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, OBRAS DE ARTE MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN, TECNIFICACIÓN, • SOLO PARA ACCIONES REALIZADAS EN REHABILITACION DE SISTEMAS DE RIEGO SISTEMAS DE RIEGO YA ESTABLECIDOS (REVITALIZACION) MENORES A 60 HECTÁREAS, CON EL OBJETIVO DE MEJORAR LA EFICIENCIA DEL SISTEMA 4 CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE MICRORIEGO • SOLO CON CAUDAL • DE FAMILIAR CON APROVECHAMIENTO DE FUENTES APROVECHAMIENTO MAXIMO DE 5 LIS 4 PERMANENTES PARA HUERTOS FAMILIARES Y ABREVADO DE GANADO s 69 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA CONSTRUCCIÓN, MEJORAMIENTO Y REHABILITACIÓN • SOLO CON UN VOLUMEN MENOR A 4.000 DE ATAJADOS ORIENTADO PARA HUERTOS M3 DE AGUA 4 FAMILIARES Y ABREVADO DE GANADO SISTEMAS DE RIEGO FAMILIAR CON CAPTACIÓN DE • MENORES A 60 HECTÁREAS AGUAS SUBTERRÁNEAS A TRAVÉS DE POZOS CON CONCENTRADAS 4 BOMBAS, PARA SISTEMAS POR ASPERSIÓN Y GOTEO TRASVASE U OBRAS SUPERFICIALES • NO DEBE IMPLEMENTARSE EN AREAS PROTEGIDAS. • SOLO PARA RIEGO MENOR A 60 HAS 4 SECTOR MINERO ASPECTOS A CONSIDERAR DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO CATEGORÍA -LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO, DEBERÁN REGIRSE A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA -CATEO, ACTIVIDADES MINERAS - RAAM Y EL MAPEO GEOLÓGICO ARTÍCULO 2017 DE LA LEY N° 535 DE 4 -PROSPECCIÓN GEOQUÍMICA MINERÍA Y METALURGIA DE 28 DE MAYO DE -PROSPECCIÓN AÉREA 2014. SECTOR HIDROCARBUROS DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO RESTRICCIONES CATEGORÍA CAMPAMENTO ÚNICO CUYA CAPACIDAD NO HABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS PARA PROYECTOS SEA MAYOR A 20 PERSONAS Y SE UBIQUE 4 HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA PREVIAMENTE INTERVENIDA Y SIN APERTURA DE CAMINOS. CUANDO NO SE CONSTRUYA INFRAESTRUCTURA PARA REALIZAR EL SUMINISTRO (TRANSPORTE EN CISTERNAS Y CON CAMINO EXISTENTE) CUANDO LA ACTIVIDAD SEA PARTE DE UN SUMINISTRO DE AGUA DE CUERPO SUPERFICIAL PROYECTO YA LICENCIADO Y CUANDO 4 PARA PROYECTOS HIDROCARBURÍFEROS CORRESPONDA DEBERÁ CONTAR CON LA SOCIALIZACIÓN Y CONFORMIDAD CON LOS ACTORES SOCIALES (EN CASO DE SER AGUA EMPLEADA POR LAS COMUNIDADES ALEDAÑAS) CUANDO EMPLEE UN DDV PRE EXISTENTE (SIENDO ESTE PARTE DE UNA ACTIVIDAD DE UN PROYECTO YA LICENCIADO) 4 LÍNEAS Y/0 INSTALACIÓN DE FACILIDADES DE PRODUCCIÓN NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S SIN LA ADECUACIÓN DE V1AS DE ACCESO Y INTERVENCIONES DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS 4 SIN EQUIPO DE PERFORACIÓN ÁREA PREVIAMENTE INTERVENIDA SIN AREA DE ACOPIO TEMPORAL DE TUBERÍAS PARA EL NECESIDAD DE DESMONTE Y DE 4 SECTOR HIDROCARBUROS MOVIMIENTO DE TIERRAS CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA TRANSPORTE DE CUANDO NO SUPEREN 1 KM DE LONGITUD 4 HIDROCARBUROS (VARIANTES) Y NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS 70 TIOC'S DEBERÁ FORMAR PARTE NECESARIAMENTE DE UN PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS DEBIENDO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN SU LICENCIA AMBIENTAL APROBADA DEBERÁN UBICARSE DENTRO DE ÁREAS CONSTRUCCIÓN DE LOOPS 4 DE PROCESOS AMPLIACIÓN DE INSTALACIONES EN ESTACIONES O NO SE IDENTIFIQUE NUEVAS TIOC'S 4 BASES OPERATIVAS (INFRAESTRUCTURA) CAMBIO DE UNIDADES DE BOMBEO, DE COMPRESIÓN EN ESTACIONES EXISTENTES O GENERADORES DE ELECTRICIDAD, PUENTES DE MEDICIÓN Y REGULACIÓN, CAMBIO DE TRAMPAS DE CHANCHO, CAMBIOS DE ELEMENTOS DE SISTEMAS 4 CONTRA INCENDIOS INSTALACIÓN DE ANTENAS DE TELECOMUNICACIONES PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS MODIFICACIONES EN EL TENDIDO DEL DUCTO EN EXCEPTO CRUCES DIRIGIDOS, Y CRUCES CRUCES ESPECIALES ENTERRADOS DONDE EXISTAN CUERPOS DE AGUA PERMANENTES, DEBIENDO 4 CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN SU LICENCIA AMBIENTAL APROBADA MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EN PLANTAS CUANDO SE REALICE HABILITACIÓN DE ÁREAS ADMINISTRATIVAS, HABILITACIÓN DE ALMACENES Y/0 GALPONES, DEBERÁN 4 UBICARSE DENTRO DE PREDIOS APROBADOS EN EL ALCANCE DE LA LICENCIA AMBIENTAL PUNTOS DE VENTA DE GLP EN GARRAFAS Y/0 NINGUNO ACEITES, LUBRICANTES Y ADITIVOS EN ESTACIONES 4 DE SERVICIO , AMPLIACIÓN DE CAPACIDAD DE TANQUES DE DEBERÁ FORMAR PARTE ALMACENAJE DE GLP A GRANEL NECESARIAMENTE DE UN PROYECTO, DEBIENDO CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO 4 EN SU LICENCIA AMBIENTAL APROBADA SIN SOBREPASAR LA CAPACIDAD INSTALADA. MEJORAMIENTO DE PLANTAS DE ALMACENAJE CUANDO SE REALICE HABILITACIÓN DE SUMINISTRO, ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE ÁREAS ADMINISTRATIVAS, HABILITACIÓN 4 COMBUSTIBLES DE AVIACIÓN DE ALMACENES Y/0 GALPONES • NO DEBEN ESTAR UBICADOS EN ÁREAS PROTEGIDAS DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS - t SNAR • CUANDO LAS REDES PRIMARIAS NO SEAN CONSTRUIDAS SIGUIENDO UN DERECHO DE VÍA (DDV) DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR REDES PREEXISTENTE DE ALGÚN OTRO 4 SERVICIO Y SE CONSTRUYAN EN ÁREAS CON ALGUNA DE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: o QUEBRADAS O CUERPOS DE AGUA CON RECARGAS INTEMPESTIVAS O RIESGOS DE INUNDACIÓN; 7 I. o • TOPOGRAFÍA ACCIDENTADA; o BOSQUES CON VEGETACIÓN EN BUEN ESTADO DE CONSERVACIÓN; o ÁREAS DE AGRICULTURA REDES SECUNDARIAS NINGUNO 4 CUANDO NO SE ENCUENTREN UBICADOS EN AP 'S Y/0 SITIOS RAAMSAR Y/0 TIOC'S Y EL ÁREA SEA PREVIAMENTE INTERVENIDA. ESTACIONES SATELITALES DE REGASIFICACIÓN 4 CUANDO LA CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO DE GNL SEA MENOR O IGUAL A 60 M3. REUBICACIÓN DE EDRS, CITY GATES ACTIVIDADES APROBADAS 4 ADECUACION DE SISTEMAS MEDICIÓN. CONTROL, AUTOMATIZACIÓN, SEGURIDAD, SISTEMAS DE COMUNICACIÓN, .DEL SISTEMA ELÉCTRICO, DE SOBRE PROYECTOS Y/0 FACILIDADES 4 SISTEMAS SANITARIOS, MEJORAMIENTO DE VÍAS AL EXISTENTES, SIN CAMBIO DE TECNOLOGÍA INTERIOR DE LAS PLANTAS PARA ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS USO DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES (VIVIENDAS, HOTELES U OTRAS) COMO CERCANOS AL ÁREA DE INFLUENCIA DEL 4 CAMPAMENTOS EN LOS PROYECTOS PROYECTO HIDROCARBURÍFEROS • NO ESTÁ PERMITIDO EL USO DE EXPLOSIVOS Y MATERIALES NOCIVOS TÓXICOS, PUDIENDO UTILIZARSE SOLAMENTE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, ACEITES Y GRASAS PARA ACTIVIDADES LOGÍSTICAS. • NO ESTÁN PERMITIDAS ACTIVIDADES DE DESMONTE, SOLO SE ADMITE EL DESBROCE DE BARBECHO Y LIMPIEZA • NO ESTÁ PERMITIDA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS ACCESOS VIALES • MINIMIZAR LA INTERRELACIÓN CON LA ACTIVIDADES DE EXPLORACION POBLACIÓN CIRCUNDANTE A LAS ÁREAS 4 DE REGISTROS EXPLORATORIOS • NO SE PERMITE LA CAZA, PESCA,. RECOLECCIÓN DE FLORA, FAUNA O DERIVADOS, NI SU USO; CAMPAMENTOS BASE • NO DEBERÁ EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 50 PERSONAS • NO DEBERÁ HABILITARSE ÁREAS 72 DE REABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS FUERA DE LOS CAMPAMENTOS BASE, DEBIENDO CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN ÁREAS QUE CUENTEN CON INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES, DEBIENDO CUMPLIR CON LAS PRÁCTICAS ESTÁNDARES DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS EN TEMAS DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS, LÍQUIDOS Y SEGURIDAD. CAMPAMENTOS VOLANTES • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 900 METROS CUADRADOS • NO DEBERÁN EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 20 PERSONAS. HELIPUERTOS Y ZONAS DE DESCARGA • SOLAMENTE PODRÁN ESTAR UBICADOS EN ÁREAS CON CLAROS NATURALES EXISTENTES, DONDE SOLO SEA NECESARIA UNA LIMPIEZA DE VEGETACIÓN ARBUSTIVA PARA SU INSTALACIÓN. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO EN ÁREAS PROTEGIDAS: CUANDO LAS AOPS EXPLORATORIAS HIDROCARBURÍFERAS, SE UBICASEN DENTRO DE ÁREAS PROTEGIDAS, ADICIONALMENTE A LAS DIRECTRICES ESTABLECIDAS EN EL PARÁGRAFO PRESEDENTE, DEBERÁN CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES: CAMPAMENTOS BASE: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONIFICACIONES: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE AMORTIGUACIÓN, ZONA DE USO MODERADO, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y ZONA DE INTERÉS HISTÓRICO CULTURAL • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 1 HECTÁREA, MISMA QUE NO 73 CONTEMPLA LAS ÁREAS DE HELIPUERTOS • NO DEBERÁ EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 50 PERSONAS • NO PODRÁN REALIZAR LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS ,(CON LA EXCEPCIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS) DENTRO DEL ÁREA PROTEGIDA • NO PODRÁN REALIZAR LA DESCARGA DE RESIDUOS LÍQUIDOS SIN PREVIO TRATAMIENTO, CON EL OBJETIVO DE. EVITAR LA AFECTACIÓN DE CUERPOS DE AGUA SUPERFICIALES SUBTERRÁNEOS • SOLAMENTE PODRÁN UBICARSE EN CENTROS POBLADOS, BUSCANDO MINIMIZAR LA PRESIÓN SOCIAL, ECONÓMICA Y AMBIENTAL EN LA POBLACIÓN. CAMPAMENTOS VOLANTES: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONIFICACIONES: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y ZONA DE AMORTIGUACIÓN • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 600 METROS CUADRADOS. • NO DEBERÁN EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 20 PERSONAS • NO PODRÁN REALIZAR LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (CON LA EXCEPCIÓN DE RESIDUOS ORGÁNICOS) DENTRO DEL ÁREA PROTEGIDA. CAMPAMENTOS PORTÁTILES (CAMPING) • NO PODRÁN EXCEDER UNA CAPACIDAD DE ALBERGUE MAYOR A 5 PERSONAS. HELIPUERTOS: • NO PODRÁN IMPLEMENTARSE DENTRO DE LAS SIGUIENTES ZONIFICACIONES: ZONA DE PROTECCIÓN ESTRICTA, ZONA DE RECUPERACIÓN NATURAL Y. 74 ZONA DE AMORTIGUACIÓN • NO DEBERÁN EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 900 METROS CUADRADOS • NO SE DEBERÁ EXCEDER 2 HELIPUERTOS POR CAMPAMENTO BASE • SOLAMENTE PODRÁN ESTAR UBICADOS EN ÁREAS CON CLAROS NATURALES EXISTENTES, DONDE SOLO SEA NECESARIA UNA LIMPIEZA DE VEGETACIÓN ARBUSTIVA PARA SU INSTALACIÓN. ZONAS DE DESCARGA: • NO DEBERÁ EXCEDER UNA SUPERFICIE MAYOR A 25 METROS CUADRADOS • SOLAMENTE PODRÁN ESTAR UBICADAS EN ÁREAS CON CLAROS NATURALES EXISTENTES, DONDE SOLO SEA NECESARIA UNA LIMPIEZA DE VEGETACIÓN ARBUSTIVA PARA SU INSTALACIÓN. SECTOR ENERGÍA SUB SECTOR ENERGÍA ELÉCTRICA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR 1 CATEGORÍA PROYECTO GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICAS CENTRALES HIDROELÉCTRICAS CENTRALES SIN REGULACIÓN • PARA POBLACIONES MENORES A 2.000 HABITANTES 4 • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS PROTEGIDAS CENTRALES TERMOELÉCTRICAS AMPLIACION DE CAPACIDAD DE CICLO • NINGUNO 4 COMBINADO AMPLIACIÓN DE CAPACIDAD CON • HASTA 300 KVA INSTALACIÓN DE TRANSFORMADORES O • HASTA 25 MW TURBINAS. • LOS TRANSFORMADORES NO DEBEN 4 CONTENER ACEITE DIELÉCTRICO CON PCB'S TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA 75 AMPLIACION DE SUBESTACIONES • SIN TRANSFORMADOR DE POTENCIA. EXISTENTES • INCLUYE AMPLIACION DE BARRAS, BARIA DE LINEA, REUBICACION E INSTALACION DE 4 EQUIPOS DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA5 1 3 • HASTA 50 KM DE LONGITUD • LOS ACEITES DIELÉCTRICOS QUE SE UTILIZARÁN EN TRANSFORMADORES DE NUEVAS LÍNEAS, REDES DE DISTRIBUCIÓN DISTRIBUCIÓN NO DEBERÁN CONTENER O AMPLIACIÓN DE LÍNEAS ELÉCTRICAS EN 4 PCB'S. MEDIA Y BAJA TENSIÓN • NO DEBEN CONTEMPLAR LA INSTALACIÓN, MONTAJE O AMPLIACIÓN DE SUBESTACIONES DE POTENCIA. INSTALACIÓN DE TRANSFORMADORES DE • HASTA 1000 KVA DISTRIBUCIÓN • LOS TRANSFORMADORES NO DEBEN 4 CONTENER ACEITE DIELÉCTRICO CON PCB'S AMPLIACIÓN Y/0 MEJORAMIENTO DE • EL PROYECTO PRINCIPAL DEBE CONTAR CAPACIDAD DE LA POTENCIA INSTALADA CON LICENCIA AMBIENTAL 4 EN LA SUBESTACIÓN • LOS TRANSFORMADORES NO DEBEN CONTENER ACEITE DIELÉCTRICO CON. PCB'S SISTEMAS AISLADOS SISTEMAS AISLADOS HASTA 1.5 MW 4 SUB SECTOR ENERGÍAS ALTERNATIVAS DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO GENERACIÓN DE ENERGÍA EÓLICA SISTEMA EÓLICO DENTRO DE ÁREA PROTEGIDA • POTENCIA HASTA 1,5 MW • SE DEBE ELABORAR PLANES DE 4 MANEJO DE AVES SISTEMA EÓLICO • POTENCIA HASTA 15 MW ' • NO DEBEN CONSTRUIRSE EN ÁREAS PROTEGIDAS. 4 • SE DEBE ELABORAR PLANES DE MANEJO DE AVES FOTOVOLTAICA INSTALACIÓN DE PANELES FOTOVOLTAICOS UNIFAMILIARES, CENTROS DE SALUD Y UNIDADES • NINGUNO 4 EDUCATIVAS PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS • OCUPACIÓN DE SUPERFICIE HASTA 10 HA. • SIN APERTURA DE NUEVOS ACCESOS 4 • SIN SUBESTACIÓN DE POTENCIA • NO DEBE ENCONTRARSE AL INTERIOR DE ÁREA PROTEGIDAS ENERGIA NUCLEAR • NO DEBE SUPERAR LOS 700 KEV (KILO IRRADIACIÓN A BASE DE ACELERADORES 4 ELECTRÓN VOLT) ENERGIA TERMOSOLAR SISTEMA TERMOSOLAR • UNICAMENTE PARA USO DOMÉSTICO 4 76 GACETA OFICIA DEI, ESTADO PLURINACIONAL BOLIVIA SUB SECTOR INVESTIGACION ENERGIA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO INVESTIGACION EN DESARROLLO DE LA ENERGIA • CAMPAMETOS VOLANTES CON PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y EXPLORACIÓN CAPACIDAD HASTA 20 PERSONAS. PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA • NO DEBEN CONTEMPLAR 4 APERTURA CAMINOS: • NO DEBE CONTEMPLAR EL USO DE EXPLOSIVOS SUB SECTOR OTROS ENERGÍA DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCION, AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE • NO DEBE SUPERAR DOS NIVELES INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL SECTOR (PLANTA ELECTRICO BAJA Y PRIMER PISO). INCLUYE: • EN CASO DE NO TENER OFICINAS, BODEGAS, ALMACENES, ALCANTARILLA, EL PROYECTO 4 SALA DE CONTROL, CERCO PERIMETRAL DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS. HABILITACIÓN DE CAMPAMENTOS PARA PROYECTOS • CAMPAMENTO ÚNICO CUYA ELECTICOS CAPACIDAD NO SEA MAYOR A 20 PERSONAS Y SE UBIQUEN EN ÁREAS PREVIAMENTE INTERVENIDAS Y SIN APERTURA DE 4 CAMINOS. • DEBE CONSIDERAR UN PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS. SECTOR COMUNICACIONES SUB SECTOR TELECOMUNICACIONES DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR. CATEGORÍA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE ACCESO • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: INALÁMBRICO A LOS SERVICIOS . DE ENERGÍA RENOVABLE O CONEXIÓN A LA TELECOMUNICACIONES CON SOPORTES DE RED PÚBLICA DE ELECTRICIDAD ANTENAS INSTALADOS EN EL SUELO, AZOTEAS Y 4 TERRAZAS DE EDIFICIOS, Y ADOSADO EN INFRAESTRUCTURA EXISTENTE TELECENTRO DE ACCESO INALÁMBRICO A LOS • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES CON ENERGÍA RENOVABLE O CONEXIÓN A LA SOPORTES DE ANTENAS INSTALADOS SOBRE EL RED PÚBLICA DE ELECTRICIDAD SUELO, EN AZOTEAS Y TERRAZAS DE EDIFICIOS. 4 INSTALACIÓN DE ACCESO ALÁMBRICO FIJO A LOS • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR CABLE O ENERGÍA RENOVABLE O CONEXIÓN A LA 4 LÍNEA FÍSICA AÉREO. RED PÚBLICA DE ELECTRICIDAD. • TENDIDO DE CABLE AÉREO EN POSTES . EXISTENTES DEL SECTOR ELECTRICIDAD U OTRO, INCLUYENDO POSTACIÓN INTERMEDIA NECESARIA ENTRE LA POSTACIÓN EXISTENTE. 77 OBRA PROYECTO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRAO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA INSTALACIÓN DE ACCESO ALÁMBRICO FIJO A LOS • FUENTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR CABLE O ENERGÍA RENOVABLE O CONEXIÓN A LA LÍNEA FÍSICA SUBTERRÁNEA. RED PÚBLICA DE ELECTRICIDAD. • TENDIDO DE CABLE SUBTERRÁNEO POR DUCTOS EXISTENTES. • TENDIDO DE CABLE SUBTERRÁNEO 4 POR DUCTOS NUEVOS EXCEPTO EN ÁREA PROTEGIDA NACIONAL. MEJORAMIENTO Y REHABILITACIÓN DE • NINGUNO 4 INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES SUB SECTOR SERVICIO POSTAL DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • NINGUNO 4 SERVICIO POSTAL MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN Y/0 REHABILITACIÓN • NINGUNO 4 DE INFRAESTRUCTURA DE SERVICIO POSTAL SECTOR SALUD SUB SECTOR INFRAESTRUCTURA DE SALUD DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • SOLAMENTE EN INFRAESTRUCTURA CIVIL EXISTENTE. REMODELACIÓN, REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN DE • LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA INFRAESTRUCTURA DE ESTABLECIMIENTOS DE DE ESTABLECIMIENTO DE SALUD DEBE SALUD. ESTAR DENTRO DEL ÁREA DEL 4 PROYECTO INICIAL Y LA GENERACIÓN DE RESIDUOS NO DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE. • EL DISEÑO NO DEBE CONSIDERAR LA APERTURA DE VIAS O CAMINOS DE ACCESOS FUERA DE LOS PREDIOS DEL PUESTO DE SALUD. • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SERVICIO DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO 4 DE PRIMER NIVEL CUENTEN CON UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, El.. DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS 78 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • DEBE CONTAR SERVICIO DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO IMPLEMENTACIÓN DE CONSULTORIOS MEDICOS Y PARA RESIDUOS HOSPITALARIOS. 4 FARMACIAS • NO INCLUYE LA CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA. SECTOR SANEAMIENTO BASICO SUB SECTOR AGUA POTABLE DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE AGUA POTABLE (NUEVO) COMPONENTES: • LA OBRA DE TOMA NO DEBE CONTEMPLAR OBRA DE TOMAADUCCIÓN Y/0 IMPULSIÓN PRESAS NI MICRO PRESAS NI TRASVASE 4 TANQUE DE ALMACENAMIENTO • PARA POBLACIÓN HASTA 500000 HAB, RED DE DISTRIBUCIÓN Y/O OBRAS DE ARTE MEJORAMIENTO Y/0 AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE AGUA POTABLE COMPONENTES. • LA OBRA DE TOMA NO DEBE CONTEMPLAR 4 OBRA DE TOMA ADUCCIÓN Y/0 IMPULSIÓN PRESAS NI MICRO PRESAS NI TRASVASE TANQUE DE ALMACENAMIENTO RED DE DISTRIBUCIÓN CAPTACIÓN DE AGUA A TRAVÉS DE PERFORACIÓN • NINGUNO 4 MANUAL Y MAQUINARIA CAPTACIÓN DE AGUA DE LLUVIA PARA CONSUMO • NINGUNO 4 HUMANO CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE CAPTACIÓN TANQUE DE ALMACENAMIENTO MENOR A 30 M3 Y/O • NINGUNO 4 DISTRIBUCIÓN DE AGUA MEDIANTE PILETAS PÚBLICAS. SUB SECTOR ALCANTARILLADO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO • PARA POBLACIÓN HASTA 10000 HAB COMPONENTES. 4 TENDIDO DE COLECTORES CÁMARAS EMISARIOS CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO • PARA POBLACIÓN MAYOR A 10.000 SANITARIO HASTA 50.000 HABITANTES COMPONENTES. • FUERA DE AREA PROTEGIDA 4 TENDIDO DE COLECTORES CÁMARAS EMISARIOS 79 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD. OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO • NINGUNO MEJORAMIENTO Y/0 AMPLIACIÓN SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO CON TENDIDO DE 4 COLECTORES Y CÁMARAS EMISARIOS SISTEMAS DE DRENAJE PLUVIAL • NINGUNO COMPONENTES. RED DE COLECTORES 4 SUMIDEROS OBRAS COMPLEMENTARIAS • NINGUNO CONSTRUCCIÓN DE BAÑOS SECOS ECOLÓGICOS 4 CON DOBLE CÁMARA SOLAR • QUE CONTEMPLE PRE TRATAMIENTO O BATERÍA DE BAÑOS SE CONECTE A LA RED DE 4 ALCANTARILLADO • NINGUNO DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS (CÁMARA O TANQUE SÉPTICO, POZOS O ZANJAS DE 4 INFILTRACIÓN) • NINGUNO LETRINAS CON SELLO HIDRÁULICO QUE CUENTE 4 CON CÁMARA SÉPTICA Y POZO ABSORBENTE CONSTRUCCIÓN DE LETRINAS ABONERAS SECA • NINGUNO 4 FAMILIAR - LASF • NINGUNO ENTERRAMIENTO DE HECES DESHIDRATADAS PARA 4 PROYECTOS DE SANEAMIENTO BÁSICO SUB SECTOR TRATAMIENTO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR , CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN HASTA 500.000 HAB 4 AGUA POTABLE CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN HASTA 10000 AGUAS RESIDUALES (NUEVO) HABITANTES COMPONENTES. PRE TRATAMIENTO 4 TRATAMIENTO PRIMARIO TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO TERCIARIO (S/G CORRESPONDA) TRATAMIENTO LODOS CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE • PARA POBLACIÓN MAYOR A AGUAS RESIDUALES (NUEVO) 10.000 HASTA 50.000 COMPONENTES. HABITANTES PRE TRATAMIENTO • FUERA DE AREA PROTEGIDA TRATAMIENTO PRIMARIO 4 TRATAMIENTO SECUNDARIO TRATAMIENTO TERCIARIO (S/G CORRESPONDA) TRATAMIENTO LODOS 80 SUB SECTOR MULTIPROGRAMA SANEAMIENTO BASICO DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE PLANTAS DE TRATAMIENTO • NINGUNO 4 BIOLÓGICO (RESIDUOS ORGÁNICOS) TECNOLOGÍAS DE COMPOSTAJE, LOMBRICULTURA, DIGESTIÓN ANAEROBIA, BIOESTABILIZACIÓN, ETC. * POBLACIÓN A CONSIDERAR CORRESPONDE AL AÑO HORIZONTE * LOS COMPONENTES DE CADA SUB SECTOR DEBEN SER CONSIDERADOS DE ACUERDO AL REQUERIMIENTO DEL PROYECTO *TODOS LOS PROYECTOS DEBERÁN CUMPLIR LA NORMATIVA BOLIVIANA (NB-512, NB-688, 689 Y 742 AL 760) * LA AAC PODRÁ SOLICITAR LOS REPORTES CORRESPONDIENTES PARA SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA AOP, EN EL MARCO DE LOS INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN DE ALCANCE GENERAL. SECTOR URBANISMO Y VIVIENDA SUB SECTOR URBANISMO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • NO DEBE SUPERAR DOS (2) NIVELES INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS. (PLANTA BAJA Y PRIMER PISO) • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO 4 • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA Y TIOC'S. CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN DE • NO DEBE SUPERAR DOS (2) NIVELES PEQUEÑOS MERCADOS MUNICIPALES, CASAS (PLANTA BAJA Y PRIMER PISO) COMUNALES Y MUNICIPALES • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL 4 DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN, REMODELACIÓN Y/0 MEJORAMIENTO DE PARQUES RECREACIONALES, 4 • NINGUNO CULTURALES, AREAS VERDES PLAZAS O PASAJES PEATONALES CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN DE CUBIERTAS Y TINGLADOS (MERCADOS, FERIAS, • NINGUNO 4 CASAS COMUNALES, PASAJES, CAMPOS FERIALES) 8I SUB SECTOR VIVIENDA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • NO DEBE SUPERAR DOS (2) NIVELES VIVIENDAS UNIFAMILIARES (PLANTA BAJA Y PRIMER PISO) • QUE, CUENTEN CON SERVICIO DE 4 ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • HASTA 200 VIVIENDAS JUNTAS EN LA MISMA AREA. • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA Y TIOC'S • NO DEBE REALIZARSE EL DESMONTE. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE • HASTA CUATRO (4) NIVELES, EN AREA VIVIENDAS MULTIFAMILIARES URBANA. • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS 4 SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • QUE SE ENCUENTRE UNA SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO DE 500 METROS CUADRADOS. REHABILITACIÓN, MEJORAMIENTO, REFACCION Y • SOBRE LA INFRAESTRUCTURA RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS FAMILIARES EXISTENTE 4 INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA PREFABRICADA • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. PARCELAMIENTO URBANÍSTICO • NO APERTURA DE VÍAS 4 SUB SECTOR OTROS URBANISMO Y VIVIENDA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE MURO PERIMETRAL • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE CEMENTERIO • NO DEBEN ESTAR UBICADOS A MENOS DE 200 METROS DE 4 CUERPOS DE AGUA. • LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEBE ESTAR DENTRO DEL PREDIO O LOTE DEL PROYECTO INICIAL Y LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA GENERACIÓN DE RESIDUOS NO 4 DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE. DEMOLICIÓN DE INFRAESTRUCTURA • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE CAMPAMENTOS DE GUARDA • NINGUNO 4 PARQUES 82 SECTOR RECURSOS HÍDRICOS SUB SECTOR APROVECHAMINETO DE RECURSOS HIDRICOS DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA CONSTRUCCION DE ATAJADOS Y RESERVORIOS • NINGUNO 4 COSECHA DE AGUA DE LLUVIA • NINGUNO 4 • ACTIVIDAD MENOR A 500 M3/MES • CON CAPACIDAD DE RECARGA DEL BANCO MENOR A 2 AÑOS. • NO DEBEN ENCONTRASE EN ÁREAS PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y PROTEGIDAS O EN ZONAS QUE 4 AGREGADOS TENGAN VALORES CULTURALES O RESTOS ARQUEOLÓGICOS CONOCIDOS. • NO DEBE UTILIZAR MAQUINARIA INDUSTRIAL. PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y AGREGADOS, FAMILIAR, COMUNITARIO Y DE ORDEN • SIN FINES COMERCIALES ' 4 SOCIAL SUB SECTOR MANEJO INTEGRAL DE CUENCAS DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • NO MODIFIQUE LA VOCACIÓN DE LA MANEJO INTEGRAL DE CUENCAS 4 CUENCA. • NO DEBE AFECTAR LA MODIFICACIÓN CONSTRUCCION DE DEFENSIVOS, MURO DE GAVIONES. 4 DEL CURSO DEL RIO CONSTRUCCIÓN DE DEFENSIVOS Y DEFLECTORES • NINGUNO 4 FLUVIALES RECUPERACION E IMPLEMENTACION DE SISTEMAS DE PRODUCCION CON TECNOLOGIAS ANSESTRALES, SUKA NINGUNO 4 KOLLÓS O ANDENES O CAMELLONES O TAKANAS U • OTROS SIMILARES MANEJO Y CONSERVACION DE TERRAZAS DE FORMACIÓN LENTA CON BARRERAS VIVAS E INERTES NINGUNO 4 ZANJAS DE INFILTRACIÓN Y CONSERVACIÓN DE SUELOS • MEDIANTE LABORES AGRONÓMICAS MANEJO Y CONSERVACIÓN DE PRADERAS NATIVAS Y • NINGUNO 4 BOFEDALES MANEJO DE CUENCAS CON CONSTRUCCION DE • NO DEBE INCLUIR SISTEMAS DE DEFENSIVOS, MURO DE GAVIONES, CONSERVACIÓN DE RIEGO NI CONSTRUCCION DE SUELOS, CONSTRUCCION DE TERRAZAS DE FORMACIÓN 4 MICROPRESAS LENTA CON BARRERAS VIVAS E INERTES, ZANJAS DE INFILTRACIÓN Y PRACTICAS AGRONÓMICAS SECTOR ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD CIUDADANA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE APOYO AL • CONSTRUCCIONES MENORES O SISTEMA POLICIAL (MÓDULOS POLICIALES) IGUALES A 2 NIVELES • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y ASEO URBANO 4 EN EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON SERVICIO DE 83 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. SECTOR SEGURIDAD Y DEFENSA SUBSECTOR SECTOR INFRAESTRUCTURA CUARTELARIA Y FORMACION MILITAR - DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD • NINGUNO (PREVENCIONES, GARITAS. MUROS Y ENMALLADOS 4 PERIMETRALES, ETC.) CONSTRUCCIÓN DE DEPÓSITOS DE ARMAMENTO, • NINGUNO MUNICIÓN, EXPLOSIVOS Y EQUIPOS ESPECIALES, ETC. 4 (SOLO INFRAESTRUCTURA) CONSTRUCCIÓN DE COMEDORES COCINAS BATERÍAS DE • NINGUNO 4 BAÑOS Y DUCHAS CONSTRUCCIÓN DE PUESTOS MILITARES ADELANTADOS • NINGUNO 4 Y CAPITANIAS DE PUERTOS. MEJORAMIENTO REHABILITACIÓN O MANTENIMIENTO DE • NINGUNO 4 INFRAESTRUCTURA CUARTELARIA CONSTRUCCION DE CENTROS DE MANTENIMIENTO DE • NINGUNO 4 VEHICULOS LIVIANOS CONSTRUCCIÓN DE REGIMIENTOS, BASES AEREAS Y • NINGUNO 4 BASES NAVALES CONSTRUCCIÓN DE PISCINAS Y POSAS DE INMERSIÓN DE • MENÓRES A 1200M3 4 ENTRENAMIENTO MILITAR SUBSECTOR INFRAESTRUCTURA MILITAR AEREA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIONES DE TERMINALES ÁREAS MILITARES Y • NO SE DEBE PASAR DOS NIVELES SALAS VIP PLANTA BAJA Y PRIMER PISO • QUE CUENTEN CON SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y RESIDUOS 4 SÓLIDOS EN ÁREA DEL PROYECTO • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA Y TIOC'S CONSTRUCCIÓN DE HANGARES, HELIPUERTOS, CALLES • NINGUNO DE RODAJE Y/0 INFRAESTRUCTURA COMPLEMENTARIAS, 4 ETC. MEJORAMIENTO REHABILITACIÓN O MANTENIMIENTO DE • NINGUNO 4 INFRAESTRUCTURA MILITAR 84 SUB SECTOR INFRAESTRUCTURA MILITAR NAVAL DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE PUERTOS Y PLATAFORMAS • NINGUNO 4 LOGISTICAS MILITARES CONSTRUCCIÓN DE MUELLES, ASTILLEROS, RAMPLAS, • NINGUNO 4 Y/0 INFRAESTRUCTURA COMPLEMENTARIA, ETC. MEJORAMIENTO REHABILITACIÓN O MANTENIMIENTO • NINGUNO 4 DE INFRAESTRUCTURA MILITAR NAVAL SUB SECTOR DE INFRAESTRUCTURA PARA ENTRENAMIENTO MILITAR, FÍSICO Y DEPORTIVO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE POLÍGONOS DE TIRO • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE JARDÍN OBSTÁCULO • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE TORRES DE SALTO, TORRES • NINGUNO 4 MULTIPROPÓSITO, ETC. CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE ENTRENAMIENTO • NINGUNO 4 MILITAR SECTOR MEDIO AMBIENTE DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • DEBEN CONSIDERAR EL CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE CUSTODIA DE FAUNA REGLAMENTO PARA LA CUSTODIA SILVESTRE, DE LAS SIGUIENTES CATEGORÍAS: CENTRO RESPONSABLE DE FAUNA SILVESTRE 4 DE ATENCIÓN Y DERIVACIÓN DE FAUNA SILVESTRE, (RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA VMABCCGDF N° 06/17) PROYECTOS PARA EL MANEJO INTEGRAL Y 4 SIN NORMATIVA ESPECÍFICA. APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA BIODIVERSIDAD. • DEBE CONTAR CON AUTORIZACION CENTROS DE ACOPIO DE PRODUCTOS DE DE APROVECHAMIENTO EMITIDA APROVECHAMIENTO DE LA VIDA SILVESTRE POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL 4 COMPETENTE • DEBE CONTAR CON AUTORIZACION INFRAESTRUCTURA DE CENTRO DE ACOPIO DE FRUTOS DE APROVECHAMIENTO EMITIDA SILVESTRES POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL 4 COMPETENTE PROYECTOS PARA PRODUCCIÓN Y 'MANEJO DE ABONO 4 • NINGUNO ORGÁNICO PROYECTOS DE FORESTACIÓN Y REFORESTACIÓN • NINGUNO 4 PROYECTOS PARA PLANTACIONES FORESTALES, CONSERVACIÓN DE BOSQUES Y ZONAS FORESTALES, • NINGUNO 4 EXPLOTACIÓN DE VIVEROS FORESTALES PROYECTOS PARA APROVECHAMIENTO DE PRODUCTOS 4 • NINGUNO • FORESTALES NO MADERABLES DESARROLLO DE SISTEMAS AGROSILVOPASTORILES • NINGUNO 4. SILVOPASTORIL Y/0 AGROFORESTAL 85 SECTOR TURISMO SUB SECTOR INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (MIRADORES, • NINGUNO 4 PUENTES Y MUELLES PEATONALES) REFACCIÓN Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (PUENTES • NINGUNO 4 PEATONALES Y MIRADORES) • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA, O A 100 M DE ÁREAS SENSIBLES • QUE CUENTEN CON SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN ALCANTARILLADO Y SERVICIO DE 4 DE ALBERGUES) ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO • QUE NO UTILICE COMBUSTIBLES PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. • LA CONSTRUCCION NO DEBE SUPERAR LOS DOS NIVELES, PLANTA BAJA Y PRIMER PISO • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CONSTRUCCIÓN ÁREA PROTEGIDA, O EN ÁREAS 4 DE HOSTALES) SENSIBLES • QUE CUENTEN CON SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y SERVICIO DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA, O EN ÁREAS INFRAESTRUCTURA DE TURISMO (CENTRO DE SENSIBLES 4 INTERPRETACIÓN Y DE INVESTIGACION) • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL PROYECTO IMPLEMENTACIÓN DE SEÑALIZACIÓN, PANELES INFORMATIVOS Y PORTALES DE INGRESO O • NINGUNO 4 BIENVENIDA PARA TURISMO SUB SECTOR DESARROLLO TURISMO COMUNITARIO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA. • LA INFRAESTRUCTURA NO DEBE SOBREPASAR DOS NIVELES, PLANTA BAJA Y PRIMER PISO QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE ASEO URBANO EN EL ÁREA DEL ECOTURISMO COMUNITARIO PROYECTO 4 • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS 86 SUB SECTOR ACTIVIDADES TURÍSTICAS DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA • LA AOP DEBE CONTAR CON UN PLAN DE MANEJO DE ESPECIES PESCA CON DEVOLUCIÓN CON FINES TURISTICOS APROBADO POR LA DIRECCION 4 GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS DEPENDIENTE DEL VICEMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE SUB SECTOR DESARROLLO TURÍSTICO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • NO SE UBIQUEN AL INTERIOR DE UN ÁREA PROTEGIDA, O A 100 M DE ÁREAS SENSIBLES • EL DISEÑO NO DEBE CONSIDERAR LA APERTURA DE SENDAS VÍAS NI OPERADORAS DE TURISMO CON IMPLEMENTACIÓN DE ACCESOS ÁREAS TURÍSTICAS CON CONSTRUCCIÓN DE • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE 4 ALBERGUE CON CIRCUITOS TURÍSTICOS CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES. RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL. DE RESIDUOS SÓLIDOS • EL DISEÑO NO DEBE CONSIDERAR LA APERTURA DE SENDAS, NI ACCESOS OPERADORAS DE TURISMO CON CIRCUITO TURÍSTICO • SU DISEÑO DEBE CONTEMPLAR ALMACENAMIENTO RECOLECCIÓN Y 4 SIN CONSTRUCCIÓN DE ALBERGUE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA SECTOR SEGURIDAD SOCIAL DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • CONSTRUCCIONES MENORES O CENTROS DE ACOGIDA Y/0 GESTIÓN SOCIAL IGUALES A 2 NIVELES (ORFANATOS, HOGARES, ALBERGUES Y • QUE CUENTEN CON SERVCIO DE REHABILITACIÓN) ALCANTARILLADO Y ASEO URBANO . EN EL ÁREA DEL PROYECTO. • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON SERVICIO DE 4 ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL . DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LIQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN DE INFRAESTRUCTURA • SOLAMENTE EN INFRAESTRUCTURA PARA CENTROS DE ACOGIDA Y/0 GESTIÓN SOCIAL. CIVIL EXISTENTE. • LA AMPLIACIÓN DE 4 INFRAESTRUCTURA DEBE ESTAR DENTRO DEL ÁREA DEL PROYECTO 87 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA INICIAL Y LA GENERACIÓN DE RESIDUOS NO DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE. AMPLIACION, REFACCION DE RECINTOS • SOLAMENTE EN INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIOS CIVIL EXISTENTE. • LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEBE ESTAR DENTRO DEL ÁREA DEL PROYECTO INICIAL Y LA GENERACIÓN DE 4 RESIDUOS NO DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE. SECTOR CULTURA SUB SECTOR CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y PATRIMONIAL DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • LA INFRAESTRUCTURA NO DEBE SOBREPASAR DOS NIVELES, PLANTA BAJA Y PRIMER PISO • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL ÁREA DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE CENTROS ARTESANALES Y • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE 4 CULTURALES, CENTROS FERIALES Y MUSEOS NO CUENTEN CON UN SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, El DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LÍQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL. ' DE RESIDUOS SÓLIDOS. SUB SECTOR MEJORAMIENTO Y RECUPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y PATRIMONIAL DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO . ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA REHABILITACIÓN. REMODELACIÓN Y REFACCIÓN DE • SOBRE LA INFRAESTRUCTURA INFRAESTRUCTURA DE CENTROS ARTESANALES Y 4 EXISTENTE CULTURALES, CENTROS FERIALES • SOBRE LA INFRAESTRUCTURA EXISTENTE • LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEBE ESTAR AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CENTROS DENTRO DEL ÁREA DEL PROYECTO ARTESANALES Y CULTURALES, CENTROS FERIALES Y 4 INICIAL Y LA GENERACIÓN- DE TEATRO RESIDUOS NO DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE. 88 SUB SECTOR INVESTIGACIÓN CULTURA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA EXCAVACIONES DE SITIOS ARQUEOLÓGICOS • SIN HABILITACIÓN DE CAMPAMENTO 4 SECTOR EDUCACIÓN SUBSECTOR: DESARROLLO DEL DEPORTE DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCIÓN DE INSTITUTOS TÉCNICOS • LA CAPACIDAD INSTALADA DEBE SER TECNOLÓGICOS. IGUAL O MENOR A 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO TURNO. • NO DEBE CONTENER INSTALACIONES PARA LABORATORIOS QUE UTILICEN SUSTANCIAS PELIGROSAS. • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE 4 CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS SUPERIORES DE • LA CAPACIDAD INSTALADA DEBE SER FORMACIÓN DE MAESTROS. IGUAL O MENOR A 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO TURNO. • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE UNIDADES EDUCATIVAS • LA CAPACIDAD INSTALADA DEBE SER IGUAL O MENOR A 1000 ESTUDIANTES EN UN SOLO TURNO. • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE DIRECCIONES DISTRITALES DE • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE EDUCACIÓN CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 4 PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS . SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE ESPECIAL CON ALCANTARILLADO, EL 4 PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 89 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE FORMACIÓN • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE ARTÍSTICA. CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 4 PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS DE ARTES • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 4 PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE GUARDERÍAS Y CENTROS • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE INFANTILES. CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 4 PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE INTERNADOS O RESIDENCIAS • LA CAPACIDAD INSTALADA DEBE SER ESTUDIANTILES. IGUAL O MENOR A 400 PERSONAS • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE CENTROS DE CAPACITACIÓN • NO DEBE CONSIDERAR ACTIVIDADES QUE UTILICEN SUSTANCIAS PELIGROSAS. • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE AUDITORIOS. • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN VIVIENDAS PARA MAESTROS • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO 4 PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE 90 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA SERVICIOS SANITARIOS PARA TODOS LOS SISTEMAS CON ALCANTARILLADO, EL EDUCATIVOS. PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. CONSTRUCCIÓN DE LABORATORIOS PARA UNIDADES • QUE CONTEMPLE EL USO DE EDUCATIVAS Y CENTROS DE FORMACIÓN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS 4 MAESTROS. ÚNICAMENTE PARA FINES DEMOSTRATIVOS. CONSTRUCCIÓN DE TALLERES PARA INSTITUTOS • NO DEBEN CONTEMPLAR EL USO DE TÉCNICOS TECNOLÓGICOS SUSTANCIAS PELIGROSAS 4 CONSTRUCCIÓN DE TELECENTROS • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE BIBLIOTECAS • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE CAMPOS DEPORTIVOS EN • NINGUNO 4 CENTROS EDUCATIVOS CONSTRUCCIÓN DE GRANJAS Y/0 CAMPOS AGRÍCOLAS • NINGUNO 4 PARA CENTROS EDUCATIVOS AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE DIRECCIONES • NINGUNO 4 DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE UNIVERSIDADES Y/0 • NINGUNO 4 CAMPUS UNIVERSITARIOS AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE INSTITUTOS TÉCNICOS • NINGUNO 4 TECNOLÓGICOS. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE ESCUELAS • NINGUNO 4 SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTROS. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE UNIDADES • NINGUNO EDUCATIVAS 4 AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE UNIDADES • NINGUNO EDUCATIVAS CON TALLERES PARA EL BACHILLERATO 4 TÉCNICO PRODUCTIVO AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE DIRECCIONES • NINGUNO 4 DISTRITALES DE EDUCACIÓN AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE CENTROS DE • NINGUNO 4 EDUCACIÓN ESPECIAL AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE CENTROS DE • NINGUNO 4 FORMACIÓN ARTÍSTICA. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE ESCUELAS DE ARTES • NINGUNO 4 AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE GUARDERÍAS Y • NINGUNO 4 CENTROS INFANTILES AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE INTERNADOS O • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE RESIDENCIAS ESTUDIANTILES. CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., 4 RECOLECCIÓN DE " RESIDUOS SÓLIDOS. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE CENTROS Y/0 CAMPO • NINGUNO 4 DEPORTIVOS. 9I DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE CENTROS DE • NINGUNO 4 CAPACITACIÓN. AMPLIACIÓN YI0 REFACCIÓN DE AUDITORIOS. • NINGUNO 4 AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE VIVIENDAS PARA • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE MAESTROS CON ALCANTARILLADO, EL PROYECTO DEBE INCLUIR UN 4 SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES (POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. AMPLIACIÓN YI0 REFACCIÓN DE BATERÍAS SANITARIAS • PARA ÁREA RURAL QUE NO CUENTE CON ALCANTARILLADO, EL 4 PROYECTO DEBE INCLUIR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE AGUAS RESIDUALES {POZO SEPTICO U OTROS)., RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE LABORATORIOS PARA • NINGUNO 4 UNIDADES EDUCATIVAS Y CENTROS DE FORMACIÓN DE MAESTROS. AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE TALLERES PARA EL • NINGUNO 4 BACHILLERATO TECNICO PRODUCTIVO AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE TALLERES PARA • NINGUNO 4 INSTITUTOS TÉCNICOS TECNOLÓGICOS AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE TELECENTROS • NINGUNO 4 AMPLIACIÓN Y/0 REFACCIÓN DE BIBLIOTECAS • NINGUNO 4 SECTOR DEPORTES SUBSECTOR: DESARROLLO DEL DEPORTE DESCRIPCIOÑ DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA REMODELACIONES. REFACCIONES Y MEJORAS DE • NINGUNO (NO CONSIDERA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA AMPLIACIONES DE 4 INFRAESTRUCTURA) CONSTRUCCION DE TINGLADOS Y GRADERÍAS • NINGUNO 4 CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA POR • QUE CUENTEN CON SERVICIO DE 4 DISCIPLINA (RAQUETBALL, FRONTÓN; FUTSAL, ALCANTARILLADO Y ASEO URBANO EN FUTBOL 8, VOLLEYBALL, ATLETISMO, OTROS) EL ÁREA DEL PROYECTO • PARA AQUELLOS PROYECTOS QUE NO CUENTEN CON SERVICIO DE ALCANTARILLADO EN EL ÁREA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROYECTO, EL DISEÑO DEBE CONSIDERAR UN SISTEMA DE TRATAMIENTO PRIMARIO DE RESIDUOS LÍQUIDOS Y LA RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS 92 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA AMPLIACIONES DE INFRAESTRUCTURA (GRADERÍAS, • LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA CAMERINOS, BAÑOS, ENMALLADOS, MUROS, TORRES DEBE ESTAR DENTRO DEL ÁREA DEL DE ILUMINACIÓN, ENTRE OTROS.) PROYECTO INICIAL Y LA GENERACIÓN DE RESIDUOS NO DEBE SUPERAR LA CAPACIDAD DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LÍQUIDOS ESTABLECIDOS INICIALMENTE 4 COLISEOS • CAPACIDAD NO MAYOR A 5000 4 ESPECTADORES SECTOR TRANSPORTE SUB SECTOR CAMINERO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • QUE NO SE ENCUENTRE EN ZONAS QUE TENGAN VALORES CULTURALES O SITIOS ARQUEOLOGICOS CONOCIDOS. • NO DEBE CONTEMPLAR AMPLIACIÓN DE ANCHO DE PLATAFORMA • NO DEBEN CONTEMPLAR CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN IMPLEMENTACION DE CAMPAMENTOS 4 DE EMPEDRADOS, ENLOSETADOS, RIPIADO. PARA ALBERGUE DE LOS TRABAJADORES. • NO DEBEN CONTEMPLAR INSTALACIÓN ,DE AREAS INDUSTRIALES • LA EXPLOTACION DE ARIDOS Y AGREGADOS, DEBERA REALIZARSE FUERA DE AREA PROTEGIDA • NO DEBEN CONTEMPLAR IMPLEMENTACION DE NUEVOS CAMPAMENTOS PARA ALBERGUE DE LOS TRABAJADORES • NO DEBEN CONTEMPLAR RECAPAMIENTO SOBRE PAVIMENTOS 4 IMPLEMENTACION DE NUEVAS AREAS INDUSTRIALES LA EXPLOTACION DE ARIDOS Y AGREGADOS, DEBERA REALIZARSE FUERA DE AREA PROTEGIDA RECONFORMACION Y/0 REPOSICIÓN DE CARPETAS DE GRAVA • NINGUNO 4 REPARACIÓN DE SITIOS INESTABLES EN VÍAS NO PAVIMENTADAS • NINGUNO 4 REFACCION, REPARACIÓN Y/0 MANTENIMIENTO DE PUENTES PEATONALES Y VEHICULARES, ASI COMO DE ALCANTARILLAS, BADENES, CUNETAS,. • NINGUNO 4 CORDONES DE ACERA, ACERAS, BORDILLOS, CABEZALES, ZANJAS DE CORONACIÓN, BAJANTES, SUBDRENES Y BACHEOS DE CAMINOS VECINALES 93 DESCRIPCION DE íAACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA CONSTRUCCION DE ALCANTARILLAS, BADENES, CUNETAS, CORDONES DE ACERA, ACERAS, BORDILLOS, CABEZALES, ZANJAS DE CORONACION Y • NINGUNO 4 BAJANTES, SUBDRENES, SUMIDEROS Y CABEZALES DE ALCANTARILLA CONSTRUCCION Y REPARACIÓN DE DISIPADORES DE ENERGÍA, BAJANTES Y OTROS ELEMENTOS DE • NINGUNO 4 DRENAJE • QUE NO SE ENCUENTRE DENTRO DE AREAS PROTEGIDAS, O EN ZONAS QUE TENGAN VALORES CULTURALES O SITIOS ARQUEOLOGICOS CONOCIDOS • HABILITACION DE VIAS Y /O CAMINOS CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y/0 REFACCIÓN , DE ACCESO HASTA 300M 4 DE ESTACIONES DE PESAJE Y PEAJE • NO DEBEN CONTEMPLAR IMPLEMENTACION DE CAMPAMENTOS PARA ALBERGUE DE LOS TRABAJADORES • NO DEBEN CONTEMPLAR IMPLEMENTACION DE AREAS INDUSTRIALES • NO INCLUYE TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS TRANSPORTE DE MERCANCIAS NO PELIGROSAS : NO INCLUYE LA IMPLEMENTACIÓN DE 4 TALLERES DE MANTENIMIENTO DE VEHICULOS. • INCLUYE LIMPIEZA DE DERRUMBES, REHABILITACIÓN DE LA PLATAFORMA, HABILITACIÓN DE PUENTES, ACTIVIDADES Y OBRAS DE ATENCIÓN DE VIADUCTOS, HABILITACIÓN DE EMERGENCIAS (REHABILITACIÓN DE PLATAFORMA, 4 ACCESOS Y DESVIOS PUENTES, VIADUCTOS) PROVISIONALES, CONSTRUCCIÓN Y/0 REPARACIÓN DE MUROS, PUENTES, DEFENSIVOS. CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN • NINGUNO 4 DE PUENTES PEATONALES PAVIMENTADO (RIGIDO, FLEXIBLE O ARTICULADO) DE • NINGUNO 4 CALLES EN AREAS URBANAS CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN • MENORES A 30 METROS DE DE PUENTES VEHICULARES Y/0 PUENTES TIPO LONGITUD 4 CAJÓN INSTALACIÓN DE PUENTES METALICOS (TIPO BAILEY) • NINGUNO PROVISIONALES 4 • INCLUYE LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE CALZADA, MANTENIMIENTO DE PUENTES, LIMPIEZA DE DRENAJE Y MANTENIMIENTO RUTINARIO (MEJORAMIENTO EN MANTENIMIENTO O REPOSICIÓN DE TERCER GRADO - M3) SEÑALES PREVENTIVAS • E 4 INFORMATIVAS, DESBROCE DENTRO DEL DDV, REPARACIONES PUNTUALES EN LA CARRETERA, ATENCION DE EMERGENCIAS VIALES MENORES Y PUNTUALES 94 GACETA OFICIAL, DEL ESTADO PLURINACIONAL DE 1101;IVIA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA • INCLUYE ELEMENTOS DE DRENAJE CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN TRANSVERSAL Y LONGITUDINAL. DE OBRAS DE ARTE MENOR 4 GAVIONES, MUROS DE HORMIGÓN CICOPLEO SUB SECTOR AEREO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA AMPLIACIÓN Y/0 REHABILITACIÓN DE • QUE NO SUPERE EL 20% DE LA INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA (LADO INFRAESTRUCTURA ACTUAL 4 TIERRA) CONSTRUIDA • QUE NO SUPERE EL 20% DE LA AMPLIACIÓN Y/0 REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ACTUAL 4 INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA (LADO AIRE) CONSTRUIDA SUB SECTOR FERROVIARIO DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORIA REFACCIÓN Y10 REHABILITACION DE • NINGUNO 4 INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SUB SECTOR TRANSPORTE FLUVIAL Y LACUSTRE DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA REFACCIÓN Y/0 MANTENIMIENTO DEI • NINGUNO 4 INFRAESTRUCTURA FLUVIAL Y LACUSTRE I LIMPIEZA DE CAUCE Y RETIRO DE MATERIAL • NINGUNO 4 SUB SECTOR OTROS TRANSPORTE DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD, OBRA O PROYECTO ASPECTOS A CONSIDERAR CATEGORÍA REHABILITACION DE INFRAESTRUCTURA DE • NINGUNO 4 TRANSPORTE POR CABLE MANTEMIENTO DE MUROS DE CONTENCIÓN O DEFENSIVOS • NINGUNO 4 REPARACIÓN DE MUROS DE GAVIONES O MUROS DE HORMIGÓN O DE MAMPOSTERÍA DE PIEDRA • NINGUNO 4 MANTENIMIENTO DE TÚNELES • NINGUNO 4 MATENIMIENTO DE PUERTOS SECOS Y PLATAFORMAS LOGISTICAS MULTIMODALES • NINGUNO 4 PUESTOS DE CONTROL Y/0 PASOS DE FRONTERA • NINGUNO 4 - NOTA 1: Las actividades establecidas en el presente listado que, por sus características deben realizar el trámite de la Licencia para Actividades con Sustancias Peligrósas (LASP), deberán proceder con el respectivo trámite, de acuerdo a normativa ambiental vigente. 95 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042.19 La Paz, 25 de marzo de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que conforme a los numerales 2 y 4 de Parágrafo I del Artículo 175 de la C.P.E., entre las atribuciones de las y los Ministros de Estado se encuentran las de: Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector; y dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia. Que la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17 de mayo de 2005, en su Artículo 9 establece el aprovechamiento de los hidrocarburos deberá promover el desarrollo integral, sustentable y equitativo del país, garantizando el abastecimiento de hidrocarburos al mercado interno, incentivando la expansión del consumo en todos los sectores de la sociedad, desarrollando su industrialización en el territorio nacional y promoviendo la exportación de excedentes en condiciones que favorezcan los intereses del Estado y el logro de sus objetivos de política interna y externa, de acuerdo a una Planificación de Política Hidrocarburífera. Que los incisos d), f), g) y h) del Artículo 11 de la Ley N° 3058 de Hidrocarburos, disponen como objetivos de la Política Nacional de Hidrocarburos, entre otros: el Garantizar, a corto, mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos; el Garantizar y fomentar el aprovechamiento racional de los hidrocarburos, abasteciendo con prioridad a las necesidades internas del país; el garantizar y fomentar la industrialización, comercialización y exportación de los hidrocarburos con valor agregado y; establecer políticas competitivas de exportación, industrialización y comercialización de los hidrocarburos y sus derivados, en beneficio de los objetivos estratégicos del país. Que el inciso b) del Artículo 21 de la Ley N° 3058 de Hidrocarburos determina como una atribución del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, entre otras; el normar en el marco de su competencia, para la adecuada aplicación de la presente Ley y la ejecución de la Política Nacional de Hidrocarburos. Que conforme a lo establecido en los numerales 2) y 22) del Parágrafo l del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, entre las atribuciones de las y los Ministro de Estado, se encuentran las de: Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector; y emitir resoluciones ministeriales, así como bi-ministeriales y multi-ministeriales en coordinación con los Ministros que correspondan, en el marco de sus competencias. Que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 6 de la Ley N° 1098, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) en el ámbito técnico, económico y regulatorio, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministerio de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial, es la responsable de determinar las especificaciones técnicas del combustible a ser comercializado, resultante de la mezcla de Gasolina o Diesel Oil co los AditiVos de Origen Vegetal, según corresponda. Que la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018 establece que el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentará en el plazo de ciento ochenta (180) días calendario computables a partir de la vigencia de dicha Ley, los aspectos técnicos de calidad, seguridad, trasporte, almacenamiento, comercialización y distribución de los Aditivos de Origen Vegetal y el combustible final resultante de la mezcla, según corresponda. En tanto se aprueben los referidos reglamentos, el Ministerio de Hidrocarburos podrá reglamentar dichas actividades mediante Resolución Ministerial. Que la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N°3672 de 26 de septiembre de 2018, establece que los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y comercialización de las gasolinas base empleadas para su mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial. 96 Que el Informe Técnico MH— VMICTAH—DGIR-URE INF 0001/2019 de fecha 22 de marzo de 2019, elaborado por el Viceministerio de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos del Ministerio de Hidrocarburos; refiere que por lo expuesto en dicho informe, se sustentan técnicamente las especificaciones de calidad de la Gasolina Base 81 para su uso en la mezcla con hasta el 8% de Etanol Anhidro y obtener un combustible con octanaje RON 85, en el marco de lo establecido en la Ley N° 1098. Que el Informe Jurídico MH-DGAJ-UAJ-INF-0020/2019 de fecha 25 de marzo de 2019 elaborado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Hidrocarburos, concluye que el señor Ministro de Hidrocarburos tiene la atribución de dirigir las políticas gubernamentales en su sector, asi como el de reglamentar los aspectos técnicos de calidad de la Gasolina Base 81 para su mezcla con Aditivo de Origen Vegetal; para tal efecto, todavía se encuentra facultado para emitir y suscribir la correspondiente Resolución Ministerial, de conformidad a lo dispuesto en el marco normativo vigente. POR LO TANTO: El Ministro de Hidrocarburos en uso de sus atribuciones conferidas por la normativa jurídica vigente: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Reglamentar las especificaciones técnicas de calidad de la Gasolina Base 81, así como los métodos de ensayo utilizados para su medición, conforme a la siguiente tabla: Tabla de especificaciones Nombre del roducto: GASOLINA BASE 81 Especificaciones Método ASTM Prueba VERANO (*) INVIERNO Unidad Min. Máx. Min. 1 Máx. Altern. 1 Altern. 2 Altern. 3 Altern.4 Gravedad específica a 15,6115,6 °C Informar Informar D 1298 D 4052 Tensión de vapor Raid a 100°F 7,0 11.5 7,0 11,5 Psig D 323 D 1191 , D 6378 (37,8°C) Contenido de plomo (**) 0,013 0,013 g Pb/L D 3237 D 5059 Corrosión lámina de cobre 1 1 D 130 (3h/50°C) Azufre total 0,05 0,05 % peso 0 2622 D 4294 D 6667 Octanaje RON 81 81 D 2699 Octanaje MON Informar Informar D 2700 índice antidetonante (RON+MON)/2 Informar Informar Color Incoloro a Ligeramente amarillo Visual Apariencia Cristalina Cristalina Visual Poder calorífico Informar Informar BTU/Ib D 2890 Destilación Engler (760 mmHg) D 86 10% vol. 65(149) 60 (140) °C (°F) 50% vol. 66(150) 118 (245) 66(150) 116 (240) °C (°F) 90% vol. 190 (374) 185 (365) °C (°F) Punto Final 225 (437) 225 (437) °C (°F) Residuo 2 2 °/0 vol. Contenido de Aromáticos Totales 42 42 % vol. D 1319 D 6730 D 5134 Contenido de Olefinas 18 18 % vol. D 1319 D 6730 D 5134 Contenido de Benceno 3 3 % vol. D 3606 D 5134 D 6730 D 6277 Contenido de Manganeso 18 18 D 3831 Mn/ L Contenido de Oxigeno 2,7 2,7 % peso O 4815 0 6730 (*) Verano se define del 1° de septiembre al 31 de marzo e invierno se define del 1° de ab d al 31 de agosto. (") El contenido de plomo especificado es un va or intrínseco de la materia prima, sin haberse adicionado cantidad alguna del mismo con fines de mejorar su octanaje. ASTM = Norma de la Asociación Americana de Ensayo de Materiales. ARTICULO SEGUNDO... La Agencia Nacional de Hidrocarburos determinará las especificaciones técnicas de calidad del combustible con octanaje RON 85 a ser comercializado, resultante de la mezcla de Gasolina Base 81, de acuerdo a las especificaciones de calidad establecidas en el artículo precedente, con hasta el 8% de Etanol Anhidro. 97 ARTÍCULO TERCERO.- La Agencia Nacional de Hidrocarburos y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, en el marco de sus competencias. ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hidrocarburos queda encargada de la notificación con la presente Resolución Ministerial. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- I. Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y la Agencia Nacional de Hidrocarburos deberán coordinar, establecer e implementar las condiciones técnicas, logísticas, operativas y de seguridad necesarias para la comercialización y distribución del nuevo combustible con octanaje RON 85, resultante de la mezcla de la Gasolina Base 81 con hasta 8% de Etanol Anhidro, con el objeto de sustituir gradualmente la Gasolina Especial en todo el país y así cumplir con la finalidad de la Ley N° 1098 de fecha 15 de septiembre de 2018. II.Durante la sustitución gradual señalada en el parágrafo precedente, se deberá garantizar que el combustible comercializado y distribuido al consumidor final tenga un octanaje RON 85 mínimamente. III. Con la finalidad de realizar el control de calidad correspondiente, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos deberá informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos las plazas en las cuales se comercializa el combustible con octanaje RON 85 resultante de la mezcla de la Gasolina Base 81 con hasta 8% de Etanol Anhidro hasta que se cubra todo el territorio nacional. DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Conforme a la disponibilidad del combustible con octanaje RON 85, resultante de la mezcla de la Gasolina Base 81 con hasta 8% de Etanol Anhidro, en las diferentes plazas, la Agencia Nacional de Hidrocarburos deberá emitir la reglamentación necesaria a fin de agilizar su comercialización y distribución, para garantizar el abastecimiento continuo en el mercado interno. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- En el marco de lo establecido en el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Única de la presente Resolución Ministerial y con la finalidad de no incurrir en costos operativos adicionales, se empleará la misma distinción de color de la boca de llenado de tanque y capuchón en las pistolas de los dispensadores que la establecida en la normativa vigente para la Gasolina Especial, en la distribución del nuevo combustible con octanaje RON 85 resultante de la mezcla de la Gasolina Base 81 con hasta 8% de Etanol Anhidro. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Luis Alberto Sánchez Fernandez MINISTRO DE HIDROCARBUROS. 98 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 031 - 19 La Paz. 8 de marzo de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que conforme a los numerales 2, 3 y 4 de Parágrafo 1 del Artículo 175 de la Constitución Política del Estado, entre las atribuciones de las y los Ministros de Estado se encuentran las de: Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector; la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente; y dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia. Que el inciso b) del Artículo 21 de la Ley N° 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, determina como una atribución del Ministerio de Hidrocarburos, entre otras, el normar en el marco de su competencia para la adecuada aplicación de dicha Ley y la ejecución de la Política Nacional de Hidrocarburos. Que los incisos c) y j) del Artículo 25 de la Ley N° 3058, otorga al Ente Regulador la atribución de otorgar concesiones, licencias y autorizaciones para las actividades sujetas a regulación; y las demás facultades y atribuciones que deriven de dicha Ley y de la economía jurídica vigente en el país y que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades. Que el Decreto Supremo N° 24721, de 23 de julio de 1997, aprueba entre otros reglamentos, el Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos. Que el Artículo 2 del Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, establece que•son atribuciones de la Superintendencia de Hidrocarburos el promover, con personas individuales o colectivas, nacionales o extranjeras de derecho privado, los proyectos de Construcción y Operación de Estaciones de Servicio, para la comercialización al detalle de Combustibles Líquidos, principalmente de gasolinas y diésel oil de uso automotor. Asimismo, son funciones de la Superintendencia de Hidrocarburos otorgar, modificar o renovar las Concesiones, Autorizaciones, Licencias y Registros, disponer la caducidad o revocatoria de las mismas, como también cumplir y hacer cumplir las Leyes, Normas y Reglamentos vigentes en el sector. Que conforme a lo establecido en los numerales 2) y 22) del Parágrafo 1 del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894, 7 de febrero de 2009, entre las atribuciones de las y los Ministro de Estado, se encuentran las de: Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector; y emitir resoluciones ministeriales, así como bi- ministeriales y multi-ministeriales en coordinación con los Ministros que correspondan, en el marco de sus competencias. Que la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1098, de 15 de septiembre de 2018, establece que el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, reglamentará en el plazo de ciento ochenta (180) días calendario computables a partir de la vigencia de dicha Ley, los aspectos técnicos de calidad, seguridad, trasporte, almacenamiento; comercialización y distribución de los Aditivos de Origen Vegetal y el combustible final resultante de la mezcla, según corresponda. En tanto se aprueben los referidos reglamentos, el Ministerio de Hidrocarburos podrá reglamentar dichas actividades mediante Resolución Ministerial. Que la Resolución Ministerial N° 125-18 de fecha 10 de octubre de 2018, tiene por objeto reglamentar los aspectos legales, técnicos y de seguridad para la comercialización de Combustibles Líquidos con mezcla de Aditivos de Origen Vegetal en las Estaciones de Servicio, bajo el marco de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1098. Que el Informe Técnico MH—VMICTAH—DGCTA-UCOH-INF 006/2019 de 8 de marzo de 2019, elaborado por el Viceministerio de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos del Ministerio 99 de Hidrocarburos, entre sus conclusiones señala que la incorporación de una Disposición Final Única en la Resolución Ministerial N° 0125-18 de 10 de octubre de 2018, que permita al Ente Regulador aprobar mediante Resolución Administrativa las condiciones y requisitos para la implementación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos dedicadas exclusivamente a la comercialización de Combustibles Líquidos con mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, es técnicamente viable y permite masificar el consumo de los combustibles líquidos con mezcla de Aditivos de Origen Vegetal en el territorio nacional. Que el Informe Jurídico MH-DGAJ-ÚAJ-INF-0014/2019 de fecha 8 de marzo de 2019 elaborado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Hidrocarburos, concluye que la Resolución Ministerial N° 125-18 de fecha 10 de octubre de 2018 fue emitida en el marco de las competencias y atribuciones del Ministerio de Hidrocarburos, asignadas por la normativa vigente y puede ser modificada por otra norma de igual o superior jerarquía. POR TANTO: El Ministro de Hidrocarburos en uso de sus atribuciones conferidas por ley y demás disposiciones conexas; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Resolución tiene por objeto modificar la Resolución Ministerial N° 125-18 de 10 de octubre de 2018. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se incorpora la Disposición Final Única a la Resolución Ministerial N° 125 —18 de 10 de octubre de 2018, con el siguiente texto: "DISPOSICIÓN FINAL DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- El Ente Regulador aprobará mediante Resolución Administrativa, las condiciones y requisitos para la implementación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos dedicadas exclusivamente a la comercialización de Combustibles Líquidos con mezcla de Aditivos de Origen Vegetal." ARTÍCULO TERCERO.- Se establece la vigencia y subsistencia de todas las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 125-18 de 10 de octubre de 2018, que no fueron modificadas, ni complementadas de manera expresa por la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hidrocarburos queda encargada de la notificación con la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Luis Alberto Sánchez Fernandez MINISTRO DE HIDROCARBUROS. 100 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 5: En base de las características del proyecto, el contexto ambiental del mismo, el nivel de impacto ambiental y Programas Ambientales requeridos, se presenta el siguiente contenido de referencia. CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DE SITIO ESPECÍFICO - EASE INDICE 1. RESUMEN EJECUTIVO 2. CONTEXTO GENERAL 2.1. Gobierno Autónomo Municipal 2.2. Del Programa 2.2.1. Objetivo del Programa 2.2.2. Objetivos de la Evaluación Ambiental del Proyecto 3. REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO E INSTITUCIONAL 3.1. Normativas nacionales e internacionales para la gestión ambiental 3.1.1. Licencia Ambiental del Proyecto 3.1.2. Políticas de Salvaguardas Ambientales del Banco Mundial 3.2. Marco Institucional para la ejecución del proyecto 3.3. Capacidades institucionales de las instancias ejecutoras del proyecto en gestión ambiental 4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 4.1. Justificación del proyecto 4.2. Análisis de alternativas 4.3. Ubicación del proyecto 4.4. Objetivos del proyecto 4.5. Componentes del proyecto 4.6. Área de Influencia 5. CONTEXTO AMBIENTAL DEL PROYECTO 5.1. Medio físico 5.1.1. Fisiografía, geología, geomorfología y suelos 5.1.2. Clima 5.1.3. Hidrología 5.2. Medio biótico 5.2.1. Ecología 5.2.2. Vegetación 1 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 5.2.3 Fauna 5.2.4. Áreas Protegidas y Unidades de Conservación 5.3. Recursos Naturales 5.4. Uso del suelo 5.5. Aspectos Patrimoniales 6. IMPACTOS AMBIENTALES 6.1. Principales actividades del proyecto causantes de impactos 6.2. Impactos ambientales Directos, Indirectos y Acumulativos del proyecto 6.3. Ponderación de impactos ambientales 6.4. Propuesta de medidas de mitigación 6.5. Análisis de riesgos 7. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL 7.1. Programa de gestión ambiental para factores abióticos 7.2. Programa de gestión ambiental para factores bióticos 7.3. Programa para bienes patrimoniales 7.4. Programa de gestión de seguridad industrial 7.5. Plan de contingencias 7.6. Cronograma de implementación de los planes 8. PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL 9. RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES DE GESTIÓN Y MONITOREO AMBIENTAL 10. PRESUPUESTO DE LOS PLANES DE GESTIÓN Y MONITOREO AMBIENTAL 11. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES DE GESTIÓN Y MONITOREO AMBIENTAL 12. CONSULTA INFORMADA 13. INFORMES Y PRESENTACIÓN 14. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 2 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 6: MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS 1. ANTECEDENTES Las Buenas Prácticas Ambientales son medidas de importancia ambiental que contribuyen a prevenir y mitigar los impactos ambientales en los frentes de trabajo y otras actividades relacionadas con la construcción del proyecto durante la etapa de ejecución del proyecto. Para garantizar que estas prácticas tengan éxito y logren un cambio real es imprescindible que los trabajadores y trabajadoras colaboren y sean capacitados de manera permanente en todos los temas relacionados, a la obra, ya que son ellos los que realizaran las actividades. 2. OBJETIVO Proteger al medio ambiente, al personal involucrado en los proyectos y las poblaciones aledañas a las obras, en todas las actividades implementadas en la ejecución del proyecto. Todas las intervenciones que sean financiadas por el Programa de Ciudades Resilientes, deberán aplicar buenas prácticas ambientales en las actividades a desarrollar, estas buenas prácticas son enunciativas y no limitativas y se aplican en las siguientes actividades: 1. Movilización de personal, maquinaria y equipos 2. Instalación y operación de infraestructura de apoyo 3. Instalación y operación de maquinarias (si corresponde) 4. Obras civiles: apertura, relleno y compactación de zanjas y otras obras menores 3. FACTORES AMBIENTALES A. AIRE Y RUIDO Contaminación Atmosférica. Se prevé impactos relacionados con la generación de partículas suspendidas (polvo) debido a la circulación de vehículos y al movimiento de suelos y tierras previsto para la habilitación de caminos de accesos y áreas de intervención. Asimismo, se prevé la generación de gases de combustión por la operación de equipos (si se requieren) y funcionamiento de los vehículos. Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo. 1 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Medida de Mitigación. Para evitar la contaminación por partículas suspendidas, se prevé las siguientes buenas prácticas enunciativas y no limitativas: − El regado con agua durante la etapa de construcción. − Para gases se prevé el uso de maquinaria en buen estado y su mantenimiento permanente. − Movimiento de equipos, e instalación/operación de infraestructura de apoyo: se recomienda el alquiler de galpones, patios de máquinas que tengan un lugar apropiado para instalación y armado de maquinarias. − Se deberá realizar el mantenimiento periódico de las vías utilizadas durante el proyecto, realizar el humedecimiento en épocas que sea necesario, evitar el uso de vías con mucha afluencia vehicular y peatonal. − De acuerdo con el art. 67 del Reglamento del Código del Tránsito (Bolivia, 1978) los vehículos con motor a diésel deberán tener el escape acondicionado en tal forma que el tubo sobresalga de la carrocería o techo del vehículo permitiendo la salida del gas verticalmente. − No realizar la quema de combustibles, gomas de caucho, material vegetal resultante del desbroce, aceite quemado de motores o materiales similares que produzcan humo denso, ya sea para eliminar esos materiales o para prender o facilitar la quema de otros. − De manera preferencial las instalaciones de apoyo de la empresa contratista deberán contar con una zona de almacenaje que reúna condiciones de seguridad. En caso de no contar con infraestructura de almacenamiento se debe convertir en una práctica cotidiana cubrir los acopios de material granular con lonas de material plástico, textil u otro material hasta su uso o retiro. En caso de ser requerido se puede realizar el humedecimiento del material con la menor cantidad posible de agua. − Limitar, mediante una adecuada programación de actividades, el tiempo de exposición del material removido, evitando de generación de polvo con el humedecimiento de este material, además como parte del control todo material extraído debe ser acordonado y señalizado para la protección del personal y población cercana, en caso de grandes volúmenes se debe proceder al cierre de la zona hasta terminar los trabajos correspondientes, incorporación del material extraído a su lugar de origen y/o su disposición final en áreas autorizadas. − Conducir con precaución a velocidad moderada, cubrir la tolva de camiones y los vehículos que transportan materiales, herramientas y escombros, sin importar si el volumen es considerable o pequeño. 2 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra − Cargar el material o residuo hasta 10 cm bajo línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída durante el trayecto. − Conducir con precaución y con velocidad moderada los vehículos que transitan al interior de la obra. − Minimizar la altura de descarga del material hacia la tolva al utilizar maquinaria. − Realizar inspecciones periódicas a maquinarias y equipos generadores de gases de combustión. Llevar un registro del certificado de emisiones de los vehículos de la obra. En el caso de vehículos o equipos subcontratados, se debe solicitar al subcontratista el certificado de emisiones de gases vehiculares por cada vehículo utilizado. − Garantizar mediante mantenimiento la adecuada combustión de los motores, en caso de iniciar actividades deberán presentarse los certificados de mantenimiento correspondiente o las pruebas de garantía para vehículos nuevos. − Evitar cualquier emisión innecesaria de gases de combustión como la generada al dejar la maquinaria encendida, evitar uso innecesario de vehículos después de concluido el trabajo. − Realizar los trabajos en horarios diurnos establecidos en las normas ambientales vigentes y de ser necesario limitar el trabajo nocturno solo a actividades de limpieza. − Identificar al personal expuesto a impactos auditivos constantes y fuertes, en base a esto determinar el tipo de protección auditiva que requiera cada trabajador. − Dotar a cada trabajador del Equipo de Protección Auditiva - EPA que le corresponde en base a una planilla de entrega que debe ser llenada por el contratista y firmada por el trabajador al momento de la entrega del EPA. − Realizar talleres de capacitación al personal en relación con los daños a largo y mediano plazo a la salud del trabajador y las poblaciones cercanas, por el uso inadecuado del EPA y el incremento de emisiones de ruidos en la obra. − Usar equipos en buen estado de mantenimiento. − Prohibir que vehículos estacionados mantengan encendido el motor, así mismo prohibir el uso de bocinas. B. AGUA Riesgo de Contaminación de Agua. La producción de efluentes, requerimiento de agua y la generación de desechos sólidos, son eventos que podrían causar la contaminación de fuentes de agua. 3 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo. Medidas de Mitigación: Para evitar la contaminación de aguas se dan las siguientes buenas prácticas enunciativas y no limitativas: − Se deberán alquilar galpones en lugares que tengan instalaciones sanitarias, y en los frentes de trabajo se deberán instalar baños portátiles o químicos. − Se deberá realizar la disposición final de residuos sólidos a través de la empresa municipal de aseo urbano. − Se prohíbe el lavado de vehículos y maquinaria en el área del proyecto. Se deberá contratar servicios autorizados fuera del área del proyecto que ofrezcan este tipo de servicios. − Se prohíbe el mantenimiento y reparación de vehículos y maquinaria en el área del proyecto. Se deberá contratar servicios autorizados fuera del área del proyecto que ofrecen estos servicios. − No verter o enterrar sin impermeabilizantes en cauces, lechos de ríos u otros cuerpos de agua, sobrantes de mezclas de concreto, hormigón, escombros o resto de material de excavación. − No realizar el lavado de maquinaria y/o vehículos dentro de los ríos, cuerpos de agua, zonas no designadas o cercanas a la población. − Identificar zonas de disposición final para material excedentario en zonas alejadas de cuerpos de agua, de forma que durante las crecidas no se alcance los niveles bajos de los mismos, que serían socavados y arrastrados por el río ocasionado problemas ambientales mayores. − No realizar vertimientos de desechos sólidos en cursos de agua, estos deberán ser dispuestos en sitios autorizados por el gobierno municipal. Los residuos sólidos domiciliarios o asimilables a domiciliarios deberán ser recogidos por la empresa de aseo urbano. − No realizar vertimientos de aceites usados y demás residuos líquidos a las redes de alcantarillado sanitario o su disposición directamente sobre el suelo o cursos de agua. Los residuos especiales (empetrolados) deberán disponerse a través de una empresa especializada legalmente establecida. 4 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra C. SUELO Riesgo de Contaminación de Suelos. Durante las actividades civiles por el derrame de combustibles o lubricantes y la generación de desechos sólidos en galpones, patios de máquinas y frentes de trabajo, que podrían originar la contaminación de suelos. Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo. Medidas de Mitigación. Para evitar la contaminación de suelos se deberá realizar una adecuada disposición de los desechos sólidos y aplicar las siguientes buenas prácticas ambientales enunciativas y no limitativas: − Realizar los trabajos para el abastecimiento de combustible, cambios de lubricantes, mantenimiento y lavado de maquinaria y/o equipo fuera del área de trabajo. Deben de forma preferente evitar el contacto directo con el suelo (usando pisos de cemento, madera, plásticos). Se debe realizar talleres de capacitación ambiental donde se enfatice la realización de estas actividades por personal capacitado y que realice sus actividades con el cuidado y tiempo necesario para evitar los derrames de hidrocarburos, aceites u otras sustancias contaminantes. − En caso de derrames sobre el suelo de aceites, grasas u otros, se realizará la limpieza inmediata y acopio del mismo en sitios determinados para su respectiva disposición final en zonas identificadas por el Supervisor Ambiental. − Realizar talleres de capacitación para concientizar al personal en relación al efecto de las actividades que se realizan en el proyecto y su relación con la contaminación del suelo. − Todo material acumulado producto del movimiento de tierras y escombros deberá ser transportado a los sitios de disposición final que defina el gobierno autónomo municipal siguiendo las mismas prácticas mencionadas para el transporte de materiales. − Considerar la instalación de baños portátiles en los frentes de trabajo y en instalaciones auxiliares que no cuenten con se servicios higiénicos con conexión a alcantarillado o cámaras sépticas. − Los desechos sólidos domésticos o asimilables a domésticos deberán ser recogidos por la empresa municipal de aseo. D. ECOLOGÍA: FLORA Y FAUNA Degradación de Flora/ Fauna. Todas las actividades como: desbroce, compactación de suelos, aceleración de procesos erosivos, eventos de derrames de combustibles o lubricantes, producción de efluentes y desechos sólidos, podrían causar impactos sobre la flora y fauna existente en el área de intervención. Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo, desbroce. 5 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Medida de Mitigación. Para evitar la afectación de flora ya fauna por las actividades del proyecto, se deberán realizar los trabajos en áreas que no afecten a hábitats naturales y áreas verdes, también se debe realizar una adecuada disposición de los desechos sólidos a través de la empresa municipal de aseo o en sitios autorizados por el gobierno municipal. Se deben aplicar las siguientes buenas prácticas ambientales enunciativas y no limitativas: - Se deben realizar actividades enfocadas a prevenir impactos negativos a la biodiversidad de la zona (flora y fauna) evitando en lo posible el daño a cualquier especie. - En caso de identificar que la zona cuenta con especies de fauna y flora, se deberá solicitar la autorización para realizar las actividades del proyecto al supervisor ambiental, debiéndose presentar un informe de respaldo que muestre que no se afectará a la biodiversidad. - De manera general se debe considerar que los espacios de protección y las áreas verdes deberán contar con señalización específica durante la realización de los trabajos. E. SEGURIDAD VEHICULAR Incremento de Riesgos de Accidentes. El incremento del tráfico vehicular en los alrededores del proyecto y frentes de trabajo podría aumentar el riesgo de accidentes. Afectación a Grupos de Interés. Los impactos generados por el incremento del tráfico vehicular como: congestiones vehiculares, accidentes, así como la emisión de ruidos, partículas suspendidas (polvo) y gases de combustión, riesgo de derrame de combustibles o lubricantes y la generación de efluentes podrían causar impactos en los grupos de interés de la zona. Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo. Medida de Mitigación. Se debe evitar que las actividades del proyecto afecten a la población impidiendo su transitabilidad e incrementando el riesgo de accidentes, para ello se deberán aplicar las siguientes buenas prácticas ambientales enunciativas y no limitativas: - Señalización - Cambio de rutas temporales de tráfico - Cambio de paradas de transporte público - Construcción de puentes de paso - Recojo de basura alternativo en caso de impedimento del acceso del camión basurero - Reposición de infraestructura que pueda ser dañada por el proyecto, esta reposición deberá ser en las mismas o mejores condiciones de las que se encontraba la infraestructura 6 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra − Considerando las actividades constructivas y relacionadas con el personal, se debe minimizar el riesgo de accidentes (atropellamiento de personas u otros). − Para evitar los posibles accidentes, se debe recomendar a los trabajadores no exceder la velocidad establecida y se debe cumplir con todas las normas del código de tránsito. Asimismo, el personal debe transitar por vías peatonales establecidas y señalizadas. − De ser necesario, la empresa deberá colocar señalización provisional móvil donde se requiera. − Se deberá informar a la población de forma previa a que ocurra, sobre cambios de rutas y cierres de vías de acceso. − Se deben realizar capacitaciones sobre el tema de seguridad vial. F. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Incremento de Riesgos de Accidentes. Las actividades a realizar por el proyecto conllevan incremento de riesgo de accidentes que podría afectar a la salud del personal en obra. Actividades Relacionadas. Movimiento de personal y traslado de maquinaria y equipos, obras civiles e instalación/operación de infraestructura de apoyo. Medida de Mitigación. Se debe evitar que el personal en obra sufra de daños físicos y a su salud por lo que se debe dotar de Equipo de Protección Personal (EPP) e implementar acciones de prevención de accidentes aplicar las siguientes buenas prácticas enunciativas y no limitativas: - Todo personal en obra de usar Equipo de Protección Personal (EPP). El responsable de seguridad de la obra deberá realizar inspecciones periódicas verificando el uso de EPP y el estado en que se encuentran para su reposición o cambio. - El personal en obra deberá recibir capacitación sobre medidas de seguridad y uso de EPP. - Se deberán realizar simulacros de seguridad con todo el personal en obra. - Las instalaciones de la obra, así como todas las áreas de trabajo deberán estar señalizadas. - En las instalaciones de la obra, así como en todas las áreas de trabajo se deberá contar con botiquín de primeros auxilios, camilla y extintor de incendios, ubicados en lugares de fácil acceso. - Se deberá contar con listado de números de emergencia ubicados en lugares de fácil acceso. 7 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra G. INFORMACIÓN A LA COMUNIDAD En coordinación con la parte de salvaguardas sociales del presente Programa, se deberán aplicar las siguientes buenas prácticas: − Se deberá establecer comunicación con la comunidad antes, durante y después del proyecto. − El ejecutor puede designar a un trabajador como relacionador comunitario, quien se encargará de establecer contacto con la comunidad, con el fin de dar toda la información acerca del proyecto, respondiendo las inquietudes de ellos. Para esto puede buscar alternativas donde reunirse con la comunidad, ya sea en la misma obra, oficinas de las juntas de vecinos, casas comunales, etc. − Se debe informar a la población dentro del área de intervención del proyecto sobre las actividades de construcción a realizar. − Se pueden establecer reuniones periódicas (dependiendo de la duración del proyecto) con la comunidad. − Establecer procesos de información y comunicación, en coordinación permanentemente con las autoridades y población local sobre las actividades que se realizan. 8 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 7: DETALLE DE RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL 1 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (GAMSCS) a través de la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) El GAMSCS – UEP como “Organismo Ejecutor” tiene las siguientes responsabilidades y funciones: 1. Coordinación y seguimiento al Programa. 2. Velar por el cumplimiento a las obligaciones establecidas en el Contrato de Préstamo y realizar el seguimiento a la implementación del Marco de Gestión Ambiental y Evaluaciones Ambientales de Sitio Específico. Para este cometido, el GAMSCS – UEP contará con el personal profesional correspondiente. 3. Actuar como interlocutor ante Banco Mundial. 4. Apoyar a través de las Secretarias Municipales y Unidades funcionales, en el desarrollo operativo del Programa, cuando así sea requerido. 5. El GAMSCS a través de la UEP priorizará y/o modificará la cartera de proyectos, para su presentación y no objeción del Banco Mundial. 6. Contratar el servicio de supervisión ambiental la misma que contará con la experiencia general y específica requerida para el seguimiento de los proyectos, además el profesional responsable de la supervisión ambiental que forma parte de la empresa deberá contar con el Registro Nacional de Consultores Ambientales (RENCA). 7. Realizar la licitación para las obras a ejecutarse, estableciendo en el Documento Base de Contratación el cumplimiento por parte de la empresa contratista de los planes ambientales para la fase de ejecución del proyecto establecidos en el PPM-PASA de la licencia ambiental otorgada por la AACD, además de las medidas de mitigación y planes de gestión ambiental de las Evaluaciones Ambientales Específicas de Sitio Específico aprobadas. Así como la obtención de los permisos necesarios para disposición de residuos sólidos, escombros, desbroce de vegetación y otros necesarios. 8. Realizar las gestiones relacionadas con los procesos de selección, contratación, ejecución y supervisión de contratistas de los proyectos de inversión y/o componentes asignados en cumplimiento con la normativa vigente nacional y las normas específicas del Contrato de Préstamo. 9. Presentar de forma semestral al Banco Mundial informes de seguimiento ambiental conforme a los documentos de Evaluación Ambiental de Sitio Específico y de acuerdo a lo estipulado en el Contrato de Préstamo o a requerimiento especial del Banco Mundial. 10. Elaborar y presentar un informe de cierre ambiental que permita, sistematizar de resultados ambientales alcanzados posterior a la etapa de ejecución. Dicho informe deberá contar con la información de respaldo necesaria. Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 11. Inspeccionar, por sí misma o cuando así lo soliciten, los sitios de obras y construcciones de los proyectos. 12. Asignar y mantener el personal profesional ambiental adecuado para alcanzar los objetivos del Programa. 2 Secretarías Municipales Ejecutoras de proyectos - (a través del Especialista Ambiental) 13. Dar firme cumplimiento a las obligaciones establecidas en el Contrato de Préstamo, Manual Operativo y al Marco de Gestión Ambiental. 14. Elaboración de los documentos de Evaluación Ambiental de Sitio Específico (EASE) para cada proyecto, el mismo que deberá tener la No Objeción del Banco Mundial y deberá ser entregado de forma obligatoria a la supervisión y a la empresa contratista de forma previa al inicio de obra. 15. Validar y presentar a la UEP los instrumentos de seguimiento y monitoreo ambiental elaborados por la supervisión ambiental y responsable ambiental de la contratista. 16. Inspeccionar, por sí misma o cuando así lo soliciten, los sitios de obras y construcciones de los proyectos. 17. El Representante Legal de la licencia ambiental de cada Secretaria Municipal Ejecutora de proyectos deberá presentar un documento sobre las condiciones ambientales a la AACD una vez terminada la etapa de ejecución. (si es requerido). Así mismo deberá elaborar los Informes de Monitoreo Ambiental (IMA) y presentarlos a la AACD de acuerdo a lo establecido en la licencia ambiental y en la normativa. 18. Asignar y mantener el personal profesional ambiental adecuado para alcanzar los objetivos de los Proyectos. 3 Supervisión (a través del Profesional Ambiental de la supervisión de obra) 1. Garantizar la correcta ejecución de los ítems ambientales durante la ejecución de los proyectos, velando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y salvaguardas del Banco Mundial, en aplicación de los documentos de Evaluación Ambiental de Sitio Específico. 2. Realizar la verificación y aprobación de los instrumentos de seguimiento elaborados por las empresas contratistas. 3. Presentar al responsable ambiental de las Secretarias Municipales Ejecutoras de proyectos los instrumentos de seguimiento y monitoreo ambiental respectivos (proporcionados por el contratista). 4. Proponer medidas ambientales correctivas y de mitigación que permitan optimizar la gestión ambiental en cada uno de los proyectos. Empresas Contratistas (a través del Profesional Ambiental) 1. En la etapa de construcción la empresa contratista que se adjudique las obras deberá implementar las medidas de mitigación contenidas en los documentos de Evaluación Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Ambiental de Sitio Específico, las mismas que responderán a la licencia ambiental y a las salvaguardas del Banco Mundial, así como de la obtención de los permisos necesarios para disposición de residuos sólidos, escombros y otros necesarios, bajo el seguimiento de la supervisión y el fiscal. 2. Reportar de forma mensual el avance de las medidas (ítems) de prevención y mitigación contenidas en el presupuesto ambiental, velando que se dé cumplimiento al EASE. 3. Reportar de forma trimestral un informe consolidado del trimestre. 4 Titulares de las licencias ambientales (Secretarías Muncipales Ejecutoras de proyectos) 1. Conforme a lo establecido en la normativa ambiental vigente antes del inicio de obras del proyecto el Representante Legal de los proyectos 1 , en calidad de titular de la licencia ambiental, deberá informar a la Autoridad Ambiental Competente (AACD2) sobre el inicio de obras e implementar las medidas de mitigación comprometidas en los documentos de la licencia ambiental. 2. En caso que la AACD lo requiera, el Representante Legal del proyecto (en calidad de titular de la licencia ambiental) deberá presentar los Informes de Monitoreo Ambiental (IMAs), dando cumplimiento así a los compromisos establecidos en la licencia ambiental. 1 Por las características de los proyectos, se prevé que el Representantes Legal sea el Secretario/Secretaria Municipal de la instancia que ejecute cada proyecto. Según el RGGA (Ley N°1333) el Representante Legal se constituye como la Persona natural, propietario, de un proyecto, obra o actividad, o a aquel que detente poder especial y suficiente en caso de empresas e instituciones públicas o privadas. 2 Se refiere a las Autoridades Ambientales Competentes que designa el MMAyA a través de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos (DGMACC) a nivel nacional, y a nivel departamental son los Gobernadores a través de las instancias ambientales de su dependencia (RGGA – Ley N°1333). Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO 8: LISTA DE EXCLUSIONES DE PROYECTOS El Programa no incluye el financiamiento de subproyectos que el Banco Mundial considere como Categoría A que son los de alto impacto ambiental. La presente lista de exclusión de proyectos presenta temáticas altamente sensibles y que no podrán ser financiados por el presente Programa por la posibilidad de ocasionar altos impactos ambientales y poder ser considerados como Categoría A para el Banco Hábitats naturales, biodiversidad y bosques: − Proyectos que contemplen la degradación, conversión y/o deforestación significativa de áreas naturales, más aún si están bajo algún grado de protección. − Proyectos que pongan en peligro especies de flora o fauna que se encuentren bajo algún criterio de conservación. − Proyectos que afecten humedales y/o pantanos o zonas permanentemente inundadas y pongan en riesgo la cantidad o calidad de sus aguas. − Proyectos con impactos significativos dentro de áreas bajo protección o sus zonas de influencia. − Proyectos que involucren actividades relacionadas con madera ilegal y productos no maderables para comercialización. Recursos culturales físicos: − Proyectos que involucren impactos significativos en zonas con recursos culturales físicos (incluidos los sitios de valor excepcional desde el punto de vista arqueológico, paleontológico, histórico, religioso y natural). Aguas: − Proyectos que impliquen una significativa demanda de recursos hídricos y afecten otros. usos o caudales ecológicos. − Actividades que pueden contaminar aguas internacionales. Aspectos sociales: − Proyectos con impactos significativos en comunidades indígenas. − Proyectos con impactos significativos de reasentamiento y/o desplazamiento económico. − Proyectos que involucren impactos negativos sobre los derechos y el bienestar de las comunidades locales. Aspectos normativos: − Proyectos que contravengan los acuerdos internacionales y normas ambientales nacionales. EVALUACIÓN AMBIENTAL DE SITIO ESPECÍFICO (EASE) CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE PROGRAMA “CIUDADES RESILIENTES” Bolivia, Agosto de 2019 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CONTENIDO _Toc17101872 1 CONTEXTO GENERAL ...................................................................................................... 1 1.1. Del Estado Plurinacional de Bolivia................................................................................................... 1 1.2. Del Programa Ciudades Resilientes - PCR ......................................................................................... 1 1.3. Plan Maestro de Drenaje para la ciudad de Santa Cruz de la Sierra ................................................ 1 1.4. Línea Base del Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste.................................................................... 3 1.5. Canal Aportante del Municipio de la Guardia................................................................................... 5 1.6. Vectores en el Mercado Mayorista Abasto ...................................................................................... 6 1.7. Residuos sólidos en el trayecto del Canal 8vo. Anillo ....................................................................... 6 1.8. Gasoducto Sector de Colpa- Rio Grande........................................................................................... 7 1.9. “Parque de Protección Ecológica Rio Pirai” ...................................................................................... 8 1.10. Extracción de áridos en el Río Piraí ................................................................................................... 8 1.11. Objetivos ........................................................................................................................................... 8 1.11.1. Objetivo del Programa Ciudades Resilientes en Bolivia ............................................................. 8 1.11.2. Objetivos de la Evaluación Ambiental de Sito Específico del Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste ........................................................................................................................................ 8 1.12. Alcances del Trabajo ......................................................................................................................... 9 2. REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO, ADMINISTRATIVO E INSTITUCIONAL ....................... 9 2.1. Normativas nacionales e internacionales para la gestión ambiental ............................................... 9 2.2. NORMATIVA NACIONAL .................................................................................................................. 10 2.2.1. Constitución Política del Estado Plurinacional - (CPE) .............................................................. 10 2.2.2. Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien ........................................ 10 2.2.3. Normativa Ambiental Nacional-Ley 1333 y D.S. 3549 .............................................................. 10 2.2.4. Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, D. S. N° 24176, 08 de diciembre de 1995. ......... 12 2.2.5. Ley N°755 de Gestión Integral de Residuos Sólidos de 28 de octubre de 2015 ....................... 12 2.2.6. Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica - Decreto Supremo Nº 24176. ................. 12 2.2.7. Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066 de 29 de octubre de 1999. ............ 12 2.2.8. Ley de Aguas de 26 de octubre de 1906 (Reglamento de Aguas de 08 de septiembre de 1879, elevado a rango de Ley, mediante Ley de 26 de octubre de 1906). ...................................................... 13 2.2.9. Ley Forestal No 1700.- .............................................................................................................. 13 2.2.10. Ley N° 530 Ley del Patrimonio Cultural Boliviano del 23 de mayo de 2014 ............................. 13 2.2.11. Resolución Ministerial Nº 82/97 del 03 de junio de 1997 ........................................................ 13 2.2.12. Resolución Ministerial Nº 020/2018 del 18 de enero de 2018................................................. 13 2.2.13. NORMA BOLIVIANA NB 688 DISEÑO DE SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL 14 2.3. NORMATIVA MUNICIPAL ................................................................................................................ 14 2.3.1. Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, 9 de enero de 2014 ................................. 14 2.3.2. PLOT - Plan De Ordenamiento Urbano y Territorial. Ord. Mun. No 078/05............................. 14 2.3.3. Ordenanza Municipal 150/2009.- ............................................................................................. 14 2.3.4. Resolución Administrativa ABT No 171/2012 ........................................................................... 14 2.3.5. Resolución Administrativa ABT No 199/2012 ........................................................................... 15 2.4. Revisión del Marco de Gestión Ambiental según la norma boliviana ............................................ 15 2.4.1. Licencia Ambiental del Proyecto............................................................................................... 15 2.5. Políticas de Salvaguardas Ambientales del Banco Mundial............................................................ 17 2.5.1. Evaluación Ambiental (OP 4.01) ............................................................................................... 17 i Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.5.2. Hábitats Naturales (OP 4.04) .................................................................................................... 18 2.5.3. Recursos Culturales Físicos (OP 4.11) ....................................................................................... 18 2.5.4. Bosques (OP 4.36) ..................................................................................................................... 20 2.5.5. Control de Plagas (OP 4.09) ...................................................................................................... 20 2.6. Marco Institucional -Autoridades competentes ............................................................................. 20 2.7. Capacidades institucionales de las instancias ejecutoras del proyecto ......................................... 20 2.8. Funciones y responsabilidades de los actores .................................................................................... 21 2.9. Gestión Ambiental del proyecto ......................................................................................................... 23 3. CONTEXTO AMBIENTAL DEL PROYECTO .............................................................................. 23 3.1. Extensión Territorial........................................................................................................................ 23 3.2. Límite del Área de Influencia del subcomponente canal emisario octavo anillo. .......................... 23 3.3. Clima ............................................................................................................................................... 25 3.3.1. Temperatura ............................................................................................................................. 25 3.3.2. Precipitación ............................................................................................................................. 25 3.3.3. Vientos y calidad del Aire.......................................................................................................... 25 3.3.4. Heladas ..................................................................................................................................... 26 3.3.5. Sequia ....................................................................................................................................... 26 3.4. Hidrografía ...................................................................................................................................... 26 3.4.1. Cuencas ..................................................................................................................................... 26 3.4.2. Red Hidrográfica ....................................................................................................................... 28 3.5. Fuentes de Agua, Cantidad y Calidad .............................................................................................. 29 3.6. Aguas Subterraneas ........................................................................................................................ 30 3.7. Vegetación y fauna ......................................................................................................................... 30 3.8. Áreas Protegidas y Unidades de Conservación del Patrimonio ...................................................... 31 4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ........................................................................................ 33 4.1. Objetivos del Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste .............................................. 33 4.2. Características del Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste y sus Aportantes ..................................... 33 5. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Y ANÁLISIS DE RIESGOS ......... 36 5.1. Impactos Potenciales .......................................................................................................................... 36 5.2. Potenciales impactos ambientales positivos ...................................................................................... 36 5.3. Potenciales impactos ambientales negativos ..................................................................................... 37 5.4. Identificación de Impactos ................................................................................................................. 38 5.5. Análisis de Riesgos .............................................................................................................................. 39 5.5.1. Estimación de Riesgos Ambientales ............................................................................................. 41 5.5.2. Estimación de Riesgos en Salud y Seguridad Ocupacional .......................................................... 43 5.6. RIESGOS NATURALES .......................................................................................................................... 46 5.6.1. Riesgo de Sismos o Terremotos. .................................................................................................. 46 5.6.6. Riesgos de Inundaciones .............................................................................................................. 46 6. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL ........................................................................................... 48 6.1. Programa de Protección de Recursos Naturales ................................................................................ 48 6.1.1. Recurso Hídrico. ........................................................................................................................... 48 6.1.2. Biodiversidad................................................................................................................................ 48 6.1.3. Aire ............................................................................................................................................... 50 6.1.4. Suelo............................................................................................................................................. 51 6.1.5. Geomorfología ............................................................................................................................. 53 6.2. Programa de manejo de residuos sólidos y líquidos .......................................................................... 53 6.2.1. Manejo de Residuos Sólidos ........................................................................................................ 53 ii Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6.2.2. Manejo de Residuos Líquidos ...................................................................................................... 56 6.2.3. Minimización, reúso y reciclaje de Residuos ............................................................................... 57 6.2.4. Inspección e inventario de residuos ............................................................................................ 59 6.3. Programa de manejo de instalaciones auxiliares ............................................................................... 59 6.3.1. Instalación, funcionamiento y cierre de patio de maquinas y almacenes. .................................. 59 6.3.2. Instalación, funcionamiento y cierre de Depósitos de Material Excedentes (DME). ................... 60 6.4. Programa de señalización temporal ................................................................................................... 61 6.4.1. Señalización temporal en las instalaciones auxiliares ................................................................. 61 6.4.2. Señalización temporal en instalaciones especiales u otros sitios de interés ............................... 62 6.5. Programa de manejo de interferencias en el área del proyecto ........................................................ 63 6.6. Programa de Salud y Seguridad Ocupacional ..................................................................................... 64 6.6.1. Capacitación en temas de Seguridad y Salud Ocupacional ...................................................... 64 6.6.2. Dotación y uso obligatorio de EPP ............................................................................................ 65 6.6.3. Señalización de seguridad y salud ocupacional de las áreas de trabajo .................................. 65 6.6.4. Delimitación de las áreas de circulación vehicular. .................................................................. 70 6.7. Programa de desvios de tráfico .......................................................................................................... 71 6.7.2. Desvió de tráfico del Emisario Octavo Anillo Sur Oeste............................................................... 72 6.7.2. Cronograma de Desvio ................................................................................................................. 74 6.7.3. Costo de Desvio ........................................................................................................................ 75 6.8. Programa de Control de Plagas ...................................................................................................... 75 6.8.1. Medidas de Prevención de plagas ............................................................................................... 75 6.8.2. Tipos de Control ........................................................................................................................... 76 6.9. Programa de Cierre de las actividades de construcción ..................................................................... 78 6.9.1. Recuperación de áreas afectadas ................................................................................................ 78 6.9.2. Herbáceas para cobertura vegetal de terreno............................................................................. 78 7. PLAN DE CONTINGENCIA .................................................................................................... 78 7.1. Estructura Organizacional del programa de contingencias ................................................................ 78 7.2. Programa de medidas de contingencias ante desastres naturales y accidentes laborales. ............... 80 7.3. Programa de medidas de contingencias ante incidentes ambientales. .............................................. 80 7.4. Programa de medidas de contingencias ante accidentes laborales................................................... 80 8. PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL ........................................................... 87 8.1. Programa de seguimiento y monitoreo ambiental ............................................................................ 87 8.2. Programa de monitoreo de calidad de aire y niveles de ruido........................................................... 87 8.3. Programa de monitoreo de la calidad del agua .................................................................................. 88 8.4. Programa de monitoreo calidad de suelo .......................................................................................... 91 8.5. Programa de monitoreo de la flora y fauna ....................................................................................... 91 9. PLAN DE INVERSIONES ....................................................................................................... 92 9.1. Presupuesto ........................................................................................................................................ 92 10. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................. 95 11. ANEXOS ........................................................................................................................... 97 INDICE DE ANEXOS ANEXO N° 1: CENSO ARBOREO ................................................................................................................................... 98 ANEXO N° 2: OFICIO DE YPFB REDES......................................................................................................................... 131 ANEXO N° 3: LICENCIA AMBIENTAL TRAMO 1 AL 4 ................................................................................................... 132 ANEXO N° 4: LICENCIA AMBIENTAL TRAMO 5 Y SOLICITUD DE ACTUALIZACIÓN ...................................................... 199 iii Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ANEXO N° 5: ESTUDIO DE LA BIODIVERSIDAD DE LA ZONA ...................................................................................... 201 ANEXO N° 6: OFICIO DE COSPAIL .............................................................................................................................. 206 ANEXO N° 7: OFICIO DE CRE ..................................................................................................................................... 207 ÍNDICE DE FOTOS FOTO N° 1: INUNDACIONES EN LOS BARRIOS D-10 FOTO N° 2: VIVIENDAS AFECTADAS .......................................... 2 FOTO N° 3: BASURA Y ESCOMBROS ............................................................................................................................. 7 ÍNDICE DE FIGURAS FIGURA N° 1 CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO ......................................................................................................... 4 FIGURA N° 2: AVENIDA OCTAVO ANILLO ..................................................................................................................... 5 FIGURA N° 3: CANAL APORTANTE DEL MUNICIPIO DE LA GUARDIA ............................................................................ 6 FIGURA N° 4: AVENIDA OCTAVO ANILLO LADO OESTE................................................................................................. 7 FIGURA N° 5: CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE QUE TIENE LICENCIA AMBIENTAL ACTUALIZADA ........ 16 FIGURA N° 6: PROCEDIMIENTO ANTE HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS FORTUITOS ..................................................... 19 FIGURA N° 7: FLUJOGRAMA DE ACTORES INVOLUCRADOS ....................................................................................... 22 FIGURA N° 8: FLUJOGRAMA DE LA CONTRATISTA ..................................................................................................... 22 FIGURA N° 9: FLUJOGRAMA DE LA SUPERVISIÓN ...................................................................................................... 22 FIGURA N° 10: DISTRITO MUNICIPAL URBANO N°10 ................................................................................................. 24 FIGURA N° 11: UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ .................................................. 26 FIGURA N° 12: TIPO DE VEGETACIÓN EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ............................................ 31 FIGURA N° 13: PLANO DE LA CUENCA EMISARIO 8VO ANILLOV SUR OESTE Y SUS APORTANTES ............................... 34 FIGURA N° 14: TRAMOS DEL CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE ............................................................. 34 FIGURA N° 15: UBICACIÓN DE PUENTES VEHICULARES Y PEATONALES ..................................................................... 35 FIGURA N° 13: CALIFICACIÓN DEL IMPACTO Y PROBABILIDAD DE LOS RIESGOS ........................................................ 40 FIGURA N° 17: ÁREAS CON RIESGO DE INUNDACIÓN EN EL DISTRITO MUNICIPAL N°10 ............................................ 47 FIGURA N° 18: BAÑOS QUIMICOS PORTÁTILES .......................................................................................................... 57 FIGURA N° 19: EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL- EPP .......................................................................................... 65 FIGURA N° 20: SEÑAL DE SEGURIDAD ........................................................................................................................ 66 FIGURA N° 21: DESVIO PARA LA INTERSECCIÓN DE LA AV. DOBLE VIA LA GUARDIA Y OCTAVO ANILLO-TRAMO 2 .... 73 FIGURA N° 22: CRONOGRAMA DE DESVIO ................................................................................................................ 74 ÍNDICE DE CUADROS CUADRO N° 1: DATOS GENERALES DEL DISTRITO N° 10 .............................................................................................. 24 CUADRO N° 2: TEMPERATURAS PROMEDIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA .............................................................. 25 CUADRO N° 3: PRECIPITACIONES PLUVIALES PROMEDIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA .......................................... 25 CUADRO N° 4: SUPERFICIE POR UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ. ....................... 27 CUADRO N° 5: RESUMEN DE LAS SUPERFICIES POR UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ ... 27 CUADRO N° 6: SUPERFICIES POR UNIDADES HIDROGRAFICAS DEL MUNICIPIO ......................................................... 28 CUADRO N° 7: SUPERFICIES HIDROGRÁFICAS ............................................................................................................ 28 CUADRO N° 8: ÁREAS PROTEGIDAS EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ............................................... 32 CUADRO N° 9: CARACTERÍSTICAS DEL CANAL EMISARIO 8VO ANILLO SUR OESTE Y SUS APORTANTE ....................... 36 iv Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 10: IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO ............................... 37 CUADRO N° 11: IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN ........................................... 39 CUADRO N° 12: MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL PROYECTO PARA LOS DIFERENTES NIVELES DE RIESGO.................... 41 CUADRO N° 13: MATRIZ DE RIESGOS AMBIENTALES ................................................................................................. 41 CUADRO N° 14: MATRIZ DE RIESGOS EN SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.......................................................... 44 CUADRO N° 15: MATRIZ DE RIESGOS GENERALES ...................................................................................................... 47 CUADRO N° 16: MEDIDAS AMBIENTALES- RECURSO HÍDRICO ................................................................................... 48 CUADRO N° 17: MEDIDAS AMBIENTALES- FAUNA ..................................................................................................... 49 CUADRO N° 18: MEDIDAS AMBIENTALES- FLORA ...................................................................................................... 49 CUADRO N° 19: MEDIDAS AMBIENTALES- CALIDAD DE AIRE ..................................................................................... 50 CUADRO N° 20: MEDIDAS AMBIENTALES- PROTECCIÓN DE CALIDAD DE SUELO ........................................................ 52 CUADRO N° 21: MEDIDAS AMBIENTALES- PROTECCIÓN DE TALUDES Y PROCESO EROSIVO ...................................... 53 CUADRO N° 22: CLASIFICACICIÓN DE LOS RESIDUOS GENERADOS POR LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN DEL CANAL .......................................................................................................................................................................... 53 CUADRO N° 23: COLOR Y ETIQUETA SEGÚN LA CLASIFICACIÓN ................................................................................. 54 CUADRO N° 24: ACOPIO TEMPORAL DE RESIDUOS .................................................................................................... 55 CUADRO N° 25: RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS ..................................................................... 55 CUADRO N° 26: DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS ............................................................................................. 56 CUADRO N° 27: TÉCNICAS DE MINIMIZACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS ....................................................................... 57 CUADRO N° 28: DESCRIPCIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS .............................................................................................. 58 CUADRO N° 29: ESPECIFICACIONES PARA SEÑALÉTICA .............................................................................................. 61 CUADRO N° 30: SEÑALIZACIÓN AMBIENTAL .............................................................................................................. 63 CUADRO N° 31: SEÑALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL ........................................ 66 CUADRO N° 32: ELEMENTOS CANALIZADORES .......................................................................................................... 71 CUADRO N° 33: FORMATO DE CONTROL DE PLAGAS ................................................................................................. 76 CUADRO N° 34: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS -SISMOS ......................................... 82 CUADRO N° 35: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS -INCENDIOS .................................... 83 CUADRO N° 36: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –DERRUMBES O DESLIZAMIENTOS . 84 CUADRO N° 37: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –ACCIDENTES LABORALES .............. 84 CUADRO N° 38: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –INUNDACIONES ............................ 85 CUADRO N° 39: PARÁMETROS DE EMISIONES PARA FUENTES MÓVILES ................................................................... 87 CUADRO N° 40: PARÁMETROS DE EMISIONES PARA FUENTES FIJAS .......................................................................... 88 CUADRO N° 41: PARÁMETROS DE VERIFICACIÓN PARA CALIDAD DE AGUA ............................................................... 89 CUADRO N° 42: PARÁMETROS DE ANÁLISIS PARA CUERPOS DE AGUA EN CUERPOS DE AGUA CLASE -C .................... 89 CUADRO N° 43: PRESUPUESTO PARA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ................................................................... 92 v Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CAPITULO 1 1 CONTEXTO GENERAL 1.1. Del Estado Plurinacional de Bolivia La población de Bolivia asciende actualmente a más de 11 millones de habitantes, aproximadamente el 67 por ciento vive en áreas urbanas. Bolivia hizo un importante avance económico y social durante el auge de las materias primas (2006-2012). El rápido crecimiento económico fue especialmente pronunciado para el 40% inferior de la población, que vio aumentar sus ingresos más rápidamente que la población más favorecida económicamente. Como resultado, la tasa de pobreza nacional disminuyó del 63 por ciento en 2002 al 39 por ciento en 2014; y la extrema pobreza experimentó un declive aún más rápido, de casi el 39 por ciento en 2002 al 17 por ciento en 2014.1 Ya que más de 7 millones de personas viven en áreas urbanas en Bolivia, es así que las ciudades tienen un papel central en la contribución a la agenda nacional, en el marco de la planificación estratégica, la reducción de la pobreza y la mitigación de riesgos en Bolivia. Debido al rápido ritmo del proceso de urbanización, existe una necesidad urgente de implementar acciones de política pública para mejorar los beneficios que ofrecen las ciudades, evitando al mismo tiempo los posibles costos negativos de una urbanización descontrolada, como tasas altas de contaminación, incremento del parque automotriz con la consiguiente congestión vehicular o el rápido crecimiento de los asentamientos informales donde muchas familias viven, por la precariedad de sus viviendas, en áreas propensas a riesgos de desastres naturales. Esto puede lograrse combinando buenas prácticas en planificación de infraestructura urbana sostenible, construcción y mantenimiento con enfoque en servicios públicos de alta calidad y resiliencia. Asimismo, se puede avanzar hacia los principios, criterios y variables a tomarse en cuenta cuando hablamos del desarrollo sustentable y, por ende, la sustentabilidad y resiliencia de los proyectos urbanos, al entender que la ciudad no es un sistema cerrado, y que tiene dinámicas endógenas y exógenas y debemos entender estos sistemas dinámicos (de ciudades-regiones) como otros ecosistemas en términos de su capacidad de adaptarse, reducir vulnerabilidad y aumentar resiliencia; en síntesis, generar homeostasis. 1.2. Del Programa Ciudades Resilientes - PCR El PCR prevé el financiamiento de US$ 70 millones de dólares a ser ejecutados por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Es un programa priorizado por el Estado para ser ejecutado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, desarrollando proyectos e intervenciones integrales que se pueden replicar a escala en otras ciudades. El programa mejorará la resiliencia urbana de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a través de los subcomponentes (i) Infraestructura espacio público resiliente, (ii) Mejoramiento urbano y movilidad, y (iii) Gestión del Programa. Un resultado adicional es generar experiencias concretas en planificación, diseño e implementación de inversiones que sean resilientes a los efectos del cambio climático, cuyos resultados y lecciones aprendidas sean la base para establecer o ajustar estándares de planificación pública e inversiones. 1 Informe País “Construyendo Comunidades urbanas para Vivir Bien en el Siglo XXI” – Hábitat III 1 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 1.3. Plan Maestro de Drenaje para la ciudad de Santa Cruz de la Sierra La ciudad de Santa Cruz de la Sierra se encuentra en el oriente boliviano, en el Departamento de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez, es la Sección Capital, y está conformada por los siguientes Cantones: Santa Cruz de la Sierra, El Palmar del Oratorio, Paurito y Montero Hoyos. La ciudad está en promedio a 417 metros de altura sobre el nivel del mar, con vientos dominantes cálidos del noroeste y vientos fríos del sur durante el invierno. La temperatura media es de 25° centígrados. Las precipitaciones pluviales están en el orden de los 1.100 milímetros (GAMSC, 2016). La ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ha tenido un crecimiento demográfico significativo, producto de migraciones internas, de acuerdo a los datos del Censo de Población y Vivienda del año 2012, contando con una población actual de 1.454.539 habitantes dentro del Municipio de Santa Cruz de la Sierra y una densidad de 7.17 hab/Km2, distribuidos en el área urbana. El aumento poblacional en zonas periféricas hace un contraste respecto a la economía ascendiente de Santa Cruz, ya que existe pobreza extrema en los distritos urbanos de la corona periférica de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra (GAMSC, 2005) que enfrentan carencias y diferentes tipos de problemas relacionados con la pobreza y desastres climáticos. El Distrito Municipal N° 10, ubicado en la zona sur oeste de la ciudad, cuenta con una población de 110.399 habitantes lo que representa un 8.70 % de la población del municipio de Santa Cruz de la Sierra, según el PLOT, colinda con el municipio de la Guardia, emplazado en una zona baja de la ciudad que se ve afectada en épocas de lluvias con inundaciones, enfatizadas por el desnivel topográfico ocasionados por antiguas tejerías, en donde las personas se han asentado y han construido sus viviendas (fotos 1 y 2). FOTO N° 1: INUNDACIONES EN LOS BARRIOS D-10 FOTO N° 2: VIVIENDAS AFECTADAS Foto: inspección de fecha 04/10/18 El Gobierno Municipal Autónomo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ha elaborado una actualización del Plan Maestro de Drenaje Pluvial en el año 2017, con el principal objetivo de solucionar la problemática de las inundaciones de la ciudad, planificando los espacios urbanos por donde deben realizarse las obras de drenaje pluvial, de esta manera con soluciones técnicas se busca servir mejor a esta población creciente, además esta planificación permitirá optimizar las intervenciones y los recursos económicos. El Plan Maestro de Drenaje Pluvial, fue aprobado con la Ley Autonómica Municipal GAMSCS No 275/2016 “SANTA CRUZ DE LA SIERRA SE CANALIZA” sancionada en fecha 24/05/16 por el Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en la cual otorga la responsabilidad de llevarla a cabo a la Dirección de Drenaje, dependiente de la Secretaria Municipal de Obras Públicas del Gobierno Municipal, estableciéndose que el Plan Maestro de Drenaje se realizaría en tres fases: • 1ra Fase: Etapa de Diagnóstico • 2da Fase: Etapa de Diseño Conceptual • 3ra Fase: Etapa de Diseño de Ingeniería 2 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra La primera fase del Plan Maestro de Drenaje, corresponde al diagnóstico del estado y de la eficiencia de los sistemas actuales de drenaje pluvial. Elaborado en base a una evaluación técnica, y reuniones con los vecinos en las sub-alcaldías de los distritos, con la finalidad de conocer en el sitio los problemas de drenaje de sus barrios y reuniones, los municipios colindantes puesto que la influencia del escurrimiento superficial ya tiene connotaciones en el área metropolitana, como es el caso en la zona donde se emplaza el proyecto del Canal Emisario del 8vo Anillo, que colinda con el municipio de La Guardia. Cabe resaltar que este Plan esta puesto en marcha desde el año 2016, lo que implica que ya se han construido 212 Canales de drenaje pluvial en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, según datos del Plan Maestro de Drenaje, equivalente a 455.61 km. De acuerdo al Plan Maestro de Drenaje Pluvial de la ciudad, la cuenca hidrológica urbana de este canal de drenaje es de 438.36 ha y tiene una longitud total de 6.44 Km hasta su desembocadura en el Río Piraí, se tiene previsto que este canal de drenaje beneficie a una población de 19.200 habitantes. Este Canal Emisario se encuentra dentro del radio urbano de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, según la Resolución Suprema N° 221842 del 27 de junio de 2003 que homologa la Ordenanza Municipal N° 069/95 de 17 de noviembre 1995, que aprueba el Plan Director de Santa Cruz de la Sierra. Toda la información técnica recopilada permite conocer las zonas de mayor riesgo de inundaciones, los barrios más empobrecidos, etc. Esta realidad permitió plantear en toda la ciudad las obras de drenaje pluvial que son necesarias, clasificándolas de acuerdo a su importancia técnica en obras de drenaje principales, secundarias y terciarias, esta planificación se coordinó con los municipios colindantes (SMOP, 2017). La segunda fase y tercera fase, plantea los lineamientos conceptuales de escurrimiento superficial de la ciudad, cuyo análisis técnico logró clasificar en la ciudad: 38 canales principales, 2 sistemas de drenaje subrerráneos principales en la zona central, 104 canales secundarios, 92 canales terciarios y 7 lagunas de regulación (SMOP, 2017). 1.4. Línea Base del Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste El Canal EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE, es parte del Plan Maestro de Drenaje Pluvial y esta priorizada la necesidad de su construcción. Este canal recolecta y transporta las aguas pluviales de la zona Sur - Oeste de la ciudad, más concretamente del Distrito Municipal No 10. La población directamente beneficiada está ubicada en la zona del barrio Vallecito que son aproximadamente 150 familias con una población de 800 personas, que por la diferencia de altura respecto al nivel de la vía y por las curvas de nivel de la escorrentía de agua se constituye en zona de alto riesgo, según datos proporcionados por la Secretaría Municipal de Obras Públicas, además otra zona de riesgo es el Mercado Mayorista Abasto, con una Superficie de 11.5 Ha, con 1.200 productores y el ingreso diario de aprox. 2.500 personas, que con la construcción del Canal de drenaje se constituiría en beneficiaria. El total de la población directamente beneficiada asciende a 4.500 personas e indirectamente toda la población del Distrito Municipal N° 10 y los habitantes de la zona norte del municipio de La Guardia. El Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste tiene una longitud total de 6.44 km, conformados por 5 tramos, en el primer tramo está considerado el canal aportante del noveno anillo (con tres subtramos), el cual a su vez tiene dos canales aportantes del municipio de La Guardia. Toda la longitud del Canal Emisario está emplazada en un territorio que no tiene problemas de asentamientos humanos, toda la longitud del canal está expedita para poder construir el canal, se lo dividio por 5 tramos para su construcción por características topográficas y como una estrategia técnica que permite que con determinadas secciones transversales del canal se pueda manejar los caudales y controlar las velocidades del canal y en función a la pendiente natural del terreno. 3 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 1 CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO Fuente: Plano proporcionado por la Dirección de Fiscalización de Drenaje de la Secretaría Municipal de Obras Públicas La avenida del Octavo Anillo en el tramo 2 del canal tiene las dos vías pavimentadas, incluidas un camellón central, al igual que en el tramo 1 del canal que corresponde a la avenida del Noveno Anillo, en el tramo 2 la alameda o camellón central varia en cuanto a su ancho y es justamente en donde se plantea colocar el canal de drenaje, es en tal sentido que en la propuesta de diseño técnico es abierto en algunos tramos y en otros es cerrado dejando la posibilidad de diseñar un parque lineal sobre el canal, lo cual será un impacto positivo. En los tramos 3 y 4, del Canal Emisario del Octavo Anillo Sur Oeste, que llegan hasta la Avenida Troncal Doble vía La Guardia antigua carretera a Cochabamba, cuenta con arborización con plantines de palmeras de totaí (Nahuatlismo de Coyolli), de árboles nativos, que se detallan en el Censo Arboreo en los anexos, que tienen una plantación lineal aproximadamente cada 3 m entre individuos arbóreos y se evidencia la predominancia de arboles de algodonillo (Hibiscus tiliaceus). Ya cercano a la avenida existe una unidad paisajística de valor ambiental al contar con árboles de gran porte que son nativos como: Cupesi (Prosopis chelensis) y Toborochi (Chorisia speciosa) y es necesario su conservación. Por lo demás sus alrededores se encuentran antropizados y consolidados con viviendas y algunas empresas. En la Figura N° 2, se puede observar la zona descrita. Anexo 1 (Censo arbóreo). 4 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 2: AVENIDA OCTAVO ANILLO 1.5. Canal Aportante del Municipio de la Guardia El municipio de la Guardia está construyendo un canal de aproximadamente 4.5 a 5 m de ancho, con una longitud de 1.314 m, según datos de SMOP del GAMSC, próximo a concluirse, a una distancia de 100 m de llegada al Noveno Anillo y con una desembocadura al Canal Aportante propuesto. El hecho que se construya un canal aportante desde la Guardia hacia el 9no. Anillo en Santa Cruz ocasionara posibles inundaciones en los desniveles topográficos más bajos, como por ejemplo en los barrios próximos como los Vallecitos, Campo Rosa y el mismo Mercado Municipal Mayorista El Abasto, que representa una inversión municipal de Bs 86.888.404,90, según datos del GAMSC. En la Figura N° 3 se puede apreciar el estado de construcción del Canal Aportante de La Guardia, cabe resaltar que en la inspección de fecha 06/11/18, el canal aportante de La Guardia ha sido completado. 5 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 3: CANAL APORTANTE DEL MUNICIPIO DE LA GUARDIA 1.6. Vectores en el Mercado Mayorista Abasto El Mercado Mayorista Abasto ha sido abierto al público el año 2018, al ser de abastecimiento mayorista se genera basura orgánica en gran cantidad lo que atrae plagas como por ejemplo los ratones y ratas, a su vez, las aguas estancadas de la lluvia atraen mosquitos y moscas, que son vectores de enfermedades (Dengue, Chikungunya, Virus Zika) en zonas de clima tropical como es el caso de Santa Cruz, esta situación será contemplada en los planes de gestión ambiental, como se muestra en la Figura N° 1, Los Subtramos N° 2 y el N° 3 que son los directos colindantes al mercado y se conectan al Octavo Anillo. 1.7. Residuos sólidos en el trayecto del Canal 8vo. Anillo En general en algunos sectores del recorrido se identificó varios lugares con escombros además de microbasurales en el noveno Anillo, sobre todo; en el tramo 4 al oeste de la avenida doble vía La Guardia, donde está el canal de drenaje que requiere ser ensanchado existe contaminación por residuos sólidos urbanos que votan los vivientes de la zona adyacente al canal, también se observó maleza en el hormigonado del canal de drenaje (Foto N° 3). 6 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FOTO N° 3: BASURA Y ESCOMBROS Foto: Inspección de fecha 12/10/18 1.8. Gasoducto Sector de Colpa- Rio Grande. Se ha identificado en el Octavo Anillo la existencia de un gasoducto de YPFB Transporte, que atraviesa el Rio Pirai. Se han encontrado Válvulas de Bloqueo del Gasoducto para el Sector de Colpa- Rio Grande. FIGURA N° 4: AVENIDA OCTAVO ANILLO LADO OESTE Entre las Unidades Vecinales (UV) 138 y 190, el octavo anillo tiene ambas vías pavimentadas y en el centro de la avenida existe un canal de drenaje, el cual será ampliado. Ya entre las UV 139 y 191, en el tramo N° 4, existe una vía no pavimentada y es ocupada por camiones de alto tonelaje. En este tramo, hasta el tramo 5 se han encontrado Válvulas de Bloqueo del Gasoducto para el Sector de Colpa- Rio Grande. Anexo 2 (Redes de Gas YPFB y contactos). 7 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 1.9. “Parque de Protección Ecológica Rio Pirai” La avenida del Octavo anillo lado oeste de la Avenida Troncal Doble vía La Guardia, cuenta con una vía pavimentada y la presencia de un canal existente, que deberá prever la modificación de su ancho por el incremento del caudal, ya que recibirá aguas del canal aportante del noveno anillo y este a su vez del canal aportante del Municipio de La Guardia. En la proyección del tramo N° 5, el canal desemboca en el Río Piraí, y pasa por una parte del área protegida declarada según la O.M. 150/09: “Parque de Protección Ecológica Rio Piraí” que también ha sido declarado Parque Ecológico Metropolitano según la ley Nacional 2913/04, y tiene valores ambientales y funciones ecosistemicas importantes para el medio ambiente, es por tal motivo que la implantación del proyecto Canal Emisario Octavo Anillo debe tomar en cuenta las normativas ambientales sobre esta área protegida. En las diferentes inspecciones técnicas realizadas conjuntamente con personal técnico del GAMSC se verifico que existe una vía de tierra de aprox. 9 m de ancho, este ancho varía a lo largo del tramo 5, esta vía es transitada sobre todo por los camiones que extraen áridos y también es el acceso a un Vivero, que transporta plantas, también es el ingreso a los terrenos de un privado.Las viviendas que están al inicio del tramo tienen acceso por otras vías, puesto que el actual canal que se necesita ampliar esta frente a sus lotes o casas. La Instancia Ambiental del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, deberá brindar lineamientos ambientales a la Unidad Ejecutora del Proyecto, para evitar la generación de impactos negativos durante la ejecución del Proyecto, específicamente en la zona del Área Protegida Municipal por donde atravesará el tramo Nº 5. 1.10. Extracción de áridos en el Río Piraí En la zona referida del proyecto, según información de la Secretaria Municipal de Obras Públicas del GAMSC, existen empresas concesionarias dedicadas a la extracción de áridos y agregados, que para el desarrollo de esta actividad económica transitan por la vía en donde se implementará el canal emisario del 8vo Anillo, existe otra via alterna que usan en el caso de las inundaciones en época de lluvia, que no es directa como la vía que esta paralela al 8vo Anillo, pero en las entrevistas realizadas con el gerente de la empresa, estarían dispuestos a usar la via alterna hasta que se concluya el proyecto motivo de la presente EASE. Para tal efecto, se deberán aplicar las directrices y lineamientos establecidos en el “Programa de Señalización Temporal” y “Programa de Desvíos de Tráfico”. 1.11. Objetivos 1.11.1. Objetivo del Programa Ciudades Resilientes en Bolivia “El objetivo del PCR es: “Incrementar la resiliencia en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a través del fomento de las capacidades sociales de adaptación a los efectos del cambio climático y a la convivencia en ciudades, la reducción de amenazas y vulnerabilidades y mejora de la capacidad institucional y financiera”. 1.11.2. Objetivos de la Evaluación Ambiental de Sito Específico del Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste Los objetivos específicos de la Evaluación Ambiental de Sitio Específico para el proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste son: • Describir el proyecto, su área de influencia directa e indirecta del mismo y sobre la base de la definición del área, elaborar el diagnóstico ambiental. • Identificar y evaluar los impactos ambientales posibles a generados por la implementación del proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste. 8 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Diseñar las medidas de prevención y mitigación para los impactos ambientales negativos. 1.12. Alcances del Trabajo El alcance del presente trabajo, para fines metodológicos, está estructurado de la siguiente manera: • En el Capítulo 1, se describe el contexto general, los antecedentes del Programa de Ciudades Resilientes, Plan de drenaje en la ciudad Santa Cruz de la Sierra, Línea Bases de Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, los objetivos de la evaluación ambiental y el alcance de trabajo. • En el Capítulo 2, se realiza una revisión del marco normativo, administrativo e institucional para la aplicación de normas tendientes a la preservación y control del medioambiente de acuerdo a políticas nacionales, políticas específicas del GAMSC y políticas internacionales. • En el Capítulo 3, Contexto Ambiental del Proyecto, se expone la ubicación y zona de influencia del proyecto, como parte de un Plan Maestro de Drenaje para la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, estudio realizado por el mismo GAMSC a través de SMOP. • En el Capítulo 4, Descripción del Proyecto, se exponen las Características del Proyecto del Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste y sus aportantes y datos relevantes del Proyecto. • En el Capítulo 5, se presenta la Identificación, Evaluación de Impactos Ambientales y Análisis de Riesgos. • En el Capítulo 6, el Plan de Gestión Ambiental que contempla los diferentes programas como son: Programa de Protección de Recursos Naturales, de Manejo de Residuos Sólidos, Liquidos y Efluentes, Programa de Manejo de Instalaciones Auxiliares, Señalización Temporal, Salud y seguridad Ocupacional, Control de Plagas y de Desvios de trafico. • En el Capítulo 7, se desarrolla el Plan de Contingencia, que contiene su estructura organizacional, Programa de medidas de contingencias ante desastres naturales y accidentes laborales. • En el Capítulo 8, se presenta el programa de contingencia que cuenta con programas de contingencias ante desastres naturales e incidentes ambientales. • En el Capítulo 9, se desarrolla el Plan de Inversiones. CAPITULO 2 2. REVISIÓN DEL MARCO NORMATIVO, ADMINISTRATIVO E INSTITUCIONAL 2.1. Normativas nacionales e internacionales para la gestión ambiental La normativa aplicable para el proyecto Canal Emisario Octavo Anillo se relaciona con importantes sistemas y regímenes cómo: i) la Autonomía y Descentralización y ii) el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), normativas medio ambientales, manejo de los recursos naturales, que se describen en los siguientes párrafos. A nivel internacional se toman en cuenta tratados y convenios para la reducción de desastres como Marco Estratégico de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, específicamente con la Campaña 9 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Mundial Desarrollando Ciudades Resilientes2, Convención Marco de las Naciones Unidas por el Cambio Climático, entre algunos. 2.2. NORMATIVA NACIONAL 2.2.1. Constitución Política del Estado Plurinacional3 - (CPE) La CPE está basada en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien. Establece Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, para la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras, como uno de sus deberes. 2.2.2. Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien4 La Ley Nº 300 de 15 de octubre de 2012 establece los derechos del Vivir Bien a través de un desarrollo integral, que sea en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, este debe de ser realizado de manera complementaria, compatible e interdependiente con los demás derechos consignados en esta normativa legal, el cual debe de estar relacionado con la interacción entre los seres humanos y la naturaleza, dentro del marco de la Ley N° 071 de Derechos de la Madre Tierra. 2.2.3. Normativa Ambiental Nacional-Ley 1333 y D.S. 35495 El Marco Legal Ambiental Boliviano está constituido básicamente por la Ley del Medio Ambiente N° 1333 de 27 de abril 1992, sus reglamentos generales y demás reglamentos sectoriales. El Decreto Supremo 3549 de 02 de mayo de 2018 que modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental –RPCA, aprobado por el Decreto Supremo N° 28592, de 08 de diciembre de 1995, para optimizar la gestión ambiental, ajustando los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular- IRAPs y los Procedimientos Técnicos-administrativos, priorizando las funciones de Fiscalización y Control Ambiental, en el marco de la normativa ambiental vigente. El Reglamento Básico de Prevención y Control Ambiental de la Ley 1333 establece la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como el conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente. El Reglamento Básico de Preinversión aprobado por el Ministerio de Hacienda mediante Resolución Ministerial N° 115/2015 proporcionar los elementos técnicos esenciales para la elaboración del Estudio de Diseño Técnico de Preinversión. Todas las obras, actividades públicas o privadas, con carácter previo a su fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de evaluación de impacto ambiental que deberá ser 2 https://www.unisdr.org/files/43291_spanishsendaiframeworkfordisasterri.pdf 3 Gaceta Oficial de Bolivia, Constitución Política del Estado, 09 de febrero de 2009. 4 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (Ley Nº 300 15 de octubre de 2012). 5 Gaceta oficial de Bolivia, Ley del Medio Ambiente N° 1333 de 27 de abril de 1992. 10 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra realizada de acuerdo a los siguientes niveles (actualizado el art. 17 del RPCA por el Decreto Supremo 3549 de 02 de mayo de 2018): • Nivel de Categoría 1: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA) Analítico Integral. – nivel que, por el grado de incidencia de efectos en el ecosistema, deberá incluir en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de todos los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socioeconómico, cultural, jurídico- institucional, para cada uno de sus respectivos componentes ambientales, otorgándose una Declaratoria de Impacto Ambiental – DIA, previa presentación y aprobación del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental-EEIA. • Nivel de Categoría 2: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Específico. - nivel que por el grado de incidencia de efectos en algunos de los atributos de los ecosistemas considera en sus estudios el análisis detallado y la evaluación de uno o más de los factores del sistema ambiental: físico, biológico, socio-económico-cultural, jurídico-institucional; así como el análisis general del resto de los factores del sistema, otorgándose un DIA, previa presentación y aprobación del EEIA. • Nivel de Categoría 3: Programa de Prevención y Mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental. - nivel que por sus características ya estudiadas y conocidas de AOP’s permita definir acciones precisas para evitar o mitigar efectos adversos. Se lo otorgará un Certificado de Dispensación, previa presentación y aprobación del PPM- PASA. • Nivel de Categoría 4: No requiere de EEIA ni Programa de Prevención y mitigación – Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental. - Aquellas AOP’s que no están consideradas dentro de las tres categorías anteriores. Para establecer los niveles de las categorías 1, 2 y 3 de Evaluación de Impacto Ambiental –EIA se utilizará el formulario y el listado de AOP’s del ANEXO A, del D.S.3549, conforme lo siguiente: 1. El representante Legal – RL en base al listado del ANEXO “A” identificará el nivel de EIA de su AOP: 2. Una vez identificado el nivel, deberá llenar el formulario del ANEXO A que tendrá carácter de Declaratoria Jurada, mismas que deberán ser firmadas por el RL y el Consultor RENCA responsable del llenado; 3. El formulario será presentado a la AAC para fines de aprobación y registro. Para establecer el Nivel de Categoría 4 de EIA se realizará lo siguiente: 1. El RL en caso de verificar que su AOP, no se encuentra en las listas del ANEXO “A”, se considera Categoría 4 y está exento de presentar IRAPs, debiendo presentar el Formulario del Anexo “A”, con fines de registro de la AAC; 2. Las AOPs de este nivel, que estén ubicadas en áreas protegidas, deberán cumplir las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Áreas Protegidas, determinado por el SERNAP. En caso, que el RL tenga dificultad para identificar el nivel de categoría según el Anexo “A” podrá realizar la consulta ante la AAC, remitiendo la información pertinente de la AOP. La DIA es el documento emitido por la Autoridad Ambiental Competente que determina respecto a los efectos ambientales previsibles, la conveniencia o no de realizar la actividad proyectada, y los recursos naturales. La Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) corresponde a un aval ambiental del proyecto, incluye los estudios recomendaciones técnicas, programa de prevención y mitigación, Plan de Acción y Seguimiento Ambiental 11 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (PASA), normas y límites dentro de los cuales deben desarrollarse los mismos. Asimismo, constituye la referencia técnico legal para la aplicación de los procedimientos de Control de Calidad Ambiental establecidos. 2.2.4. Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente, D. S. N° 24176, 08 de diciembre de 1995.6 Este decreto supremo, engloba a los diferentes Reglamentos de la Ley del Medio Ambiente, establece la reglamentación de la Ley del Medio Ambiente comprende los siguientes seis reglamentos: ➢ Reglamento General de Gestión Ambiental (RGGA) ➢ Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA) ➢ Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica (RMCA) ➢ Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica (RMCH) ➢ Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas (RASS) 2.2.5. Ley N°755 de Gestión Integral de Residuos Sólidos de 28 de octubre de 2015 La Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos tiene por objeto establecer la política general y régimen jurídico de la Gestión Integral de Residuos, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura. El Decreto Supremo N° 2954, tiene por objeto reglamentar la Ley N°755 para su implementación. 2.2.6. Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica - Decreto Supremo Nº 24176.7 Tiene por objeto la reglamentación de la Ley del Medio Ambiente Nº 1333 del 27 de abril de 1992, en lo referente a la prevención y control de la contaminación hídrica, en el marco del desarrollo sostenible, aplicable para actividades industriales, comerciales, agropecuarias, domésticas, recreativas y otras, puedan causar contaminación de cualquier recurso hídrico. El artículo 34 a los fines del Art. 33 de la Ley, la descarga de aguas residuales a la intemperie o a cuerpos de agua estará sujeta a autorización temporal o excepcional del Prefecto, ahora Gobernador Departamento, quien deberá realizar un previo, donde establezcan si contienen: a) Gases tóxicos y olores fuertes de procedencia ajena a las aguas residuales o sustancias capaces de producirlos; b) Sustancias inflamables (gasolina, aceites, etc); c) Residuos sólidos o fangos provenientes de plantas de tratamiento y otros; d) Substancias que por su composición interfieran los procesos y operación de las plantas de tratamiento; e) Plaguicidas, fertilizantes o sustancias radioactivas. 2.2.7. Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066 de 29 de octubre de 1999.8 El artículo 1 establece que la presente Ley tiene por objeto establecer las normas que regulan la prestación y utilización de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y el marco institucional que los rige, el 6 Gaceta Oficial de Bolivia, Decreto Supremo N° 24176 del 08 de diciembre de 1995. 7 Gaceta Oficial de Bolivia, Reglamento de Contaminación Hídrica Decreto Supremo Nº 24176. 8 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066 de 29 de octubre de 1999. 12 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra procedimiento para otorgar Concesiones y Licencias para la prestación de los servicios, los derechos y obligaciones de los prestadores y usuarios, el establecimiento de los principios para fijar los Precios, Tarifas, Tasas y Cuotas, así como la determinación de infracciones y sanciones. 2.2.8. Ley de Aguas de 26 de octubre de 1906 (Reglamento de Aguas de 08 de septiembre de 1879, elevado a rango de Ley, mediante Ley de 26 de octubre de 1906). 9 En Bolivia se tiene una Ley de Dominio y Aprovechamiento de Aguas que se basa en un Decreto del 8 de septiembre de 1879 que fue elevado a rango de Ley el 28 de noviembre de 1906 y la cual ha sido casi derogada en varias partes por normas posteriores. 2.2.9. Ley Forestal No 1700.- La presente ley tiene por objeto normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país Reglamento de la Ley Forestal. En el artículo 35, la servidumbre son limitaciones legales a los derechos de uso y aprovechamiento impuestas sobre una propiedad. F) En terrenos planos: 10 m. por lado en las riberas de quebradas y arroyos de zonas no erosionables ni inundables; 20 m. por lado de las quebradas y arroyos de zonas erosionables o inundables; 50 m. por lado en las riberas de los ríos en zonas no erosionables o inundables; 100 m. por lado de las riberas de los ríos en zonas erosionables o inundables; 100 m. a la redonda en lagunas y lagos; 10 m. por lado al borde de las vías públicas, a partir del área de retiro, incluyendo las vías férreas. 2.2.10. Ley N° 530 Ley del Patrimonio Cultural Boliviano del 23 de mayo de 2014 La Ley tiene por objeto normar y definir políticas públicas que regulen la clasificación, registro, restitución, repatriación, protección, conservación, restauración, difusión, defensa, propiedad, custodia, gestión, proceso de declaratorias y salvaguardia del Patrimonio Cultural Boliviano. Establece que los proyectos de obras públicas a cargo de instituciones públicas o privadas que se pretendan ejecutar o se encuentren en ejecución en áreas de influencia directa con el Patrimonio Cultural Boliviano, tendrán un tratamiento diferenciado en función a su naturaleza y finalidad, conforme a reglamentación. 2.2.11. Resolución Ministerial Nº 82/97 del 03 de junio de 1997 Reglamento de Excavaciones Arqueológicas establece que para realizar trabajos de prospección, excavaciones y restauraciones arqueológicas se debe obtener autorización formal de la Unidad de Arqueología y Museos (UAM) del Ministerio de Culturas. Así mismo se debe comunicar a la UAM sobre las excavaciones de salvamento y descubrimientos causales. 2.2.12. Resolución Ministerial Nº 020/2018 del 18 de enero de 2018 Reglamento de Autorizaciones para Trabajos Arqueológicos en Obras Públicas y Privadas del Estado Plurinacional de Bolivia Norma el desarrollo de los trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas que afecten al patrimonio arqueológico boliviano. Obliga a la contratación de profesionales titulados en arqueología para efectuar diagnósticos arqueológicos que efectúen obras públicas. Establece las modalidades 9 Gaceta Oficial de Bolivia, Ley de Aguas de 26 de octubre de 1906. 13 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra de intervención del patrimonio arqueológico en obras públicas y privadas. Este reglamento abroga el Reglamento de autorizaciones para Actividades Arqueológicas Resolución Ministerial N° 349/2012 del 12 de julio del 2012. 2.2.13. NORMA BOLIVIANA NB 688 DISEÑO DE SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL10 Esta Norma Básica: “Diseño de Sistemas de Alcantarillado Sanitario y Pluvial”, actualizada en base a los nuevos requerimientos del sector y los avances tecnológicos desarrollados en Bolivia en los últimos años. Su objetivo es regir el diseño y consecuentemente la construcción de los sistemas de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales, para mejorar las condiciones de vida del ciudadano boliviano. La NB 688 es de cumplimiento obligatorio y aplicable para las diferentes etapas de implementación de proyectos de recolección y evacuación de aguas residuales y pluviales. 2.3. NORMATIVA MUNICIPAL 2.3.1. Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, 9 de enero de 2014 La Ley 482 tiene por objeto regular la estructura organizativa y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales, de manera supletoria hasta que el municipio de Santa Cruz de la Sierra tenga aprobada su carta orgánica; en esta ley no se especifican literalmente normativa ambiental, pero si están incluidas dentro de competencias que son integrales que permiten contar con políticas y/o acciones para la preservación, conservación del medio ambiente, elaboración del Planes, programas y proyectos para mejorar la ciudad. 2.3.2. PLOT - Plan De Ordenamiento Urbano y Territorial. Ord. Mun. No 078/05 El Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial permite la formulación del Ordenamiento Territorial y urbano a corto, mediano y largo plazo, delimita áreas, zonifica la ciudad, determina planes especiales, y formula los sistemas como drenaje, alcantarillado, ambiental, etc. 2.3.3. Ordenanza Municipal 150/2009.- Se declara Bosque de Protección, el área congruente al curso del agua de la cuenca del Río Piraí, en la Jurisdicción del Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra, el cual a partir de la fecha se constituye en el Parque de Protección Ecológica del Río Piraí del Municipio de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y queda delimitado por coordenadas (Art. 1º del O.M. 150/09). 2.3.4. Resolución Administrativa ABT No 171/2012 La autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosque y Tierra, en el Art. 1 establece que en la Tierra de Protección del Rio Pirai, los Gobiernos Municipales en todo el territorio boliviano, deberán establecer como principio precautorio restricción absoluta de todo tipo de actividades contrarias al uso dentro de las tierras de proteccion que corresponden a su respectiva jurisdicción. 10 NB 688 DISEÑO DE SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL 14 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.3.5. Resolución Administrativa ABT No 199/2012 La autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosque y Tierra, mediante esta resolución en su Art. N°1 declara INMOBILIZADO EL BOSQUE DE PROTECCIÓN DENOMINADO PARQUE ECOLOGICO METROPOLITANO PIRAI, que comprenden los municipios de Santa Cruz, Montero, Warnes, la Guardia y el Torno, prohibiéndose la realización de desmontes y/o asentamientos humanos cuya contravención dará lugar de acciones legales conforme a Ley. 2.4. Revisión del Marco de Gestión Ambiental según la norma boliviana 2.4.1. Licencia Ambiental del Proyecto. El CANAL DE DRENAJE EMISARIO OCTAVO ANILLO SUROESTE, esta dividido técnicamente en 5 tramos de los cuales los tramos 1, 2, 3 y 4 cuentan con Licencia Ambiental Categoría 3 con el N° 070101-12-CD3-FA 004/18- 244-2018, otorgada por la Autoridad Ambiental Competente Departamental. El Certificado de dispensación (CD-3), fue otorgado en virtud del inciso b) del art. 7 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental, conjuntamente con las Medidas de Mitigación y el Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PMM-PASA) aprobados se constituyen en partes indisolubles y vinculantes de la Licencia Ambiental otorgada en fecha 13 de septiembre del año 2018 y tiene una vigencia de 10 años. (Anexo 3: CD 3, PPM-PASA y documentos ambientales de los tramos 1 al 4). El tramo N° 5, tiene Licencia Ambiental N° 07010-12-CD3-047-2012, debiendo actualizarse por: la modificación de la sección del canal en este tramo y por su vencimiento. Actualmente, esta en proceso de actualización, la licencia ambiental para el tramo N° 5, de acuerdo al oficio externo N° 050/2018 de la Direccion de Proyectos / SMOP recepcionada en fecha 25/10/18 por la Secretaria Departamental de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz. (Anexo 4: Licencia Ambiental y solicitud de actualización del Tramo 5). La licencia ambiental junto los documentos ambientales aprobados: Plan de Prevención y Mitigación (PPM) y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PASA) se constituirán en la referencia técnico legal para la realización de los procedimientos de Control Ambiental conforme a lo establecido en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental y sus Decretos Supremos modificatorios. En la FIGURA N° 5: CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE QUE TIENE LICENCIA AMBIENTAL ACTUALIZADA, se muestra gráficamente el estado de licenciamiento del Canal Emisario Octavo Anillo, cabe resaltar que el tramo N° 5 pasa por un área protegida denominada Parque Ecológico Metropolitano Rio Piraí declarado con la Ley N° 2913 y también ha sido declarado área protegida municipal con la O.M. 150/2009 como “Parque de Protección Ecológica Rio Piraí” para lo cual la intervención debe ser mínima en cumplimiento de las normativas y leyes nacionales y municipales. Se recomienda tomar las medidas necesarias para reducir al mínimo el impacto negativo que pudiera producir el ampliar la vía de tierra existente, o mejor aún trabajar sobre el camino existente, en lo que corresponde al área protegida del Río Piraí, respetando el ecosistema con su flora y fauna allí presentes. 15 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 5: CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE QUE TIENE LICENCIA AMBIENTAL ACTUALIZADA Fuente: Elaboración propia en base al plano proporcionado por la Dirección de Fiscalización de Drenaje de SMOP. En tal sentido es mejor aplicar una medida preventiva al realizar ajuste al diseño vial y a la sección en ese tramo considerando la zona de influencia del proyecto (transmisión de energía, tuberías de YPFB, canal existente y otros descritos en el punto 5 de las definiciones en el Anexo A de la OP 4.01 de la Evaluación Ambiental). • Acciones para el cumplimiento de la actualización de la licencia ambiental y los requerimientos ambientales Conforme a lo establecido en la normativa ambiental vigente, antes del inicio de obras del proyecto Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste, el titular de la licencia ambiental, en este caso la Secretaría Municipal de Obras Públicas del Gobierno Autonomo Municipal de Santa Cruz-GAMSC, como ejecutora del proyecto, deberá informar a la Autoridad Ambiental Competente Departamental (AACD) sobre el inicio de obras e implementar las medidas de mitigación comprometidas en los documentos de la licencia ambiental. La Unidad Ejecutora del Programa (UEP) en los documentos de la licitación especificará que la empresa contratista deberá cumplir con la implementación de las medidas establecidas en las licencias ambientales, PPM PASA y con las medidas establecidas en la Evaluacion Ambiental de Sitio Específico (EASE) y su Plan de Gestión Ambiental para el cumplimiento de las salvaguardas ambientales del Banco Mundial. El titular de la licencia ambiental (GAMSC), deberá presentar los Informes de Monitoreo Ambiental (IMAs) requeridos por la Autoridad Ambiental que le otorgó la licencia ambiental y los establecidos en la normativa ambiental vigente durante todas las etapas del proyecto. La UEP dependiente del Gobierno Autonomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, como implementador del proyecto, deberá realizar la licitación para las obras a ejecutarse, estableciendo en el Documento Base de Contratación el cumplimiento por parte de la empresa contratista de los compromisos ambientales para la fase de ejecución del proyecto establecidos en el PPM-PASA y la licencia ambiental y sus documentos, así como los programas del Plan de Gestión Ambiental de la EASE. El titular de la licencia ambiental, independientemente de quien esté implementando las medidas de mitigación y en qué fase se encuentre, es el responsable ante la AACD que le otorgó la licencia ambiental de elaborar y enviar informes de monitoreo ambiental (IMAs) para mostrar la efectividad de las medidas de mitigación implementadas. Estos informes se los debe enviar de acuerdo a lo establecido en la normativa 16 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ambiental vigente y debe contener información que permita a la autoridad ambiental realizar el seguimiento correspondiente. Para ello, en la etapa de construcción (ejecución), la empresa contratista deberá presentar el Informe de Monitoreo Ambiental a la Unidad Ejecutora del Programa, para que posteriormente se remita a la Autoridad Ambiental Competente Departamental (AACD). A su vez, cuando se concluya la etapa de ejecución del proyecto, la empresa contratista deberá elaborar un informe sobre las condiciones ambientales en las que se están entregando las áreas de emplazamiento del proyecto luego de la construcción de las obras. Por otra parte, al finalizar la etapa de ejecución, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz será el responsable directo de las etapas de operación y mantenimiento, debiendo asignar presupuesto para las actividades y acciones que se vayan a desarrollar. 2.5. Políticas de Salvaguardas Ambientales del Banco Mundial A continuación, se presenta las políticas de salvaguardas que se activaron para el proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste: 2.5.1. Evaluación Ambiental (OP 4.01) El documento OP 4.01. Manual de Operaciones del Banco Mundial de enero de 1999, contiene las políticas operacionales en materia de Evaluación Ambiental (EA). El Banco Mundial exige que todos los proyectos propuestos para obtener financiamiento se sometan a una Evaluación Ambiental, con el fin de garantizar su solidez y sostenibilidad ambiental, y mejorar así el proceso de toma de decisiones. - Categorización de los Proyectos según la OP 4.01 El Banco Mundial, en su documento de políticas operacionales clasifica los proyectos de acuerdo a lo definido en las directivas operacionales en cuatro categorías según el tipo, sensibilidad y escala del proyecto, así como la naturaleza y magnitud de sus posibles impactos: - Categoría A: Un proyecto propuesto se clasifica en Categoría A, si es probable que tenga importantes impactos ambientales negativos que sean de índole delicada, diversa o sin precedentes. Estas repercusiones pueden afectar una zona más amplia que la de los emplazamientos o instalaciones en los que se realizan las obras físicas. Los proyectos clasificados en esta categoría no son elegibles por el Banco para financiamiento. - Categoría B: Un proyecto se clasifica en Categoría B, si sus posibles repercusiones ambientales en las poblaciones humanas o en zonas de importancia ecológica –entre las que se incluyen humedales, bosques, pastizales, y otros hábitats naturales– son menos adversas que aquellas de los proyectos de Categoría A. Estos impactos son específicos en función del lugar, prácticamente ninguno es irreversible, y en la mayoría de los casos pueden adoptarse medidas de mitigación con mayor facilidad que los proyectos Categoría A. - Categoría C: Un proyecto propuesto se califica en categoría C, si es probable que tenga impactos ambientales adversos mínimos o nulos. - Categoría IF: Un proyecto propuesto se clasifica en “categoría IF” si implica la inversión de fondos del banco a través de un intermediario financiero en proyectos que pueden tener repercusiones ambientales adversas. Para el caso del Programa Ciudades Resilientes – PCR, este ha sido clasificado dentro la Categoría B, bajo la OP/BP 4.01. Esta clasificación se basa en la naturaleza temporal y no significativa de la mayoría de los impactos adversos previstos. El Programa financiará obras de infraestructura de mediana a pequeña escala 17 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra con impactos ambientales y sociales potenciales de corto plazo, no significativos y que pueden prevenirse o mitigarse fácilmente con medidas de mitigación estándar. En este sentido, para el Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, a través del presente Estudio Ambiental se garantiza el cumplimiento de esta política. 2.5.2. Hábitats Naturales (OP 4.04) La conservación de hábitats naturales es esencial para el desarrollo sostenible a largo plazo, aplicando un criterio preventivo con respecto al manejo de los recursos naturales. En este sentido, el Banco respalda la protección, mantenimiento y rehabilitación de hábitats naturales y sus funciones, especialmente de hábitats naturales degradados y críticos. El Banco Mundial propicia que los proyectos consideren los puntos de vista, las funciones y los derechos de los grupos involucrados, incluidas las organizaciones no gubernamentales y las comunidades locales, especialmente si son poblaciones indígenas. Si los grupos involucrados se ven afectados por algún proyecto y están relacionados con hábitats naturales, se debe promover su participación en la planificación, diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de dichos proyectos. El Banco alienta a las instituciones gubernamentales a facilitar la debida información y los incentivos adecuados para proteger sus hábitats naturales. Adicionalmente, la Legislación Boliviana cubre la eventualidad de que un proyecto se localice dentro de áreas naturales protegidas. Debido a que el Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste tendrá intevenciones menores en el Parque de Protección Ecologica Rio Pirai, que es un área protegida según la O.M. N° 150/2009 y cuenta con un bosque ecológico, se ha activado esta política. El presente estudio ambiental presenta la identificación de impactos y medidas de mitigación para aseguar que no habrá una afectación a la flora y/o fauna del Bosque Ecologico de Proteccion del Rio Pirai. 2.5.3. Recursos Culturales Físicos (OP 4.11) El propósito de esta política operacional es asegurar que el patrimonio cultural sea identificado y protegido a través de las leyes nacionales para su protección y que se tenga la capacidad de identificar y proteger el mismo. En este sentido, con fines preventivos se ha determinado activar la presente salvaguarda, debido que durante la ejecución del proyecto podrían encontrarse hallazgos con valor cultural. A continuación, se presenta el procedimiento para realizar una evaluación, rescate y documentación en caso de hallazgo fortuito en terreno. 2.5.3.1. Protocolo para hallazgos arqueológicos fortuitos El Protocolo para Hallazgos Fortuitos es un procedimiento que debe ser aplicado cuando –durante la implementación de las obras- se identifique alguna evidencia arqueológica sub-superficial. Es importante implementar las actividades con celeridad, por lo cual es importante seguir los pasos que se detallan a continuación: PASO 1: Identificación del hallazgo, este hecho implica que durante los movimientos de suelos se identifique algún rasgo cultural sub-superficial. Puede tratarse de material arqueológico (cerámica, líticos, huesos, etc.) o de estratos orgánicos y/o antropogénicos. En cuanto ocurra ese hecho se deben paralizar las actividades constructivas. 18 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PASO 2: Notificación del hallazgo, la identificación de cualquier resto cultural debe ser notificada inmediatamente a la Supervisión del Proyecto, para coordinar las acciones que correspondan. PASO 3: Instalación de precinto de seguridad, mientras se definen las acciones a implementar es importante precintar el área donde ocurrió el hallazgo. PASO 4: Movilización de especialistas para evaluar el área del hallazgo y definir las acciones pertinentes a su intervención para la liberación correspondiente. Por esa razón, es importante que la autorización que se tenga autorice monitoreo y rescate arqueológico, consistente en la excavación de unidades de sondeo y unidades extensivas como parte del proceso de liberación arqueológica. PASO 5: Rescate arqueológico, una vez definida la forma de intervención se procederá a su implementación. En ese sentido, se pueden hacer colecciones de material, excavaciones de sondeo, limpieza de perfiles, excavaciones de rescate, etc. Todo ello deberá realizarse estimando tiempos adecuados para liberar las áreas de la forma más efectiva y rápida. PASO 6: Limpieza, análisis e inventario del material arqueológico rescatado, todos los restos y materiales procedentes de los trabajos arqueológicos implementados deben ser limpiados y analizados, de acuerdo a metodología definida previamente. Posteriormente se elaborará un inventario de los mismos, teniendo la empresa contratista la custodia parcial, para su posterior entrega a los municipios que corresponda. PASO 7: Elaboración de informe, aparte de los informes periódicos de monitoreo deberán elaborarse informes técnicos y específicos de los procesos de rescate arqueológico. Todos los documentos relacionados a estos temas deben ser aprobados por la Supervisión del proyecto, para su presentación a las autoridades competentes. FIGURA N° 6: PROCEDIMIENTO ANTE HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS FORTUITOS 19 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.5.4. Bosques (OP 4.36) La Política de Bosques tiene mucho traslape y las mismas exigencias que la Política de Hábitats Naturales OP 4.04. La Política de Bosques tiene requisitos adicionales para proyectos forestales, específicamente con (i) aprovechamiento de la madera de bosques naturales o (ii) establecimiento y manejo de plantaciones forestales. El cumplimiento de la OP 4.04 implica también el cumplimiento con la OP 4.36, a menos que el proyecto tenga apoyo para aprovechamiento maderero de bosques naturales o plantaciones forestales, opciones que no están previstas por el Programa. Se activa esta política debido a que el último tramo del Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste atraviesa el área del Parque de Protección Ecologica Río Piraí que cuenta con vegetación natural como bosque alto con diferentes especies de gran valor ambiental y comercial, por lo que se cuenta con un “Programa de Protección de Recursos Naturales” 2.5.5. Control de Plagas (OP 4.09) El Banco apoya una estrategia que promueve el uso de métodos de manejo integrado, como el control biológico o métodos ecológicos, prácticas de cultivo y uso de variedades agrícolas que resistan o toleren las plagas y reducir la dependencia de pesticidas químicos sintéticos para controlar las plagas que afectan la agricultura o la salud pública. Esta salvaguarda entrega criterios para la selección y uso de pesticidas y exige que éstos estén en conformidad con las normas de la OMS y la FAO. Se activó esta política ya que se podría requerir de pesticidas para el control de plagas (como ser roedores) o con el agua estancada en el canal de drenaje habrá presencia de vectores durante la ejecución del proyecto. La presente EASE considerará medidas y equipamiento de seguridad para el programa de control de plagas. 2.6. Marco Institucional -Autoridades competentes La Autoridad Ambiental Competente a nivel nacional es el Viceministro(a) de Medio Ambiente Biodiversidad Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal a nivel nacional, conforme a la Resolución Suprema 3549 de 02 de mayo de 2018. A nivel departamental es el Gobernador, a través de la instancia de su dependencia (Secretaría Departamental de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente) es la autoridad ambiental competente siendo la instancia responsable de la gestión ambiental a nivel departamental y de la aplicación de la política ambiental nacional. 2.7. Capacidades institucionales de las instancias ejecutoras del proyecto Las instancias ejecutoras del proyecto serán el: o La Unidad Ejecutora del Programa (UEP) Ciudades Resilientes en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, será la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas y la ejecutora del Proyecto será la Secretaría Municipal de Obras Públicas (SMOP). o La SMOP, deberá dar cumplimiento con los compromisos ambientales del PPM-PASA y las licencias ambientales, así como con los compromisos del Plan de Gestión Ambiental de la presente EASE. o El Especialista Ambiental de la SMOP es el encargado de realizar la gestión ambiental del proyecto en función del organigrama establecido para el Programa de Ciudades Resilientes, a continuación, se describen las funciones y responsabilidades de los actores. 20 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.8. Funciones y responsabilidades de los actores a) Del Contratista. La empresa contratista contratada por la UEP, será responsable de tener un Técnico Ambiental a tiempo completo durante las actividades de ejecución y cierre del proyecto. La empresa contratista es responsable de la implementación de las medidas de mitigación establecidas en la(s) licencia(s) y de la implementación del plan de gestión ambiental de la presente EASE en cumplimiento con las salvaguardas ambientales del Banco Mundial. b) Del Supervisor. – La empresa contratada por la UEP para la supervisión, através de su técnico ambiental, velará por que el contratista realice la adecuada implementación de los ítems de obra y planes de gestión ambiental, proponiendo medidas correctivas en el caso que el proyecto así lo requiera y garantizando el cumplimiento de los compromisos ambientales aprobados en la licencia ambiental y los planes de la EASE. c) Fiscal. – La fiscalización ambiental estará a cargo del Especialista Ambiental de la SMOP, quien verificará la buena ejecución de las obras y la correcta implementación de las salvaguardas ambientales del Programa y de los compromisos de las licencias ambientales. d) Secretaría Municipal Ejecutora del Proyecto. - Es la Secretaría Municipal de Obras Públicas – SMOP como ejecutora del proyecto, esta dependencia contará con un Especialista Ambiental que tendrá las siguientes funciones: o Revisar y dar conformidad a los informes mensuales de cumplimiento ambiental presentados por la empresa contratista, al respecto deberá informar al Responsable Ambiental de la UEP sobre el cumplimiento de las acciones establecidas en la presente EASE, durante la etapa de ejecución y cierre del proyecto. o Coordinar con el titular de la Licencia Ambiental la presentación del informe del inicio de obras asi como la presentación de Informes de Monitoreo Ambiental de las licencias ambientales y otros que sean requeridos por la Autoridad Ambiental Competente Departamental. o Verificar el cumplimiento de las actividades y medidas contenidas en la presente EASE. o Verificar que los Informes de Monitoreo Ambiental (IMAs) para la Autoridad Ambiental Competente Departamental sean presentados por el titular de la licencia ambiental en base a los informes de la supervisión. o Coordinar con la empresa contratista la ejecución segura y correcta de los trabajos a fin de minimizar los impactos sobre el medio ambiente. o Hacer un seguimiento exhaustivo, a las actividades del proyecto del Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste a fin de identificar impactos no previstos en la presente EASE e implementar las medidas necesarias para evitarlos, mitigarlos y controlarlos. o Seguir los conductos regulares necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 21 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 7: FLUJOGRAMA DE ACTORES INVOLUCRADOS SMAF (Unidad Ejecutora del Programa) SMOP (Ejecutora del Proyecto) Fiscal de Obra Empresa Contratista Empresa Supervisora Fiscal Ambiental Fuente: Elaboración propia FIGURA N° 8: FLUJOGRAMA DE LA CONTRATISTA Director de Obra Ténico Ambiental Residente de Obra Frente N° 2 Frente N° 3 Frentes N°1 traba Fuente: Elaboración propia FIGURA N° 9: FLUJOGRAMA DE LA SUPERVISIÓN Gerente de Supervisión Supervisor Ambiental Supervisor de Obra Agrimensor Fuente: Elaboración propia 22 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.9. Gestión Ambiental del proyecto Para la implementación de una adecuada gestión ambiental de los proyectos del Programa de Ciudades Resilientes será necesario fortalecer las instancias involucradas a fin de que cuenten con capacidades para el cumplimiento de la normativa ambiental y de las salvaguardas ambientales del Banco Mundial, cumpliendo con los compromisos asumidos con las licencias ambientales y la Evaluación Ambiental de Sitio Especifico (EASE): • La Unidad Ejecutora del Proyecto deberá realizar la licitación de las obras a ejecutarse, estableciendo en el Documento Base de Contratación el cumplimiento por parte de la empresa contratista de los planes ambientales para la fase de ejecución del proyecto establecidos en el PPM-PASA y las licencias ambientales otorgada por la AACD y en la EASE, así como la obtención de los permisos necesarios para disposición de residuos sólidos, escombros, desbroce de vegetación y otros necesarios. • La SMOP como titular de la licencia ambiental deberá informar a la AACD el inicio de obras. • En la etapa de construcción la empresa contratista que se adjudique las obras deberá implementar las medidas de mitigación de las licencias ambientales otorgadas por la AACD, y de esta Evaluación Ambiental de Sitio Especifico, así como la obtención de los permisos necesarios para disposición de residuos sólidos, escombros y otros necesarios, bajo el seguimiento de la supervisión y el fiscal. • La empresa contratista en base a los documentos ambientales del proyecto (PPM-PASA) y la Evaluación Ambiental de Sitio Especifico (EASE) deberá cumplir los programas del plan de gestión ambiental. La implementación de estos programas será controlada por la supervisión de obra y el fiscal. • En la etapa de construcción, la Secretaria Municipal de Obras Publicas como encargada de la Ejecución del Proyecto deberá velar por el cumplimiento del EASE, presentación de informes de acuerdo a los compromisos de las licencias ambientales, además de enviar informes de cumplimiento al responsable ambiental de la UEP de forma mensual. • La UEP en base a los informes de cumplimiento emitidos por la SMOP, elaborará el reporte del cumplimiento de las Salvaguardas Ambientales al Banco Mundial semestralmente. CAPITULO 3 3. CONTEXTO AMBIENTAL DEL PROYECTO 3.1. Extensión Territorial El municipio de Santa Cruz de la Sierra está dividido en distritos urbanos y rurales, haciendo una extensión aprox. de 140.471 hectáreas de las cuales el Radio Urbano corresponde a 38.475 hectáreas, según la Resolución Suprema Nº 221842 del 27 de junio de 2003 Homologando la Ordenanza Municipal Nº 69/95 de 17 de noviembre de 1995, que aprueba el Plan Director de Santa Cruz de la Sierra. 3.2. Límite del Área de Influencia del subcomponente canal emisario octavo anillo. El Canal Emisario 8vo Anillo Sur – Oeste, está ubicado al Sur - Oeste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, más específicamente en el Distrito Municipal Urbano N° 10. El D-10 está ubicado fuera del Cuarto Anillo, en el sector Poniente de la ciudad. Iniciado como un asentamiento con el nombre de Villa Víctor Paz Estensoro, en 1953, las tierras fueron dotadas por la Reforma Agraria, estaba alejado de la ciudad sobre la carretera a Cochabamba, su nombre actual indica que los terrenos eran bajos. El crecimiento de la ciudad y de El Bajío (Distrito N° 10) hacen que se lo incorpore como área urbana de la ciudad de Santa Cruz, en el Plano Director 1978. Actualmente algunas urbanizaciones y condominios cerrados se ubican en las unidades vecinales próximas al Cuarto Anillo. Sin embargo, las actividades 23 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra predominantes están relacionadas con el transporte pesado interdepartamental e internacional y los servicios petroleros. El área de influencia del proyecto, son los barrios que directamente evacuarán las aguas de lluvia al canal de drenaje y comprenden 6 Unidades Vecinales: 191, 190, 189, 189-A, 300 y 301. Según los datos del Censo de Población y Vivienda 2012, del Instituto Nacional de Estadística, la población directamente beneficiaria con la Construcción del Canal de Drenaje Pluvial en el Municipio de Santa Cruz en las Unidades Vecinales citadas alcanza a 14.683 personas, de las cuales 7.392 son hombres (50,34%) y 7.291 son mujeres (49,66%). Como beneficiarios indirectos se determinó en el área urbana de Santa Cruz de la Sierra a 4.430 habitantes, haciendo una población beneficiaria en el municipio de 19.113 personas. FIGURA N° 10: DISTRITO MUNICIPAL URBANO N°10 CUADRO N° 1: DATOS GENERALES DEL DISTRITO N° 10 Limites: • Al Norte con el Distrito Municipal N° 4 • Al Sur con el Municipio de La Guardia • Al Oeste con el Río Pirai • Al Este con el Distrito Municipal N° 9 Extensión: 3.332,53 hectáreas Estratos: Medios y Pobres Fuente: PLOT- Plan de Ordenamiento Urbano Territorial. O.M. N° 078/2005. 24 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.3. Clima 3.3.1. Temperatura La temperatura promedio anual registrada para el Municipio de Santa Cruz de la Sierra varía entre 24 ºC y 31ºC, con temperaturas máximas extremas que alcanzan los 38 ºC hasta 40 ºC por los meses de noviembre, diciembre y temperaturas mínimas extremas de 1 ºC registradas en el mes de junio. CUADRO N° 2: TEMPERATURAS PROMEDIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA TEMPERATURA ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ANUAL TEMPERATURA MAXIMA 38,1 37,8 39,3 38 34 32,2 32 35 36,4 38,4 40,3 38,4 40,8 ABSOLUTA (°C) TEMPERATURA MAXIMA 30,2 30,5 29,5 27,7 24,9 23,1 23,9 27,7 29,4 29,8 30,7 31,4 28,2 MEDIA (°C) TEMPERATURA MEDIA (°C) 26,8 26,6 26,2 24,7 22,8 20,4 21,1 23 25,2 25,4 27,1 27 24,8 TEMPERATURA MINIMA 21,3 21,3 20,5 18,9 16,5 15,4 14,8 16,3 18,7 19,8 20,3 20,9 18,7 MEDIA (°C) TEMPERATURA MINIMA 11,6 6,5 5 9,9 4 1 0 2,5 5,6 11,9 7,8 14 0 ABSOLUTA (°C) Fuente: PTDI, con Datos De Deutscher Wetterdienst 3.3.2. Precipitación Las precipitaciones anuales en el Municipio de Santa Cruz de la Sierra, alcanzan una media aproximada de 1.321mm, registrándose una máxima promedio de 203 mm y una mínima promedio de 37 mm. Los meses de mayor precipitación son noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo; y los meses donde se registra menor precipitación son junio, julio y agosto que presentan las temperaturas más bajas del año. Este volumen de lluvia tiene una distribución muy irregular tanto en el año como en el tiempo, donde se presentan años lluviosos y años secos; el período lluvioso se extiende de noviembre a abril, en el resto del año solamente se presentan lluvias esporádicas, cuando asoman los vientos del sur (surazos). La humedad relativa media varía entre 64 y 79%. CUADRO N° 3: PRECIPITACIONES PLUVIALES PROMEDIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ANUAL PRECIPITACION TOTAL (mm) 203 134 118 118 84 73 61 37 58 108 143 185 1321 DIAS DE PRECIPITACIONES 14 11,1 12,7 9,4 11,4 8,6 6,1 4 5,6 7,4 9,4 11,9 111,8 (< 1,0 mm) HUMEDAD RELATIVA (%) 79 79 79 78 79 78 73 65 64 67 72 77 74 Fuente: PTDI, con Datos de Deutscher Wetterdienst 3.3.3. Vientos y calidad del Aire La ciudad de Santa Cruz de la Sierra, presenta vientos predominantemente del norte y sur alcanzando velocidad entre 30 y más de 80 Km/h. Las razones que causaron, estos vientos, se deben al descenso de temperaturas generando grandes ráfagas de viento, provocando desastre natural, pérdidas humanas y pérdidas materiales, estos casos suceden con mayor frecuencia dentro de la ciudad provocando caídas de árboles, bardas o muros, letreros publicitarios, etc. 25 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra La Red MONICA realiza monitoreos de la Calidad del Aire, de la concentración de los contaminantes atmosféricos para determinar si estos superan los límites permisibles establecidos en la normativa ambiental vigente y en las normas de referencia que establece la Organización Mundial de la Salud. Los parámetros principales que se monitorean son Dióxido de Nitrógeno, Ozono y Partículas Menores a 10 Micras, denominados contaminantes criterio, los cuales indican la calidad de aire que se respira en la ciudad. La Red cuenta con mediciones realizadas desde el año 2004 hasta el 2015, donde se evidencian que los valores para Dióxido de Nitrógeno y Ozono no superan los limite permisibles (GAMSC, 2016). 3.3.4. Heladas Dada la ubicación geográfica y el tipo de clima cálido tropical, en el Municipio de Santa Cruz de la Sierra no se produce este fenómeno climático. En los meses de invierno se registran corrientes frías polares (surazos). 3.3.5. Sequia Este fenómeno climático puede darse en los meses de invierno donde las precipitaciones son menores, extendiéndose a los meses de agosto a octubre, inclusive algunas veces en noviembre y diciembre. 3.4. Hidrografía El agua es un recurso natural limitado, indispensable para la vida, fácilmente vulnerable y susceptible de usos sucesivos. “Se trata de un recurso que debe estar disponible no sólo en la cantidad necesaria sino también con la calidad precisa.” (Preámbulo de la Ley de Aguas de 1985). 3.4.1. Cuencas El continente sudamericano está constituido por 10 Regiones o Unidades Hidrográficas, de las cuales las Región Hidrográfica 0, Región Hidrográficas Amazonas (4) y la Región Hidrográficas de la Plata (8), tiene parte de su territorio en Bolivia. 3.4.1.1. Cuencas Mayores en el Departamento de Santa Cruz FIGURA N° 11: UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ Fuente: PTDI, Con Datos de Delimitación y Codificación de Las Unidades Hidrográficas del Departamento de Santa Cruz 26 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El Municipio de Santa Cruz de la Sierra está entre dos cuencas interdepartamentales: la del Río Piraí y la del Río Grande del sistema hídrico del Amazonas. CUADRO N° 4: SUPERFICIE POR UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ. UNIDADES UNIDADES CUENCA CUENCAS SUPERFICIE N° HIDROGRÁFICAS HIDROGRÁFICAS INTERDEPARTAMENTALES INTERDEPARTAMENTALES (HECTÁREAS) INTERMEDIAS MENORES – NIVEL 4 1 RÍO PIRAÍ 9 58 26.313,35 2 RÍO GRANDE 11 101 112.936,27 TOTAL 20 159 139.249,62 Fuente: PTDI, Con Datos De Delimitación y Codificación de Las Unidades Hidrográficas del Departamento De Santa Cruz. – SEARPI, 2011. a) Sub Cuenca del Rio Piraí La Unidad Hidrográfica Río Piraí forma parte del sistema hídrico del Amazonas tiene una superficie total de 13.511,36 km² es parte de las 16 cuencas que forman la hidrografía del departamento de Santa Cruz y representa el 3,71 % de la superficie total del mismo, las alturas varían desde 2.627 m.s.n.m en zona de la cabecera en la Provincia Florida hasta los 193 m.s.n.m. al norte de las Provincias Obispo Santisteban, Sara e Ichilo. El río Piraí tiene una longitud de 411,14 Km. Esta Unidad Hidrográfica tiene 9 cuencas intermedias y 58 cuencas menores. CUADRO N° 5: RESUMEN DE LAS SUPERFICIES POR UNIDADES HIDROGRÁFICAS DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ CUENCAS SUBCUENCAS SUPERFICIE CUENCA N° INTERMUNICIPAL – INTERDEPARTAMENTALES MUNICIPALES (HECTÁREAS) NIVEL 4 1 CHANE 13.280,39 2 RÍO PIRAÍ PIRAÍ BAJA 13.032,96 3 RÍO GRANDE BAJA 58.987,56 4 RÍO GRANDE RÍO GRANDE ALTA 53.948,7 TOTAL 139.249,61 Fuente: PTDI, Con Datos De Delimitación y Codificación de Las Unidades Hidrográficas del Departamento De Santa Cruz. – SEARPI, 2011. b) Cuencas Menores La determinación espacial de las cuencas menores al interior del Municipio de Santa Cruz de la Sierra se la realizó mediante el análisis de cartas topográficas del Instituto Geográfico Militar, imágenes satelitales, teniendo como base el documento de Delimitación y Codificación de las Unidades Hidrográficas del Dpto. de Santa Cruz – 2011, elaborado por el Servicio de Encauzamiento de Aguas y Regularización del Río Piraí (SEARPI) y utilizando como herramientas Software ArcGis 10.1. De acuerdo con la Delimitación y Codificación de Unidades Hidrográficas del Departamento de Santa Cruz y como se detalla anteriormente el Municipio de Santa Cruz de la Sierra está comprendido por 2 Cuencas 27 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Interdepartamentales (Rio Piraí y Rio Grande), que su vez están conformadas por 4 Subcuencas Municipales (Chane, Piraí Baja, Rio Grande A y Rio Grande B), las cuales se subdividen en 11 microcuencas (Chuchío, Los Sauces, Colorado, Pirai Medio, Poza Larga, Calderón, Piraí A, El Sauce, Q. Cotoca, Churia, Río Grande B). CUADRO N° 6: SUPERFICIES POR UNIDADES HIDROGRAFICAS DEL MUNICIPIO CUENCAS SUBCUENCAS SUPERFICIE MICROCUENCAS MICRO CUENCAS INTERDEPARTAMENTALES MUNICIPALES (HECTÁREAS) UH 30509 CHUCHIO 256,813 UH 30508 LOS SAUCES 12988,749 RIO CHANE PIRAÍ UH 30506 COLORADO 34,830 PIRAI BAJA UH 30602 PIRAI MEDIO 13032,956 UH 40504 POZA LARGA 1265,462 RIO GRANDE A UH 40502 CALDERON 51586,231 UH 40501 PIRAI A 6135,869 RIO GRANDE UH 40413 EL SAUCE 11632,542 UH 40412 Q. COTOCA 14813,118 RIO GRANDE B UH 40411 CHURIA 25155,276 UH 40409 RIO GRANDE B 2347,768 TOTAL 139.249,62 Fuente: PTDI, Con Datos De Delimitación y Codificación de Las Unidades Hidrográficas del Departamento De Santa Cruz. – SEARPI, 2011 3.4.2. Red Hidrográfica En la jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra existen 16 redes hidrológicas ubicadas en diferentes microcuencas. CUADRO N° 7: SUPERFICIES HIDROGRÁFICAS N° CUENCAS NOMBRE LONGITUD 1 RÍO PIRAÍ 23.650,77 2 ARROYO PERO VÉLEZ 6.729,16 CUENCA DEL RÍO PIRAÍ 3 ARROYO LOS SAUCES 12.617,55 4 CANAL ISUTO 3.487.30 2.062,40 5 QUEBRADA CALLEJAS 6 QUEBRADA EL TOCO 8.511,62 7 ÁREA INUNDACIÓN 3.938,89 8 QUEBRADA EL SAUCE 15.264,57 25.476,06 9 QUEBRADA CHORÉ CHORÉ 10 QUEBRADA CALDERÓN 14.620,20 11 CUENCA DEL RÍO GRANDE QUEBRADA HONDA 7.179,32 12 QUEBRADA CARACORÉ 1.141,84 13 QUEBRADA CHURIA 1.4097,15 14 QUEBRADA MECO 7.635,81 17.673,17 15 RÍO PANTANO 44.507,18 16 RIO GRANDE O GUAPAY Fuente: PTDI, Con Datos De Delimitación y Codificación de Las Unidades Hidrográficas del Departamento De Santa Cruz. – SEARPI, 2011. 28 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.4.2.1. Río Piraí Se encuentra en la zona oeste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, se inicia en el kilómetro 12 en los límites con el municipio de La Guardia y finaliza en el kilómetro 15 al norte, en los límites con el Municipio de Warnes, tiene una longitud de 411,14 Km, con un caudal máximo de 4970 m3/s en la parte de Santa Cruz. Originalmente en esta zona la vegetación natural era bosque alto, con muchas especies de gran valor comercial, pero actualmente ha sufrido una degradación significativa por la explotación selectiva de esas especies. A lo largo de su recorrido el río Piraí atraviesa las Provincias cruceñas de Florida, Andrés Ibáñez y sirve de límite entre las Provincias de Warnes, Obispo Santiesteban y Sara aguas abajo. Este río escurre en dirección norte por unos 420 km hasta confluir con el río Yapacaní, tributario del río Grande, cuyas aguas se unen en el sistema hidrográfico del río Amazonas. El río Piraí es de poco caudal y su cuenca aún está en proceso de formación. Al ser un río no navegable ha convivido durante décadas de forma pasiva en los procesos socio- económicos, habiendo tomado un rol secundario en el desarrollo territorial de la región. Actualmente sólo es tomado en cuenta para actividades recreativas de forma muy precaria, además de la extracción de áridos (dragas) y agregados para la construcción. Las mediciones del Servicio de Encauzamiento y Regulación de las aguas del Río Piraí – SEARPI11, arrojan que las crecidas que han provocado mayor desastre en el Departamento de Santa Cruz, fueron las de 1983, 1992, 2006 y 2007. El 31 de enero de 1983, el nivel de las aguas alcanzó un nivel de 62,9 milímetros, es decir 1230 metros cúbicos por segundo. El 18 de marzo de ese mismo año llegó a 142,6 milímetros, que es igual a 2.860 metros cúbicos por segundo. El 11 de febrero de 1992, el nivel de las aguas del Piraí llegó a 96,6 milímetros. El 6 de noviembre del 2006, la medición del nivel de agua registró 83,5 milímetros. Mientras que el 30 de enero del 2007, llegó a 63,9 mm y el 6 de febrero alcanzó 77,2 mm. 3.5. Fuentes de Agua, Cantidad y Calidad La ciudad de Santa Cruz depende totalmente del agua subterránea proveniente de un multiacuífero aluvial complejo situado bajo la ciudad. A finales del año 2002 el consumo de agua potable fue de 125 millones de litros por día, esta demanda se encuentra totalmente cubierta por una producción superior al 20% de la demanda. El sistema de alcantarillado sanitario tiene una longitud de 868 kilómetros de redes con 63.810 conexiones, que benefician a 400.000 habitantes, con una cobertura que alcanza al 51% de la población actual. Se cuentan con 113 hectáreas de lagunas para el tratamiento de las aguas servidas. La falta de alcantarillado en algunas zonas de la ciudad, provoca la permanente y sistemática contaminación de las napas del acuífero subterráneo. SAGUAPAC, extrae el agua del acuífero intermedio (entre los 180 y los 350 metros), debido a que el acuífero superficial se encuentra contaminado hasta los 60 metros, la explotación de éste acuífero, sumado al avance de la contaminación, harán necesario que, en un futuro no muy lejano, se comience con la explotación de acuíferos profundos (entre los 350 y los 600 metros de profundidad). 11 SEARPI: Servicio de Encausamiento de aguas y regulación del Río Piraí 29 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.6. Aguas Subterraneas De igual manera, el uso del agua subterránea como fuente de agua potable en la cuenca es una constante, excepto casos aislados en las nacientes, que utilizan captaciones de vertientes como Samaipata, el resto de la población consume agua de este importante acuífero que existe desde la zona de El Torno hasta la desembocadura del río Piraí. Según datos de SAGUAPAC para el abastecimiento de agua a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra existen 5 estaciones de bombeo, 8 tanques de almacenamiento con 37.000 m3 de capacidad, que abastecen a la red de distribución de 4.416 km de cañerías, de los 76 pozos que perforan de los acuíferos subterráneos, hasta una profundidad de 350 m. con una producción anual de 75.676,072 m312. 3.7. Vegetación y fauna El Municipio de Santa Cruz de la Sierra ha sufrido muchos cambios y pérdidas en sus espacios naturales, lo que lleva a que hoy en día se cuente con menos áreas verdes y bosques nativos dentro del área urbana. Los paisajes identificados en el territorio del Municipio de Santa Cruz de la Sierra presentan una serie de comunidades vegetales en etapas de restauración, desarrollo y estados de conservación diferentes, debido principalmente a los niveles de intervención que dan origen a la degradación de la cobertura del suelo (diferencias edáficas, humedad, profundidad y fertilidad del suelo e intervención humana), que finalmente se refleja, de manera perceptible en la vegetación presente. Los datos obtenidos del Plan Territorial de Desarrollo Integral- PDTI para identificar la vegetación utilizaron del Plan del Uso de Suelo (PLUS), estudio de la vegetación de Navarro y Ferreira, metodología de clasificación de la vegetación propuesta por la UNESCO/FAO 1973. El análisis de los inventarios florísticos, características topográficas, el substrato, la fisonomía y la actividad antrópica, han permito reconocer en el Municipio de Santa Cruz de la Sierra los siguientes distintos tipos de vegetación, conforme la Figura N° 9. El canal de Drenaje Emisario 8vo anillo se encuentra dentro de la unidad de vegetación del Bosque Chiquitano Medianamente Mal Drenado de la Llanura Aluvial (BCMMDLA), el cual Comprende desde la zona del km 7 al Norte hasta el km6 a la Guardía; presenta un dosel arbóreo irregular de 10 m. de altura, entre las especies más comunes se tiene: blanquillo (Ampelocera ruiizi), cacha (Cyclolobium blanchetianum), curupaú (Anadenanthera colubrina), negrillo (Ocotea sp.), turere (Rhamnidium elaeocarpum),entre algunos ejemplos. Se detallan todos en el Estudio Biofísico en los anexos. 12 http://www.saguapac.com.bo/servicio-de-agua-potable/ 30 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 12: TIPO DE VEGETACIÓN EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Fuente: PDTI, Con Datos Del Gobierno Autónomo Departamental (Navarro Ferreira 2008) Respecto a la mastofauna, según el estudio biofísico para el proyecto, las especies más registradas han sido los marsupiales, el zorro patas negras (Cerdocyon thous), el peji (Euphractus sexcinctus), tres especies de monos: mono chichilo o mono amarillo (Saimiri boliviensis), mono osco, ururó o mono león (Callicebus donacophilus), mono martín (Cebus libidinosus); otras especies son la urina (Mazama gouazoubira), jochi calucha (Dasyprocta punctata), jochi pintado (Cuniculus paca) y cujuchi (Ctenomys boliviensis), Holochilus sciureus (brasiliensis) y el tapití (Sylvilagus brasiliensis). En cuanto a la avifauna, una considerable cantidad de especies nativas (e.g., Momotus momota) ha permanecido en la actualidad habitando en fragmentos de bosques relativamente bien conservados. Anexo 5 (Biodiversidad de la zona del Emisario 8vo Anillo Sur Oeste). 3.8. Áreas Protegidas y Unidades de Conservación del Patrimonio El departamento de Santa Cruz cuenta con la presencia de Unidades de Conservación del Patrimonio Natural, Áreas Protegidas de carácter nacional y municipal, además de áreas protegidas privadas y otras unidades de importancia para la conservación, como son los sitios Ramsar y las Áreas de Importancia Biológica para la Conservación de Aves (denominadas IBAs), conjunto de sitios que resaltan la importancia del departamento términos de su valor ecológico. En el año 2005 se crea mediante Ley Departamental el Sistema de Áreas Protegidas de Santa Cruz y la Dirección de Áreas Protegidas (DIAP) como la entidad responsable de la administración del sistema. Este sistema de áreas protegidas ya cuenta con un plan estratégico de gestión. En este sentido el año 2015 a través de la Ley Departamental Nº 98 de Conservación del Patrimonio Natural, se crea el Sistema Departamental de 31 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Conservación del Patrimonio Natural SISDEPAN (Ley Nº98 Art. 21) con la finalidad de conservar muestras representativas del patrimonio natural y lograr una gestión integral y ecosistémica del mismo, constituido por las especies nativas de origen animal y vegetal, así como los recursos genéticos y microorganismos que se encuentren en los diferentes ecosistemas y aquellos espacios territoriales de conservación del departamento de Santa Cruz existentes y priorizados. El Municipio de Santa Cruz de la Sierra cuenta con tres Áreas Protegidas: 1) Parque Regional Lomas de Arena (408,831 hectáreas), 2) Parque de Protección Ecológica del Rio Piraí (1.534 hectáreas y 23 km. de ribera), 3) Área Protegida Municipal Parque de Preservación Ecológico Curichi La Madre (49 hectáreas y 443 especies protegidas de flora y fauna). En las cuales el GAMSC tiene Guardaparques encargados del control y patrullaje permanente, evitando la tala y caza ilegal, realizando la limpieza y reforestación, además de controlar y fiscalizar el aprovechamiento de áridos y agregados en la jurisdicción municipal (Cuadro N° 8). CUADRO N° 8: ÁREAS PROTEGIDAS EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA Nombre Superficie (Ha) Categoría Parque Departamental y Área Natural Parque Regional Lomas De Arena 14.075,90 de Manejo Integral Parque de Protección Ecológica del Rio Piraí 1.534 Área Protegida Municipal Área Protegida Municipal Del Parque Urbano De 49,87 Área Protegida Municipal Preservación Ecológica Curichi La Madre Fuente: PTDI, Datos de la Secretaría Municipal de Medio Ambiente El Parque de Protección Ecologica Rio Pirai forma parte del Sistema Ambiental Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, siendo parte del Subsistema oeste, según el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial (PLOT)13, esta entre el dique defensivo y la margen del Rio Pirai, definiendo así la llanura de inundación. Dentro de las actividades principales que se realizan en la parte central de la cuenca del río Piraí en lo que corresponde al municipio de Santa Cruz se tiene: • Actividad agropecuaria e industrial, con importantes insumos tecnológicos, como ser utilización de maquinaria, híbridos, transgénicos, agroquímicos, fertilizantes, etc. • Extracción de áridos y agregados, centros urbanos muy cercanos a las orillas del rio, asentamientos humanos prácticamente a orillas del cuerpo de agua, que generan un impacto ambiental por efecto del uso de pozos ciegos en las zonas propensas a inundaciones y por la directa disposición de las aguas residuales domésticas hacia el Rio y arroyos, situación que no ha cambiado en los últimos diez años y cuyo efecto sobre la calidad del Rio se ha incrementado debido al crecimiento poblacional. 13PLOT, Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial aprobado con la O.M. 078/2005, que aprueba el Plano Director de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y sigue vigente hasta que se actualice. Siendo un instrumento de planificación técnica que formula el Ordenamiento Territorial, asignación de usos de suelo, etc. 32 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CAPITULO 4 4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 4.1. Objetivos del Proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste Estos objetivos son los propuestos por la Secretaría Municipal de Obras Públicas para la concreción de la construcción del Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste que incluye al Canal Aportante del Noveno Anillo Sur. Estos son: El objetivo general: es Construir el canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste para poder solucionar el problema de la inundación en parte del Distrito Municipal N° 10, zona Sur Oeste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, buscando de esta manera mejorar la calidad de vida de las personas asentadas en el área de influencia del proyecto, evitando los perjuicios ocasionados por las inundaciones de sus barrios. Los objetivos específicos son: • Dotar de una obra de drenaje definitiva, que cumpla los requisitos técnicos tanto de capacidad como de calidad, con costos óptimos de inversión, operación y mantenimiento. • Buscar que esta obra garantice una correcta y eficiente evacuación de las aguas provenientes de las lluvias. 4.2. Características del Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste y sus Aportantes El Canal Emisario 8vo Anillo Sur – Oeste, está ubicado al Sur - Oeste de la ciudad, inicia en la UV 189A hasta el Río Piraí, considerando los canales aportantes tiene una longitud de 6.44 Km, ubicados en un área de 438.36 Ha. Está conformado por 1 Canal Emisario y 2 Canales de Drenaje Principales: El sistema de drenaje del Emisario 8vo Anillo Sur - Oeste beneficia a 43.005 hab (año 2050), que están asentadas en 7 Unidades Vecinales y 6 Equipamientos Terciarios, pertenecientes al Distrito Municipal Urbano No 10. El Canal Emisario tiene una longitud de 4.365 Km y está en la jurisdicción del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, con la superficie del canal aprotante del noveno anillo suma una longitud de 6.44 km, como se puede apreciar en la Figura N° 10. (S.M.O.P., 2018). 33 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 13: PLANO DE LA CUENCA EMISARIO 8vo ANILLOv SUR OESTE Y SUS APORTANTES Fuente: Plan Maestro de Drenaje Pluvial elaborado por el G.A.M.S.C. a través de la Secretaría Municipal de Obras Públicas. Entre los barrios beneficiados con la construcción del proyecto están: Urbanización Suarez, Los Yescas, Mercado Mayorista Abasto, Campo Rosa, Berea, UV 190, Santa María, Villa Bermúdez, los Vallecitos, 8 de diciembre, entre otros, otro aspecto importante que se conseguirá con la implementación del proyecto es también que, mediante la construcción de las alcantarillas, y puentes peatonales tener un mejor acceso, tanto vehicular y peatonal en la zona de implementación del proyecto. Esto beneficiará a los vivientes puesto que el transporte público en épocas de lluvia no ingresa a los barrios inundables, por ende, se ven perjudicados al no asistir a sus fuentes laborales, escuelas, etc. FIGURA N° 14: TRAMOS DEL CANAL EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE Fuente: Dirección Fiscalización de Drenaje de SMOP-Secretaria Municipal de Obras Públicas 34 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El Canal EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE, está conformado por cinco tramos, con secciones de tipo U y sección cajón y sección trapezoidal, cuenta además con 6 alcantarillas vehiculares y 13 puentes peatonales, el proyecto contempla también la implantación de un canal aportante ubicado sobre el noveno anillo, el cual tiene una longitud de 2.08 km. El ancho del Canal y su profundidad varian de acuerdo al tramo que se especifica con detalle en la Evaluación Técnica. FIGURA N° 15: UBICACIÓN DE PUENTES VEHICULARES Y PEATONALES Fuente: Elaboración propia en base a la Información técnica proporcionada por SMOP El plazo máximo para la ejecución de la Obra, determinado por el contratante es de 990 (Novecientos noventa) días calendarios, a partir de la emisión de la Orden de Proceder por el Fiscal de Obra asignado. La instalación de faenas comprende la oficina de obras, almacenes, depósito, taller para trabajos de campo, área de acopio de materiales, patio de maquinas con áreas de espacio para estacionamiento de la maquinaria pesada y área de estacionamiento para vehiculo liviano por separado, con la debida señalética horizontal (en el caso que corresponda) y vertical. El ítem de instalación de faenas es global y la empresa contratista podrá tener, si así lo require, uno, dos o tres lugares para la instalación de la infraestructura que comprende la faena (anteriormente descrita en este párrafo). La provisión de agua para la instalación de faenas y área de trabajo (6.44 km del canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste) podrá ser dotada por COSPAIL que es la cooperativa que opera en el Distrito Municipal N° 10, específicamente en la zona del proyecto. Durante la ejecución del proyecto trabajaran 60 personas como equipo multidisciplinario con una capacidad de 3 frentes de trabajo: 1er frente están 30 trabajadores, 2do Frente 20 trabajadores y el 3er frente 10 trabajadores, según el análisis de precios unitarios realizado por la Dirección de Fiscalización de Drenaje. En la Evaluación Técnica del Proyecto del Canal Emisario 8vo Anillo se detallan. 35 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 9: CARACTERÍSTICAS DEL CANAL EMISARIO 8VO ANILLO SUR OESTE Y SUS APORTANTE Emisario 8vo Anillo Sur Oeste y Canal de Drenaje Aportante Long. Área de la Unidades Vecinales y ETs N° Descripción de Canales de Drenaje (Km) Cuenca Ha Beneficiadas Canal de Drenaje Emisario 8vo Anillo Sur 189A, ET81, ET79, 1 4.36 324.93 ET80,ET84,189, ET86, 348, Oeste 139,138, ET 77, 137,136, 300 2 Canal de Drenaje Aportante 9no Anillo 2.08 113.43 ET 81, ET 80, 301 Totales 6.44 438.36 Fuente: Modificado de la Dirección de Fiscalización de Drenaje de la Secretaria Municipal de Obras Públicas. CAPITULO 5 5. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Y ANÁLISIS DE RIESGOS En este capítulo se describen y analizan los potenciales impactos ambientales que puedan ser generados durante la construcción, operación y mantenimiento de los diferentes componentes del Proyecto. Se examinan alternativas para el proyecto, se identifican formas de mejorar la selección, ubicación, planificación, diseño y ejecución del proyecto mediante la prevención, reducción al mínimo, mitigación o compensación de las repercusiones ambientales adversas y el reconocimiento de los impactos positivos, para poder garantizar la viabilidad ambiental coordinando con la social del proyecto Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste. 5.1. Impactos Potenciales En el entendido que un impacto es el conjunto de posibles efectos sobre el medio ambiente de una modificación (de carácter positivo o negativo) del entorno natural, como consecuencia de obras u otras actividades, en uno o más de los componentes o factores, provocado por una acción humana. Inicialmente se procedió a su identificación, estableciendo relaciones entre cada factor (aire, suelo, agua, aspectos sociales, económicos, culturales) y las distintas actividades necesarias para la construcción, operación y mantenimiento del sistema. En este caso se realizó la evaluación del impacto Ambiental del Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, tomando en cuenta la normativa y leyes medio ambientales municipales, nacionales, internacionales y las Salvaguardas del Banco Mundial. 5.2. Potenciales impactos ambientales positivos Las intervenciones a realizar mejoraran la calidad de vida y la salud de la población. Mitigarán los riesgos de inundaciones y contaminación ambiental al dotar de infraestructura para canalizar el agua pluvial mediante los canales de drenaje tanto el Emisario Octavo Anillo Sur Oeste como el canal aportante Noveno Anillo. Al canalizar el agua y evitar las inundaciones mejorara la accesibilidad de las personas que viven en la zona y evitara que las personas que venden en el Mercado Abasto Mayorista, tenga perdidas económicas al no tener clientes que vayan a comprarles. El transporte público podrá circular de manera normal, puesto que en épocas 36 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra de lluvias no accede a las zonas inundadas, esto perjudica a las personas que deben ir a trabajar o a estudiar. Esta población mejorara en tal sentido su accesibilidad. A su vez otro impacto positivo es el tratamiento paisajístico y la arborización que se realizara en la parte lateral de los tramos abiertos del canal y el mejoramiento del espacio público mediante la implementación de un parque lineal sobre los tramos del canal cerrado, con tratamiento paisajístico, ciclovias y dotación de mobiliario urbano. 5.3. Potenciales impactos ambientales negativos Se identificaron aquellas acciones del proyecto capaces de generar impactos sobre los distintos factores ambientales en la etapa de ejecución. Ver Cuadro N° 10: CUADRO N° 10: IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Etapa Actividades Descripción Comprende los trabajos preparatorios que debe realizar la empresa contratista en la obra, previo al inicio de los trabajos, esta actividad consiste en efectuar la limpieza y la instalación de del área de trabajo en un área cercana a la obra, El área de trabajo puede ser un predio existente cercano a la obra, que cuente con la infraestructura Instalación de faenas acondicionada para la actividad de construcción del canal (instalaciones hidro sanitarias, eléctricas, etc.). Estas dependencias hacen referencia a oficinas administrativas y áreas para depósito de materiales, herramientas, taller y parqueo. A su vez contempla la movilización de equipo y maquinaria. Comprende la movilización de los equipos, que se utilizará en el proyecto. El Replanteo y Control Topográfico a través de la materialización del proyecto en el terreno mediante Replanteo y control topográfico el trazado y establecimiento de cotas, para correcta localización del canal, alcantarilla, losas y cabezales de acuerdo a los planos de construcción. Ejecución Comprende todos los trabajos de excavación con maquinaria, sobre el nivel freático, orientados a la Excavación con maquinaria sobre nivel freático construcción del canal, alcantarillas, puentes peatonales, tendido de tuberías de cemento, etc. Comprende todos los trabajos de excavación con maquinaria, bajo el nivel freático, orientados a la construcción del canal, alcantarillas, tendido de tuberías de cemento, etc. Esta actividad implica además el bombeo Excavación con maquinaria bajo nivel freático de agua freática, que deberá extenderse hasta 24 horas después de concluido el vaciado de hormigón del canal, la alcantarilla o el tendido de la alcantarilla tubo, según el caso. El perfilado manual de solera y taludes, consiste en la continuación de la excavación, a mano, hasta la cota del terreno base para la implementación del revestimiento. Se debe descolgar, desde el pie de talud hasta el centro de la Perfilado Manual de Solera y talud compactado solera, la pendiente transversal de ésta, establecida en planos, cuyo objeto es el de evitar la sedimentación en flujos con caudales pequeños. Se concluirá proporcionando al terreno una ligera compactación con plancha. 37 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Etapa Actividades Descripción Esta actividad comprende la colocación de todos los elementos estructurales necesarios como ser: acero Colocación de elementos estructurales corrugado, cama de asiento y cordones prefabricados, protectores metálicos (Flex Beam) según planos. Esta actividad comprende la elaboración y colocación de hormigón pobre, que servirán como soporte, estabilización y nivelación de las fundaciones de todos los elementos Vaciado de Hormigón Simple para obras estructurales necesarios como ser: acero corrugado en estructurales armadura, sumidero, bocatomas, dentellones, vaciado de carpeta de hormigón pobre, revestimiento de canal (e= 10 cm) y protectores metálicos (Flex Beam). Comprende el picado y/o demolición de Canal existente, el mismo que está construido con Hormigón Armado; que empieza a la altura de la Doble Vía La Guardia – 8vo Anillo. Retiro del Canal Existente El material suelto resultante, luego de la demolición, será transportado a los lugares autorizados por el Fiscal de la Obra del GAMSC. Esta actividad comprende la colocación de todos los elementos complementarios que tienen el fin de facilitar el drenaje de las aguas freáticas y al mismo tiempo evitar la Colocación de elementos complementarios fuga del suelo fino. Como ser: Juntas de dilatación, barbacanas de PVC, manta geotextil en dren de muro, dren de talud y dren de solera. Esta actividad consiste en la construcción de estructuras de hormigón simple, como son las alcantarillas vehiculares y puentes peatonales, conforme se indican en los planos. Comprende la construcción de los encofrados para los diferentes elementos estructurales de la Alcantarilla, las cuales pueden ser fabricados con estructuras de madera o Construcción de puentes peatonales y alcantarillas elementos metálicos, su estabilidad y seguridad en la vehiculares construcción e instalación deben ser realizadas conforme lo estipula la Norma Boliviana del Hormigón Estructural NB 1225001. La resistencia característica a compresión del hormigón simple a los 28 días en la alcantarilla tipo cajón será de f’ç = 210 Kg/cm2, los ensayos y el control de calidad del hormigón se realizaran en estricta sujeción con las exigencias y requisitos establecidos en la Norma Boliviana. Los trabajos consisten en rellenar con material adecuado y Relleno y compactado con y sin provisión de compactar con equipo, aquellas partes del terreno que se material encuentran por debajo de la cota del proyecto. Se refiere los trabajos de limpieza a efectuarse en toda el área de la obra al concluirse las actividades de ejecución. Se procederá al retiro, extracción y limpieza de escombros, basuras, sedimentos y otros materiales, en toda el área del Limpieza general de obra proyecto. Se transportarán fuera del área del proyecto, todos los materiales señalados, debiendo ser acumulados en diferentes sectores, para su posterior traslado hasta los lugares autorizados (Relleno Sanitario Municipal). Fuente: Elaboración propia con datos extraídos de la Documentación Técnica del GAMSC. 5.4. Identificación de Impactos A continuación, se describen los impactos potenciales a generarse en cada una de las etapas descritas, por factor ambiental. Asimismo, se presenta el carácter (positivo – negativo). 38 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 11: IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN Actividades Impacto Factor Contaminación del agua por generación de Agua aguas grises Instalación de faenas Contaminación del suelo por generación de Suelo residuos sólidos Contaminación del aire por emisión de gases de combustión (Monoxido de carbono). Aire Contaminación del aire por generación de Excavación con maquinaria sobre nivel freático partículas suspendidas. Retiro de Vegetación y Flora terrestre Ecología Perturbación a la fauna del BP1* Ecología Afectación a la circulación vehicular por desvíos Social temporales. Contaminación del aire por emisión de gases de Excavación con maquinaria bajo nivel freático Aire combustión de vehículos y maquinarias. Contaminación del aire por generación de Retiro del Canal Existente Aire partículas suspendidas. Contaminación del aire por generación de Construcción de puentes peatonales y partículas suspendidas. Aire alcantarillas vehiculares Contaminación del aire por emisión de gases de combustión de vehículos y maquinarias. Contaminación del aire por generación de Aire partículas suspendidas. Relleno y compactado con y sin provisión de material Contaminación del aire por emisión de gases de Aire combustión de vehículos y maquinarias. Limpieza general de obra Generación de partículas suspendidas. Aire BP1 = Parque de Protección Ecológica Río Piraí Fuente: Elaboración propia en base a información técnica y ambiental proporcionada por la Dirección de Fiscalización de Drenaje. Los principales impactos ambientales se darán durante la etapa de ejecución que es cuando se construirá el Canal Emisario Octavo Anillo Sur Oeste. 5.5. Análisis de Riesgos El riesgo se entiende como el o los eventos previstos o imprevistos capaces de afectar el logro de los objetivos y los resultados esperados del proyecto. Suele expresarse en términos de las consecuencias de los hechos (impacto) y de la probabilidad de que estos se produzcan. Los riesgos en el proyecto tienen su origen en la incertidumbre presente en todos los proyectos. La gestión de éstos permite a las partes involucradas en los resultados y los impactos de los proyectos entender y reconocer los escenarios de incertidumbre, valorar las consecuencias de tales escenarios y tomar acciones costo-efectivas en forma concertada para lidiar con los riesgos y hacer el seguimiento de tales acciones14. 14 Project Management Institute, A Guide to the Project Management Body of Knowledge, (PMBOK® Guide)- Fifth Edition, Project Management Institute, Inc., 2013, páginas 314-353 39 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Para la identificación y evaluación de riesgos se ha utilizado la metodología descrita en la Guía de Aprendizaje – Certificación Project Managment PM415. La metodología trabaja a partir de una Matriz de Riesgos, la cual permite capturar la información más relevante de los riesgos identificados y evaluarlos según su probabilidad de ocurrencia y su nivel de impacto en el proyecto. La matriz de riesgos presenta ocho columnas (08), se incluyen dos columnas adicionales (i y j) que corresponden a los siguientes elementos: a) Número de identificación del riesgo. b) Etapa /Actividad relacionada al proyecto. c) Tipo de riesgo: categorización o taxonomía del riesgo. d) Riesgo: descripción del riesgo. e) Impacto: valor que determina el impacto en el proyecto; se mide en una escala de tres niveles, donde 1 es el nivel más bajo y 3 es el más alto. f) Probabilidad: valor que determina la probabilidad de ocurrencia del riesgo; al igual que el impacto, se mide en una escala de tres niveles. g) Calificación: valor que permite calificar el riesgo según el impacto y la probabilidad de ocurrencia; se calcula multiplicando el valor de impacto por el de probabilidad. h) Evaluación: Valor que permite ordenar los riesgos según el valor y el nivel. i) Mitigacion: Columna Complementaria j) Responsabilidad: Columna complementaria FIGURA N° 16: CALIFICACIÓN DEL IMPACTO Y PROBABILIDAD DE LOS RIESGOS Para aquellos riesgos cuyos valores están entre 6 y 9, se debe contar con acciones para eliminar, transferir o mitigar el impacto del riesgo en el proyecto. Según el siguiente cuadro: 15 Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Instituto Interamericano para el Desarrollo Económico y Social (INDES), 2015 (4ta edición). 40 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 12: MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL PROYECTO PARA LOS DIFERENTES NIVELES DE RIESGO. NIVEL DE VALOR ACCIONES - MITIGACIÓN RIESGO 6a9 Alto Gestionar: se requiere plan de respuesta Monitorear: se requiere que el proyecto haga un seguimiento del 3y4 Medio riesgo para analizar si la probabilidad o el impacto han cambiado Aceptar: es mejor aceptar el riesgo ya que el impacto no es 1y2 Bajo significativo y la probabilidad de que suceda es baja. Fuente: GRP- Presentación Taller BID, Gestión de Riesgos en Proyectos con Garantía Soberana, BID. Como parte del estudio se presenta una identificación de posibles riesgos a generarse durante la etapa de ejecución del proyecto, sin embargo, el contratista podrá identificar algunos otros más si así lo estima por conveniente, previa aprobación por parte del Supervisor; por otro lado, podrá desarrollar un Mapa de Riesgos que le permitirá identificar aquellos riesgos que requieran respuesta. 5.5.1. Estimación de Riesgos Ambientales A continuación, se presenta la matriz de Riesgos Ambientales en el siguiente cuadro: CUADRO N° 13: MATRIZ DE RIESGOS AMBIENTALES Riesgo Evaluación Tipo Responsable Activida P Valor Nivel de I (A/M/B) (A/M/B) Respuesta de la acción d Fuente Consecuencia (1 al (A/M Riesgo 9) /B) de respuesta Contaminación Instalación Técnico Operación del agua por Elaboración de Contratista de faenas de Faena generación de un Programa de aguas grises A A 9 A Gestión de Residuos Líquidos Técnico Operación Contaminación Elaboración de Contratista de Faena del suelo por un Programa de generación de M A 6 A Gestión de residuos sólidos Residuos Sólidos Excavación Técnico Movimient Contaminación Mantenimiento Contratista con o de del aire por preventivo de maquinari maquinaria emisión de los equipos y a sobre y equipo gases de A A 9 A maquinarias. nivel combustión freático (Monoxido de carbono). Técnico Movimient Contaminación Humedecimient Contratista o de del aire por o del terreno. maquinaria generación de M M 4 M partículas suspendidas. 41 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Riesgo Evaluación Tipo Responsable Activida P Valor Nivel de I (A/M/B) (A/M/B) Respuesta de la acción d Fuente Consecuencia (1 al (A/M Riesgo 9) /B) de respuesta Técnico Movimient Retiro de Gestionar la Contratista o de Vegetación y aprobación de /Supervisión maquinaria Flora terrestre la autorización de retiro de vegetación y flora terrestre, por las autoridades A A 9 A municipales competentes. Colocación de plantines por las afectaciones. Traslado de especies que sean afectadas. Técnico Movimient Perturbación a Programa de Contratista o de la fauna del BP1 señalización maquinaria temporal en instalaciones de faenas y otros sitios de interés ambiental para la protección de la Fauna. Capacitación en M A 6 A educación ambiental sobre la conservación de fauna, dirigidos a todo el personal de la obra. Técnico Movimient Afectación a la Programa de Contratista o de circulación Desvío de maquinaria vehicular por A A 9 A tráfico desvíos Vehicular. temporales. Excavación Técnico Movimient Contaminación Mantenimiento Contratista con o de del aire por preventivo de maquinari maquinaria emisión de los equipos y a bajo nivel gases de A A 9 A maquinarias. freático combustión de vehículos y maquinarias. Retiro de Técnico Operación Contaminación Humedecimient Contratista canal de equipo del aire por M M 4 M o del terreno. generación de 42 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Riesgo Evaluación Tipo Responsable Activida P Valor Nivel de I (A/M/B) (A/M/B) Respuesta de la acción d Fuente Consecuencia (1 al (A/M Riesgo 9) /B) de respuesta de partículas demolición suspendidas. Construcci Técnico Movimient Contaminación Humedecimient Contratista ón de o de del aire por o del terreno. puentes maquinaria generación de M M 4 M peatonales partículas y suspendidas.. alcantarilla s Técnico Movimient Contaminación Mantenimiento Contratista vehiculare o de del aire por preventivo de s maquinaria emisión de los equipos y gases de A A 9 A maquinarias. combustión de vehículos y maquinarias. Relleno y Gestión Movimient Contaminación Humedecimient Contratista compactad o de del aire por o del terreno. o con y sin maquinaria generación de M M 4 M provisión partículas de suspendidas. material Técnico Movimient Contaminación Mantenimiento Contratista o de del aire por preventivo de maquinaria emisión de los equipos y gases de A A 9 A maquinarias. combustión de vehículos y maquinarias. Limpieza Gestión Movimient Generación de Humedecimient Contratista general de o de partículas M M 4 M o del terreno. obra maquinaria suspendidas. 5.5.2. Estimación de Riesgos en Salud y Seguridad Ocupacional A continuación, se presenta la matriz de Riesgos en Salud y Seguridad Ocupacional en el siguiente cuadro: 43 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 14: MATRIZ DE RIESGOS EN SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Riesgo Evaluación Responsable Tipo I P Valor de la acción Actividad de Nivel Respuesta Fuente Consecuencia (A/M/B) (A/M/B) (1 al de Riesgo (A/M/B) 9) respuesta Instalación de Técnico Limpieza y Caídas de Capacitación Contratista faenas Movilización de objetos en en temas de equipos y manipulación, Seguridad y maquinarias al Golpes y cortes Salud lugar de por objetos o M M 4 M Ocupacional emplazamiento herramientas y de la AOP Dotación y uso caídas de obligatorio de personas al EPP mismo nivel. Incencdio Técnico Limpieza, Disponer de un Contratista Mantenimiento plan de y Movilización emergencias de equipos y en el área de maquinarias al trabajo y lugar de practicar emplazamiento simulacros de la AOP para la M M 4 M actuación y respuesta. Mantenimiento preventivo de instalaciones eléctricas. Caídas de Excavación con Técnico Movimiento de personas a Capacitación Contratista maquinaria sobre maquinaria en distinto nivel, en temas de y bajo el nivel excavación. atropello o Seguridad y freático golpes por Salud vehículos, Ocupacional. atrapamiento Dotación y uso entres objetos. A B 3 M obligatorio de EPP. Cumplimiento de la señalética de seguridad. Deslizamiento Técnico Movimiento de y/o derrumbes Capacitación Contratista maquinaria en en trabajos de excavación. alto riesgo. Uso de sistemas de entibación A B 3 M (estructura de contención provisional y flexible) para excavar con paredes verticales. 44 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Riesgo Evaluación Responsable Tipo I P Valor de la acción Actividad de Nivel Respuesta Fuente Consecuencia (A/M/B) (A/M/B) (1 al de Riesgo (A/M/B) 9) respuesta Dotación y uso obligatorio de EPP. Caída de Perfilado Manual Técnico Excavación personas a Dotación y uso Contratista de Solera y talud manual, hasta distinto nivel. obligatorio de compactado la cota del Golpes o cortes EPP. terreno base. con equipos, B B 1 B Manejo herramientas u adecuado de objetos herramientas. punzocortantes. Cortes y golpes. Colocación de Técnico Colocación de Dotación y uso Contratista elementos protectores obligatorio de estructurales metálicos y M M 4 M EPP. pasamano. Caída de Vaciado de Técnico Vaciado de personas a Dotación y uso Contratista Hormigón Simple hormigón distinto nivel. obligatorio de para obras simple para Enfermedades EPP. estructurales canal y vaciado dérmicas. de hormigón simple para bocatomas, A B 3 M dentellones, sumideros y vaciado de carpeta de hormigón pobre. Impacto de Retiro del Canal Técnico Picado del canal fragmento de Dotación y uso Contratista Existente existente. partículas sobre obligatorio de las personal, EPP. Atropello por Delimitación vehículos. de las áreas de M M 4 M circulación vehicular. Caída de Colocación de Técnico Dren de solera, personas a Dotación y uso Contratista elementos dren de muroy distinto nivel. obligatorio de complementarios dren de talud. A B 3 M EPP. Golpes Golpes y cortes Construcción de Técnico Enconfrados. Dotación y uso Contratista puentes obligatorio de peatonales y EPP. alcantarillas B B 1 B vehiculares Capacitación en temas de Seguridad y 45 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Riesgo Evaluación Responsable Tipo I P Valor de la acción Actividad de Nivel Respuesta Fuente Consecuencia (A/M/B) (A/M/B) (1 al de Riesgo (A/M/B) 9) respuesta Salud Ocupacional. Caída de Relleno y Técnico Relleno lateral personasal Dotación y uso Contratista compactado con y compactación mismo nivel y obligatorio de y sin provisión de golpes. EPP. material M M 4 M Capacitación en temas de Seguridad y Salud Ocupacional. Caída de Limpieza general Técnico Recolección y personasal Dotación y uso Contratista de obra transporte de mismo nivel y obligatorio de residuos. golpes. EPP. Desmovilización A B 3 M Delimitación de maquinaria y de las áreas de equipo. circulación vehicular. 5.6. RIESGOS NATURALES 5.6.1. Riesgo de Sismos o Terremotos. La amenaza por sismicidad se define como la probabilidad de que un parámetro como la aceleración, la velocidad o el desplazamiento del terreno, producidas por un sismo, supere o iguale un nivel de referencia. El observatorio San Calixto publicó en 2012 un mapa en el que muestra que la máxima amenaza sísmica en Bolivia se concentra alrededor de la ciudad de Santa Cruz (zona 6) con aceleraciones del orden de 0.20g, que en forma aproximada corresponde a sismos de magnitudes 6 a 7 en escala de Richter. En el 2016, el Observatorio de San Calixto hizo otra publicación donde confirma que Santa Cruz es zona sísmica que podría sufrir temblores de magnitudes entre 5.5 y 6, sobre la Cordillera Oriental, en cercanías de la ciudad de Santa Cruz existen varias fallas geológicas, falla de Mandeyapecua; esta falla va desde Santa Cruz hasta Yacuiba y mide aproximadamente 400 Km de Longitud. Para responder a esta situación es recomendable: Desplegar al personal a un lugar despejado o seguro. En caso de permanecer dentro de las instalaciones del patio de maquinas, almacen, las oficinas o en el caso que estén en el trabajo de campo, alejarse de las ventanas, muebles altos y elementos que puedan romperse o caerse. 5.6.6. Riesgos de Inundaciones Las áreas con riesgo de inundación en el Distrito Municipal N° 10 se describen en el siguiente mapa, de acuerdo a datos proporcionados por el Departamento de Emergencias Municipales del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra: 46 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 17: Áreas con Riesgo de Inundación en el Distrito Municipal N°10 Fuente: Secretaria Municipal de Obras Publicas del Gobierno Autonomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra De acuerdo a las áreas de inundación identificadas el Departamento de Emergencias Municipales cuenta con Planes de Emergencia y Contingencia enmarcados en la Gestión de Riesgos, para una respuesta pronta y efectiva, así como programas de concientización para establecer una cultura preventiva de riesgo en la población del distrito.Segun el mapa de la Figura N°15, es un área suceptible de inundaciones, según el registro de actuaciones y/o intervenciones realizadas por el Dpto. de Emergencias Municipales quienes a partir del año 2015 han realizado trabajos de evacuación de vecinos a albergues municipales, apertura de canales de tierra provisionales y cunetas y desague de casas. En los barrios Vallecitos UV 136, Valle Hermoso UV 136, Barrio Campo Rosa UV 137, Barrio Calama UV 125, Barrio 30 de agosto UV 124, Barrio Bajío Sur UV 126, Barrio Gamarra UV 125, Barrio Techo y Berea UV138 y Barrio 10 de Agoato UV 124. CUADRO N° 15: MATRIZ DE RIESGOS GENERALES Riesgo I Evaluación Responsable Tipo de P N° (A/M/ Valor Nivel Mitigación y/o Prevención de la acción Riesgo Fuente Consecuencia (A/M/B) B) (1al9) (A/M/B) respuesta Desplegar al personal a un lugar despejado o seguro. Responsable Falla En caso de permanecer de Seguridad 1 Externo Geológica Sismos M B 2 Bajo dentro de las instalaciones de la empresa (oficinas, almacenes, etc) de contratista. campo se debe alejar de las 47 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Riesgo I Evaluación Responsable Tipo de P N° (A/M/ Valor Nivel Mitigación y/o Prevención de la acción Riesgo Fuente Consecuencia (A/M/B) B) (1al9) (A/M/B) respuesta ventanas, muebles altos y elementos que puedan romperse o caerse. Comunicación con el Departamento de Emergencias Municipales, Responsable Lluvias de acuerdo al Plan de de Seguridad 2 Externo intensas Inundaciones A M 6 Alto Contingencia, respecto ante de la empresa los procedimientos ante la contratista. ocurrencia de contingencias para incendios. CAPÍTULO 6 6. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL El Plan de Gestión Ambiental tiene como objetivo proporcionar instrumentos y herramientas de gestión ambiental que permitan la implementación de medidas de protección al medio ambiente (incluyendo la población involucrada) durante la ejecución del proyecto en sus distintas etapas (ejecución, operación y mantenimiento y abandono), a fin de prevenir, mitigar y/o corregir los impactos ambientales negativos significativos que podrían darse sobre el área de influencia de las obras. 6.1. Programa de Protección de Recursos Naturales En este Programa se han identificado y propuesto medidas para los siguientes componentes: 6.1.1. Recurso Hídrico. Medidas de manejo de Aguas superficiales. CUADRO N° 16: MEDIDAS AMBIENTALES- RECURSO HÍDRICO ACTIVIDADES GENERADORAS DE IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES IMPACTOS *Implementación de baños portátiles *Implementacion de cámara séptica y Instalación de Faenas/Frentes de pozo absorvente o conexión al Contaminación del Agua trabajo alcantarillado *Contratación de empresa para la disposición de aguas grises y negras. 6.1.2. Biodiversidad Respecto a la biodiversidad presente en el área de trabajo de campo y sus alrededores, se busca proporcionar medidas destinadas a la protección de la fauna y flora. • Medidas para la protección de la Fauna A continuación, se presentan las medidas ambientales para la fauna. 48 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 17: MEDIDAS AMBIENTALES- FAUNA ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS *Plan de señalización temporal en Instalación de Faenas instalaciones de faenas y otros sitios de interés ambiental para la protección de la Fauna. *Capacitación en educación ambiental sobre Excavación con maquinaria sobre el la conservación de fauna, dirigidos a todo el nivel freático personal de la obra. Perturbación de la Fauna existente en el BP1 (Parque de Protección Ecologica Rio Excavación con maquinaria sobre el Pirai) nivel freático Colocaión de elementos estructurales Vaciado de Hormigon Simple para obras estructurales • Medidas para la protección de la Flora (Retiro y reubicación de especies arbóreas, procedimiento para la autorización de retiro de especies arboreas, transplante de especies arboreas). Se busca proporcionar medidas destinadas a la protección de la flora existente en el camellón central y alrededores. CUADRO N° 18: MEDIDAS AMBIENTALES- FLORA ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS *Al finalizar las actividades de rehabilitación y mejoramiento se procederá a realizar Instalación de Faenas reposición de la cobertura vegetal en las áreas de trabajo de campo e instalación de faenas, en función al programa de cierre. Movilización de equipos y maquinarias Afectación de la vegetación *Se tendrá un manejo cuidadoso con la vegetación que deba ser retirada para la instalación de las infraestructuras proyectadas, de ser el caso ésta será trasplantada y será colocada en lugares autorizados por SEDEM-Secretaria Municipal de Empresas Desconcentradas, descentralizadas Municipales-GAMSC como resultado de una inspección previa. 49 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS Desbroce y limpieza en zonas no *Emplear técnicas adecuadas de desbroce y boscosas de limpieza, de modo que se impacte una menor zona de cobertura vegetal. *Se dictarán charlas de educación ambiental al personal de la obra, sobre la importancia de la protección de los recursos naturales, como es la floral. Excavación con maquinaria sobre nivel freático Excavación con maquinaria bajo nivel *Establecer plan de arborización de acuerdo freático a cantidades establecidas en la Ley de árbol N° 210/15, si no se pudiera transplanta la especie arbórea. 6.1.3. Aire Manejo y control emisiones atmosféricas (polvos y gases) y control de ruido y Manejo y control de ruido. Las medidas propuestas tienen el objetivo de prevenir, mitigar y reducir los daños ocasionados como consecuencia de la generación de emisiones gaseosas, material particulado y ruido. A continuación, se detallan las medidas en función a las actividades generadoras de impactos: CUADRO N° 19: MEDIDAS AMBIENTALES- CALIDAD DE AIRE ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS *Las maquinarias, vehículos y equipos a ser utilizados deberán cumplir con las condiciones mecánicas y de carburación, para minimizar las emisiones de gases contaminantes como el dióxido de carbono (CO) y óxidos de nitrógeno Movilización de equipos y maquinaria (NO2); además de contar con un programa de mantenimiento preventivo para evitar el mal Generación de gases funcionamiento de los motores Medición de emisión de gases de combustión en equipo y maquinaria con un labotario autorizado para verificar si se encuentran dentro de los Estándares de Calidad Ambiental conforme normativa vigente. *Se deberá impartir charlas de inducción a choferes y operadores de equipos pesados sobre Transporte de materiales y Movilización el cumplimiento de las normas de tránsito y las de maquinaria Generación de partículas en suspensión. consecuencias de manejar a velocidades excesivas, las cuales no solo podrían producir accidentes sino también darían lugar a la formación de polvaredas afectando a los habitantes y fauna del lugar. 50 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS *Como parte de la salud ocupacional, el personal utilizará equipos de protección personal (respirador, lentes) adecuados para las áreas donde se generen el polvo producto de las excavaciones. Excavación con maquinaria sobre nivel freático *Humedecer periódicamente las vías de desplazamiento de vehículos y maquinarias. Asimismo, realizar humedecimiento de las áreas de trabajo donde se observe incremento de polvo o donde sea requerido, a través del uso de cisternas u otro método, que cumpla la misma función, de tal forma que se evite el levantamiento de polvo durante los trabajos de construcción, tránsito de vehículos y maquinarias dentro del área de trabajo. *Mantenimiento de tránsito Temporal y Seguridad Vial" durante la ejecución de la obra, deberá estar incluido en los procedimientos de obra indicando que la dispersión de agua mediante riego, será aplicada en todo momento en que se produzca polvo, incluyendo las noches, feriados, domingos y períodos de paralización. *Estará prohibido descargar el material en lugares no autorizados para su disposición. *Realizar monitoreos periódicos de la calidad de aire, para determinar si las emisiones partículas en suspensión producto de las actividades constructivas, se encuentran dentro de los Estándares de Calidad Ambiental conforme a Ley Nacional vigente. *Deberá restringirse el movimiento innecesario de maquinaria pesada y vehículos a los sectores de trabajo, así como el uso de rutas y caminos previstos para evitar la generación de polvo en suspensión. Excavación con maquinaria sobre nivel *Se restringirá el movimiento de vehículos y freático maquinaria pesada a los sectores estrictamente necesarios a fin de evitar el tránsito por sectores no autorizados. Excavación con maquinaria bajo nivel *Las sirenas y bocinas sólo serán usadas para freático anunciar el retroceso de vehículos y las Generación de ruidos y vibraciones maquinarias. *Monitoreo de niveles de ruido durante los Vaciado de Hormigón Simple para obras trabajos proyectados. estructurales *La maquimaria deberá contar con un sistema Relleno y compactado de silenciadores. 6.1.4. Suelo A continuación, se presentan las medidas de protección a la calidad de suelo. 51 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 20: MEDIDAS AMBIENTALES- PROTECCIÓN DE CALIDAD DE SUELO ACTIVIDADES GENERADORAS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES DE IMPACTOS *Se implementará un adecuado manejo de residuos para evitar la contaminación de suelos Instalación de Faenas (ver programa de residuos sólidos) *Capacitar al personal involucrado en la dirección y supervisión de las obras, para distinguir los casos de afectación de suelos por contaminación y determinar qué medidas de solución aplicar y en este caso verificar la calidad de suelo *Implementar un sistema de tratamiento para los efluentes domésticos generados en las instalaciones provisionales en el área de trabajo y servicios higiénicos habilitados para los trabajadores. *Se requiere que la maquinaria a emplear tenga un adecuado mantenimiento de las mangueras Movilizacion de maquinarias, vehículos hidráulicas y de combustibles para evitar la o personas en el área de trabajo. ocurrencia de derrames o fugas, que deberá de realizarse en las estaciones de servicio próximas a la zona de emplazamiento del proyecto. Alteración de la calidad del suelo *El mantenimiento y reparación de los equipos Movilización de Maquinarias en el Patio y maquinarias sólo deberá realizarse en el lugar de Maquinas. autorizado (Talleres de mantenimiento). *Los restos de concreto (escombros) deberán Retiro de paños dañados o cualquier disponerse en contenedores herméticos y/o un tipode excavación del pavimento área cercada para su almacenamiento temporal. existente en el caso del tramos a ampliar El tratamiento y disposición final de estos del canal de drenaje residuos será efectuado por una empresa autorizada. 52 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6.1.5. Geomorfología Las medidas de control de erosión y protección de taludes utilizadas durante los trabajos de rehabilitación y mejoramiento deben cumplirse, a fin de evitar generar impactos; al respecto, se proponen las siguientes medidas: CUADRO N° 21: MEDIDAS AMBIENTALES- PROTECCIÓN DE TALUDES Y PROCESO EROSIVO ACTIVIDADES GENERADORAS DE IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS AMBIENTALES IMPACTOS Instalación de Faenas *Minimizar las áreas de desbroce *Mejoramiento de la infraestructura de drenaje a fines de evitar la erosión por escorrentía superficial. *Revegetación y/o reposición de la cobertura vegetal Excavación sobre el nivel por habilitación de instalaciones temporales y/o por Deslizamientos por taludes y aumento de freático trabajos de movimiento de tierras. procesos erosivos * Inspección del área y aplicación de las medidas de control de erosión, los trabajos de excavación para evitar deslizamientos se realizaran mediante Excavación bajo el nivel entibado. freático 6.2. Programa de manejo de residuos sólidos y líquidos El Programa de Manejo de Residuos se establece para los diferentes tipos de residuos (sólidos, líquidos) generados por la propia actividad de ejecución. 6.2.1. Manejo de Residuos Sólidos Su desarrollo se basa de acuerdo a lo estipulado en la Ley 755 y su reglamento, que comprende las etapas de separación, almacenamiento, recolección y transporte y disposición final. 6.2.1.1. Separación de los residuos Sólidos: Los residuos sólidos pueden ser clasificados en: Reciclable, No Aprovechables, Orgánicos, Especiales. En la etapa de ejecución, los residuos que se generarán serán por actividades en el almacén, patio de máquinas, y frentes de trabajo como parte del proceso constructivo; en la etapa de operación se generarán debido al funcionamiento de la infraestructura. CUADRO N° 22: CLASIFICACICIÓN DE LOS RESIDUOS GENERADOS POR LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN DEL CANAL Clasificación Descripción RECICLABLE • Vidrio • Plástico: Envases, bolsas, vasos, PET • Metales • Tetra pack • Pedazos de hierro, tuberías, alambres, clavos, y otros. 53 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Clasificación Descripción NO APROVECHABLES • Papel higiénico, servilletas, toallas de mano. • Residuos de comida ORGÁNICOS • Material vegetal • Escombros ESPECIALES • Material excedente de excavación. Fuente: Elaboración propia en base a la Ley 755 y su reglamento Los colores establecidos para los contenedores, según la Ley 755 y su reglamento, para la identificación de los residuos sólidos es la siguiente: CUADRO N° 23: COLOR Y ETIQUETA SEGÚN LA CLASIFICACIÓN Color y/o Etiqueta Clasificación Tipo de Residuos • Residuos de comida Verde Residuos orgánicos • Material vegetal • Vidrio • Plástico: Envases, bolsas, vasos, PET • Metales Amarillo Residuos reciclables • Tetra pack • Pedazos de hierro, tuberías, alambres, clavos, y otros. • Papel higiénico, servilletas, Residuos no Negro Aprovechables toallas de mano. Fuente: Elaboración propia en base a la Ley 755 y su reglamento 6.2.1.2. Almacenamiento El almacenamiento de los residuos, se efectuará en el obrador de la Empresa Contratista, cumpliendo con los requerimientos y condiciones de separación en contenedores diferenciados, cuidando que exista la debida compatibilidad de las características de los residuos, de manera que se minimicen los riesgos para la salud y el medio ambiente. Los equipos de almacenamiento de residuos especiales tendrán su señalización para su identificación correspondiente. Para efectos de almacenamiento se deben tener en cuenta como mínimo las siguientes recomendaciones: 54 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra o Los contenedores para residuos sólidos serán ubicados de manera adecuada en los 3 frentes de trabajo, almacen, patio de maquinas, oficinas y cualquier otra área de trabajo. o Los contenedores serán reubicados a medida que las obras avancen, no deberán abandonarse en las áreas donde se haya completado el trabajo. o El personal a cargo del recojo y manejo de los residuos, deberán contar con el equipo de protección necesario para tal labor (casco, guantes, mascarillas buconasales, etc.). o Los suelos contaminados con sustancias peligrosas (combustibles, lubricantes, aceites, grasas, pintura, etc.), deberán ser removidos hasta 10 cm. por debajo del nivel alcanzado por la contaminación, para luego ser tratado por una empresa autorizada. o Supervisar el estado óptimo de los contenedores de residuos sólidos y la adecuada segregación en estos. o Realización de inspecciones planeadas en las instalaciones del proyecto con la finalidad de verificar la correcta segregación de los residuos sólidos y brindar medidas correctivas si fuera el caso. CUADRO N° 24: ACOPIO TEMPORAL DE RESIDUOS ÁREAS CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DE ACOPIO TEMPORAL *El área destinada para el almacenamiento temporal tendrá que estar debidamente delimitada *El área de acopio de presentar una superficie distinta al suelo y preferentemente impermeable. *La ubicación del almacén deberá estar cercano a donde se desarrollen Centro de las actividades constructivas Acopio de Residuos *Se deberá llevar un inventario de los residuos indicando: Tipo, volumen Sólidos generado, volumen transportado, reciclado y/o reusado y dispuesto en el relleno sanitario y/o lugar de disposición final; dicha información deberá ser reportada de manera mensual en los informes ambientales. *Se deberán llevar a cabo inspecciones periódicas de las zonas destinadas a almacenamiento de residuos y la misma deberá ser documentada. 6.2.1.3. Recolección y Transporte: La recolección se efectuará dependiendo de la clasificación de los residuos al que se hace referencia: CUADRO N° 25: RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS Clasificación Recolección y Transporte RECICLABLE Operador Privado de Aseo Urbano. NO APROVECHABLES Operador Privado de Aseo Urbano ORGÁNICOS Operador Privado de Aseo Urbano 55 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Clasificación Recolección y Transporte Recolección y Traslado por la empresa contratista a lugares ESPECIALES autorizado por el municipio. Fuente: Elaboración propia 6.2.1.4. Disposición Final de los residuos: La disposición final de los residuos será realizada por el Operador Privado de Aseo Urbano del Municipio en el caso de los Residuos Reciclables, No Aprovechables y Orgánicos, contando con la infraestructura acorde al tipo de residuo, cantidad y volumen. Para los Residuos Especiales serán dispuestos en lugares autorizados por el municipio como material de relleno de calles aledañas. CUADRO N° 26: DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS Lugar de Clasificación Descripción Disposición Final Generación • Vidrio RECICLABLE Faena y Frentes • Plástico: Envases, bolsas, de trabajo Reciclaje por el vasos, PET Operador Privado de • Metales aseo urbano en las • Tetra pack instalaciones del Relleno • Pedazos de madera Sanitario de Normandía. • Pedazos de hierro, tuberías, alambres, clavos, y otros. • Papel higiénico, servilletas, Faena Relleno Sanitario de NO APROVECHABLES toallas de mano. Normandía. • Residuos de comida ORGÁNICOS Faena y Frentes Relleno Sanitario de • Material vegetal de trabajo Normandía. • Escombros Frentes de trabajo Lugares Autorizados por ESPECIALES • Material excedente de el Municipio excavación. 6.2.2. Manejo de Residuos Líquidos Son las aguas residuales que provienen de los sanitarios y de cocineta a ubicarse en el área de trabajo. De acuerdo a sus características estos serán procedencia doméstica o industrial. 6.2.2.1. Medidas para el manejo de residuos líquidos y/o efluentes El presente ítem tiene como finalidad proporcionar los lineamientos para el manejo adecuado de efluentes, producto de las actividades de la faena y de los frentes de trabajo a lo largo del canal. Estas deberán contar con sanitarios y/o baños químicos portátiles los que deberán ser provistos por una empresa especializada autorizada, además de los trabajos de mantenimiento (limpieza de baños, retiro y disposición final de excretas). 56 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Manejo de Efluentes provenientes de los Baños Portátiles. - Los baños portátiles funcionan en base a un compuesto líquido que degrada las materias que se depositan, formando un residuo no contaminante, biodegradable y libre de olores. Las ventajas de contar con este sistema, consisten, en que protege la salud de las personas, cuida el ambiente, disminuye las posibilidades de accidentes de trabajo y la rápida limpieza de las instalaciones. La frecuencia del cambio, limpieza y/o mantenimiento de los baños químicos portátiles dependerá de la recomendación de la empresa proveedora. Medidas para su disposición: Para la disposición de los efluentes generados por la operación de los baños portátiles se deberá contratar a una empresa autorizada para la disposición de este tipo de residuo. FIGURA N° 18: BAÑOS QUIMICOS PORTÁTILES • Faena. - En caso que la eliminación de efluentes producto del funcionamiento de la faena no se interconecte con la red de alcantarillado local se deberá habilitar una cámara séptica para la disposición de sus aguas negras y la contratación de una empresa autorizada una vez sea necesaria la limpieza de la cámara. 6.2.3. Minimización, reúso y reciclaje de Residuos Minimización Debe entenderse por minimización a la acción de reducir al mínimo posible el volumen y peligrosidad de los residuos sólidos a través de cualquier estrategia preventiva, procedimiento, métodos o técnicas utilizada en la actividad generadora las cuales se mencionan en el cuadro a continuación: CUADRO N° 27: TÉCNICAS DE MINIMIZACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS TÉCNICAS DE MINIMIZACIÓN • Vidrio *Se deberá optimizar los materiales disponibles que permitan • Plástico: Envases, bolsas, vasos, PET la realización de los trabajos; así mismo no se podrán desechar • Metales aquello que se muestren en condiciones de volver a ser • Tetra pack reutilizados • Pedazos de madera • Pedazos de hierro, tuberías, alambres, clavos, y otros. 57 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS TÉCNICAS DE MINIMIZACIÓN • Material Excedente de excavación Se deberá tomar todas las precauciones del caso que impidan la pérdida de materiales durante el transporte o manejo dentro de la obra. • Restos de concreto *Minimizar las mermas en los vaciados de agregados, áridos, • Restos de cemento concreto, entre otros durante la construcción • Todo tipo de residuo *Brindar charlas sobre el cuidado de materiales enfocados a la minimización de residuos sólidos. *Establecer acciones para retener en el punto de generación (fuente), aquellos residuos que sean susceptibles de controlarse. *Adquisición de productos con un mínimo de embalajes y envoltura, productos comestibles y papel. Reaprovechamiento. La aplicación de estas prácticas tiene como finalidad obtener un beneficio del elemento o parte del mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización. A continuación, recomendaciones de buenas prácticas conforme se presentan en el siguiente cuadro: CUADRO N° 28: DESCRIPCIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS BUENAS PRÁCTICAS COMERCIALIZACIÓN, DEVOLUCIÓN AL RESIDUOS DESCRIPCIÓN DE LA BUENA PRÁCTICA Reducir Reusar Reciclar PROVEEDOR O DONACIÓN *Los trabajos de corte deberán ser autorizados por el encargado del proyecto, asimismo se realizará un *Material excedente X levantamiento topográfico para determinar y delimitar el volumen de corte. *Los cartones generados como residuos podrán ser reutilizados como depósito de materiales secos. *Se podrá comercializar con una *Cartones y papeles X X empresa recicladora. *De no proceder a la comercialización se podrá optar por la donación a personas dedicadas al reciclaje. *Podrán ser limpiados y reutilizados *Recipientes metálicos con trazas de concreto X para la misma función de depósito o contenedor *Se podrá comercializar con una *Chatarra X empresa recicladora o fundiciones, etc. *Se podrán remover los restos de pinturas y volver a ser utilizados *Latas metálicas como recipientes o depósitos. contaminadas con X *Tambien se podrán comercializar pinturas con Empresas o personas dedicadas al reciclaje. 58 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Para el reciclaje se identificarán los residuos y las alternativas existentes en el mercado, para lo cual, el Contratista deberá contactarse con empresas especializadas que cuenten con permisos y licencias otorgadas por la AAC. 6.2.4. Inspección e inventario de residuos Para lo cual se deberá realizar las siguientes actividades: o Verificar el estado de los contenedores y determinar el grado de deterioro de los mismos. o Los contenedores deben permanecer correctamente cerrados para evitar la emisión de malos olores y la proliferación de plagas (moscas, ratones, etc.), para esto se evitará y controlará la acumulación de residuos orgánicos que no son originados por las actividades de la obra. o Deberá existir un registro del tipo y cantidad de residuos sólidos entregados a Empresa Municipal de Aseo de Santa Cruz -EMACRUZ, al respecto se debe considerar lo siguiente: Nombre, Estado físico (sólido, líquido, o una combinación de uno o más de los anteriores); cantidad (por ejemplo, kilogramos o litros, número de contenedores); documentación del seguimiento del envío de los residuos, donde se incluya tipo y cantidad, fecha de entrega, fecha del transporte y fecha de recepción, detalles sobre el origen, el destinatario y el transportista; método y fecha de almacenamiento, tratamiento o eliminación en las instalaciones, con referencia a los números de declaración específicos de los residuos peligrosos, localización de los residuos peligrosos K. o En caso de solicitar el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos, se deberá realizar los manifiestos de disposición anexando los registros de comprobantes de los servicios como el peso o volumen transportado y el peso de residuos dispuestos. 6.3. Programa de manejo de instalaciones auxiliares 6.3.1. Instalación, funcionamiento y cierre de patio de maquinas y almacenes. En su construcción se evitará en lo posible, la remoción de la cobertura vegetal en los alrededores del terreno asignado; asimismo, se debe conservar la topografía natural del terreno a fin de no realizar movimientos de tierra excesivos. Actividades Previas: • Verificar los permisos y/o autorizaciones de uso de las instalaciones auxiliares tipo patio de maquinas y almacenes, en caso de efectuar algún cambio respecto a la ubicación de la instalación auxiliar se deberá realizar los trámites correspondientes (Tramitar la licencia de funcionamiento ante GAMSC). • Se solicitarán certificaciones de emisiones atmosféricas de vehículos utilizados en la obra con vigencia de expedición inferior a un (1) año. Durante: Aspectos sanitarios • La oficina, almacenes, u otros requeridos en la instalación de faenas, a ser construidos deberá estar provisto de los servicios básicos de saneamiento. • El patio de maquinas, oficina, almacenes, u otros requeridos en la instalación de faenas, deberán contar con equipo de extinción de incendio y material de primeros auxilios médicos, a fin de atender urgencias de salud del personal de obra. • El sector donde se instalará la oficina, almacenes, u otros requeridos en la instalación de faenas, deben de contar con los servicios de agua potable y desagüe. 59 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Los desechos sólidos (basura) generados en almacenes y frentes de trabajo, serán almacenados convenientemente en recipientes apropiados conforme a lo dispuesto en el programa de manejo de residuos sólidos y líquidos. Cierre: • Finalizado los trabajos de rehabilitación, las instalaciones y almacenes, serán desmantelados, pudiendo ser donados los materiales y/o dispuesto por medio de una empresa recicladora. El desmontaje de almacenes, incluye también la demolición de los pisos de concreto y el transporte para su eliminación en depósitos de material excedente. • Todos aquellos materiales reciclables podrán ser entregados a la comunidad en calidad de donación para ser utilizados para otros fines, incluyendo los escombros que podrán servir para rellenos, en lugares aprobados por el GAMSC. • Eliminación de residuos: Recojo y disposición adecuada de los residuos sólidos; en esta etapa el manejo, transporte y disposición de los residuos también estarán sujetos al programa de residuos sólidos del plan de gestión ambiental. • Retiro de los baños portátiles. • Recuperación de la morfología: Se procede a realizar el nivelado del terreno. Asimismo, las zonas que hayan sido compactadas en el área deben ser humedecidas y el suelo removido, acondicionándolo de acuerdo al paisaje circundante además de realizar el escarificado de suelos compactados. • Revegetación (Conforme a la especificación técnica revegetación con herbáceas). 6.3.2. Instalación, funcionamiento y cierre de Depósitos de Material Excedentes (DME). Este programa tiene como objetivo principal prevenir o mitigar los impactos ambientales que pudieran ocurrir durante conformación de material excedente en los depósitos de material excedente identificados como parte del proyecto. Actividades Previas: • Verificar los permisos y/o autorizaciones de uso de las instalaciones auxiliares tipo depósitos de material excedente; en caso de requerir nuevas instalaciones se deberá efectuar los trámites correspondientes. Durante: • Excavar hasta encontrar una capa estable que sirva como fundación y soporte del sobrepeso inducido por el material a ser depositado, de tal forma, que no se produzcan asentamientos considerables que pondrían en peligro la estabilidad del talud; además, estas superficies serán niveladas. • Se debe conformar el material en forma de banquetas y adecuado manejo de los materiales a ser colocados en los depósitos de material excedente. • Los residuos producidos en la obra deberán ser colocados en la máxima profundidad y cubiertas luego con material excedente proveniente de las excavaciones. • El material dispuesto en estas áreas se deberá compactar o estabilizar formando terrazas (En especial en la mayoría de los DMEs se deberá de realizar éste tipo de estabilización). • No se podrá depositar materiales en los cursos de agua o quebradas, ni en las franjas ubicadas a por lo menos 30 m. a cada lado de las orillas; ni se permitirá depositar materiales a media ladera, ni en zonas de fallas geológicas, servidumbres del río, curichi, etc., o en sitios donde la capacidad de soporte de los suelos no permita su colocación. • De ninguna manera se permitirá que los materiales excedentes de la obra sean arrojados a los terrenos adyacentes o acumulados; así, sea de manera temporal, a lo largo y ancho del camino rural; asimismo, no se permitirá que estos materiales sean arrojados libremente a las laderas de los cerros. 60 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Con el fin de disminuir las infiltraciones de agua en los depósitos de material excedente, deben densificarse las dos últimas capas anteriores a la superficie definitiva, mediante varias pasadas de tractor sobre oruga. Cierre: • Se recomienda la revegetación de las superficies de los depósitos de material excedente con plantas típicas de la zona (Conforme a la especificación técnica revegetación con herbáceas). • La superficie superior de los depósitos de material excedente se deberá perfilar con una pendiente suave que, por una parte, asegure que no va a ser erosionada y, por otra, permita el drenaje de las aguas, reduciendo con ello la infiltración. • Eliminación de residuos: Recojo y disposición adecuada de los residuos sólidos (Tales como: restos de aceites, grasas y combustibles, suelos contaminados y otros residuos producto del mantenimiento de las máquinas). Deberá tomar en consideración el programa de manejo de los residios solidos, líquidos y efluentes. • Recuperación de la morfología: Se procede a realizar el nivelado del terreno, incluye el escarificado de suelos compactados. • Colocación de topsoil y revegetación (Conforme a la especificación técnica revegetación con herbáceas) en caso corresponda. 6.4. Programa de señalización temporal Las señales se podrán clasificar en: Temporales: estarán sujetas al tiempo de duración de las actividades de la obra. Permanentes: se tendrán a lo largo de la vía para la conservación del ambiente una vez concluido el proyecto. 6.4.1. Señalización temporal en las instalaciones auxiliares El propósito de este programa de señalización ambiental y de seguridad es de brindar información de manera visual al personal de la obra como a la población acerca de los cuidados del medio ambiente y normas de seguridad a aplicarse durante la operación de las actividades. CUADRO N° 29: ESPECIFICACIONES PARA SEÑALÉTICA Tipo Símbolo Uso Color /Descripción Peligro Letreros de peligro y La palabra PELIGRO (DANGER) PELIGRO etiquetas que indican peligro debe aparecer en la parte superior inmediato, amenaza a la vida del letrero en letras mayúsculas o daño serio, y donde negras sobre un fondo rojo precaución especial es necesaria Precaución Letreros y etiquetas de La palabra PRECAUCION precaución son usadas para (CAUTION) debe aparecer en la PRECAUCIÓN prevenir situaciones de parte superior del letrero en letras peligro menor (donde un mayúsculas amarillas sobre un mediato o potencial riesgo fondo negro. El resto del letrero presenta una amenaza o debe ser en letras negras sobre un daño menor), o de fondo amarillo precaución contra prácticas inseguras. 61 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Tipo Símbolo Uso Color /Descripción Advertencia Letreros y etiquetas de La palabra ADVERTENCIA ADVERTENCIA advertencia pueden ser (WARNING) debe aparecer en las usadas para representar un partes superior del letrero en nivel entre Precaución y letras mayúsculas naranjas o Peligro amarillas sobre un fondo negro. El resto del letrero debe ser en letras negras sobre un fondo naranja o amarillo. Direccional ABCDE Letreros direccionales Letras negras sobre un fondo indican ubicación del equipo blanco. o control de tráfico. Instruccional Instrucciones de seguridad Palabra como AVISO o ATENCION AVISO son usadas para aparece en letras blancas PUNTO DE ENCUENTRO proporcionar instrucciones mayúsculas sobre un fondo verde generales e información con en la parte superior. El resto del respecto a medidas de letrero debe ser en letras negras seguridad. sobre un fondo blanco. Las señales que se instalarán deben ser claras y sencillas, evitándose detalles innecesarios para su comprensión, salvo situaciones que realmente lo justifiquen. • Las señalizaciones deberán ubicarse en zonas que representen un riesgo potencial de ocurrencia de accidentes. • Las señales ambientales se colocarán en aquellos sectores dentro del área de influencia del proyecto, que por su naturaleza o sensibilidad ambiental lo requieran, a fin de dar pautas para el cuidado y conservación o mejora del medio ambiente. • Los lugares donde se ubicarán las señales deben ser de fácil acceso y visibilidad. • El material para la elaboración de las señales debe resistir los golpes y las inclemencias del clima. • El tamaño de los carteles será tal que permita visualizar el mensaje a una distancia de 55 m. • El personal de obra, la población involucrada en el área de influencia del proyecto y los usuarios de la vía están en la obligación de respetar la señalización ambiental y de seguridad implementada. • Se deben tomar en consideración la Ley N° 3988, Código Nacional de Transito de Bolivia. 6.4.2. Señalización temporal en instalaciones especiales u otros sitios de interés • Señalización Ambiental. La señalización ambiental tiene como propósito velar por la mínima afectación de los componentes ambientales durante el desarrollo del proceso de rehabilitación y mejoramiento del camino vecinal. La señalización que se propone consistirá básicamente en la colocación paneles informativos temporales, en los que se indique a la población y al personal de obra sobre la importancia de la conservación de los recursos naturales. Asimismo, será necesaria la señalización ambiental, la cual tiene como propósito constituirse en un medio informativo, preventivo y restrictivo visual que derive en concientizar a los trabajadores de la obra y la población local, con respecto al cuidado del medio ambiente, flora y fauna allí existentes, así como regular las 62 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra actividades a realizar a fin de velar por la mínima afectación de los componentes ambientales. Las áreas donde será necesario colocar señalización ambiental son las siguientes: • En las áreas aledañas al Área protegida del Río Piraí (protección de la Fauna y Flora) • En las áreas aledañas al área de trabajo. • En las áreas aledañas a los depósitos de material excedente. • En las fuentes de agua. CUADRO N° 30: SEÑALIZACIÓN AMBIENTAL Señalización Ambiental DESCRIPCIÓN (SEÑAL UBICACIÓN Altura Área ECOLÓGICA) Longitud (m) (m) (m2) En el Área Protegida del Río Piraí 1.2 6 0.72 En Patio de Maquinas y 1.2 6 0.72 almacenes En los Depósitos (DME) 1.2 6 0.72 En las fuentes de agua 1.2 6 0.72 6.5. Programa de manejo de interferencias en el área del proyecto En este programa se toma en cuenta el manejo de las interferencias que pueden existir en la ejecución del proyecto y son las siguientes: • Gasoducto del YPFB. - En oficio DTRGSCZ 5276/2018 de YPFB Corporación, se verifico por la unidad de Cartografía de Redes de Gas Santa Cruz: o Las redes primarias se encuentran a una profundidad de 0.90 m a 1.50 m en acera y en cruces 1.40 m a 2.50 m, y una distancia variable de la pared hacia la calzada entre 0.80 m y 3.20 m. o Las redes secundarias se encuentran a una profundidad de 0.90 m a 1.00 m en acera y en cruces 1.40 m a 1.50 m, en cruces de canales se encuentra a una profundidad de 1.40 m y 2.50 m, y una distancia variable de la pared hacia la calzada entre 0.80 y 1.50 m. Para los trabajos en la zona, al haberse identificado las redes de gas natural existente en plano de Red Secundaria: Distrito 10, Santa Cruz. Al momento de realizar los trabajos de construcción del canal emisario en la zona se coordinará con Y.P.F.B. YPFBTR.OP. GSMN.196.18, previo a la intervención y desarrollo de actividades se realizará el levantamiento topográfico específico de la zona, con lo que tanto la información del GAMSC como la del ducto coincidan perfectamente y en base a esta YPFBTR y GAMSC identificaran las posibles afectaciones en el caso que existan. 63 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra La empresa contratista responsable de la ejecución movilizará una brigada topográfica para que la poligonal se realice en base a los mismos puntos que tienen monumentados (BM) para el proyecto. YPFBTR brindará personal con equipo para dar la ubicación exacta y profundidades de sus instalaciones en el tramo del canal emisario, para así asegurar que no existan variaciones en las coordenadas. Anexo 2. • Lineas de agua potable. - mediante el oficio OF. G.G. COSPAIL 019/10/2018, referente a planos e información actualizada acerca de las instalaciones e infraestructura existente en agua potable y alcantarillado sanitario, presento al GAMSC un plano de su red existente en el Distrito N° 10. Este plano servirá de referencia para la ejecución de los trabajos de construcción del canal emisario, en coordinación con COSPAIL. Anexo 6. • Lineas/postes eléctricos. - mediante el oficio GOC/031/2018 de la Cooperativa Rural de Electrificación (CRE), proporciona al GAMSC, un plano con información técnica de las instalaciones existentes para la coordinación de los trabajos in situ una vez empiecen las actividades en la zona. Anexo 7. • Red de telecomunicación. – mediante el oficio GTGS. N°23/2018 de la empresa de telecomunicaciones COTAS, menciona que cuenta con una red de canalización de cables que alimentan la zona, que, al momento de realizar los trabajos, el GAMSC debe contactarse con Lic. Eduardo Chavez, Telefono 336-0000 int 1610, para evitar daños en la infraestructura e interrupciones del servicio de la empresa. Se adjunta Plano de la Red de Canalización del Distrito 10 de la zona del Proyecto. • Lineas de Gas Domiciliario. - La zona no cuenta con el servicio de gas domiciliario. 6.6. Programa de Salud y Seguridad Ocupacional Para que la labor preventiva sea efectiva y eficaz, dentro del contratista, deben realizarse acciones para mejorar las condiciones laborales en el que se desempeñan todos los trabajadores de la empresa contratista. Reconociendo que el marco jurídico boliviano Ley N° 16998 General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, y demás normas que exigen a todo empleador a adoptar todas las precauciones para proteger la vida, salud y moralidad de sus trabajadores. A este fin la empresa contratista tomará medidas para evitar los accidentes y enfermedades profesionales, para asegurar la comodidad y ventilación de los locales de trabajo; instalará servicios sanitarios adecuados. (art. 67) El presente programa será una guía en lo que se refiere a la gestión de Seguridad de la empresa contratista, es decir, los pasos que deben ser dados por la empresa para mantener la Seguridad y la Salud Laboral, de acuerdo a la estimación de los riesgos asociados y la respuesta a los mismos para la actividad de construcción del canal. Este programa deberá prevenir, identificar, controlar o minimizar los riesgos de accidentes que puedan originar daños a personas, instalaciones, y al medio ambiente siguiendo para ello las normas y procedimientos de seguridad y la normativa nacional vigente, Mantener los equipos a utilizar en perfectas condiciones y preparar al personal para actuar con seguridad ante los casos de emergencia que puedan surgir durante la ejecución de las actividades. Dentro de las medidas de respuesta a los riesgos identificados en el cuadro de la Matriz De Riesgos En Salud Y Seguridad Ocupacional, se determinó lo siguiente: 6.6.1. Capacitación en temas de Seguridad y Salud Ocupacional La capacitación estará referida a los siguientes temas: 64 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Manejo adecuado de herramientas y maquinarias • Uso correcto de EPP • Manejo correcto de extintor contra incendios • Uso de Botiquín de Primeros Auxilios 6.6.2. Dotación y uso obligatorio de EPP Se hace referencia a la dotación de ropa de trabajo al personal, según las actividades del proyecto de construcción y los riesgos identificados en la matriz de riesgos laborales. La indumentaria necesaria es: FIGURA N° 19: EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL- EPP Protectores Mascara de Respiratorios protección facial 6.6.3. Señalización de seguridad y salud ocupacional de las áreas de trabajo La implementación de la señalética estará en base a la Resolución Ministerial N° 849/14 – Norma de Señalización de Seguridad, Salud en el Trabajo y Emergencias de Defensa Civil.La señalización está referida a un objeto, actividad o situación económica determinados, proporcione una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante un texto y/o una señal en forma de cartel (la cual estará constituida por un pictograma, un color de fondo y una forma geométrica, de acuerdo al Anexo B de la Resolución Ministerial N° 849/14 - Norma de Señalización de Seguridad, Salud en el Trabajo y Emergencias de Defensa Civil.), un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal una señal gestual, según proceda. 65 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 20: SEÑAL DE SEGURIDAD El propósito de los colores y de las señales de seguridad es informar sobre objetos y situaciones que puedan afectar a la seguridad y la salud, logrando una comprensión rápida de un mensaje específico. La señalización incluida en el proyecto se orienta a los siguientes tipos: • Prohibición • Obligación • Advertencia • Evacuación • Salvamento • Señalización de equipos de protección contra incendios CUADRO N° 31: SEÑALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL SEÑALIZACION Señal de Prohibición Esta señal deberá estar ubicada en la faena Resolución Ministerial No. 849/2014 66 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SEÑALIZACION Señal de Prohibición Esta señal deberá estar ubicada en la faena Resolución Ministerial No. 849/2014 Señal de Obligación Esta señal deberá estar ubicada en la faena y en cada frente de trabajo. Resolución Ministerial No. 849/2014 Señal de Advertencia Esta señal deberá estar ubicada en la faena Resolución Ministerial No. 849/2014 67 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SEÑALIZACION Señal de Advertencia Esta señal deberá estar ubicada en la faena y en cada frente de trabajo. Resolución Ministerial No. 849/2014 Señal de Advertencia Esta señal deberá estar ubicada en ela faena y en cada frente de trabajo. Resolución Ministerial No. 849/2014 Señal de Advertencia Esta señal deberá estar ubicada en cada frente de trabajo. Resolución Ministerial No. 849/2014 68 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SEÑALIZACION Señal de Advertencia Esta señal deberá estar ubicada en la faena Resolución Ministerial No. 849/2014 Señal de Esta señal deberá Salvamiento estar ubicada en la faena Resolución Ministerial No. 849/2014 Esta señal deberá estar ubicada en la faena Señal de Resolución Ministerial Salvamiento No. 849/2014 Esta señal deberá estar ubicada en la faena, según Resolución Ministerial Señal de evacuación corresponda. No. 849/2014 69 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SEÑALIZACION Resolución Ministerial No. 849/2014 Señalización de equipos de Esta señal deberá protección estar ubicada en la faena contra incendios Resolución Ministerial No. 849/2014 Señalización de equipos de Esta señal deberá protección estar ubicada en la faena contra incendios 6.6.4. Delimitación de las áreas de circulación vehicular. Se deberá señalar cada punto de intersección de los carriles de circulación interior del área de trabajo, por tanto, en cada punto de posible indecisión, para indicaciones direccionales hacia la salida u otros bloques, limitaciones, prohibiciones de giro y otras informaciones básicas. La delimitación de las áreas se realizará mediante elementos canalizadores conforme el siguiente cuadro: 70 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 32: ELEMENTOS CANALIZADORES ELEMENTOS CANALIZADORES Barrera de Deberá estar ubicado permanentemente al seguridad en la inicio y final de los frentes de trabajo zona de trabajo. Cilindros de Deberá estar ubicado permanentemente en seguridad en la los frentes de trabajo considerando las zona de trabajo siguientes distancias: Nota. - El contratista podrá definir la señalética utilizada, considerando los parámetros expuestos. 6.7. Programa de desvios de tráfico El objetivo es buscar las vías alternativas para el desvió del tráfico vehicular momentáneo durante la construcción del canal de Drenaje Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, en aquellos puntos en los cuales el canal intercepta con vías de alto tráfico vehicular, las alternativas deberán ser de tal modo que busque evitar la interrupción normal de tráfico vehicular, también tiene el propósito de comunicar sobre: prohibiciones, advertencias, obligaciones, condiciones de seguridad, salvamento, evacuación y otras condiciones especiales, con señalización de colores de seguridad usada en lugares de trabajos y actividades construcción civil, para evitar congestionamiento vehicular en el área de trabajo y como también preservar la vida del transeúnte y el personal de trabajo mientras dure la obra. El Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, esta ubicado en el Distrito Municipal N° 10, abarca el noveno anillo (Canal Aportante) y el Octavo anillo, al suroeste de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. El proyecto del Canal Emisario se encuentra dividido en 5 tramos, como se indica en la Linea base en la figura N° 1. Las rutas alternativas, que se tomaran para considerar durante la construcción de la obra, se tomaron a razón de una inspección técnica preliminar ante de iniciar la construcción de los tramos que conforman el canal de drenaje principal y aportante, considerando siempre en el análisis de disminuir el riesgo y posible de 71 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra afectación a los vivientes aledaños a la construcción de la obra, una vez elegida la ruta alternativa y cerrado parcialmente de las vías afectadas se informara a los afectados para que estos tomen las precauciones del caso, estas rutas alternativas de desvió de trafico deberá ser acondicionadas y señalizada con anticipación antes de dar inicio a la ejecución de la obra en el tramo correspondiente. La señalización para las rutas alternativas de día y noches deberán ser en lugares adecuados y visibles para que los peatones y conductores, mientras dure la etapa de construcción de los tramos, tal como lo estable en la resolución ministerial Nº 849/14, La Paz 8 de diciembre de 2014. La señalización deberá permanecer el tiempo necesario mientras dure la ejecución del tramo o la obra. 6.7.2. Desvió de tráfico del Emisario Octavo Anillo Sur Oeste Para la realización de los diferentes desvíos del tráfico vehicular par el Emisario 8º Anillo Sur Oeste siendo este el canal receptor de canales de drenaje aportantes como el Noveno Anillo, a continuación, se detallan los desvíos vehiculares por tramo. 6.7.2.1. Desvió tráfico vehicular para Emisario Octavo Anillo Sur Oeste Este canal de drenaje pluvial está dividido por cinco tramos en toda su longitud, los desvió del tráfico vehicular se lo hará según las condiciones de cada tramo, las vías serán cerrada parcialmente, para no perjudicar el paso a los viviente, también se hace notar que no se cerrará todo el tramo se lo hará por cuadras según el avance en el tramo de la obra. • Tramo 1 El tramo 1 inicia en la progresiva 2+075 del Octavo Anillo termina en la progresiva 2+636 teniendo una longitud de 561 metros, en esta avenida del Octavo Anillo se tiene las dos vías pavimentadas, en la cual una de la vía de este tramo será cerrada parcialmente, para la ejecución de la obra por un tiempo de 155 días calendario, la otra vía estará abierta al tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación, es bueno aclarar que sobre la vía cerrada se coordinara con los residentes para que estos puedan entrar a sus domicilios de tal forma que se disminuyan los perjuicios ocasionados durante la etapa de construcción del tramo, durante el tiempo que se desarrollen los trabajos los desvíos estarán con la señalética correspondiente según norma. • Tramo 2 El tramo 2 cruza la avenida troncal doble vía a La Guardia, esta avenida es de alto tráfico vehicular y el más crítico de la obra, el tramo 2 inicia en la progresiva 2+636 del Octavo Anillo termina en la progresiva 3+378 con una longitud de 742 metros, la avenida del Octavo Anillo se tiene las dos vías pavimentadas, en la cual una de la vía del tramo 2 será cerrada parciamente para la ejecución de la obra por un tiempo de 135 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. En el desvió de tráfico en el punto más crítico que sería la intersección de dos avenidas troncales y de alto flujo vehicular que son La Doble Vía al Guardia y la avenida del 8º Anillo, la mejor opción de desvío será como muestra la siguiente imagen. 72 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FIGURA N° 21: DESVIO PARA LA INTERSECCIÓN DE LA AV. DOBLE VIA LA GUARDIA Y OCTAVO ANILLO- TRAMO 2 • Tramo 3 El tramo 3 inicia en la progresiva 3+378 del Octavo Anillo termina en la progresiva 4+198 siendo una longitud de 820 metros, la avenida del Octavo Anillo se tiene dos vías, una vía pavimentadas y la otra vía de tierra, la vía de tierra será cerrada parcialmente para la ejecución de la obra por un tiempo de 142 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. • Tramo 4 El tramo 4 inicia en la progresiva 4+198 del Octavo Anillo termina en la progresiva 5+020 tiendo una longitud de 822 metros, en este tramo la avenida del Octavo Anillo presenta dos vías de tierra, en la cual una de la vía de tierra será cerrada para la ejecución de la obra por un tiempo de 205 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. • Tramo 5 El tramo 5 inicia en la progresiva 5+020 del Octavo Anillo termina en la progresiva 6+440 con una longitud de 1420 metros, la avenida del Octavo Anillo se tiene dos vías de tierra, en la cual una de la vía de tierra será cerrada parcialmente para la ejecución de la obra por un tiempo de 271 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. 6.7.2.2. Desvió tráfico vehicular para Canal de Drenaje Aportante Noveno Anillo El canal de drenaje aportante Noveno Anillo se divide en tres tramos en toda la longitud del canal hasta intersectar con el Emisario 8º Anillo Sur Oeste, para el desvió del tráfico vehicular se lo hará por tramos. 73 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Tramo 1 Aportante El tramo 1 aportante inicia en la progresiva 0+000 del Noveno Anillo termina en la progresiva 0+450 con una longitud de 450 metros, la avenida del Noveno Anillo se tiene las dos vías pavimentadas, en la cual una de la vía será cerrada parcialmente para la ejecución de la obra por un tiempo de 75 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. • Tramo 2 Aportante El tramo 2 aportante inicia en la progresiva 0+450 del Noveno Anillo termina en la progresiva 1+158 siendo una longitud de 708 metros, la avenida del Noveno Anillo se tiene las dos vías pavimentadas, en la cual una de la vía será cerrada parcialmente para la ejecución de la obra por un tiempo de 75 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. • Tramo 3 Aportante El tramo 3 aportante inicia en la progresiva 1+158 del Noveno Anillo termina en la progresiva 2+075 de la radial dieciséis y medio teniendo una longitud de 917 metros, la avenida del Noveno Anillo se tiene las dos vías pavimentadas, y la radial dieciséis y medio tiene dos vías una de tierra y la otra pavimentada, en la cual una de la vía de tiera será cerrada para la ejecución de la obra por un tiempo de 129 días calendario, la otra vía será para el tráfico vehicular en ambos sentidos de circulación. 6.7.2. Cronograma de Desvio A continuación se presenta un cronograma tentativo de desvío: FIGURA N° 22: CRONOGRAMA DE DESVIO 74 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6.7.3. Costo de Desvio El costo de desvió para el tráfico de vehicular de la Obra Emisario Octavo Anillo Sur Oeste, se tiene un presupuesto de Bs. 441668.4 (Cuatrocientos Cuarenta Un Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 4/100 bolivianos), donde se contempla los insumos de señalización, como también el mantenimiento preventivo de las vías de desvió alternativa. Este monto está incluido en el presupuesto de la Evaluación Social, en tal sentido no se incluye en el presupuesto de la Evaluación Ambiental. 6.8. Programa de Control de Plagas El programa de control de plagas debe de ser preventivo con el fin de evitar el problema y tener que hacer algún tratamiento agresivo. Este programa es aplicable a casi cualquier tipo de instalaciones que tengan plagas y propone el diseño adecuado de instalaciones con barreras físicas en ventanas y puertas, el sellado de cañerías, la retirada correcta de residuos y mantenimiento del exterior de las instalaciones. Dependiendo del tipo de instalación habrá otro tipo de tratamientos más específicos como cebos para ratas y ratones, la colocación de insectocutores, trampas para insectos, fumigaciones preventivas, etc. • Plaga. - Una plaga es todo organismo que ocasiona, transmite y propaga enfermedades, que come, contamina o inutiliza los alimentos o productos elaborados. Su presencia resulta molesta y desagradable pudiendo deteriorar o dañar el establecimiento o los bienes que en él se encuentran. Muchas plagas son vectores o vehículos de enfermedades. • Plagas más comunes en nuestro medio. - Dentro de las voladoras estan: moscas, mosquitos, murciélagos y aves, principalmente palomas. En cuanto a las rastreras se tiene: roedores (ratas y ratones), cucarachas, arañas, hormigas. De todas ellas las más comunes y que más preocupan desde el punto de vista higiénico-sanitario y de transmisión de enfermedades. • Plagas que se vinculan con la higiene de los alimentos. - Son aquellas que afectan la Salud Pública y que preocupan por su estrecha convivencia con el hombre. Especialmente las que están relacionadas con los lugares donde se procesan y almacenan alimentos. Ellas son básicamente: insectos (moscas, cucarachas, hormigas, etc.), roedores (ratas y ratones) y algunas aves (palomas). • Plagas vinculadas con ETAS (Enfermedades Transmitidas por alimentos).- Las cucarachas son vectores importantes de Salmonella, Proteus, Shigella, helmintos, virus, hongos y protozoarios.Las moscas pueden trasmitir: meningitis, cólera, salmonellosis, tifus, lepra, hepatitis, tripanosomas, etc.Los roedores pueden transmitir: salmonellosis, leptospirosis, triquinellosis, hantavirus, neumonía, etc. Las palomas pueden transmitir: salmonellosis, histoplasmosis, campilobacteriosis, toxoplasmosis, tuberculosis, neumoencefalitis, etc. 6.8.1. Medidas de Prevención de plagas Se deben realizar inspecciones en los siguientes lugares: Exterior o área de trabajo de campo: • Evitar las aguas estancadas (en el canal) • Fumigar en las áreas de trabajo de campo • Eliminar contenedores u objetos que puedan retener agua (como las llantas, tarros, etc.) Interior de Infraestructura: • En el interior del establecimiento hay que controlar e inspeccionar todo lo referente en cuanto a grietas y rajaduras en paredes y pisos, éstas no deben existir, deben estar muy bien selladas si es que las hay. 75 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Los techos tampoco deben constituirse en áreas de refugio, sobre todo los cielorrasos, que no son recomendables en ninguna planta que elabore alimentos. • Evitar también las goteras, los techos no deben ser de materiales que produzcan condensación. • Los drenajes deben estar siempre limpios, no debe haber olores de descomposición en la planta, eso significa que en los desagues hay acumulación de materia orgánica que constituye alimento para las plagas. • Las puertas deben cerrar bien y tener mosquitero en perfecto estado. • Las ventanas deben ser fijas, y si abren deben ser corredizas y tener tela mosquitero en perfecto estado de conservación. • La instalación eléctrica debe ser inspeccionada, evitando cables sueltos y cajas de luz sobre las paredes. Estas de no estar empotradas deben estar distantes de las paredes para evitar la acumulación de suciedad y el refugio de plagas. 6.8.2. Tipos de Control Existen los siguientes tipos de control: • El control directo es aquel que actúa sobre las poblaciones de plagas en cualquier estadío de desarrollo, provocándole la muerte u otro tipo de alteraciones o daños irreversibles: Pueden ser: recursos químicos, constituidos por los plaguicidas, o los recursos físicos como las trampas de luz, las tramperas, etc. • El control indirecto actúa sobre el medio ambiente de las plagas, convirtiéndolo en un medio hostil o inaccesible. Este control es tan importante como el directo ya que éste última falla a corto o largo plazo si no se aplica el indirecto. Estos son: ventilación, puertas y ventanas con cerramientos de protección o tela mosquitero, y con respecto a las rutinas y procedimientos, lo referente a manejo de residuos, efluentes, ingreso y egreso de mercadería, insumos y productos, etc. El contratista deberá implementar un formato del control de plagas que deberá evaluar aspectos para ejercer el control de las plagas: CUADRO N° 33: FORMATO DE CONTROL DE PLAGAS ASPECTO A EVALUAR C NC OBSERVACIONES EDIFICACIONES E INSTALACIONES 1.1 ÁREAS EXTERIORES 1.1.1 ausencia de refugio para plagas 1.1.2 ausencia de reproducción de plagas 1.1.3 sistema de manejo de basuras en áreas exteriores 1.1.4 contenedor de basuras 1.1.5 Control de malezas 1.2 LOCALIZACIÓN Y ACCESOS 76 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 1.2.1 Las infraestruturas está ubicada en lugar alejado de focos de plaga. 1.2.2 alrededores limpios y accesos libres de estancamiento de agua. 1.3 DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN 1.3.1 La construcción protege las áreas de producción contra plagas. 1.3.2 separaciones adecuada de áreas funcionales 1.3.3 ausencia de animales domésticos. 1.4 DISPOSICIÓN DE DESPERDICIOS 1.4.1 área de almacenamiento para residuos diseñadas sanitariamente. 1.4.2 contenedores de tipo adecuado. 1.4.3 muestra evidencia de limpieza regular de los contenedores. CONDICIONES ÁREA DE ELABORACIÓN 2.1 paredes lisas, claras y sin grietas. 2.2 tuberías de drenaje de aguas residuales bien diseñados y mantenidos protegidos con rejilla. 2.3 ventanas-vidrios en buen estado 2.4 ventanas con protección anti- insectos. 2.5 luz de puerta no mayor a 1 cm. 2.6 no existe acceso directo del exterior al área de elaboración. 2.7 las instalaciones eléctricas diseñadas para evitar la acumulación de plagas. 2.8 aberturas de ventilación protegidas SANEAMIENTO Y CONTROL 3.1 existe programa mantenimiento locativo 3.2 existe programa control de plagas 3.3 existe plano de ubicación puntos de control plagas 3.4 existen registros de control de plagas. 77 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6.9. Programa de Cierre de las actividades de construcción El Programa de Cierre está referido a las acciones y medidas que la empresa contratista debe realizar después de que haya culminado con todas las obras consideradas en el Expediente Técnico, que comienzan desde la etapa pre operatoria, construcción y operación, lo que implica un periodo de clausura hasta la declaración oficial del cierre y abandono de todas las áreas que fueron utilizadas durante el proceso de construcción tales como; el abandono de toda la infraestructura de la obra, área de trabajo de campo, almacén, patio de máquinas, así como, las áreas que han sido utilizadas como depósitos de material excedente; ya que desde el punto de vista de la conservación del medio ambiente, interesa el retiro inmediato de las instalaciones temporales utilizadas en la construcción de la vía programadas así como la restauración de las áreas utilizadas de tal manera de devolver y mejorar el paisaje de las zonas afectadas. 6.9.1. Recuperación de áreas afectadas Como parte del programa de recuperación y/o restauración se considerarán las siguientes áreas afectadas: Áreas Colindantes a la Vía • Retirar la señalización temporal puesta por la ejecución de las obras. • Recojo y disposición final de los residuos sólidos; estas actividades también estarán sujetas al programa de residuos sólidos por lo que se deberá seguir los procedimientos en dicho programa. En caso de tratarse de residuos sólidos no peligrosos deberán ser dispuestos a través de Empresas dedicadas al reciclaje legalmete constituidas. Los residuos sólidos peligrosos serán trasladados al entierro sanitario de Normandia o en el autorizado por el GAMSC. • Las zonas donde se ha procedido al corte de taludes deberán ser conformadas de tal manera que se garantice su estabilidad física: no dejar pendientes pronunciadas que favorecerían el deslizamiento del material, realizar desquinche en las zonas donde se ha evidenciado rocas o material suelto. La recuperación de las áreas auxiliares se realizará tomando en consideración las actividades de “Cierre” planteadas en programa de manejo de instalaciones auxiliares. 6.9.2. Herbáceas para cobertura vegetal de terreno. Consiste en la preparación del suelo, siembra de semillas de herbáceas, riego, fertilización, y colocación de cubierta de paja retenedora de humedad, con finalidad de evitar y mitigar la erosión y ocurrencia de procesos geodinámicos que pudieran afectar la flora, fauna y poblaciones aledañas a la vía, de acuerdo con estas especificaciones, en conformidad con el Proyecto y aprobación del Supervisor. El subprograma se aplicará a las áreas auxiliares tipo: depósitos de material excedente, área de trabajo de campo y patio de máquinas, debiendo de efectuar una cobertura total al área de cada una de ellas y con especies típicas de la zona. CAPITULO 7 7. PLAN DE CONTINGENCIA 7.1. Estructura Organizacional del programa de contingencias La implementación y seguimiento del programa estará a cargo de un equipo responsable de actuar ante la ocurrencia de cualquiera de los riesgos generales identificados, ya sea antes, durante o después de un evento, éste estará conformado por personal debidamente entrenado y capacitado para poder afrontar con éxito cualquier tipo de emergencia, contando para desarrollar sus actividades con equipos, materiales y vehículos necesarios. Su conformación considera a un jefe de equipo y brigadistas, cuyas funciones se indican a continuación: 78 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Jefe (Especialista de Seguridad) • El Jefe supervisara la adecuada aplicación de las medidas contempladas en el Programa de Contingencias, frente a cualquier eventualidad que pudiera presentarse durante la ejecución del Proyecto. • Tendrá a su cargo la dirección de las acciones de respuesta frente a cualquier eventualidad que pueda presentarse durante el desarrollo de las actividades del Proyecto. • Tendrá comunicación directa y permanente con el residente de obra, a quien informará sobre las causas, características principales, ubicación y magnitud del evento ocurrido, a fin de que se den las directivas necesarias para el manejo del mismo. A su vez, estará en constante comunicación con las brigadas de respuesta de la emergencia. • Mantendrá un registro de los recursos asignados y su eventual uso. • Realizara coordinaciones con las instituciones que prestaran apoyo, tales como Cuerpo General de Bomberos (Voluntarios y del GAMSC), SEARPI, Policía Nacional de Bolivia y con el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra y otros dependiendo del caso específico. • Tendrá la responsabilidad de gestionar adecuadamente los recursos necesarios para impartir capacitaciones a su personal, además de realizar y/o mejorar los procedimientos y medidas de contingencias del personal de obra que integrará el equipo de emergencia, así como el equipamiento de la misma. • Posterior a la ocurrencia y control de un evento no deseado, realizara una evaluación integral de los sucesos acontecidos conjuntamente con los brigadistas, a fin de elaborar un informe de lo acontecido, emitiendo conclusiones y recomendaciones que permitan mejorar el Plan de Contingencias. Brigadistas. Este personal deberá proporcionar la primera línea de acción en respuesta ante una emergencia, de manera que se pueda desarrollar la estrategia final de control y mitigación sin inconvenientes. Asimismo, deberá mantener un registro actualizado de las condiciones del equipo, materiales y transporte asignado al equipo de respuesta de emergencia, evaluando el estado de los equipos, elaborando al respecto un reporte para el Jefe, a fin de determinar la necesidad de adquirir nuevo equipamiento. Para ello, el personal brigadista deberá tener las competencias necesarias, por lo que el Jefe, será el encargado de gestionar y verificar el cumplimiento de sus funciones, así como brindarles capacitación mediante entrenamiento, charlas, prácticas de usos de equipos de emergencia, simulacros, entre otros. El personal brigadista, que es el equipo responsable respuesta ante emergencias, estará conformado por Un Jefe (Especialsita de Seguridad), Brigadista ante Accidentes, Brigadista Ante Derrame, Brigadista Ante Desastre Naturales y Brigadista De Primeros Auxilios. Deberán estar adecuadamente capacitado en los siguientes aspectos: • Técnicas de primeros auxilios. • Identificación y señalización de áreas vulnerables o de riesgos. • Adecuado manejo de materiales peligrosos, que involucren las acciones a considerar ante derrames, así como la mitigación de sus efectos sobre el ambiente. • Acciones de control y mitigación de incendios. Todos los procedimientos operativos como identificación de peligros, evaluación y control de riesgos, trabajos en caliente, trabajos en altura, excavaciones y zanjas, espacios confinados, entre otros. Equipamiento. Los equipos, materiales y vehículos que deberán estar a disposición del equipo de respuesta ante emergencias, se indican a continuación: 79 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Equipo de primeros auxilios: Botiquín de primeros auxilios (algodón, gasas, esparadrapos, vendas, alcohol, agua oxigenada, guantes quirúrgicos, apósitos y medicamentos), camilla, collarín, entre otros. • Implementos de seguridad básicos y complementarios: Los equipos e implementos de seguridad (básicos y complementarios) que serán utilizados, brindarán la protección personal necesaria para minimizar el riesgo de accidentes durante el desarrollo de las actividades del Proyecto y la primera respuesta ante un evento no deseado. • Equipos contra incendios: conformado por los extintores. Los extintores serán implementados en todas las instalaciones temporales, teniendo en cuenta las dimensiones y las fuentes de generación de posibles amagos de incendio. Las unidades móviles también deberán de contar con extintores. Los extintores serán de de polvo químico seco (ABC) de 11 a 15 Kg., y estarán ubicados en lugares fácilmente accesibles. La inspección de los extintores se realizará mensualmente, procediéndose a ponerlo a prueba y se realizar su respectivo mantenimiento. Estos extintores deberán llevar un rótulo con la fecha de prueba, y con la fecha de caducidad del mismo. • Equipo y materiales contra derrame de productos y/o materiales peligrosos: Las instalaciones donde se almacenará el combustible, aceite, lubricantes u otras sustancias peligrosas, deberán contar con equipos para el control de derrames, para su limpieza y evacuación. El contenido del kit anti-derrames es el siguiente: Cordones y/o trapos absorbentes absorbentes; equipo de protección personal adecuado para el manipuleo de sustancias peligrosas según la NFPA (Asociación Nacional de Protección contra el Fuego EEUU (guantes de neopreno), se deberá contar con contenedores y herramientas manuales para la remoción de material contaminado (palas, de punta redonda anti-chispa, picos, anti-chispa, botiquín de mano). • Equipos de comunicación: Radios portátiles y/o celulares. • Unidades de desplazamiento: Se deberá designar vehículos de atención de emergencia los mismos que siempre deberán estar en perfecto estado. 7.2. Programa de medidas de contingencias ante desastres naturales y accidentes laborales. Las medidas antes, durante y después de los posibles incidentes ambientales y/o accidentes laborales se detallan los Cuadros del 34 al 38. 7.3. Programa de medidas de contingencias ante incidentes ambientales. Las medidas a implementarse ante algún tipo de contingencia corresponden a la capacitación y entrenamiento del personal de obra, así como la provisión de los recursos necesarios para atender las contingencias. Las acciones durante la contingencia comprenden aquellas conducentes a controlar la contingencia. A continuación, se detallan algunas medidas. 7.4. Programa de medidas de contingencias ante accidentes laborales. Se debe implementar estas medidas al personal operativo de la empresa ejecutora y todos los trabajadores en caso de una emergencia relacionada con la manipulación de sustancias peligrosas o algún otro hecho relacionado con errores humanos. Los procedimientos presentados en este programa serán empleados por todo el personal que trabaja en el proyecto en el caso de alguna situación de emergencia, lo cual facilitará la rapidez y efectividad para salvaguardar vidas humanas, infraestructura y el medio ambiente. Estos procedimientos no reemplazan ninguna acción basada en experiencia, pero si establecen guías que proporcionan directrices. 80 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El alcance del programa comprende desde el momento de la notificación de una emergencia hasta el momento en que todos los hechos que ponían en riesgo la seguridad de las personas, la integridad de las instalaciones y la protección del ambiente estén controlados. 81 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 34 : PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS -SISMOS Momento de Fase del Posibles Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Eventos Medida Las construcciones provisionales, deberán estar diseñadas y construidas, de acuerdo a las normas de diseño y construcción. Las rutas de evacuación deben estar libres de objetos y maquinarias con la finalidad de que no retarden o dificulten la pronta salida del personal. La disposición de las puertas y ventanas de la faena, preferentemente deben abrirse hacia fuera de los ambientes, a fin de facilitar una pronta evacuación del personal de obra en caso de sismos. Antes del evento Se deberá realizar la identificación y señalización de áreas seguras dentro y fuera de las obras, instalaciones auxiliares y almacén de materiales, etc.; así como, de las rutas de evacuación directas y seguras. Se dictará charlas al personal de obra sobre las acciones a realizar en caso de sismo. Ocurrencia de Se programará la realización de simulacros Ejecución Sismos Paralizar las maniobras de uso de maquinarias y equipos, a fin de evitar accidentes en las actividades de rehabilitación de la carretera. Durante el El personal de obra deberá mantener la calma y la evacuar de forma ordenada. evento Si el sismo ocurriese durante la noche, se deberán utilizar linternas para evacuar las instalaciones. No utilizar fósforos, velas ni encendedores. Atención inmediata de las personas accidentadas Retiro de toda maquinaria y equipo de la zona de trabajo, que pudiera haber sido averiada o afectada. Despues del Ordenar y disponer que el personal de obra, mantenga la calma, por las posibles réplicas del movimiento telúrico. evento Mantener al personal de obra, en las zonas de seguridad previamente establecidas, por un tiempo prudencial, hasta el cese de las réplicas del movimiento sísmico. 82 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 35: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS -INCENDIOS Momento de Fase del Posibles Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Eventos Medida El personal de la obra debe recibir capacitaciones para contrarrestar situaciones de emergencia en casos de incendios, debe tener conocimiento de los procedimientos de cómo actuar en caso de un siniestro. Se deberá tener publicado un plano de distribución de los equipos y accesorios contra incendios (extintores), en las instalaciones auxiliares, las que serán de conocimiento de todo el personal que labora en el lugar, además debe contar con una señalización clara. Se capacitará al personal en primeros auxilios. Antes del evento Debe contarse con extintores de agua, polvo químico seco y espuma. Deben realizarse los controles regulares de los extintores para determinar su operatividad Se elaborará un programa de simulacros de lucha contra incendios, con la participación de todo el personal. Paralización de las actividades en la zona del incendio. Comunicación inmediata con el jefe de la unidad de contingencias. Ocurrencia de En función del tipo de incendio deberán aplicarse las siguientes acciones: Ejecución Incendios - Incendio de material común, se debe usar extintores o rociar con agua en la base del fuego o llama. Durante el - Incendio de líquidos o gases inflamables, se debe cortar el suministro del producto y sofocar el fuego, utilizando evento arena seca, tierra o extintores de polvo químico seco, espuma o dióxido de carbono. - Incendio eléctrico, se debe de inmediato cortar el suministro eléctrico y sofocar el fuego utilizando extintores de polvo químico seco, dióxido de carbono, arena seca o tierra. De resultar una o más personas afectadas por el incendio, se les suministrará los primeros auxilios y luego serán llevadas al establecimiento de salud más cercano. El personal que haya resultado con quemaduras o accidentados por causa del siniestro, deberán ser trasladados a los centros de salud más cercanos. Se contará con el personal debidamente calificado que avistará 30 minutos después del incendio, a fin de sofocar cual rebrote del incendio. Despues del evento Se procederá a la limpieza del área afectada. Los extintores usados serán remitidos al proveedor para su llenado. Se revisarán las acciones tomadas durante el incendio y se elaborará un reporte de incidentes. 83 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 36: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –DERRUMBES O DESLIZAMIENTOS Momento de Fase del Posibles Eventos Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Medida Localizar las tramos en construcción con inestabilidad de taludes. Dar a saber a los trabajadores las áreas más críticas y susceptibles de deslizamiento y/o derrumbes. Antes del evento Se dispondrá de equipos de auxilio rápido y rescate. Capacitación del personal de obra en evaluación de riesgos. Ocurrencia de Los trabajadores paralizarán sus actividades y se pondrán a buen resguardo. Ejecución derrumbes o En caso el deslizamiento es atribuible a sismos, el personal estará preparado para posibles réplicas. Durante el deslizamientos evento Se le dará aviso a la unidad de contingencia. Se atenderá o trasladará a posibles personas de obra afectadas. Efectuar la limpieza de materiales de escombros que pudiesen estar interrumpiendo o poniendo en riesgo áreas de trabajo Despues del evento Efectuar una inspección completa y detallada de las instalaciones que pudieran haberse visto afectada. CUADRO N° 37: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –ACCIDENTES LABORALES Momento de Fase del Posibles Eventos Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Medida · Se deberá realizar el análisis de riesgos de cada tarea a realizar durante la ejecución de la obra. · Se deberá implementar Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro. · Todos los trabajadores de la obra recibirán charlas de seguridad laboral. Ocurrencia de Ejecución accidentes · Efectuar simulacros a fin de poner en práctica la capacitación brindada. Antes del evento laborales · Coordinar con los establecimientos de salud de las urbanizaciones cercanas a la vía al inicio de las obras, a fin de que estos se encuentren preparados para atender cualquier emergencia. · Debe brindarse todos los implementos de seguridad al personal propios de cada actividad, como: cascos, botas, guantes, arneses, protectores visuales, etc. 84 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Momento de Fase del Posibles Eventos Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Medida · Se comunicará al Jefe de Brigada, acerca del accidente, señalando su localización y tipo de accidente, nivel de gravedad. Esta comunicación será a través de teléfono, radio o de manera personal. · La Brigada de Contingencia se trasladará al lugar de accidente, con los implementos y/o equipos que permitan atender al herido. · Los trabajadores de la contratista de acuerdo a lo que indica los cursos de inducción de seguridad actuarán de manera calmada, serenidad y rapidez, dando tranquilidad y confianza a los afectados. · Se evaluará la situación antes de actuar, realizando una rápida inspección del accidente y su entorno. · Dependiendo de la situación y magnitud del accidente del trabajador, se darán los primeros auxilios y se evacuará al establecimiento de salud más cercano. Durante el - Cuando se actúe en una situación de emergencia por accidentes de los trabajadores, se tendrá en consideración lo evento siguiente: - Proteger al accidentado asegurando que tanto él como la persona que lo socorre estén fuera de peligro. Esto es especialmente importante cuando la atmósfera no es respirable, se ha producido un incendio, existe contacto eléctrico o una maquina en marcha - Dar aviso inmediato a la Unidad de Contingencias para que acudan al lugar del accidente a prestar su ayuda especializada. - Se dará socorro a la persona o personas accidentadas comenzando por realizar una evaluación primaria. ¿Está consciente? ¿Tiene pulso? - No mover de manera brusca al accidentado. CUADRO N° 38: PROCEDIMIENTOS ANTE LA OCURRENCIA DE CONTINGENCIAS –INUNDACIONES Momento de Fase del Posibles Eventos Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Medida Identificar y señalizar lugares donde exista peligro de inundaciones Inspeccionar áreas comúnmente sujetas a avenidas, o a inundaciones repentinas. Ocurrencia de Identificar áreas para levantar instalaciones y prever el uso de terrenos susceptibles a ser afectados por desbordamiento, Ejecución Antes del evento inundaciones ni en las riberas de los ríos u otros cauces de agua, aunque estén secos. Conservar y mantener los bosques (Rio Pirai) y vegetación existentes en las cercanías a las instalaciones, evitando que se destruyan, ya que las plantas dan firmeza al suelo e impiden su erosión. 85 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Momento de Fase del Posibles Eventos Medidas de Contingencia Aplicación de la Proyecto Medida Mantener limpio el cauce de los ríos, evitando arrojar basura o materiales que puedan generar represamiento. Coordinar con los vivientes de la zona donde se encuentren instalaciones. Cuando se produzcan lluvias intensas, poner en estado de alerta, coordinando con instituciones especializadas que vigilan la crecida de los ríos y otras corrientes (riachuelos y desagües, entre otros). Identificar áreas bajas de instalaciones, verificando que no existan herramientas, o equipos que puedan motivar accidentes y tomar acciones correctivas. Establecer las rutas de salida rápida dirigidos a lugares más altos. Hacer conocer a los trabajadores rutas de evacuación y zonas de seguridad establecidas Estar pendiente a los avisos de alerta o alarma de los medios de comunicación. Cerrar puertas y ventanas, no abrir las cortinas, protegerán de cualquier astillamiento de cristales. Comunicar inmediatamente al encargado de seguridad y/o brigadistas para activar el Centro de Operaciones de Emergencia. Llamar a los Bomberos. Durante el Esperar la información de la Brigada de Comunicación sobre el lugar previsto para evacuar sus equipos de trabajo. evento Seguir las instrucciones de la Brigada de Rescate Diríjirse de inmediato a los lugares o refugios. Mantener desconectados la electricidad y agua hasta asegurarse de que no haya fugas ni peligro de corto circuito. Trasladarse a un lugar seguro o refugio previsto por la Brigada de Rescate, si esto llega a ser necesario. Despues del Reporte inmediatamente los heridos a la Brigada de Rescate y de Primeros Auxilios. evento No ingresar a zonas afectadas, alejarse de lugares donde puedan producirse derrumbes por inundación 86 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CAPÍTULO 8 8. PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL El programa de monitoreo ambiental permitirá garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas de mitigación contenidas en el Plan de Gestión Ambiental de la presente EA a fin de cumplir con las salvaguardas ambientales del Banco Mundial, para ello se deberá cumplir con los siguientes objetivos: • Verificar que las medidas preventivas y correctivas propuestas se hayan realizado y que éstas sean eficaces. • Detectar los impactos no previstos y proponer las medidas correctivas adecuadas. 8.1. Programa de seguimiento y monitoreo ambiental El seguimiento es el conjunto de actividades planificadas para el cumplimiento de los diferentes programas contemplados en el plan de Gestión ambiental. Al respecto se han identificados responsables y se han definido indicadores de cumplimiento. Es responsabilidad del Supervisor verificar la pertinencia de los indicadores propuestos y así como realizar el seguimiento para cumplirlos durante el desarrollo del proyecto, su avance deberá presentarse en los informes mensuales. El Supervisor se encargará de la calificación de desempeño del proyecto en base al reporte de los indicadores alcanzados. En el cuadro N° 40 se presentan algunos indicadores sin embargo otros indicadores serán diseñados y aprobados, conforme se definan otras necesidades según la naturaleza del proyecto, aspectos que serán coordinados con la Unidad Ejecutora del Programa Ciudades Resilientes a través de la Unidad Ejecutora Local Santa Cruz. 8.2. Programa de monitoreo de calidad de aire y niveles de ruido. • Calidad del aire (emisiones) El uso de vehículos livianos con antigüedad no mayor a 5 años o con garantía de fábrica, garantiza las buenas condiciones de funcionamiento, por ende, dentro de límites permisibles en la generación de gases. Se considera como una medida complementaria y opcional, un muestreo de medición de gases de forma aleatoria para vehículos o fuentes móviles, conforme a los parámetros establecidos en la siguiente Tabla, las mediciones serán realizadas por un laboratorio especializado a encargo de una empresa contratista. El monitoreo, se regirá a los parámetros y límites establecidos en los siguientes cuadros: CUADRO N° 39: PARÁMETROS DE EMISIONES PARA FUENTES MÓVILES Límite Permisible Parámetro Unidad NB 62002* RMCA** Monóxido de carbono % 0,5 2.0 Hidrocarburos Ppm 125 200 Límites máximos permisibles para vehículos a gasolina con motor de 4 tiempos establecidos en la NB 87 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 62002 Calidad de Aire – Emisiones de Fuentes Móviles **Límites máximos permisibles de emisión de gases por el escape de automóviles y vehículos comerciales en circulación que funcionan a gasolina, según año-modelo CUADRO N° 40: PARÁMETROS DE EMISIONES PARA FUENTES FIJAS Límite Permisible Parámetro Unidad RMCA (Anexo 4)* Dióxido de azufre Kg/m3 640** Monóxido de carbono Kg/m3 640 Óxidos de nitrógeno Kg/m3 8800 Partículas Kg/m3 50 * Límites permisibles orientativos de emisión para las fuentes fijas que utilizan diésel como combustible. Solo son de referencia. **(S)= porcentaje de azufre contenido en el diésel • Ruido Para el control y monitoreo de Ruido se utilizará los parámetros establecidos en el Reglamento en Materia de la Contaminación Atmosférica. La emisión de ruido durante las actividades no deberá exceder los límites permisibles señalados por el Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica. • Fuentes Fijas16 El límite máximo permisible de emisión de ruido de fuentes fijas es de 68 dB (A) de las seis a las veintidós horas y de 65 dB (A) de las veintidós a las seis horas conforme a lo establecido en la normativa ambiental vigente. Estos valores deben ser medidos en forma continua o semi-continua en las colindancias del predio durante un lapso no menor a quince minutos. Asimismo, se debe considerar un límite máximo permisible de emisión de ruido de 115 dB (A) más o menos 3 dB (A) durante un lapso no mayor a quince minutos, y un valor de 140 dB (A) durante un lapso no mayor a un segundo. Las fuentes fijas que se localicen en áreas cercanas a centros hospitalarios guarderías, escuelas, asilos y otros lugares de descanso, no deben rebasar el límite máximo permisible de emisión de ruido de 55 dB (A) en colindancias del predio en el que se encuentran. En cuanto al ruido ocupacional, el límite exigido en la Norma Boliviana NB 510001 es de 85 dBA, para una jornada laboral de 8 horas continuas sin protección auditiva. 8.3. Programa de monitoreo de la calidad del agua Para la determinación de la calidad de los cuerpos de agua presentes en el área del proyecto se tomará como guía: 16 Nota.- Los valores de este Anexo permiten una variación de hasta + 10% 88 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO N° 41: PARÁMETROS DE VERIFICACIÓN PARA CALIDAD DE AGUA Factor Parámetros Sitios de muestreo Frecuencia Responsable Cuerpos de Parámetros Anexo A-1 Río Piraí Cada seis La empresa contratista agua Clase C del RMCH – Ley meses contratará a un Laboratorio 1333 Autorizado CUADRO N° 42: PARÁMETROS DE ANÁLISIS PARA CUERPOS DE AGUA EN CUERPOS DE AGUA CLASE -C PARAMETROS 1 Arsénico 2 Mercurio 3 Estaño 4 Bario 5 Boro 6 Calcio 7 Cadmio 8 Aluminio 9 Amoniaco 10 Antimonio 11 Cianuro libre 12 Cloruros c. Cl 13 Coliformes Fecales 14 Cromo +3 89 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PARAMETROS 15 Cromo +6 16 DBO5 Total 17 DQO 18 Detergentes 19 Fenoles 20 Hierro soluble 21 Fluoruros 22 Fosfato c P 23 Magnesio 24 Manganeso 25 Litio 26 Níquel 27 Grasas y Aceites 28 Nitrógeno Total 29 Nitratos c. NO3 30 Nitritos c. NO2 31 pH 32 Sólidos Disueltos Totales a 180ºC 33 Sulfatos c. SO4 34 Sulfuros 35 Temperatura 36 Cobre 90 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PARAMETROS 37 Cobalto 38 Plomo 39 Plata 40 Selenio 41 Sodio 42 Solidos flotantes 43 Zinc 44 Color 45 Oxígeno Disuelto 46 Turbidez 47 Sólidos Sedimentables totales Fuente: OF.SDSyMA N° 1078/13 de la Secretaría Departamental de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente 8.4. Programa de monitoreo calidad de suelo El monitoreo de suelos tiene como objetivo principal determinar los cambios que pudieran ocurrir como consecuencia de las actividades de construcción del canal. Se debe tener permanentemente recipientes herméticos para almacenamiento de los residuos sólidos generados como depósitos de estos residuos y una vez llenos deben ser retirados por medio del operador privado de aseo urbano o una empresa debidamente autorizadas por la AACD. Parámetros de Monitoreo. - Los parámetros a evaluar será cantidad generada. Ubicación de las Estaciones de Monitoreo. – Faena y frentes de trabajo Frecuencia. - Semanal 8.5. Programa de monitoreo de la flora y fauna Durante la ejecución de las obras de rehabilitación y mejoramiento, se debe evitar el exceso de las actividades de desbroce, a fin de no afectar la flora y fauna silvestre; así como de no generar zonas denudadas que puedan ser susceptibles a los procesos de erosión pluvial, lo cual implicaría incrementos de sedimentos en las vías de drenaje natural. 91 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El monitoreo de la diversidad biológica se define como la medición y muestreo de algunas variables ecológicas y en particular especies, a lo largo del tiempo y su posterior comparación de los resultados obtenidos con un estándar predeterminado registrado en una evaluación preliminar (USAID, 2004), mediante la recolección sistemática de datos sobre indicadores específicos para guiar estrategias de desarrollo con información sobre las dimensiones del progreso en la consecución de objetivos. El monitoreo de la fauna, se realizará durante las fases de construcción, principalmente durante las actividades de roce y limpieza, principalmente para las comunidades biológicas de mastofauna y avifauna, sobre todo en el área protegida municipal “Parque de Protección Ecologica Rio Piraí” . Este monitoreo estará orientado principalmente a la localización y rescate de la fauna silvestre. Parámetros de Monitoreo. - Los parámetros a evaluar serán principalmente diversidad y abundancia. Ubicación de las Estaciones de Monitoreo. - Según evaluación previa se establecerán las áreas a monitorear. Frecuencia. - La frecuencia se establecerá en caso el supervisor considere que amerite realizar los monitoreos correspondientes CAPÍTULO 9 9. PLAN DE INVERSIONES 9.1. Presupuesto El Canal Emisario del Octavo Anillo Sur Oeste tendrá un costo total de 20.163.770,87 $us (veinte millones cientosesenta y tres mil setecientos setenta 87/100 dolares americanos). El presupuesto para la implementación de las Salvaguardas Ambientales es de 2.371,606.21 Bs (Dos millones trecientos setenta y un mil seiscientos seis 21/100 bolivianos), el detalle del presupuesto se detalla en el cuadro a continuación: CUADRO N° 43: PRESUPUESTO PARA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Presupuesto Evaluación Ambiental Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste PRECIO TOTAL N° DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO (Bs) (Bs) 1 GESTION DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL GLB 1,00 850.000,00 850.000,00 2 PLAN DE GESTION AMBIENTAL GLB 1,00 801.896,21 801.896,21 3 PLAN DE CONTINGENCIA GLB 1,00 678.110,00 678.110,00 4 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL GLB 1,00 41.600,00 41.600,00 TOTAL PRESUPUESTO (Bs.): 2.371.606,21 92 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Son: Dos Millones Trescientos Noventa y Tres Mil Ciento Cincuenta y Seis 21/100 Bolivianos. 1 GESTION DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PRECIO TOTAL ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO (Bs) (Bs) 1,1 Consultora Ambiental mes 34,00 25.000,00 850.000,00 Subt Total (Bs.): 850.000,00 2 PLAN DE GESTION AMBIENTAL PRECIO TOTAL ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO (Bs) (Bs) 2.1 Programa de protección de recursos naturales 35.485,49 2.1.1 Recurso Hídrico - manejo de aguas superficiales glb 1,00 5.000,00 5.000,00 2.1.2 Biodiversidad-protección de la flora y fauna (extracción de especie glb 1,00 13.429,49 13.429,49 arborea-reubicación) 2.1.3 Revegetación glb 1,00 6.036,00 6.036,00 2.1.4 Medición de la calidad del aire pto 4,00 280,00 1.120,00 2.1.5 Cisterna que humedece el suelo mes 33,00 300,00 9.900,00 2.2 Programa de manejo de residuos sólidos, líquidos y efluentes 132.850,00 Contenedores para la disposición de residuos reciclables, no 2.2.1 pza 30,00 290,00 8.700,00 aprovechables y orgánicos 2.2.2 Centro de acopio de residuos sólidos (señaletica) pza 3,00 900,00 2.700,00 2.2.3 Centro de acopio de residuos líquidos (señaletica) pza 1,00 900,00 900,00 2.2.4 Trampa (Cámara) de grasa (uso doméstico) pza 1,00 5.000,00 5.000,00 2.2.5 Servicios higiénicos portátiles mes 33,00 3.000,00 99.000,00 2.3 Programa de manejo de instalaciones auxiliares 22.000,00 93 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.3.1 Costos de instalación, funcionamiento y cierre de faena glb 1,00 5.000,00 5.000,00 Instalación, funcionamiento y cierre de depósitos de material 2.3.2 glb 1,00 12.000,00 12.000,00 excedentes (DME) 2.4 Programa de señalización temporal 9.000,00 2.4.1 Señalización temporal en instalaciones auxiliares y alrededores pza 20,00 300,00 6.000,00 Señalización temporal en instalaciones especiales u otros sitios de 2.4.2 pza 10,00 300,00 3.000,00 interés 2.5 Programa de manejo de interferencias 184.325,36 2.5.1 Gastos varios para el manejo de interferencia glb 1,00 5.000,00 5.000,00 2.6 Programa de salud y seguridad ocupacional 179.325,36 2.6.1 Equipo de protección Personal -EPP glb 1,00 107.245,36 107.245,36 2.6.2 Indumentaria (ropa de trabajo) glb 1,00 57.480,00 57.480,00 2.6.3 Señaletica de seguridad glb 1,00 14.600,00 14.600,00 2.7 Programa de control de plagas 20.460,00 2.7.1 Fumigación mes 33,00 200,00 6.600,00 2.7.2 Materiales de limpieza e higiene mes 33,00 220,00 7.260,00 2.7.3 Control de maleza alrededor del área de trabajo mes 33,00 200,00 6.600,00 2.8 Programa de cierre 240.000,00 2.8.1 Herbáceas para cobertura vegetal de terreno ha 10,00 12.000,00 120.000,00 2.8.2 Recuperación ambiental de áreas afectadas ha 10,00 12.000,00 120.000,00 Subt Total (Bs.): 801.896,21 3 PLAN DE CONTINGENCIA PRECIO TOTAL ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO (Bs) (Bs) 3.1 Especialista en seguridad mes 33,00 10.000,00 330.000,00 94 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.2 Personal de Brigadistas mes 33,00 6.500,00 214.500,00 Programa de medidas de Contigencias ante incidentes ambientales 3.3 glb 1,00 65.000,00 65.000,00 (sismos, inundación) Programa de medidas de Contigencias ante accidentes laborales 3.4 glb 1,00 55.360,00 55.360,00 (accidentes laborales, derrumbes ) 3.5 Equipos de primeros auxilios pza 15,00 350,00 5.250,00 3.6 Equipos contra incendio (extintor) pza 20,00 400,00 8.000,00 Subt Total (Bs.): 678.110,00 4 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO AMBIENTAL PRECIO TOTAL ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UNITARIO (Bs) (Bs) 4.1 Programa de seguimiento y monitoreo ambiental 4.1.1 Monitoreo dela calidad de aire (trimestral) pto 8,00 600,00 4.800,00 4.1.2 Monitoreo dela calidad de ruido (trimestral) pto 8,00 600,00 4.800,00 4.1.3 Monitoreo dela calidad de agua (semestral) pto 4,00 2.000,00 8.000,00 4.1.4 Monitoreo dela calidad de suelo (trimestral) pto 8,00 1.000,00 8.000,00 4.1.5 Monitoreo de la flora y fauna (semestral) pto 4,00 4.000,00 16.000,00 Subt Total (Bs.): 41.600,00 10. 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TdR para contratación de servicio de consultoría: “Elaboración de diagnóstico, potencialidades y estudio a diseño final del componente de ecoeficiencia en el ámbito socio – económico y legal en el proyecto de centralidad urbana la portada”. La Paz: s.n. Unión Europea; Junta de Andalucía; OSMAN, 2010. Ruido y Salud, Andalucía: s.n. VMVU, 2018. MARCO DE GESTION AMBIENTAL. s.l.:s.n. 11. ANEXOS 97 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 1: Censo Arboreo 1. ANTECEDENTE: La Secretaría Municipal de Obras Publicas viene encarando el Plan de Drenaje Pluvial y también la construcción de infraestructura de equipamiento terciario con grandes mercados públicos como el nuevo mercado mayorista abasto que abarca desde el Octavo Anillo hasta el Noveno Anillo en la zona Sur Oeste de la ciudad, paralelamente a la construcción de esta infraestructura se dio un asentamiento y desarrollo de la zona de manera rápida, lo cual obligo de modificar las dimensiones del canal de drenaje pluvial del octavo anillo y su prolongación agregándose a estos hechos y/o fenómenos sociales, se debe mencionar también que este mismo fenómeno de desarrollo y densificación de la zona se ha dado en la cercanías al municipio de la Guardia. Dicha zona aportara grandes volúmenes de agua al canal. El aumento en las dimensiones de los canales hace que se tenga que variar en el tema de algunos factores ambientales y el aprovechamiento de más espacios públicos (vías aceras 98 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra camellones centrales) todas estas aguas conducidas por este canal desembocaran al lecho del Rio Piraí. 2.- OBJETIVO: El objetivo de este trabajo o censo arbóreo es el de realizar el levantamiento (registro) de las diferentes especies arbóreas e individuos arbóreos existentes en el área y la cuantificación de las especies e individuos a reubicar y la reposición de las especies afectadas por el emplazamiento del “Proyecto Construcción Canal Emisario 8vo Anillo Sur Oeste”. 3- UBICACIÓN DEL TRABAJO El presente trabajo censal, trabajo que forma parte del proyecto CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE. El CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE se ubica en el departamento de Santa Cruz, provincia Andrés Ibáñez, Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, abarca la zona sur- oeste de la ciudad, distrito municipal 10 (DM-10), de manera transversal a la Av. Doble vía Santa Cruz – la Guardia, siendo esta una importante avenida de ingreso y salida de la ciudad, comunicando con los municipios La Guardia y los Valles mesotérmicos, años atrás esta vía se denominaba “antigua carretera a Cochabamba”. Coordenadas(UTM WGS-84) NOMBRE DEL “CANAL DE DRENAJE EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE” PROYECTO: UBICACION FÍSICA DEL PROYECTO Ubicado en el Distrito Municipal N° 10, 8v° y 9no Anillo Entre el Nuevo Mercado Abasto y la Doble Vía A La Guardia, hasta llegar la Rio Piraí. Ciudad y/o Localidad: Cantón: Provincia: Andrés Ibáñez Dpto. Santa Cruz Coordenadas (UTM ESTE (X) NORTE (Y) WGS-84) P1 474322.55 m E 8027205.81 m S P2 474849.07 m E 8026590.27 m S P3 475008.83 m E 8026473.56 m S P4 475204.68 m E 8026378.39 m S 99 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra P5 475275.37 m E 8026419.36 m S P6 475499.02 m E 8026633.19 m S P7 475775.66 m E 8026922.31 m S P8 475782.26 m E 8026952.83 m S P9 474746.89 m E 8027823.10 m S P10 474375.15 m E 8028484.61 m S P11 474044.58 m E 8029069.82 m S P12 473717.97 m E 8029662 m S El CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE, como se puede apreciar en los gráficos, comienza en el 9no anillo y Doble Vía a La Guardia pasando por el mercado nuevo Abasto hasta el 8vo anillo, este tramo se le llama Aportante del 9no anillo al Emisario del 8vo anillo, y este llega sobre el 8vo anillo pasando por la av. Doble Vía a La Guardia, pasa por la zona de protección ecológica (cordón ecológico) hasta el rio Piraí. 100 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El trabajo de campo (censo arbóreo) se realizó sobre en el camellón central, tanto del 8vo anillo, como en el 9no anillo (aportante 9no anillo). 101 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 102 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 103 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 4.- MATERIALES Y EQUIPO A UTILIZAR Materiales: • Planilla y/o formularios de toma de datos, lápices. Material de orientación: • Planos de ubicación del proyecto. Instrumentos: • GPS: Para realizar la georreferenciación de las especies arbóreas. • Flexómetro: Para medir el diámetro a la altura del pecho (DAP), o circunferencia a la altura del pecho (CAP). • Cámara Fotográfica (Celular): Para realizar el registro fotográfico de las especies e individuos arbóreos censados. Herramientas: • Machete. Equipo: • Vehículo (camioneta 4*4 Toyota Hilux). 5.- PERSONAL NECESARIO Y TAREAS EN EL TRABAJO DE CAMPO El personal que llevo adelante dicho trabajo estaba acorde al tipo de trabajo a realizar. Dentro de lo EPPs mínimo utilizado por el personal: • Sombrero • Botines • Camisas • pantalón Aforador: es el responsable de realizar las siguientes funciones: • Anotar la información en las planillas y/o formularios de toma de Datos. • Estimar la altura de los árboles. 104 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Matero: Es la persona con mayor experiencia y conocimiento quien identifica los arboles a ser evaluados, por el nombre común y mide el DAP y/o CAP, estima la altura de los arboles (1) una persona. Para realizar dicho trabajo se dispuso de un vehículo para el transporte del personal asignado para dicho trabajo. La georreferenciación de las especies arbóreas se llevó adelante con un GPS, se utilizó un flexómetro. 6.- CONCLUSION: De todo este trabajo como conclusión podemos decir que: • El trabajo de campo que se realizó fue en área de dominio público de los cuales tenemos 84 individuos arbóreos (árboles) identificados. Asimismo, por el trabajo de escritorio o gabinete, se identificó 44 árboles que serán afectados por la ejecución del proyecto de los cuales tenemos: 7 Ajunau, 1 Biibosi, 6 Cosorio (Gallito Rojo), 4 Cupesí, 4 Espino Blanco, 1 Jevio, 2 Juno, 1 Leche Leche, 3 Limón, 3 Motacú, 1 Pata de Vaca, 1 Pedro Segundo, 2 Penoco, 1 Tajibo, 1 Tarara Amarilla, 5 totaí y 1 Tusequi. El departamento de Áreas Verdes de acuerdo a sus competencias definirá, previa inspección in situ, el destino final estos árboles, es decir los arboles a ser trasplantados o retirados definitivamente. Y el remplazo de estos por nuevos plantines será de acuerdo a la Ley Autonómica Municipal GAMSCS N° 210/2015 “Ley de conservación, recuperación, protección del árbol políticas de arborización urbana y el embellecimiento de la ciudad. 7.- RECOMENDACIÓN: Se tiene como recomendación los siguientes puntos: • Se recomienda que previo al inicio de la ejecución del proyecto se cuente con la debida Autorización del Departamento de Áreas Verde de la Secretaría Municipal de Empresas Municipales sobre el retiro y reubicación de los árboles o individuos arbóreos afectados por el proyecto y también el número de plantines a forestar por cada árbol afectado. • Se recomienda que una vez iniciado los trabajos de construcción del canal emisario se cuente con la presencia de funcionarios del Departamento de Áreas Verde, esto para cumplir con la autorización y con el proceso o procedimiento empleado en el retiro y reforestado de los plantines. 105 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra MODELO DE PLANILLA UTILIZADA EN EL CENSO ARBOREO 106 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PLANILLA INICIAL DE DATOS LEVANTADOS IN SITU, CENSO ARBOREO 107 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PLANILLA INICIAL DE CAMPO DE CENSO ARBOREO PROYECTO "CONSTRUCCION DE CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE" COBERTURA NOMBRE N° DE PERIMETRO ALTURA COORDENADAS OBSERVACIONES N° NOMBRE COMUN FECHA DE COPA CIENTIFICO FOTO m m m X Y 1 Tipa Tipuana tipu 10/10/2018 1 0.65 3.00 2x2 474461.52 8027064.84 2 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 2 0.22 2.00 1x1 474978.25 8026489.09 3 Jevio Albizia niopoides 10/10/2018 3 0.80 3.00 4x4 474462.60 8027047.14 Crataegus 4 Espino Blanco 10/10/2018 4 1.45 5.00 4x4 475047.18 8026446.03 monogyna 5 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 5 0.44 5.00 2x2 475047.25 8026345.05 6 Cupesí Prosopis Chilensis 10/10/2018 6 0.27 2.00 2x1 475423.19 8026544.96 7 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 7 0.38 3.00 2x2 475441.21 8026538.35 En Flor Crataegus 8 Espino Blanco 10/10/2018 8 0.32 2.00 3x2 475435.90 8026548.30 monogyna Crataegus 9 Espino Blanco 10/10/2018 9 0.32 2.00 1x1 475450.71 8026566.02 monogyna 10 Cupesí Prosopis Chilensis 10/10/2018 10 0.27 3.00 2x2 475452.86 8026540.57 11 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 11 0.30 3.00 1x1 475464.47 8026573.78 12 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 12 0.57 4.00 3x3 475464.47 8026573.78 Machaerium 13 Tusequi 10/10/2018 13 0.39 6.00 1x1 475612.58 8026756.51 pilosum 14 Motacú Attalea speciosa 10/10/2018 14 1.60 4.00 1x1 475616.84 8026743.24 15 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 15 0.97 7.00 1x1 475633.78 8026754.32 Pterogyne Nitens 16 Ajunau 10/10/2018 16 1.36 8.00 6x6 475626.34 8026772.02 Tui 108 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 17 Tipa Tipuana tipu 10/10/2018 17 0.96 8.00 4x4 475621.05 8026764.26 18 Motacú Attalea speciosa 10/10/2018 18 1.85 7.00 2x2 475653.85 8026799.71 Nahuatlismo de 19 Totaí 10/10/2018 19 0.70 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 Coyolli Nahuatlismo de 20 Totaí 10/10/2018 19 0.70 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 Coyolli Nahuatlismo de 21 Totaí 10/10/2018 19 0.70 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 Coyolli Nahuatlismo de 22 Totaí 10/10/2018 19 0.70 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 Coyolli Nahuatlismo de 23 Totaí 10/10/2018 20 0.22 5.00 1X1 475661.27 8026796.40 Coyolli 24 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 21 1.30 4.00 3x1 475667.59 8026826.28 25 Turere Allophylus eduli 10/10/2018 22 0.71 4.00 2x2 475671.84 8026817.43 Cosorio (Gallito 26 Ormosia Nobilis 12/10/2018 23 1.00 4.00 3x2 474765.00 8027810.00 Rosado) Cosorio (Gallito 27 Ormosia Nobilis 12/10/2018 24 2.50 7.00 5x5 474721.00 8027901.00 Rosado) Tabebuia 28 Tajibo 12/10/2018 25 0.80 1.61 1x1 474705.00 8027873.00 Impetiginosa 29 Cupesí Ceratonia Siliquia 12/10/2018 26 0.20 1.50 1x2 474704.00 8027875.00 Tabebuia 30 Tajibo 12/10/2018 27 --- 1.00 0,30 x 0,30 474701.00 8027883.00 Plantin Impetiginosa 31 Pata de Vaca Bauhinia Forticata 12/10/2018 28 0.16 2.00 2x1 474674.00 8027935.00 Pitecellobium 32 Juno 12/10/2018 29 0.17 3.00 2x2 474668.00 8027946.00 Scalare Cosorio (Gallito Erythrina 33 12/10/2018 30 0.25 3.00 3x2 474662.00 8027955.00 Rojo) Poeppigiana Pitecellobium 34 Juno 12/10/2018 31 1.30 8.00 5x5 474651.00 8027987.00 Scalare 109 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Pitecellobium 35 Juno 12/10/2018 32 1.30 8.00 6x6 474638.00 8027995.00 Scalare Pterogyne Nitens 36 Ajunau 12/10/2018 33 1.10 8.00 6x6 474638.00 8027995.00 Tui Pterogyne Nitens 37 Ajunau 12/10/2018 34 0.67 7.00 3x2 474631.00 8028008.00 Tui Pterogyne Nitens 38 Ajunau 12/10/2018 35 0.93 7.00 4x5 474631.00 8028011.00 Tui Pterogyne Nitens 39 Ajunau 12/10/2018 36 1.40 7.00 4x4 474631.21 8026029.32 Tui Pterogyne Nitens 40 Ajunau 12/10/2018 37 0.63 5.00 3x2 474630.00 8028015.00 Tui Cosorio (Gallito Erythrina 41 12/10/2018 38 1.50 8.00 3x5 474619.00 8028034.00 Rojo) Poeppigiana 42 Cupesí Prosopis Chilensis 12/10/2018 39 0.22 3.00 3x1 474600.00 8028045.00 43 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 40 0.38 3.00 3x2 474609.00 8028048.00 Pterogyne Nitens 44 Ajunau 12/10/2018 41 0.23 3.00 1x1 474583.00 8028091.00 Tui Tabebuia 45 Tajibo 12/10/2018 42 ---- 27.00 ……. 474581.00 8028106.00 Plantin Impetiginosa Sapium 46 Leche Leche 12/10/2018 43 0.30 3.00 1x1 474551.00 8028146.00 haematospermum 47 Cupesí Prosopis Chilensis 12/10/2018 44 2.50 9.00 6x6 474520.00 8028201.00 Crataegus 48 Espino Blanco 12/10/2018 45 0.15 1.70 1x1 474671.00 8027943.00 monogyna Cosorio (Gallito 49 Ormosia Nobilis 12/10/2018 46 2.20 9.00 6x6 474656.00 8028000.00 Rosado) 50 Picana Cordia alliodora 12/10/2018 47 0.35 5.00 2x2 474656.00 8028000.00 51 Bibosi Ficus 12/10/2018 48 1.40 6.00 3x3 474656.00 8028000.00 52 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 49 1.15 7.00 4x3 474602.00 8028094.00 110 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 53 Bibosi Ficus 12/10/2018 50 2.40 7.00 4x4 474604.00 8028095.00 Hibiscus rosa- 54 Pedro Segundo 12/10/2018 51 0.10 1.70 0,30 x 0,50 474595.00 8028094.00 sinensis Centrolobium 55 Tarara Amarilla 12/10/2018 52 0.63 6.00 4x2 474542.00 8028185.00 microchaete Crataegus 56 Espino Blanco 12/10/2018 53 0.62 4.00 5x5 474494.00 8028268.00 monogyna Crataegus 57 Espino Blanco 12/10/2018 54 0.70 3.00 4x3 474432.00 8028378.00 monogyna 58 Bibosi Ficus 12/10/2018 55 1.72 5.00 5x5 474310.00 8028566.00 59 Toborochi Mapajo Chorisia 12/10/2018 56 1.80 12.00 7x7 474261.00 8028646.00 60 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 57 1.10 4.00 4x4 474234.00 8028717.00 Pterogyne Nitens 61 Ajunau 15/10/2018 58 0.20 2.00 0,50 x 0,50 474156.00 8028861.00 Tui Pterogyne Nitens 62 Ajunau 15/10/2018 59 0.23 2.00 0,50 x 0,50 474076.00 8029001.00 Tui Pterogyne Nitens 63 Ajunau 15/10/2018 60 0.23 2.00 0,30 x 0,30 474064.00 8029820.00 Plantin Tui 64 Limón Citrus Limon 15/10/2018 61 0.23 1.30 0,40 x 0,40 474057.00 8029036.00 Plantin 65 Limón Citrus Limon 15/10/2018 62 0.17 0,80 x 0,80 474049.00 8029048.00 66 Limón Citrus Limon 15/10/2018 63 0.17 0.80 0,80 x 0,80 474048.00 8029047.00 67 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 64 0.50 3.00 1,50 x 1,50 474044.00 8029054.00 68 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 65 0.53 3.00 2x2 473990.26 8029142.11 69 Jevio Albizia niopoides 15/10/2018 66 1.30 7.00 4x4 474038.00 8029053.00 Fruto 70 Jevio Albizia niopoides 15/10/2018 67 1.88 8.00 5x5 474007.00 8029097.00 Fruto Crataegus 71 Espino Blanco 15/10/2018 68 0.25 1.70 1x1 473981.00 802967.00 monogyna 72 Penoco Samanea tubulosa 15/10/2018 69 0.48 3.00 3x3 473945.00 8029198.00 111 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Pterogyne Nitens 73 Ajunau 15/10/2018 70 0.16 1.80 3x1 473861.00 8029408.00 Plantin Tui 74 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 71 0.45 3.00 3x1 473879.00 8029388.00 Crataegus 75 Espino Blanco 15/10/2018 72 1.20 8.00 4x4 473838.00 8029456.00 Semilla monogyna 76 Penoco Samanea tubulosa 15/10/2018 73 0.70 3.00 1,5 x 1,5 473813.00 8029495.00 Fruto Lonchocarpus 77 Cuqui Barcino 15/10/2018 74 1.95 12.00 6x6 473814.00 8029507.00 Plantin Pluviales Pterogyne Nitens 78 Ajunau 15/10/2018 75 1.95 1.50 6x6 473769.00 8029574.00 Plantin Tui 79 Bibosi Ficus 15/10/2018 76 0.19 2.00 0,70 x 0,70 473757.00 8029596.00 Cosorio (Gallito Erythrina 80 15/10/2018 77 1.73 11.00 4x3 474877.00 8027706.00 Rojo) Poeppigiana Cosorio (Gallito Erythrina 81 15/10/2018 78 1.62 11.00 3x2 474887.00 8027702.00 Están juntos Rojo) Poeppigiana 82 Motacú Attalea speciosa 15/10/2018 78 1.62 11.00 3x2 474887.00 8027702.00 Estan Juntos Cosorio (Gallito Erythrina 83 15/10/2018 79 1.14 9.00 6x5 474886.00 8027699.00 Rojo) Poeppigiana Cosorio (Gallito Erythrina 84 15/10/2018 80 1.60 11.00 5x5 474891.00 8027692.00 Fruto y Flor Rojo) Poeppigiana 112 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PLANILLA FINAL DE DATOS PROCESADOS EN GABINETE, CENSO ARBOREO 113 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PROYECTO "CONSTRUCCION CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE" PLANILLA PROCESADA FINAL DE CENSO ARBOREO DIAMETRO COBERTURA UBICACIÓN / PERIMETRO ALTURA COORDENADAS OBSERVACIONES CALCULADO DE COPA TRAMOS AFECTADO N° NOMBRE NOMBRE N° FECHA DE POR EL COMUN CIENTIFICO 9no FOTO 8vo PROYECTO m m m m X Y ANILLO ANILLO (aportante) 1 Tipa Tipuana tipu 10/10/2018 1 0.65 0.21 3.00 2x2 474461.52 8027064.84 T1 2 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 2 0.22 0.07 2.00 1x1 474978.25 8026489.09 T2 Afectado 3 Jevio Albizia niopoides 10/10/2018 3 0.80 0.25 3.00 4x4 474462.60 8027047.14 T1 Afectado Espino Crataegus 4 10/10/2018 4 1.45 0.46 5.00 4x4 475047.18 8026446.03 T2 Afectado Blanco monogyna 5 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 5 0.44 0.14 5.00 2x2 475047.25 8026345.05 T2 6 Cupesí Prosopis Chilensis 10/10/2018 6 0.27 0.09 2.00 2x1 475423.19 8026544.96 T3 Afectado 7 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 7 0.38 0.12 3.00 2x2 475441.21 8026538.35 T3 En Flor Espino Crataegus 8 10/10/2018 8 0.32 0.10 2.00 3x2 475435.90 8026548.30 T3 Blanco monogyna Espino Crataegus 9 10/10/2018 9 0.32 0.10 2.00 1x1 475450.71 8026566.02 T3 Blanco monogyna 10 Cupesí Prosopis Chilensis 10/10/2018 10 0.27 0.09 3.00 2x2 475452.86 8026540.57 T3 11 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 11 0.30 0.10 3.00 1x1 475464.47 8026573.78 T3 114 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 12 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 12 0.57 0.18 4.00 3x3 475464.47 8026573.78 T3 Machaerium 13 Tusequi 10/10/2018 13 0.39 0.12 6.00 1x1 475612.58 8026756.51 T3 Afectado pilosum 14 Motacú Attalea speciosa 10/10/2018 14 1.60 0.51 4.00 1x1 475616.84 8026743.24 T3 Afectado 15 Picana Cordia alliodora 10/10/2018 15 0.97 0.31 7.00 1x1 475633.78 8026754.32 T3 Pterogyne Nitens 16 Ajunau 10/10/2018 16 1.36 0.43 8.00 6x6 475626.34 8026772.02 T3 Afectado Tui 17 Tipa Tipuana tipu 10/10/2018 17 0.96 0.31 8.00 4x4 475621.05 8026764.26 T3 18 Motacú Attalea speciosa 10/10/2018 18 1.85 0.59 7.00 2x2 475653.85 8026799.71 T3 Afectado Nahuatlismo de 19 Totaí 10/10/2018 19 0.70 0.22 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 T3 Afectado Coyolli Nahuatlismo de 20 Totaí 10/10/2018 19 0.70 0.22 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 T3 Afectado Coyolli Nahuatlismo de 21 Totaí 10/10/2018 19 0.70 0.22 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 T3 Afectado Coyolli Nahuatlismo de 22 Totaí 10/10/2018 19 0.70 0.22 4.00 1x1 475663.38 8026803.04 T3 Afectado Coyolli Nahuatlismo de 23 Totaí 10/10/2018 20 0.22 0.07 5.00 1X1 475661.27 8026796.40 T3 Afectado Coyolli 24 Penoco Samanea tubulosa 10/10/2018 21 1.30 0.41 4.00 3x1 475667.59 8026826.28 T3 25 Turere Allophylus eduli 10/10/2018 22 0.71 0.23 4.00 2x2 475671.84 8026817.43 T3 Cosorio 26 (Gallito Ormosia Nobilis 12/10/2018 23 1.00 0.32 4.00 3x2 474765.00 8027810.00 T3 Afectado Rosado) 115 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Cosorio 27 (Gallito Ormosia Nobilis 12/10/2018 24 2.50 0.80 7.00 5x5 474721.00 8027901.00 T3 Rosado) Tabebuia 28 Tajibo 12/10/2018 25 0.80 0.25 1.61 1x1 474705.00 8027873.00 T3 Impetiginosa 29 Cupesí Ceratonia Siliquia 12/10/2018 26 0.20 0.06 1.50 1x2 474704.00 8027875.00 T3 Tabebuia 30 Tajibo 12/10/2018 27 --- -- 1.00 0,30 x 0,30 474701.00 8027883.00 T3 Plantin Impetiginosa Pata de 31 Bauhinia Forticata 12/10/2018 28 0.16 0.05 2.00 2x1 474674.00 8027935.00 T3 Afectado Vaca Pitecellobium 32 Juno 12/10/2018 29 0.17 0.05 3.00 2x2 474668.00 8027946.00 T3 Afectado Scalare Cosorio Erythrina 33 (Gallito 12/10/2018 30 0.25 0.08 3.00 3x2 474662.00 8027955.00 T3 Poeppigiana Rojo) Pitecellobium 34 Juno 12/10/2018 31 1.30 0.41 8.00 5x5 474651.00 8027987.00 T3 Afectado Scalare Pitecellobium 35 Juno 12/10/2018 32 1.30 0.41 8.00 6x6 474638.00 8027995.00 T3 Scalare Pterogyne Nitens 36 Ajunau 12/10/2018 33 1.10 0.35 8.00 6x6 474638.00 8027995.00 T3 Tui Pterogyne Nitens 37 Ajunau 12/10/2018 34 0.67 0.21 7.00 3x2 474631.00 8028008.00 T3 Tui Pterogyne Nitens 38 Ajunau 12/10/2018 35 0.93 0.30 7.00 4x5 474631.00 8028011.00 T3 Afectado Tui Pterogyne Nitens 39 Ajunau 12/10/2018 36 1.40 0.45 7.00 4x4 474631.21 8026029.32 T3 Afectado Tui Pterogyne Nitens 40 Ajunau 12/10/2018 37 0.63 0.20 5.00 3x2 474630.00 8028015.00 T3 Afectado Tui 116 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Cosorio Erythrina 41 (Gallito 12/10/2018 38 1.50 0.48 8.00 3x5 474619.00 8028034.00 T3 Afectado Poeppigiana Rojo) 42 Cupesí Prosopis Chilensis 12/10/2018 39 0.22 0.07 3.00 3x1 474600.00 8028045.00 T3 43 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 40 0.38 0.12 3.00 3x2 474609.00 8028048.00 T3 Pterogyne Nitens 44 Ajunau 12/10/2018 41 0.23 0.07 3.00 1x1 474583.00 8028091.00 T3 Afectado Tui Tabebuia 45 Tajibo 12/10/2018 42 ---- --- 27.00 ……. 474581.00 8028106.00 T3 Afectado Plantin Impetiginosa Leche Sapium 46 12/10/2018 43 0.30 0.10 3.00 1x1 474551.00 8028146.00 T3 Afectado Leche haematospermum 47 Cupesí Prosopis Chilensis 12/10/2018 44 2.50 0.80 9.00 6x6 474520.00 8028201.00 T3 Afectado Espino Crataegus 48 12/10/2018 45 0.15 0.05 1.70 1x1 474671.00 8027943.00 T3 Blanco monogyna Cosorio 49 (Gallito Ormosia Nobilis 12/10/2018 46 2.20 0.70 9.00 6x6 474656.00 8028000.00 T3 Rosado) 50 Picana Cordia alliodora 12/10/2018 47 0.35 0.11 5.00 2x2 474656.00 8028000.00 T3 51 Bibosi Ficus 12/10/2018 48 1.40 0.45 6.00 3x3 474656.00 8028000.00 T3 52 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 49 1.15 0.37 7.00 4x3 474602.00 8028094.00 T3 Afectado 53 Bibosi Ficus 12/10/2018 50 2.40 0.76 7.00 4x4 474604.00 8028095.00 T3 Afectado Pedro Hibiscus rosa- 54 12/10/2018 51 0.10 0.03 1.70 0,30 x 0,50 474595.00 8028094.00 T3 Afectado Segundo sinensis 117 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Tarara Centrolobium 55 12/10/2018 52 0.63 0.20 6.00 4x2 474542.00 8028185.00 T3 Afectado Amarilla microchaete Espino Crataegus 56 12/10/2018 53 0.62 0.20 4.00 5x5 474494.00 8028268.00 T3 Afectado Blanco monogyna Espino Crataegus 57 12/10/2018 54 0.70 0.22 3.00 4x3 474432.00 8028378.00 T3 Afectado Blanco monogyna 58 Bibosi Ficus 12/10/2018 55 1.72 0.55 5.00 5x5 474310.00 8028566.00 T4 Toborochi 59 Chorisia 12/10/2018 56 1.80 0.57 12.00 7x7 474261.00 8028646.00 T4 Mapajo 60 Penoco Samanea tubulosa 12/10/2018 57 1.10 0.35 4.00 4x4 474234.00 8028717.00 T4 Afectado Pterogyne Nitens 61 Ajunau 15/10/2018 58 0.20 0.06 2.00 0,50 x 0,50 474156.00 8028861.00 T4 Afectado Tui Pterogyne Nitens 62 Ajunau 15/10/2018 59 0.23 0.07 2.00 0,50 x 0,50 474076.00 8029001.00 T4 Afectado Tui Pterogyne Nitens 63 Ajunau 15/10/2018 60 0.23 0.07 2.00 0,30 x 0,30 474064.00 8029820.00 T5 Plantin Tui 64 Limón Citrus Limon 15/10/2018 61 0.23 0.07 1.30 0,40 x 0,40 474057.00 8029036.00 T4 Afectado Plantin 65 Limón Citrus Limon 15/10/2018 62 0.17 0.05 0,80 x 0,80 474049.00 8029048.00 T4 Afectado 66 Limón Citrus Limon 15/10/2018 63 0.17 0.05 0.80 0,80 x 0,80 474048.00 8029047.00 T4 Afectado 67 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 64 0.50 0.16 3.00 1,50 x 1,50 474044.00 8029054.00 T4 Afectado 68 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 65 0.53 0.17 3.00 2x2 473990.26 8029142.11 T4 Afectado 69 Jevio Albizia niopoides 15/10/2018 66 1.30 0.41 7.00 4x4 474038.00 8029053.00 T4 Afectado Fruto 70 Jevio Albizia niopoides 15/10/2018 67 1.88 0.60 8.00 5x5 474007.00 8029097.00 T4 Fruto 118 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Espino Crataegus 71 15/10/2018 68 0.25 0.08 1.70 1x1 473981.00 802967.00 T4 Afectado Blanco monogyna 72 Penoco Samanea tubulosa 15/10/2018 69 0.48 0.15 3.00 3x3 473945.00 8029198.00 T5 Pterogyne Nitens 73 Ajunau 15/10/2018 70 0.16 0.05 1.80 3x1 473861.00 8029408.00 T5 Plantin Tui 74 Cupesí Prosopis Chilensis 15/10/2018 71 0.45 0.14 3.00 3x1 473879.00 8029388.00 T5 Espino Crataegus 75 15/10/2018 72 1.20 0.38 8.00 4x4 473838.00 8029456.00 T5 Semilla Blanco monogyna 76 Penoco Samanea tubulosa 15/10/2018 73 0.70 0.22 3.00 1,5 x 1,5 473813.00 8029495.00 T5 Fruto Cuqui Lonchocarpus 77 15/10/2018 74 1.95 0.62 12.00 6x6 473814.00 8029507.00 T5 Plantin Barcino Pluviales Pterogyne Nitens 78 Ajunau 15/10/2018 75 1.95 0.62 1.50 6x6 473769.00 8029574.00 T5 Plantin Tui 79 Bibosi Ficus 15/10/2018 76 0.19 0.06 2.00 0,70 x 0,70 473757.00 8029596.00 T5 Cosorio Erythrina 80 (Gallito 15/10/2018 77 1.73 0.55 11.00 4x3 474877.00 8027706.00 T2 Afectado Poeppigiana Rojo) Cosorio Erythrina 81 (Gallito 15/10/2018 78 1.62 0.52 11.00 3x2 474887.00 8027702.00 T2 Afectado Están juntos Poeppigiana Rojo) 82 Motacú Attalea speciosa 15/10/2018 78 1.62 0.52 11.00 3x2 474887.00 8027702.00 T2 Afectado Estan Juntos Cosorio Erythrina 83 (Gallito 15/10/2018 79 1.14 0.36 9.00 6x5 474886.00 8027699.00 T2 Afectado Poeppigiana Rojo) Cosorio Erythrina 84 (Gallito 15/10/2018 80 1.60 0.51 11.00 5x5 474891.00 8027692.00 T2 Afectado Fruto y Flor Poeppigiana Rojo) 119 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PLANILLA FINAL DE DATOS PROCESADOS EN GABINETE, CLASIFICADO POR “NOMBRE COMUN”, CENSO ARBORE 120 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PROYECTO "CONSTRUCCION CANAL EMISARIO 8vo ANILLO SUR-OESTE" PLANILLA FINAL DE ESPECIES DE ARBOLES EXISTENTES SEGÚN ESPECIES DIAMETRO PERIMETR ALTUR COBERTUR UBICACIÓN / OBSERVACION CALCULAD COORDENADAS N° O A A DE COPA TRAMOS AFECTAD ES O NOMBRE NOMBRE DE O POR EL N° FECHA 9no COMUN CIENTIFICO FOT 8vo PROYECT O ANILLO O m m m m X Y ANILL (aportante O ) Pterogyne Nitens 12/10/201 474638.0 8027995.0 1 Ajunau 33 1.10 0.35 8.00 6x6 T3 Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 12/10/201 474631.0 8028008.0 2 Ajunau 34 0.67 0.21 7.00 3x2 T3 Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 12/10/201 474631.0 8028011.0 3 Ajunau 35 0.93 0.3 7.00 4x5 T3 Afectado Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 12/10/201 474631.2 8026029.3 4 Ajunau 36 1.40 0.45 7.00 4x4 T3 Afectado Tui 8 1 2 Pterogyne Nitens 12/10/201 474630.0 8028015.0 5 Ajunau 37 0.63 0.2 5.00 3x2 T3 Afectado Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 10/10/201 475626.3 8026772.0 6 Ajunau 16 1.36 0.43 8.00 6x6 T3 Afectado Tui 8 4 2 Pterogyne Nitens 12/10/201 474583.0 8028091.0 7 Ajunau 41 0.23 0.07 3.00 1x1 T3 Afectado Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 15/10/201 474156.0 8028861.0 8 Ajunau 58 0.20 0.06 2.00 0,50 x 0,50 T4 Afectado Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 15/10/201 474076.0 8029001.0 9 Ajunau 59 0.23 0.07 2.00 0,50 x 0,50 T4 Afectado Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 15/10/201 474064.0 8029820.0 10 Ajunau 60 0.23 0.07 2.00 0,30 x 0,30 T5 Plantin Tui 8 0 0 Pterogyne Nitens 15/10/201 473861.0 8029408.0 11 Ajunau 70 0.16 0.05 1.80 3x1 T5 Plantin Tui 8 0 0 121 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Pterogyne Nitens 15/10/201 473769.0 8029574.0 12 Ajunau 75 1.95 0.62 1.50 6x6 T5 Plantin Tui 8 0 0 12/10/201 474656.0 8028000.0 13 Bibosi Ficus 48 1.40 0.45 6.00 3x3 T3 8 0 0 12/10/201 474604.0 8028095.0 14 Bibosi Ficus 50 2.40 0.76 7.00 4x4 T3 Afectado 8 0 0 12/10/201 474310.0 8028566.0 15 Bibosi Ficus 55 1.72 0.55 5.00 5x5 T4 8 0 0 15/10/201 473757.0 8029596.0 16 Bibosi Ficus 76 0.19 0.06 2.00 0,70 x 0,70 T5 8 0 0 Cosorio Erythrina 12/10/201 474662.0 8027955.0 17 (Gallito 30 0.25 0.08 3.00 3x2 T3 Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio Erythrina 12/10/201 474619.0 8028034.0 18 (Gallito 38 1.50 0.48 8.00 3x5 T3 Afectado Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio Erythrina 15/10/201 474877.0 8027706.0 19 (Gallito 77 1.73 0.55 11.00 4x3 T2 Afectado Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio Erythrina 15/10/201 474886.0 8027699.0 20 (Gallito 79 1.14 0.36 9.00 6x5 T2 Afectado Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio Erythrina 15/10/201 474891.0 8027692.0 21 (Gallito 80 1.60 0.51 11.00 5x5 T2 Afectado Fruto y Flor Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio Erythrina 15/10/201 474887.0 8027702.0 22 (Gallito 78 1.62 0.52 11.00 3x2 T2 Afectado Están juntos Poeppigiana 8 0 0 Rojo) Cosorio 12/10/201 474765.0 8027810.0 23 (Gallito Ormosia Nobilis 23 1.00 0.32 4.00 3x2 T3 Afectado 8 0 0 Rosado) Cosorio 12/10/201 474721.0 8027901.0 24 (Gallito Ormosia Nobilis 24 2.50 0.8 7.00 5x5 T3 8 0 0 Rosado) 122 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Cosorio 12/10/201 474656.0 8028000.0 25 (Gallito Ormosia Nobilis 46 2.20 0.7 9.00 6x6 T3 8 0 0 Rosado) Prosopis 10/10/201 475423.1 8026544.9 26 Cupesí 6 0.27 0.09 2.00 2x1 T3 Afectado Chilensis 8 9 6 Prosopis 10/10/201 475452.8 8026540.5 27 Cupesí 10 0.27 0.09 3.00 2x2 T3 Chilensis 8 6 7 Ceratonia 12/10/201 474704.0 8027875.0 28 Cupesí 26 0.20 0.06 1.50 1x2 T3 Siliquia 8 0 0 Prosopis 12/10/201 474600.0 8028045.0 29 Cupesí 39 0.22 0.07 3.00 3x1 T3 Chilensis 8 0 0 Prosopis 12/10/201 474520.0 8028201.0 30 Cupesí 44 2.50 0.8 9.00 6x6 T3 Afectado Chilensis 8 0 0 Prosopis 15/10/201 474044.0 8029054.0 31 Cupesí 64 0.50 0.16 3.00 1,50 x 1,50 T4 Afectado Chilensis 8 0 0 Prosopis 15/10/201 473990.2 8029142.1 32 Cupesí 65 0.53 0.17 3.00 2x2 T4 Afectado Chilensis 8 6 1 Prosopis 15/10/201 473879.0 8029388.0 33 Cupesí 71 0.45 0.14 3.00 3x1 T5 Chilensis 8 0 0 Cuqui Lonchocarpus 15/10/201 473814.0 8029507.0 34 74 1.95 0.62 12.00 6x6 T5 Plantin Barcino Pluviales 8 0 0 Espino Crataegus 12/10/201 474671.0 8027943.0 35 45 0.15 0.05 1.70 1x1 T3 Blanco monogyna 8 0 0 Espino Crataegus 12/10/201 474432.0 8028378.0 36 54 0.70 0.22 3.00 4x3 T3 Afectado Blanco monogyna 8 0 0 Espino Crataegus 15/10/201 473981.0 37 68 0.25 0.08 1.70 1x1 802967.00 T4 Afectado Blanco monogyna 8 0 Espino Crataegus 15/10/201 473838.0 8029456.0 38 72 1.20 0.38 8.00 4x4 T5 Semilla Blanco monogyna 8 0 0 Espino Crataegus 10/10/201 475047.1 8026446.0 39 4 1.45 0.46 5.00 4x4 T2 Afectado Blanco monogyna 8 8 3 Espino Crataegus 10/10/201 475435.9 8026548.3 40 8 0.32 0.1 2.00 3x2 T3 Blanco monogyna 8 0 0 123 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Espino Crataegus 10/10/201 475450.7 8026566.0 41 9 0.32 0.1 2.00 1x1 T3 Blanco monogyna 8 1 2 Espino Crataegus 12/10/201 474494.0 8028268.0 42 53 0.62 0.2 4.00 5x5 T3 Afectado Blanco monogyna 8 0 0 10/10/201 474462.6 8027047.1 43 Jevio Albizia niopoides 3 0.80 0.25 3.00 4x4 T1 Afectado 8 0 4 15/10/201 474007.0 8029097.0 44 Jevio Albizia niopoides 67 1.88 0.6 8.00 5x5 T4 Fruto 8 0 0 15/10/201 474038.0 8029053.0 45 Jevio Albizia niopoides 66 1.30 0.41 7.00 4x4 T4 Afectado Fruto 8 0 0 Pitecellobium 12/10/201 474668.0 8027946.0 46 Juno 29 0.17 0.05 3.00 2x2 T3 Afectado Scalare 8 0 0 Pitecellobium 12/10/201 474651.0 8027987.0 47 Juno 31 1.30 0.41 8.00 5x5 T3 Afectado Scalare 8 0 0 Pitecellobium 12/10/201 474638.0 8027995.0 48 Juno 32 1.30 0.41 8.00 6x6 T3 Scalare 8 0 0 Sapium Leche 12/10/201 474551.0 8028146.0 49 haematospermu 43 0.30 0.1 3.00 1x1 T3 Afectado Leche 8 0 0 m 15/10/201 474057.0 8029036.0 50 Limón Citrus Limon 61 0.23 0.07 1.30 0,40 x 0,40 T4 Afectado Plantin 8 0 0 15/10/201 474049.0 8029048.0 51 Limón Citrus Limon 62 0.17 0.05 0,80 x 0,80 T4 Afectado 8 0 0 15/10/201 474048.0 8029047.0 52 Limón Citrus Limon 63 0.17 0.05 0.80 0,80 x 0,80 T4 Afectado 8 0 0 10/10/201 475616.8 8026743.2 53 Motacú Attalea speciosa 14 1.60 0.51 4.00 1x1 T3 Afectado 8 4 4 10/10/201 475653.8 8026799.7 54 Motacú Attalea speciosa 18 1.85 0.59 7.00 2x2 T3 Afectado 8 5 1 15/10/201 474887.0 8027702.0 55 Motacú Attalea speciosa 78 1.62 0.52 11.00 3x2 T2 Afectado Estan Juntos 8 0 0 Pata de Bauhinia 12/10/201 474674.0 8027935.0 56 28 0.16 0.05 2.00 2x1 T3 Afectado Vaca Forticata 8 0 0 124 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Pedro Hibiscus rosa- 12/10/201 474595.0 8028094.0 57 51 0.10 0.03 1.70 0,30 x 0,50 T3 Afectado Segundo sinensis 8 0 0 Samanea 10/10/201 474978.2 8026489.0 58 Penoco 2 0.22 0.07 2.00 1x1 T2 Afectado tubulosa 8 5 9 Samanea 10/10/201 475441.2 8026538.3 59 Penoco 7 0.38 0.12 3.00 2x2 T3 En Flor tubulosa 8 1 5 Samanea 12/10/201 474609.0 8028048.0 60 Penoco 40 0.38 0.12 3.00 3x2 T3 tubulosa 8 0 0 Samanea 12/10/201 474602.0 8028094.0 61 Penoco 49 1.15 0.37 7.00 4x3 T3 Afectado tubulosa 8 0 0 Samanea 12/10/201 474234.0 8028717.0 62 Penoco 57 1.10 0.35 4.00 4x4 T4 Afectado tubulosa 8 0 0 Samanea 15/10/201 473945.0 8029198.0 63 Penoco 69 0.48 0.15 3.00 3x3 T5 tubulosa 8 0 0 Samanea 15/10/201 473813.0 8029495.0 64 Penoco 73 0.70 0.22 3.00 1,5 x 1,5 T5 Fruto tubulosa 8 0 0 Samanea 10/10/201 475667.5 8026826.2 65 Penoco 21 1.30 0.41 4.00 3x1 T3 tubulosa 8 9 8 10/10/201 475464.4 8026573.7 66 Picana Cordia alliodora 11 0.30 0.1 3.00 1x1 T3 8 7 8 10/10/201 475464.4 8026573.7 67 Picana Cordia alliodora 12 0.57 0.18 4.00 3x3 T3 8 7 8 10/10/201 475633.7 8026754.3 68 Picana Cordia alliodora 15 0.97 0.31 7.00 1x1 T3 8 8 2 12/10/201 474656.0 8028000.0 69 Picana Cordia alliodora 47 0.35 0.11 5.00 2x2 T3 8 0 0 10/10/201 475047.2 8026345.0 70 Picana Cordia alliodora 5 0.44 0.14 5.00 2x2 T2 8 5 5 Tabebuia 12/10/201 474705.0 8027873.0 71 Tajibo 25 0.80 0.25 1.61 1x1 T3 Impetiginosa 8 0 0 Tabebuia 12/10/201 474701.0 8027883.0 72 Tajibo 27 --- -- 1.00 0,30 x 0,30 T3 Plantin Impetiginosa 8 0 0 Tabebuia 12/10/201 474581.0 8028106.0 73 Tajibo 42 ---- --- 27.00 ……. T3 Afectado Plantin Impetiginosa 8 0 0 125 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Tarara Centrolobium 12/10/201 474542.0 8028185.0 74 52 0.63 0.2 6.00 4x2 T3 Afectado Amarilla microchaete 8 0 0 10/10/201 474461.5 8027064.8 75 Tipa Tipuana tipu 1 0.65 0.21 3.00 2x2 T1 8 2 4 10/10/201 475621.0 8026764.2 76 Tipa Tipuana tipu 17 0.96 0.31 8.00 4x4 T3 8 5 6 Toboroch 12/10/201 474261.0 8028646.0 77 Chorisia 56 1.80 0.57 12.00 7x7 T4 i Mapajo 8 0 0 Nahuatlismo de 10/10/201 475663.3 8026803.0 78 Totaí 19 0.70 0.22 4.00 1x1 T3 Afectado Coyolli 8 8 4 Nahuatlismo de 10/10/201 475663.3 8026803.0 79 Totaí 19 0.70 0.22 4.00 1x1 T3 Afectado Coyolli 8 8 4 Nahuatlismo de 10/10/201 475663.3 8026803.0 80 Totaí 19 0.70 0.22 4.00 1x1 T3 Afectado Coyolli 8 8 4 Nahuatlismo de 10/10/201 475663.3 8026803.0 81 Totaí 19 0.70 0.22 4.00 1x1 T3 Afectado Coyolli 8 8 4 Nahuatlismo de 10/10/201 475661.2 8026796.4 82 Totaí 20 0.22 0.07 5.00 1X1 T3 Afectado Coyolli 8 7 0 10/10/201 475671.8 8026817.4 83 Turere Allophylus eduli 22 0.71 0.23 4.00 2x2 T3 8 4 3 Machaerium 10/10/201 475612.5 8026756.5 84 Tusequi 13 0.39 0.12 6.00 1x1 T3 Afectado pilosum 8 8 1 Nota: Afectado: Significa que el árbol está ubicado exactamente en el trazo del canal, el departamento de Áreas Verdes de acuerdo a sus competencias definirá , previa inspección in situ, el destino final estos árboles, es decir, trasplantados o retirados definitivamente. 126 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CUADRO FINAL DE ESPECIES POR TRAMOS, CENSO ARBOREO 127 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 128 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Registro Fotográfico del Censo Arboreo N° 1 N° 2 Nombre Común: Tipa Nombre Común: Penoco Nombre Científico: Tipuana tipu Nombre Científico: Samanea tubulosa N° 3 N° 4 Nombre Común: Jevio Nombre Común: Espino Blanco Nombre Científico: Albizia niopoides Nombre Científico: Crataegus monogyna 129 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra N° 5 N° 6 Nombre Común: Picana Nombre Científico: Cordia alliodora Nombre Común: Cupesi Nombre Científico: Prosopis Chilensis 130 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 2: Oficio de YPFB Redes 131 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 3: Licencia Ambiental Tramo 1 al 4 132 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 133 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 134 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 135 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra MEDIDAS DE MITIGACION (MM) 1. DATOS GENERALES DE LA AOP Nombre de la AOP: “CANAL DE DRENAJE EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE” Representante Legal: Ing. Fernando Rocha Mendoza Sector: Saneamiento Básico Sub Sector: Construcción de alcantarillado fluvial Coordenadas UTM de los Vértices de la AOP: Coordenadas (UTM WGS-84) ESTE (X) NORTE (Y) P1 474322.55 m E 8027205.81 m S P2 474849.07 m E 8026590.27 m S P3 475008.83 m E 8026473.56 m S P4 475204.68 m E 8026378.39 m S P5 475275.37 m E 8026419.36 m S P6 475499.02 m E 8026633.19 m S P7 475775.66 m E 8026922.31 m S P8 475782.26 m E 8026952.83 m S P9 474746.89 m E 8027823.10 m S P10 474375.15 m E 8028484.61 m S P11 474044.58 m E 8029069.82 m S P12 473717.97 m E 8029662 m S TRAMO PROGRESIVA TRAMO TRAMO 1-A 2+075.20 475775.665 8026922.315 I 2+305.88 475630.300 8027081.581 TRAMO 1-B 2+305.88 475630.300 8027081.581 2+636.55 475372.008 8027288.259 TRAMO II 2+636.55 475372.008 8027288.259 3+378.35 474806.038 8027766.951 TRAMO TRAMO 3-A 3+378.35 474806.038 8027766.951 III 3+751.87 474600.354 8028075.374 TRAMO 3-B 3+751.87 474600.354 8028075.374 4+198.33 474381.152 8028463.824 TRAMO IV 4+198.33 474381.152 8028463.824 136 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 5+042.65 473967.890 8029199.382 TRAMO V 5+042.65 473967.890 8029199.382 5+570.00 473717.97 8029662 CANAL APORTANTE PROGRESIVA TRAMO I 0+000 8027258.868 474276.89 0+450.54 474569.975 8026916.685 TRAMO II 0+450.54 474569.975 8026916.685 1+216.74 475137.080 8026426.094 TRAMO III 1+216.74 475137.080 8026426.094 2+075.20 475775.665 8026922.315 Puentes Peatonales PEAT_1 474364.00 m E 8027156.00 m S PEAT_2 474579.00 m E 8026905.00 m S PEAT_3 474860.00 m E 8026575.00 m S PEAT_4 474985.00 m E 8026484.00 m S PEAT_5 475358.00 m E 8026492.00 m S PEAT_6 475460.00 m E 8026586.00 m S PEAT_7 475663.00 m E 8026800.00 m S PEAT_8 475494.00 m E 8027187.00 m S PEAT_9 474680.00 m E 8027934.00 m S PEAT_10 474274.00 m E 8028661.00 m S PEAT_11 474079.00 m E 8029004.00 m S PEAT_12 473993.00 m E 8029155.00 m S PEAT_13 473838.00 m E 8029447.00 m S Puentes Vehiculares VEH_1 474426.40 m E 8027083.97 m S VEH_2 474751.00 m E 8026704.00 m S VEH_3 475130.00 m E 8026428.00 m S VEH_4 475553.00 m E 8026685.00 m S VEH_5 474167.00 m E 8028849.00 m S VEH_6 473903.00 m E 8029312.00 m S Municipio: Santa Cruz de la Sierra Provincia: Andrés Ibáñez Departamento: Santa Cruz 137 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DEL PROYECTO Políticamente la AOP se encuentra ubicada dentro del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, en el Distrito Municipal N° 10 donde predominan los estratos sociales medios y medios bajo. Mapa 1: Distrito Municipal de Santa Cruz de la Sierra beneficiada con el canal DISTRITOS MUNICIPALES DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DISTRITO MUNICIPAL N° 10 Beneficiada con el Canal de Drenaje La Construcción del canal de drenaje se encuentra emplazado dentro del área urbana del municipio aportante a la Cuenca Emisario 8vo Anillo Sur Oeste: Mapa 2. Microcuenca 8vo Anillo Sur Oeste 138 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra La obra se emplaza en un área previamente intervenida. Al ser un área intervenida las zonas aledañas se limitan a viviendas. La fauna característica de la zona urbanizada pertenece a animales domésticos y la vegetación que ha sido alterada por el establecimiento de viviendas producto del desarrollo de distintas actividades humanas. En la actualidad la topografía se ha visto bastante modificada debido a la acción antrópica, por la presión demográfica, que llevo a una pérdida de los espacios naturales. (Datos obtenidos Plan Maestro de Drenaje Pluvial – Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra). 2.1. DESCRIPCIÓN GENERAL DE ASPECTOS ABIÓTICOS Y BIÓTICOS DE LA ZONA DE EMPLAZAMIENTO Y COLINDANCIA 2.1.1. ASPECTOS BIÓTICOS Flora La flora y la vegetación del Municipio de Santa Cruz de la Sierra son incluibles dentro de la vegetación Chiquitania, presentando una mayoría de elementos florísticos compartidos con los bosques chiquitanos y con el cerrado, sin embargo se manifiesta una influencia de elementos amazónicos hacia el norte (principalmente en los bosques higrofilicos) y de elementos chaqueños hacia el sur (principalmente en los suelos arcillosos mal drenados). La topografía plana de la mayor parte del Municipio y la presencia de una importante cobertura eólica arenosa determina de cara a la vegetación el predominio de ambientes mesofilico- freatofilicos, con suelos profundos a menudo afectados por niveles freáticos someros. El municipio de Santa Cruz de la Sierra ha sufrido muchos cambios y pérdidas en sus espacios naturales, lo que lleva a que hoy en día se cuente con menos áreas verdes y bosques nativos dentro de área urbana, razón que en el área de emplazamiento del proyecto no se observa vegetación madura por el desarrollo de la zona (infraestructura urbana), salvo algunos árboles emergentes que se encuentran muy distantes entre sí. Los paisajes identificados en el territorio del Municipio de Santa Cruz de la Sierra presentan una serie de comunidades vegetales en etapas de restauración, desarrollo y estados de conservación diferentes, debido principalmente a los niveles de intervención que dan origen a la degradación de la cobertura del suelo (diferencias edáficas, humedad, profundidad y fertilidad del suelo e intervención humanas), que finalmente se refleja de manera perceptible en la vegetación presente. En el área colindante al proyecto se puede identificar un Área Antrópica Chaco: Este tipo de comunidad vegetal se encuentra localizada colindante con el Municipio de La Guardia debido a las 139 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra condiciones que presentan los suelos se encuentra una pobre y escasa composición florística, las especies nativas de esta unidad alcanza una altura de 6 a 12 m, las especies más comunes según caracterización florística en este tipo de comunidad vegetal: Cupesi (Prosopis chelensis) y Toborochi (Chorisia speciosa) y o tras en su mayoría esta vegetación de matorrales, pampas y barbechos. Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Fauna Dentro del municipio de Santa Cruz de la Sierra aun presenta zonas conservadas, tal es el caso de las riberas del rio Piraí, al sureste los alrededores de la comunidad de Cortadera y noreste Montero Hoyos sectores del bosque ribereño del rio grande. El municipio de Santa Cruz de la Sierra presenta los siguientes impactos ambientales que afectan a la fauna: 1) La pérdida de cobertura vegetal o boscosa que sirven como refugios de los animales y alimentos de los mismos 2) Los lugares con influencia de cacería tanto para el autoconsumo o comercialización de animales para mascotas; 3) la actividad ganadera y agrícolas y el proceso urbanístico. Estos impactos derivan en consecuencias de crecimiento en cuanto a número de especies dentro del municipio, es por esta razón que la fauna existente en el área de emplazamiento corresponde a animales domésticos, tales como: perros, gatos y aves (loros). En el área colindante se tiene una diversidad de fauna silvestre como ser: Aves, Mamíferos, Anfibio y Reptiles. • Aves: Pava (Penelope jacquacu), Matico (Icterus icterus), tucan (Ramphastos toco), Serere (Guira guira) y otros. • Mamiferos: Carachupa (Didelphys metachiurua), Tatu (Desypus sp.), Corechi (Tolyputes matacus), Peji (Euphractus sexcintus), Tejon (Nasua nasua) y otros. • Anfibios y Reptiles: Rana (Hyla sp), Sapo (Leptodactylus sp.), Peni (Tupinambis sp.), Lagarto (Caiman yacare), Peta (Geochelone carbonaria). Por otro lado el Municipio cuenta con el zoológico de fauna silvestre sudamericana, el cual alberga una colección de animales nativos de Sudamérica, considerada como una de la más completa en su género. Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 140 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2.1.2. ASPECTOS ABIÓTICOS (COLINDANCIA Y EMPLAZAMIENTO) 3.3.1.1.1.2.1.1 Clima La temperatura promedio anual registrada para el Municipio de Santa Cruz de la Sierra varía entre 24 °C y 31 °C, con temperaturas máximas extremas que alcanzan los 36 °C por los meses de noviembre, diciembre y temperaturas mínimas extremas de 18 °C registradas para el mes de junio. Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 3.3.1.1.1.2.1.2 Precipitación Las precipitaciones anuales en el Municipio de Santa Cruz de la Sierra, alcanzan una media aproximada de 1.321mm, registrándose una máxima promedio de 2.50 mm y una mínima promedio de 800 mm. Los meses de mayor precipitación son noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo; y los meses donde se registra menor precipitación son junio, julio y agosto que presentan las temperaturas más bajas del año. La humedad relativa media varía entre 65 y 74%. La evapotranspiración potencial anual alcanza una media promedio de 1.180mm, variando entre una máxima promedio de 1.480mm y una mínima promedio de 660 mm. Este volumen de lluvia tiene una distribución muy irregular tanto en el año como en el tiempo, donde se presentan años lluviosos y años secos, el periodo lluvioso se extiende de noviembre a abril, en el resto del año solamente se presentan lluvias esporádicas, cuando asoman los vientos del sur (surazos). Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 3.3.1.1.1.2.1.3 Vientos La ciudad de Santa Cruz de la Sierra, presenta vientos predominante del norte y sur alcanzando velocidad entre 30 y más de 80 km/h, Las razones que causaron este fenómeno se deben a los descenso de temperaturas generando grandes ráfagas de viento, provocando desastre naturales, perdidas humana y pérdidas materiales, estos casos suceden con mayor frecuencia dentro de la ciudad provocando caídas de árboles, bardas o muros, letreros publicitarios, etc. El Municipio de Santa Cruz de la Sierra en los meses de invierno se registra corrientes frías polares (surazos), las Sequias puede darse en los meses de invierno donde las precipitaciones son menores, extendiéndose a los meses de agosto a octubre. Inclusive algunas veces en noviembre y diciembre. Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 141 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.3.1.1.1.2.1.4 Hidrología En el Municipio de Santa Cruz de la Sierra se tiende como dato referencial del SENAMI una precipitación anual gestión: (2014; 2375.3); (2015 1779.4 mm); (2016; 1251.5 mm) y (2017 1744.5 mm) correspondiente a la Estación Meteorológica el Trompillo la más cercana al proyecto como colindancia y área de emplazamiento. En la zona de emplazamiento del proyecto el agua escurre de forma natural hacia el Canal de drenaje del 8vo Anillo Oeste (con Licencia Ambiental N° 070101-12-CD3-047-2012) para evacuarlas al Río Piraí MICROCUENCA HIDROGRÁFICA Este sistema comienza en la carretera antigua a Cochabamba (Doble Vía a la Guardia) avenida noveno anillo, va en dirección al 8vo anillo y cruza la avenida Doble Vía La Guardia, hasta llegar al Rio Piraí. El Río Piraí forma parte de la hidroecoregión de la Cordillera Oriental como zona colindante al proyecto, Sector de la Cuenca del Río Grande (Maldonado et al. 2002) y tiene sus orígenes en la región montañosa de la vertiente oriental andina; aguas abajo atraviesan zonas de transición entre unidades morfoestructurales Subandino y la llanura Chaco Beniana. Hidrográficamente pertenece a la cuenca del Río Yapacaní, tributario al Río Mamoré que desemboca en el Amazonas (SNHN, 1998). El escurrimiento superficial tiende a incrementarse en las áreas sin cubierta vegetal y más aún en las zonas cubiertas por la capa asfáltica y construcciones de la urbe cruceña. Contrariamente, en las áreas provistas de vegetación natural remanentes. • Canalización y flujo de aguas pluviales: En el Distrito 10 de la ciudad se localiza la cabecera de la microcuenca, de ahí el agua inicia su curso en dirección al canal 8vo Anillo Oeste (con Licencia Ambiental N° 070101-12-CD3-047-2012) para evacuarlas al Río Piraí. El proceso de urbanización muy acelerado de Santa Cruz de la Sierra, ha conllevado a la modificación casi total de los drenajes naturales en la microcuenca, impermeabilizando los suelos con las edificaciones y capa asfáltica de la red vial (calles y avenidas) que desvían o eliminan drenajes y por la presencia de avenidas y calles con asfaltos impermeables. 142 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Fuente de Información: Plan Maestro de Drenaje Pluvial – Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. 3.3.1.1.1.2.1.5 Suelo El municipio de Santa Cruz de la Sierra está situado en una región de suelos pobres y arenosos de las pampas que se extienden desde el sur en una franja que pasa por santa cruz y Cotoca hacia el norte la mayoría de los suelos que lo rodean son de origen aluvial y eólico. Fuente de Información: Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI). 143 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3. ACTIVIDADES DE LA AOP ETAPA: EJECUCIÓN (01) ACTIVIDADES N° DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN Este ítem comprende los trabajos preparatorios que debe Camión de transporte realizar la empresa contratista en la obra, previo al inicio de pesado, equipo topográfico. los trabajos, esta actividad consiste en efectuar la limpieza y la instalación de la faena en un área cercana a la obra, la faena puede ser un predio existente cercano a la obra, que tenga una casa con dependencias debidamente equipada Instalación de faena 01 20 días y con todas las instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, etc. Estas dependencias hacen referencia a oficinas administrativas y áreas de depósito de materiales y herramientas. Así también comprende: la movilización de equipos, replanteo y control topográfico y la señalización y medidas de seguridad en faena y frentes de trabajo. Comprende todos los trabajos de excavación con Retroexcavadora, Excavación con maquinaria, sobre el nivel freático, orientados a la excavadora, pala cargadora, maquinaria sobre el 02 30 días construcción del canal, alcantarillas, puentes peatonales, volqueta, equipo para nivel freático tendido de tuberías de cemento, etc. bombeo well point, cisterna Comprende todos los trabajos de excavación con Retroexcavadora, maquinaria, bajo el nivel freático, orientados a la excavadora, pala cargadora, construcción del canal, alcantarillas, tendido de tuberías de volqueta, equipo para Excavación con cemento, etc. Esta actividad implica además el bombeo de bombeo well point, cisterna maquinaria bajo el 03 30 días agua freática, que deberá extenderse hasta 24 horas nivel freático después de concluido el vaciado de hormigón del canal, la alcantarilla o el tendido de la alcantarilla tubo, según el caso. 144 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDADES N° DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN El perfilado manual de solera y taludes, consiste en la Compactador Neumático, continuación de la excavación, a mano, hasta la cota del Compactador de Plancha. Perfilado Manual de terreno base para la implementación del revestimiento. Se Solera y Talud, debe descolgar, desde el pie de talud hasta el centro de la Compactado 04 solera, la pendiente transversal de ésta, establecida en 30 días planos, cuyo objeto es el de evitar la sedimentación en flujos con caudales pequeños. Se concluirá proporcionando al terreno una ligera compactación con plancha. Esta actividad comprende la elaboración y colocación de Mezcladora 320 Lt, Volqueta hormigón pobre, que servirán como soporte, estabilización de 12 m3, Regla vibradora + Vaciado de Hormigón y nivelación de las fundaciones de todos los elementos perfiles, vibradora de Simple Para Obras 05 estructurales necesarios como ser: acero corrugado en inmersión Compactador 30 días Estructurales armadura, sumidero, bocatomas, dentellones, vaciado de (saltarin). carpeta de hormigón pobre, revestimiento de canal (e= 10 cm) y protectores metálicos (Flex Beam). Comprende el picado y/o demolición de Canal existente, el Martillo demoledor, mismo que está construido con Hormigón Armado; que cortadora, retroexcavadora, empieza a la altura de la Doble Vía La Guardia – 8vo Anillo, pala cargadora, volquetas, hasta su confluencia con el Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12- CD3-047-2012, en la coordenada: Retiro de Canal X Y 06 20 días Existente 8029662.41 m S 473717.97 m E El material suelto resultante, luego de la demolición, será transportado a los lugares de depósito, también se hará el retiro de los tubos de Hº al sitio o área indicados por el Fiscal de Obra del GAMSC, para su posterior transporte a lugares autorizados. 145 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDADES N° DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN Esta actividad comprende la colocación de todos los Mezcladora, vibradora de Colocación de inmersión, retroexcavadora, elementos estructurales necesarios como ser: acero elementos 07 volqueta 30 días corrugado, cama de asiento y cordones prefabricados, estructurales protectores metálicos (Flex Beam) según planos. Esta actividad comprende la colocación de todos los Herramientas manuales elementos complementarios que tienen el fin de facilitar el (pala, carretilla). Colocación de drenaje de las aguas freáticas y al mismo tiempo evitar la Elementos 08 fuga del suelo fino. 80 días Complementarios Como ser: Juntas de dilatación, barbacanas de PVC, manta geotextil en dren de muro, dren de talud y dren de solera. Esta actividad consiste en la construcción de estructuras Mezcladora u hormigonera, de hormigón simple, como son las alcantarillas vehiculares encofrado de los elementos y puentes peatonales, conforme se indican en los planos. estructurales Comprende la construcción de los encofrados para los diferentes elementos estructurales de la Alcantarilla, las cuales pueden ser fabricados con estructuras de madera o elementos metálicos, su estabilidad y seguridad en la Construcción De construcción e instalación deben ser realizadas conforme Puentes Peatonales y lo estipula la Norma Boliviana del Hormigón Estructural NB 09 100 días Alcantarillas 1225001. La resistencia característica a compresión del Vehiculares hormigón simple a los 28 días en la alcantarilla tipo cajón será de f’ç = 210 Kg/cm2, los ensayos y el control de calidad del hormigón se realizaran en estricta sujeción con las exigencias y requisitos establecidos en la Norma Boliviana. Se considera la construcción de seis (6) alcantarillas vehiculares y trece (13) puentes peatonales, según su ubicación en los planos. 146 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDADES N° DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN Los trabajos consisten en rellenar con material adecuado y Volqueta, plancha Relleno y compactar con equipo, aquellas partes del terreno que se compactadora Compactado Con y 10 encuentran por debajo de la cota del proyecto, en caso de 30 días Sin Provisión de canales las zanjas y rellenos laterales producto de Material excavaciones ejecutadas en el caso de alcantarillas. ETAPA: OPERACIÓN (02) ACTIVIDADES N° DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN La operación consiste en el funcionamiento del canal los 365 días del año de acuerdo al tiempo de vida útil de 20 Drenaje de Aguas años, con la consecuente disposición de las aguas al 01 ------------------ 365 días/año Pluviales Canal de Drenaje Prolongación 8vo Anillo Oeste hasta llegar al cuerpo receptor. Se anexa el cálculo hidráulico de diseño del proyecto. Comprende inspección visual al canal para corroborar que no existan conexiones cruzadas en el canal de drenaje. Esta inspección se efectuara de acuerdo a programación Inspección al Canal 02 Camioneta 6* Vez/año de la autoridad ambiental competente municipal responsable de dar estricto cumplimiento a la Ordenanza Municipal N° 031/2001 Reglamente de Aguas Residuales y Lodos. Consiste en la toma de muestra y análisis de la calidad del agua por un laboratorio autorizado en el punto de descarga Equipo portátil de laboratorio Monitoreo a la 03 1 Vez/año a un canal existente en la coordenada: para toma de muestra, Calidad de las aguas camioneta. X: 473717.97 m E 147 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Y: 8029662.41 m S *Cantidad aproximada dependiendo de la programación y recursos humanos disponibles de la unidad ambiental municipal. ETAPA: MANTENIMIENTO (03) ACTIVIDADES DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN • Se realiza la inspección visual a los canales Martillo demoledor, 12** Veces/año de drenaje, retirando el revestimiento dañado volqueta, pala cargadora, para de esta manera prolongar la vida útil del herramientas menores Retiro de Paños mismo. (pala, carretilla) 01 Dañados • Estas tareas contemplan la señalización y medidas de seguridad en correspondencia a la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar N° 16998. Mezcladora 320 Lt., 12** Veces/año • Comprende la reposición de paños dañados Volqueta de 12 m3, Regla Revestimiento de 02 del canal en el tramo afectado, colocando el Vibradora + perfiles, Tramo Afectado revestimiento nuevo. vibradora de inmersión, compactador (saltarín). • Comprende el mantenimiento de la Máquina para pintado de 3** Veces/año señalización vertical (preventivas, paso de peatones reglamentarias e informativas) referidas a la circulación vehicular en la zona de cruce de Mantenimiento de una vía a otra a través del canal (Ej; Señalización Vertical y 03 Prohibido giro a la derecha y/o izquierda), Horizontal circulación peatonal. Así también comprende el mantenimiento de señalización horizontal referidas a marcas viales o demarcaciones reflectivas. 148 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra • Se realizará la limpieza periódica que Herramientas menores 12** Veces/año consiste en el retiro de: (escoba, machete, carretilla, - Los Residuos Sólidos. lampa, pala). - Los Sedimentos. Limpieza del Drenaje 04 - La Maleza. Pluvial • Estas tareas contemplan la señalización y medidas de seguridad en correspondencia a la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar N° 16998. **Cantidad aproximada, dependiendo de la necesidad como producto de inspecciones visuales al lugar. ETAPA: ABANDONO (04) ACTIVIDADES DESCRIPCIÓN TECNOLOGÍAS DURACIÓN Se refiere los trabajos de limpieza a efectuarse Excavadora, volquetas, 20 Días en toda el área de la obra al concluirse las herramientas manuales actividades de ejecución. Se procederá al (escoba, rastrillo, pala) retiro, extracción y limpieza de escombros, basuras, sedimentos, hierbas y otros materiales, en toda el área del proyecto. Se Limpieza General de 01 transportarán fuera del área del proyecto, Obra todos los materiales señalados, debiendo ser acumulados en diferentes sectores, para su posterior traslado hasta los lugares o botaderos, establecidos por la Supervisión de la Obra. Se utilizará: retroexcavadora, volqueta, herramientas manuales. 149 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 4. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES. ETAPA: EJECUCIÓN (01) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Instalación de faena (01) AGUA AG 01 01 Contaminación del agua por Coliformes fecales. ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Instalación de faena (01) SS 01 01 Excavación con maquinaria Contaminación de suelos por disposición de Residuos Sólidos. SS 01 02 sobre el nivel freático (02) Retiro De Canal Existente (06) SUELOS SS 01 06 Excavación con maquinaria SS 01 02 Erosión de suelos. sobre el nivel freático (02) Relleno y Compactado Con y SS 01 10 Compactación de suelo por uso de áreas de emplazamiento de la obra. Sin Provisión de Material (10) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Excavación con maquinaria AI 01 02 sobre el nivel freático (02) Excavación con maquinaria AIRE Contaminación del aire por emisión de gases de combustión (Monóxido de AI 01 03 bajo el nivel freático (03) carbono) de vehículos y maquinarias. Relleno y Compactado Con y AI 01 10 Sin Provisión de Material (10) 150 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Excavación con maquinaria AI 01 02 sobre el nivel freático (02) Contaminación del aire por generación de partículas suspendidas. Retiro De Canal Existente (06) AI 01 06 Relleno y Compactado Con y AI 01 10 Sin Provisión de Material (10) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Excavación con maquinaria ECOLOGÍA EC 01 02 Retiro de vegetación y flora terrestre. sobre el nivel freático (02) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTO Excavación con maquinaria RU 01 02 sobre el nivel freático (02) RUIDO Contaminación acústica produciendo efectos fisiológicos en el personal de Excavación con maquinaria RU 01 03 la obra durante la manipulación de ciertos equipos y/o maquinarias. bajo el nivel freático (03) Retiro De Canal Existente (06) RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (02) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES 151 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Drenaje de Aguas Pluviales Contaminación del agua por conexiones cruzadas al canal (coliformes AGUA AG 02 01 (01) fecales). ETAPA: MANTENIMIENTO (03) ACTIVIDAD FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES Retiro de Paños dañados (01) SS 03 01 SUELO Contaminación de suelos por disposición de Residuos Sólidos. Limpieza del Drenaje Pluvial SS 03 04 (04) FACTOR CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES ACTIVIDAD Retiro de Paños dañados (01) AI 03 01 Contaminación del aire por generación de partículas suspendidas. Revestimiento de Tramo AIRE Contaminación del aire por emisión de gases de combustión (monóxido de AI 03 02 Afectado (02) carbono) ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR CODIGO IMPACTO ACTIVIDAD Limpieza General de Obra (01) SUELO SS 04 01 Contaminación del suelo por disposición de Residuos Sólidos. 152 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 5. ESTRUCTURA DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN ETAPA: EJECUCIÓN COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO ($US) Se dotara de baños portátiles para el uso del personal de construcción y las aguas residuales serán llevadas como disposición final a la Contaminación del agua por planta de tratamiento de 300 AG 01 01 AGUA Coliformes fecales. SAGUAPAC y/o alquiler de un terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario o cámara séptica. MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN Segregación de RS SS 01 01 mediante uso de SS 01 02 contenedores diversificados, los residuos reciclables y Contaminación de suelos por disposición de Residuos los residuos que no SUELO 400 Sólidos son reciclables serán entregados como SS 01 06 disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 153 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN Perfilado y SS 01 02 Erosión de suelos. compactado del 300 terreno. Delimitación de áreas Compactación de suelo por uso de áreas de 1000 SS 01 10 de emplazamiento del emplazamiento canal. MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN AI 01 02 Contaminación del aire por emisión de gases de Mantenimiento AI 01 03 combustión (Monóxido de carbono) de vehículos y preventivo de equipo y 200 maquinarias. maquinaria. AI 01 10 Según la necesidad AI 01 02 se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente AIRE una vez antes de AI 01 06 Contaminación del aire por generación de partículas realizar las suspendidas. 300 actividades con el propósito de no generar partículas suspendidas, con su AI 01 10 respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado 154 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN Reubicación y reposición de EC 01 02 ECOLOGÍA Retiro de vegetación y flora terrestre. especies afectadas en 3000 lugares autorizados por el municipio. MEDIDAS DE COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES COSTO MITIGACIÓN RU 01 02 Contaminación acústica produciendo efectos fisiológicos RU 01 03 en el personal de la obra durante la manipulación de Dotación de Equipo de 350 RUIDO ciertos equipos y/o maquinarias. Protección Personal RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (2) IMPACTOS COD FACTOR/ASPECTO MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO AMBIENTALES AG 02 01 Contaminación del agua Seguimiento y Control por parte de las autoridades 200 AGUA por conexiones cruzadas competentes para verificación de posibles conexiones 155 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra IMPACTOS COD FACTOR/ASPECTO MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO AMBIENTALES al canal (coliformes cruzadas y monitoreo a la calidad del agua al final del fecales). canal en caso de presentar flujo en época seca. Este monitoreo se efectuará en base al Anexo A-2 del Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12- CD3-047-2012 ETAPA: MANTENIMIENTO (03) COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos SS 03 01 que no son reciclables serán entregados como Contaminación de suelos por disposición final al Relleno Sanitario del municipio de SUELO disposición de Residuos Santa Cruz de la Sierra. 9000 Sólidos. Los escombros generados durante las actividades de mantenimiento y reparaciones realizadas a los SS 03 04 puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. 156 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar Contaminación del aire por generación de partículas las actividades con el propósito de no generar 300 AI 03 01 suspendidas. partículas suspendidas, con su respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se AIRE documentara con registro fotográfico la actividad. Contaminación del aire por emisión de gases de 600 AI 03 02 Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. combustión (monóxido de carbono) ETAPA: ABANDONO (04) COD FACTOR/ASPECTO IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN COSTO Segregación de RS mediante uso de contenedores Contaminación del suelo por diversificados, los residuos reciclables y los residuos SS 04 disposición de Residuos que no son reciclables serán entregados como 7000 01 SUELO Sólidos disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 6. CRONOGRAMA DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN ETAPA: EJECUCIÓN (01) 157 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra UBICACIÓN FACTOR / Y/O PUNTO PERIODO DE CONTROL (MESES) COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO DE 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 CONTROL 1 Se dotara de baños portátiles para el uso del personal de construcción y las aguas residuales serán llevadas como disposición final a la planta AG 01 01 AGUA de tratamiento de SAGUAPAC y/o alquiler de un Obrador terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario para su respectiva conexión al mismo. Segregación de RS mediante uso de SS 01 01 contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables Obrador/ SS 01 02 serán entregados como disposición final al Tramos en Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de construcción SS 01 06 SUELO la Sierra. SS 01 02 Perfilado y compactado del terreno. Tramos en construcción SS 01 10 Delimitación de áreas de emplazamiento del Tramos en canal. construcción AI 01 02 Mantenimiento preventivo de equipo y Tramos en AI 01 03 maquinaria. construcción AI 01 10 AIRE AI 01 02 Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una Tramos en AI 01 06 construcción vez antes de realizar las actividades con el propósito de no generar partículas suspendidas, AI 01 10 con su respectiva planilla de seguimiento de 158 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra UBICACIÓN FACTOR / Y/O PUNTO PERIODO DE CONTROL (MESES) COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO DE 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 CONTROL 1 frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. Reubicación y reposición de especies afectadas Tramos en EC 01 02 ECOLOGÍA en lugares autorizados por el municipio. construcción RU 01 02 Obrador/ RU 01 03 RUIDO Dotación de Equipo de Protección Personal Tramos en construcción RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (02) UBICACIÓN Y/O PERIODO DE CONTROL (MESES) FACTOR / COD MEDIDA DE MITIGACIÓN PUNTO DE ASPECTO CONTROL 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 Seguimiento y Control por parte de las autoridades competentes para verificación de posibles conexiones cruzadas y monitoreo a la calidad del agua al final del canal en caso de presentar flujo en época seca. Este monitoreo AG 02 01 AGUA se efectuará en base al Anexo A-2 del Área de la AOP Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12-CD3-047-2012 159 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ETAPA: MANTENIMIENTO (03) UBICACIÓN FACTOR / Y/O PUNTO PERIODO DE CONTROL (MESES) COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO DE 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 CONTROL 1 Segregación de RS mediante uso de contenedores SS 03 01 diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de SUELO Santa Cruz de la Sierra. Área de la AOP SS 03 04 Los escombros generados durante las actividades de mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el propósito de no generar AI 03 01 partículas suspendidas, con su respectiva planilla de Área de la AIRE seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se AOP documentara con registro fotográfico la actividad. AI 03 02 Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR / UBICACIÓN Y/O PERIODO DE CONTROL (MESES) COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO PUNTO DE CONTROL 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los SS 04 01 SUELO Área de la AOP residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados 160 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FACTOR / UBICACIÓN Y/O PERIODO DE CONTROL (MESES) COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO PUNTO DE CONTROL 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 7. COSTO ESTIMADO PARA LA IMPLEMENTACION DE LAS MEDIDAS DE MITIGACION ETAPA: EJECUCIÓN (01) FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) Se dotara de baños portátiles para el uso del personal de construcción y las aguas residuales serán llevadas como disposición final a la planta de tratamiento de SAGUAPAC y/o 300 AG 01 01 AGUA alquiler de un terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario para su respectiva conexión al mismo. SS 01 01 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son 400 SS 01 02 reciclables serán entregados como disposición final al Relleno SUELO Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. SS 01 06 SS 01 02 Perfilado y compactado del terreno. 300 161 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) SS 01 10 Delimitación de áreas de emplazamiento del canal. 1000 AI 01 02 AI 01 03 Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. 200 AI 01 10 AIRE AI 01 02 Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el AI 01 06 propósito de no generar partículas suspendidas, con su 300 respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de AI 01 10 agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. Reubicación y reposición de especies afectadas en lugares EC 01 02 ECOLOGÍA 3000 autorizados por el municipio. RU 01 02 RU 01 03 RUIDO Dotación de Equipo de Protección Personal 350 RU 01 06 162 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ETAPA: OPERACIÓN (02) FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) Seguimiento y Control por parte de las autoridades competentes para verificación de posibles conexiones cruzadas y monitoreo a la calidad del agua al final del canal en caso de presentar flujo en época seca. Este monitoreo se efectuará en base al Anexo AG 02 01 AGUA 200 A-2 del Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12-CD3-047-2012 ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) Segregación de RS mediante uso de contenedores SS 03 01 diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. SUELO 9000 Los escombros generados durante las actividades de SS 03 04 mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. 163 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el AI 03 01 propósito de no generar partículas suspendidas, con su 300 respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de AIRE agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. AI 03 02 Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. 600 ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR / COSTO MEDIDA DE MITIGACIÓN COD MEDIDA DE MITIGACIÓN ASPECTO ($US) Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. SS 04 01 SUELO 7000 164 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PLAN DE APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL (P.AS.A.) 1. INTRODUCCIÓN De acuerdo al Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA) de la Ley N° 1333 de Medio Ambiente, el plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (P.A.S.A), es el documento que contiene todas las referencias técnico-administrativo que permite el seguimiento de la implementación de las medidas de prevención y mitigación, así como el control ambiental durante las diferentes etapas del proyecto. Objetivo general El objetivo del presente plan es determinar, ordenar e identificar las posibles causas de impacto al entorno natural, provocados por las distintas etapas que conforman la implementación del proyecto, además asegurar el cumplimiento de las medidas de mitigación propuestas y proporcionar información que permita la evaluación de la efectividad de las medidas de mitigación planteadas a través de los monitoreos que garanticen el avance de las medidas de mitigación. Objetivos específicos a) Normar, verificar y garantizar el cumplimiento de las Medidas de Mitigación propuestas, en cuanto a su naturaleza y tiempo. b) Definir las medidas de mitigación, tiempo, costo de aplicación y responsables para su ejecución. c) Facilitar el seguimiento y control ambiental de las medidas de mitigación propuesta, en base a los monitoreos periódicos que demuestren el cumplimiento de las medidas de mitigación propuestas. d) Planificar las acciones para el seguimiento de las medidas a ser implementadas. 2. DETALLE DE LOS ASPECTOS SOBRE LOS CUALES SE REALIZARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL Factor Aire (AI): Actividades de maquinarias como ser la excavación del terreno sobre y bajo el nivel freático, retiro de canal existente, retiro de paños dañados y revestimiento de tramo afectado generan partículas suspendidas y contaminación atmosférica por emisión de gases de combustión. 165 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Factor Agua (AG): Actividades de instalación de faena, esta actividades la realizan personal contratado el cual los mismos hacen sus necesidades fisiológicas en los diferentes baños el cual existe una posible contaminación del agua por Coliformes fecales; así como el drenaje de aguas pluviales por posible conexiones cruzadas. Factor Suelo (SS): Actividades en la ejecución de la construcción del canal la cual existe una generación de residuos sólidos causando una posible contaminación del suelo; compactación y erosión producto de las actividades de excavación y compactación. Factor Ecología (EC): Actividad de construcción del canal como ser excavación con maquinaria sobre el nivel freático este mismo genera el retiro de vegetación y flora terrestre. Factor Ruido (RU): Actividades en la ejecución de la construcción del canal la cual generan por la utilización de maquinarias y otros equipos a utilizar generan ruido el cual producen efectos fisiológicos en el personal. 3. LA IDENTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE RESPONDA A LOS OBJETIVOS ETAPA: EJECUCIÓN (1) AGUA COD IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN Se dotara de baños portátiles para el uso del personal de construcción y las aguas residuales serán llevadas como disposición final a la planta de AG 01 01 Contaminación del agua por Coliformes fecales. tratamiento de SAGUAPAC y/o alquiler de un terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario o cámara séptica. 166 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra SUELOS IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO SS 01 01 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos SS 01 02 Contaminación de suelos por disposición de que no son reciclables serán Residuos Sólidos. entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. SS 01 06 Perfilado y compactado del terreno. SS 01 02 Erosión de suelos. Delimitación de áreas de Compactación de suelo por uso de áreas de emplazamiento del canal. SS 01 10 emplazamiento de la obra. AIRE IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO AI 01 02 Contaminación del aire por emisión de Mantenimiento preventivo de AI 01 03 gases de combustión (Monóxido de equipo y maquinaria. carbono) de vehículos y maquinarias. AI 01 10 AI 01 02 Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de AI 01 06 realizar las actividades con el Contaminación del aire por generación de partículas suspendidas. propósito de no generar partículas suspendidas, con su respectiva planilla de seguimiento de AI 01 10 frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. 167 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ECOLOGIA IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO Reubicación y reposición de EC 01 02 Retiro de vegetación y flora terrestre. especies afectadas en lugares autorizados por el municipio. RUIDO IMPACTO AMBIENTAL MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO RU 01 02 Contaminación acústica produciendo efectos fisiológicos en el personal de la obra Dotación de Equipo de Protección RU 01 03 durante la manipulación de ciertos equipos Personal y/o maquinarias. RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (2) IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO Seguimiento y Control por parte de las autoridades competentes para verificación de posibles conexiones cruzadas y monitoreo a la calidad del agua al final del canal en caso de presentar flujo en época seca. Este monitoreo se efectuará en Contaminación del agua por conexiones AG 02 01 base al Anexo A-2 del Reglamento cruzadas al canal (coliformes fecales). en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12- CD3-047-2012 168 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ETAPA: MANTENIMIENTO (03) CODIGO IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN Segregación de RS mediante uso SS 03 01 de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final Contaminación de suelos por disposición de al Relleno Sanitario del municipio Residuos Sólidos. de Santa Cruz de la Sierra. Los escombros generados durante las actividades de mantenimiento y SS 03 04 reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el Contaminación del aire por generación de propósito de no generar partículas AI 03 01 partículas suspendidas. suspendidas, con su respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. Contaminación del aire por emisión de Mantenimiento preventivo de AI 03 02 gases de combustión (monóxido de equipo y maquinaria. carbono) ETAPA: ABANDONO (04) IMPACTOS AMBIENTALES MEDIDAS DE MITIGACIÓN CODIGO Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos Contaminación del suelo por disposición de SS 04 01 que no son reciclables serán Residuos Sólidos. entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 169 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 4. LOS PUNTOS Y FRECUENCIAS DE MUESTREO ETAPA: EJECUCIÓN (01) FACTOR AGUA COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO AG 01 01 Obrador Trimestral FACTOR SUELO COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO SS 01 01 SS 01 02 Obrador/ Tramos en construcción Trimestral SS 01 06 SS 01 02 Tramos en construcción Semestral SS 01 10 Tramos en construcción Semestral FACTOR AIRE COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO AI 01 02 AI 01 03 Tramos en construcción Semestral AI 01 10 AI 01 02 AI 01 06 Tramos en construcción Semestral AI 01 10 FACTOR ECOLOGÍA COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO EC 01 02 Tramos en construcción Semestral FACTOR RUIDO Y VIBRACIONES COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO RU 01 02 Obrador/ Tramos en construcción Al inicio de las actividades 170 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO RU 01 03 RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (02) FACTOR AGUA COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO AG 02 01 Área de la AOP Anual ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO SS 03 01 Área de la AOP Semestral SS 03 04 FACTOR AIRE COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO AI 03 01 Área de la AOP Semestral AI 03 02 ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR SUELO COD PUNTOS DE MUESTREO FRECUENCIAS DE MUESTREO SS 04 01 Área de la AOP Anual 5. EL PERSONAL Y LOS MATERIALES REQUERIDOS ETAPA: EJECUCIÓN FACTOR AGUA 171 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Conexiones sanitarias a: sistemas de AG 01 01 Trabajadores de la empresa contratista alcantarillado sanitario y/o cámara séptica. FACTOR SUELO SUBSUELO COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Contenedores diversificados SS 01 01 Trabajadores de la empresa contratista SS 01 02 SS 01 06 Trabajadores de la empresa contratista Compactador neumático, compactador de SS 01 02 plancha. SS 01 10 Trabajadores de la empresa contratista Equipo topográfico. FACTOR AIRE COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Talleres Externos. AI 01 02 Responsable de Gestión de Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. AI 01 03 AI 01 10 AI 01 02 Trabajadores de la empresa contratista Cisterna AI 01 06 AI 01 10 FACTOR ECOLOGÍA COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Maquinaria y herramientas manuales EC 01 02 Trabajadores de la empresa contratista FACTOR RUIDO 172 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS RU 01 02 Residente Ambiental de la empresa Equipo de Protección Personal contratista RU 01 03 RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN (2) FACTOR AGUA COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Cámara Fotográfica AG 02 01 Personal responsable de la Autoridad Ambiental Competente. ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Contenedores diversificados SS 03 01 Trabajadores de la empresa contratista SS 03 04 FACTOR AIRE COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Cisterna AI 03 01 Trabajadores de la empresa contratista Talleres Externos. AI 03 02 Responsable de Gestión de Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR SUELO COD PERSONAL REQUERIDO MATERIALES REQUERIDOS Contenedores diversificados SS 04 01 Trabajadores de la empresa contratista 173 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 6. LAS OBRAS E INFRAESTRUCTURAS QUE DEBERÁN EFECTUARSE PARA LA REALIZACIÓN DEL PLAN ETAPA: EJECUCIÓN FACTOR AGUA INFRAESTRUCTURA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN NECESARIA Se dotara de baños portátiles para el uso del Sistema de Alcantarillado sanitario o personal de construcción y las aguas cámara séptica. residuales serán llevadas como disposición final a la planta de tratamiento de AG 01 01 SAGUAPAC y/o alquiler de un terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario o cámara séptica. FACTOR SUELO COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA SS 01 01 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos SS 01 02 reciclables y los residuos que no son Ninguna reciclables serán entregados como SS 01 06 disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. SS 01 02 Perfilado y compactado del terreno. Ninguna Delimitación de áreas de emplazamiento del Ninguna SS 01 10 canal. FACTOR AIRE INFRAESTRUCTURA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN NECESARIA AI 01 02 AI 01 03 Mantenimiento preventivo de equipo y Ninguna maquinaria. AI 01 10 AI 01 02 Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente Ninguna AI 01 06 una vez antes de realizar las actividades con 174 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra INFRAESTRUCTURA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN NECESARIA el propósito de no generar partículas suspendidas, con su respectiva planilla de AI 01 10 seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. FACTOR ECOLOGÍA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA Reubicación y reposición de especies EC 01 02 afectadas en lugares autorizados por el Ninguna municipio. FACTOR RUIDO INFRAESTRUCTURA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN NECESARIA RU 01 02 RU 01 03 Dotación de protectores auditivos al personal. Ninguna RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN FACTOR AGUA COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA Seguimiento y Control por parte de las autoridades competentes para verificación de posibles conexiones cruzadas y monitoreo a la calidad del agua al final del canal en caso de presentar flujo en época seca. Este AG 02 01 monitoreo se efectuará en base al Anexo A-2 Ninguna del Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12-CD3-047- 2012 175 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA SS 03 01 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. Los Ninguna SS 03 04 escombros generados durante las actividades de mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. FACTOR AIRE COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el propósito de no AI 03 01 generar partículas suspendidas, con su Ninguna respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. AI 03 02 Mantenimiento preventivo de equipo y Ninguna maquinaria. ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR AIRE COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los SS 04 01 residuos reciclables y los residuos que Ninguna no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno 176 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN INFRAESTRUCTURA NECESARIA Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 7. ESTIMACIÓN DEL COSTO Y EL CRONOGRAMA EN EL QUE SE EFECTUARA EL PLAN. ETAPA: EJECUCIÓN FACTOR AGUA CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 300 AG 01 01 FACTOR SUELO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 SS 01 01 400 SS 01 02 SS 01 06 SS 01 02 300 SS 01 10 1000 FACTOR AIRE COSTO ($) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 AI 01 02 AI 01 03 200 AI 01 10 AI 01 02 300 177 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra COSTO ($) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 AI 01 06 AI 01 10 FACTOR ECOLOGÍA COSTO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 EC 01 02 3000 FACTOR RUIDO COSTO ($) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 RU 01 02 RU 01 03 350 RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN FACTOR AGUA COSTO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 AG 02 01 200 ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 SS 03 01 9000 178 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 SS 03 04 FACTOR AIRE CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 AI 03 01 300 AI 03 02 600 ETAPA: ABANDONO (04) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PLAN COD COSTO ($) 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 SS 04 01 7000 8. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL. ETAPA: EJECUCIÓN FACTOR AGUA FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES PERSONAL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL PERSONAL RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Se dotara de baños portátiles Verificar las buenas Residente para el uso del personal de condiciones y la Ambiental de la construcción y las aguas funcionalidad del sanitario. empresa residuales serán llevadas como contratista y disposición final a la planta de Supervisor AG 01 01 tratamiento de SAGUAPAC y/o Ambiental alquiler de un terreno colindante a la actividad donde cuente con los servicios básicos de alcantarillado sanitario o cámara séptica. 179 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FACTOR SUELO FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES PERSONAL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL PERSONAL RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Residente Residente Ambiental de la SS 01 01 Segregación de RS mediante Ambiental de la Empresa Contratista y uso de contenedores SS 01 02 Empresa Supervisor Ambiental, diversificados, los residuos Contratista y encargados de dar reciclables y los residuos que Supervisor cumplimiento con las no son reciclables serán Ambiental. medidas de mitigación y dar entregados como disposición cumplimiento a la SS 01 06 final al Relleno Sanitario del implementación de municipio de Santa Cruz de la contenedores Sierra. diversificados. Residente de Obra Residente de Obra de la de la Empresa Empresa Contratista y Perfilado y compactado del Contratista y Supervisor de Obras Civiles SS 01 02 terreno. Supervisor de serán los responsables del Obras Civiles control de las actividades de construcción en obra. Residente de Obra Residente de Obra de la de la Empresa Empresa Contratista y Contratista y Supervisor de Obras Civiles Supervisor de serán los responsables de SS 01 10 Delimitación de áreas de Obras Civiles delimitar áreas específicas emplazamiento del canal. de emplazamiento de las obras, dando cumplimiento a las medidas de mitigación planteada. FACTOR AIRE FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la AI 01 02 Mantenimiento Empresa Contratista y Empresa Contratista y preventivo de equipo AI 01 03 Supervisor Ambiental Supervisor Ambiental darán y maquinaria. las órdenes a los trabajadores en el área para el respectivo mantenimiento AI 01 10 preventivo de equipo y maquinaria, el cual serán 180 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO los responsables de la ejecución del mismo. Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la AI 01 02 Según la necesidad Empresa Contratista y Empresa Contratista y se realizara el AI 01 06 Supervisor Ambiental Supervisor Ambiental humedecimiento del tendrán la función de terreno mínimamente ordenar a los trabajadores una vez antes de para realizar el realizar las humedecimiento del terreno actividades con el y también serán los propósito de no responsables de que se generar partículas ejecute la actividad suspendidas, con su AI 01 10 realizando un registro respectiva planilla de fotográfico y una planilla de seguimiento de seguimiento a la actividad. frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. FACTOR ECOLOGÍA FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la Reubicación y reposición Empresa Contratista y Empresa Contratista y de especies afectadas en Supervisor Ambiental Supervisor Ambiental lugares autorizados por el tendrán la función de municipio. realizar las gestiones EC 01 ambientales 02 correspondientes para el traslado de especies arbóreas y revegetación según las características de cada especie. FACTOR RUIDO 181 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PERSONAL FUNCIONES Y RESPONSABLE RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la RU 01 02 Dotación de Equipo de Empresa Contratista y Empresa Contratista y Protección Personal RU 01 03 Supervisor Ambiental Supervisor Ambiental tendrán la función corroborar la dotación de equipo de protección RU 01 06 personal a los trabajadores para el desarrollo de sus actividades. ETAPA: OPERACIÓN (02) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDA DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Seguimiento y Control Autoridad ambiental Seguimiento y control por por parte de las competente municipal parte de la Secretaría autoridades Municipal de Medio Ambiente a través de las competentes para actividades del proyecto de verificación de posibles “Control y Seguimiento de conexiones cruzadas y conexiones clandestinas a monitoreo a la calidad canales de drenaje pluvial”, del agua al final del quien tiene dentro de sus canal en caso de competencias dar presentar flujo en cumplimiento a la Ordenanza Municipal N° época seca. Este 031/2001 Reglamento monitoreo se efectuará Municipal para la Gestión AG 02 01 en base al Anexo A-2 de Aguas Residuales y del Reglamento en Lodos: Ejecutando materia de acciones de prevención y contaminación Hídrica control de la contaminación (RMCH) de la Ley hídrica, que consiste en la apertura de procesos 1333, motivo de que la administrativos contra AOP va a drenar las personas naturales o aguas pluviales al jurídicas, públicas o Canal Prolongación privadas que, a través de 8vo Anillo Oeste con conexiones cruzadas a la Licencia Ambiental N° red pluvial existente, descargan aguas ° 070101-12-CD3-047- residuales, enfocando los 2012 actuados en lograr la 182 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDA DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO adecuación correspondiente. ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO PERSONAL FUNCIONES Y RESPONSABLE RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Segregación de RS Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la SS 03 01 mediante uso de Empresa contratista Empresa adjudicada para el contenedores servicio de limpieza y/o diversificados, los mantenimiento de canales residuos reciclables y tendrá como función los residuos que no principal de realizar las son reciclables serán gestiones correspondiente entregados como para la implementación de disposición final al contenedores diversificados Relleno Sanitario del y también será la municipio de Santa responsable de enviar los Cruz de la Sierra. Los residuos reciclables y los no SS 03 04 escombros generados reciclables al Relleno durante las actividades Sanitario de “Normandia”. de mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. FACTOR AIRE 183 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PERSONAL FUNCIONES Y RESPONSABLE RESPONSABILIDADES MEDIDAS DE COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la Según la necesidad se Empresa contratista Empresa contratista tendrá realizara el la función de ordenar a los humedecimiento del trabajadores para realizar el terreno mínimamente humedecimiento del terreno una vez antes de y también será el realizar las actividades responsable de que se con el propósito de no ejecute la actividad AI 03 01 generar partículas realizando un registro suspendidas, con su fotográfico y una planilla de respectiva planilla de seguimiento a la actividad, seguimiento de en caso de ser necesaria la frecuencia de rociado aplicación de la medida. de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. Residente Ambiental de la Residente Ambiental de la Mantenimiento Empresa contratista Empresa Contratista darán preventivo de equipo y las órdenes a los maquinaria. trabajadores en el área para AI 03 02 el respectivo mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria, el cual serán los responsables de la ejecución del mismo. ETAPA: ABANDONO (04) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDA DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Segregación de RS Residente Ambiental de la Realizaran las gestiones mediante uso de Empresa contratista y correspondiente para la contenedores Supervisor Ambiental implementación de contenedores diversificados, los SS 04 diversificados y serán los residuos reciclables y responsable de enviar 01 los residuos que no los residuos reciclables y son reciclables serán los no reciclables al entregados como Relleno Sanitario de disposición final al Normandia 184 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES MEDIDA DE PERSONAL COD DEL PERSONAL MITIGACIÓN RESPONSABLE RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO Relleno Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 9. ANÁLISIS O PARÁMETROS DE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN ETAPA: EJECUCIÓN FACTOR AGUA PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Se dotara de baños portátiles para el Copia del contrato de la empresa que uso del personal de construcción y las realiza la disposición final de las aguas aguas residuales serán llevadas como negras y grises provenientes de los baños disposición final a la planta de portátiles, Registro Fotográfico y/o AG 01 01 tratamiento de SAGUAPAC y/o alquiler boletas de pago del servicio de agua de un terreno colindante a la actividad potable (que hace referencia al pago por donde cuente con los servicios básicos el servicio de alcantarillado). de alcantarillado sanitario o cámara séptica. FACTOR SUELO PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Registros, fotografías, contenedores SS 01 01 Segregación de RS mediante uso de instalados. contenedores diversificados, los SS 01 02 residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno SS 01 06 Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 185 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Informe del supervisor de obra del SS 01 02 Perfilado y compactado del terreno. cumplimiento de los trabajos en base a los planos constructivos y registro fotográfico. Informe del supervisor de obra del Delimitación de áreas de emplazamiento cumplimiento de los trabajos en base a los SS 01 10 del canal. planos constructivos y registro fotográfico. FACTOR AIRE PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Registro de mantenimiento. AI 01 02 Mantenimiento preventivo de equipo y maquinaria. AI 01 03 AI 01 10 AI 01 02 Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno AI 01 06 mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el propósito de no Planilla de seguimiento de frecuencia de generar partículas suspendidas, con su rociado de agua y registro fotográfico respectiva planilla de seguimiento de AI 01 10 frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. FACTOR ECOLOGÍA PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Reubicación y reposición de especies EC 01 02 afectadas en lugares autorizados por el Registro Fotográfico municipio. FACTOR RUIDO PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN RU 01 02 Dotación de Equipo de Protección Planilla de dotación al personal RU 01 03 Personal 186 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN RU 01 06 ETAPA: OPERACIÓN FACTOR AGUA PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Registro fotográfico, y/o copia de los Seguimiento y Control por parte de las resultados de Monitoreos de la calidad del autoridades competentes para agua cuando corresponda, adjuntando verificación de posibles conexiones planilla donde especifique el número de cruzadas y monitoreo a la calidad del conexiones cruzadas verificadas en el agua al final del canal en caso de seguimiento y control de los mismos. presentar flujo en época seca. Este AG 02 01 monitoreo se efectuará en base al Anexo A-2 del Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12- CD3-047-2012 ETAPA: MANTENIMIENTO (03) FACTOR SUELO PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAN SS 03 01 Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del Registros, fotografías, contenedores municipio de Santa Cruz de la Sierra. Los instalados. SS 03 04 escombros generados durante las actividades de mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por el Gobierno Municipal. FACTOR AIRE 187 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL COD MEDIDAS DE MITIGACIÓN CUMPLIMIENTO DEL PLAN Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el Registros, fotografías, contenedores AI 03 01 propósito de no generar partículas instalados. suspendidas, con su respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. AI 03 02 Mantenimiento preventivo de equipo y Registro de mantenimiento. maquinaria. ETAPA: ABANDONO (04) FACTOR SUELO PARÁMETRO DE VERIFICACIÓN DEL MEDIDAS DE MITIGACIÓN COD CUMPLIMIENTO DEL PLAN Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados Registros fotográficos de las condiciones SS 04 01 como disposición final al Relleno finales del lugar Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 10. PREVISIÓN DE ELABORACIÓN DE INFORMES Los informes de monitoreo responderán a todo lo expuesto en el PASA, presentado de manera anual a partir de la fecha de aprobación de las Medidas de Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental por parte de la Autoridad Ambiental, según formato establecido en el Decreto Supremo N° 3549. 188 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 11. CUADRO CONSOLIDADO DEL PASA DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD Copia del Se dotara de Residente contrato de la baños portátiles Ambiental empresa que para el uso del de la realiza la personal de Empresa disposición construcción y Contratista final de las las aguas y aguas negras y residuales serán Supervisor grises llevadas como Ambiental provenientes disposición final de los baños a la planta de Contaminación portátiles, AG 01 Instalación de tratamiento de del agua por 300 Obrador-Trimestral Registro Ninguna 01 AGUA SAGUAPAC y/o faena Coliformes Fotográfico y/o fecales. alquiler de un boletas de terreno pago del colindante a la servicio de actividad donde agua potable cuente con los (que hace servicios referencia al básicos de pago por el alcantarillado servicio de sanitario o alcantarillado). cámara séptica. 189 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD Segregación de Residente SS 01 Instalación de RS mediante Ambiental 01 faena uso de de la contenedores Empresa Excavación diversificados, Contratista SS 01 con los residuos y 02 maquinaria reciclables y los Supervisor sobre el nivel Contaminación residuos que no Registros, Ambiental. freático de suelos por son reciclables fotografías, disposición de 400 Obrador/ Tramos en Ley 755 y su serán construcción/Trimestral contenedores Reglamento Residuos instalados. Sólidos. entregados como SS 01 Retiro De disposición final SUELO al Relleno 06 Canal Existente Sanitario del municipio de Santa Cruz de la Sierra. Informe del supervisor de Residente obra del de Obra de Excavación Tramos en cumplimiento la Empresa SS 01 con Perfilado y construcción/Semestral de los trabajos Contratista Erosión de compactado del 300 ----- 02 maquinaria en base a los y suelos. sobre el nivel terreno. planos Supervisor freático constructivos y de Obras registro Civiles fotográfico. 190 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD Informe del supervisor de Residente obra del de Obra de Compactación Relleno y de suelo por Delimitación de cumplimiento la Empresa SS 01 Compactado Tramos en de los trabajos Contratista uso de áreas áreas de 1000 construcción- Con y Sin ----- 10 de emplazamiento en base a los y Provisión de Semestral emplazamiento del canal. planos Supervisor Material de la obra. constructivos y de Obras registro Civiles fotográfico. Excavación AI 01 con 02 maquinaria sobre el nivel Residente freático Contaminación del aire por Ambiental Excavación emisión de Mantenimiento de la con gases de Tramos en Registro de Empresa AI 01 preventivo de 03 maquinaria combustión equipo y 200 construcción- mantenimiento. ----- Contratista bajo el nivel (Monóxido de Semestral maquinaria. y freático AIRE carbono) de Supervisor vehículos y Relleno y maquinarias. Ambiental AI 01 Compactado 10 Con y Sin Provisión de Material Excavación Contaminación Según la Tramos en Planilla de Residente AI 01 300 construcción- con del aire por necesidad se seguimiento de ----- Ambiental 02 maquinaria generación de realizara el Semestral frecuencia de de la 191 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD sobre el nivel partículas humedecimiento rociado de Empresa freático suspendidas. del terreno agua y registro Contratista mínimamente fotográfico y Retiro De AI 01 una vez antes Supervisor 06 Canal de realizar las Ambiental Existente actividades con el propósito de no generar partículas suspendidas, con su Relleno y respectiva Compactado planilla de AI 01 Con y Sin seguimiento de 10 Provisión de frecuencia de Material rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad. Ley Autonómica Reubicación y Municipal Residente Excavación reposición de GAMSC N° Ambiental con Retiro de especies Tramos en Registro 210/2015 “Ley EC 01 3000 construcción- de la maquinaria ECOLOGÍA vegetación y afectadas en de 02 Fotográfico Empresa sobre el nivel flora terrestre. lugares Semestral Conservación, freático Recuperación, Contratista autorizados por Protección del y el municipio. Árbol, Políticas 192 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD de Arborización Supervisor Urbana y el Ambiental Embellecimiento de la Ciudad” RU 01 Excavación 02 con maquinaria Contaminación sobre el nivel acústica Residente freático produciendo Ambiental efectos Dotación de de la RU 01 Excavación fisiológicos en Obrador/ Tramos en Planilla de el personal de Equipo de Empresa 03 con RUIDO 350 construcción/al inicio dotación al Ley 16998 la obra durante Protección Contratista maquinaria de las actividades personal bajo el nivel la Personal y freático manipulación Supervisor de ciertos Ambiental equipos y/o RU 01 Retiro De Canal maquinarias. 06 Existente Seguimiento y Registro Control por fotográfico, y/o Contaminación parte de las copia de los O.M. N° del agua por autoridades 031/2001; Autoridad resultados de Drenaje de conexiones Reglamento en ambiental AG 02 competentes 200 Área de la AOP-Anual Monitoreos de Aguas AGUA cruzadas al Materia de 01 para verificación la calidad del competente Pluviales canal Contaminación de posibles agua cuando Hídrica RMCH municipal (coliformes fecales). conexiones corresponda, de la Ley 1333. cruzadas y adjuntando monitoreo a la planilla donde 193 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD calidad del agua especifique el al final del canal número de en caso de conexiones presentar flujo cruzadas en época seca. verificadas en Este monitoreo el seguimiento se efectuará en y control de los base al Anexo mismos. A-2 del Reglamento en materia de contaminación Hídrica (RMCH) de la Ley 1333, motivo de que la AOP va a drenar las aguas pluviales al Canal Prolongación 8vo Anillo Oeste con Licencia Ambiental N° ° 070101-12- CD3-047-2012 SS 03 Retiro de SUELO Contaminación Segregación de 9000 Área de la AOP- Registros, Ley 755 y su Residente Paños de suelos por Semestral fotografías, Reglamento 01 RS mediante Ambiental Dañados disposición de 194 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD Residuos uso de contenedores de la Sólidos. contenedores instalados. Empresa diversificados, contratista los residuos reciclables y los residuos que no son reciclables serán entregados como disposición final al Relleno Sanitario del municipio de Limpieza del SS 03 Santa Cruz de la Drenaje 04 Sierra. Los Pluvial escombros generados durante las actividades de mantenimiento y reparaciones realizadas a los puentes peatonales y canal serán depositados en sitios autorizados por 195 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD el Gobierno Municipal. Según la necesidad se realizara el humedecimiento del terreno mínimamente una vez antes de realizar las actividades con el propósito de Residente Contaminación no generar Registros, Ambiental AI 03 Retiro de del aire por partículas AOP- fotografías, Paños AIRE generación de 300 Área de la ----- de la 01 suspendidas, Semestral contenedores Dañados partículas Empresa con su instalados. suspendidas. contratista respectiva planilla de seguimiento de frecuencia de rociado de agua y se documentara con registro fotográfico la actividad 196 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra DE MUESTREO FACTOR/ASPE VERIFICACIÓN PARAMETROS SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO RESPONSABL FRECUENCIA MEDIDAS DE MITIGACIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL COSTO DEL APLICABLE PERSONAL IMPACTO PUNTO Y NORMA E DE CTO DE ($) CÓDIGO ACTIVIDAD Contaminación Mantenimiento del aire por preventivo de Residente Revestimiento emisión de Registro de Ambiental AI 03 equipo y 600 de Tramo gases de ----- de la 02 maquinaria. mantenimiento. Afectado combustión Empresa (monóxido de contratista carbono) Segregación de RS mediante uso de contenedores diversificados, los residuos reciclables y los Residente Registros Ambiental Limpieza Contaminación residuos que no fotográficos de de la General de del suelo por son reciclables Ley 755 y su SS 04 7000 Área de la AOP/Anual las condiciones Empresa Obra SUELO disposición de serán Reglamento 01 finales del contratista y Residuos entregados Sólidos como lugar Supervisor disposición final Ambiental al Relleno Sanitario Municipal del municipio de Santa Cruz de la Sierra. 197 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 12. DECLARACION JURADA Los suscritos: Ing. Fernando Rocha Mendoza en calidad de promotor, la Ing. Daneiva E. Paz Montaño y el Ing. Eudal Barriga Villalba a en calidad de responsables técnico de las enmiendas y complementaciones a las MM – PASA de la AOP: “CANAL DE DRENAJE EMISARIO OCTAVO ANILLO SUR OESTE” , damos fe de la veracidad de la información detallada en el presente documento y asumimos la responsabilidad en caso de no ser evidente el tenor de ésta declaración que tiene calidad de declaración voluntaria. Firmas: Nombre: Ing. Fernando Rocha Mendoza C.I.: 2961176 SC Cargo: Director de Drenaje FIRMA Nombre: Ing. Daneiva E. Paz Montaño C.I.: 6315283 SC. Cargo: Responsable Técnico FIRMA Nombre: Ing. Eudal Barriga Villalba C.I.: 5669477 SC Cargo: Responsable Técnico FIRMA 198 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 4: Licencia Ambiental Tramo 5 y solicitud de actualización 199 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 200 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 5: Estudio de la Biodiversidad de la zona 1. INTRODUCCION El canal de Drenaje emisario del 8vo anillo evacuara aguas de la zona Este de Santa Cruz de la sierra hacia el rio Pirai este mismo es un cuerpo de agua de gran tamaño que discurre sobre una matriz de sedimentos aluviales, arenoso-arcilloso, eventualmente con cascajos (piedras de tamaño mediano), donde se establecen cúmulos de material vegetal de diferente tamaño, recogidas y aglomeradas por efectos de la corriente sobre diversos obstáculos, como: vegetación ribereña y vegetación sucesional en pequeñas Islas ubicadas en el centro y la periferia del cauce. Las formaciones vegetales residuales presentes, ayudan a regular las inundaciones, la calidad de agua y funcionan como cortinas rompevientos. Actualmente está rodeado por la mancha urbana de la ciudad que por su ubicación, cumple importantes Servicios Ambientales y un rol ecológico, definido en base a la regulación de los procesos hídricos y climáticos locales, así mismo colinda con componentes abióticos y bióticos del área de protección ecológica. 201 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 2. COMPONENTE ABIOTICO El canal emisario 8vo anillo Río evacuara aguas pluviales al rio Pirai el cual se encuentra en la unidad fisiográfica y geomorfológica de la llanura aluvial de Santa Cruz entre el escudo precámbrico y el pie de monte andino, su formación es reciente y ha sufrido un proceso en el que el curso ha cambiado de orientación gracias a movimientos tectónicos (Azurduy con. Pers. 2007), formando un paleo abanico aluvial, cuyo ápice se sitúa en la zona de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, mostrando un mosaico de tendencia estructural radial donde alternan áreas elevadas mejor drenadas con áreas topográficamente deprimidas peor drenadas Las principales actividades que se realizan son la extracción de áridos y la pesca de Sábalo (Prochilodus nigricans), además de ser un centro recreativo para la población y por ende es lo que condiciona la presencia de desechos sólidos. 2.1 CLIMA La temperatura pr1omedio anual registrada para el Municipio de Santa Cruz de la Sierra varía entre 24 °C y 31 °C, con temperaturas máximas extremas que alcanzan los 36 °C por los meses de noviembre, diciembre y temperaturas mínimas extremas de 18 °C registradas para el mes de junio. 2.2 USO DE SUELOEn la cuenca natural del Rìo Piraì y Grande tenemos suelos granulares como se muestra la delimitación de suelos en la siguiente figura: 202 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra El canal de Drenaje emisario del 8vo anillo como se muestra en la figura se caracteriza por tener suelos granulares. COMPONENTE BIOTICO 2.3 FLORA El canal de Drenaje Emisario 8vo anillo se encuentra dentro de la unidad de vegetación del Bosque Chiquitano Medianamente Mal Drenado de la Llanura Aluvial (BCMMDLA), el cual Comprende desde la zona del km. 7 al Norte hasta el km.6 a la Guardía; presenta un dosel arbóreo irregular de 10 m. de altura, entre las especies más comunes tenemos: blanquillo (Ampelocera ruiizi), cacha (Cyclolobium blanchetianum), curupaú (Anadenanthera colubrina), negrillo (Ocotea sp.), turere (Rhamnidium elaeocarpum), Este tipo de bosque alberga las siguientes especies ambaibo (Cecropia concolor), tipa (Tipuana tipu), sauce (Salix humboldtiana) tarumá (Vitex cymosa), jorori (Swartzia jorori), trompillo (Guarea guidonia), toborochi (Ceiba speciosa), leche-leche (Sapium haematospermum), Geoffroea cf. striata, gallito rojo (Erythrina poeppigiana), isotoubo (Sapindus saponaria) Entre las especies del sotobosque se pueden encontrar Sapito 203 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (Cassearia sylvestris), Turere (Rhamnidium elaeocarpum), aliso (Stylogyne sp.), espino blanco (Acacia albicorticata), sinini (Annona muricata), negrillo (Ocotea sp.), tabacachi (Solanum sp.), tocotoco (Tecoma stans), palo diablo (Triplaris americana), el estrato herbáceo es muy ralo y los bejucos son escasos con algunas especies de Serjania, y Tetracera. Es una unidad vegetal altamente degradada ya que ha sido deforestada y aprovechada por la población local, presenta reforestación con especies, que no son nativa del lugar como ser chamba (Leucaena leucocephala) y pajarilla (Delonix regia), algunas zonas están sujetas a pastoreo de ganado lo que provoca la compactación del suelo, además que no permite la regeneración natural de las especies vegetales nativas de la zona por el ramoneo del ganado vacuno. 2.4 FAUNA 3.2.1. MAMIFEROS Las especies más registradas han sido los marsupiales, el zorro patas negras (Cerdocyon thous), el peji (Euphractus sexcinctus), tres especies de monos: mono chichilo o mono amarillo (Saimiri boliviensis), mono osco, ururó o mono león (Callicebus donacophilus), mono martín (Cebus libidinosus); otras especies son la urina (Mazama gouazoubira), jochi calucha (Dasyprocta punctata), jochi pintado (Cuniculus paca) y cujuchi (Ctenomys boliviensis), Holochilus sciureus (brasiliensis) y el tapití (Sylvilagus brasiliensis). Las especies a tomar en cuenta por el rol que cumplen dentro del ecosistema son: urina (Mazama gouazoubira), el Mono Leoncito (Callithrix cf. argentata), Mono Nocturno (Aotus), Ururó (Callicebus donacophilus), Mono Martín (Cebus libidinosus), Mono chichilo (Saimiri boliviensis), Zorro patas negras (Cerdocyon thous) y el Peresozo (Bradypus variegatus), jochi colorado (Dasyprocta punctata), zorros (Cerdocyon thous) y los murciélagos ya que estos últimos cumplen funciones importantes en la regulación de insectos, como polinizadores, dispersores de semillas (Phyllostomidos) y controles biológicos de otro tipo de animales (Ver Anexo 4) De acuerdo a las entrevistas realizadas se obtuvo que solamente cinco especies sufren presión de cacería: la urina (Mazama gouazoubira), jochi pintado (Cuniculus paca), jochi (Dasyprocta punctata), ocasionalmente el peji (Euphractus sexcinctus) y finalmente las carachupas, esta última considerada perjudicial por los daños que esta ocasiona. 204 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra 3.2.2. AVES Debido a la modificación del hábitat en relación al grado de avance de la mancha urbana y suburbana de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, una considerable cantidad de especies nativas (e.g., Momotus momota) ha permanecido en la actualidad habitando en fragmentos de bosques relativamente bien conservados. Estos datos a su vez, nos permite reconstruir lo que fue alguna vez históricamente la biodiversidad ornitológica. En tanto que otras especies, de hábitos generalistas e invasoras (e.g., Columba livia, Passer domesticus), se encuentran ahora ocupando estos ambientes disturbados (Epipedobates pictus, Caiman yacaré, Squata, Teiidae, Tiidae, Tupinambis cf, merianae, Ophidia, Tupinambis cf, merianae, Ophidia, Boidae, Boa consctrictor). Algunos registros excepcionales como los del picaflor Phaetornis pretrei y el bailarín Pipra fasciicauda, nos sugieren que el área representa un corredor importante para especies de aves terrestres residentes, esto debido a que no han sido registradas en aéreas mas cercanas a la ciudad, es decir, en zonas más degradadas. La conservación de parches o fragmentos de vegetación continuos, son indispensables para la supervivencia y dispersión de muchas especies de aves y de otros organismos. 205 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 6: Oficio de Cospail 206 Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Anexo N° 7: Oficio de CRE 207 "The original is a PDF file with no Text. We were not able to OCR and extract the Text. Error:PDF01"